Derecho Civil y Mercantil. Lectura No.7 Títulos de crédito

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Derecho Civil y Mercantil. Lectura No.7 Títulos de crédito"

Transcripción

1 Derecho Civil y Mercantil Lectura No.7 Títulos de crédito

2 Contextualización En muchas ocasiones el dinero necesita ser manejado a través del tiempo y distancias, por lo que es necesario utilizar diversos instrumentos que faciliten el manejo de grandes cantidades de dinero, razones por las cuales tienen razón de ser los títulos de crédito, a esto se debe añadir que la seguridad también es muy importante y esto se da con la capacidad de reducir fuertes cantidades de dinero a documentos que sean de fácil traslado...

3 Introducción Es de suma importancia conocer los diferentes títulos de crédito y sus diferentes características y describir las funciones y utilidad de los títulos de crédito. Los títulos de crédito son definidos por la legislación mexicana por la Ley de Títulos y Operaciones de crédito (LGTOC) la cual señala en su artículo 1 que son cosas mercantiles y agrega en el 5 que son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ello se consigna.

4 6.1 Concepto y clases Qué son los títulos de crédito? El título de crédito es el documento necesario que presume la existencia de un derecho de carácter: literal, personal, legítimo, patrimonial, consustancial, autónomo y que está destinado a circular. Las clases de los diferentes títulos de crédito han sido clasificadas conforme varios criterios, conforme a la ley, a la doctrina, a la práctica, expondremos las más utilizadas: 1. Según si son regidos por la ley. 2. Según el objeto del documento. 3. Por la forma de creación. 4. Por la sustantividad del documento. 5. Por la forma de circulación. 6. Por su eficacia procesal. 7. Según su función económica. 8. Según la naturaleza del emisor.

5 6.2 Características de los títulos de crédito Cómo identificar un título de crédito? De la definición antes mencionada de los títulos de crédito derivamos las características de éstos, las características más importantes son: la incorporación, la legitimación, la literalidad y la autonomía las cuales explicaremos. INCORPORACIÓN. Cervantes explica que el título de crédito es un documento que lleva incorporado un derecho, en tal forma que el derecho, va íntimamente unido al título y su ejercicio está condicionado por la exhibición del documento. (1998, p. 10) Para Tena (2006) la incorporación [ ] consiste en el consorcio indisoluble del título con el derecho que representa [ ] entre el derecho y el título existe una cópula necesaria [ ], el primero va incorporado en el segundo (p. 306).

6 6.2 Características de los títulos de crédito LEGITIMACIÓN. La legitimación es la función que tiene el título de investir al adquirente del derecho que le transmite el anterior tenedor; consiste en la certeza y seguridad jurídica necesarias para determinar que quien cobra la deuda cambiaria es verdaderamente el que tiene derecho de hacerlo (Dávalos, 2009, p. 74). La legitimación tiene dos aspectos (Cervantes, 1998, pp ) Legitimación activa: consiste en la propiedad o calidad que tiene el título de crédito de atribuir a su titular la facultad de exigir el obligado en el título, el pago de la prestación que en él se condigna. La legitimación pasiva: consiste en que el deudor obligado en el título de crédito, cumple su obligación y por tanto se libera de ella, pagando a quien aparezca como titular en el documento.

7 6.2 Características de los títulos de crédito LITERALIDAD. El artículo 5 hace referencia a esta característica cuando menciona que se ejercerá el derecho literal consignado en él, quiere esto decir, dice Cervantes (1998, p. 11) que tal derecho se medirá en su extensión y demás circunstancias por la letra del documento. AUTONOMÍA. La expresión de autonomía indica que el derecho del titular es un derecho independiente, en el sentido de que cada persona que va adquiriendo el documento, adquiere un derecho propio, distinto del derecho que tenía o podría tener quien le transmitió el título.

8 6.3 La letra de cambio Qué título me ofrece respaldo personal? La letra de cambio es un título de crédito que contiene la orden incondicional de hacer pagar que una persona llamada girador, da a otra llamada girado, de pagar una suma de dinero a un tercero denominado beneficiario o tomador, en época y lugar determinados. Requisitos: Artículo 76.- La letra de cambio debe contener: I.- La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento; II.- La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe; III.- La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero; IV.- El nombre del girado; V.- El lugar y la época del pago; VI.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y VII.- La firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre.

9 6.4 El pagaré Qué título me obliga directamente con mi acreditante? Según la Real Academia de la Lengua Española se define al pagaré como: Papel de obligación por una cantidad que ha de pagarse a tiempo determinado, los requisitos que debe contener el pagaré están establecidos en la LGTOC: I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; Pagaré como sustantivo, es decir un es un título de crédito; no como verbo, si incluye pagaré una cantidad no cumple con los requisitos de ley II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; La letra contiene una orden y el pagaré una promesa incondicional de pago III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; Según la legislación no puede ser al portador, es necesario el nombre de la persona a quien ha de pagarse. IV.- La época y el lugar del pago.

10 6.5 El cheque Qué título me ofrece respaldo institucional? El cheque es el mandato escrito de pago, para cobrar una cantidad determinada de los fondos que quien lo expide tiene disponibles en un banco (Real Academia de la Lengua Española); por lo que Dávalos (2009, p. 256) argumenta que: El cheque es el título que permite al librador emisor- disponer del dinero de su propiedad (artículo 175 de la LGTOC), depositado en la cuenta de un banco, el cual para entregar el dinero, exige al beneficiario que se identifique como acreedor de esa cuenta, precisamente con la exhibición del cheque.

11 6.6 Otros títulos de crédito Pregunta de reflexión al tema? La acción societaria es el título de crédito representativa de la cuota social aportada a la sociedad anónima, la cual presenta las siguientes características: a) Nominativo.- se encuentra reglamentado en la Ley General de Sociedades Mercantiles b) Personal.- cuya principal función es la de atribuir la calidad de socio a quien lo posee c) Serial.- Se emiten en masa d) Principal.- ligado a uno accesorio, el cupón. e) Puede ser nominativo o al portador f) De especulación

12 Conclusión Los títulos de crédito como instrumento para seguridad y eficacia financiera pueden ofrecer respaldo personal o institucional cuando existen terceras personas involucradas que son depositarios o hacen funciones de intermediarios, además de tener la ventaja de ser ejecutables con la simple presentación del mismo documento ya que constituyen prueba plena de la obligación. En la actualidad los títulos de crédito y las instituciones que los manejan han cobrado mayor importancia por el comercio internacional, sin embargo suelen manejarse los documentos tradicionales para relaciones particulares.

13 Clases de títulos de crédito 1. Según si son regidos por la ley. a. Nominados: contemplados por la ley. b. Innominados: No están contemplados en la legislación sin embargo se dan por los usos mercantiles. 2. Según el objeto del documento. a. Personales: son aquellos cuyo objeto principal es atribuir a su tenedor una calidad personal miembro de una corporación. b. Obligacionales: son aquellos cuyo objeto principal es un derecho de crédito y atribuyen a su titular acción para exigir el pago de las obligaciones a cargo de los suscriptores. c. Reales: son aquellos cuyo objeto principal consiste en un derecho real sobre la mercancía amparada por el título.

14 3. Por la forma de creación. a. Singulares: son creados uno a uno en cada acto de creación. b. Seriales: se crean en masa o en serie. 4. Por la sustantividad del documento. a. Principales: subsiste por sí mismo. b. Accesorios: dependen de un título principal. 5. Por la forma de circulación. a. Nominativos: los expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento. b. A la orden: son los que estando expedidos a favor de determinada persona, se trasmiten por medio del endoso y de la entrega misma del documento.

15 6. Por su eficacia procesal. a. Plena: son los que basta exhibirlos para que se consideren por sí mismos suficientes para el ejercicio de la acción en ellos consignada. b. Limitada: para tener eficacia, necesita ser complementado con elementos extraños, extracartulares. 7. Según su función económica. a. Especulación: Se especula con los títulos de crédito cuyo producto no es seguro, sino fluctuante. b. Inversión: Se invierte cuando se trata de tener una renta asegurada y con apropiada garantía. 8. Según la naturaleza del emisor. a. De deuda pública: los títulos creados por un sujeto de derecho público. b. De deuda privada: los creados por particulares.

16 Letra de cambio Sujetos De esto deducimos que en la letra de cambio intervienen para su funcionamiento tres sujetos: Girador: El que crea el título y da la orden de pago. Girado: Acepta la orden de pago firmando el documento, comprometiéndose a pagar, por lo tanto responsabilizándose. Beneficiario: El que va a cobrarlo, recibe la suma de dinero en el tiempo señalado

17 Formas de emisión Artículo 79.- La letra de cambio puede ser girada: I.- A la vista; que la letra sea pagadera a la vista, quiere decir que el girado debe pagarla a su presentación. II.- A cierto tiempo vista; se deberá presentar al girado para que la acepte y desde la aceptación empieza a correr el plazo para el pago. III.- A cierto tiempo fecha; el plazo para el pago comienza a contar desde la fecha de suscripción. IV.- A día fijo, el que se establezca en el documento. La Letra de cambio puede tener varias modalidades, las cuales pueden ser:

18 Letra domiciliada.- Ordinariamente es lugar de pago el domicilio del girado, y la ley presume esto en caso de que no figure en la letra el lugar del pago, pero puede señalarse como tal lugar, el domicilio o residencia de un tercero (artículo 83 LGTOC). Letra recomendada.- El girador y cualquier otro obligado, pueden indicar en la letra el nombre de una o varias personas a quienes deberá exigirse la aceptación y pago de la misma, o solamente el pago, en defecto del girado, siempre que tengan su domicilio o su residencia en el lugar señalado en la letra para el pago, o a falta de designación del lugar, en la misma plaza del domicilio del girado (artículo 84 LGTOC).

19 Letra documentada.- Puede incluirse en la letra las cláusulas documentos contra aceptación o documentos contra pago, o de las mencionadas D/a o D/p, (artículo 89 LGTOC). Esto indica que la letra va acompañada de ciertos documentos, los cuales se entregarán al girado, previa aceptación o pago de la letra. Este tipo de letras se usan en transacciones internacionales. La aceptación.- La aceptación de la letra de cambio es el acto por medio del cual el girado estampa su firma en el documento, manifestando así su voluntad de obligarse cambiariamente a realizar el pago de la letra. Normalmente se consigna también la fecha en la que el acto se verificó. Esto es relevante para las letras a cierto tiempo vista y para aquellas que la ley ordena un plazo determinado, porque así lo indique su texto; luego la fecha no es un requisito esencial, pues en caso de omisión, el tenedor puede consignarla (artículo 98 LGTOC).

20 La aceptación por intervención Cuando el girado no acepta la letra de cambio, la puede aceptar un tercero, después del protesto. La institución de la aceptación por intervención tiene sus causas, en el interés que tienen los obligados en que la letra no se perjudique por falta de aceptación. Entonces, un tercero, interesado en favorecer a alguno de los signatarios, interviene por él, aceptando la letra. El pago El lugar de pago generalmente es el domicilio del girado, pero puede señalarse el domicilio o la residencia de un tercero. El pago debe hacerse contra la entrega de la letra, si no se recoge, el pago no es válido, sin embargo en caso de que el pago sea parcial el tenedor debe conservarla hasta

21 Pago por intervención: Si la letra no es pagada por el girado la ley establece el orden que ha de seguirse: el aceptante por intervención, el recomendatario y al final un tercero. Protesto: La letra puede ser protestada, el protesto lo define la Real Academia de la Lengua española como la diligencia que, por no ser aceptada o pagada una letra de cambio, se practica bajo fe notarial para que no se perjudiquen o amengüen los derechos y acciones entre las personas que han intervenido en el giro o en los endosos de él se practica por medio de funcionario con fe pública, su función es demostrar que la letra de cambio fue presentada en tiempo oportuno para su aceptación o su pago, de los cuales derivan los tipos de protesto: * Protesto por falta de aceptación * Protesto por falta de pago

22 El pagaré Requisitos Artículo Si el pagaré no menciona la fecha de su vencimiento, se considerará pagadero a la vista; si no indica el lugar de su pago, se tendrá como tal el del domicilio del que lo suscribe. (LGTOC) V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y para efectos de caducidad, prescripción y la capacidad, estos elementos son de suma importancia. VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. Por ser la única manera de conocer al sujeto que se obligó y de comprobar la manifestación de su voluntad de haberse querido obligar cambiariamente, su omisión representa la nulidad del título y de la obligación (Dávalos, 2009, p.235)

23 El cheque Reglas para el libramiento Las reglas, según el mismo autor, para el libramiento son (op.cit., p.356): Sólo se puede librar contra una institución de crédito autorizada para ello Sólo lo puede librar la persona que tenga celebrado un contrato de depósito de dinero a la vista en cuenta corriente de cheques, con el banco librado Sólo se puede librar cuando el librador tenga fondos suficientes en su cuenta

24 Requisitos Los requisitos que dispone la ley debe contener un cheque son: I.- La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento; II.- El lugar y la fecha en que se expide; III.- La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero; IV.- El nombre del librado; V.- El lugar del pago; y VI.- La firma del librador.

25 Elementos personales Los elementos personales en este caso son: Librador: Quién da la orden incondicional de pago a la institución del crédito Tenedor o beneficiario: Quien cambia el cheque en la institución bancaria y recibe el pago Librado: La institución de crédito. Tipos Según la ley el cheque puede ser nominativo o al portador (artículo 179 LGTOC): El cheque expedido por cantidades superiores a las establecidas por el Banco de México, a través de disposiciones de carácter general que publique en el Diario Oficial de la Federación, siempre será nominativo. El cheque nominativo puede ser expedido a favor de un tercero, del mismo librador o del librado. El cheque expedido o endosado a favor del librado no será negociable.

26 Cruzado.- Aquel que el librador o tenedor crucen con dos líneas paralelas trazadas en el anverso. Esta modalidad implica que únicamente podrá ser cobrado por una institución de crédito. Si se especifica entre las líneas el nombre de la institución el cruzamiento se denomina especial ; caso contrario el cruzamiento es general, que puede devenir cruzamiento especial, sin que este pueda variar por ningún concepto (artículo 197). Esta costumbre de cruzar cheques apareció en las cámaras de compensación. Certificado.- El librador puede exigir que el librado, antes de la emisión del cheque, lo certifique, declarando que existen en su poder fondos bastantes para pagarlo. La certificación no puede ser parcial y sólo puede extenderse en cheques nominativos (artículo 199), ya que si se expidiesen al portador, éstos harían las veces de billetes de banco. Tampoco es negociable y para su revocación precisa que el librador lo entregue al librado (artículo 199).

27 De caja.- La emisión de este tipo de cheques tiene la particularidad de que hacen concurrir en la institución de crédito las calidades de librador y librado. Para su validez deberán ser nominativos y no negociables (artículo 200). Para abono en cuenta.- A la presentación de un cheque con la cláusula para abono en cuenta el librado no hará el pago en efectivo, sino que abonará el importe en la cuenta que lleve del tomador o abra a favor del mismo. Este tipo de cheques no es negociable (artículo 198).

28 Libramiento al descubierto Ahora bien, puede suceder que el librador dé un cheque, que se presente en tiempo y que no se pague por causa imputable al propio librador, es responsable de los daños y perjuicios que sufra el tenedor; la indemnización que éste tiene derecho a recibir no puede ser menor de 20% del valor del cheque, esto es, si el cheque no se paga por no tener el librador fondos disponibles al expedirlo por haber dispuesto de los fondos que tuviere antes de que transcurra el plazo de presentación o por no tener autorización para expedir cheques a cargo del librado, entonces el librador comete el delito de fraude e incurre en la pena respectiva. Pago El cheque será siempre pagadero a la vista, debe pagarse en el momento en que se presente al librado. Como título de crédito que es, el pago del cheque debe hacerse contra su entrega.

29 Presentación El cheque debe ser presentado para su pago en la dirección en él indicada, y a falta de esa indicación, debe serlo en el principal establecimiento que el librado tenga en el lugar del pago (artículo 180 LGTOC). El librado tiene la obligación de pagar el importe, siempre y cuando tenga fondos suficientes del librador, aun cuando este devenga incapaz o haya fallecido (artículo 187). Cuando la institución de crédito se niegue sin justa causa a pagar un cheque, teniendo fondos suficientes del librador, debe resarcirlo de daños y perjuicios que le ocasione, y la indemnización no puede ser menor de 20% del valor del cheque.

30 Plazos para la presentación Artículo Los cheques deberán presentarse para su pago: I.- Dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición; II.- Dentro de un mes, si fueren expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio nacional; III.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos en el extranjero y pagaderos en el territorio nacional; y IV.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos dentro del territorio nacional para ser pagaderos en el extranjero, siempre que no fijen otro plazo las leyes del lugar de presentación.

31 Otros títulos de crédito Elementos personales Los elementos personales de la acción son: La sociedad: emisora y deudora de los derechos consignados El socio: los acreedores LAS OBLIGACIONES Artículo Las sociedades anónimas pueden emitir obligaciones que representen la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora. Definición y características de la obligación La emisión es mediante títulos denominados obligaciones, que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad, que corresponde al dinero ingresado masivamente por la compra de los títulos. En algunos casos las obligaciones pueden convertirse en acciones. (Dávalos, 2009, p. 332)

32 Elementos personales Los elementos personales son: La sociedad emisora: deudora Los obligacionistas: acreedores La asamblea de obligacionistas: Representa a los acreedores y las decisiones que tomen. El representante común de la asamblea: comprueba, administra y representa al colegio de acreedores, la emisión de las obligaciones y los bienes. LOS CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Definición y características de los certificados de participación Los certificados de participación son títulos de crédito institucionalmente bancarios porque su emisión sólo puede realizarse por medio de un fideicomiso que puede celebrar, como fiduciario, un banco (Dávalos, 2009, p. 348)

33 El fideicomiso consiste en la constitución de un patrimonio autónomo, bajo la titularidad de un banco fiduciario, para destinar tal patrimonio a la consecución del fin que el fideicomitente haya establecido (Cervantes, 1989, p. 163) En el fideicomiso participan tres sujetos: 1. Fideicomitente: aporta los bienes al fideicomiso 2. Fiduciario: institución bancaria que recibe la titularidad de los bienes para hacer con ellos lo que el fideicomitente establezca 3. Fideicomisario: El que recibe los beneficios.

34 Características Algunas de las características de los certificados de participación son: Existen dos tipos de certificados, según la ley los ordinarios y los inmobiliarios, en los primeros los bienes fideicometidos materia de la emisión son muebles y en los segundos inmuebles. Pueden ser nominativos o al portador o nominativos con supones al portador Se emiten por series en denominaciones de (cien pesos 00/100 m.n.) Darán a sus tenedores, derechos iguales Se expresa en escritura pública.

35 EL CERTIFICADO DE DEPÓSITO Y EL BONO EN PRENDA. Artículo El certificado de depósito acredita la propiedad de mercancías o bienes depositados en el Almacén que lo emite: el bono de prenda, la constitución de un crédito prendario sobre las mercancías o bienes indicados en el certificado de depósito correspondiente. Definición y características del certificado de depósito y el bono en prenda Cervantes (1989, p. 158) describe el mecanismo de su funcionamiento de la siguiente manera: el depositario lleva su mercancía a guardar al Almacén General, y una vez hecho el depósito, el Almacén expide, desprendido de un libro talonario y numerado en forma progresiva, un certificado de depósito que ampare las mercancías. Al certificado deberá ir anexo un esqueleto de bono de prenda, para ser utilizado, teóricamente, al constituirse una garantía prendaria, sobre las mercancías amparadas por el certificado.

36 Referencias a) Bibliográficas Cervantes, R. (1998). Títulos y operaciones de crédito. México: Editorial Herrero, S.A. de C.V. De Pina Vara, R. (2000). Diccionario de Derecho. México: Porrúa. Guzmán, R. (2004). Derecho bancario y operaciones de crédito. México: Porrúa Instituto de Investigaciones Jurídicas (1996) Diccionario Jurídico Mexicano. México: UNAM-Porrúa León & González. (2007). Derecho Mercantil. México: OXFORD Mantilla, R. (1989). Derecho Mercantil. México: Porrúa. Tena, F. (2006). Derecho Mercantil Mexicano. México: Porrúa.

37 Referencias b) Legislativas Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2011). Ley General de Sociedades Mercantiles. México: Diario Oficial de la Federación Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2012). Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. México: Diario Oficial de la Federación. c) Cibergráficas Real Academia de la Lengua Española. Consultado el 23 de julio de 2013 del sitio web:

38

Derecho Civil y Mercantil

Derecho Civil y Mercantil Derecho Civil y Mercantil DIRECCIÓN ESTRATÉGICA 1 Lectura No. 7 Nombre: Títulos de crédito Contextualización En muchas ocasiones el dinero necesita ser manejado a través del tiempo y distancias, por lo

Más detalles

SESION 7 LA LETRA DE CAMBIO

SESION 7 LA LETRA DE CAMBIO SESION 7 LA LETRA DE CAMBIO I. CONTENIDO: 1. Concepto de la letra de cambio. 2. Estructura de la letra de cambio. 3. Épocas de cambio de la letra de cambio. 4. Elementos incidentales (aceptación, aval,

Más detalles

Todo lo que debemos saber sobre los cheques

Todo lo que debemos saber sobre los cheques Todo lo que debemos saber sobre los cheques Por: Débora Basurto Asesora legal de Servicio de Atención al Cliente Bancario de la Superintendencia de Bancos de Panamá El cheque aparece con sus características

Más detalles

Unidad 15. Letra de Cambio

Unidad 15. Letra de Cambio Unidad 15 Letra de Cambio 15.1 Concepto general 15.2 Requisitos que debe contener la letra de cambio 15.3 Su vencimiento 15.4 Tesis de la H. Suprema Corte de Justicia 15.5 Su aceptación y pago 15.6 Acciones

Más detalles

GESTIÓN DE COBROS. Área Abogados y Asesores. GESTIÓN DE COBROS Gestión de Cobros

GESTIÓN DE COBROS. Área Abogados y Asesores. GESTIÓN DE COBROS Gestión de Cobros GESTIÓN DE COBROS Área Abogados y Asesores GESTIÓN DE COBROS Gestión de Cobros 01. El PAGARÉ como título ejecutivo. DEFINICIÓN * El Pagaré, al igual que el Cheque y la Letra de cambio, son títulos de crédito

Más detalles

Los cheques no negociables por la cláusula correspondiente o por disposición de la ley, sólo podrán cobrarse por conducto de un banco.

Los cheques no negociables por la cláusula correspondiente o por disposición de la ley, sólo podrán cobrarse por conducto de un banco. ARTÍCULO 714. . El librador debe tener provisión de fondos disponibles en el banco librado y haber recibido de éste autorización

Más detalles

Tema 20 MODALIDADES DE PAGO

Tema 20 MODALIDADES DE PAGO Tema 20 MODALIDADES DE PAGO LETRA DE CAMBIO Se trata de un título-valor regulado por el Derecho Mercantil, que sirve como instrumento de pago y de crédito. Es decir, contiene fecha de expedición y fecha

Más detalles

TEMA 1: GESTIONES ADMINISTRATIVAS CON LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (BANCOS Y CAJAS).

TEMA 1: GESTIONES ADMINISTRATIVAS CON LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (BANCOS Y CAJAS). TEMA 1: GESTIONES ADMINISTRATIVAS CON LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (BANCOS Y CAJAS). 1.-INTERMEDIARIOS FINANCIEROS: Son todas aquellas instituciones cuya labor es la de ser mediadores en la corriente

Más detalles

FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIO

FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIO FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIO Academia : DERECHO PRIVADO Asignatura: TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO Créditos: 6 Horas del curso: 85 Asignatura (marcar X) DOCENTE T T-P PF Preparación Impartición

Más detalles

UNIDAD 5. Capítulo 5: El cheque

UNIDAD 5. Capítulo 5: El cheque UNIDAD 5 Capítulo 5: El cheque Definición: Tenemos varias definiciones para el cheque y se puede utilizar cualquiera dependiendo de cuanto te quieras explayar. 1. Instrumento de pago que se emite contra

Más detalles

DOCUMENTOS NEGOCIABLES. Lcda. Amada Hurtado Villegas

DOCUMENTOS NEGOCIABLES. Lcda. Amada Hurtado Villegas DOCUMENTOS NEGOCIABLES Base Legal Ley 52 de 1917 Otras normas comerciales ( Código Comercio y leyes especiales) Acuerdos Interbancarios ( Práctica de la Plaza ) Artículo 2 del Código de Comercio sobre

Más detalles

SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE

SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE I. CONTENIDO: 1. Definición, estructura y tipos de pagaré. 2. Época de pago del pagaré. 3. Definición, estructura y formas de circulación del cheque. 4. Formas especiales de

Más detalles

1. Según la doctrina, que característica es primer título de crédito?.

1. Según la doctrina, que característica es primer título de crédito?. 1. Según la doctrina, que característica es primer título de crédito?. Los títulos de crédito son una especie dentro del género de documentos, por lo que puede decirse que todo título de crédito es un

Más detalles

EL CHEQUE Y EL PAGARÉ. Marina Béjar Romero

EL CHEQUE Y EL PAGARÉ. Marina Béjar Romero EL CHEQUE Y EL PAGARÉ Marina Béjar Romero El Cheque El cheque es un documento que contiene una orden o mandato de pago de una cantidad determinada de dinero que formula la persona que lo emite contra una

Más detalles

CONTENIDO DE LA SESION Nº 09

CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 LA LETRA DE CAMBIO. Es un titulo valor abstracto que contiene una orden incondicional de pago de un determinado monto de dinero hecha por el Librador o Girador a una persona

Más detalles

El cheque viene regulado del artículo 175 al 207 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.

El cheque viene regulado del artículo 175 al 207 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. Unidad 17 Cheque 17.1 Concepto general 17.2 Sus elementos 17.3 El cheque como instrumento de pago 17.4 Requisitos del cheque; art. 176 de la Ley General de Títulos de Crédito 17.5 Formas especiales del

Más detalles

Módulo 5: Técnicas de administración de tesorería. Unidad didáctica 1: Medios de pago. Instrumentos financieros básicos

Módulo 5: Técnicas de administración de tesorería. Unidad didáctica 1: Medios de pago. Instrumentos financieros básicos Módulo 5: Técnicas de administración de tesorería Unidad didáctica 1: Medios de pago. Instrumentos financieros básicos UNIDAD DIDÁCTICA 1 Medios de pago. Instrumentos financieros básicos Créditos Autor/es:

Más detalles

DOCUMENTOS MERCANTILES

DOCUMENTOS MERCANTILES QUE ES UNA LETRA DE CAMBIO? DOCUMENTOS MERCANTILES La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero,

Más detalles

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIONES ADICIONALES Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.

Más detalles

Pautas a seguir para incluir la cláusula de liberación de protesto

Pautas a seguir para incluir la cláusula de liberación de protesto Universidad Nacional Mayor de San Marcos From the SelectedWorks of David García Winter August 1, 2010 Pautas a seguir para incluir la cláusula de liberación de protesto David García Available at: http://works.bepress.com/david_garcia/2/

Más detalles

Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287)

Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287) Clasificación de los Títulos y Valores (Ley 27287) Podremos ensayar diversas clasificaciones de los títulos y valores según su funcionalidad CLASIFICACION DE LOS TITULOS VALORES POR SU FUNIONALIDAD Los

Más detalles

Títulos y Operaciones de Crédito

Títulos y Operaciones de Crédito UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO LICENCIATURA EN DERECHO Denominación de la asignatura: Títulos y Operaciones de Crédito Clave: Semestre: Orientación: Número de Créditos: 1517

Más detalles

Matemáticas financieras. SESIÓN 10 Instrumentos de inversión

Matemáticas financieras. SESIÓN 10 Instrumentos de inversión Matemáticas financieras SESIÓN 10 Instrumentos de inversión Contextualización de la Sesión 10 En ésta sesión, comenzaremos con una nueva unidad que lleva por tema Instrumentos de inversión, estos se pueden

Más detalles

3. En las operaciones de crédito que esta ley reglamenta, se presume que los codeudores se obligan.

3. En las operaciones de crédito que esta ley reglamenta, se presume que los codeudores se obligan. INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD SANTO TOMAS DERECHO MERCANTIL Y LABORAL GUIA DIDACTICA DE LOS TITULOS DE CREDITO Instrucción: Cada uno de los reactivos

Más detalles

El cheque es un efecto de comercio que pone en relación a tres personas

El cheque es un efecto de comercio que pone en relación a tres personas El cheque es un efecto de comercio que pone en relación a tres personas Librador: emite el titulo dando orden al librado. Librado: se trata siempre de un banco o de un establecimiento asimilado, este paga

Más detalles

El cheque LA REGULACIÓN DEL CHEQUE. SUS CARACTERÍSTICAS Y SU FORMA

El cheque LA REGULACIÓN DEL CHEQUE. SUS CARACTERÍSTICAS Y SU FORMA El cheque I. EL CHEQUE Qué es el cheque? El cheque es un documento o título que contiene una orden o mandato de pago de una cantidad determinada de dinero, que formula la persona que lo libra o emite (o

Más detalles

COBRANZAS INTERNACIONALES JUAN GABRIEL ALPIZAR MÉNDEZ

COBRANZAS INTERNACIONALES JUAN GABRIEL ALPIZAR MÉNDEZ COBRANZAS INTERNACIONALES JUAN GABRIEL ALPIZAR MÉNDEZ El porque??? Después de tipificar la letra de cambio como instrumento fundamental de las operaciones bancarias en el comercio exterior se debe tipificar

Más detalles

El pagaré, como respaldo en las transacciones mercantiles

El pagaré, como respaldo en las transacciones mercantiles El pagaré, como respaldo en las transacciones mercantiles Reglas básicas para asegurar la efectividad de este instrumento de crédito Mtra. y Lic. Carolina Campos Serrano INTRODUCCIÓN En las relaciones

Más detalles

Centro Cultural Itaca, S. C. Licenciatura en Derecho. Materia Títulos y Operaciones de Crédito. Tema Títulos y Operaciones de Crédito

Centro Cultural Itaca, S. C. Licenciatura en Derecho. Materia Títulos y Operaciones de Crédito. Tema Títulos y Operaciones de Crédito Centro Cultural Itaca, S. C. Licenciatura en Derecho Materia Títulos y Operaciones de Crédito Tema Títulos y Operaciones de Crédito Profesor Lic. Martín Rivera Hernández Alumno Diego Emmanuel Salazar Hernández

Más detalles

Documentos Bancarios Negociables

Documentos Bancarios Negociables Guía Documentos Bancarios Negociables Analizamos los distintos tipos de documentos bancarios negociables y las acciones que se deben seguir ante cualquier impago en los mismos. Andalucía Emprende, Fundación

Más detalles

Apertura de Crédito. Justificación Histórica del Crédito

Apertura de Crédito. Justificación Histórica del Crédito Derecho Mercantil II. Grupo III. Apertura de Crédito La palabra crédito proviene de la palabra en latín credere la cual significa confianza por lo que crédito es confiar o tener confianza en la capacidad

Más detalles

FORMALIZACION DE PEQUEÑAS Y MICRO EMPRESAS

FORMALIZACION DE PEQUEÑAS Y MICRO EMPRESAS FORMALIZACION DE PEQUEÑAS Y MICRO EMPRESAS INDICE: CONCEPTOS BÁSICOS QUE DEBE CONOCER QUÉ ES EMPRESA? CÓMO SE REGULAN LAS EMPRESAS EN EL PERÚ? QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD? CÓMO DEFINE LA LEY A LA SOCIEDAD?

Más detalles

Informe Semanal Nº 387. Carta de crédito stand by. 3 de abril de 2012

Informe Semanal Nº 387. Carta de crédito stand by. 3 de abril de 2012 3 de abril de 2012 Informe Semanal Nº 387 Carta de crédito stand by Este instrumento, que se puede traducir al español como crédito contingente, es de uso común en EE.UU. y su utilización se está extendiendo

Más detalles

CONTABILIDAD DE INSTITUCIONES FINANCIERAS

CONTABILIDAD DE INSTITUCIONES FINANCIERAS CONTABILIDAD DE INSTITUCIONES FINANCIERAS NOVENO SEMESTRE MARZO-AGOSTO AGOSTO CONTABILIDAD DE INSTITUCIONES FINANCIERAS LENYN G. VASCONEZ A. OBJETIVOS DE ESTA UNIDAD UNIDAD TRES Definir a las Cuentas Corrientes.

Más detalles

Realizar un analisis practico del titulo valor denominado cheque. Elaborar un breve recuento de las normas que lo rigen.

Realizar un analisis practico del titulo valor denominado cheque. Elaborar un breve recuento de las normas que lo rigen. TRABAJO DE CONTABILIDAD EL CHEQUE Y SUS CLASES INTEGRANTES: DOCENTE: IDIOMAS Y NEGOCIOS INTERNACIONALES I Corporación Unificada Nacional de Educación Superior CUN Santa Marta, Magdalena 09 de Octubre del

Más detalles

El procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.

El procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Si eres acreedor de una factura que a la fecha de su vencimiento no fue pagada, debes iniciar un procedimiento tendiente al pago de ella. Este se inicia por una gestión previa denominada notificación judicial

Más detalles

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSATILES FIDUCIARIOS DE CAPITAL

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSATILES FIDUCIARIOS DE CAPITAL BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSATILES FIDUCIARIOS DE CAPITAL Nombre del Fiduciario solicita a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., el listado

Más detalles

tema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo

tema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago

Más detalles

UNIDAD 7. TÍTULOS DE CRÉDITO. Títulos de crédito

UNIDAD 7. TÍTULOS DE CRÉDITO. Títulos de crédito UNIDAD 7. TÍTULOS DE CRÉDITO Títulos de crédito Los títulos de crédito vienen de la doctrina Italiana, y es un invento italiano de los comerciantes de la Edad Media y el Renacimiento, ya que son usados

Más detalles

A. REQUERIMIENTO NOTARIAL POR CARTA

A. REQUERIMIENTO NOTARIAL POR CARTA Antonino Vázquez Bonome A. REQUERIMIENTO NOTARIAL POR CARTA 1. CARTA DE RECLAMACIÓN Sr. D... Calle... Población... Muy señor mío: Por la presente, me dirijo a Vd. por conducto notarial, para notificarle

Más detalles

Presentación del módulo

Presentación del módulo Presentación del módulo 1 1. Las funciones y el uso del dinero 2.1. Tarjetas, canales electrónicos, dispositivos móviles y otros medios 2.3. Los documentos mercantiles 3.1. Concepto y modalidades 3.3.

Más detalles

La noción que la ley asigna a los títulos de crédito, a los cuales se les ha llamado también títulos valor, es la siguiente:

La noción que la ley asigna a los títulos de crédito, a los cuales se les ha llamado también títulos valor, es la siguiente: 4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO. Están contemplados y regulados por la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. Los títulos y operaciones de crédito son considerados como cosas mercantiles. Por tanto,

Más detalles

Unidad Formativa UF0339:

Unidad Formativa UF0339: Unidad Formativa UF0339: Análisis y gestión de los instrumentos de cobro y pago TEMA 1. Medios de Cobro y Pago TEMA 2. Los Libros Registro de Tesorería OBJETIVOS: Analizar la normativa y las principales

Más detalles

viii CONTENIDO Naturaleza del fundamento de la obligación consignada en los títulos de crédito. Teorías explicativas 41 Stobbe Arcangeli Kuntze

viii CONTENIDO Naturaleza del fundamento de la obligación consignada en los títulos de crédito. Teorías explicativas 41 Stobbe Arcangeli Kuntze viii 2.2.1 Los títulos de crédito como cosas mercantiles 22 2.2.2 Los títulos de crédito como documentos constitutivo-dispositivos 23 2.2.3 La obligación patrimonial incorporada en los títulos de crédito

Más detalles

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública 1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado

Más detalles

MEDIOS PARA REALIZAR LOS PAGOS

MEDIOS PARA REALIZAR LOS PAGOS MEDIOS PARA REALIZAR LOS PAGOS I.-) INTRODUCCIÓN Las deudas se pueden pagar en dinero en efectivo o mediante efectos de comercio (que son los que vamos a estudiar en este tema). La letra de cambio, el

Más detalles

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario Artículos relevantes de la legislación aplicable a los procesos de Pago de Obligaciones Garantizadas y de Liquidación de Instituciones de Banca Múltiple 1. Obligaciones Garantizadas Ley de Protección al

Más detalles

Unidad 5. Las sociedades mercantiles.

Unidad 5. Las sociedades mercantiles. Unidad 5. Las sociedades mercantiles. 5.1 CONCEPTO. Es la unión de dos o más personas que aportan algo en común, para un fin licito determinado, obligándose a enterarse mutuamente de su actuación y pueden

Más detalles

CONTABILIDAD REVELO BERNUY IVONNE. Docente: Edwin Raymundo UCV-COMPUTACION I 1

CONTABILIDAD REVELO BERNUY IVONNE. Docente: Edwin Raymundo UCV-COMPUTACION I 1 CONTABILIDAD REVELO BERNUY IVONNE Docente: Edwin Raymundo UCV-COMPUTACION I 1 INDICE 1. DEFINICIÓN..3 2. CLASIFICACIÓN 3 2.1. Titulos valores a la orden 3 2.2. Titulos valores al portador.3 2.3. Titulos

Más detalles

La letra de cambio. La letra es un título formal y sus requisitos son los siguientes: 1. Denominación "Letra de Cambio".

La letra de cambio. La letra es un título formal y sus requisitos son los siguientes: 1. Denominación Letra de Cambio. La letra de cambio I. INTRODUCCIÓN La letra de cambio parece tener su origen en el antiguo contrato de cambio que realizaban los banqueros. Se conservan documentos italianos de los siglos XII al XIII que

Más detalles

FUENTES DE FINANCIAMIENTO INTERNA.

FUENTES DE FINANCIAMIENTO INTERNA. FUENTES DE FINANCIAMIENTO INTERNA EMISIÓN DE CÉDULAS HIPOTECARIAS Las cédulas hipotecarias son títulos valores que representan un crédito a cargo de un particular, sea persona física o moral. Pero sólo

Más detalles

Librador. Es la persona que emite el cheque y ordena su pago al banco.

Librador. Es la persona que emite el cheque y ordena su pago al banco. CHEQUE Es un documento que ha de librarse contra un banco o una entidad de crédito que tenga fondos a disposición del librador y de conformidad con un acuerdo expreso o tácito según el cual el librador

Más detalles

CIRCULAR No NOV 2015 LÍNEA PARA EMPRESAS DE ALTO POTENCIAL

CIRCULAR No NOV 2015 LÍNEA PARA EMPRESAS DE ALTO POTENCIAL ESTADO: ACTIVA CIRCULAR No. 028 30 NOV 2015 DESTINATARIOS Presidentes, gerentes, vicepresidentes comerciales, Vicepresidentes financieros y funcionarios encargados del crédito de BANCÓLDEX de establecimientos

Más detalles

PROGRAMA ANALÍTICO. Frecuencia semanal 5 Horas de trabajo extra aula por semana 1 Presencial y presencial a distancia Semestre 5

PROGRAMA ANALÍTICO. Frecuencia semanal 5 Horas de trabajo extra aula por semana 1 Presencial y presencial a distancia Semestre 5 PROGRAMA ANALÍTICO 1.-Datos de identificación. Nombre de la unidad de aprendizaje Títulos y Operaciones de Crédito Frecuencia semanal 5 Horas de trabajo extra aula por semana 1 Modalidad Presencial y presencial

Más detalles

LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA

LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA II Jornadas de Actualización en Seguros LA NUEVA GARANTIA DEL FINANCIAMIENTO DE PRIMAS DE SEGUROS EN VENEZUELA. ACADEMIA NACIONAL DE SEGUROS NILO PEÑA Julio 2010 III Jornadas de Actualización en Seguros

Más detalles

La Letra de Cambio y el Pagaré

La Letra de Cambio y el Pagaré La Letra de Cambio y el Pagaré INDICE INTRODUCCION... 2 LA LETRA DE CAMBIO... 3 PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA LETRA DE CAMBIO... 3 PARTE LEGAL... 3 EL PAGARÉ... 4 PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARÉ...

Más detalles

ANEXO b. FORMATOS DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS QUE TENGAN INTENCIÓN DE PARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA INSTITUCIÓN, PERSONAS QUE

ANEXO b. FORMATOS DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS QUE TENGAN INTENCIÓN DE PARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA INSTITUCIÓN, PERSONAS QUE ANEXO 2.1.2-b. FORMATOS DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS QUE TENGAN INTENCIÓN DE PARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA INSTITUCIÓN, PERSONAS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO ACREEDORES CON GARANTÍA RESPECTO

Más detalles

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y GESTION DE CREDITO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA, EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE - -, (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO EL PRESTADOR

Más detalles

Ley Decreto 322/2011

Ley Decreto 322/2011 Ley 18.627.- Decreto 322/2011 Lugar físico o imaginario donde se realiza oferta publica de valores. Oferta publica de valores: art. 2. Comunicación dirigida al público en general o a ciertos sectores o

Más detalles

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza

Más detalles

CAPITULO II 2.- LOS TITULOS VALORES

CAPITULO II 2.- LOS TITULOS VALORES CAPITULO II 8 2.- LOS TITULOS VALORES 2.1- CONCEPTO 2.1.1.- Doctrinario: El concepto clásico por excelencia es el dado por el jurisconsulto italiano César Vivante, quien define al título de crédito o título

Más detalles

CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO FONDO DE INVERSION COLECTIVO ABIERTO RENDIR

CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO FONDO DE INVERSION COLECTIVO ABIERTO RENDIR CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO FONDO DE INVERSION COLECTIVO ABIERTO RENDIR ENTRE LOS FIRMANTES EN ESTE DOCUMENTO, EN SUS CALIDADES DE FIDEICOMITENTE (S) INVERSIONISTA (S) Y FIDUCIARIO, SE HA CELERADO UN

Más detalles

Div. de Operaciones Sección Recaudación. Recaudación Div. Jurídica Sección Transparencia y Normativa

Div. de Operaciones Sección Recaudación. Recaudación Div. Jurídica Sección Transparencia y Normativa CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 3 12-02-2014 1.0 12-02-2014 RECAUDACION DE LOS DERECHOS, TASAS Y MULTAS GIRADAS POR LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL A TRAVES DE LA MODALIDAD DE

Más detalles

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L.

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Son constituidas con la finalidad de limitar la responsabilidad de los socios conforme a los aportes realizados. Las

Más detalles

Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa?

Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa? Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa? Verificar si el nombre comercial no se encuentra registrado 1. Formulario N 0010/03 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado

Más detalles

CONVENIO SOBRE BENEFICIOS PARA INTEGRANTES DE RAMAS DE SKI COLEGIOS SÁBADOS Y SUS FAMILIARES

CONVENIO SOBRE BENEFICIOS PARA INTEGRANTES DE RAMAS DE SKI COLEGIOS SÁBADOS Y SUS FAMILIARES CONVENIO SOBRE BENEFICIOS PARA INTEGRANTES DE RAMAS DE SKI COLEGIOS SÁBADOS Y SUS FAMILIARES En Santiago de Chile, a de entre: VALLE NEVADO S.A., RUT 96.513.050-0, debidamente representada por don Samuel

Más detalles

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS Información General El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene el carácter de organismo fiscal autónomo y cuenta con

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CAJA CHICA Página: 1 de 8 I. PROPÓSITO Establecer los mecanismos de operación que permitan el adecuado manejo de los recursos asignados al fondo fijo de caja chica del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

Más detalles

UNIDAD 10. Títulos de crédito. Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno:

UNIDAD 10. Títulos de crédito. Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno: COLECCIÓN DIDÁCTICA II Títulos de crédito Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno: UNIDAD 10 Describirá qué es un título de crédito, sus principales características y su clasificación, de conformidad

Más detalles

1º Administración y finanzas Página 1

1º Administración y finanzas Página 1 EJERCICIO 1 Sabemos que los elementos patrimoniales se representan contablemente por medio de cuentas. Dígase a qué cuentas pertenecen los siguientes: - Billetes y monedas. - Dinero depositado en cuentas

Más detalles

Unidad 14. Títulos de Crédito o Títulos Valor

Unidad 14. Títulos de Crédito o Títulos Valor Unidad 14 Títulos de Crédito o Títulos Valor 14.1 Documento e instrumento 14.2 El tecnicismo Títulos de Crédito 14.3 Sus características en particular 14.4 Definición de títulos de crédito según nuestra

Más detalles

Parte legal La Letra de Cambio debe contener los siguientes requisitos como indispensables (Artículo 410 del Código de Comercio):

Parte legal La Letra de Cambio debe contener los siguientes requisitos como indispensables (Artículo 410 del Código de Comercio): Concepto La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada o de vencimiento.

Más detalles

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros Página 1 de 5 SECCIÓN NEGOCIACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS. Solicitud por el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Entes Autárquicos y Empresas del Estado Nacional. 1. Presentación de solicitud de autorización

Más detalles

SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN. Facultad de Comercio, Turismo y Ciencias Sociales Jovellanos

SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN. Facultad de Comercio, Turismo y Ciencias Sociales Jovellanos SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN TEMA 2: El sistema integrado de facturación y la gestión de stocks (I) Belén González Díaz Roberto García Fernández Departamento de Contabilidad Facultad de Comercio, Turismo

Más detalles

INDICE TESIS I TESIS 2

INDICE TESIS I TESIS 2 INDICE Dedicatoria Introducción TESIS I El Estado. Conceptos Generales Elementos Constitutivos del Estado Territorio Población Poder Formas de estado Estado Unitario o Central Estado Compuesto Democracia

Más detalles

Ley de Impuesto a Operaciones Financieras

Ley de Impuesto a Operaciones Financieras Ley de Impuesto a Operaciones Financieras Qué Establece Esta Ley? Establece un impuesto de 0.25% equivalente a 2.5 por cada US$1,000.00, aplicada a operaciones que supere los US$1,000.00. (art 3.) Una

Más detalles

1) Título al portador: es aquel en que no figura el nombre del beneficiario. No es necesario que se escriba: al portador.

1) Título al portador: es aquel en que no figura el nombre del beneficiario. No es necesario que se escriba: al portador. 1 de 7 TÍTULOS DE CRÉDITO Emisión, Transmisión, Plazos CONCEPTO: son aquellos documentos necesarios para ejercer el derecho literal y autónomo que ellos contienen. Son documentos que a consecuencia de

Más detalles

CONTABILIDAD GENERAL

CONTABILIDAD GENERAL CONTABILIDAD GENERAL CONTABILIDAD GENERAL 1 Sesión No. 2 Nombre: Estados financieros Contextualización Para qué son los estados financieros? Son documentos que permiten recabar información acerca de la

Más detalles

AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13

AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 Nombre:... Fecha:... Apellidos:... Curso:... 1. El librado de un cheque es a) quien lo emite b) el banco que ha de pagarlo c) el banco del tomador 2. El tomador de un

Más detalles

SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS

SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS CAPITULO I CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA La expresión contrato de cuenta corriente bancaria reviste un particular significado que brindaría menos

Más detalles

Centro Financiero Internacional, Ley Reguladora del; Enmiendas Ley Núm de septiembre de 2014

Centro Financiero Internacional, Ley Reguladora del; Enmiendas Ley Núm de septiembre de 2014 Centro Financiero Internacional, Ley Reguladora del; Enmiendas Ley Núm. 154-2014 10 de septiembre de 2014 (P. del S. 1007) Para enmendar el Artículo 5, el Artículo 8 y el inciso (20) del Artículo 12, de

Más detalles

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN En Febrero hasta su casa quiere un nuevo look con tasa cero 3 meses

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN En Febrero hasta su casa quiere un nuevo look con tasa cero 3 meses REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN En Febrero hasta su casa quiere un nuevo look con tasa cero 3 meses PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente programa pertenece en forma exclusiva a CREDOMATIC DE COSTA RICA,

Más detalles

DOCUMENTOS COMERCIALES

DOCUMENTOS COMERCIALES DOCUMENTOS COMERCIALES Los Documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo

Más detalles

REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO

REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO AGRARIO APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA EN LA SESIÓN 4411-90, ARTÍCULO 15,CELEBRADA EL 3 DE MAYO DE 1990. PUBLICADO

Más detalles

Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor=

Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor= TÍTULOS VALORES. Ley 14.701, Código de Comercio. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/accesotextoley.asp?ley=14701&anchor= Vale, Pagaré, Conforme. Representativos de prestaciones dinerarias. La ley no establece

Más detalles

Cómo puedo recibir el pago de mis ventas al extranjero?

Cómo puedo recibir el pago de mis ventas al extranjero? Cómo puedo recibir el pago de mis ventas al extranjero? Expositores: Consuelo Díaz Gabriel Chang Introducción a los medios de pago más usados internacionalmente NEGOCIOS INTERNACIONALES Setiembre 2009

Más detalles

De los títulos-valores

De los títulos-valores De la demanda se dará traslado a la otra parte por el término de tres días, vencido el cual se evaluará por peritos la compensación o la cuota del comunero. En firme el dictamen, el juez decidirá de plano.

Más detalles

FORMALIZACIÓN DE LA PEQUEÑA EMPRESA.

FORMALIZACIÓN DE LA PEQUEÑA EMPRESA. FORMALIZACIÓN DE LA PEQUEÑA EMPRESA. PROFESOR: JUAN PLAZA LAGUNAS. JPL. 1 APRENDIZAJES ESPERADOS. IDENTIFICAR LOS PASOS PARA OBTENER PATENTE MUNICIPAL. IDENTIFICAR LAS GESTIONES PARA OBTENER RUT DE LA

Más detalles

TEMA 11: EL PROCESO DE PAGO

TEMA 11: EL PROCESO DE PAGO TEMA 11: EL PROCESO DE PAGO 1 INTRODUCCIÓN Al realizar la adquisición de mercancías, uno de los factores que influyen en la misma es la forma de pago. El pago puede realizarse al contado o aplazado. La

Más detalles

Características de las Contribuciones

Características de las Contribuciones Características de las Contribuciones Que son los impuestos? Definición genérica: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas

Más detalles

Constitución Virtual de Sociedades por Acciones. Simplificadas. El Registro Mercantil como herramienta de competitividad

Constitución Virtual de Sociedades por Acciones. Simplificadas. El Registro Mercantil como herramienta de competitividad Constitución Virtual de Sociedades por Acciones El Registro Mercantil como herramienta de competitividad Simplificadas y simplificación de trámites para la creación de empresas. - Modelo de Estatutos-

Más detalles

1. Concepto de aval de una letra de cambio. Convocatoria (Artículos 35 a 37 de la Ley Cambiaria y del Cheque, LC)

1. Concepto de aval de una letra de cambio. Convocatoria (Artículos 35 a 37 de la Ley Cambiaria y del Cheque, LC) DERECHO MERCANTIL TEMA 16 LIBRE 1. Concepto de aval de una letra de cambio. Convocatoria 1.985 (Artículos 35 a 37 de la Ley Cambiaria y del Cheque, LC) Concepto: El aval es una declaración cambiaria exclusivamente

Más detalles

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD

Más detalles

2. INSTRUMENTOS DE CRÉDITO. 2.1. La letra de cambio.

2. INSTRUMENTOS DE CRÉDITO. 2.1. La letra de cambio. 2. INSTRUMENTOS DE CRÉDITO. 2.1. La letra de cambio. Por tal se entiende una orden escrita de una persona (girador) a otra (girado) para que pague una determinada cantidad de dinero en un tiempo futuro

Más detalles

TERCERA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS

TERCERA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS TERCERA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS CAPITULO I EL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE 1. DE LA CONTRATACIÓN La expresión contrato de cuenta corriente bancaria reviste un particular significado que

Más detalles

Unidad 7 Títulos de Crédito

Unidad 7 Títulos de Crédito Unidad 7 Títulos de Crédito Ley Nº 14.701 de Títulos Valores, tiene tres grandes títulos: el 1º de ellos habla de los títulos valores en general, el 2º Capítulo habla de las distintas especies de títulos

Más detalles

LA PARTIDA DOBLE Y LA ECUACION PATRIMONIAL

LA PARTIDA DOBLE Y LA ECUACION PATRIMONIAL LA PARTIDA DOBLE Y LA ECUACION PATRIMONIAL LA PARTIDA DOBLE Se llama partida doble al movimiento contable que afecta a por lo menos dos cuentas; movimiento que representa un movimiento deudor y un movimiento

Más detalles

DOCUMENTOS FUENTE. RECIBOS: El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero

DOCUMENTOS FUENTE. RECIBOS: El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero DOCUMENTOS FUENTE Es el justificante propio o ajeno que da origen a un asiento contable. Contiene, la información necesaria para el registro contable de una operación, y tiene la función de comprobar razonablemente

Más detalles

Esta igualdad permanece durante toda la vida de la empresa, aunque sus componentes cambien constantemente de valor.

Esta igualdad permanece durante toda la vida de la empresa, aunque sus componentes cambien constantemente de valor. ECUACIÓN DE INVENTARIO La ecuación de inventario es la fórmula con que se expresa la igualdad entre recursos y deudas y de la cual se deriva el principio de dualidad económica o partida doble, es decir:

Más detalles