Propuesta de Reforma Curricular

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1 Propuesta de Reforma Curricular Licenciatura en Educación Básica en Danza Propuesta elaborada y presentada por el Comité de Carrera del programa, compuesto por los docentes: Ana Elisa Echeverri, Lina Villegas y Luis Viana / Departamento de Teatro Medellín, Mayo 2007

2 Índice Primera Parte: Exposición de motivos 1. Introducción 3 2. Justificación 6 3. Características del plan de estudios vigente Plan de estudios vigente 8 Segunda Parte: Reforma Curricular 4. Marco Legal Decreto 2566, 10 de Septiembre de Resolución 1036, 22 de Abril de Resolución 3456, 30 de Diciembre de Propuesta de reforma curricular Áreas de Formación Área de Formación Básica Área de Formación Profesional Créditos académicos Cursos prácticos y teórico-prácticos Cursos teóricos Cursos con excepción Flexibilidad Curricular Denominación del programa Plan de estudios reformado Plan de transición (Plan de reconocimiento - homologación) 31 ANEXO I: Proyecto de Acuerdo ANEXO II: Proyección de Oferta Académica semestre 2007-II 2

3 Primera Parte: Exposición de motivos 1. Introducción Atendiendo a la solicitud de la administración de la de la para iniciar acciones conducentes a la revisión curricular de los programas de esta instancia, la Licenciatura en Educación Básica en Danza adelanta en la siguiente propuesta un diseño actualizado del mismo que enfatiza en la flexibilidad estructural, en la investigación generada desde la administración de los contenidos programáticos y en la versatilidad de los perfiles que oferta a sus aspirantes. La orientación de esta reforma curricular atiende a: 1. La incorporación de nuestra experiencia en la implementación del programa, en su funcionamiento regular y de Presencialidad Concentrada, a la oferta curricular que la, y particularmente la, adelanta en su Plan de Desarrollo. 2. La actualización de la visión y misión de la enseñanza de la disciplina dancística en nuestro país. 3. La reorientación del énfasis de la titulación del programa, pionero éste en la formación docente para la danza en todos sus niveles de enseñanza. 4. El cumplimiento de la reglamentación estatal vigente que define lineamientos para el diseño y administración de los programas 3

4 académicos del área artística y de formación docente en cuanto a su carga crediticia y carácter de su organización curricular. 5. La lógica de integración de las unidades curriculares al desarrollo de un perfil acorde a los estándares internacionales de excelencia. En este documento exponemos las motivaciones para proponer un cambio curricular que revise distintos aspectos en la concepción y diseño estructural de este novedoso programa. Basados en la tramitología y gestiones realizadas por la coordinación y el Comité de Carrera en el momento de su creación e implementación, nos apoyamos en un marco legal que reúne importantes regulaciones que apuntalan la formación artística y docente en el país. A partir de la invalorable experiencia ganada en la implementación del actual plan de estudios, proponemos una versátil dinámica que sistematiza, con nueva denominación, a un programa de formación para formadores en los distintos niveles y modalidades de la educación dancística. En ese sentido, y acorde a la actual administración de los contenidos de los cursos del componente pedagógico impartidos en los programas de Licenciaturas en la, con parcial integración de la educación artística especializada, manifestamos nuestra necesidad de ampliar la especificidad del oficio dancístico desde el énfasis: Metodológico: Para la enseñanza de la danza escénica, especialmente de la Danza Contemporánea, a través del despliegue de las metodologías ya descritas para tal fin y que son parte indisoluble e intransferible de la formación en danza. Interpretativo: Para el desarrollo integral de bailarín de nuestra contemporaneidad. 4

5 Creativo-investigativo: Para engrosar la dimensión de la producción dancística a partir de la creación coreográfica y de la investigación de sus estéticas. 5

6 2. Justificación La dinámica de funcionamiento del programa en su modalidad regular, en la ciudad de Medellín, y como Programa de Profesionalización en el Caribe colombiano, y la reflexión artística y pedagógica que animaron la concepción, diseño e implementación de este particular pregrado en el seno artístico-cultural de una Universidad, han postulado una revisión a favor de la calidad de sus motivaciones. También han postulado una actualización de su cumplimiento como principal esfuerzo académico a nivel nacional para la transmisión sistematizada del arte de la Danza. Interesados en la revisión permanente de los contenidos impartidos y de la estructura curricular que los soporta, y en la incorporación de dinámicas más flexibles en la administración del currículo desde los intereses particulares de cada estudiante-participante, manifestamos, además, nuestro interés por atender los distintos niveles de enseñanza de la danza. Por tales razones, hemos precisado de las reformas que ahora presentamos. 6

7 3. Características del plan de estudios vigente El plan de estudios con el cual se implementó el programa de Licenciatura en Educación Básica en Danza se organizó en tres (3) Áreas de Formación, así: Área de Formación Profesional, integrada por las metodologías específicas del área, y técnicas de entrenamiento y creación propias del campo de la danza. Área de Formación Básica, integrada por el componente docente, común a las licenciaturas de nuestra Facultad. Área de Formación Complementaria, integrada por la fundamentación, contextualización y formación sociohumanística. Dicho plan de estudios contempló setenta y un (71) cursos: 69 obligatorios y 2 electivos, acumulando una totalidad de ciento cincuenta y seis (156) unidades crediticias, apegándose al Decreto 2566 de 2003 por el cual se establecen las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de educación superior y se dictan otras disposiciones. De acuerdo con el Capítulo II: De los créditos académicos, del ya mencionado decreto, la relación de los créditos académicos para los cursos debe estar en consonancia con el tiempo de dedicación que el estudiante debe emplear, incluyendo el tiempo de acompañamiento docente y el tiempo de trabajo independiente. Esta disposición legal propone para los programas de pregrado la siguiente relación: Por una (1) hora semanal de tiempo asistido por el docente, el estudiante debe emplear dos (2) horas semanales de tiempo independiente. 7

8 El programa Licenciatura en Educación Básica en Danza al momento de solicitar Registro Calificado ante el Ministerio de Educación Nacional (Diciembre de 2003), propuso para los cursos prácticos una relación inversa de dedicación de tiempo, es decir: Por dos (2) horas semanales de tiempo de acompañamiento docente el estudiante debe emplear una (1) hora semanal de tiempo independiente. El argumento estuvo asentado en la especificidad de los cursos de formación técnica, creación y metodologías específicas, pues exigen un trabajo práctico y/o teórico-práctico que debe ser velado por el docente especializado en el área. El resultado de esta propuesta curricular, fue el siguiente plan de estudios: 3.1 Plan de estudios vigente CONVENCIONES Horas por semana Créditos Tipo de materia Área Tipo TA (tiempo asistido) TI (tiempo independiente) TC (tiempo completo) CR: créditos H y NH (homologable y no homologable) V y NV (validable y no validable) C y NC (clasificable y no clasificable) AFP ( área de formación profesional) AFB (área de formación básica) AFC (área de formación complementaria) P (práctica) T (teórica) T/P (teórico-práctica) PRIMER SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea I NH, NV, C ARD 116 AFP P ARD 111 ARD Danza Moderna I NH, NV, C ARD 110 AFP P ARD 111 ARD Ballet Clásico I NH, NV, C ARD 116 AFP P ARD 110 ARD Danzas Regionales y Sociales I NH, NV, C AFP P ARD Formación en Lenguaje Musical I NH, NV, C AFC T/P ARD Anatomía y Análisis del Movimiento H, V, C AFC T ARD Epistemología e Historia de la H, V, C AFB T Pedagogía ARD Fundamentos de Español H, V, C AFC T TOTAL AREA TIPO 8

9 SEGUNDO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI T C ARD Danza Contemporánea II NH, NV, C ARD 110 ARD 121 AFP P 120 ARD 126 ARD Danza Moderna II NH, NV, C ARD 116 ARD 120 AFP P ARD 121 ARD Ballet Clásico II NH, NV, C ARD 111 ARD 120 AFP P ARD 126 ARD Danzas Regionales y Sociales II NH, NV,C ARD 112 AFP P ARD Formación en Lenguaje Musical II NH, N V, C ARD 115 AFC T/P ARD Kinesiología H, V, C ARD 113 AFC T/P ARD Historia y Teoría de la Danza I H, V, C ARD 301 ARD 302 AFC T ARD Historia del Arte H, V, C ARD 301 ARD 124 AFC T TOTAL ÁREA TIPO TERCER SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS T TI TC A ARD Danza Contemporánea III NH, NV, NC ARD 120 ARD 131 AFP P ARD 136 ARD Danza Moderna III NH, NV, NC ARD 126 ARD 130 AFP P ARD 131 ARD Ballet Clásico III NH, NV, NC ARD 121 ARD 130 AFP P ARD 136 ARD Electiva I NH, NV, C AFC T/P ARD Formación en Lenguaje Musical III NH, NV, C ARD 128 AFC T/P ARD Historia y Teoría de la Danza II H, V, C ARD 124 AFC T ARD Enseñanza de Ia Danza Creativa NH, NV, NC ARD 123 ARD 300 AFP T/P ARD Corrientes Contemporáneas de la Pedagogía H, V, C ARD 300 AFB T TOTAL ÁREA TIPO CUARTO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea IV NH, NV, NC ARD 130 ARD 141 AFP P ARD 146 ARD Danza Moderna IV NH, NV, NC ARD 136 ARD 140 AFP P ARD 141 ARD Ballet Clásico IV NH, NV, NC ARD 131 ARD 140 ARD 146 AFP P ARD Actuación I NH, NV, C ARD 130 AFC P ARD Exploración I NH, NV, NC ARD 130 ARD 144 AFP P ARD 131 ARD Metodología de la Danza I NH, NV, NC ARD 134 ARD 135 ARD117 AFP T/P ARD Metodología de la Investigación H, V, C, ARD 301 AFC T ARD Sujeto y Educación H, V, C A R D 303 AFB T TOTAL ÁREA TIPO 9

10 QUINTO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea V NH, NV, NC ARD 140 ARD 151 AFP P ARD Ballet Clásico V NH, NV, NC ARD 141 ARD 150 AFP P ARD Actuación II NH, NV, C ARD 064 AFC P ARD Exploración II NH, NV, NC ARD 117 ARD 154 AFP P ARD Metodología de la Danza II NH, NV, NC ARD 144 ARD 127 AFP T/P ARD Estética I H, V, C ARD 302 AFC T ARD Desarrollo Cognitivo H, V, C ARD 304 ARD 306 AFB T 305 ARD Didáctica General y Aplicada H, V, C ARD 304 ARD 305 AFB T TOTAL ÁREA TIPO SEXTO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea VI NH, NV, NC ARD 150 ARD 161 AFP P ARD Ballet Clásico VI NH, NV, NC ARD 151 ARD 160 AFP P ARD Exploración III NH, NV, NC ARD 127 AFP P ARD Improvisación I NH, NV, NC ARD 150 AFP P ARD 151 ARD Seminario de Investigación I NH, NV, NC ARD 125 AFC T/P ARD Estética II H, V, C ARD 643 AFC T ARD Nueva Sociología y Etnografía H, V, C ARD 305 ARD 308 AFB T 307 Escolar ARD Epistemología, Pedagogía, Historia de las Artes H,V,C ARD 306 ARD 307 AFB T TOTAL ÁREA TIPO SÉPTIMO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea VII NH, NV, NC ARD 160 AFP P ARD Taller de la Danza I NH, NV, NC ARD 160 ARD 161 ARD 146 ARD 147 ARD Improvisación II NH, NV, NC ARD 147 AFP P ARD Electiva II H, V, C ARD 652 ARD 162 ARD Seminario de Investigación II NH, NV, NC ARD 162 AFC T/P ARD Estética III H, V, C ARD 652 AFC T ARD Historia, Teoría, Gestión y Currículo H, V, C ARD 307 AFB T TOTAL ÁREA AFP AFP TIPO P T/P 10

11 OCTAVO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS 0219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea VIII NH, NV, NC ARD 171 AFP P ARD Taller de Danza II NH, NV, NC ARD 170 AFP P ARD Improvisación III NH, NV, NC ARD 157 ARD 185 AFP P ARD Composición Coreográfica I NH, NV, NC ARD 157 ARD 182 AFP P ARD Práctica Docente I NH, NV, NC ARD 154 ARD 127 ARD 171 ARD 135 AFP T/P ARD Antropología Pedagógica y Formación Ciudadana H, V, C ARD 309 AFB T TOTAL ÁREA TIPO NOVENO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PRERRE QUISITOS CORREQUI SITOS ÁREA TIPO O219 TA TI TC ARD Danza Contemporánea IX NH, NV, NC ARD 181 AFP P ARD Taller de Danza III NH, NV, NC ARD 180 AFP P ARD Composición Coreográfica II NH, NV, NC ARD 185 AFP P ARD Práctica Docente II NH, NV, NC ARD 184 AFP T/P ARD Proyecto Pedagógico de Grado I NH, NV, NC ARD 172 ARD 184 AFP T/P ARD Gestión y Promoción Cultural H, V, C, ARD 310 AFB T TOTAL DÉCIMO SEMESTRE CÓDIGO HORAS POR SEMANA CR NOMBRE DEL CURSO TIPO MATERIA PREREQUI SITOS CORREQUI SITOS 0219 AD TI TP ARD Montaje y Proyección NH, NV, NC ARD 190 ARD 191 ARD 182 AFP P ARD Seminario Interdisciplinario NH NV, NC ARD 311 AFC T/P ARD Proyecto Pedagógico de Grado II NH, NV, NC ARD 193 AFP T/P ARD Alternativas Pedagógicas Comunitarias H, V, C ARD 311 AFB T TOTAL ÁREA TIPO 11

12 Segunda Parte: Reforma Curricular 4. Marco Legal El presente marco legal está apoyándose en los más recientes decretos y resoluciones emitidas por el Ministerio de Educación Nacional que enfatizan en el diseño y la administración de programas de formación de docentes y artísticos. Este marco legal sirve para apuntalar la presente reforma. 4.1 El Decreto 2566, de Septiembre 10 del 2003, por el cual se establecen las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de educación superior y se dictan otras disposiciones. En su Capítulo II, Artículo 18, referente a los Créditos académicos: El tiempo estimado de actividad académica del estudiante en función de las competencias académicas que se espera el programa desarrolle, se expresará en unidades denominadas Créditos Académicos. Un crédito equivale a 48 horas de trabajo académico del estudiante, que comprende las horas con acompañamiento directo del docente y demás horas que el estudiante deba emplear en actividades independientes de estudio, prácticas, u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje, sin incluir las destinadas a la presentación de las pruebas finales de evaluación. El número total de horas promedio de trabajo académico semanal del estudiante correspondiente a un crédito, será aquel que resulte de dividir las 48 horas totales de trabajo por el número de semanas que cada Institución defina para el período lectivo respectivo. En su Capítulo II, Artículo 19, referente al Número de horas académicas de acompañamiento docente: De acuerdo con la metodología específica de la actividad académica, las instituciones de educación superior deberán discriminar el número de horas académicas que requieren acompañamiento del docente, precisando cuántas horas adicionales de trabajo independiente se deben desarrollar por cada hora de trabajo presencial, distinguiendo entre programas de pregrado, especialización, maestría y doctorado. 12

13 Para los fines de este decreto, el número de créditos de una actividad académica será expresado en números enteros, teniendo en cuenta que: Una hora académica con acompañamiento directo de docente supone dos horas adicionales de trabajo independiente en programas de pregrado y de especialización, y tres en programas de maestría, lo cual no impide a las instituciones de educación superior propongan el empleo de una proporción mayor o menor de horas presenciales frente a las independientes, indicando las razones que lo justifican, cuando la metodología específica de la actividad académica así lo exija. En su Capítulo II, Artículo 20, referente al Número de créditos de una actividad académica: El número de créditos de una actividad académica en el plan de estudios será aquel que resulte de dividir por 48 el número total de horas que deba emplear el estudiante para cumplir satisfactoriamente las metas de aprendizaje. PARÁGRAFO. Las instituciones de educación superior, dentro de su autonomía y de acuerdo con la naturaleza del programa, distinguirán entre créditos académicos obligatorios y electivos. 4.2 La Resolución Número 1036 del 22 de Abril de 2004, por la cual se definen las características específicas de calidad para los programas de pregrado y especialización en Educación. En su Artículo 1, referente a la Denominación académica del programa: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley 30 de 1992 los programas de pregrado en Educación ofrecerán énfasis en los niveles del sistema educativo, en las áreas o disciplinas del conocimiento, en competencias profesionales específicas y en las modalidades de atención educativa formal y no formal. En este sentido: a) Los programas cuyo énfasis esté dirigido a la formación de educadores para el preescolar, fortalecerán su orientación hacia la pedagogía infantil de acuerdo con los artículos 15 y 16 de la Ley 115 de El título otorgado corresponderá al de "Licenciado en Preescolar" o "Licenciado en Pedagogía Infantil" o "Licenciado en Educación Temprana". b) Los programas cuyo énfasis esté dirigido a la formación de educadores para la educación básica deberán orientarse por una concepción que articule los ciclos de primaria y secundaria, de acuerdo con los artículos 19, 20, 21 y 22 de la Ley 115 de El título otorgado será el de "Licenciado en Educación Básica", especificando las áreas de énfasis definidas en los artículos 23, 24 y 25 de la Ley 115 de 1994, o de "Licenciado en una de las áreas definidas en los artículos 23,24 y 25 de la Ley 115 de 1994" con énfasis en educación básica. 13

14 c) Los programas cuyo énfasis esté dirigido a la formación de educadores para la educación media deberán orientarse por la finalidad, el carácter y los objetivos de este nivel indicados en los artículos 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33 de la Ley 115 de El título otorgado será el de "Licenciado en...", especificando las disciplinas académicas o técnicas de énfasis. d) Los programas cuyo énfasis esté dirigido a la formación de educadores para situaciones de aprendizaje no-formal, ámbitos socio-culturales, poblaciones o competencias profesionales específicas que requieran la presencia del profesional de la educación, conducirán al título de "Licenciado en...", especificando su respectivo énfasis. En la estructuración y nomenclatura del énfasis, estos programas tendrán en cuenta la normatividad establecida en el capítulo 2 del Título II y el Título III de la Ley 115 de 1994, y en las demás normas vigentes. 4.3 La Resolución Nº 3456 de Diciembre 30 de 2003, por la cual se definen las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo de los programas de formación profesional en Artes. En su Artículo 2º se señala que los programas académicos de pregrado en Artes se organizarán teniendo en cuenta como mínimo, las siguientes áreas y componentes de formación. En su aparte 2, Para los programas de Artes Escénicas y afines, enuncia: 2.1. Área de formación Básica: Incluye los elementos necesarios para la comprensión del campo de trabajo profesional de las Artes Escénicas y afines, tanto en el contexto teórico y metodológico del campo como en el contexto histórico-social de la formación y del ejercicio profesional posible. Esta área tiene dos componentes: Componente de fundamentación: Incluye las concepciones y tendencias estéticas, los principios de la teoría de las artes escénicas, la historia del arte y los aportes de otras disciplinas a la comprensión general del fenómeno artístico Componente de contextualización y formación sociohumanística: Incluye los conocimientos relativos al contexto histórico-social y cultural en el cual se lleva a cabo el trabajo de la creación artística, el contexto de la práctica posible de los egresados y el contexto institucional de la formación en artes escénicas y campos afines Área de formación profesional: Que asegura la apropiación de las herramientas teóricas, metodológicas y técnicas propias del campo de las Artes Escénicas y afines y ofrece a los estudiantes la posibilidad de elegir énfasis o adelantar estudios de profundización en un campo posible de ejercicio o de ampliar coherentemente la perspectiva de la acción profesional. Esta área tiene dos componentes: Componente de formación en el campo de la profesión: Incluye los conocimientos y las habilidades requeridos para la práctica de las artes escénicas y para el análisis crítico de las obras y de sus representaciones. Este 14

15 componente incluye, entre otros: teoría e historia de las artes escénicas, actuación, expresión corporal (danza y técnicas específicas como mimo, pantomima, clown, circo), expresión vocal, dirección, dramaturgia, vestuario y maquillaje, montaje, escenografía, iluminación, informática y medios audiovisuales Componente de profundización o de complementación: Incluye la profundización en los conocimientos y las habilidades propios de la modalidad de trabajo en artes escénicas elegida por el estudiante y las actividades académicas y prácticas que permiten ampliar la perspectiva del profesional en artes escénicas. Los contenidos de esta área deben permitir a los egresados proyectarse profesionalmente, según sus elecciones, promoviendo la participación de las comunidades en las distintas dimensiones del hecho teatral; en el ejercicio profesional, como actores, directores o dramaturgos, cuyos productos artísticos pueden ser reconocidos a nivel local, nacional e internacional, y como gestores de proyectos de cooperación interinstitucional. 15

16 5. Propuesta de reforma curricular Después de dos años de funcionamiento del programa y en consonancia con el Plan de Acción de la que propone estar alerta ante el cambio ya que la dinámica de la cultura actual exige estar atentos al redireccionamiento que toma la inserción de los paradigmas culturales en el desarrollo del arte [... generando] así la búsqueda de la calidad académica que se evidencia en la necesidad de una renovación curricular 1, es necesario entonces, implementar reformas en la estructura curricular con el objeto de actualizar el plan de estudios, afinar los perfiles académicos que propone el programa, revisar la asignación de créditos y flexibilizar, a través de la electividad, la construcción de los perfiles. Para ello presentamos diferentes aspectos sobre los cuales descansa la reforma del plan curricular: Áreas de Formación Sobre los créditos académicos Flexibilidad curricular Denominación del programa 5.1 Áreas de Formación La reforma del plan de estudio contempla la agrupación de los cursos en Áreas y Componentes de Formación de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 3456 de Diciembre 30 de 2003 (ya citada en el Marco Legal), por la cual se definen las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo de los programas de formación profesional en Artes. 1 Plan de Acción ,. Pág

17 5.1.1 Área de Formación Básica Incluye los cursos fundamentales para la comprensión y el desempeño profesional de la danza. Esta área tiene dos componentes: Componente de Fundamentación: Incluye las concepciones y tendencias estéticas, los principios de la teoría de las artes escénicas en general y específicamente en danza-, de la historia del arte y aportes de otras disciplinas para la comprensión del fenómeno artístico. Cursos que lo conforman: o Fundamentos de Español o Historia y Teoría del Arte I y II o Historia y Teoría de la Danza I, II y III o Estéticas I y II Componente de Contextualización y Formación Sociohumanística: Incluye los conocimientos relativos al contexto histórico social y cultural en el cual se lleva a cabo el trabajo de la creación artística, el contexto de la práctica posible de los egresados, y el contexto institucional de la formación en danza. Cursos que lo conforman: o Epistemología e Historia de la Pedagogía o Corrientes Contemporáneas de la Pedagogía o Psicología del Aprendizaje o Diseño curricular y Planificación Escolar o Gestión y Promoción Cultural o Metodología de la Danza I, II y III o Metodología de la Investigación o Seminario de Investigación 17

18 o Seminario Teórico I, II y III En este componente, la propuesta de reforma del plan de estudios, pretende vincular el saber de la docencia de las artes y la docencia en danza, con los cursos del saber profesional disciplinar que conforman el plan curricular. Para ello proponemos: Incluir los cursos de Metodología de la Danza específica en este componente que reúne este campo del saber del programa. Reordenar los cursos que anteriormente estaban descritos como del área pedagógica, recogiendo y precisando sus contenidos en cursos con nueva nomenclatura, permitiendo con ello focalizar la especificidad de los cursos en función de lo que precisa el programa. Basados en lo anterior, eliminar cursos que en algunas de sus unidades temáticas, exponían los mismos contenidos de otras asignaturas Área de Formación Profesional Esta área asegura la apropiación de las herramientas teóricas, metodológicas y técnicas propias del campo de la danza y ofrece a los estudiantes la posibilidad de elegir énfasis o adelantar estudios de profundización en un campo posible de ejercicio o de ampliar coherentemente la perspectiva de la acción profesional. Esta área tiene dos componentes: Componente de Formación en el campo de la Profesión: que incluye los conocimientos y las habilidades requeridos para la práctica de la danza. Cursos que lo conforman: 18

19 o Danza Contemporánea I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X o Ballet Clásico I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X o Danza Tradicional I, II y III o Danzas Populares o Técnicas Corporales Aplicadas I y II o Técnicas Corporales de Repertorio I, II, III y IV o Taller Montaje I, II y III o Improvisación I y II o Composición Coreográfica I y II o Formación Musical I, II y III o Actuación o Seminario Práctico o Anatomía o Kinesiología Componente de Profundización: Que incluye la profundización en los conocimientos y las habilidades propias de la modalidad de trabajo en danza y las actividades académicas y prácticas que permiten ampliar la perspectiva del profesional en danza. Cursos que lo conforman: o Práctica Docente o Proyecto Pedagógico de Grado I y II o Enseñanza Virtual o Diseño para la Escena o Integración de Tecnologías para la Escena 19

20 5.2 Créditos académicos La asignación de créditos académicos como está descrito en el decreto 2566 de 2003, está directamente relacionada con la dedicación de tiempo total del estudiante, incluyendo el tiempo de acompañamiento docente y el tiempo de trabajo independiente Cursos prácticos y teórico-prácticos La experiencia arrojada por el funcionamiento del plan de estudios vigente ha tenido buen resultado, pues el estudiante está en constante retroalimentación por parte del docente logrando aprehensión de los elementos técnicos interpretativos, creativos y de metodología específica, vitales en la construcción académica del egresado del programa. Sobre estos cursos, descansa el desarrollo de habilidades y competencias propias del docente-intérprete de danza. Para la propuesta de reforma del plan de estudios esta relación de tiempo continúa así: Cursos Prácticos: o Proporción: 2 horas de tiempo asistido X 1 hora de tiempo independiente Cursos Teórico-Prácticos: o Proporción: 2 horas de tiempo asistido X 1 hora de tiempo independiente Cursos teóricos La experiencia arrojada para los cursos teóricos del plan de estudios vigente, recogiendo tanto aquellos relacionados con la especificidad de la disciplina, su análisis y crítica, como con el contexto pedagógico, enseñanza e investigación en las artes, necesario para el desempeño de la profesión, 20

21 precisa de la redefinición de la proporción de tiempo empleada por el estudiante. En esta propuesta de reforma, la relación de tiempo la planteamos así: Cursos Teóricos: o Proporción: 1 hora de tiempo asistido X 1 hora de tiempo independiente Lo anterior significa que para dichos cursos el valor crediticio asignado aumenta, pues de acuerdo con el decreto 2566, un (1) crédito equivale a 48 horas de trabajo del estudiante incluido el tiempo de acompañamiento y el tiempo independiente durante todo el periodo académico, es decir tres (3) horas de dedicación de tiempo semanal Cursos con excepciones: Las necesidades académicas de estos cursos exigen mayor dedicación del estudiante en su tiempo independiente: Composición Coreográfica I y II Práctica Docente Proyecto Pedagógico de Grado I y II 5.3 Flexibilidad curricular Se entiende como un proceso de apertura y redimensionamiento de la interacción entre las diversas formas de conocimiento u objetos de aprendizaje que constituyen el currículo. En esta perspectiva corresponde a la Institución organizar y actualizar los contenidos programáticos, sus estrategias pedagógicas y didácticas de aprendizaje, para desarrollar las competencias esperadas, y así dar respuesta a las necesidades cambiantes de la sociedad. Todo lo anterior se orienta a promover la formación 21

22 integral, la movilidad como medio para favorecer la interdisciplinariedad, permitiéndole al estudiante elegir los énfasis y la dirección de su aprendizaje con el fin de alcanzar la máxima calidad en la formación. La flexibilidad en esta propuesta de reforma se basa en la posibilidad de ofrecer un plan curricular compuesto de cursos obligatorios que fundamentan el perfil sobre el cual se edifica el programa de licenciatura, y al lado de ello construir un perfil específico de acuerdo a los cursos electivos que se ofertarían. Esta propuesta busca que el egresado del programa defina y decida sobre su énfasis tomando cursos electivos dirigidos a fortalecer tanto el oficio del intérprete como el de creadorinvestigador. Bajo estas condiciones, los cursos electivos se constituyen en el complemento y la profundización del saber académico necesario para el desempeño del docente en danza, procurando servir de herramienta al estudiante de acuerdo al contexto en el cual proyecte su desempeño. 5.4 Denominación del programa Considerando que la formación en danza escénica es un proceso dilatado en el tiempo y que hace de éste el principal aliado de su transmisión, los contenidos que contempla nuestro plan de estudio, contradictoriamente destinados a las distintas modalidades de su difusión (informal, no-formal y formal) pese a su actual denominación, proyectan sus esfuerzos a una compleja sucesión que culmina con la formación integral del docente, intérprete, coreógrafo y del investigador, crítico o historiador de la danza. 22

23 Un programa de formación de docentes en danza a nivel universitario no debe escapar, como afirmamos, a la lógica y necesaria tarea de ver proyectados los procesos de enseñanza-aprendizaje en los distintos niveles de formación del bailarín y de su natural afán para la transmisión y recreación de su arte. Aún más, siendo ésta, la licenciatura que nos ocupa, un primer logro académico en el área de la enseñanza de la danza dentro de la particular realidad socio-cultural colombiana. Por estas razones: Necesidad de integrar y consolidar coherentemente los principios de la educación en danza atendiendo a la lógica de desarrollo del oficio hasta su nivel profesional. Desembarazar la formación de docentes de la especialización precipitada atendiendo a necesidades ajenas a la naturaleza de la metodología de la enseñanza de la danza, la cual necesita una visión de conjunto para luego, quizás, aventurarse a la especificidad de una de sus etapas. Proponemos una redefinición del título del programa que se ajuste a los ideales de la formación de los futuros docentes de la danza: Docentes versátiles y bien preparados para enfrentar la formación de futuros artistas del movimiento, desde sus etapas más tempranas hasta su profesionalización. El titulo del programa propuesto para acompañar esta reforma curricular sería: Licenciatura en Danza. 5.5 Plan de estudio reformado (Insertado a continuación) 23

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