CIRCULAR DP Nº 10/12 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES UNIVERSITARIOS MENSUAL MARZO/2012
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- Rodrigo Saavedra Muñoz
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1 CIRCULAR DP Nº 10/12 Buenos Aires, 08 de febrero de 2012 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES UNIVERSITARIOS MENSUAL MARZO/2012 Se pone en conocimiento de las áreas operativa de la Organización que, a partir del mensual marzo/2012, se otorgó a los beneficiarios comprendidos en la Ley (Docente Universitarios) un incremento del. Por lo expuesto se detallan a continuación, las pautas establecidas en cada caso para dar cumplimiento a la liquidación de la movilidad: 1. Beneficios Docentes Universitarios puros. Se aplicará el aumento correspondiente a la Ley (Docente Universitarios) del siempre que la Ley Aplicada del beneficio sea: UA Ley Docente Universitario 2. LEY con Simultaneidad con Leyes generales. Se aplicará el aumento correspondiente a la Ley General del 17,62 % siempre que la Ley Aplicada del beneficio sea: UB Ley Simultaneidad con Ley anterior a Ley UC Ley Simultaneidad con Ley UV Ley Simultaneidad con Ley ex Capitalización. 3. LEY con Simultaneidad o haberes conjuntos con Leyes Especiales. Se aplicará la movilidad correspondiente a la Ley cuyo monto de haber sea mayor, siempre que la Ley Aplicada del beneficio sea:
2 UD Ley Simultaneidad con Ley UG Haber conjunto Ley con Ley 24016/137 - Leyes anteriores a Ley UH Haber conjunto Ley con Ley 24016/137 - Ley UZ Ejemplos por Ley Aplicada: Haber conjunto Ley con Ley 24016/137 - Ley ex Capitalización. Ejemplo 1. Ley Aplicada UA - Se aplica el aumento de Docente Universitario $ 2.000,00 $ 2.000, $ 2.240,00 $ 2.240,00 Ejemplo 2. Ley Aplicada UB - Haber de simultaneidad de Ley mayor o menor al Haber de Ley General, se aplica aumento de Ley General 17,62 % $ 1.000,00 $ 1.500,00 $ 2.500, $ 1.176,20 $ 1.764,30 $ 2.940,50 Ejemplo 3. Ley Aplicada UC - Haber de simultaneidad de Ley menor o mayor al Haber de Ley , se aplica aumento de Ley General 17,62 % ,62 642,51 292,05 $ 1.168,20 $ 2.780,38
3 ,02 755,72 343,51 $ 1.374,03 $ 3.270,28 Ejemplo 4.a. Ley Aplicada UD - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley menor al Haber de Ley , no se aplica aumento y se genera un reporte para su tratamiento manual por parte de la Unidad de Atención de Trámites de Alta Complejidad $ 1.500,00 $ 1.000,00 $ 2.500, (*) $ 1.500,00 $ 1.000,00 $ 2.500,00 (*) El concepto corresponde al haber de Ley Ejemplo 4.b. Ley Aplicada UD - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley mayor al Haber de Ley , se aplica aumento de Ley Docente Universitario: $ 1.000,00 $ 1.500,00 $ 2.500, (*) $ 1.120,00 $ 1.680,00 $ 2.800,00 (*) El concepto corresponde al haber de Ley Ejemplo 5.a. Ley Aplicada UG - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley menor al Haber de Ley /137 leyes anteriores, se debe aplicar el aumento de régimen Docente $ 1.500,00 $ 300,00 $ 1.000,00 $ 2.800,00
4 ,62 % 17,62 % $ 1.764,30 $ 352,86 $ 1.176,20 $ 3.293,36 Nota: Los conceptos corresponden al haber de Ley Ejemplo 5.b. Ley Aplicada UG - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley mayor al Haber de Ley /137 leyes anteriores, se debe aplicar el aumento de Ley Docente Universitario: $ 1.000,00 $ 300,00 $ 1.500,00 $ 2.800, $ 1.120,00 $ 336,00 $ 1.680,00 $ 3.136,00 Nota: Los conceptos corresponden al haber de Ley Ejemplo 6.a. Ley Aplicada UH - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley menor al Haber de Ley /137 Ley , se debe aplicar el aumento de régimen Docente $ 677,62 $ 642,51 $ 292,05 $ 500,00 $ 1.168,20 $ 3.280, $ 797,02 $ 755,72 $ 343,50 $ 588,10 $ 1.374,03 $ 3.858,37 Nota: Los conceptos 001-XXX corresponden al haber de Ley
5 Ejemplo 6.b. Ley Aplicada UH - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley mayor al Haber de Ley /137 leyes anteriores, se debe aplicar el aumento de Ley Docente Universitario: $ 677,62 $ 642,51 $ 292,05 $ 500,00 $ 3150,00 $ 5.262, (1) $ 797,02 $ 719,61 $ 327,10 $ 521,91 $ 3.528,00 $ 5.893,64 (1) El monto de la PBU debe respetarse de acuerdo al aumento de Ley Gral., con lo cual la diferencia entre esta y la que surja de aplicar el ($ 38,09) debe restarse al concepto , el cual quedaría compuesto de la siguiente forma: a 03/2012 = 500,00 x 1,12 38,09 = $ 521,91 Nota: Los conceptos 001-XXX corresponden al haber de Ley Ejemplo 7. Ley Aplicada UV - Haber de simultaneidad de Ley menor o mayor al Haber de Ley con ex capitalización, se aplica aumento de Ley General 17,62 % El tratamiento es igual al dispensado a la Ley UC, solo que la liquidación posee un haber del ex-régimen de capitalización (003-XXX ó 005-XXX). Ejemplo 8. Ley Aplicada UZ - Haber de la Prestación o simultaneidad de Ley menor al Haber de Ley /137 Ley con ex-capitalización. El tratamiento es igual al dispensado a la Ley UH, solo que la liquidación posee un haber del ex-régimen de capitalización (003-XXX ó 005-XXX), con lo cual los conceptos 001-XXX XXX ó 005-XXX corresponden al haber de Ley / Decreto 137/2005.
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