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1 URUGU UGUAY A continuación encontrará la lista de la legislación de seguridad social de su país disponible en NATLEX, la base de la OIT de datos que contiene legislación nacional sobre trabajo, seguridad social y derechos humanos conexos, administrada por el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo. Esta legislación se remite a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR), con el fin de preparar el Estudio general sobre los instrumentos de seguridad social. Con el fin de proporcionar la CEACR con la legislación la más actualizada, por favor, completa esta lista con legislación nueva o modificada e indica cualquier otra corrección a realizar.

2 SEGURIDAD SOCIAL U R Y L Ley núm sobre trabajadores de empresas clausuradas en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto núm. 1026/973 de 28 de noviembre de Diario Oficial (Separata), , núm , 1 pág. (INFORM) Sustituye el literal C) del artículo 1 de la Ley núm de 13 de octubre de U R Y L Ley núm sobre ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de Recuperación de sus derechos jubilatorios y pensionarios. Diario Oficial, , núm , 4 págs. (DOC.NORMES) Ley, Parlamento, Leyes, Uruguay Estáestructuradadelasiguienteforma:Capítulo1:AmbitoSubjetivoCapítulo2:CómputofictodeserviciosyafiliaciónCapítulo3:RégimenJubilatorioypensionarioCapítulo4:ExclusionesCapítulo5:PensiónespecialreparatoriaCapítulo6:FinanciaciónCapítulo7:ComisiónEspecialCapítulo8:Procedimiento Texto(s) modificador(es): (URY-2007-L-77570) Ley núm sobre trabajadores de empresas clausuradas en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto núm. 1026/973 de 28 de noviembre de Texto(s) vinculado(s): (URY-2004-L-72394) Ley núm de base de prestaciones y contribuciones. Texto(s) vinculado(s): (URY-1995-L-42633) Ley núm por U R Y L Ley núm por la cual quedan obligatoriamente comprendidos en el régimen de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, los Bancos Públicos y privados y todas las empresas de intermediación autorizadas por el Poder Ejecutivo por decreto-ley núm Diario Oficial, , núm , págs. 873-A-875-A (INFORM) TambiénquedanobligatoriamentecomprendidoselBancodeSegurosdelEstado, lascompañíasdeseguros,labolsadecomercio,lasentidadesgremialesdepatronos,trabajadores,jubilados ypensionistasdelactividadfinancieraconpersonalidadjurídicaylasempresasqueseanpropiedadentidadesafiliadasalinstitutoendeterminadoscasos.paraqueseacumulenserviciosanterioresamparadosporotrosorganismosdeseguridadsocialelpersonalcomprendidoenelart.1deberácompletar3añosdeactividadcontinuaodiscontinuaposterioralavigenciadelaleyparalosqueingresenconposterioridadesteperíodosextenderáa5años,salvoexcepciones.lacajapodráorganizaregímenescomplementariosalsistemageneral.losafiliadosalacajaquecesenohayancesadoenlactividadsincausaljubilatoriapodránoptarpormantenerafiliaciónvoluntariabonandoelmontodelosaportespatronalesypersonalesobrelabasedeunasignaciónfictafijadaporlacaja.elperíododeafiliaciónvoluntariaseasimilaráalasituacióndeactividad,etc. U R Y R Resolución núm. 146/994 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se aprueba el proyecto de resolución sobre normas administrativas para la aplicación del Convenio de seguridad social entre Uruguay y Paraguay Diario Oficial, , vol. 354, núm , págs. 619-A-620-A (INFORM) U R Y L Ley núm por la que se establece el seguro de enfermedad, de invalidez y de asistencia médica. Fotocopia, 6 págs. (INFORM) Establéceseelsegurodeenfermedad,deinvalidezydeasistenciaydeméasprestacionesmédicasyfarmacéuticasparalasobrerosyempleadosdetodaslasactividadesdelaindustriadelaconstrucciónyramasconexas. U R Y R Decreto núm. 283/90, por el que se declara que el decreto núm. 169/90 no lesiona los derechos adquiridos de quienes se hayan acogido al subsidio creado por el artículo 5 de la ley núm Diario Oficial, , núm , pág. 54A (INFORM) U R Y L Ley por la que se modifican y amplían disposiciones de las leyes [de 22 dic. 1960] y [de 18 oct. 1962] sobre seguro de enfermedad, invalidez y asistencia médica para los obreros y empleados de la industria de la construcción y ramas conexas. Diario Oficial, (INFORM) U R Y C Decreto constitucional 9 relativo a los principios generales de la seguridad social, la reestructuración de parte de sus servicios y la revisión del régimen de jubilaciones y pensiones. Diario Oficial, Texto(s) modificador(es): (URY-1991-L-32407) Ley núm , por la que se modifica vigencia de subsidios para actividades públicas. U R Y C Decreto constitucional 13. Diario Oficial, (INFORM) Diversas modificaciones concernientes a la seguridad social. U R Y R Decreto 290 por el que se reglamentan normas sobre aportaciones a la seguridad social de trabajadores dependientes y no dependientes. Diario Oficial, (INFORM) Texto(s) modificador(es): (URY-1995-R-40129) Decreto núm. 43/995 por el cual se modifica el numeral 7 del artículo 1 del decreto núm. 290/982 para dar una seguridad jurídica a los agentes económicos y los contribuyentes respecto de la materia gravada en relación con las aportaciones de seguridad social. U R Y L Ley núm por la que se dictan normas para los trabajadores no dependientes que hayan declarado servicios con anterioridad a la promulgación de la presente ley. Diario Oficial, , núm , págs. 270-A A (INFORM) Estaleyestablecelregimenaplicablenelcasodelostrabajadoresnodependientesquehayandeclaradoserviciosconanterioridadalapromulgacióndelaleysinquelafiliaciónhubieracorespondidoalpagocontemporáneodelosaportes,loscualestrabajadorespodráncancelarsusadeudosyentraralgocedelapasividad. 2

3 U R Y R Decreto núm. 322/986 por el que se dictan normas reglamentarias para los cargos inspectivos de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social y jefes de oficina con dichas funciones en el interior del país. Diario Oficial, , núm , págs. 287-A A (INFORM) Apartirdel1.oenero1989establéceseconcarácterobligatorioelrégimendededicaciónexclusivaparatodosloscargosinspectivosdelaInspeciónGeneraldelTrabajoydelaSeguridadSocial,etc.Seprevéparalosfuncionariosunhorariodelabornomenordecuarentahorasemanales.LaInspeciónGeneraldelTrabajoylaSeguridadSocialevarálosregistrospertinentesdevaluacióndelrendimientodelfuncionario. Asistencia médica y prestaciones monetarias de enfermedad U R Y L Ley núm de Creación del Fondo Nacional del Salud. Diario Oficial, , núm , 3 págs. (DOC.NORMES) DisponelacreacióndelFondoNacionaldeSalud(FONASA),elqueseráadministradoporelBancodePrevisiónSocial(BPS)yfinanciaráelrégimendeprestacióndeasistenciamédicadelosbeneficiariosdelSegurodeEnfermedadelBPS,delosjubiladosdelBPSquehicieranlaopciónprevistaporelartículo187delaLeynúm.16713,de3desetiembrede195,delosfuncionariospúblicosydeotrosdependientesdelEstado. Texto(s) básico(s): (URY-1975-L-32469) Ley núm , por la que se crea como servicio descentralizado la administración de los seguros sociales por enfermedad U R Y L Ley núm de subsidio por enfermedad. Diario Oficial, , núm Sustituyelartículo25delDecreto-Leynúm ,de2dejuliode1975,porelsiguientetexto: Elsubsidioporenfermedadcomúnoesacumulablealapercepcióndelsubsidiopordesempleo,niaretribucionesdeactividad,nialadelantoprejubilatorio,nialasindemnizacionestemporariasporacidentedetrabajo. U R Y L Ley núm por la que se prorroga por determinado período lo dispuesto por la ley nún , relativo al aporte rural al seguro social de enfermedad. Diario Oficial, , vol. 354, núm , pág. 611-A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 67/993 por el que se reglamenta el régimen de amparo y aportación al seguro social por enfermedad que administra el Banco de Previsión Social Diario Oficial, , núm , págs. 1272A-1317A (DOC.NORMES) Vistolodispuestoenlosartículos37a346delaleynúm.16320quedisponemodificacionesalrégimendeamparoyaportaciónalsegurosocialyporenfermedad,queadministraelBancodePrevisiónSocial,sestablecequelPoderEjecutivofijarámensualmentelvalorpromediodelacuotamutualysusadicionales,laqueservirádebaseparaladeterminacióndelosaportesalsegurosocialporenfermedadEldecretocontienedisposicionesobrelosempresariosrurales,lostrabajadoresdomésticosylostrabajadoresadomicilioenmateriadeseguridadsocial. U R Y R Decreto núm. 179/993 por el que se amplían disposiciones del decreto núm. 67/993 referente al régimen de aportación y amparo a los seguros sociales por enfermedad que administra el Banco de Previsión Social Diario Oficial, , núm , págs. 255A-256A (INFORM) Seintroducenmodificacionesalosartículos1,12,13deldecretonúm.67/93,referentesalostrabajadoresadomicilio,alostrabajadoresquenocumplenconelmáximodejornadasestablecidasenelconvenioyalosquetienenmásdeunarelacióndedependenciaSederogaelinciso2 delartículo8deldecretonúm.65/92yseadoptanotrasdisposiciones. Texto(s) básico(s): (URY-1993-R-33753) Decreto núm. 67/ 993 por el que se reglamenta el régimen de amparo y aportación al seguro social por enfermedad que administra el Banco de Previsión Social U R Y L Ley núm , por la que se declara obligatorio el seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Recopilación y coordinación de la legislación laboral, 1977, Carozzi, L., Montevideo, Uruguay, págs (INFORM) U R Y R Decreto núm. 409/989, por el que se declara que los seguros sociales por enfermedad deben servir la prestación por asistencia médica a los trabajadores cesantes durante el término de amparo a la prestación por desempleo. Diario Oficial, , núm , pág. 24 (INFORM) U R Y R Decreto 167 por el que se declara obligatoria la lista enmendada de enfermedades adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 66 reunión. Diario Oficial, (INFORM) U R Y R Decreto núm. 285/988 por el que se derogan disposiciones del decreto núm. 90/983 sobre determinadas obligaciones de los trabajadores incluidos en los seguros sociales por enfermedad. Diario Oficial, , núm , pág. 251-A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 546/984 por el que se incorpora al régimen de seguros sociales por enfermedad la totalidad de las actividades excepto las que se determinan. Diario Oficial, , núm , pág. 354-A (INFORM) Sus disposiciones rigen desde el 1.o dic Prestaciones de vejez, invalidez y supervivencia U R Y L Ley núm de beneficios jubilatorios. Diario Oficial (Separata), , núm , 6 págs. (INFORM) Parlamento, Uruguay Regulalaflexibilizacióndelascondicionesdeacesoalajubilación.CapítuloI:Flexibilizacióndelascondicionesdeacesoalajubilacióncomún.CapítuloI:Delajubilaciónporincapacidadtotalyelsubsidiotransitorioporincapacidadparcial.CapítuloI:Flexibilizacióndelascondicionesdeacesoalajubilaciónporedadavanzada.CapítuloIV:Delsubsidioespecialporinactividadcompensada.CapítuloV:Delcómputofictodeserviciosalamujerporcargasdefamilia.CapítuloVI:DisposicionesGenerales U R Y L Ley núm sobre cómputo de servicios a los efectos jubilatorios. Diario Oficial (Separata), , núm , 2 págs. (INFORM) Parlamento, Leyes, Uruguay Contemplaelámbitosubjetivoparasituacionesfuturasypasadas,laedadmínimaparalacomputabilidaddelosserviciosfictosycalificacióndelosmismos,yelmontodelosingresosfictos. 3

4 U R Y L Ley núm sobre Régimen Tributario de las Jubilaciones y Pensiones. Diario Oficial (Separata), , núm , 3 págs. (INFORM) Parlamento, Leyes, Uruguay Crea un impuesto que grava los ingresos correspondientes a jubilaciones y pensiones, denominado Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS). U R Y L Ley núm sobre jubilados del Banco de Previsión Social que perciben menores ingresos e integran hogares de escasos recursos económicos. Diario Oficial, , núm , 2 págs. (DOC.NORMES) Ley, Poder Legislativo, Leyes, Uruguay EstablecegradualmenteunaprimaporedadparalaspersonasqueseencuentrenenelgocedeunajubilaciónservidaporelBancodePrevisiónSocialycumplancondeterminadascondicionesqueespecifica. Texto(s) básico(s): (URY-2004-L-72394) Ley núm de base de prestaciones y contribuciones. Texto(s) básico(s): (URY-1966-C-4755) Constitución de la República Oriental del Uruguay [versión consolidada] U R Y L Ley núm sobre jubilación por edad avanzada. Diario Oficial, , núm , 2 págs. (DOC.NORMES) Ley, Parlamento, Leyes, Uruguay Modificaelartículo7delaLeynúm.1738,de7denerode204,sobrelaconfiguracióndelacausaldejubilaciónporedadavanzada.Establecequeparaconfigurarcausaldejubilaciónavanzadaserequeriráelcumplimientode70añosdedadparaelhombre.Enelcasodelamujer,dichaedadserequeriráreciénenelaño2010. U R Y L Ley núm de régimen de acumulación de servicios a efectos de configurar causal de jubilación, retiro o pensión. Diario Oficial, , núm Disponequeloservicioslegalmentecomputablespodránseracumuladosaefectosdeconfigurarcausaldejubilación,retiropensiónantecualquierentidadeSeguridadSocial.Regulasimismolorelativoalcálculoypagoaproratadelosbeneficiosylagestióndeltrámitedeacumulación. U R Y L Ley núm de pensiones por discapacidad. Diario Oficial, , núm Establecequelosbeneficiariosdepensiónporinvalidezqueapartirdelavigenciadelapresenteley,yasehubierenamparadoamparenalosbeneficiosprevistosporlaLeyNº17.26,de2desetiembrede20,ycuentenconingresosporactividadremunerada,sealamismapúblicaoprivada,tienenderechoalcobrodelatotalidadelmontodelaprestaciónocontributivaentantoquedichosingresosnosuperenelmontoequivalenteatrespensionesporinvalidez. Texto(s) básico(s): (URY-2000-L-66401) Ley núm por la que se autoriza la compatibilidad entre la actividad del discapacitado en cualquier forma pública o privada con la pensión por invalidez. U R Y L Ley núm de subsidio por incapacidad. Diario Oficial, , núm ModifícaeliteralC)delartículo2delaLeyNº16.713,de3setiembrede195,sustituyéndoloporelsiguiente: C)Quesehayaverificadoelcesedelcobrodelasretribucionesdeactividadenlaqueseprodujolacausaldelsubsidiotransitorioydurantelperíododepercepcióndelmismo. U R Y L Ley núm por la que se dictan normas por pensión a la vejez o invalidez cuando el beneficiario sea discapacitado severo. Diario Oficial, , núm , 1 pág. (DOC.NORMES) Disponequelaprestaciónocontributivaporpensiónalavejezoinvalidezcuandoelbeneficiarioseaundiscapacitadoseveroquenopuedadirigirseasímismoadministrarsusnegocios,lapodráhacerefectivaelcónyuge,lospadres,hijosyhermanoslegítimosonaturales,quelotengantotalmenteasucargo. U R Y L Ley núm por la que se autoriza la compatibilidad entre la actividad del discapacitado en cualquier forma pública o privada con la pensión por invalidez. Diario Oficial, , núm , 1 pág. (DOC.NORMES) Ley núm , Parlamento, Uruguay Establecequequedautorizadalacompatibilidadentrelactividadeldiscapacitado,encualquierformapúblicaoprivada,conlapensiónporinvalidezyquelajubilacióncomúngeneradapordichactividadeldiscapacitadoserátambiéncompatiblecondichapensión. U R Y R Decreto núm. 126/001 por el que se dictan normas relativas a la fusión de Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional. Diario Oficial, , núm , págs (INFORM P60935) Regula,entreotrosaspectos,losderechosygarantíasdelosafiliados,elrégimenlegalaplicableylasdisposicionesespecialesenloscasosdefusionesdeadministradorasdefondosdeahoroprevisional,latransferenciadelosfondosdeahorosprevisionales,delasreservasespecialesdelasadministradorasfusionadasydelosaportesycontribucionesdurantelprocesodefusión,lasdisposicionesespecialesaplicablesalanuevadministradoraencasodefusiónporcreaciónycomoconsecuenciadelamisma,lasdisposicionesaplicablesaladministradorabsorbentencasodefusiónporincorporaciónylasfacultadesdelprocesodefusióndeadministradorasdefondosdeahoroprevisional. U R Y R Decreto núm. 116/000 por el cual se establecen los porcentajes que podrán alcanzar las inversiones en valores emitidos por el Estado Uruguayo con respecto al total del activo del Fondo de Ahorro Previsional. Diario Oficial, , núm , pág. 134-A (INFORM) U R Y L Ley núm por la que se dictan normas relativas a la facultad del Banco de Previsión Social para dar en uso viviendas a jubilados. Diario Oficial, , núm , págs. 85/A-86/A. (INFORM) U R Y R Decreto núm. 382/998, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por el que se dictan normas referidas a jubilación por incapacidad total y subsidio transitorio por incapacidad parcial. Diario Oficial, , núm , págs. 472-A/474-A. (INFORM) Contemplalasactividadescubiertasporeldecreto,elámbitotemporaldeaplicación,elorganismocompetenteparaelotorgamientodelajubilaciónporincapacidadtotalodelsubsidiotransitorioporincapacidadparcial,elprocedimiento(solicitud,períododecalificación,citacióndelafiliado,dictamen,vistalosinteresados),ydictalasfunciones,composiciónyfacultadesdelascomisionestécnicasevaluadoras. Texto(s) modificador(es): (URY-1999-R-54560) Decreto 193/ 999, por el que se dictan normas relativas a la aprobación y puesta en práctica, por parte del Banco de Previsión Social, del Manual de Procedimientos establecido por el Decreto 382/998. 4

5 U R Y R Decreto núm. 381/998, del ministerio de trabajo y seguridad social, por el que se aprueba el baremo para la valoración del grado de invalidez, de aplicación a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social. Diario Oficial, , núm , págs. 556-A/635-A. (INFORM) Establecelosgradosdeinvalidezapartirdeloscualeseconsideraráéstacomoabsolutaocomoparcial.Sedeterminanlasdeficiniciones,lasconsideracionesgenerales,elestudiodelpuestodetrabajoylaconsideracióndeotrosfactorescomplementariosparalavaloracióndelgradodeinvalidez.Proporcionalametodologíaparalaevaluacióndelosimpedimentos:delsistemahematopoyético,delsistemanervioso,delaparatocardiovascular,delaparatorespiratorio,delaparatourinarioygenital,delaparatodigestivo,delapiel,producidosporelsíndromedeinmunodeficienciadquirida(SIDA),deorigenendocrino,porcausaspsíquicas,porcausasneóplasticas,deorigensensorialydelsistemamusculoesquelético. U R Y R Decreto núm. 282/998, por el que se dictan normas referidas a los servicios bonificados cumplidos por los afiliados comprendidos en los artículos 61 y 64 de la ley núm Diario Oficial, , núm , pág. 713-A. (INFORM) Decretaqueloserviciosbonificadoscumplidosporlosafiliadoscomprendidosenlosartículos61y64delaleynúm.16713(porlaquesecreaelsistemaprevisional)seránconsideradoscomofinalesalosefectosdelabonificacióndelcómputoydelactuaciónmínimafinaldediezaños. U R Y R Decreto núm. 125/996 de fecha 1 de abril de 1996, por el cual se aplica el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y ahorro individual obligatorio establecido por la ley núm Diario Oficial, , núm , 111-A-120-A (INFORM) ElTítuloIregulaelrégimendejubilaciónporsolidaridadintergeneracionalelcualcomprendeatodaslasactividadesamparadasporelBancodePrevisiónSocial,bajoelrégimendeafiliaciónmúltiplevigentealafechadepromulgacióndelaleyquesereglamente.Sedisponesobrelasasignacionescomputablesencasodemúltiplempleo,lafiliaciónmúltiple,lajubilaciónporincapacidadtotalyelsubsidiotransitorioporincapacidadparcial,ladeterminacióndelmontoydemáscondicionesdelasprestaciones,elcómputodeperiodos,elrégimenaplicablealosafiliadosporcausaljubilatorial31dediciembrede196.ElTítuloI,delrégimendejubilaciónporahoroindividualobligatorio,regulaelfinanciamientodelasprestacionesdelrégimendeahoroindividual,elcálculodelmontoyprestaciones,pagodelasmismasycálculodelasrentabilidadesnominalyreal.ElTítuloIregulaelprocedimientoyórganoscompetentesparaelreconocimientodelaincapacidadparatodotrabajoparaelempleoprofesiónhabitual. Texto(s) modificador(es): (URY-1998-R-52800) Decreto núm. 382/998, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por el que se dictan normas referidas a jubilación por incapacidad total y subsidio transitorio por incapacidad parcial. U R Y R Decreto núm. 526/996 por el cual se reglamenta la realización de los traspasos, orientado a permitir la movilidad de los afiliados a la Administradora de Fondos de Ahorro previsional (AFAP) Diario Oficial, , núm , págs. 892-A A (INFORM) DisponesobrelcambiodeAdministradora,elprocedimiento,larepresentaciónydeterminacióndelvalordelfondodeahoroprevisional,lospoderesjurídicosdelBancoCentralyelcálculodelasrentabilidadesdelFondodeAhoroPrevisional.Asimismo,contienedisposicionestributarias. U R Y L Ley núm por la cual se sustituyen y modifican artículos de la ley núm , por la cual se creó el sistema previsional. Diario Oficial, , núm , pág. 82-A (INFORM) Lasmodificacioneserefierenalcálculodelsueldobásicojubilatoriodelostrabajadoresdeindustriasenquesehayanproducidoproduzcandespidoscolectivosoindividualescomoconsecuenciadeciere,clausuratotaloparcial.Tambiéndisponesobrelosintegrantesdelnúcleofamiliardelbeneficiarioaefectosdelapensiónysobrelasretencionesaefectosdelaprestaciónasistencialnocontributivaporvejezeinvalidez. U R Y R Decreto núm. 210/996 por el cual se otorgan incentivos a aquellos funcionarios que tuvieran 60 años de edad al 1ro de enero de 1997, con causal de disponibilidad por reestructura y causal jubilatoria. Diario Oficial, , núm , págs. 456-A A (INFORM) Elincentivoseráelequivalentea18mesesdesuretribuciónintegradapor:elsueldobase,losbeneficiosociales,lascompensacionesporantiguedadyporochohorasycompensacionesextraordinariasquepercibanhastaelmesinmediatoanterioraldelafechadeaceptacióndelarenuncia.Porcadañomayoralos60quetengaelfuncionarioelincentivoseverádisminuídoarazóndeunmesporaño.Seregulansimilaresincentivosparaquienerenunciendefinitivamentealafunciónpública. U R Y R Decreto núm. 399/995 por el cual se reglamenta el funcionamiento de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional a que hacen referencia los artículos 92 y siguientes de la ley núm Diario Oficial, , núm , págs. 187-A A (DOC.NORMES ; INFORM) ElnuevosistemaprevisionalcomprendealosafiliadosactivosdelBancodePrevisiónSocialmenoresde40añosal1rodeabrilde196yalosafiliadosnuevosque,apartirdelamismafecha,cualquieraseasuedad,ingresenporprimeravezalmercadodetrabajo.Todoafiliadoalrégimendejubilaciónporahoroindividualpodráelegirlibrementeunadministradora.ElafiliadoqueregistrealmenoseismesesdeaportesenunaAdministradoratienederechoacambiardeAFAP.Seregulanlasaportacionespersonales,encasodemúltiplempleo,sobresueldoanualcomplementario,enrelaciónalosubsidiosporperíodosdeinactividadcompensadasícomolasaportacionespatronales.SeregulalacreditacióndelosrecursosdelFondodeAhoroPrevisional,lasinversiones,responsabilidadesyobligacionesdelasAdministradorasyEmpresasaseguradoras.SedictandisposicionesobrelRégimenJubilatoriodeloscargosdocentes. Texto(s) modificador(es): (URY-1996-R-46209) Decreto núm. 526/996 por el cual se reglamenta la realización de los traspasos, orientado a permitir la movilidad de los afiliados a la Administradora de Fondos de Ahorro previsional (AFAP) Texto(s) modificador(es): (URY-1996-R-47836) Decreto núm. 125/996 de fecha 1 de abril de 1996, por el cual se aplica el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y ahorro individual obligatorio establecido por la ley núm U R Y R Decreto núm. 359/995 por el cual se procede por la vía reglamentaria a dar cumplimiento en lo que tiene relación con el régimen pensionario regulado por la ley núm Diario Oficial, , núm , págs. 611-A A (DOC.NORMES ; INFORM) Regulalascausalesdepensión,losbeneficiarios,lasuspensióndelajubilaciónopensión,lapérdidadelderechoalapensión,lasignacióndepensión,ladistribucióndelasignación,elconceptodenúcleofamiliar,lareliquidaciónentrecopartícipesdepensión. U R Y L Ley núm por la cual se crea el sistema previsional que se basa en el principio de universalidad y comprende en forma inmediata y obligatoria a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social. Diario Oficial, , núm , págs. 470-A A (DOC.NORMES ; INFORM) Elsistemaprevisionalcomprendeatodaslaspersonasmenoresde40añosalafechadentradaenvigencia.Cubrelosriesgosdeinvalidez,vejezysobrevivenciabasándosenunrégimenmixtoquecomprendelrégimendejubilaciónporsolidaridadintergeneracionalyelrégimendejubilaciónporahoroindividualobligatorio.Lajubilacionpuedeser:común,porincapacidadtotalyporedadavanzada.Establecelmododecálculodelsueldobásicojubilatorioasícomodelasotrasprestaciones.Losaportesdestinadosalrégimendejubilaciónporahoroindividualseránadministradosporpersonasjurídicasdederechoprivado,organizadasmediantelamodalidadesociedadesanónimas,cuyasacioneseránominativas,denominadasAdministradorasdeFondosdeAhoroPrevisional(AFAP).Seregulalautorización,requisitos,afiliación,fondodeahoroprevisional,inversiones,responsabilidadesyobligaciones,régimenimpositivoysistemadecontroldelasAFAP. Fecha de entrada en vigor: Texto(s) modificador(es): (URY-2008-L-79898) Ley núm de beneficios jubilatorios. Texto(s) modificador(es): (URY-2008-L-79552) Ley núm sobre Comisiones de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional. Texto(s) modificador(es): (URY-2004-L-72383) Ley núm de subsidio por incapacidad. 5

6 Texto(s) modificador(es): (URY-1996-L-45264) Ley núm por la cual se sustituyen y modifican artículos de la ley núm , por la cual se creó el sistema previsional. Texto(s) vinculado(s): (URY-2006-L-74862) Ley núm sobre ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de Recuperación de sus derechos jubilatorios y pensionarios. U R Y L Ley núm por la cual se interpreta que la causal jubilatoria prevista en la ley núm , se considerará configurada cuando el Directorio del Banco de Previsión Social resuelva el otorgamiento de la pasividad. Diario Oficial, , núm , pág. 986-A (INFORM) U R Y L Ley núm por la que se sustituye el artículo 490 de la ley núm relativo al sueldo básico jubilatorio de los trabajadores que se encuentren en seguro por desempleo, con un trato especial para los de la empresa Campomar y Soulas S.A. Diario Oficial, , vol. 356, núm , pág. 693-A (INFORM) Elsueldobásicojubilatoriodelostrabajadoresquesencuentrenenseguropordesempleo,subsidiopormaternidadoporenfermedadsecalcularátomandoelpromediodelasasignacionescomputablesactualizadaspercibidasdurantelosperíodosefectivamentetrabajados. U R Y R Decreto núm. 500/993 de 17 de noviembre de 1993 por el que se modifica el régimen de pasividades del Banco de Previsión Social. Indilex, , núm. 4/93, págs (INFORM) Sedeterminanloscriteriosparaestablecerlosmontosjubilatoriosdelrégimengeneraldepasividades:sueldobásicojubilatorio;asignacióndejubilacióncomún;asignacióndejubilaciónporincapacidadfísica;asignacióndejubilaciónporedadavanzada.Sestablecenloslímitesenporcentajedeasignacióndejubilación,elmáximodejubilaciónyciertasexclusionesdelasdisposicionesprecedentes. U R Y L Ley núm por la que se establece que se dispone de determinado plazo, a partir de la vigencia de la presente ley, para optar por la jubilación o reintegrarse a los cargos que desempeñaban las personas que hubieran pasado a retiro en virtud de los decretos núms. 141/993 y 182/ 993, respectivamente. Diario Oficial, , núm , págs. 68A-69A (INFORM) Laspersonasquehubierenpasadoaretiroparaacogersealajubilaciónanticipadadispondrándeunplazode30díasparaoptarporlajubilaciónoreintegrarsealoscargosquedesempeñaban. Texto(s) básico(s): (URY-1993-R-33630) Decreto núm. 182/ 993 por el que se establece que la reducción a 65 años de edad de cese obligatorio establecida en el artículo 35 de la ley 14189, comprende a los funcionarios de los organismos que se determinan. Texto(s) básico(s): (URY-1993-R-33627) Decreto núm. 141/ 993 por el que se reduce a 65 años la edad de cese obligatorio para los escalafones C personal administrativo y F personal de servicios. U R Y R Decreto núm. 182/993 por el que se establece que la reducción a 65 años de edad de cese obligatorio establecida en el artículo 35 de la ley 14189, comprende a los funcionarios de los organismos que se determinan. Diario Oficial, , núm , pág. 192-A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 141/993 por el que se reduce a 65 años la edad de cese obligatorio para los escalafones C personal administrativo y F personal de servicios. Diario Oficial, , núm , págs. 682-A A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 11/992, por el que se establece que el personal de las industrias donde se procesa mineral denominado asbesto tendrán bonificación de tres años por dos trabajados en el cómputo jubilatorio. Diario Oficial, , núm , pág. 90-A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 169/990, por el que se derogan disposiciones del decreto núm. 398/989, que reglamenta la aplicación de normas referentes al régimen jubilatorio y de subsidio para titulares de cargos electivos, políticos y de particular confianza. Diario Oficial, , núm , pág. 272A (INFORM) Sólotendránderechoapercibirelsubsidiocreadoporelartículo5 delaleynúm.15900quienesnohubieranconfiguradocausaljubilatorianticipadaenelmomentodeladesvinculacióndesucargoynopercibanhaberesprovenientesdefondospúblicos. U R Y R Decreto núm. 422/98, por el que se incrementan las asignaciones de jubilación servidas por el Banco de Previsión Social, en carácter de adelanto a cuenta del ajuste anual. Diario Oficial, , núm , pág. 53-A (INFORM) U R Y C Reforma constitucional aprobada el 26 de noviembre de Derecho Laboral, 1989, núm. 156, pág. 788 (DOC.NORMES) Seagreganalartículo67delaConstituciónlosiguientesincisos: Losajustesdelasasignacionesdejubilaciónypensiónopodránserinferioresalavariacióndelíndicemediodesalarios,ysefectuaránenlasmismasoportunidadesenquesestablezcanajustesoaumentosenlasremuneracionesdelosfuncionariosdelaAdministraciónCentral.Lasprestacionesprevistasenelincisioanteriorsefinanciaránsobrelabasede:a)contribucionesobrerasypatronalesydemástributosestablecidosporley.Dichosrecursosnopodránserafectadosafinesajenosalosprecedentementemencionados;yb)lasistenciafinancieraquedeberáproporcionarelEstado,sifuerenecesario. U R Y R Decreto núm. 398/989, por el que se reglamenta la aplicación de las normas referentes al régimen jubilatorio y de subsidio para los titulares de los cargos electivos, políticos y de particular confianza. Diario Oficial, , núm , págs. 356-A A (INFORM) 6

7 Texto(s) modificador(es): (URY-1990-R-30868) Decreto núm. 169/990, por el que se derogan disposiciones del decreto núm. 398/989, que reglamenta la aplicación de normas referentes al régimen jubilatorio y de subsidio para titulares de cargos electivos, políticos y de particular confianza. U R Y R Decreto 394 por el que se establece la forma de pago de los contribuyentes que tributan en la Caja de jubilaciones y pensiones de los trabajadores rurales, domésticos y de pensiones de vejez. Diario Oficial, (INFORM) U R Y R Decreto núm. 8/989, de 18 de enero de 1989, por el que se incrementan las asignaciones de jubilación servidas por el Banco de Previsión Social, en carácter de adelanto a cuenta del ajuste anual de pasividades. Diario oficial, , núm , págs. 577-A A (INFORM) U R Y L Ley núm por la que se modifican disposiciones sobre el cálculo del sueldo básico de jubilación. Diario Oficial, , núm , págs. 195-A A (INFORM) Modificaelart.52delamadoActoInstitucionalnúm.9,de23oct.1979,eneltextodadoporelart.10delamadoActoInstitucional13de12oct.1982,elcualart.rezasí: Elsueldobásicodejubilaciónsecalcularápromediandolosresultadosquesurjandelactualizacióndelasasignacionescomputables.percibidasenlostresañosdeactividad.Lactualizaciónseharáhastaelmesinmediatoanterioraldelcesenlactividad.Estadisposiciónoregiráparaelcasodejubilaciónporincapacidadsieltiempodeservicionoalcanzatresaños,encuyocasosetomaráelpromedioactualizadocorespondientealperíodoefectivamentetrabajado.. U R Y R Decreto núm. 502 por el que se determinan los servicios que serán bonificados, en ciertas condiciones, a los efectos del cómputo jubilatorio. Diario Oficial, , núm , págs. 523-A A (INFORM) U R Y L Ley especial núm. 10 por la que se establece que las personas que desempeñen cargos políticos o de particular confianza no necesitarán el cese de actividad para ser declaradas jubiladas. Diario Oficial, , núm , pág. 102-A (INFORM) Prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales U R Y L Ley núm , por la que se declara obligatorio el seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Recopilación y coordinación de la legislación laboral, 1977, Carozzi, L., Montevideo, Uruguay, págs (INFORM) U R Y L Ley núm , sobre responsabilidad civil del empleador en los accidentes de trabajo Recopilación y coordinación de la legislación laboral, 1977, Carozzi, L., Montevideo, Uruguay, págs U R Y L Ley núm por la que se declara la obligatoriedad del seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que regula todo lo referente a siniestros en actividad, indemnizaciones y rentas permanentes. Diario Oficial, , núm , págs (DOC.NORMES) Laleyseaplicalosempleadoresyalostrabajadoreshabitualesuocasionalesremuneradosyademásalosaprendicesypersonalaprueba,remuneradono,aquienestrabajenensupropiodomicilioporcuentadetercerosyalpersonalocupadoenhipódromosystuds.ElBancodeSegurosdelEstadoprestaráasistenciamédicayabonarálasindemnizacionesalostrabajadores,conindependenciadequelosempleadoreshayancumplidonoconlaobligacióndeasegurarlos.Noseráconsideradoacidentelquesufraeltrabajadoreneltrayectodeohaciasutrabajo,salvoexcepciones.Laleytambiéndisponesobrelasindemnizacionestemporarias,lasrentasporincapacidadpermanente,ylasenfermedadesprofesionales. Prestaciones por desempleo U R Y R Decreto núm. 280/998, por el que se sustituye el numeral 6 del apartado d) del artículo 9 del Decreto núm. 14/982, referente al régimen de prestaciones destinadas a cubrir la contingencia del desempleo forzoso. Diario Oficial, , núm , pág. 675-A. (INFORM) Establecequenosetomaráncomoingresos,queinhibandelgocedelsubsidiopordesempleo,losingresoscomplementariosvoluntariamenteservidosporlosempleadoresdurantelperiododesocupacional,seaenformavoluntariaoprovenientesdelaudosoconvenioscolectivosquestablezcansubsidiospordesempleopropios. U R Y L Decreto-Ley núm por la que se establece un régimen de prestaciones para cubrir la contingencia del desempleo forzoso de los empleados privados. Diario Oficial, , págs. 303-A A (DOC.NORMES) Disponesobrelaprestaciónpordesempleo,elperíodopreviodegeneración,exclusiones,causales,montodelsubsidio,términoycesedelaprestación,despidoficto,desocupaciónespecial,efectosdelsubsidio,desocupadosqueseacojanalajubilación,penalidades. U R Y L Ley núm por la que se aprueba la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal correspondiente al ejercicio 1991 Diario Oficial, , núm , págs A A (DOC.NORMES) ElCapítuloIdelaleyserefiereaescalafonesyracionalizaciónadministrativaydisponequel1 denerode193loscargosvacantespresupuestadoseránsuprimidos,salvoaquelosquedebanserprovistosporlasreglasdelascenso.elcapítuloidisponequelosfuncionariospúblicosdependientesdeladministracióncentralydelosorganismoscomprendidosenelartículo21delaconstituciónquepresentensurenunciasuscargosofuncionescontratadaspermanentesdentrodeunañodevigenciadestaleyparaincorporarsealactividadprivada,mantendránenreservalosmismos,duranteunmáximodeunañoysinderechoaremuneracióndisponebeneficiosadicionales,concargoalfondodereconversiónlaboralparalostrabajadoresamparadosalsubsidiopordesempleo,establecidoporeldecretoleynúm Texto(s) modificador(es): (URY-2008-L-79901) Ley núm del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional. Texto(s) modificador(es): (URY-2008-L-79997) Ley núm de Cooperativas. Texto(s) modificador(es): (URY-1996-L-43251) Ley núm por la cual se aprueba el presupuesto nacional para el actual período de Gobierno, que regirá a partir del 1 de enero de U R Y L Ley núm , por la que se agrega a una disposición de la ley núm , un inciso relativo a trabajadores de diarios de Montevideo, que quedaron cesantes por cierre, clausura o despido durante el periodo 1973 a 1985 Diario Oficial, , núm , ág. 274A (DOC.NORMES) Tiene derecho al fondo complementario instituído por la ley

8 U R Y L Ley núm , por la que se modifica vigencia de subsidios para actividades públicas. Diario Oficial, , núm , pág. 319A (INFORM) Semodificaelincisofinaldelnumeral2deliteralc)delartículo35delamadoactoinstitucionalnúm.9del23deoctubrede1979,enlaredacióndadaporelartículo5delaley1590,de21deoctubrede1987,demodoquelostitularesdeloscargosquenoestuvieranencondicionesdeacogersealajubilaciónanticipadaenelmomentodelcese,tendránderechoapercibirduranteunañocomomáximoel85porcientodesusalario. U R Y L Decreto 14/982 por el que se reglamenta la ley de 20 agosto 1981 por la la que se establece el régimen de prestaciones destinadas a cubrir la contingencia del desempleo forzoso. Diario Oficial, (DOC.NORMES) Texto(s) básico(s): (URY-1981-L-33694) Decreto-Ley núm por la que se establece un régimen de prestaciones para cubrir la contingencia del desempleo forzoso de los empleados privados. Texto(s) modificador(es): (URY-1998-R-51810) Decreto núm. 280/998, por el que se sustituye el numeral 6 del apartado d) del artículo 9 del Decreto núm. 14/982, referente al régimen de prestaciones destinadas a cubrir la contingencia del desempleo forzoso. Asistencia y servicios sociales U R Y L Ley núm de asignaciones familiares. Diario Oficial (Separata), , núm , 4 págs. (INFORM) Establece,apartirdel1denerode208,unsistemadeasignacionesfamiliaresconsistentenprestacionesmonetariasaservirsemensualmenteporelBancodePrevisiónSocial,enlaformaquedeterminelareglamentación,enbeneficiodeniñosyadolescentes(artículo1delaLeynúm.17823,de7desetiembrede204)queresidanenelteritorionacionalyque,reuniendolosdemásrequisitosprevistosenlapresenteley,integrenhogaresensituacióndevulnerabilidadsocio-económicaoesténenatencióndetiempocompletoenestablecimientosdelInstitutodelNiñoyAdolescentedelUruguayoeninstitucionesquemantenganconvenioscondichoInstituto. Texto(s) básico(s): (URY-2004-L-72088) Ley por la que se dicta el Código de la Niñez y la Adolescencia. U R Y L Ley núm sobre subsidio otorgado por el Banco de Previsión Social a personas carenciadas entre 65 y 70 años. Diario oficial (Separata), , núm , 2 págs. (INFORM) Instituye,apartirdel1denerode208,unsubsidioparapersonasdesesentaycincomásañosdedadymenoresdesetentañosque,careciendoderecursosparasubvenirasusnecesidadesvitales,integrenhogaresquepresentencarenciascríticasensuscondicionesdevida.DichosubsidioseráservidoporelBancodePrevisiónSocialconlosfondosquealefectoletransfieraelMinisteriodeDesaroloSocial. U R Y L Ley núm de créditos o prestaciones laborales originados en la relación de trabajo. Diario Oficial, , núm , 2 págs. (DOC.NORMES) Establece que las acciones originadas en las relaciones de trabajo prescriben al año, a partir del día siguiente a aquél en que haya cesado la relación laboral en que se fundan. Texto(s) básico(s): (URY-1974-L-63850) Ley núm sobre Juicios laborales. U R Y L Ley núm sobre Asignaciones Familiares. Diario Oficial (Separata), , núm , 6 págs. (DOC.NORMES) Ley núm , Parlamento, Uruguay Disponequelasignaciónfamiliaresunaprestaciónendineroqueseserviráatodoempleadodelactividadprivadaqueprestareserviciosremuneradosatercerosyquetengahijosomenoresasucargo.Regulalascondicionesdelasignaciónfamiliarengeneralasícomoelsubsidiopormaternidad. Fecha de entrada en vigor: U R Y L Ley núm sobre Fondos Sociales de Vivienda. Poder Legislativo, Uruguay, 2 págs. DisponequelosFondosSocialesdeVivienda,creadosdeconformidadconlaleynúm.13728,tendránderechoahacereteneralasempresasyorganismospúblicosyprivadosunporcentajedelosueldosasusintegrantes,porobligacionescontraídasconlosmismos. Texto(s) básico(s): (URY-1968-L-34423) Ley núm de 17 de diciembre de 1968, en la que se declara de interés público la creación de un sistema de fondos sociales para la vivienda U R Y L Ley núm por la que se dictan normas relativas a la facultad del Banco de Previsión Social para dar en uso viviendas a jubilados. Diario Oficial, , núm , págs. 85/A-86/A. (INFORM) U R Y L Ley núm por la que se declara que el producido del impuesto que grava a jubilaciones y pensiones servidas por el Banco de Previsión Social (artículo 25 del decreto ley núm ) queda afectado a la construcción de viviendas para el usufructo de jubilados y pensionistas Diario Oficial, , núm , pág. 241A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 68/971 de 3 de febrero de 1971 por el que se reglamenta la constitución y funcionamiento de los fondos sociales de vivienda Fotocopia, fichero CADE, , 2 págs. (DOC.NORMES) LosfondossocialesdeviviendacreadosporlosconvenioscolectivosylaudosdelosConsejosdesalariosseránadministradosporlascomisionesadministradorashonorariasinstituidasporéstos. Texto(s) básico(s): (URY-1968-L-34423) Ley núm de 17 de diciembre de 1968, en la que se declara de interés público la creación de un sistema de fondos sociales para la vivienda U R Y L Ley núm de 17 de diciembre de 1968, en la que se declara de interés público la creación de un sistema de fondos sociales para la vivienda Fotocopia, fichero CADE, , 1 pág. (DOC.NORMES) Elartículo17delaleydeclaradeinteréspúblicolacreacióndeunsistemadeaportesolidariogremialparaconstituirfondosocialesparalaconstruciónyconservacióndeviviendaspropias.CuandoelaportesestablezcaenunconveniocolectivoenunlaudodelConsejodeSalarios,elmismoadquirirácarácterdefinitivoyobligatorioparatodoslostrabajadoresy/oempleadoresdelgrupodequesetrate. Texto(s) modificador(es): (URY-2008-L-79997) Ley núm de Cooperativas. Administración y financiación U R Y L Ley núm sobre Comisiones de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional. Diario Oficial (Separata), , núm , 1 pág. (INFORM) Parlamento, Leyes, Uruguay Sustituyelnumeral2delartículo103delaLeynúm.16713,de3deseptiembrede195porlacualsecreaelsistemaprevisionalquesebasaenelprincipiodeuniversalidadycomprendenformainmediatayobligatoriatodaslasactividadesamparadasporelBancodePrevisiónSocial. 8

9 U R Y L Ley núm de beneficiarios del Banco de Previsión Social internados en hogares de ancianos. Diario Oficial (Separata), , núm (INFORM) ElBancodePrevisiónSocial,cumplidoslosrequisitosestablecidosenlapresenteley,quedaobligadoaretenerdelasjubilaciones,pensionesoprestacionesnocontributivasporvejezeinvalidezquesirvealosresidentesdeloshogaresdeancianos,(artículo3delaLeynúm.1706,de24dediciembrede198),debidamenteregistradosyadheridosalProgramaqueadministraelreferidorganismo,ydelasinstitucionespúblicasquecumplenanálogasfunciones,lascantidadesquelecomuniquendestinadasacubrirloscostosdeloserviciosqueprestanasusresidentesyprevioconsentimientodeéstosdebidamentedocumentado. U R Y L Ley núm de topes jubilatorios comprendidos en el acto institucional núm. 9. Diario Oficial (Separata), , núm , 2 págs. (DOC.NORMES) Ley, Poder Legislativo, Leyes, Uruguay DisponequelaspersonasjubiladasporelrégimendelamadoActoInstitucionalnúm.9,de23deoctubrede1979,ymodificativas,cuyoscesesenlactividadseprodujeronapartirdel1denerode194,ysuspasividadesfueronlimitadasporeltopejubilatoriodesietesalariosmínimosnacionales,tendránderechoalareliquidacióndesuspasividadesobrelabasedeaumentarelmencionadotopeinicialapartirdelaño194,inclusive,arazóndeunsalariomínimonacionalporaño,segúnlafechadecese,hastalcanzarelímitemáximoestablecidoporelincisosegundodelartículo76delaLeynúm.16713,de3desetiembrede195. Texto(s) básico(s): (URY-1979-C-14471) Decreto constitucional 9 relativo a los principios generales de la seguridad social, la reestructuración de parte de sus servicios y la revisión del régimen de jubilaciones y pensiones U R Y L Ley núm de base de prestaciones y contribuciones. Diario Oficial, , núm CrealaBasedePrestacionesyContribuciones(comobasedeaportaciónalaseguriedadsocial,comomontomínimomáximodeprestacionesociales,ocualquierotraunidadecuentaoindexación)queseráequivalentealvalordelsalariomínimonacionalyseactualizaráenfuncióndelasituaciónfinancieradelEstadoyaopcióndelPoderEjecutivo,enlasmismasoportunidadesquelosajustesgeneralesderemuneracionesdelaAdministraciónCentral,enunporcentajequivalentealavariacióndelíndicedepreciosalconsumoquepublicaelInstitutoNacionaldeEstadísticaenelperíodoentreajusteolavariacióndelíndicemediodesalariosquepublicaelInstitutoNacionaldeEstadísticaenelperíodocomprendidoentrelpenúltimomesprevioalafechadevigenciadelajusteanterioryelpenúltimomesprevioalavigenciadelnuevovalor. Texto(s) vinculado(s): (URY-2006-L-74862) Ley núm sobre ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de Recuperación de sus derechos jubilatorios y pensionarios. U R Y L Ley núm por la que se autoriza la constitución de Sociedades Administradoras de Fondos Complementarios de Previsión Social con autonomía financiera a nivel gremial o profesional. Poder Legislativo, Uruguay, 3 págs. RegulaelfuncionamientodelasSociedadesAdministradorasdeFondosComplemtariosdePrevisiónSocial,lascualestendráncomobjetoprincipalelestablecimientoderegímenesdeprevisiónindividualcomplementariosdelsistemadeseguridadsocial,deadscripciónvoluntaria,paralacoberturadelascontingenciasrelativasalaincapacidad,totaloparcial,lavejezolamuerte. U R Y R Decreto núm. 123/001 por el cual se reglamenta el régimen de inversiones permitidas para los Fondos de Ahorro Previsional previsto en los artículos 13 y 123 de la Ley núm Diario Oficial, , núm , págs (INFORM P60935) U R Y R Decreto núm. 218/999, por el que se reglamenta la inscripción de las sociedades administradoras de fondos complementarios de previsión social en el registro a cargo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Diario Oficial, , núm , págs. 178/A-179/A. (INFORM) U R Y R Decreto 193/999, por el que se dictan normas relativas a la aprobación y puesta en práctica, por parte del Banco de Previsión Social, del Manual de Procedimientos establecido por el Decreto 382/998. Diario Oficial, , núm , págs. 47/A-48/A. (INFORM) U R Y R Decreto núm. 361/998, mediante el que se dictan normas referidas a la contribución especial patronal por servicios bonificados creada por el artículo 39 de la ley núm Diario Oficial, , núm , págs A/1662-A. (INFORM) U R Y R Decreto núm. 131/997 por el cual se adoptan medidas tendientes a corregir el funcionamiento del nuevo sistema previsional establecido por la ley núm Diario Oficial, , núm , pág. 230-A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 131/997 por el cual se adoptan medidas tendientes a corregir el funcionamiento del nuevo sistema previsional establecido por la ley núm Diario Oficial, , núm , pág. 230-A (INFORM) U R Y R Decreto núm. 126/001 por el que se dictan normas relativas a la fusión de Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional. Diario Oficial, , núm , págs (INFORM P60935) Regula,entreotrosaspectos,losderechosygarantíasdelosafiliados,elrégimenlegalaplicableylasdisposicionesespecialesenloscasosdefusionesdeadministradorasdefondosdeahoroprevisional,latransferenciadelosfondosdeahorosprevisionales,delasreservasespecialesdelasadministradorasfusionadasydelosaportesycontribucionesdurantelprocesodefusión,lasdisposicionesespecialesaplicablesalanuevadministradoraencasodefusiónporcreaciónycomoconsecuenciadelamisma,lasdisposicionesaplicablesaladministradorabsorbentencasodefusiónporincorporaciónylasfacultadesdelprocesodefusióndeadministradorasdefondosdeahoroprevisional. 9

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