Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid

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1 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE LAS ROZAS DE MADRID, CELEBRADA EL DÍA 25 DE ENERO DE ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: Sres. Concejales: Sr. Secretario General: Sr. Interventor General: D. José Ignacio Fernández Rubio D. Ángel Francisco Alonso Bernal D. Fco. Javier Espadas López-Terradas D.ª Mercedes Piera Rojo D.ª M.ª Jesús Villamediana Díez D. Juan Blasco Martínez D. José Luis Álvarez de Francisco D.ª M.ª Cristina Sopeña de la Torre D.ª Paula Gómez-Angulo Amorós D.ª Blanca María Laso Sanz D. Antonio Garde Fernández-Fontecha D. Pablo Vives Peñaranda D.ª Ana Dávila-Ponce de León Municio D.ª M.ª Luisa del Olmo Rico D. Juan Ruiz Geremías D. Miguel Ángel Ferrero Andrés D.ª M.ª Lucía Inmaculada Casares Díaz D. Enrique Echegoyen Vera D. Ángel Álvarez Recio D. Cristiano Brown Sansevero D. Tomás Aparicio Ordoñez D. Antonio Bretón Grundel D. Jaime Rodrigues Marcos D.ª Cristina González Pérez D. José Manuel Barroso Rodríguez D. Fernando Álvarez Rodríguez En el Salón de Actos de la Casa Consistorial de la Villa de Las Rozas de Madrid, siendo las 9,10 horas, del día 25 de enero de 2012, se reúnen, los Sres. relacionados anteriormente, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente y, asistidos por el Secretario General y por el Sr. Interventor, al objeto de celebrar la sesión ordinaria para la que habían sido oportunamente convocados. Asiste la totalidad de los miembros corporativos que integran este Ayuntamiento, excepto Dª Natalia Rey Rivero, y por lo tanto, se comprueba que se da el quórum exigido en el art. 90 del RD 2.568/86. El Sr. Presidente declara abierta la sesión, y comienza el desarrollo de los asuntos comprendidos en el O R D E N D E L D Í A Pleno Corporativo de 25 de enero de

2 1º.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES CELEBRADAS LOS DÍAS 23 Y 30 DE DICIEMBRE DE º) El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó aprobar el acta de la sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2011, con la siguiente rectificación: El Concejal del Grupo Popular y responsable del área de Hacienda, Sr. Álvarez de Francisco, señala que se ha detectado un error de transcripción en el acta del pleno celebrado el día 26 de octubre de 2011, en el que se aprobaron inicialmente las Ordenanzas Fiscales para 2012, y que afecta al acta del pleno celebrado el día 23 de diciembre, en el que se aprobaron definitivamente dichas Ordenanzas, y cuyo acta se somete hoy a aprobación, por lo que procede la aclaración y rectificación de dicho error. Consta un informe de la Viceintervención, de 24 de enero de 2012, aclarando el contenido del error, y concluyendo que es posible y debe hacerse la subsanación. En su consecuencia, se aprueba el acta de la sesión de celebrada el día 23 de diciembre de 2011, con la salvedad siguiente: Que, observado un error de transcripción del dictamen de la Comisión I. de Hacienda que motiva haberse adoptado un acuerdo del Pleno Corporativo de 26 de octubre y 23 de diciembre, que afecta a las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio de 2012, y concretamente a la Ordenanza Fiscal núm. 1, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, se aprueba el borrador del acta debiendo añadirse en la misma el epígrafe citado, que, una vez subsanado, queda redactado de la forma siguiente: Artículo 3.- ORDENANZA FISCAL Nº 1 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Los tipos impositivos del artículo 3, apartado 3 pasarán a ser los siguientes: Bienes inmuebles de naturaleza urbana: Tipo de gravamen 0,54%. A los bienes inmuebles de uso industrial cuyo valor catastral exceda de se aplicará un tipo de gravamen del 0,64%. A los bienes inmuebles de uso comercial cuyo valor catastral exceda de se aplicará un tipo de gravamen del 0,64%. A los bienes inmuebles de uso oficinas cuyo valor catastral exceda de se aplicará un tipo de gravamen del 0,64%. A los bienes inmuebles de uso ocio y hostelería cuyo valor catastral exceda de se aplicará un tipo de gravamen del 0,64%. Pleno Corporativo de 25 de enero de

3 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid A los bienes inmuebles de uso espectáculos cuyo valor catastral exceda de se aplicará un tipo de gravamen del 0,64%. Las tarifas establecidas en el apartado b) del artículo 6 serán las siguientes: Categoría de la FN % de bonificación Límite del valor catastral General 30% euros Especial 55% euros Se añade un nuevo artículo 7 con el siguiente contenido: 1.- Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales, se establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibo, que además del fraccionamiento de la deuda en los términos previstos en este artículo, permitirá a quienes se acojan al mismo, el disfrute de una bonificación del tres por ciento de la cuota del impuesto. 2. El acogimiento a este sistema especial requerirá que se domicilie el pago del impuesto en una Entidad Bancaria o Caja de Ahorro, que se formule la oportuna solicitud en el impreso que al efecto se establezca y que los sujetos pasivos no tengan deudas pendientes de pago en vía de apremio a fecha 30 de abril del ejercicio en el que se pretende su aplicación, salvo que estuviesen suspendidas o sobre las mismas se hubiese concedido un aplazamiento o fraccionamiento de pago. Para su mantenimiento, además, se precisará que exista coincidencia entre el titular del recibo del ejercicio en que se realice la domiciliación y el de los ejercicios siguientes. 3. La solicitud debidamente cumplimentada y presentada hasta el 30 de abril del ejercicio en el que se pretende su aplicación, se entenderá automáticamente concedida con los efectos de aplicación previstos en la normativa municipal reguladora de los beneficios fiscales, teniendo validez por tiempo indefinido en tanto no exista manifestación en contra por parte del sujeto pasivo, cumpla los requisitos establecidos para su concesión y no dejen de realizarse los pagos en los términos regulados en el apartado siguiente. La no concurrencia de los requisitos señalados implicará la perdida automática de la bonificación, sin necesidad de notificación al interesado. 4. En el sistema especial de pago, el importe total anual del impuesto se distribuirá en dos plazos: - Primer plazo: tendrá el carácter de pago a cuenta y será equivalente al cincuenta por ciento de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio, debiendo hacerse efectiva el 30 de junio, o inmediato hábil siguiente, mediante la oportuna domiciliación bancaria. - Segundo plazo: el importe del segundo plazo se pasará al cobro a la cuenta o libreta indicada por el interesado el último día del período ordinario de cobro del impuesto, esto es el 30 de noviembre, o inmediato hábil posterior y será equivalente al Pleno Corporativo de 25 de enero de

4 restante cincuenta por ciento de la cuota del recibo correspondiente, menos la bonificación del 3 por 100 regulada en este artículo, que será efectiva en ese momento. 5. Si, por causas imputables al interesado, no se hiciera efectivo el importe del primer plazo, se perderá el derecho a la bonificación por sistema especial de pago, poniéndose al cobro la cuota total del impuesto a la cuenta o libreta indicada por el interesado el último día del periodo ordinario de cobro del impuesto, manteniéndose la domiciliación bancaria salvo indicación contraria del sujeto pasivo. 6. Si, habiéndose hecho efectivo el importe del primero de los plazos señalados, por causas imputables al interesado, no se hiciera efectivo el segundo, se iniciará el período ejecutivo por la cantidad pendiente. El impago del segundo plazo por causas imputables al interesado, hará inaplicable en su integridad este sistema especial de pago, con la consiguiente pérdida del derecho a la bonificación prevista, resultando preciso efectuar una nueva solicitud en caso de que se desee acogerse nuevamente al sistema especial de pago, manteniéndose la domiciliación bancaria salvo indicación contraria del sujeto pasivo. Las solicitudes para el SEP se presentarán ante la Tesorería municipal, que se encargará de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo, y tramitar las domiciliaciones, fraccionamientos y cobros. Se incluye la siguiente: Disposición transitoria tercera: Las viviendas de protección oficial cuya calificación definitiva fue otorgada en el año 2009 tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota íntegra del impuesto durante los cinco primeros periodos impositivos. El apartado 2 del artículo 5 bis se referirá a los cinco años establecidos en el apartado anterior. Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los cinco períodos impositivos de duración de aquella y surtirá efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite. No obstante, no será necesaria una nueva solicitud de bonificación si esta se hubiera ya solicitado y concedido en cualquier momento anterior a la terminación de los cinco primeros períodos impositivos, entendiéndose, en tal caso, que la concesión de dicha bonificación se extiende hasta la finalización del total del plazo adicional establecido en el primer párrafo. 2º) El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó aprobar el acta de la sesión extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2011, con la siguiente rectificación: Pleno Corporativo de 25 de enero de

5 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid La Concejala del Grupo Popular y responsable del área de Recursos Humanos, Sra. Sopeña de la Torre, interesa la rectificación de dos párrafos de sus intervenciones en el punto 1º de su Orden del Día: Párrafo 15, que decía Quiere esto decir que estamos trayendo las plazas necesarias, tanto estén dotadas presupuestariamente como las que no lo están. Y debe decir: Quiere esto decir que estamos trayendo las plazas necesarias, tanto estén cubiertas como las que no lo están. Párrafo 98, donde decía: Con una plantilla de 842 personas no parece que sea reforzar mucho este departamento, pues actualmente sólo hay dos funcionarios del grupo A que prestan sus servicios en el mismo. debe decir: Con una plantilla de 842 personas no parece que sea reforzar mucho este departamento, pues actualmente sólo hay dos empleados públicos del grupo A que prestan sus servicios en el mismo Por unanimidad, se aprueban dichas correcciones. 2º.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. Se da cuenta de las actas de la Junta de Gobierno Local de 2, 9, 15, 22 y 30 de diciembre de El Portavoz del Grupo municipal UPyD, Sr. Brown Sansevero, solicita información sobre unos viajes realizados a Villebon-sur-Ivette y a Frankfurt y de los que no tenían conocimiento. La Alcaldía-Presidencia comunica que recibirán la contestación por escrito. El Ayuntamiento Pleno queda enterado. 3º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA. Se da cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía-Presidencia con números de registro del 2784 al 2877 de 2011 y del 1 al 164 de El Ayuntamiento Pleno queda enterado. Pleno Corporativo de 25 de enero de

6 4º.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL IU-LOS VERDES SOLICITANDO LA CREACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR LOCAL. La Concejala del Grupo municipal IU-Los Verdes, Sra. González Pérez, presenta la moción con R/E. núm. 851 de , que es del tenor literal siguiente: La Ordenanza Reguladora de Participación Ciudadana aprobada por este Pleno el 5 de febrero de 1996 y revisada en junio del mismo año, en su Título IV, Capítulo 2, artículo 31 recoge: Los Consejos Sectoriales son órganos de asesoramiento, estudio, propuesta y canales de participación del vecino y sus asociaciones en la vida municipal y el artículo 32 de esta misma ordenanza establece:, al menos existirán los siguientes: Consejo Escolar Local, Consejo Local de Sanidad y Consumo, Consejo Local de la mujer; Consejo Sectorial de fiestas, Consejo Local de la Juventud y Consejo Local de Medio Ambiente Transcurridos catorce años desde la aprobación de esta ordenanza, estimamos que ha habido tiempo, más que suficiente, para constituir en su totalidad estos consejos. Desde este Grupo llevamos años intentando llegar a un acuerdo para la creación del Consejo Escolar Local, para ello presentamos varias mociones en este mismo sentido. De nuevo, ante la desidia de los Equipos de Gobierno y el manifiesto incumplimiento de las Ordenanzas municipales, nos vemos en la obligación de recordarles que los vecinos y la Comunidad Educativa llevan catorce años esperando la creación de un órgano tan importante para la vida educativa del municipio, más cuando las AMPAs en estos últimos tiempos han estado solicitando asumir el protagonismo que les corresponde en este municipio y contar con un órgano de debate de sus problemas e inquietudes. Pero estas mismas asociaciones, así como el resto de la Comunidad Educativa, han sido ninguneadas reiteradamente por los distintos Equipos de Gobierno del PP. Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes propone al Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, para su debate y aprobación, la adopción del siguiente acuerdo: Constitución del Consejo Escolar Local, con la siguiente composición: Por la Administración Municipal: - El Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal, que será el Presidente del Consejo Escolar Municipal. - El Concejal delegado de Educación, que será su Vicepresidente. - Un representante por cada uno de los grupos políticos con representación municipal. - Un técnico de Educación del Ayuntamiento. Pleno Corporativo de 25 de enero de

7 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid Por los Centros de Enseñanza están representados: - Las Direcciones de los centros educativos. - Las Asociaciones de Madres y Padres de alumnos. - Los alumnos - Los sindicatos más representativos en el ámbito educativo municipal. Inicia el turno de intervenciones el Portavoz del Grupo municipal UPyD, Sr. Brown Sansevero, manifestando su conformidad con la creación del Consejo Escolar Local. Ahora bien, UPyD quiere dejar constancia de la posición que adoptó en el Ayuntamiento de Madrid que fue la de renunciar a 49 puestos en los Consejos Escolares de los centros públicos de Madrid, por entender que el reparto por cuota de representantes de los partidos políticos no mejora la eficiencia de los colegios, sino que fomenta el intrusismo de los políticos. Consideramos que los consejos escolares deberían estar formados por técnicos y profesionales ajenos a ideologías políticas y de partido. Sin embargo, nuestra renuncia no sirvió para nada, ya que los puestos a los que renunció UPyD se repartieron entre los otros grupos. En la composición del Consejo Escolar Local que propone Izquierda Unida figura un representante por cada grupo político, y siguiendo nuestra política renunciaríamos a nuestro puesto, pero como no queremos que pase lo que pasó en el Ayuntamiento de Madrid, proponemos una modificación al texto, en el sentido de que retiren la presencia de los representantes políticos del Consejo Escolar Local. El artículo 27.7 de la Constitución Española establece que Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la Ley establezca., por lo que no menciona que los políticos debamos estar ahí. Por tanto, desde UPyD ofrecemos nuestra disposición a todos los centros públicos de este municipio a trabajar con ellos, pero crear un consejo escolar local donde esten representados los políticos no es bueno para la calidad de la enseñanza. Si se acepta la transaccional votaremos a favor de la moción, y en caso contrario, nos abstendremos por estar de acuerdo con la creación del Consejo Escolar Local. El Concejal del Grupo municipal Socialista, Sr. Álvarez Recio, toma la palabra para decir que entienden que Izquierda Unida va a tener suerte porque seguro que el Partido Popular va a votar a favor de la misma, por tres premisas: 1ª) Por lo que dijo el Sr. Alcalde en la sesión de Constitución de este Ayuntamiento, que era que este Ayuntamiento iba a ser de cristal, y por lo tanto transparente. El Consejo Escolar Local va en esa dirección. 2ª) Porque no van a hacer algo que está en contra de una Ordenanza aprobada por este Pleno hace 16 años. Pleno Corporativo de 25 de enero de

8 3ª) En aras de la participación, recordando que a propuesta de UPyD, accedieron a formar un grupo de trabajo de transparencia y participación, y el Consejo Escolar Local va en esa línea. El Grupo Socialista desde luego va a votar a favor de la moción. De hecho, ya presentamos una moción equivalente con un reglamento que podemos poner encima de la mesa otra vez como punto de partida, y sino no hay inconveniente en trabajar para elaborar otro, para que finalmente se pueda crear ese consejo que de participación a todo el colectivo educativo y también a la política, porque la educación también es política. No tendría mucho sentido que la Concejala de Educación estuviese representada en ese Consejo, que es normal que esté porque controla toda la acción educativa en este municipio, y que no estuviéramos el resto de representantes de los grupos. Creemos que eso no tiene mucho sentido, porque los grupos políticos también hacemos política y tenemos ideas para avanzar en este área. La Concejala del Grupo Popular y responsable del área de Educación, Sra. Piera Rojo, interviene a continuación para decir que el equipo de gobierno comparte con los grupos de la oposición la necesidad, como no podría ser de otra manera, de que el Ayuntamiento permanezca atento a las demandas de sus ciudadanos, y que esas demandas, intereses y problemas encuentren el cauce adecuado para que sean expuestos y debatidos. Sin embargo, no vamos a compartir la fórmula propuesta porque el Ayuntamiento está ya representado y participa, a través de su Concejalía de Educación, en los consejos escolares de todos los centros del municipio. En concreto, de 11 colegios públicos, 4 institutos y 2 colegios concertados. En los colegios, padres y madres, dirección, profesores, alumnos y personal no docente poseen voz y voto en la gestión de los centros gracias a la representación que todos los sectores de la comunidad educativa tienen en los miembros de estos consejos. Desde la aprobación de los presupuestos del centro hasta la selección o cese del Director, pasando por las actividades extraescolares o la llamada PGA (Programación General Anual), la mayoría de las decisiones importantes que se toman en un centro educativo deben pasar por este órgano de gobierno. No hay por tanto un órgano más directamente implicado en los asuntos educativos y donde las partes afectadas estén mejor representadas que los consejos escolares. Es cierto que supone un esfuerzo para el Ayuntamiento estar presente en todas y cada una de estas reuniones, pero estamos. Las reuniones de los consejos escolares tienen lugar cada dos meses, aproximadamente, a lo largo del curso escolar, lo que supone que mantenemos un contacto directo con la comunidad educativa cada dos meses. Es decir, al término del curso tenemos unas 180 reuniones al año. El contacto es, por tanto, permanente, pero no solamente hablamos de la cantidad, sino de la calidad de las reuniones que mantenemos y de la calidad de la atención que prestamos y de la forma de participación, y es que todo lo que afecta a la comunidad educativa es ahí donde se debate. Y es el Ayuntamiento, a través de su Concejala, que asiste siempre, a no ser que dos reuniones coincidan simultáneamente y asistiría un técnico de la Concejalía, es ahí donde estamos escuchando las necesidades y los intereses que plantea la comunidad educativa, tanto de la dirección, como del claustro, como de las familias, Pleno Corporativo de 25 de enero de

9 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid como del personal no docente. Opiniones que no son siempre coincidentes y que nos permiten comprender en toda su complejidad la realidad educativa. Por tanto, no consideramos que este órgano que uds. proponen, que es un órgano meramente consultivo que se reuniría tres veces al año, y que también tendríamos que discrepar en su composición porque, al igual que UPyD ha planteado sus posiciones, pondríamos reparos a la presencia de las representaciones sindicales, porque el Ayuntamiento no tiene ninguna competencia en materia laboral del profesional que está trabajando en los centros, y seguramente la presencia de los sindicatos lo único que haría sería hacer valer unos intereses perfectamente legítimos, pero inadecuados cuando lo que se está tratando es de la calidad educativa o de los temas que afectan a las familias y a sus hijos en el municipio. Por otra parte, recordarles que este Ayuntamiento ha destacado por una extraordinaria atención a la comunidad educativa. Tenemos 11 colegios públicos y 4 institutos, de los cuales 7 y 2 respectivamente son oficialmente bilingües. Tenemos una calidad educativa de primerísimo nivel en este municipio en la educación pública, pero también en la educación privada, de tal manera que las familias pueden elegir el modelo de educación que desean para sus hijos. Eso se ha convertido, además, en una de las principales razones por las que muchas familias deciden vivir en este municipio. Una de las principales prioridades que nos han trasladado las familias era la escasez de plazas de secundaria, y en estos meses de gobierno ya podemos presentar un acuerdo por el cual ambas administraciones, la Comunidad de Madrid y este Ayuntamiento, vamos a construir las infraestructuras necesarias para atender esa demanda. Se va a construir un aulario de secundaria en el Colegio El Cantizal y un instituto nuevo para que abra sus puertas en el Estamos atendiendo así la demanda de escolarización a corto y medio plazo. Además, vamos a proceder a formalizar nuestra solicitud de adhesión a los convenios de extraescolares en Febrero, porque consideramos que es una absoluta prioridad de las familias de este municipio para conciliar la vida laboral y la personal, y como Ayuntamiento el poder facilitar la asistencia de los hijos a actividades extraescolares y en días no lectivos es una manera de ayudar a estas familias, lo que es una prioridad. Los campamentos de verano y en vacaciones escolares, así como los días sin cole han sido un servicio municipal habitual en este Ayuntamiento. Desde la Concejalía de Cultura nos volcamos cada año para que los escolares del municipio salgan de las aulas y complementen su formación yendo al teatro, auditorio, exposiciones, biblioteca, Movilizamos casi niños cada año. La Escuela Municipal de Música da clases cada día del curso escolar fuera del horario escolar, y tiene a 2000 alumnos matriculados, siendo la inmensa mayoría niños y jóvenes. Las Escuelas Deportivas Municipales que están volcadas a través de la Concejalía de Deportes en que los niños escolarizados en este municipio hagan y Pleno Corporativo de 25 de enero de

10 practiquen deporte, con unos juegos municipales que movilizan cada año a 4000 niños, por no mencionar las Olimpiadas Escolares que se han convertido en un acontecimiento de primera relevancia en la Comunidad de Madrid. Asimismo tenemos las actividades que organizan la Concejalía de Menor y Familia como la Escuela de Padres, las tertulias de familia donde participan cada año más de 200 personas. La Campaña de Reconocimiento Médico a escolares, el Programa Deporte y Refuerzo Escolar en los centros, Este Ayuntamiento está volcado en todo lo referente a la educación de los niños y a la ayuda de sus familias. Cierra el debate la Concejala de IU-Los Verdes, Sra. González Pérez, señalando que impresiona la necesidad de justificarse por parte de la Sra. Concejala de Educación y Cultura indicando todas las actividades que hacen a lo largo del año. En cualquier caso, nos da bastante pena que no quieran aprobar la creación del Consejo Escolar Local, y no entendemos el miedo o la amenaza que uds. sienten ante la posibilidad de participación. Creemos que se equivocan en lo que uds. entienden sobre lo que debe ser el Consejo Escolar Local, que no debe ser un órgano consultivo, sino de participación. Lo que se propone es que sea un órgano de coordinación intermedio entre el Ayuntamiento y la comunidad educativa. Resulta, por tanto, fundamental la presencia de agentes sindicales para representar a los docentes, no tanto en su calidad de docentes, sino de trabajadores, y para nosotros son agentes imprescindibles dentro del Consejo Escolar. El equipo de gobierno nos relata todo lo que hace en materia educativa, pero, sin embargo, a su Concejalía llegó una carta de todas las AMPAS el 24 de octubre de 2011 reivindicando información ante la falta de pasos por parte del equipo de gobierno. Nos parece bien la decisión que han tomado de crear plazas de secundaria, pero la demanda por parte de las AMPAS sigue estando ahí, y con su decisión de no crear el Consejo Escolar se les quita uno de sus papeles fundamentales. Respecto a la propuesta de UPyD, no la aceptamos porque no entendemos que se pueda desvincular la política de la educación, ya que para nosotros todo es política, por lo que la participación de los grupos políticos en el Consejo Escolar es fundamental e imprescindible. La Alcaldía da por finalizado el turno de intervenciones y, a continuación lo somete a votación, Votos a favor: 6, correspondientes: 4 a los Sres. Concejales del Grupo Socialista y 2 del Grupo IU-Los Verdes. Votos en contra: 15 de los Sres. Concejales del Grupo Popular Abstenciones: 3 de los Sres. Concejales del Grupo UPyD Pleno Corporativo de 25 de enero de

11 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid En su consecuencia, el Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por mayoría absoluta, acordó no aprobar la moción presentada por el Grupo municipal IU- Los Verdes para la creación del Consejo Escolar Local. 5º.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL IU-LOS VERDES RELATIVA A LOS PAGOS DE LAS PLUSVALÍAS DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA A LAS FAMILIAS OBLIGADAS A ENTREGAR SU VIVIENDA HABITUAL A LOS BANCOS. El Portavoz del Grupo municipal IU-Los Verdes, Sr. Rodrigues Marcos, presenta la moción con R/E. núm. 852 de , que es del tenor literal siguiente: La crisis económica ha supuesto un importante incremento de las ejecuciones hipotecarias como consecuencia de la imposibilidad de las familias a afrontar el pago de los préstamos suscritos para financiar la compra de la vivienda habitual. No hace falta insistir sobre la dramática situación social que conlleva la pérdida de la vivienda y la inutilidad de los esfuerzos económicos hechos durante años para liberar la carga financiera que para aquellas familias supuso probablemente la inversión más significativa de su vida: la compra de una vivienda. Así, en la actualidad quien se ve forzado a desprenderse de su vivienda debe además abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía municipal que se aplica a la diferencia entre el valor del suelo cuando desde que se adquirió hasta que se enajena por la razón que sea. Es decir, la plusvalía municipal es un impuesto que se aplica sobre unas ganancias obtenidas por la transmisión de inmuebles, en la mayoría de los casos por la transmisión de la vivienda. En los casos de desahucios por embargos bancarios como consecuencia de que los propietarios, generalmente familias sin recursos económicos, estos no sólo pierden su vivienda habitual, si no que de esa transmisión no obtienen ningún beneficio. Además de perder la vivienda y, en la mayoría de los casos, tener que seguir pagando la hipoteca o, en casos excepcionales y después de acuerdo con la entidad financiera, la dación en pago, o lo que es lo mismo, que el banco se cobre el total de la deuda con el inmueble entregado, el propietario tiene que abonar por esa transmisión, por otra parte forzosa, el impuesto de plusvalía municipal; algo que hay que calificar como de totalmente injustificable en estas situaciones de necesidad extrema. En el actual escenario económico y ante la negativa de reformas legales de la Ley Hipotecaria, son pocas las alternativas que les quedan a las familias en la negociación con las entidades financieras ante una morosidad de sus deudas. Algunos consiguen la dación en pago como método para saldar las deudas de tal forma que la entrega de la vivienda suponga la cancelación total Pleno Corporativo de 25 de enero de

12 de la deuda hipotecaria. Otros lamentablemente y ante la falta de mutuo acuerdo de las partes llegarán a una ejecución hipotecaria con el mismo resultado: la pérdida de su vivienda. Sin embargo, en ambos casos la problemática fiscal subyace ya que a esta operación hay que añadirle el impacto fiscal que ello supone para el deudor. En efecto, probablemente tendrá que liquidar posteriormente un Incremento patrimonial en el IRPF y, en el caso que nos ocupa, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Nos encontramos con una falta de adaptación a la realidad actual de la Ley de Haciendas Locales. Se hace tributar por una plusvalía por el incremento del valor de los terrenos cuando se ha producido una operación en su conjunto con pérdida para el vendedor. En la configuración de dicho impuesto las únicas bonificaciones existentes versan sobre la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual o del local de negocio familiar para el caso de mortis causa a favor de descendientes. Para la transmisión de la vivienda mediante la dación en pago o por la ejecución hipotecaria no existe la posibilidad de establecer bonificaciones fiscales. Por ello, de acuerdo con el artículo 97.3 del ROF, el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente Acuerdo Proposición: Instar al Gobierno de la Nación para que añada un nuevo apartado en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con la siguiente redacción: "3. En las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial, judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda prestada para su adquisición, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto, la personal física o jurídica o las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2.03, de 17 de diciembre, General Tributaria, que adquiera el inmueble. En ningún caso se podrá repercutir la cuota del impuesto al contribuyente. Se entienden por entidades financieras aquellas matriculadas en cualquiera de las rúbricas que integran la Agrupación 81 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre. El Sr. Brown Sansevero, Portavoz del Grupo municipal UPyD, anuncia el voto a favor de su Grupo a la moción, porque nos parece injusto hablar de un incremento patrimonial que es artificioso, y que no existe en realidad cuando alguien tiene que entregar su vivienda, quedándose en una situación precaria. El Concejal del Grupo Socialista, Sr. Echegoyen Vera, interviene para decir que los datos que hemos conocido recientemente tanto del Fondo Monetario Internacional como del Banco de España auguran una disminución del PIB para el año 2012 importante. Eso deriva, si las medidas estructurales no funcionan, en un incremento del paro para este año que se cifra en medio millón de personas Pleno Corporativo de 25 de enero de

13 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid aproximadamente. Con esas perspectivas es muy posible aventurar que va a incrementarse el número de personas que no pueden hacer frente a sus obligaciones hipotecarias, bien por pérdida de puesto de trabajo o bien por disminuciones sensibles de la renta disponible. En este sentido todas las mociones o actuaciones que vayan dirigidas a mejorar la situación de estas personas, que les ayuden a hacer frente al pago de las hipotecas son bienvenidas. Izquierda Unida, en ese sentido, ha presentado una moción a la que nuestro Grupo va a votar a favor, y que por los antecedentes deriva de una moción que IU presentó en el Ayuntamiento de Madrid. Esa moción tenía dos partes: una, incluir una serie de bonificaciones fiscales, y una segunda parte que era hacer que el Ayuntamiento asumiera, vía presupuesto de gastos, el pago de esas plusvalías que tenían que pagar los ciudadanos. La Plusvalía es un impuesto que tal y como está en estos momentos el valor del suelo no tiene ningún sentido. De hecho cuando se calcula la base imponible de este impuesto se hace sobre unos valores catastrales que todos hemos reconocido están absolutamente inflados. Por tanto, este impuesto es injusto para todos los ciudadanos que tienen que pagarlo, pero es mucho más injusto para aquellas personas que apenas pueden pagarlo, aquellas personas que se van a quedar sin vivienda debiendo todavía una cantidad de dinero importante y encima teniendo que hacer frente a los impuestos, tanto en el IRPF como el de la Plusvalía. En definitiva, esta moción plantea que la Plusvalía sea pagada por el comprador en el caso de que el hecho imponible derive de una dación en pago o de una ejecución hipotecaria. Nos parece positivo y por eso lo vamos a apoyar, pero nos hubiera gustado que la moción hubiera tenido un segundo punto en el que se hubiera intentado dar solución a los problemas que tienen las personas afectadas en este momento. Es decir, lo que plantea la moción es que se modifique la Ley de Haciendas Locales para que la plusvalía municipal la pague el comprador en el caso de que sea una entidad financiera. Estamos de acuerdo, pero qué pasa hasta entonces? Porque el Gobierno del Partido Popular no sabemos si la modificará y si lo hace cuándo lo hará, por lo que, a nuestro juicio, era bastante razonable el segundo punto que presentaba IU, en el que se decía más o menos que aquellas personas que estén en esta situación y tengan que pagar ahora la plusvalía municipal, sea compensada al menos por una subvención que diera el propio Ayuntamiento a los casos más graves. Es decir, por un lado pagan el impuesto y por otro lado reciben la misma cantidad de dinero en los casos de especial gravedad. Esta segunda parte desapareció en la transaccional que se hizo en el Ayuntamiento de Madrid. Nosotros solicitamos que, si al menos esto no se refleja en la moción, sí que por parte del equipo de gobierno se haga un esfuerzo para que hasta tanto no se modifique la Ley de Haciendas Locales, el Ayuntamiento en casos de gravedad conceda una subvención por una cuantía similar al impuesto que tengan que pagar los roceños. Seguidamente interviene el Concejal del grupo Popular y responsable del área de Hacienda, Sr. Álvarez de Francisco, diciendo que en el debate de esta moción hay dos puntos: uno, lo que realmente se trae como proposición para votar, que es el solicitar al Gobierno de la Nación la modificación de la Ley de Haciendas Locales para que en el caso de que haya dación en pago o una ejecución hipotecaria la plusvalía, Pleno Corporativo de 25 de enero de

14 en vez de ser pagada por el vendedor, sea asumida por el comprador, es decir, el que se queda con el bien. Luego hay una exposición de motivos y antecedentes que unos compartimos y otros no. La postura del equipo de gobierno, en primer lugar, es cumplir la Ley. La Ley tiene una serie de bonificaciones que se pueden hacer en las plusvalías, que en el caso del Ayuntamiento se están haciendo cuando es por defunción o herencia llegando hasta el 50% la desgravación posible o bonificación en este caso. La propuesta que hace IU la comprendemos e, incluso, la compartimos. Es decir, en estas situaciones donde se produce un embargo o ejecución hipotecaria la ley marque claramente que sea el comprador del inmueble el que pague el impuesto y no el que a la fuerza ha tenido que entregarlo. Esto es lo que compartimos y creemos que es necesario el cambio de la Ley, y eso es lo que vamos a apoyar, porque sabemos que esas circunstancias se están produciendo y es un problema para los propios ayuntamientos tener que llegar a notificar y ejecutar ese tipo de impuestos a personas que han perdido sus bienes, cuando lo lógico es que sea la otra parte la que lo pague. Otra cuestión que no está en la moción son las posibles subvenciones a través de alguna normativa municipal que en cada ayuntamiento se aprueben. Sería otro tema diferente al que estamos tratando en este punto. Este Ayuntamiento, como otros, a través de lo que son los Servicios Sociales contempla la ayuda a ciudadanos que tienen un problema transitorio en el pago del alquiler o de la hipoteca y que, de acuerdo con la baremación social que existe en la Concejalía de Servicios Sociales, van concediendo ayudas para ello. El Sr. Rodrigues Marcos agradece el apoyo a los Grupos por mostrar cierta sensibilidad social ante un problema grave como es la pérdida de la vivienda habitual por no poder afrontar los pagos de las cuotas hipotecarias. La Alcaldía da por finalizado el turno de intervenciones y, a continuación lo somete a votación, El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó aprobar la moción presentada por el Grupo municipal IU-Los Verdes antes transcrita. 6º.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE UPyD SOLICITANDO, ENTRE OTRAS MEDIDAS, LA DACIÓN EN PAGO COMO REGLA GENERAL DE EXTINCIÓN DEL CRÉDITO HIPOTECARIO. El Portavoz del Grupo municipal UPyD, Sr. Brown Sansevero, presenta la moción con R/E. núm. 806 de , diciendo que ante la grave situación económica que atraviesa nuestro país se han multiplicado las situaciones de especial vulnerabilidad de muchos ciudadanos españoles. A diferencia de las empresas y sociedades, los ciudadanos no pueden acudir a un concurso de acreedores y liberar sus bienes. Tal situación comporta una grave discriminación para los ciudadanos individuales, indefensos ante consecuencias de la crisis económica como la pérdida del empleo y el descenso del valor de mercado de su propiedad, pero no de su deuda hipotecaria, sobre todo teniendo en cuenta que, para la gran mayoría de las familias Pleno Corporativo de 25 de enero de

15 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid españolas, la vivienda es la mayor inversión de su vida, a la que dedican la mayor parte de sus ingresos y ahorros. Proponemos en esta moción una serie de medidas enfocadas a lograr una mayor cohesión social y la recuperación económica del país. La exposición de motivos explica muy bien la situación que exige modificaciones legales que corresponden al Parlamento nacional. Quizás una de las más importantes sea la modificación de la legislación concursal para evitar que la pérdida de la casa penda sobre el deudor como una espada de Damocles y la deuda no cubierta hasta que sea pagada con las rentas de futuro. Igualmente, resaltamos que en el estado de derecho las acciones políticas que se emprendan para hacer frente al problema de los desahucios, y a los derivados de la legislación hipotecaria y concursal en una situación de crisis causada por una burbuja inmobiliaria y financiera, deben ser respetuosas con el principio de seguridad jurídica, sin el cual es inviable el sistema democrático. En resumen, las principales medidas para ayudar a los actuales deudores hipotecarios son las siguientes: 1.- Modificación de la legislación concursal para establecer el sistema conocido como "fresh start", de modo que una vez ejecutado todo el patrimonio embargable del deudor, la deuda restante quede cancelada por decisión judicial sin necesitar el consentimiento del acreedor. 2.- Establecimiento de cauces de mediación previos a la solicitud de concurso o la situación preconcursal, para que el deudor propietario de la vivienda y la entidad financiera puedan llegar a un acuerdo que le permita a aquél mantener la posesión de la casa y evite la ejecución de la vivienda. Estos cauces de mediación podrán ser de competencia municipal. 3.- Modificación de la legislación hipotecaría para evitar que el acreedor se apropie de la finca hipotecada por un precio inferior al de mercado, elevando el porcentaje sobre la tasación de la escritura que permite al acreedor quedarse con la vivienda si no hubiera postores en la subasta. 4.- Facilitar las operaciones de DACION EN PAGO de la finca hipotecada a la entidad acreedora en los créditos hipotecarios ya celebrados que no la prevén exonerando al deudor de su obligación de tributar por incremento patrimonial en el IRPF. Es artificioso e injusto gravar unas ganancias supuestas, en realidad inexistentes, pues el deudor se ve obligado a entregar su vivienda al acreedor por imposibilidad de hacer frente a los pagos de la hipoteca. 5.- Modificación de la legislación hipotecaria para establecer la DACION EN PAGO como regla general de extinción de un crédito hipotecario para la adquisición de la vivienda habitual. A falta de estipulación expresa en contrario en la escritura de constitución, la responsabilidad derivada del préstamo hipotecario se entenderá limitada al valor de la finca hipotecada. Pleno Corporativo de 25 de enero de

16 Los acuerdos que presentamos son que el Gobierno de la Nación 1º.- Proponga en el Congreso de los Diputados la modificación de la Ley Hipotecaria, de modo que la responsabilidad derivada del préstamo hipotecario esté limitada al valor de la finca o fincas hipotecadas. Esto es, la regulación de la DACION EN PAGO como regla general de extinción del crédito hipotecario. 2º.- Que proponga la modificación de la legislación concursal para instaurar con carácter de urgencia el sistema "fresh start", para que una vez ejecutado todo el patrimonio embargable del deudor hipotecario, la deuda restante quede cancelada por decisión judicial sin necesidad del consentimiento del acreedor. 3º.- Que proponga el resto de modificaciones legales necesarias para garantizar la mediación entre el deudor hipotecario y el acreedor que evite el concurso y la perdida de la vivienda, así como aquellas que faciliten la dación en pago aún en créditos hipotecarios que no lo hayan previsto. 4º.- Instar al ayuntamiento a mediar en los casos de desahucio en curso en la localidad, apoyando a los vecinos desahuciados que lo soliciten y buscando en cualquier caso la garantía de su derecho constitucional a la vivienda sin menoscabo de la seguridad jurídica. El Portavoz del Grupo municipal de IU-Los Verdes, Sr. Rodrigues Marcos, inicia el turno de intervenciones diciendo que les sorprende la presentación de esta moción por parte de UPyD, ya que votaron en contra de la presentada por nuestro grupo, prácticamente en los mismos términos, en el pleno de 28 de septiembre de En la moción presentada ahora se encuentran determinados elementos que no son de uso frecuente en nuestro ordenamiento jurídico, tales como las menciones a la Ley concursal, que solo es de aplicación ante la solicitud de aplicación de dicha norma por parte del deudor, y con la aprobación del juez del Tribunal correspondiente. Con lo cual no es muy habitual en nuestro país para tratar el tema de los impagos a las cuotas hipotecarias por parte de las familias. Otros elementos, más allá del marco jurídico vigente en nuestro país que nos llaman la atención, vienen dados por el punto del acuerdo en que instan al Ayuntamiento a mediar en los casos de desahucio en curso para que los vecinos y vecinas que lo soliciten garantice el Ayuntamiento el derecho constitucional a la vivienda sin menoscabo de la seguridad jurídica. En el ya lejano mes de septiembre, en el pleno celebrado el día 28, nuestro grupo municipal presentó una moción sobre la regulación de la dación en pago y la adopción de las medidas necesarias para evitar los desahucios por motivos económicos. Lo que les movió a votar en contra fueron nuestras propuestas relativas al establecimiento de una moratoria o la implementación de medidas necesarias para paralizar los desahucios de las familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntaria en nuestro municipio. Así como que se aprobasen urgentemente medidas Pleno Corporativo de 25 de enero de

17 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid destinadas a que las miles de viviendas vacías que se encuentran en manos de las entidades financieras fueran puestas a disposición de las familias desahuciadas y sin recursos en régimen de alquiler social no superando nunca el 30% de la renta disponible para afrontar dicho alquiler. Por último, el estudio de medidas en nuestro ámbito local para paralizar los desahucios mediante la creación de una comisión especial mixta en la que participen representantes del pleno municipal y de las asociaciones de afectados vecinales y otras organizaciones sociales conocedoras de la problemática, con el propósito de buscar alternativas que eviten los desahucios por motivos económicos, planteándose, incluso, el realojo digno de las familias afectadas. Estas medidas, según el acta de dicho pleno, fueron calificadas por el Sr. Portavoz del Grupo UPyD, como una intervención política en la economía, lo cual ha traído consecuencias de empobrecimiento a medio y largo plazo en los países que han llevado a cabo medidas similares. Sí. Por el contrario y según su opinión, y así viene recogido en el texto de la presente moción mediar en los casos de desahucio en curso en la localidad, apoyando a los vecinos desahuciados que lo soliciten y buscando en cualquier caso la garantía de su derecho constitucional a la vivienda sin menoscabo de la seguridad jurídica, lo cual no supone una intervención política en la actividad económica, según su opinión. Es, dicho brevemente, un giro en la coherencia de su línea y de sus posicionamientos jurídicos que quedan mal parados y un duro golpe a lo que se ha venido llamando desde hace tiempo política económica, guiada por valores, ideas y proyectos ideológicos, y no sustentada en el reino de los cielos, muy a su pesar, y alejada de la utopía liberal de laissez faire, laissez passer sobre el papel de los agentes económicos en la intervención del mercado. En cualquier caso, apoyamos su moción ya que en lo fundamental, que es de lo que se trata en definitiva, estamos de acuerdo y por cuestiones de coherencia política, pero siendo objeto de transacción y por una cuestión de rigor y de mayor concreción del aspecto relativo a la mediación a través, como planteábamos en nuestra moción, de la creación de una comisión mixta en la que participasen los representantes de este pleno municipal hasta asociaciones de afectados, asociaciones vecinales y otras organizaciones sociales conocedoras de esta problemática, con el propósito de buscar alternativas que eviten los desahucios por motivos económicos planteándose, incluso, la garantía del realojo digno de las familias afectadas tal y como planteábamos en nuestra moción. Seguidamente interviene el Concejal del Grupo Socialista, Sr. Echegoyen Vera, diciendo que en la moción presentada subyace conseguir el equilibrio entre apoyar las necesidades de las personas que están sufriendo esta grave situación, pero al mismo tiempo que todo esto se haga sin merma de la seguridad jurídica que el sistema financiero y el sistema hipotecario necesita. Nosotros estamos de acuerdo con esa afirmación, aunque ese es el problema: cómo hacer que el sistema hipotecario siga funcionando, cómo conseguir que se sigan emitiendo cédulas hipotecarias que han sido compradas por el mercado y cómo se puede solucionar ese gravísimo problema que tiene un número muy importante de ciudadanos que puede incrementarse por las previsiones que tienen los organismos internacionales de incremento de desempleo para este año. Pleno Corporativo de 25 de enero de

18 Compartimos gran parte de las propuestas planteadas por el Grupo UPyD, pero para apoyarla necesitaríamos que se admitiera una enmienda en el punto 1º. Sobre el punto 1º, se plantea que la dación en pago sea la regla general de extinción del crédito hipotecario. Es algo que se está analizando desde hace muchos meses en el propio Congreso de los Diputados, a través de la Comisión creada al efecto. Nosotros tenemos serias dudas de que este sea el sistema más oportuno, porque, como ya dijimos en otro pleno anterior, el 99% de los créditos hipotecarios que estamos pidiendo lo estamos haciendo a interés variable, y estamos pidiendo unos créditos a interés variable cuando los tipos de interés están muy bajos, y por un plazo de 30, 40 ó 50 años. Qué puede pasar si dentro de 5 ó 6 años tenemos unos tipos de interés más altos, que se doblen? Tendríamos un problema muy importante y, sin embargo, sería una barbaridad que nosotros obligáramos o diéramos como preferencia los tipos fijos respecto a los variables, porque harían que mucha gente tuvieran que pagar unos tipos de interés más altos o que simplemente no pudieran acceder al crédito. Luego hay que conseguir un cierto equilibrio. En el caso de la dación en pago pasa esto. Puede haber ciudadanos que el sistema de la dación en pago les parezca el más oportuno, es decir, responsabilizarse exclusivamente de la deuda con el bien inmobiliario, con su vivienda, que soporta el crédito. Pero puede haber otros ciudadanos que prefieran responder con el conjunto de sus bienes, porque eso le permitiría acceder a una mayor cantidad de crédito y sobre todo, a unos tipos de interés más bajos. Por tanto, el sistema de la dación en pago, como instrumento, puede ser positivo, pero no tiene por qué tener ninguna preferencia, es decir, que la ley debería permitir que se contemplen los dos. Efectivamente, la legislación hipotecaria, en estos momentos, contempla la posibilidad de que exista la dación en pago, es decir, que solamente se responda con una responsabilidad limitada al bien sobre el que subyace el crédito, pero no se utiliza. Solicitamos a UPyD que modifique el acuerdo 1º, por Que proponga al Congreso de los Diputados establecer la obligatoriedad de que las entidades financieras ofrezcan productos hipotecarios en las que la garantía se limite al bien hipotecado. Es decir, que se fuerce a que las entidades financieras ofrezcan los dos servicios. Evidentemente tendrán condiciones diferentes porque eso no se puede obviar, pero que se ofrezcan los dos, pero que no se ponga la dación en pago como regla general de extinción del crédito hipotecario porque, a lo mejor, no es la solución. Piensen uds. que estamos hablando de un problema gravísimo que afecta a más de personas, pero también estamos hablando que supone el 3% de la población, que hay un 97% restante que piense que este sistema puede ser mejor que el que se plantea. Respecto al 2º punto, nos parece razonable la utilización del sistema "fresh start", porque entre que se responda exclusivamente por la vivienda que es la dación en pago, y que se responda por todos los bienes, no solo actuales sin también futuros, pues hay un punto medio que puede ser el fresh Star, que consiste que una persona responde con todos sus bienes, no solamente con su vivienda, pero no tiene que Pleno Corporativo de 25 de enero de

19 Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid responder con los posibles bienes que puedas tener en los próximos años, lo que da a las personas la libertad de no estar condenados de por vida. Luego, entre el sistema actual de responder con todos los bienes y el sistema de la dación en pago, el "fresh start", puede ser un sistema equilibrado que se utiliza en otros países, y que puede ser un avance importante. El punto 3º, plantea que se haga todo lo posible, a través de la mediación, para evitar la pérdida de la vivienda, lo que nos parece razonable, y el 4º que el Ayuntamiento medie en los casos de desahucio que igualmente nos parece bien. En el punto anterior ya planteábamos que el Ayuntamiento también debe hacer algo, que si está cobrando un impuesto a vecinos que están perdiendo su vivienda y se van a quedar sin nada, pues que sea generoso y les busquen la contrapartida. Es decir, no solamente que medie, sino que aporte soluciones en la medida de sus posibilidades. En definitiva, apoyaríamos la moción, siempre y cuando se modifique el punto 1º como ya hemos dicho, es decir, Que proponga al Congreso de los Diputados establecer la obligatoriedad de que las entidades financieras ofrezcan productos hipotecarios en las que la garantía se limite al bien hipotecado. O bien que se elimine la última frase, para que sea la Comisión correspondiente del Congreso los que busquen las soluciones técnicas más idóneas, porque tenemos dudas sobre que imponer la dación en pago sea el sistema más adecuado. Toma la palabra el Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal, para decir que el tema de la dación en pago es una cuestión difícil y complicada que también hace complicado fijar una posición. No hay más que ver que el Grupo municipal UPyD ha cambiado de criterio en cuatro meses, y eso da una muestra de que estamos tratando una cuestión debatible y que se tiene que estudiar con detenimiento. Nosotros, en un marco teórico, estamos de acuerdo con la dación en pago. Todos tenemos una hipoteca y sabemos la angustia que representa para muchas familias, y más en los momentos de crisis económica que vivimos en la actualidad, hacer frente cada mes a cada una de las letras de la hipoteca. En el caso de que se ejecute dicha hipoteca, bastante sufrimiento es el hecho de perder la vivienda, como para mantener una deuda con la entidad financiera y te la reclamen cuando en muchos casos ya no hay ningún ingreso. Estando, por tanto, de acuerdo en el marco teórico, pasarlo a la práctica es complicado porque hay muchos asuntos que tratar y ello exige de un debate sereno, tranquilo y racional. Por ello, para abordar la dación en pago y otras muchas medidas que aliviasen la carga financiera de muchas familias se constituyó en el seno del Congreso de los Diputados, la Subcomisión Hipotecaria. Es cierto que por falta de tiempo no llegó a presentar sus conclusiones, pero no es menos cierto que sí llegaron a una serie de acuerdos que ahora convendría mantener o impulsar, y tampoco es menos cierto que, a lo largo de la legislatura, sí se han llevado a cabo medidas que han permitido aliviar esa carga financiera a muchas Pleno Corporativo de 25 de enero de

20 familias, como por ejemplo: incrementar la cuantía de la no embargabilidad de la nómina por impago hipotecario en un 50% por encima del salario mínimo profesional, al que hay que unirle un 30% más en el caso de que las familias carezcan de ingresos propios; se ha aumentado desde el 50% el porcentaje de valoración de los inmuebles embargados que se quedan las entidades financieras cuando se ejecuta la hipoteca; se ha acelerado la introducción de las subastas electrónicas para tener más transparencia; se ha aumentado el importe por el que la entidad se queda con la casa embargada hasta el 100% del valor de tasación; se ha propuesto reducir los tipos de demora que ahora pagan los deudores ejecutados; se ha propuesto asegurar la total independencia de las entidades de tasación respecto de las entidades financieras, Por tanto, creemos que ese es el marco adecuado en el que hay que seguir trabajando y en el que hay que seguir tratando ese asunto. El actual Presidente del Gobierno ha manifestado su voluntad de impulsar esa subcomisión, que retome de nuevo sus trabajos y se puedan llevar a cabo esas medidas. Hay algunas en las que ya se han mostrado de acuerdo como la instauración de las cláusulas suelo o la libertad de elección de hipoteca. Pero hay asuntos que deben ser tratados de forma más pausada y con todo detenimiento, como por ejemplo, si se tramita la libertad de elección de hipoteca en dos modelos: uno, en el que se responda con el patrimonio, y otro, que se responda solo con la vivienda, parece sensato pensar que esta segunda medida llevaría aparejada una mayor dificultad de acceso al crédito y unos créditos más caros que dificultarían, a su vez, el acceso al crédito porque las garantías que se pidiesen fuesen mayores. Esto generaría un efecto contrario al dinamismo económico y del mercado inmobiliario que se pretende. Habría que estudiar también si esta medida tendría efectos retroactivos o no, porque si los tuviera sí parece que podría suponer liquidar la seguridad jurídica de la que hablaba el portavoz de UPyD, que es lo peor que nos podría pasar en la situación económica en la que nos encontramos. Por tanto, creemos que no es el momento de cambiar de criterio por presiones populistas, sino mantener la responsabilidad y la serenidad para estudiar bien los temas que sería el mejor servicio que podemos brindar a nuestros ciudadanos. Por eso, el equipo de gobierno les propone una transaccional, que seria en vez de impulsar al Gobierno de la Nación a tomar estas medidas, impulsar su estudio en la subcomisión del Congreso de los Diputados, que creemos que para eso está. En ese marco y con una serie de expertos estudien todas estas medidas, para que a la hora de adoptarla tengamos todas las garantías jurídicas, que mantengamos nuestra seguridad jurídica y que, además, sepamos que esas medidas pueden ser beneficiosas para nuestros ciudadanos, nuestra economía y nuestro mercado. Igualmente, proponemos suprimir el apartado 4º, porque, a parte de la dificultad técnica que podría tener llevarlo a cabo, nos parece extemporánea, ya que como saben, este equipo de gobierno, a través de la Concejalía de Servicios Sociales, ha adoptado ya una serie de medidas que, precisamente, ayudan a las familias que no pueden hacer frente a sus hipotecas por encontrarse en situación de desempleo y aliviarles la carga financiera. Pleno Corporativo de 25 de enero de

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