Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y Las Agencias de Colocación
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- Hugo Camacho Montoya
- hace 7 años
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1 Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y Las Agencias de Colocación (Diferencias entre los agentes de la intermediación laboral) Rubén Molina Sánchez
2 1. Diferencias Las Agencias actúan como mediadoras en la colocación de trabajadores, sin intervenir en la contratación laboral que eventualmente se produzca. Mientras que las ETT contratan al trabajador que suministran a la empresa usuaria, formando parte de la relación laboral. En el primer caso se establece una relación bilateral de trabajo, plenamente normal; en el segundo, una anómala relación triangular.
3 La colocación debía ser pública, en régimen de monopolio y no buscar el lucro; mientras que las ETT debían ser privadas, actuando como empresas y compitiendo entre sí. Las ETT sólo pueden ser utilizadas por las empresas usuarias para cubrir necesidades de mano de obra de carácter temporal, mientras que las agencias de colocación pueden utilizarse en cualquier situación. En los últimos años las claras diferencias de roles entre unas y otras se han diluido.
4 En resumen, podemos decir que las agencias de colocación suministran trabajadores a sus clientes para que los contraten mientras que las ETTs suministran los servicios de trabajadores ya contratados a sus clientes para que éstos no tengan que contratarlos.
5 2. Esquema diferencias AGENCIAS COLOCACIÓN Empresa Trabajador (Se produce un contrato de trabajo)
6 Esquema diferencias EMPRESA TRABAJO TEMPORAL (ETT) C.Mercantil C.Laboral Empresa Trabajador (Relación regulada sin que exista contrato de trabajo)
7 3. Empresas de Trabajo Temporal (ETT) Las ETT están reguladas en la Ley 14/1994. Se definen en el Artículo 1: Como aquella cuya actividad consiste en poner a disposición de la empresa usuaria y con carácter temporal, trabajadores por ella contratados.
8 Las personas físicas o jurídicas que pretendan realizar la actividad a que se refiere el artículo 1 deberán obtener autorización administrativa previa.
9 También cumplen esa función de intermediación laboral. Pero la ETT es la que suscribe con el trabajador un contrato de trabajo Y la que cede a esos trabajadores a la empresa usuaria Para que temporalmente pueda desarrollar una actividad de trabajo.
10 4. Las Agencias de Colocación Se definen en el artículo 1 RD 735/1995: Como entidades que colaboran con el Instituto Nacional de Empleo en la intermediación en el mercado de trabajo y tienen como finalidad ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo y a los empleadores a la contratación de los trabajadores apropiados para satisfacer sus necesidades.
11 Como entidades, personas físicas o jurídicas siempre y cuando actúen sin ánimo de lucro. Art 16 ET: Prohíbe las agencias de Colocación con ánimo de lucro pero sí que permite que el Servicio Público de Empleo autorice las Agencias de Colocación sin ánimo de lucro.
12 El hecho de que no actúen con animo de lucro no significa que puedan exigir al empresario o al trabajador una cantidad de dinero, siempre y cuando este dinero esté destinado a compensar los gastos que ha ocasionado esa gestión que se ha realizado, gastos de desplazamientos, materiales
13 Realizan una función de formación, selección entre la oferta y la demanda. El Servicio Público de Empleo ejerce sobre estas Agencias de Colocación una función de control sobre las mismas: - Tienen que actuar previa autorización del Servicio público de empleo. - Tienen que suscribir con el Servicio Público de Empleo un convenio de colaboración.
14 Se les solicita una serie de información, como por ejemplo, qué trabajadores han solicitado sus servicios, qué empresarios han acudido a ellas, así como las altas y bajas de los trabajadores. Con esta información, el Servicio Público de Empleo sigue cumpliendo su función, que es la de supervisar cómo se lleva a cabo esa intermediación laboral.
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