ASESORÍA ECONÓMICA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA MONTEVIDEO URUGUAY

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1 METODOLOGÍA DE PROYECCIÓN DE LOS INGRESOS TRIBUTARIOS EN EL URUGUAY ASESORÍA ECONÓMICA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA MONTEVIDEO URUGUAY Asesoría Económica - DGI 1

2 INDICE 1. Introducción 3 2. Métodos de Proyección 4 3. Modelo General de Proyección 5 4. Factores Determinantes incluidos en el escenario de proyección 7 5. Carga de Pautas Macroeconómicas y Estructura del Programa Financiero 8 6. Proyección por Impuesto Proyección del IVA Proyección del IMESI Proyección del IRAE Empresas Públicas Empresas Privadas Proyección del Impuesto al Patrimonio Impuesto al Patrimonio - Personas Jurídicas Empresas Públicas Empresas Privadas Impuesto al Patrimonio - Personas Físicas Proyección del IRPF, IASS, IRNR Proyección del IRPF Proyección del IASS Proyección del IRNR Proyección de Otros Impuestos Proyección de Devoluciones Anexos Bibliografía consultada 24 Asesoría Económica - DGI 2

3 1. Introducción El presente informe tiene por objetivo exponer la metodología utilizada para la proyección de los ingresos tributarios que se lleva a cabo en la Asesoría Económica de la DGI de Uruguay. Se pretende contribuir de esta forma a transparentar los métodos utilizados en esta oficina, así como difundir y mejorar aspectos técnicos mediante el intercambio con los agentes involucrados, usuarios de esta información. La relevancia que tienen estas estimaciones para la programación de la política tributaria se refleja en el hecho de que los principales objetivos de esta política dependerán en gran medida de las previsiones que se tengan de los diversos rubros de ingresos, y en particular, dada su magnitud y peso en el presupuesto, los de carácter tributario. El objetivo de toda proyección es el de obtener el valor futuro de una variable (la recaudación tributaria) a partir de los valores de sus variables explicativas utilizados como hipótesis (pautas). La descripción de la proyección se realiza para cada impuesto, comenzando por la definición del modelo a utilizar en cada caso y siguiendo por la definición del escenario de proyección (pautas macroeconómicas proporcionadas por el Ministerio de Economía y Finanzas que determinarán el valor futuro de las variables explicativas). Asesoría Económica - DGI 3

4 2. Métodos de Proyección Para proyectar los ingresos tributarios, la Asesoría Económica utiliza fundamentalmente el método directo. Sin embargo, también se utilizan en menor medida otros métodos, ya sea de extrapolación mecánica o diversas estimaciones de elasticidades de los impuestos cuando se tienen valores pautados de variables macroeconómicas que determinan la recaudación. El método de extrapolación se utiliza para la proyección de los impuestos que tienen un menor peso en la estructura de la recaudación total. Es un método pasivo, ya que se proyectan los valores de la recaudación del impuesto sobre datos históricos, sin tomar en cuenta ninguna variable explicativa. Es así que a través de promedios, variaciones intermensuales, trimestrales, interanuales, etc, se estiman los valores futuros de la recaudación del impuesto, aplicando dichos coeficientes hacia adelante. El método econométrico se utiliza para la proyección de algunos impuestos (como por ejemplo el IVA, el IRPF, el IASS) que muestran una clara correlación con variables macroeconómicas de las cuales se tiene información para el futuro. Se realizan estimaciones de elasticidad del impuesto a dichas variables, a través de regresiones lineales simples o de la aplicación de la fórmula general de elasticidad: E = ( R / R) / ( BI / BI) * 100, siendo R la recaudación y BI la base imponible del impuesto. El método directo es el más utilizado por la Asesoría Económica para la proyección de los impuestos. Se utiliza en forma pura o a través de combinaciones con los otros 2 métodos descritos. Este método de proyección tiene como característica distintiva el estar basado en el conocimiento pormenorizado de cada impuesto, de sus factores determinantes y de las particularidades de su sistema de recaudación. Por ello, se requiere necesariamente un contacto permanente con los datos de recaudación y el uso de criterios subjetivos que surgen a partir de la experiencia en la tarea de seguimiento de la recaudación. El método directo brinda un grado de flexibilidad y precisión difícilmente obtenible a través de los otros métodos, ya que permite la incorporación de cambios normativos o administrativos puntuales en los datos de la base del impuesto. También permite incorporar la estacionalidad que tiene la base del impuesto, obteniendo de esta forma, mensualizaciones compatibles con la proyección anual. Asesoría Económica - DGI 4

5 3. Modelo General de Proyección Partiendo de la base del método directo, expondremos a continuación el modelo general que se utiliza en la mayor parte de los impuestos proyectados. El objetivo es determinar la recaudación de un impuesto en un período futuro como la suma de la recaudación del período base y del efecto recaudatorio de los cambios que se espera tengan lugar en las variables explicativas entre ambos momentos del tiempo. El período base es, en general, el año previo al que se proyecta 1. La forma reducida del modelo de proyección puede representarse como sigue: R VAR( LT, VG, LI, MO, EV, FD) j, t+ 1 = R j, t + j Donde: R es la recaudación proyectada del impuesto j en el período t+1 j, t+1 R j, t es la recaudación del impuesto j en el período t (base de la proyección) VAR recoge el efecto en la recaudación entre t y t+1 de cambios en los factores determinantes, esto es, la variación en la recaudación del impuesto producida por cambios en LT, VG, LI, MO, EV, FD LT es la legislación tributaria del impuesto VG es el valor de la materia gravada (base imponible del impuesto) LI son las normas de liquidación e ingreso del impuesto MO es la mora EV es la evasión FD son los factores diversos Los supuestos realizados sobre LT y VG son datos que vienen dados por los hacedores de la política tributaria. Esto hace que las proyecciones dependan fuertemente de los valores pautados por el Ministerio de Economía y Finanzas. Por lo cual la calidad de las proyecciones deberá evaluarse en función del grado de coherencia que guarden las mismas con los datos utilizados como pautas macroeconómicas. Por otra parte, cabe aclarar que al tomar las bases de recaudación de los impuestos con sus niveles de evasión y mora incluidos en la misma, no se hacen (por lo general) otras consideraciones o supuestos acerca de las variaciones en estos 2 componentes. 1 En algunas ocasiones puede suceder que se tome como período base un año anterior, dado que el inmediato anterior presente una dinámica diferente o se hayan sucedido hechos atípicos en la recaudación del impuesto. Asesoría Económica - DGI 5

6 A continuación se presenta la forma extendida del modelo general de proyección: R R UL LI FD vg VARLT VARMO VAREV j, t+ 1 = ( + ) j, t *(1 + ) + + j, t j, t+ 1 LI FD Donde: ( + UL LI FD) es la recaudación base ajustada de cambios en la legislación, en R j, t las normas de liquidación e ingreso y de otros factores. UL es la unificación de la legislación: se deberá unificar la recaudación base del impuesto a una misma legislación que sea idéntica a la del período que se desea proyectar (ejemplo: por un cambio de tasa a mitad de período). vg es el cambio en la materia gravada. Asesoría Económica - DGI 6

7 4. Factores Determinantes incluidos en el escenario de proyección En la determinación de la cifra proyectada de recaudación de un impuesto influyen una gran cantidad de factores, que de forma no taxativa, enumeramos a continuación. LT: Legislación Tributaria - Tasas - Exenciones - Deducciones - Otras normas de determinación del impuesto - Fechas de vigencia y cuantificación del impacto de los cambios en la recaudación del impuesto VG: Materia Gravada - Variables macroeconómicas explicativas (ej: PIB, consumo, importaciones, inversión, exportaciones) - Índices de Precios (ej: IPC, IPC-IVA 2, IPPN) - Tipo de cambio - Base imponible específica de ciertos impuestos - Volúmenes físicos de combustibles, tabacos, bebidas, etc - Variación de los precios internos de determinados productos - Variación de los precios internacionales de determinados productos - Volúmenes de exportación - Valor de activos gravados (predios rurales, inmuebles, automotores, etc) - Ingresos gravados de los trabajadores dependientes e independientes - Cantidad de trabajadores dependientes e independientes gravados - Renta fiscal de las personas jurídicas LI: Normas de Liquidación e Ingreso - Proporción de pagos con cheque o certificados - Variación de los saldos a favor de los contribuyentes - Regímenes de anticipos - Regímenes de retenciones, percepciones y pagos a cuenta - Regímenes de compensaciones entre saldos de distintos impuestos - Fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias - Regímenes de promoción económica FD: Factores Diversos - Transferencias entre conceptos de recaudación - Corrimientos de recaudación - Registros tardíos de pagos efectuados en períodos anteriores - Regímenes de facilidades de pago - Devoluciones de impuestos a exportadores y otros contribuyentes 2 Es el IPC de aquellos bienes gravados con IVA, ponderados por su participación en la canasta de consumo del IPC que elabora el INE. Asesoría Económica - DGI 7

8 5. Carga de Pautas Macroeconómicas y Estructura del Programa Financiero El Ministerio de Economía y Finanzas envía a la Asesoría Económica una serie de pautas macroeconómicas que contienen los niveles, evoluciones y variaciones de diversas variables que impactan en la estimación de la recaudación de los impuestos a proyectar. Al momento de comenzar a elaborar un nuevo Programa Financiero, se parte de la incorporación de estas pautas. Se introduce en el modelo toda la información necesaria acerca de producto nominal, real, en volumen físico, importaciones, exportaciones, precios (IPC general e IPC-IVA), deflactor implícito del PIB, tipo de cambio, índice medio de salarios. Esta información se procesa a modo de obtener deflactores o coeficientes de expansión para ser aplicados como parte del término vg en las distintas proyecciones de impuestos. El Programa Financiero se estructura en distintas etapas, comenzando por la carga de las pautas macroeconómicas, para luego seguir con el armado de las bases de recaudación de los distintos impuestos, las cuales son depuradas siguiendo la fórmula antes descrita ( + UL LI FD) de forma de unificar la legislación tributaria y R j, t llevarla a la situación que rija en el momento que se va a proyectar. Se depuran por tanto los números de recaudación base de diversos acontecimientos referentes a la forma de liquidación o a cuestiones administrativas que hayan ocasionado cifras atípicas en la recaudación de determinados períodos. De esta forma, se llega a la recaudación ajustada del período base que será un insumo fundamental para proceder a la proyección de cada uno de los impuestos así como a la mensualización aplicando la estacionalidad registrada en el período base depurado. Por otra parte, se realiza la proyección del importe de certificados de crédito que se va a recibir correspondiente a las devoluciones de impuestos para cada tipo particular. Una vez que se tienen todas las proyecciones para cada impuesto y para las devoluciones, estos números son volcados en la salida final del Programa Financiero que contendrá la recaudación bruta proyectada por impuesto y por mes, la recaudación neta y las devoluciones para cada mes, así como también los totales anuales por impuesto. Adicionalmente, una vez obtenida la salida del Programa Financiero, se realizan diversos análisis comparativos con la recaudación efectivamente realizada en el período base sin depuración, de forma de verificar la coherencia de los crecimientos (nominales y reales) de la recaudación respecto a las proyecciones de crecimiento del PIB. Asesoría Económica - DGI 8

9 6. Proyección por Impuesto 6.1. Proyección del IVA El impuesto al valor agregado (IVA) es un impuesto al consumo de carácter general que grava la circulación interna de bienes, la prestación de servicios dentro del territorio nacional, la introducción de bienes al país, así como la agregación de valor realizada a bienes inmuebles. Se excluye de la aplicación del impuesto, la circulación de bienes realizada en recintos aduaneros, recintos aduaneros portuarios y depósitos aduaneros. Existe un régimen de aportación denominado IVA Mínimo, para contribuyentes de reducida dimensión económica que consiste en el pago mensual de una cuota fija. Denominamos IVA interno a la recaudación del IVA generado en ocasión de la comercialización de bienes, prestación de servicios y agregación de valor de inmuebles, e IVA importación a la recaudación de IVA en oportunidad de la introducción de bienes al país. La proyección del IVA Interno se realiza en dos etapas. En una primera etapa se le aplica a la base de recaudación ajustada del IVA total (interno más importaciones) del año anterior, los coeficientes de expansión de precios (IPC-IVA), de consumo (PIB como proxy del mismo) y una elasticidad IVA-PIB, calculada en base a un índice de volumen físico del IVA depurado de los efectos de cambios discrecionales ocurridos en el período de análisis. En una segunda etapa, a esa cifra obtenida de recaudación de IVA total proyectado, se le resta en cada mes la estimación correspondiente de IVA importación del mismo mes, obteniendo así el IVA interno, el cual se redistribuye en forma mensual en función de la estacionalidad presentada por las ventas mensuales declaradas de las empresas CEDE (Control Especial de Empresas) y Grandes Contribuyentes en el período base, en el entendido de que la cadencia de la recaudación de este impuesto está más correlacionada a la estacionalidad de las ventas declaradas que a la de la propia recaudación, en ausencia de otra información sobre hechos que impacten en la mecánica recaudatoria. La proyección del IVA importación, está basicamente determinada por las pautas macroeconómicas que envía el MEF para la confección del Programa Financiero, dado que la estimación está conformada por las importaciones no petroleras, el tipo de cambio (ambos componentes vienen dados por el MEF), y por una tasa de gravabilidad que se aplica a las importaciones previstas. Esta tasa de gravabilidad es el porcentaje que representaron los pagos de IVA importación en las importaciones no petroleras del período base. Por otra parte, dado que las proyecciones de Importaciones que brinda el MEF están expresadas en trimestres, la misma se mensualiza en función de la proporción de días hábiles de cada mes respecto a los días hábiles del trimestre. Asesoría Económica - DGI 9

10 La proyección mensual final está conformada por el producto entre las importaciones mensuales estimadas (convertidas a pesos corrientes dado el tipo de cambio proyectado) y la tasa de gravabilidad observada del período anterior. Cabe mencionar el hecho de que al ser la del IVA importación, una proyección determinada en su totalidad por las pautas macroeconómicas, y al estar vinculada la proyección del IVA interno a la de éste, en la medida que cambien los valores en las pautas, esto provocará, ceteris paribus, una modificación del IVA interno, dada la forma en que se estima este último. Para proyectar el IVA Mínimo, dada su estructura de cuota fija, se estima la cantidad de contribuyentes que tributarán este impuesto en el año a proyectar y se lo multiplica por el valor de la cuota mensual Proyección del IMESI El impuesto específico interno es un impuesto al consumo de carácter específico, el cual grava la primera enajenación de ciertos bienes entre los que se encuentran: bebidas, tabacos, automotores, cosméticos, grasas, lubricantes y combustibles. Dados los bienes comprendidos, la recaudación de IMESI se clasifica por rubros dependiendo del bien asociado a la misma. Los rubros son: IMESI Combustibles, IMESI Tabacos, IMESI Automotores, IMESI Bebidas, IMESI Cosméticos e IMESI Grasas y Lubricantes. La proyección del IMESI se realiza por rubros, utilizando en algunos casos como bases los volúmenes físicos del período anterior y en otros casos su recaudación. Para proyectar el IMESI Combustibles en primera instancia se proyecta la venta de litros de cada tipo de combustible gravado con IMESI (naftas, diesel oil y asfaltos). Por otra parte, se proyectan también las sumas fijas del impuesto para cada uno de dichos bienes ya que el Programa se elabora normalmente antes que estén vigentes los valores del año a proyectar. Se obtiene un valor único de IMESI por litro para el total de naftas como el promedio ponderado del impuesto de cada tipo de nafta en función de la proporción de las ventas de litros de cada tipo sobre el total del último año móvil. Para la estimación del IMESI combustibles para cada sub-ítem se le aplica la fórmula de liquidación del impuesto a cada uno de ellos, tomando en cuenta el juego de saldos y anticipos mensuales con rezago de 2 meses que la misma implica. De esta manera se proyectan los valores a recaudar de naftas, diesel oil y asfaltos. Luego mediante la suma de los distintos componentes, se llega a la proyección del IMESI Combustibles total. El IMESI Tabacos toma las bases de recaudación ajustadas del período anterior y las expande por la variación del IPC anual (ya que normalmente hay un solo aumento del IMESI al comienzo del año), y por consumo. Asesoría Económica - DGI 10

11 Para el caso del IMESI Automotores se toman como base las cantidades proyectadas de ventas de vehículos cero Km. (aplicando un crecimiento esperado a las cantidades efectivamente vendidas en el año base) y se las multiplica por el IMESI promedio por vehículo, que surge de la recaudación base dividida entre las unidades vendidas. Para los restantes rubros del IMESI, Bebidas, Cosméticos, Grasas y Lubricantes, la proyección se realiza partiendo de las bases ajustadas de recaudación y expandiéndolas por coeficientes de consumo y precios (IPC para los productos nacionales y tipo de cambio para los productos importados) Proyección del IRAE El impuesto a las rentas empresariales es un impuesto de carácter anual que grava las rentas económicas de cualquier naturaleza de fuente uruguaya. En general las rentas empresariales comprendidas en el impuesto son aquellas obtenidas por empresas tanto privadas como públicas (estatales). La tasa aplicable asciende al 25%, la cual se aplica sobre la renta fiscal obtenida en el ejercicio económico de las empresas, obteniéndose así el impuesto anual correspondiente. La forma de pago del impuesto consta de anticipos mensuales y un saldo que surge de la declaración anual, en caso que corresponda el mismo. De esta forma, las empresas que deban pagar saldo del impuesto, el mismo resultará de restar al impuesto determinado, los anticipos realizados durante el año en forma mensual. El monto de los anticipos mensuales surge de la aplicación de un coeficiente sobre los ingresos mensuales de la empresa, comparándose este monto con un mínimo fijado por la Administración Tributaria y debiéndose anticipar el mayor. El coeficiente a utilizar en el año t es el cociente formado por el impuesto del año t-1 sobre el total de ingresos del año t-1. La proyección del IRAE se realiza por separado para el sector público y privado, y dentro de cada uno de estos, se estiman por separado anticipos y saldos. El acondicionamiento y ajuste de las bases de recaudación es fundamental en la proyección de este impuesto 3. Por un lado se recoge toda la información de recaudación de anticipos y saldos distinguiendo entre empresas públicas y privadas, y se la corrige por posibles corrimientos de pagos, pagos extraordinarios, reliquidaciones, etc, para así obtener las bases ajustadas. 3 Es importante aclarar que tanto en este impuesto como en el resto, el trabajo en las bases de recaudación muchas veces presenta la limitante de que al momento de realizar la proyección no se tiene información completa del período base. Por este motivo, las bases muchas veces combinan datos reales con programados del período base, o bien con cifras programadas y ajustadas por tendencia. Asesoría Económica - DGI 11

12 Por separado se sistematiza la información de recaudación de anticipos y saldos de las empresas agropecuarias, dado que su proyección tendrá un tratamiento separado por tratarse de empresas que tienen una forma de liquidación y presentación de declaración particular Empresas Públicas Para estas empresas hay dos escenarios posibles. El primero es tener una proyección de anticipos y saldos de las propias empresas, en cuyo caso se la incluye directamente en el Programa; y el segundo escenario es la estimación para los casos en los cuales esas proyecciones no existen (que es lo normal cuando se elabora el primer Programa Financiero a fines del año base). La proyección de los anticipos de las empresas públicas se realiza expandiendo las bases ajustadas de cada empresa por coeficientes de precios y de consumo. Cabe aclarar que no se realiza proyección de saldos de estas empresas, siendo de esta manera una programación pasiva. Solamente se incluyen saldos de las mismas en el caso que exista una proyección por parte de las propias empresas Empresas Privadas La proyección de los anticipos de las empresas privadas no agropecuarias se realiza expandiendo las bases ajustadas de este sector por coeficientes de precios 4, consumo y un coeficiente de ajuste por rentabilidad. Luego se suman las cifras proyectadas de anticipos agropecuarios (que expanden las bases correspondientes por precios y consumo), y finalmente se corrige la proyección, ajustando según cambios en la normativa tributaria que afecten diferencialmente la recaudación del año base y del año proyectado 5. La proyección de los saldos de las empresas privadas no agropecuarias se realiza expandiendo la base ajustada de saldos de este sector por coeficientes de precios rezagados 4 meses (ver nota al pie nº 4) y por un coeficiente de rentabilidad de saldos privados que está en función del PIB anual rezagado también 4 meses. Luego se suman las cifras proyectadas de saldos agropecuarios (que expanden las bases correspondientes por precios y consumo), y finalmente se hace una corrección a la proyección, ajustando según cambios en la normativa tributaria que afecten diferencialmente la recaudación del año base y del año proyectado (ver nota al pie nº 5). 4 Cabe aclarar que los coeficientes de precios para la proyección de los anticipos se toman con un rezago de un mes, dado que los pagos de anticipos de un mes se corresponden a la actividad realizada en el mes anterior. En cambio para los saldos, los coeficientes son rezagados 4 meses dado que las empresas tienen este período de tiempo para el pago de sus saldos (si resultasen de sus declaraciones). 5 Un ejemplo de estas correcciones es la introducción de las pérdidas por la aplicación del régimen de Promoción de Inversiones previsto en la Ley (con la reglamentación dada por el Dec. 455/007) estimado anualmente por esta Asesoría. A partir de esta información, de acuerdo a los beneficios otorgados y aún no aplicados es que se estima el monto del beneficio a aplicar que impactará negativamente en la recaudación de saldos y anticipos del IRAE. Asesoría Económica - DGI 12

13 6.4. Proyección del Impuesto al Patrimonio Impuesto al Patrimonio - Personas Jurídicas El impuesto al patrimonio es un impuesto sobre la propiedad que recae sobre personas físicas y jurídicas con algunas excepciones como ser el caso de contribuyentes de reducida dimensión económica y aquellos que realicen actividades agropecuarias y tributen IMEBA. En el caso de las personas jurídicas, el sistema de pagos del impuesto se compone de pagos de anticipos mensuales y pago de saldo anual en caso que corresponda. Para las personas del exterior, tanto físicas como jurídicas que tengan un saldo a cobrar en el país, la forma de pago del impuesto es vía retención definitiva por parte de las empresas que desarrollan su actividad en el país. La tasa del impuesto asciende al 1,5%, la cual se aplica sobre el patrimonio fiscal determinado a cierre de ejercicio de las empresas, obteniéndose así el impuesto anual correspondiente. Una vez determinado el impuesto, al restar los anticipos, se obtiene el saldo a pagar por parte de las empresas en el caso de que el mismo sea mayor a la suma de anticipos o en caso contrario la empresa tiene un crédito. Los anticipos mensuales a realizarse durante el año t consisten en el 11 % del impuesto determinado en el año t - 1. De la misma forma que en el IRAE, en el Impuesto al Patrimonio de Personas Jurídicas se proyectan de forma separada los anticipos de los saldos, y las empresas públicas de las privadas Empresas Públicas La proyección de anticipos y saldos a pagar de las empresas públicas para el período t se realiza mediante un procedimiento de simulación para cada empresa. El mismo comienza con el cálculo del patrimonio abatido en el período t-2 6. A continuación se estima el patrimonio abatido en t-1 (período base de la proyección) actualizando el anterior por el producto entre el coeficiente de variación real del PIB entre t-1 y t-2 y la inflación punta a punta del mismo período. La cuota de anticipos a pagar en el período t surge de multiplicar el monto del patrimonio abatido calculado para t-1 por 0,11. Por otro lado, se estima el saldo a pagar en el período t calculando la diferencia entre el monto del patrimonio abatido en el período t-1 y los anticipos efectivamente realizados correspondientes a dicho período. 6 Patrimonio Abatido en t-2 = (Cuota Anticipo en t-1 ) / 0,11 Asesoría Económica - DGI 13

14 Empresas Privadas La proyección de los anticipos privados se realiza mediante la expansión de la base de recaudación ajustada del período anterior por el coeficiente de variación del IPPN a diciembre del año base o en su defecto al último dato disponible de dicho año (ya que en la liquidación del patrimonio anual se debe multiplicar el patrimonio del año anterior por dicho coeficiente), adicionalmente se expande por el coeficiente de variación del capital físico del período base (dato obtenido del BCU) a modo de incorporar en el patrimonio del período t-1 los nuevos bienes de capital incorporados por la inversión realizada. La última expansión es por un coeficiente de ajuste de la amortización del patrimonio gravado 7. Finalmente se corrige la proyección, ajustando según cambios en la normativa tributaria que afecten diferencialmente la recaudación del año base y del año proyectado. Para la proyección de los saldos se toma en cuenta la base ajustada de los mismos y se la expande por el deflactor anualizado de IPC rezagado 4 períodos ya que, al igual que sucede en el IRAE, los saldos de este impuesto se pagan 4 meses después de la fecha de cierre de balance Impuesto al Patrimonio - Personas Físicas Para el caso de personas físicas, el impuesto grava el patrimonio de éstas por medio de tasas progresivas. Los contribuyentes tienen la obligación de efectuar anticipos mensuales a cuenta del impuesto. La forma de cálculo implica la determinación del impuesto anual y el pago del saldo resultante de restar al impuesto los anticipos realizados. El Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas se proyecta siguiendo su particular mecánica recaudatoria. Por un lado, se calcula el Patrimonio para el período t-2 como la suma de los anticipos pagados en dicho año más el saldo pagado en abril del año t- 1. A ese Patrimonio observado en t-2 se lo expande por la variación del índice de precios en t-1 para obtener la estimación del Patrimonio para ese período. Teniendo estimado el Patrimonio para t-1 y sabiendo cuáles han sido los anticipos correspondientes a ese período (pagados en t-1), se calcula cuánto será el saldo a recaudar en abril del período t y también los montos de los anticipos correspondientes al año t a pagar en los meses de septiembre, octubre y diciembre por montos equivalentes al 20%, 30% y 50% del impuesto del período t, respectivamente. 7 A partir de la información contenida en las declaraciones de las empresas CEDE y No Cede del sector privado, se calcula el porcentaje que representa en el período base, el rubro amortización en el total del patrimonio gravado de dichas empresas. En función de dicho resultado, se corrige la proyección de anticipos por un coeficiente = (1 - %amortización base). Asesoría Económica - DGI 14

15 6.5. Proyección del IRPF, IASS, IRNR Proyección del IRPF El impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) es un impuesto anual con tasas progresivas que grava las rentas obtenidas por las personas físicas. Este impuesto comprende a las rentas de trabajo, las que se denominan de categoría II y aquellas de capital denominadas categoría I. Las de trabajo comprenden aquellas obtenidas por trabajadores dependientes e independientes y las de capital comprenden arrendamientos de inmuebles y rendimientos de capital mobiliario en general. El sistema de pago del impuesto consta de retenciones realizadas por terceros, pagos de anticipos por parte de los contribuyentes y pago del saldo resultante del impuesto. El impuesto se determina anualmente y dados los créditos a favor del contribuyente (retenciones, anticipos) se determina un saldo a pagar o a cobrar que surge del impuesto determinado menos los anticipos y retenciones correspondientes. La proyección de este impuesto se realiza en forma independiente para cada categoría. Para la Categoría I (rentas de capital) se calcula la proporción que significó este impuesto en el PIB corriente del año base y se aplica esta proporción al PIB estimado para el año que se está proyectando. Luego, a partir de la estacionalidad mostrada por el impuesto en el período base, se distribuye dicho monto anual entre los distintos meses del año. Para la Categoría II (rentas del trabajo) el cálculo se realiza aplicando a la base de recaudación ajustada del período base un coeficiente estimado de variación del impuesto ante cambios en la masa salarial. Para calcular dicho coeficiente de variación, como primer paso se toma la base de ingresos promedios mensualizados (previamente segmentada en varias franjas), tanto para trabajadores con única renta como multingresos, calculada a partir de la base de declaraciones del ejercicio cerrado (generalmente, el anterior al año base) y se la actualiza por la variación del IMSN para el año base si correspondiera. A partir de los montos de ingresos promedio por franjas mensualizados, se calcula el monto de IRPF correspondiente a estas franjas. El procedimiento se repite para el año proyectado actualizando los ingresos promedio estimados para el año base por la variación proyectada del IMSN para el año a proyectar, y calculando nuevamente se obtienen los valores de IRPF promedio mensual por franja de ingreso para el año a proyectar. Se calcula la variación entre ambos IRPF promedio mensualizados (año proyectado vs. año base) y luego se la pondera por el peso de cada franja en el total de la recaudación del impuesto. Asesoría Económica - DGI 15

16 Combinando la variación en el impuesto ante la variación en el IMSN (elasticidad IRPF-IMSN) con la variación proyectada en la ocupación para el año a estimar, se llega a un coeficiente de variación que es el que se aplica a la base de recaudación ajustada para la proyección del IRPF categoría II. Finalmente se distribuye mensualmente la proyección anual según la estacionalidad mostrada por el impuesto en el período base Proyección del IASS El Impuesto de asistencia a la seguridad social (IASS) es un impuesto de carácter anual con un sistema de tasas progresivas que grava los ingresos por jubilaciones y pensiones. El sistema de pago del impuesto se basa fundamentalmente en retenciones, si bien el impuesto se determina anualmente y puede dar lugar al pago de saldo en los casos de personas que perciben más de un ingreso de esta naturaleza. Para proyectar el IASS se sigue un procedimiento análogo al realizado para el IRPF categoría II. La base de recaudación es expandida por la elasticidad estimada del impuesto a la variación proyectada del IMSN. Dicha elasticidad es calculada de la misma manera que fue descrita para el IRPF categoría II. La diferencia es que para este impuesto no se aplica la variación proyectada en la cantidad de pasividades y pensiones por no contarse con dicha estimación Proyección del IRNR El impuesto a la renta de los no residentes (IRNR) grava las rentas obtenidas en el país por personas físicas y jurídicas consideradas no residentes. La tasa aplicable asciende al 12% y las rentas comprendidas son las de trabajo, empresariales y de capital. La forma de pago se basa fundamentalmente en retenciones realizadas por los sujetos que intervienen en la relación comercial con el no residente, si bien en algún caso éste tiene la obligación de efectuar anticipos por medio de un representante en el país. La proyección del IRNR se realiza tomando la recaudación del período base y expandiendo la misma por los coeficientes de precios y consumo proyectados. Una vez obtenido el monto anual del impuesto, se lo distribuye mensualmente en función de la estacionalidad mostrada en el período base. Otros métodos utilizados para la mensualización de la proyección consisten en la utilización de la estacionalidad promedio mostrada en los últimos años, dada la volatilidad observada en particular para este impuesto, a modo de alisar dicha distribución mensual. Asesoría Económica - DGI 16

17 6.6. Proyección de Otros Impuestos Finalmente el sistema tributario cuenta con impuestos de menor peso en la recaudación los que pueden consultarse en el Texto Ordenado 1996 vigente según Ley Nº de El Fondo de Inspección Sanitaria (FIS) es un impuesto del 1% del valor de la carne exportada o consumida en el país. Por su parte, el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA) grava la primera enajenación de bienes entre los que se encuentran lanas, cueros, ganado en general, cereales, semillas, productos derivados de la ranicultura, avicultura, cunicultura, entre otros productos agropecuarios. La proyección del FIS, IMEBA y adicionales, se realiza expandiendo la base de recaudación por coeficientes de consumo y tipo de cambio proyectados. Dado que el precio de venta de los bienes gravados con dichos impuestos se realiza en dólares es que se usa el tipo de cambio y no el IPC como expansor de sus precios. La estacionalidad de estos tributos viene dada por la estacionalidad de sus bases ajustadas. El Impuesto a los Ingresos de las Entidades Aseguradoras (IIEA) grava los ingresos obtenidos por empresas aseguradoras públicas y privadas, las tasas aplicables varían según el tipo de seguro. En el caso del IIEA el método de proyección es el mismo que el arriba mencionado dado que los seguros se basan mayormente en insumos importados. Dentro de los impuestos sobre la propiedad y en particular relacionados a la tenencia por parte de empresas y sociedades de capital se encuentran: el Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA), el Impuesto al Patrimonio de las personas jurídicas y el correspondiente a las personas físicas, y el Impuesto a las Sociedades Financieras de Inversión (ISAFI). El ICOSA grava a las sociedades anónimas, aplicándose en oportunidad de su constitución y en los cierres de cada ejercicio fiscal. El Impuesto a las Sociedades Financieras de Inversión (ISOFI) es un impuesto que aplica una tasa de 3 por mil sobre el capital de este tipo de sociedades. Dentro de los impuestos sobre la propiedad relacionados a la transferencia onerosa se encuentra el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) que grava las transmisiones de bienes ubicados en el país, para el caso de las transacciones de inmuebles el impuesto se paga vía retención. La proyección del ITP, ICOSA e ISAFI se realiza expandiendo la base de recaudación por coeficientes de precios y consumo proyectados. La estacionalidad de estos tributos viene dada por la estacionalidad de las bases ajustadas. Asesoría Económica - DGI 17

18 Las Detracciones a la Exportación consisten en sumas abonados por aquellas empresas que realicen exportaciones de productos considerados tradicionales como ser las exportaciones primarias de carne y lana. Las Detracciones para el año t se proyectan a partir del ratio Detracciones / Exportaciones del año t-1 junto con las exportaciones proyectadas para el período t (pautas macroeconómicas). Dicho ratio se obtiene haciendo el cociente entre el impuesto a las detracciones recaudado en el año t-1 y las exportaciones realizadas en ese mismo año (en pesos corrientes). Las exportaciones proyectadas se multiplican por este ratio y así se obtiene el monto del impuesto estimado para todo el año. Luego, ese monto se distribuye mensualmente en función de la estacionalidad observada en el período base. La proyección de Convenios se realiza siguiendo la misma mecánica planteada más arriba para el caso de ITP, ICOSA e ISAFI. Para la proyección de Multas y Recargos, se calcula el promedio de los últimos cuatro años del ratio anual de Multas y Recargos sobre PIB y ese coeficiente se multiplica por el PIB proyectado. Así se obtienen las multas y recargos estimados para todo el año, monto que luego es distribuido mensualmente en función de la estacionalidad promedio mostrada en los últimos 7 años, dada la irregularidad observada, a modo de darle estabilidad a la distribución mensual Proyección de Devoluciones La proyección de los Certificados de Crédito se realiza en base a 3 elementos principales: exportaciones, estacionalidad y ratios. Se proyectan por separado los Certificados de IVA Exportación, los de Devolución de Impuestos Indirectos, los de IVA Asimilado a Exportación, los de IVA Importación y Anticipo, y los del Resto de los Certificados. En base a la información procesada por esta Asesoría en cuanto a los montos de certificados recibidos por la DGI por mes y para cada tipo de certificado (ajustando en los casos que corresponda por recepciones extraordinarias o cambios en las normas administrativas), se elabora una matriz de estacionalidades observadas en el período base para cada tipo de certificado las cuales son aplicadas a cada base correspondiente a efectos de la proyección. Por otro lado, se calcula una serie de relaciones específicas para cada tipo de certificado que consiste en el monto recibido por cada tipo de certificado en los doce últimos meses sobre su base de cálculo, las que se aplicarán junto con la estacionalidad respectiva a la base de cálculo para obtener la estimación final. A modo de ejemplo, para los certificados originados en el IVA exportación, la relación es igual Asesoría Económica - DGI 18

19 a los certificados recibidos en los últimos doce meses por dicho concepto sobre las exportaciones observadas en el mismo período. A continuación presentamos la estimación mensual para cada tipo de certificado, la cual sigue la misma lógica en todos los casos, que consiste en multiplicar la relación anteriormente descrita para cada tipo de documento por la base de cálculo y por la estacionalidad respectiva. La proyección mensual de los Certificados de IVA Exportación se realiza multiplicando el valor proyectado anual de las Exportaciones (convertidas a pesos con el tipo de cambio promedio anual proyectado) por el coeficiente de estacionalidad mensual específico para este tipo de certificados y por un coeficiente que expresa la relación observada entre este tipo de certificados recibidos y las exportaciones totales del año base 8. La proyección mensual de los Certificados de Devolución de Impuestos Indirectos se realiza multiplicando el valor observado anual de las Exportaciones del período base (convertidas a pesos con el tipo de cambio promedio anual del período considerado) por el coeficiente de estacionalidad mensual específico para este tipo de certificados y por un coeficiente que expresa la relación observada entre este tipo de certificados recibidos en el período base y las exportaciones totales del año inmediato anterior 9. La proyección mensual de los Certificados de IVA Asimilado a Exportación se realiza multiplicando el valor anual de la recaudación de IVA interno (sin IVA Servicios Personales) por el coeficiente de estacionalidad mensual específico para este tipo de certificados y por un coeficiente que expresa la relación observada entre este tipo de certificados recibidos en el período base y la recaudación de IVA interno (sin IVA Servicios Personales) en dicho período. La proyección mensual de los Certificados de IVA Importación y Anticipo se realiza multiplicando el valor proyectado de IVA Importación (del Programa Financiero) por el coeficiente de estacionalidad mensual específico para este tipo de certificados y por un coeficiente que expresa la relación observada entre este tipo de certificados recibidos en el período base y la recaudación de IVA Importación en dicho período. La categoría Resto de Certificados de Crédito se proyecta multiplicando el valor proyectado del resto de los impuestos que pueden dar origen a certificados de crédito (del Programa Financiero) por el coeficiente de estacionalidad mensual específico para este tipo de certificados y por un coeficiente que expresa la relación observada entre 8 Las exportaciones que se toman en el denominador de la relación son los valores FOB del BCU que están expresados en miles de dólares, convertidos a pesos utilizando el tipo de cambio promedio del período (año móvil que coincide con el período comprendido por los certificados que integran el numerador). 9 La fecha de exigibilidad de estos certificados está establecida en el último día hábil del duodécimo mes siguiente al de embarque de la exportación, por lo que las exportaciones realizadas influyen en el importe de certificados recibidos por este concepto 12 meses después. Por este motivo, el ratio se construye en relación a las exportaciones del año inmediato anterior. Asesoría Económica - DGI 19

20 este tipo de certificados recibidos en el período base y la recaudación de este grupo de impuestos en dicho período. 10 Las Devoluciones de IRPF e IASS en Efectivo se proyectan tomando como base las devoluciones observadas en el período anterior y multiplicando las mismas por la variación del IRPF ante cambios en el IMSN, siempre que no se hayan registrado cambios en los criterios de retención que impacten en las devoluciones. Una vez proyectados todos los tipos de certificados y las devoluciones de IRPF e IASS en efectivo, se suman los montos y se re-distribuyen mensualmente según la estacionalidad mostrada por la recaudación total en el período base. 10 Los impuestos incluidos en este grupo son: IVA interno, IMESI, IRAE, Impuesto al Patrimonio de las Personas Jurídicas, IMEBA y Adicionales, FIS, e ITP. Asesoría Económica - DGI 20

21 7. Anexos Programa 2011_Versión DGI Versión 24-Nov-11 Cifras en miles de $ corrientes ACUMULADO ACUMULADO I M P U E S T O S ENERO FEBRERO ACUMULADO MARZO 1er.TRIM. ABRIL ACUMULADO MAYO ACUMULADO JUNIO 2do. TRIM. 1er. SEM. I.V.A * INTERNO * IMPORTACIONES IM.ES.I * COMBUSTIBLES * TABACO * AUTOMOTORES Y MOT. DIESEL * RESTO * ANTICIPO ( ) ( ) ( ) ( ) (90.895) ( ) ( ) ( ) I.R.A.E. TOTAL *I.R.A.E. PUBLICAS *I.R.A.E. PRIVADOS I.R.P.F CATEGORIA I CATEGORIA II I.R.N.R I.A.S.S PATRIMONIO PERSONAS JURIDICAS *PAT PUBLICAS (24.906) *PAT PRIVADOS PATRIMONIO PERSONAS FISICAS IVA MÍNIMO (PEQ EMPRESA) IM.E.B.A ADICIONAL IM.E.B.A TRASMISIONES PATRIMONIALES F.I.S ISAFI COMPAÑIAS DE SEGUROS ICOSA CONVENIOS DETRACCIONES EXPORTACIONES NO TRIBUTARIOS (MULTAS Y REC.) TOTAL BRUTO (-) DOCUMENTOS ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) TOTAL NETO Asesoría Económica - DGI 21 Junio, 2011

22 ACUMULADO I M P U E S T O S JULIO ACUMULADO AGOSTO ACUMULADO SETIEMBRE 3er. TRIM. 3er. TRIM. OCTUBRE ACUMULADO NOVIEMBRE ACUMULADO DICIEMBRE 4to. TRIM. 2do. SEM. T O T A L I.V.A * INTERNO * IMPORTACIONES IM.ES.I * COMBUSTIBLES * TABACO * AUTOMOTORES Y MOT. DIESEL * RESTO * ANTICIPO - ( ) - ( ) - - ( ) - ( ) - ( ) ( ) I.R.A.E. TOTAL *I.R.A.E. PUBLICAS *I.R.A.E. PRIVADOS I.R.P.F CATEGORIA I CATEGORIA II I.R.N.R I.A.S.S PATRIMONIO PERSONAS JURIDICAS *PAT PUBLICAS *PAT PRIVADOS PATRIMONIO PERSONAS FISICAS IVA MÍNIMO (PEQ EMPRESA) IM.E.B.A ADICIONAL IM.E.B.A TRASMISIONES PATRIMONIALES F.I.S ISAFI COMPAÑIAS DE SEGUROS ICOSA CONVENIOS DETRACCIONES EXPORTACIONES NO TRIBUTARIOS (MULTAS Y REC.) TOTAL BRUTO (-) DOCUMENTOS ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) ( ) TOTAL NETO Asesoría Económica - DGI 22 Junio, 2011

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