DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ELEMENTAL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR DEL VALLE DE MÉXICO
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- Milagros Correa Murillo
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1 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ELEMENTAL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR DEL VALLE DE MÉXICO SEIEM Reunión técnica con Supervisoras Generales de Sector y Zona del Departamento de Educación Preescolar del Valle de México DAR A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR EL REPORTE DE EVALUACIÓN DE LOS NIÑOS EN LA PLATAFORMA DEL SISTEMA INTEGRAL DE CONTROL ESCOLAR. O R D E N D E L D I A: Saludo y bienvenida. Presentación sobre las Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica y su aplicación a través de las Normas de Control Escolar para la Educación Básica. Conclusiones y Acuerdos. Tlalnepantla, Estado de México; Marzo de 2014.
2 Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica y su aplicación a través de las Normas de Control Escolar para la Educación Básica Dirección de Planeación Educativa Departamento de Control Escolar Oficina de Control Escolar en Educación Básica y Apoyo Técnico
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4 Constitución Ley General de Educación Ley General de Educación Ley General de Educación Fundamento Legal Artículo 3º Artículo 50 Artículo 60 El Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. La evaluación de los educandos comprenderá la medición en lo individual de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general, del logro de los propósitos establecidos en los planes y programas de estudio. Las instituciones expedirán certificados a quienes hayan concluido estudios de conformidad con los planes y programas de estudio.
5 Acuerdo 592 Acuerdo 592 Acuerdo 592 Fundamento Legal Artículo 2º El plan y programas de estudio que integran el tipo básico, están orientados al desarrollo de competencias para la vida. Principio pedagógico 1.7 El enfoque formativo de la evaluación, debe conducir al mejoramiento de aprendizaje y a un mejor desempeño del docente. Séptimo Transitorio Se deberá modificar el Acuerdo 200 (648) por el que se establecen las normas de evaluación del aprendizaje.
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7 El Plan Nacional de Desarrollo aprobado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, establece cinco metas nacionales y tres estrategias transversales. Las metas nacionales son: México en Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México con Responsabilidad Global. De conformidad con el Artículo 23 de la Ley de Planeación, la formulación del Programa Sectorial de Educación tendrá como base la meta nacional México con Educación de Calidad, así como aquellas líneas de acción transversales que, por su naturaleza, le corresponden al sector educativo. La definición de los objetivos, estrategias y líneas de acción del Programa Sectorial de Educación (PSE) tienen como referente el Artículo 3o Constitucional y el contenido de la Ley General de Educación. En particular, para el período , el PSE recupera la Reforma Constitucional en materia educativa que se promulgó el 26 de febrero de 2013 y las leyes reglamentarias que la concretan: Ley General del Servicio Profesional Docente, Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Todas ellas tienen como propósito fundamental el elevar la calidad de la educación (ref. Objetivo 1)
8 No basta con dar un espacio a los alumnos en las escuelas de todos los niveles; es necesario que la educación forme Las escuelas deben producir aprendizajes significativos capacidad para afrontar los retos que la sociedad del conocimiento nos plantea. Exige reforzar las capacidades de comprensión lectora, expresión escrita y verbal, razonamiento analítico y crítico, creatividad y, de manera destacada, la capacidad para aprender a aprender. crear las condiciones para que las escuelas estén en el centro del quehacer del sistema educativo significa darle los apoyos que requiere para modificar el conjunto de prácticas y relaciones de los actores escolares, y fortalecer sus capacidades de gestión, en el contexto de su entorno, para el logro de los aprendizajes. En relación con la formación y actualización de maestros en servicio, a pesar de los esfuerzos a la fecha realizados, es preciso reconocer que la oferta brindada no ha demostrado ser pertinente a las necesidades de los profesores y directivos. No existe evidencia de su impacto en la transformación de las prácticas de enseñanza. La formación continua debe considerar a la escuela como el espacio donde también aprenden los maestros, a través del diálogo entre colegas y el trabajo colaborativo, estableciendo acompañamiento académico que permita fortalecer las competencias profesionales de los docentes. Los resultados de las evaluaciones serán utilizados en la toma de decisiones para mejorar la calidad de la educación y evitar el abandono escolar.
9 Considerandos Que se determina necesario revisar y adecuar el marco jurídico y normativo de la educación básica en función del fortalecimiento del federalismo educativo, para que coadyuve al logro de los objetivos institucionales, así como para estimular los procesos y canales de información y difusión permanente de los instrumentos normativos y de todas las prácticas educativas que permitan garantizar el carácter nacional de la educación básica. Que de hecho, las normas de control escolar, deben estar dirigidas no sólo a los responsables de las áreas competentes en esta materia, sino también a padres de familia o tutores, así como incluso, a educandos y sociedad en general, por lo que se requiere que las mismas tengan una redacción sencilla y afín al lenguaje ciudadano; Que se ha detectado que algunas normas de control escolar, no están siendo aplicadas de forma eficiente, por lo que se requiere mayor difusión de las mismas, así como su debida formalización en el ámbito local a efecto de que las mismas, permitan fortalecer su grado de cumplimiento y, en su caso, el establecimiento de las sanciones derivadas de su no observancia, por lo que se ha tenido a bien emitir las presentes:
10 NORMAS DE CONTROL ESCOLAR RELATIVAS A LA INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN, REGULARIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA
11 Estructura de las Normas de Control Escolar IV. DIRECTORES, RESPONSABLES Y EDUCADORES V. INSCRIPCIÓN VI. REINSCRIPCIÓN VII. ACREDITACIÓN Y PROMOCIÓN III. FORMATOS DE CERTIFICACIÓN II. DERECHO A LA IDENTIDAD NORMAS DE CONTROL ESCOLAR IX. CERTIFICACIÓN VIII. REGULARIZACIÓN I. DISPOSICIONES GENERALES X. RECONOCIMIENTO DE SABERES
12 CAPÍTULO III. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN Objetivo 1. Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población Estrategias 1.1. Crear condiciones para que las escuelas ocupen el centro del quehacer del Sistema Educativo y reciban el apoyo necesario para cumplir con sus fines asegurar la normalidad escolar mínima. (Acciones de la SEB, 3 Prioridades, 3 Condiciones y 2 Proyectos) Hacer del buen uso del tiempo escolar una prioridad para todos quienes participan en el quehacer educativo. (Numeral 28) Eliminar los requerimientos administrativos que distraen innecesariamente a las autoridades educativas y a las escuelas de sus funciones sustantivas. (Numeral 28.4) 1.2. Fortalecer las capacidades de gestión de las escuelas, en el contexto de su entorno, para el logro de los aprendizajes Desarrollar estándares de gestión escolar que sirvan de referente para la actuación, evaluación y mejora continua de las escuelas Normar e impulsar la operación adecuada de los consejos técnicos escolares, para la buena planeación, seguimiento de los procesos educativos y fomento del trabajo colaborativo. (Numeral 28) Constituir el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela, para acompañar y asesorar a cada plantel educativo de acuerdo con sus necesidades específicas.
13 CAPÍTULO III. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN Objetivo 1. Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población Estrategias 1.6. Utilizar la información derivada de las evaluaciones en la toma de decisiones para mejorar la calidad de la educación y evitar el abandono escolar Promover el uso de los resultados de las evaluaciones de logro para detectar y apoyar a alumnos con dificultades o rezagos en sus aprendizajes. (Artículo 12º, 696) Asegurar que la evaluación en la escuela y en el sistema educativo sirva al propósito de prevenir la exclusión y el abandono escolar. (Numeral 1) Proveer apoyos para favorecer la aceptación y facilitar el correcto análisis de las evaluaciones en las supervisiones y al interior de las escuelas Facilitar el establecimiento de redes de escuelas para compartir los aprendizajes obtenidos en las evaluaciones Impulsar el uso de evaluaciones para diseñar estrategias pertinentes para el desarrollo profesional docente. (Numeral 67) Apoyar la investigación educativa, la conformación de consejos consultivos para la educación y proyectos para la generación de propuestas de avance pedagógico.
14 CAPÍTULO III. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN Objetivo 1. Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población Estrategias 1.7. Fortalecer la relación de la escuela con su entorno para favorecer la educación integral Promover la comunicación de las escuelas con madres y padres de familia para la colaboración mutua en la tarea educativa. (Artículo 8º, 696) Promover mecanismos de información y rendición de cuentas a la comunidad por parte de las escuelas. (Numeral 69.2)
15 Acciones de la SEB 3 Prioridades generales Prioridad 1: Lograr la normalidad mínima escolar Prioridad 2. Mejorar el aprendizaje Prioridad 3. Abatir el rezago escolar desde la escuela 3 Condiciones generales Reactivar los Consejos Técnicos Escolares y de Zona Fortalecimiento de la supervisión escolar Descarga administrativa 2 Proyectos específicos Escuelas de tiempo completo Laptops para alumnos de 5º y 6º grado Subsecretaría de Educación Básica
16 ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA ANTECEDENTES El 20 de septiembre de 2013, se publicó en el DOF el Acuerdo número 696. El Segundo Transitorio del referido Acuerdo dispone lo siguiente: Queda sin efectos el Acuerdo Secretarial número 648 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2012, así como el Acuerdo que lo modificó, número 685, publicado en el referido órgano informativo el 8 de abril de 2013.
17 ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA DISPOSICIONES Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo son aplicables a todas las instituciones educativas públicas y particulares con autorización, de los ámbitos federal, estatal y municipal que imparten educación preescolar, primaria y secundaria; y se emiten sin perjuicio de las adaptaciones e inclusiones que sean necesarias en materia de educación indígena, especial o para migrantes y adultos. (Art. 2)
18 DISPOSICIONES ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA Se establece el Reporte de Evaluación como el documento que avala oficialmente la acreditación parcial o total de cada grado y nivel de la educación básica. (Art. 5) El Reporte de Evaluación deberá incluir la información referida en el propio Acuerdo 696. (Art. 6). Adicionalmente, aquella información complementaria establecida en las Normas de Control Escolar TÍTULO III Formatos de Certificación, 23
19 TÍTULO III Formatos de Certificación 23.- Formatos de Certificación: Se establecen como formatos de certificación para la educación básica, los siguientes:
20 Evaluación de herramientas fundamentales Sustento académico Sustento normativo El Reporte de evaluación permite mayores oportunidades para que los maestros puedan integrar observaciones acerca del avance de los estudiantes. Propicia el seguimiento a cada estudiante del avance en su desempeño, así como involucrar a los padres de familia de las actividades que requiere realizar el estudiante a fin de mejorar su aprendizaje. Artículo 6o.- Contenido del Reporte de Evaluación: c) Observaciones y/o en su caso, recomendaciones específicas del docente a los padres de familia o tutores, referentes a los apoyos que requiera el alumno para mejorar su desarrollo o desempeño académico. Subsecretaría de Educación Básica
21 ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA DISPOSICIONES Primer periodo: educación preescolar. El registro de información en el Reporte de Evaluación para comunicar a los padres de familia o tutores sobre los resultados de la evaluación y apoyos que requieren sus hijos o pupilos, se señala enseguida: El conocimiento de los resultados parciales por parte de los padres de familia o tutores no limita su derecho a informarse sobre el aprovechamiento escolar de sus hijos o pupilos en cualquier momento del ciclo escolar. (Art. 7)
22 TÍTULO VII Acreditación y Promoción 69.- Momentos de evaluación en la educación preescolar: La evaluación del desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa, por lo que el docente, en apego al programa de estudio y con base en las evidencias reunidas durante el proceso educativo, únicamente anotará en el Reporte de Evaluación, sus recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos, sin emplear para ello ningún tipo de clasificación o referencia numérica A partir del mes de noviembre, el docente deberá registrar en el Reporte de Evaluación, las observaciones sobre los avances del alumno, así como las recomendaciones que considere necesarias para favorecer el avance del alumno para alcanzar los aprendizajes previstos en el Plan y Programas de Estudio.
23 Evaluar para aprender sugiere iniciar con un análisis de lo que se hace con los resultados de cada una de las evaluaciones que se realizan en el aula y la escuela
24 Cuáles son las funciones del Reporte de Evaluación? El Reporte de Evaluación es el documento oficial que legitima la acreditación y certificación parcial o total de cada grado de la Educación Básica. Tiene tres funciones fundamentales: 1) ser el instrumento de registro donde se consignan los logros de aprendizaje de los alumnos y, si es necesario, las recomendaciones que considere necesarias para favorecer el avance de los alumnos para mejorar su proceso de aprendizaje; 2) ser el instrumento de comunicación de los logros de aprendizaje de los alumnos en tanto en ella se hace pública esta información y se da a conocer a los alumnos, los padres de familia o tutores, así como a las autoridades educativas, y 3) conformar, grado con grado, el historial del alumno a lo largo de su tránsito por la Educación Básica.
25 En qué se diferencia El Reporte de Evaluación de los instrumentos de registro anteriores? El Reporte de Evaluación da cuenta del desempeño del alumno en términos cuantitativos y cualitativos, la inclusión de un espacio para describir los apoyos que requiere el alumno por parte del docente, su familia y los directivos escolares, así como para describir las situaciones que interfieren o favorecen el aprendizaje de éste. Con el documento oficial citado se ayuda a hacer realidad el principio pedagógico Evaluar para aprender establecido en el Plan de estudios En la educación preescolar, sólo se utilizan niveles de desempeño, y en la educación primaria y secundaria, referentes numéricos.
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31 Consideraciones para el llenado del: Reporte de Evaluación en Preescolar Es el instrumento de evaluación oficial. Cada Campo Formativo cuenta con espacio para 220 caracteres. Para la captura se utilizan mayúsculas y minúsculas, con acentos. La información es principalmente para los padres de familia sobre el desempeño de sus hijos o tutorados. Los resultados dependen de la planeación y evaluación docente. No transcribir las Competencias, Estándares o Aprendizajes Esperados. Establecer juicios de valor sobre logros alcanzados en los tiempos considerados para cada momento de evaluación. El estilo de redacción debe considerar el contexto en que se ubica la escuela. Evitar la duplicidad exacta de resultados entre diferentes docentes. Los resultados son oficiales desde su captura y cierre de etapa. Los resultados, logros y dificultades deben ser considerados en los Consejos Escolares como insumo al cumplimiento de los propósitos establecidos. Medidas preventivas sobre la obligatoriedad sobre lectura y escritura, pensamiento matemático
32 28.- Cumplimiento del Calendario: El Director de la institución educativa pública o particular con autorización será responsable de dar cumplimiento al calendario oficial. En ese sentido, es importante mencionar que se deberá observar lo referido en el Acuerdo Secretarial número 688 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo , aplicable en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de Maestros de educación básica, publicado en Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2013, el cual señala las disposiciones para el cumplimiento de la jornada escolar; las fechas de sesión de los Consejos Técnicos Escolares; de suspensión de labores, y para conmemorar en el contexto escolar. En tal virtud, el tiempo escolar consignado en el calendario escolar será ocupado fundamentalmente en actividades de enseñanza y de aprendizaje y las labores en las escuelas se suspenderán sólo en los días señalados en el calendario, sin afectar los días de clases. En ese sentido, se busca que los Consejos Técnicos Escolares, enriquezcan con el quehacer cotidiano, el análisis de la práctica docente, directiva y de supervisión así como con la participación de otros actores vinculados con la tarea educativa que contribuyen a mejorar la calidad de la educación que brinda la escuela, sin que ello implique el incumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 51 de la Ley General de Educación. TÍTULO IV Directores, Responsables y Educadores de Planteles Escolares
33 ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA DISPOSICIONES Los alumnos con aptitudes sobresalientes que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa aplicable para la acreditación, promoción y certificación anticipada, podrán ser admitidos a la educación primaria o secundaria a una edad más temprana de la establecida o bien, omitir el grado escolar inmediato que les corresponda, en el mismo nivel educativo. (Art. 18)
34 DISPOSICIONES ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA En los procesos de inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación se aplicarán las disposiciones establecidas en las normas de control escolar que emita, para cada ciclo escolar, la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, unidad administrativa que será responsable de atender los casos de interpretación, duda o no previstos en el presente Acuerdo. (Art. 21)
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36 Período de captura para evaluar los dos primeros momentos correspondientes a los meses de noviembre y marzo en el reporte de evaluación, del 24 al 31 de Marzo y del 1 al 4 de Abril, en la página del sistema integral de control escolar
37 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR OFICINA DE CONTROL ESCOLAR EN EDUCACIÓN BÁSICA Y APOYO TÉCNICO OFICINA DE CONTROL ESCOLAR DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR DEL VALLE DE MÉXICO
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