MANUAL DE AUTOEVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS PARA LA DEFINICIÓN DE TARIFAS, VERSION 4 AÑO 2010

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1 MANUAL DE AUTOEVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS PARA LA DEFINICIÓN DE TARIFAS, VERSION 4 AÑO

2 MANUAL DE AUTOEVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS PARA LA DEFINICION DE TARIFAS CONTENIDO Pág. INTRODUCCIÓN 5 CAPITULO I. ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN 6 Criterios para la autoevaluación, clasificación y fijación de tarifas 6 Definición de conceptos 7 Procedimiento de autoevaluación, clasificación y fijación de tarifas 10 CAPITULO II. EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS CON OFERTA DIFERENTE A PREESCOLAR EXCLUSIVO (FORMULARIO 1A) 12 SECCION I. INFORMACIÓN GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO 12 Identificación 12 Características de la oferta educativa 13 Información de estudiantes matriculados actuales y potenciales 14 Información de planta física y dotación 14 Información de recursos humanos 15 SECCIÓN II. EVALUACIÓN DE RECURSOS 18 Niveles e intensidad horaria 18 Recursos humanos 19 Instalaciones 22 Recursos pedagógicos 25 SECCIÓN III: EVALUACIÓN DE PROCESOS Y RESULTADOS 27 Gestión directiva: filosofía institucional 28 Gestión directiva: gobierno escolar y liderazgo 29 Gestión académica 33 Gestión de comunidad 43 Gestión administrativa y financiera: estrategia administrativa 46 Gestión administrativa y financiera: desarrollo del personal 50 Evaluación institucional: resultados 52 CLASIFICACIÓN EN ALGUNO DE LOS REGÍMENES ESTABLECIDOS 53 2

3 CAPITULO III. EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS QUE OFRECEN EXCLUSIVAMENTE EL NIVEL PREESCOLAR (formulario 1B) SECCION I. INFORMACIÓN GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO Identificación Características de la oferta educativa Información de estudiantes matriculados actuales y potenciales Información de planta física y dotación Información de recursos humanos SECCIÓN II: EVALUACIÓN DE RECURSOS Niveles y tiempo Recursos humanos Instalaciones Recursos pedagógicos SECCIÓN III: EVALUACIÓN DE PROCESOS Y RESULTADOS Filosofía institucional Gobierno escolar y liderazgo Gestión académica Gestión de la comunidad: desarrollo del estudiante Gestión administrativa y financiera: estrategia administrativa Gestión administrativa y financiera: desarrollo del personal Evaluación institucional: resultados CLASIFICACIÓN EN ALGUNO DE LOS REGÍMENES ESTABLECIDOS CAPÍTULO IV. ESTRUCTURA DE INGRESOS Y COSTOS DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO (FORMULARIO 2) Indicaciones Generales Instrucciones para diligenciar el Formulario 2 SECCIÓN I. INFORMACIÓN GENERAL A. Información General del Establecimiento B. Tarifas propuestas para el año próximo C. Tarifas, cobros periódicos y otros cobros del año en curso D. Estudiantes matriculados en el establecimiento el año inmediatamente anterior E. Número equivalente de estudiantes becados completamente con recursos del establecimiento 3

4 SECCION II. INGRESOS, COSTOS Y UTILIDAD A. Estado de Pérdidas y Ganancias B. Activos y estimación del valor de renta anual equivalente SECCION III. LIQUIDACIÓN DEL COSTO ANUAL DEL SERVICIO EDUCATIVO POR ESTUDIANTE 4

5 INTRODUCCIÓN El presente Manual orienta el proceso anual de autoevaluación institucional, en el que la comunidad educativa hace un balance de sus logros, potencialidades y dificultades, a partir de los cuales debe definir procesos de mejoramiento para ofrecer mayores niveles de la calidad. Adicionalmente, como resultado de la autoevaluación, los establecimientos educativos se clasifican en uno de los regímenes de tarifas establecidos en la Ley. Todos los establecimientos privados deben aplicar el manual, a menos que hayan obtenido certificados de calidad en un sistema o modelo de gestión de calidad reconocido por el Ministerio de Educación. Desde 1997 los establecimientos privados de educación preescolar, básica y media 1 han venido aplicando sistemáticamente la evaluación institucional. La primera versión del Manual 2 evaluaba los recursos del establecimiento educativo. En la segunda versión 3, que se empezó a aplicar obligatoriamente en el año 2004, se incorporaron adicionalmente procesos. Por su parte esta tercera versión incluye recursos, procesos y resultados. Cada versión se ha enriquecido a partir de aportes de la academia y de los establecimientos, presentando un ámbito de mejoramiento cada vez más amplio. La incorporación de planes de mejoramiento plantea el esfuerzo colectivo para mejorar los resultados, tanto en la parte administrativa como en los procesos pedagógicos. En lo administrativo el establecimiento adecuará los procesos para mejorarlos. En lo pedagógico, profesores y estudiantes revisaran los procesos para alcanzar las metas establecidas. En el capítulo I se presentan las orientaciones y el procedimiento general; en los capítulos II a V, las instrucciones para la autoevaluación y clasificación de establecimientos que ofrecen distintos niveles educativos, sólo preescolar, los que atienden adultos y para nuevos establecimientos; y en el capítulo VI, las orientaciones sobre información financiera que deben presentar todos los establecimientos. En el anexo se presentan los formularios de autoevaluación de servicios y financiero que deben entregarse a la Secretaría de Educación. Los formularios diligenciados y demás documentos exigidos para la definición de las tarifas deberán entregarse a la secretaría de educación de la entidad territorial certificada en cuya jurisdicción opere el establecimiento educativo, 60 días antes de la fecha de matrícula, de manera que ésta pueda vigilar la aplicación de las normas nacionales sobre tarifas, según disponen los artículos y 7.13 de la Ley 715 de La información reportada debe corresponder al año en curso para los formularios de evaluación y clasificación (1A, 1B, 1C y 1D o certificaciones o acreditaciones). En el formulario 2 es importante tener en cuenta las instrucciones sobre la vigencia de cada información solicitada: tarifas del año actual, estado de pérdidas y ganancias del año anterior y tarifas propuestas para el año próximo. Información adicional puede consultarse en el sitio: Publicaciones, en particular en la Guía. 4; y en distintas secciones del portal educativo: en particular en la red virtual de establecimientos privados, Privados en Acción. También puede acudirse a las Secretarías de Educación, o, si se es afiliado, a la asociación de colegios privados correspondiente. 1 Establecimientos educativos privados hace referencia a colegios, jardines y establecimientos de educación de adultos. 2 REPÚBLICA DE COLOMBIA, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Manual de evaluación y clasificación de establecimientos educativos privados para la definición de tarifas educativas. Serie Guías. Bogotá, enero de REPÚBLICA DE COLOMBIA, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Manual de evaluación y clasificación de establecimientos educativos privados para la definición de tarifas. Guía. 4. Bogotá, octubre de

6 CAPITULO I ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN A continuación se presentan los criterios para la autoevaluación, clasificación y fijación de tarifas, la definición de conceptos y la descripción general del proceso de autoevaluación institucional. Criterios para la autoevaluación, clasificación y fijación de tarifas Autoevaluación Existen muchas maneras de abordar el proceso de autoevaluación institucional. Pero para que movilice los procesos de mejoramiento es fundamental la participación de la comunidad educativa. Los procesos participativos requieren más tiempo, demandan mayor responsabilidad colectiva, y crean condiciones para procesos de mejoramiento más efectivos. En la medida en que más personas lleguen a acuerdos sobre el diagnóstico, es más fácil que entiendan el porqué de los procesos de mejoramiento. Por otra parte, el Consejo Directivo debe avalar la autoevaluación. Es fundamental también el liderazgo del rector, quien debe conducir el proceso, preferiblemente con el soporte de en un comité que apoye la movilización de la comunidad para la autoevaluación, definición de prioridades, procesos de mejoramiento y seguimiento a los procesos de mejoramiento que se definan. Fijación de tarifas El artículo 202 de la Ley 115 de 1994 establece las reglas para la fijación de tarifas en los establecimientos educativos privados y contempla los siguientes criterios para el establecimiento o reajuste de tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos: Para definir las tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos originados en la prestación del servicio educativo, cada establecimiento educativo de carácter privado deberá llevar los registros contables necesarios para establecer costos y determinar los cobros correspondientes. Con base en lo expresado, para el cálculo de tarifas se tendrán en cuenta los siguientes criterios: a. Recuperación de costos y proyecciones. La recuperación de costos incurridos en el servicio se hará mediante el cobro de matrículas, pensiones, cobros periódicos y otros cobros, que en su conjunto representan financieramente un monto igual a: gastos de operación, costos de reposición y mantenimiento, reservas para el desarrollo futuro y, una razonable remuneración a la actividad empresarial, cuando se trate de establecimientos con ánimo de lucro. Las tarifas no podrán trasladar a los usuarios los costos de una gestión ineficiente. b. Impacto Social. Podrán tener en cuenta principios de solidaridad social o redistribución económica para brindar mejores oportunidades de acceso y permanencia en el servicio a los usuarios de menores ingresos. c. Transparencia. Las tarifas establecidas para matrículas, pensiones, cobros periódicos y otros cobros deberán ser explícitas, simples y con denominación precisa, así como de fácil comparación con las ofrecidas por otros establecimientos educativos; ello posibilita al usuario su libre elección en condiciones de sana competencia. 6

7 d. Tecnificación. Permitirán utilizar las tecnologías y sistemas administrativos que garanticen la mejor calidad, continuidad y seguridad a sus usuarios. e. El Gobierno Nacional, atendiendo los anteriores criterios, reglamentará y autorizará a través del Ministerio de Educación Nacional la determinación o reajuste de tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos. En el Artículo 203 de la Ley 115 de 1994 se ratifica que: los establecimientos educativos no podrán exigir por sí mismos, ni por medio de las asociaciones de padres de familia, ni de otras organizaciones, cuotas, bonos o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrículas, pensiones y cobros periódicos. Definición de conceptos Niveles y ciclos de la educación El servicio de educación formal se presta en una secuencia regular de grados organizados en niveles y ciclos, así: a) Nivel de educación preescolar que comprende los grados pre-jardín, jardín y transición; b) Nivel de educación básica que comprende los grados 1 a 9, agrupados en el ciclo de primaria (grados 1 a 5 ) y el ciclo de secundaria (grados 6 a 9 ); c) Nivel de educación media, que comprende los grados 10 y 11. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE FORMACIÓN EN COLOMBIA Niveles Grados Pre-jardín Pre-escolar Jardín Transición Ciclo primaria 1, 2, 3, 4 y 5 Básica Ciclo secundaria 6, 7, 8 y 9 Media 10 y 11 Superior Evaluación Juicio de valor que se emite con base en criterios e indicadores específicos. Evaluación cuantitativa y cualitativa En la evaluación cualitativa se emite un juicio razonado o una clasificación en categorías, a partir de un estudio en profundidad que arroja resultados sondables pero no generalizables. Los resultados de la evaluación cuantitativa se expresan en cantidades y son comparables y generalizables, pero sin mayor profundidad. Estos dos enfoques son complementarios, y su utilidad depende de los objetivos que se planteen. 7

8 Evaluación institucional Proceso de evaluación aplicado a una institución, en este caso a un establecimiento educativo privado. Autoevaluación La evaluación del establecimiento educativo que adelanta el propio establecimiento se denomina autoevaluación. Evaluación interna y externa La evaluación interna corresponde a los procesos de seguimiento que se desarrollan en el aula de clase por parte de profesores y estudiantes para determinar el estado de los procesos desarrollados. Esta evaluación puede ser: autoevaluación, cuando es el mismo estudiante o profesor quien se analiza; coevaluación, cuando la evaluación es hecha por un semejante; y heteroevaluación, cuando la aplica alguien con funciones diferentes. La evaluación externa corresponde a aquellas pruebas que estandarizadas que se aplican por agentes externos a los procesos del aula de clase (ICFES, SABER, PISA, entre otras). Proceso Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman elementos de entrada en resultados. Sistema de gestión de calidad Conjunto de elementos mutuamente relacionados o que interactúan, para dirigir y controlar a una organización con respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos. Modelos de excelencia Conjunto de criterios de evaluación aplicables al desempeño de todas las actividades y partes interesadas de la organización, con los que ésta puede compararse y a la vez con las de las demás organizaciones. Matrícula Es la suma de dinero anticipada que es pagada una vez al año en el momento de formalizar la vinculación del estudiante al servicio educativo ofrecido por el establecimiento educativo privado, así como la renovación de dicha vinculación. Su valor no podrá ser superior al diez por ciento (10%) de la tarifa anual que adopte el establecimiento, con base en lo dispuesto en el presente Manual. Pensión Es la suma de dinero anual que se paga por el derecho del estudiante a participar, durante el respectivo año académico, de los servicios educativos comunes y obligatorios que ofrece el establecimiento educativo privado, y cuya forma de pago se define en forma explícita dentro del contrato debidamente formalizado al momento de la matrícula. El valor total anual será igual al 90% de la tarifa anual que adopte el establecimiento con base en lo dispuesto en este Manual. El cobro de dicha pensión podrá hacerse en mensualidades o en períodos mayores que no superen el trimestre, de acuerdo con lo que se establezca en el Manual de Convivencia. Tarifa anual Valor cobrado por concepto de matrícula y pensiones en el año. La resolución emitida por las secretarías de educación a cada establecimiento que opera en su jurisdicción autoriza (regímenes de libertad) o fija (régimen controlado) los cobros anuales por este concepto. 8

9 Cobros Periódicos Son las sumas de dinero cobradas a los padres de familia o acudientes por concepto de servicios de alimentación, alojamiento y transporte, que son aceptadas y tomadas voluntariamente, cuyos pagos se realizan periódicamente según los acuerdos contractuales entre las partes. Estos cobros están señalados en el artículo 4º numeral 3 del Decreto 2253 de Otros Cobros Periódicos Son las sumas de dinero cobradas a los padres de familia o acudientes por conceptos diferentes a matrícula, pensión y cobros periódicos. Están descritos en el numeral 4 del artículo 4º del Decreto 2253 de pueden incluir cobros por servicios comunes y obligatorios, pues éstos se incorporan en la tarifa anual de matrícula y pensión. Deben incorporarse explícitamente en el Manual de Convivencia, el cual debe ser aprobado por el Consejo Directivo y dado a conocer a los padres de familia en el momento de la matrícula. Ejemplo de otros cobros periódicos pueden ser clases de natación, bibliobanco o salidas pedagógicas. Pueden incluir también cobros que complementan la formación académica y los asociados al proceso formal de titulación (por ejemplo certificados de notas, boletines adicionales, derechos de grado). Régimen de tarifas Conjunto de normas de niveles graduales de libertad, que se aplican al cobro de tarifas por parte de los establecimientos de educación preescolar, básica y media. El servicio que ofrece un establecimiento educativo privado propende por la formación integral de una persona, desde el primer grado hasta el último grado cursado. Puesto que normalmente los estudiantes permanecen en el mismo establecimiento educativo año tras año, el proceso de elección por parte de los padres de familia se da principalmente al entrar al primer grado ofrecido. La poca movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos después de haber cursado el primer año ofrecido es una condición natural del servicio educativo, pero desde el punto de vista económico implica una restricción a la competencia. Por esta razón las normas para los estudiantes que ingresan al primer grado ofrecido por el establecimiento educativo son diferentes de aquellas que aplican a los demás grados, para los que el gobierno fija los incrementos atándolos a la meta de inflación. Regímenes de tarifas establecidos en la ley El artículo 202 de la Ley 115 de 1994 define tres regímenes de tarifas para los establecimientos privados: 1. Libertad Regulada: Se clasifican en este régimen los establecimientos que obtienen mayor puntaje en su autoevaluación y cumplen con las normas legales vigentes, o los que se han certificado o acreditado con modelos reconocidos por el Ministerio de Educación, según lo dispuesto en el Decreto 529 de Tienen libertad de tarifas en el primer grado que ofrecen. Deben comunicar sus tarifas, junto con los anexos exigidos, a la Secretaría de Educación en cuya jurisdicción operen, 60 días antes de la fecha de matrícula. Si no son objetadas, pueden aplicarse. 2. Libertad Vigilada: Se clasifican en este régimen los establecimientos que obtienen puntajes intermedios en su autoevaluación y cumplen con las normas legales vigentes. Fijan las tarifas del primer grado que ofrecen, sin superar los topes que para cada una de las trece categorías de este régimen establece cada año el Ministerio de Educación Nacional, en la resolución anual de incrementos de tarifas. Deben comunicar sus tarifas, junto con los anexos exigidos, a la Secretaría de Educación en cuya jurisdicción operen, 60 9

10 días antes de la fecha de matrícula. Si no superan los topes establecidos para la clasificación, pueden aplicarse. 3. Régimen Controlado: Se clasifican en este régimen los establecimientos que obtienen más bajos puntajes en su autoevaluación o no cumplen con la regulación vigente. Deben entregar a la Secretaría de Educación en cuya jurisdicción operen los documentos de su autoevaluación y demás anexos, a partir de los cuales la secretaría fija las tarifas del primer grado que ofrecen. El régimen controlado es de aplicación excepcional, y los establecimientos que se clasifiquen en éste deben pactar con la secretaría las condiciones y plazos para superar las causales de clasificación en el régimen controlado. rmas de obligatorio cumplimiento para ingresar a uno de los regímenes de libertad Para clasificarse en uno de los regímenes de libertad (regulada o vigilada), además de alcanzar los puntajes exigidos, el establecimiento debe: llevar los registros contables ajustados al Plan Único de Cuentas, PUC; tener a todos los empleados o trabajadores afiliados al sistema de seguridad social integral; tener más de 60% de sus aulas con iluminación y ventilación adecuadas; tener menos de 30 estudiantes por sanitario o lavamanos; presentar su autoevaluación institucional completa; reportar la información estadística establecida en el Sistema Nacional de Información (Formulario C-600, SIMAT, SINEB); ofrecer jornada completa (número de horas mínimas al año por nivel y ciclo: 800 en preescolar, en básica primaria y en básica secundaria y media) y no incurrir en las causales de infracción establecidas en el Decreto 2253 de Procedimiento de autoevaluación, clasificación y fijación de tarifas El procedimiento general para establecer o reajustar las tarifas inicia con la autoevaluación institucional anual, que lidera el rector. La participación de la comunidad educativa en este proceso es el punto de partida para motivar y alinear a todo el establecimiento en el cumplimiento de los objetivos de mejoramiento que se definan como resultado del proceso. Debe diligenciarse un formulario de autoevaluación para cada una de las jornadas que funcionan en el establecimiento educativo. Una vez diligenciado, el establecimiento se clasifica en uno de los regímenes para el cobro de tarifas establecidos en el artículo 202 de la Ley 115 de 1994: Libertad Regulada, Libertad Vigilada o Régimen Controlado. Los establecimientos clasificados en Libertad Vigilada también lo hacen en una de las trece categorías de este régimen. La autoevaluación y propuesta de tarifas se presentan al Consejo Directivo. Al menos tres días después se vuelve a citar, para que éste las apruebe. Durante el lapso entre las dos sesiones, el Consejo Directivo debe dar información a los padres de familia. En el marco del régimen y categoría en que se clasifica el establecimiento, éste decide las tarifas que aplicará el año siguiente a los estudiantes del primer año que ofrece, teniendo en cuenta la disposición a pagar de los padres de familia y sus propias finanzas. Independientemente del régimen en que se clasifique el establecimiento educativo, debe reportar, a través del aplicativo web de evaluación institucional ( 10

11 la información siguiente con sesenta días de anticipación (según lo establece el Decreto 529 de 2006) a la secretaría de educación certificada en cuya jurisdicción opere: - Formulario 1A (establecimientos con oferta diferente a exclusivamente preescolar) o 1B (preescolares) o 1C (establecimientos de educación de adultos) o 1D (nuevos establecimientos) o información de la certificación o acreditación, en un sistema o modelo de gestión aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, adjuntando el respectivo diploma. - Actas del Consejo Directivo en que se informó sobre la autoevaluación o certificación y tarifas y en las que se aprobó. - Formulario 2, de información financiera y certificación de su veracidad, suscrita por el contador o revisor fiscal, y por el representante legal. Adicionalmente, el establecimiento debe tener a disposición de la secretaría la información soporte de las afiliaciones a la seguridad social, así como la información contable. La secretaría de educación verifica la información recibida, adelanta planes muestrales o censales de validación externa de la autoevaluación y emite las resoluciones de clasificación. Las visitas de validación externa pueden hacerse con posterioridad a la emisión de resoluciones. En el caso de libertad regulada, si la secretaría no objeta las tarifas en 40 días, opera el silencio administrativo positivo. En el caso de libertad vigilada, el establecimiento puede aplicar las tarifas sin superar los topes propuestos. A los establecimientos en régimen controlado la secretaría le fija sus tarifas del primer grado, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el artículo 202 de la Ley 115 de Las tarifas de los estudiantes matriculados en grados diferentes al primero que ofrece el establecimiento, se determinan incrementando las del año anterior en los porcentajes autorizados por el gobierno, como se ilustra en el siguiente ejemplo para un caso de libertad vigilada. GRADO Pre-jardín Libre Jardín Transición Primero Segundo Tercero Cuarto Quinto Sexto Séptimo Octavo veno Décimo Once INCREMENTO 5.5% 8.5% 6.5% 6.0% 5.5% 6.0% 6.0% 6.0% 11

12 CAPÍTULO II EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS CON OFERTA DIFERENTE A PREESCOLAR EXCLUSIVO (FORMULARIO 1A) La evaluación institucional es el punto de partida para definir prioridades de mejoramiento. Una mayor participación de la comunidad, mayor debate y discusión dan mayor alineación y respaldo a las acciones de mejoramiento. Si bien el responsable de la información consignada en el formulario de caracterización es el representante del establecimiento educativo, función que en general ejerce el Rector, es altamente recomendable formar grupos de trabajo encargados del análisis y evaluación de cada componente, en los cuales participen quienes conocen el tema y están comprometidos en su desarrollo. Para que el análisis sea efectivo y útil para la gestión escolar, debe cumplir las siguientes condiciones: 1. Requiere interés de toda la comunidad educativa por conocer la situación institucional, por discutir abiertamente y llegar a acuerdos sobre las fortalezas y debilidades. 2. Exige un compromiso con su veracidad. Una autoevaluación en la que, consciente o inconscientemente, se oculta o disimula la realidad existente, implica perder la oportunidad de definir procesos de mejoramiento sobre bases sólidas, además de arriesgar la credibilidad de la comunidad educativa. 3. Partir de compromisos en torno a los objetivos. El conocimiento de la realidad es un medio para proyectar planes de mejoramiento del establecimiento educativo. La evaluación institucional para la clasificación del servicio educativo en establecimientos con oferta educativa diferente a preescolar exclusivamente se realiza mediante la aplicación del Formulario 1A, en el cual se registran los datos correspondientes a cada uno de los indicadores. Este capítulo contiene las instrucciones para el diligenciamiento de dicho formulario, el cual parte de la identificación del establecimiento e indaga sobre el estado de sus recursos, procesos y resultados. SECCION I. INFORMACIÓN GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO Identificación En primer lugar, anote la fecha en que se diligencia el formulario y el código de identificación del establecimiento, asignado por el DANE o por el Ministerio de Educación. Escriba un número en cada casilla, sin dejar espacios en blanco. A continuación diligencie los datos de identificación y localización del plantel: mbre del establecimiento, dirección del sitio WEB, departamento y municipio en que se ubica, nombre del rector, correo electrónico, teléfono y fax, seguidos por la información sobre las jornadas que ofrece. Recuerde que se diligencia un formulario por jornada. Indique a qué jornada corresponde la información consignada. También se solicita la dirección de cada una de las sedes, así como datos sobre su propiedad y la ubicación en zona urbana o rural. Recuerde que la sede uno (1) corresponde a la sede principal. En el aparte Licencias de funcionamiento indique qué grados ofreció el año inmediatamente anterior. Reporte para cada uno de ellos el número y fecha de la resolución con que se otorgó 12

13 licencia de funcionamiento o reconocimiento oficial (antigua aprobación oficial). Si para ese grado no tiene licencia, sino otro tipo de autorización de inicio de labores, indique el tipo de acto y la fecha en que se otorgó. Características de la oferta educativa Señale el género de la población que atiende el establecimiento educativo, el calendario en el que ofrece el servicio, la fecha en la que inició labores por primera vez, el nombre o título del PEI, la fecha de inscripción en la Secretaría de Educación y sus características más destacadas. Consigne cuál es la intensidad horaria anual que tiene el establecimiento para cada nivel educativo, es decir, el número de horas que ofrece al año. Es el resultado de multiplicar el número de horas (de 60 minutos) a la semana por el número de semanas al año (40 es el mínimo de semanas al año, según lo dispone el artículo 86 de la Ley 115 de 1994). deben contabilizarse los tiempos destinados a recreos, descansos o almuerzo. Sobre bilingüismo, identifique cuál definición se adecúa mejor a la situación del establecimiento: Si el establecimiento es un colegio bilingüe internacional: La institución tiene nexos cercanos con organizaciones oficiales de un país extranjero. Recibe apoyo financiero directo o envío de profesores extranjeros para trabajar en el establecimiento. Existe una alta intensidad de contacto con la lengua extranjera en el plan de estudios (más de 50%). Se usan dos o más lenguas como medios de enseñanza-aprendizaje de distintas áreas curriculares. Se usan materiales y textos importados del extranjero. Promueve un contacto directo de sus estudiantes con el país extranjero a través de intercambios o pasantías. Requiere que sus graduados aprueben un examen de lengua extranjera internacional además de aprobar el currículo colombiano. Promueve una orientación bicultural o intercultural. Si el establecimiento es un colegio bilingüe nacional: Hay una alta intensidad de contacto con la lengua extranjera en el plan de estudios (más de 50%) y se usan dos o más lenguas en la enseñanza-aprendizaje de distintas áreas curriculares. Los directivos son nacionales. La mayoría de los profesores son bilingües colombianos. Requiere que sus graduados aprueben un examen de lengua extranjera internacional además de aprobar el currículo colombiano. Promueve una orientación intercultural. Si el establecimiento es un colegio con intensificación en lengua extranjera: Hay una intensidad promedio de 10 a 15 horas semanales, o más, dedicadas a la enseñanzaaprendizaje de una lengua extranjera como materia, pero ésta no se usa como medio de enseñanza-aprendizaje en ningún área curricular. Requiere que sus estudiantes aprueben un examen de lengua extranjera durante su vida escolar. Indique también el régimen para cobro de tarifas en que está clasificado el año actual. Si la autoevaluación que va a registrar en el formulario es la primera que se adelanta, para efectos de clasificación, señale el campo correspondiente a Establecimiento Nuevo. Registre si el establecimiento ha implementado o está en proceso de aplicación de un sistema o modelo de gestión de calidad. Señale cuál, y cuándo se obtuvo la certificación, reconocimiento o acreditación. Para ISO 9001, indique el certificador. 13

14 Información de estudiantes matriculados actualmente y potenciales Señale donde corresponde, si el establecimiento tiene en vigencia un convenio o contrato con la Secretaría de Educación. Si la respuesta es sí, indique si se trata de un contrato de prestación de servicio o un contrato de concesión, o de otro tipo, y cuál es. Marque con una X si el establecimiento hace parte de la lista de elegibles del Banco de Oferentes de la entidad territorial. Estudiantes matriculados en el establecimiento en el año en curso Indique para cada uno de los grados que ofrece el establecimiento, el número de grupos que se atienden, el número de estudiantes atendidos en desarrollo de un contrato con la secretaría de educación (financiados por el Estado), el número de estudiantes matriculados directamente (financiados por las familias) y el total de estudiantes matriculados (sumando los financiados por el Estado y los financiados por las familias). Las filas correspondientes a los grados que no ofrece el establecimiento se dejan en blanco. Si el establecimiento no tiene contrato con la Secretaría de Educación, la columna correspondiente se deja en blanco. Cupos adicionales que ofrece por nivel Indique para cada grado el número de estudiantes que el establecimiento está en capacidad de atender, sin incluir los que atiende actualmente. Información de planta física y dotación Indique el área total del lote de terreno. Escriba el número total de metros cuadrados construidos en el establecimiento, incluyendo corredores. Todas las áreas bajo techo cuentan. Escriba el número total de metros cuadrados construidos en el establecimiento, en primer piso, incluyendo corredores. Todas las áreas bajo techo cuentan. Escriba el número total de metros cuadrados construidos, en las aulas de preescolar. Escriba el número total de metros cuadrados construidos, en las aulas de básica y media. Escriba el número total de metros cuadrados construidos de zonas de recreación, gimnasios y canchas deportivas con que cuenta el establecimiento para uso de estudiantes y profesores. Escriba el número total de metros cuadrados construidos de áreas libres, disponibles para los estudiantes y no incluidos en las anteriores categorías. Indique para los tipos de espacio listados, si son propios o en convenio. Cuando el establecimiento tenga un espacio en convenio, escriba el nombre de la entidad y el teléfono y tenga en cuenta que debe estar a menos de diez cuadras, sin que medie una vía arteria. De lo contrario, el establecimiento debe ofrecer servicio de transporte. Escriba el número total de libros de texto en físico con que cuenta la biblioteca del establecimiento para el uso de los estudiantes. Escriba el número total de libros en físico, distintos a los libros de texto, con que cuenta la biblioteca del establecimiento para el uso de los estudiantes. Escriba el número total de libros en medio magnético con que cuenta la biblioteca del establecimiento para el uso de los estudiantes. Escriba el número total de computadores con que cuenta el establecimiento para el uso exclusivo de administrativos. Escriba el número total de computadores con que cuenta el establecimiento para uso académico (incluye los computadores para uso de los estudiantes en la biblioteca). 14

15 Escriba el número total de computadores con conexión a Internet con que cuenta el establecimiento para uso administrativo. Escriba el número total de computadores con conexión a Internet con que cuenta el establecimiento para uso académico. Indique si el establecimiento tiene software con licencia de: o Ofimática (al menos procesador de palabra y hoja de cálculo), disponible para uso académico. o Consulta, disponible para uso de estudiantes. o Colaborativo, disponible para uso de estudiantes. Escriba el total de unidades sanitarias (tanques y fluxómetros) con que cuenta el establecimiento para el uso de los estudiantes. Escriba el total de lavamanos con que cuenta el establecimiento para el uso de los estudiantes. Información de recursos humanos Escriba el número total de personas en cargos directivos equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. Dentro del personal directivo se incluye: rector, vicerrector, coordinadores, secretario académico. Se entiende por tiempo completo la permanencia de cuarenta (40) horas semanales en el establecimiento. El número total de docentes equivalente de tiempo completo, se obtiene sumando el total de horas que labora cada uno de los docentes del establecimiento, incluyendo los contratados por tiempo completo, medio tiempo o por horas y dividiéndolo por las 40 horas de dedicación de tiempo completo. La suma de horas trabajadas por todos los docentes y todos los directivos docentes se divide por 40 horas, que equivalen a dedicación de tiempo completo. El resultado de la división es el número equivalente a docentes y directivos de tiempo completo en el establecimiento. Escriba cuántos de los docentes relacionados trabajan además en el sector oficial y cuántos en contra-jornada. 15

16 Ejemplo: La siguiente es la lista del personal docente en el establecimiento, con su dedicación: mbre Cargo Horas semanales Carlos Ruiz Director 40 Jorge Muñoz Director Área 40 Catalina Sánchez Director Área 40 Luis López Coordinador 40 Ana Rodríguez Coordinador 40 Betty Gómez Docente 40 Yolanda Gutiérrez Docente 40 Jairo Bernal Docente 40 Cecilia Delgado Docente 35 Alberto Parra Docente 35 José Granados Docente 35 Amparo Lara Docente 35 Claudia Arenas Docente 30 Adolfo Gutiérrez Docente 30 Ernesto Nieto Docente 24 Cristina Pérez Docente 24 TOTAL 568 Las 16 personas dedicadas a labor docente en el establecimiento tienen una dedicación total de 568 horas a la semana, valor que dividido por la jornada de 40 horas resulta en un total de 14.2 personas de tiempo completo. (Total horas docentes/ Horas tiempo completo) = (568/40) = 14.2 El valor a registrar en el formulario es 14.2, que corresponde al número de personal docente equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. Escriba el número total de personas de apoyo equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. Se entiende por personal de apoyo: sicólogos, trabajadores sociales, terapistas, médicos, odontólogo, enfermera, nutricionista, capellán, psicopedagogo, bibliotecólogo, instructores, entrenadores deportivos, orientadores. El número total de personas de apoyo equivalente de tiempo completo se obtiene sumando el total de horas que labora cada uno de los vinculados al establecimiento y dividiéndolo por las cuarenta (40) horas semanales. Ejemplo: La siguiente es la lista del personal de apoyo con su dedicación: mbre Cargo Horas semanales María Rivera Sicóloga 40 Juan González Bibliotecólogo 10 TOTAL 50 Las dos personas dedicadas a labor de apoyo en el establecimiento tienen una dedicación total de 50 horas a la semana, valor que dividido por la jornada de 40 horas resulta en un total de 1.25 personas de tiempo completo. (Total horas dedicación personal apoyo/horas tiempo completo) = (50/40) = 1.25 El valor a registrar en el formulario es 1.25, que corresponde al número de personal de apoyo equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. 16

17 Escriba el número de personas en cargos administrativos equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. Se entiende por personal administrativo: secretarias, contador, auxiliar de contabilidad, almacenista, administrador o director administrativo, tesorero, bibliotecario, laboratoristas. El total de personas administrativas equivalente de tiempo completo se obtiene sumando el total de horas que labora cada uno de los vinculados al establecimiento y dividiéndolo por cuarenta (40) horas semanales. Escriba el número de personas de servicios generales equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. Se entiende por personal de servicios generales: personal de aseo, personal de mantenimiento, celadores, conductores, mensajeros, porteros (no incluya conductores ni personal de cafetería destinados a servicios de transporte escolar y restaurante escolar). Si el establecimiento tiene un contrato de prestación de servicios para estas actividades, incluya el número de horas que éstos prestan en las instalaciones del establecimiento. El total de personas de servicios generales equivalente de tiempo completo se obtiene sumando el total de horas que labora cada uno de los vinculados al establecimiento y dividiéndolo por cuarenta y ocho (48) horas semanales. Ejemplo: La siguiente es la lista del personal administrativo con su dedicación: mbre Cargo Horas semanales Fernando Arias Administrador 40 Luis Torrecilla Contador 10 Laura Rodríguez Secretaria 40 Julia Gutiérrez Tesorera 20 Yudy Bohórquez Auxiliar contable 20 Cecilia Burgos Laboratorista 40 TOTAL 170 Las seis personas dedicadas a labor administrativa en el establecimiento tienen una dedicación total de 170 horas a la semana, valor que dividido por la jornada de 40 horas resulta en un total de 4.25 personas de tiempo completo. (Total horas dedicación personal administrativo/horas tiempo completo) = (170/40) = 4.25 El valor a registrar en el formulario es 4.25, que corresponde al número de personal administrativo equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. 17

18 Ejemplo: La siguiente es la lista del personal de servicios generales con su dedicación: mbre Cargo Horas Semanales Carolina Lemus Aseadora 48 Luis Buriticá Portero 48 Ana Cornejo Aseadora 48 Felipe Bustos Mensajero 24 TOTAL 168 Las cuatro personas dedicadas a labor administrativa en el establecimiento tienen una dedicación total de 168 horas a la semana, valor que dividido por la jornada de 48 horas resulta en un total de 3.5 personas de tiempo completo. (Total horas dedicación personal servicios generales/horas tiempo completo) = (168/48) = 3.5 El valor a registrar en el formulario es 3.5, que corresponde al número de personal de servicios generales equivalente de tiempo completo que labora en el establecimiento. SECCIÓN II. EVALUACIÓN DE RECURSOS En esta sección se registrará el resumen de la autoevaluación de los recursos humanos y físicos del establecimiento educativo. Tenga en cuenta que en general los indicadores requieren seleccionar una casilla. En caso de admitir registro en varias casillas, se le indicará expresamente en las instrucciones del respectivo indicador. NIVELES E INTENSIDAD HORARIA 1. Niveles que ofrece Señale cuáles son los niveles que ofrece el establecimiento. Si ofrece sólo el nivel de básica completa o el de media completa, se asigna 1 punto. Si ofrece al menos un grado de preescolar y el nivel de básica primaria completa, se asigna 2 puntos. Si ofrece todo el preescolar y el nivel de básica primaria completa, se asigna 3 puntos. Si ofrece al menos un grado de preescolar y los niveles completos de básica primaria y secundaria, se asigna 3 puntos. Si ofrece todo el preescolar y básica primaria y secundaria completas, se asigna 4 puntos. Si ofrece al menos un grado de preescolar y los niveles completos de básica primaria y secundaria y de media, se asigna 4 puntos. Si ofrece todo el preescolar y los niveles completos de básica primaria y secundaria y de media, se asigna 5 puntos. 2. Tiene jornada única? Si el establecimiento cuenta con jornada única, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Educación y su reglamentación, es decir, ofrece una sola jornada diurna, su puntaje es 5. Si tiene sólo jornada de la mañana o de la tarde, o ambas, su puntaje es En síntesis, de acuerdo con la definición de la Ley General de Educación, el establecimiento no obtiene puntaje cuando ofrece las jornadas mañana y tarde, en forma separada, para dos grupos distintos de estudiantes. 18

19 3. Horas efectivas al año, por nivel educativo Señale si el establecimiento cumple con el número de horas efectivas establecidas en la Resolución 1730 de 2004: 800 horas reloj en preescolar, en básica primaria, en básica secundaria y en media. Estas horas no incluyen el tiempo de descansos, recreos o almuerzo. RECURSOS HUMANOS 4. Relación de estudiantes por docente de tiempo completo (o su equivalente) La relación de estudiantes por docente se obtiene dividiendo el total estudiantes matriculados, entre el número de docentes de tiempo completo o su equivalente, más el número de directivos docentes del establecimiento. Si la relación de estudiantes por docente de tiempo completo (o su equivalente) es mayor que 35, su puntaje es 0. Si esta relación está entre 30 y 34, el puntaje es 2. Si está entre 20 y 29, su puntaje es 5; y si es menor de 20 estudiantes, su puntaje es 8. Ejemplo: Si se supone que hay 400 estudiantes matriculados y 14.2 docentes de tiempo completo (o su equivalente): (Estudiantes matriculados/docentes de tiempo completo) = (400/14.2) = En este establecimiento la relación de estudiantes por docente de tiempo completo (o su equivalente) es Por lo tanto, para el caso del ejemplo, el puntaje obtenido será 5 puntos. 5. Relación de estudiantes por profesional de apoyo de tiempo completo (o su equivalente) La relación de estudiantes por personal profesional de apoyo (Fonoaudiólogos, Psicólogos, Médicos, Enfermeras, entre otros) se obtiene dividiendo el total de estudiantes matriculados, entre el número de personas de apoyo de tiempo completo o su equivalente que labora en el establecimiento. Si la relación de estudiantes por personal profesional de apoyo de tiempo completo (o su equivalente) es mayor que 500, el puntaje es 0; si la relación está entre 500 y 350, el puntaje es 1; si está entre 349 y 200, el puntaje es 3; y si es menor que 200 estudiantes, el puntaje es 5. Ejemplo: Si se supone que hay 400 estudiantes matriculados y 1.25 personas de apoyo de tiempo completo (o su equivalente): (Estudiantes matriculados/personas de apoyo de tiempo completo) = (400/1.25) = 320 En este establecimiento la relación de estudiantes por personal de apoyo de tiempo completo (o su equivalente) es 320. Por lo tanto, para el caso del ejemplo, el puntaje será 3 puntos. 19

20 6. Relación de estudiantes por administrativo de tiempo completo (o su equivalente) La relación de estudiantes por personal administrativo se obtiene dividiendo el total de estudiantes matriculados, entre el número de administrativos de tiempo completo o su equivalente que labora en el establecimiento. Si la relación de estudiantes por personal administrativo de tiempo completo (o su equivalente) es mayor que 250, el puntaje es 0. Si la relación está entre 200 y 249, el puntaje es 1. Si la relación está entre 100 y 199, el puntaje es 3. Si la relación es menor que 100, el puntaje es 5. Ejemplo: Si se supone que hay 400 estudiantes matriculados y 4.25 personas administrativas de tiempo completo (o su equivalente): (Estudiantes matriculados/personas administrativas de tiempo completo) = (400/4.25) = 94.1 En este establecimiento la relación de estudiantes por personal administrativo de tiempo completo (o su equivalente) es Por lo tanto, para el caso del ejemplo, el puntaje será 5 puntos. 7. Relación de estudiantes por persona de servicios generales de tiempo completo (o su equivalente) La relación de estudiantes por persona de servicios generales se obtiene dividiendo el total de estudiantes matriculados, entre el número de personas de servicios generales de tiempo completo o su equivalente que labora en el establecimiento. Si la relación de estudiantes por persona de servicios generales de tiempo completo (o su equivalente) es mayor o igual a 160, el puntaje es 0. Si es menor que 160 estudiantes, el puntaje es 2. Ejemplo: Si se supone que hay 400 estudiantes matriculados y 3.5 personas de servicios generales de tiempo completo (o su equivalente): (Estudiantes matriculados/personas de servicios generales de tiempo completo) = (400/3.5) = En este establecimiento la relación de estudiantes por persona de servicios generales de tiempo completo (o su equivalente) es Por lo tanto, para el caso del ejemplo, el puntaje obtenido será 2 puntos. 8. Años promedio de formación superior de los docentes Para el cálculo de este indicador se consideran los años de formación cursados para la obtención de título, de acuerdo con lo establecido en el artículo 198 de la Ley 115 de Los títulos de normalista o bachiller pedagógico contabilizan 2 años, los títulos de técnicos y tecnólogos en educación, formación universitaria, incluyendo a los normalistas superiores y de postgrado, contabilizan los años acreditados. El número de años promedio se calcula al sumar el total de años acreditados en formación por el personal docente y dividir entre el número de docentes. Si el promedio es menor o igual a 2 años, 20

21 el puntaje es 1. Si el promedio es mayor que 2 y menor o igual a 3 años, el puntaje es 2. Si el promedio es mayor que 3 y menor o igual a 4, el puntaje es 5. Si el promedio es mayor que 4 y menor o igual a 5, el puntaje es 8. Si el promedio es mayor que 5 años, el puntaje es 10. Ejemplo: La siguiente es la lista del personal docente y los respectivos años acreditados: mbre Cargo Años Formación Superior Carlos Ruiz Director 6 Jorge Muñoz Director Área 5 Catalina Sánchez Director Área 5 Luis López Coordinador 5 Ana Rodríguez Coordinador 5 Betty Gómez Docente 5 Yolanda Gutiérrez Docente 2 Jairo Bernal Docente 4 Cecilia Delgado Docente 3 Alberto Parra Docente 2 José Granados Docente 2 Amparo Lara Docente 3 Claudia Arenas Docente 5 Adolfo Gutiérrez Docente 2 Ernesto Nieto Docente 4 Cristina Pérez Docente 5 TOTAL 63 Las 16 personas dedicadas a labor docente en el establecimiento suman un total de 63 años de formación en educación superior, valor que al dividir entre el número de docentes resulta en 3.94 años promedio de formación superior. (Total años formación docentes/personas dedicadas a la docencia) (63/16) = 3.94 Esto indica que en este establecimiento el promedio de años de formación superior de los docentes es 3.94 y el puntaje será 5 puntos. 9. Qué porcentaje de los docentes está realizando estudios de posgrado, conducentes a título, para su formación en pedagogía o en una disciplina? Se consideran los docentes que están debidamente matriculados en instituciones de educación superior, en programas de posgrado conducentes a obtener título de especialista, magister o doctor, en los campos de la pedagogía o de alguna disciplina propia de las áreas fundamentales de educación básica y media, que permiten la cualificación investigativa del recurso docente del establecimiento. El porcentaje se calcula dividiendo el número de docentes que cumplen esta condición entre el número total de docentes y multiplicando luego por 100. Si el porcentaje es menor que 20%, el puntaje es 1. Si el porcentaje está entre 20 y 40%, el puntaje es 2. Si el porcentaje está entre 41 y 60%, el puntaje es 5. Si el porcentaje está entre 61 y 80%, el puntaje es 8. Si el porcentaje es mayor que 80%, el puntaje es

22 Ejemplo: La siguiente es la lista del personal docente y sus estudios de posgrado: mbre Cargo Estudios de posgrado Carlos Ruiz Director PhD en Física Jorge Muñoz Director Área Catalina Sánchez Director Área MSc en Biología Luis López Coordinador Ana Rodríguez Coordinador MSc en Matemática Betty Gómez Docente Yolanda Gutiérrez Docente Jairo Bernal Docente Especialista Cecilia Delgado Docente Alberto Parra Docente José Granados Docente Amparo Lara Docente Claudia Arenas Docente Especialista Adolfo Gutiérrez Docente Ernesto Nieto Docente MSc en Literatura Cristina Pérez Docente MSc en Literatura TOTAL 7 Las personas matriculadas en estudios de posgrado son 7, valor que dividido entre 16 personas dedicadas a la docencia y multiplicado por 100 resulta en 43.75%. (Docentes matriculados en posgrado /Docentes del establecimiento) (7/16)*100 = 43.75% Esto indica que en este establecimiento el porcentaje de docentes que está realizando estudios de posgrado es 43.75% y el puntaje será 5 puntos. 10. Todo el personal, está afiliado a Seguridad Social Integral? Si el establecimiento cumple con todos los requisitos de ley sobre afiliación y pago de Seguridad Social Integral (salud, pensión y riesgos profesionales) y los demás aportes de nómina, para todo el personal, su puntaje es 5. En el caso de incumplimiento de cualquiera de estos requisitos, el puntaje es 0. Es obligación legal tener a los trabajadores afiliados a la seguridad social, independientemente del tipo de contrato. El incumplimiento de este requisito implica la clasificación del establecimiento en régimen controlado. INSTALACIONES 11. Relación de metros cuadrados construidos, de áreas académicas, por estudiante Esta relación se calcula dividiendo el total de metros cuadrados construidos del establecimiento, dedicadas a actividades académicas, entre la cantidad total de estudiantes matriculados. Si la relación es menor o igual que 2.0 metros cuadrados por estudiante, su puntaje es 0. Si la relación está entre 2.01 y 3.0 metros cuadrados por estudiante, su puntaje es 1. Si la relación está entre 3.01 y 3.5 metros cuadrados por estudiante, su puntaje es 3. Si la relación es mayor que 3.5 metros cuadrados por estudiante, su puntaje es 5. 22

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