PROYECTO DE LEY SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES
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- Aarón Plaza Duarte
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1 PROYECTO DE LEY SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES Juan Manuel Zolezzi Cid Director Consorcio de Universidades Estatales Rector Universidad de Santiago de Chile Santiago, 31 de julio de 2017
2 DIAGNÓSTICO Para hablar del proyecto sobre universidades del Estado se requiere en forma previa, analizar el escenario en que las universidades del Estado se desenvuelven en el contexto del sistema de educación superior.
3 DIAGNÓSTICO Desde la perspectiva histórica se pueden distinguir tres hitos: 1. Sistema de regulación y autofinanciamiento impuesto por la dictadura militar a partir del año Lógica de subsidio a la demanda. Sedes de universidad de Chile y Universidad Técnica del Estado pasan a constituir nuevas universidades quedando con el financiamiento histórico que les correspondía en calidad de sedes. Inequidad histórica y lógicas de competencia. 2. Sistema de Crédito con Aval del Estado en el período , el total de asignaciones a nuevos beneficiarios por CAE ascendió M$ (*) Instituciones privadas que influye en el aumento de matrícula en un escenario de débil regulación (Ejemplo: Universidad del Mar. La Beca U. del Mar ha significado cerca de 34 mil millones para el fisco en el período (**). 3. Sistema de financiamiento institucional para la gratuidad. Fallo TC, consolidación del sistema de voucher. Monto institucional depende de número de estudiantes. Se mantiene lógica de PXQ. (*) Estimación en M$2017 aplicando IPC de cada año. Fuente: Comisión Ingresa. (**)Estimación en M$ año 2017 de acuerdo a montos presupuestados en Ley de Presupuesto de años 2014 a 2017.
4 DIAGNÓSTICO Efectos históricos y actuales en la matrícula pública. Universidades estatales representan un 15,4% de la matrícula total U. ESTATAL U. G9 U. PRIVADA CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA INSTITUTO PROFESIONAL Fuente: Datos U. Estatal y U.G9 Anuario CRUCH, año respectivo. Otras instituciones:
5 FINANCIAMIENTO A LA DEMANDA U. G9 Según CGR, los recursos destinados a los alumnos fueron en su mayoría para las Universidades Privadas (M$ ), recibiendo un 10,5% más que las UE. Durante el año 2014, este mismo indicador llegó a 7,2%. Fuente: CGR. Financiamiento Fiscal a la Educación Superior, 2015
6 Matrícula total de pregrado por tipo de institución Montos de CAE M$ corrientes Matrícula total de pregrado y montos de CAE otorgados a nuevos beneficiarios período de asignación Ues Estatales Ues. Privadas G9 CRUCH Ues Privadas Institutos Profesionales Centros de Formación Técnica Montos de CAE M$ corrientes Fuente: Elaboración propia en base a INDICES (2015) e INGRESA (2015)
7 Financiamiento Fiscal relativo a Donaciones (M$) por grupo de instituciones U. Estatales U. G9 Privadas CRUCH U. Privadas No CRUCH M$ 2013 M$ 2014 M$ 2015 Fuente. Informe Financiero Sistema de Información del Mineduc, 2013, 2014 y 2015
8 DIAGNÓSTICO Efectos históricos y actuales en la matrícula pública. 48% de los Postulantes 1era preferencia quedan fuera de la Universidad Estatal por falta de vacantes Estudiantes con mérito académico han debido matricularse obligatoriamente en el sistema privado.
9 n de postlaciones 1 pref. y vacantes % (brecha/vacantes) Postulaciones 1 preferencia por vacantes PSU primer semestre 2016 en el grupo de universidades SUA, año % 100% % 90% 80% 70% % 50% 40% % 30% 20% 10% - estatal g9 g8 0% postulantes 2016 Vacantes PSU 1 y 2 semestre (Brecha / Vacantes) *100 Fuente: Elaboración propia en base a SUA (2016) y SIES (Oferta Académica 2016)
10 DIAGNÓSTICO: DOBLE REGIMEN DE FINANCIAMIENTO PUBLICO Tanto leyes de presupuestos y el proyecto de ley sobre educación superior regula el financiamiento, únicamente, para aquellas instituciones que recibirán recursos vía financiamiento institucional para gratuidad, limitación de vacantes y limitación de aranceles). Generando 2 subsistemas de financiamiento público: 1. Subsistema adscrito a gratuidad que contará con limitación de aranceles y vacantes. 2. Subsistema que no adscribe a gratuidad sin limitación de aranceles y vacantes pero que accederá a financiamiento público.
11 SUB-SISTEMA 1 IES estatales (acceden a gratuidad por ley) e IES privadas que adscriben a gratuidad (voluntariamente y con posibilidad de renunciar) Financiamiento: Gratuidad, becas y créditos con o sin garantía estatal Regulaciones 1. Límite de vacantes y aranceles de referencia 2. Regulación co-pago aranceles reales (transición) 3. Sistema Único Admisión, Superintendencia, CNA 4. Superintendencia y CNA además CGR a estatales SUB-SISTEMA 2 IES privadas que no adscriben a gratuidad Financiamiento: Becas y créditos con o sin garantía estatal Regulaciones 1. Sin límite de vacantes, sin límite de co-pago, aranceles de referencia 2. Límite de acuerdo a Ley de Presupuesto de cada año para becas y créditos 3. Sistema Único Admisión, 4. Superintendencia, CNA
12 DIAGNÓSTICO: GRATUIDAD Y UNIVERSIDADES ESTATALES El proyecto de ley sobre educación superior establece que las universidades estatales son gratuitas por el sólo ministerio de la ley. Deben dar cumplimiento a exigencias en materia de acreditación, cumplimiento de políticas de inclusión, y sistema común de acceso. En caso que no cumplan los cuatro años la universidad podrá perder el financiamiento para gratuidad. También pierden beneficio en caso de reiteración de infracciones graves y gravísimas en un plazo de tres años.
13 Considerando el proceso 2016, las universidades estatales reciben menos del promedio del sistema DIAGNÓSTICO: GRATUIDAD INSTITUCIONES TOTAL GRATUIDAD 2016 ($) ALUMNOS 2016 $/alumno TOTAL UESTATALES TOTAL U. G TOTAL INSTITUCIONES PRIVADAS TOTAL GRATUIDAD 2016 ($) ALUMNOS 2016 $/alumno TOTAL GENERAL / PROMEDIO DEL SISTEMA Fuente Alumnos: MINEDUC. Respuesta a consulta por mail ; Montos: Decretos Mineduc
14 DIAGNÓSTICO: GRATUIDAD Y UNIVERSIDADES ESTATALES El problema de las Ues estatales y la relación entre calidad y gratuidad. El Estado se debe hacer cargo de las instituciones que son de su propiedad, por lo cual debe establecer financiamiento y mecanismos o Tutorías que permitan aumentar y mantener los niveles de calidad. Una universidad estatal no puede tener bajos niveles de calidad. Deben ser referentes en el país y sus territorios.
15 FINANCIAMIENTO Cambian las condiciones para el financiamiento institucional de las universidades estatales sin considerar que su misión, regulación y estructura de funcionamiento (costos operacionales) son totalmente diferentes a las universidades privadas. MÁS Autorización endeudamien to por ley Control ex ante CGR Leverage 0,7 Transparencia UE 16% Limites inst. Fin (lesing) Probidad IRSP Compras públicas Contratos rígidos UNIVERSIDAD PRIVADA 84% IPC
16 DIAGNÓSTICO: REGULACIÓN UNIVERSIDADES ESTATALES Oportunidad en la gestión: El sistema de Educación Superior Estatal debe contar con instituciones que puedan dar respuesta oportuna y eficaz a las necesidades que debe atender, optimizando la gestión institucional. Para ello, y con el objeto de maximizar los recursos públicos se hace necesario que, partiendo de la base de reconocer la naturaleza jurídica de estas instituciones del Estado, se establezcan normas que permitan flexibilizar la administración y gestión de las mismas, con el objeto de eliminar o atenuar las trabas jurídicas que históricamente han afectado a las Universidades del Estado, las que sin mediar una reforma, se hacen plenamente extensivas a los futuros Centros de Formación Técnica del Estado, y por ende al Sistema Estatal en su totalidad.
17 CONCLUSIONES: DIAGNÓSTICO 1. Luego, el proyecto sobre educación superior está configurado como un proyecto marco, que establece normas que no reconocen la naturaleza jurídica de las instituciones estatales y la regulación que les aplicable a sus funcionarios públicos. 2. Instituciones estatales y funcionarios de éstas quedarían sujetas a un doble sistema de regulación, fiscalización y control (Superintendencia y Contraloría General de la República) que atentará contra la eficiencia, eficacia y oportunidad de la gestión de estas instituciones.
18 CONCLUSIONES DIAGNÓSTICO 3. El sistema de financiamiento establecido en la ley sobre educación superior y leyes de presupuestos, de no mediar correcciones, puede reproducir y consolidar efectos indeseados de los cuáles hemos sido testigos a través de la historia de la educación superior. Se amenaza la provisión estatal en el sistema mixto de Educación Superior Chileno
19 POR QUÉ ES NECESARIA UNA LEY DE UNIVERSIDADES ESTATALES?
20 SISTEMA MIXTO recuperando la Identidad de las IES del Estado Bienes comunes Identidad Estatal: enfoque o paradigma de acción propio y diferenciador de las universidades estatales. Compromiso con la Sociedad: que tiene su símil en la actual Vinculación con Medio o Tercera Misión. Sin embargo, en el enfoque de identidad estatal no es posible diferenciarla de los demás componentes, de manera tal que está presente de forma equilibrada en cada uno de ellos. Calidad: como expresión de un compromiso material con el cambio social y la provisión de bienes comunes. Ciudadanía: tiene como principio la recuperación del vínculo universidad-sociedad desde la coordinación con la institucionalidad pública y la formación ciudadana. Reflexividad: mediante la capacidad de repensarse, de manera inclusiva, participativa y democrática en su propio rol, asegurando el vínculo universidad-sociedad. Desarrollo Regional: la identidad estatal necesita de reconocimiento y confianzas recíprocas alineadas con las demandas de desarrollo territorial y de sentido de pertenencia regional. Ello implica una identidad conscientemente diversa, que recupere y ponga en valor la heterogeneidad de lo público en contextos de desigualdades, como punto de origen de la problematización reflexiva y construcción de bienes comunes como la ciudadanía.
21 TEORÍA DE LOS BIENES COMUNES Una vez enajenados, maltratados o destruidos, los bienes comunes dejan de existir para la colectividad. No son reproducibles y difícilmente serán recuperables para la generación presente.
22 UNIVERSIDADES ESTATALES Y DESCENTRALIZACIÓN 1. Rol en el desarrollo regional y su compromiso con la sociedad 2. Rol en el desarrollo regional: Universidades en zonas extremas: Rol de soberanía, compromiso con la sociedad y producción científica y ventajas naturales versus desventajas por centralización del conocimiento.
23 Financiamiento de la Gratuidad y Ampliación de Matrícula Si las IES estatales son más eficientes en el uso de los recursos fiscales y son preferidas por los estudiantes (más postulantes por vacantes), debiera ampliarse la matrícula por esta vía. No se justifica 2,7% de restricción de crecimiento para el sistema, menos para las estatales Fuente: Elaboración propia en base a datos de SUA (2016) y SIES (2016) (*) Postulaciones efectivas. Fuente: Base Datos Selección Sistema Admisión 2016 Universidades.
24 BECAS Partida Educación Superior PROGRAMA 30 Gratuidad y Beca Bicentenario 2016 final M$ final M$2017 Var final a) Bicentenario ,8% COMENTARIOS Incremento de becas para Ues. Privadas extra CRUCH con 4 años de acreditación. Se establece compromiso similar para en adelante se abre sin límite Fuente. Ley de Presupuesto de cada año (Programa 30) Beca Bicentenario: Arancel de Referencia Sin límite 20% (A.Real - A.Ref.) Exige copago a los estudiantes IES con 4 años de acreditación Límite de crecimiento de acuerdo a la cantidad de becas MENOS REGULACIÓN Y GARANTIAS A LOS ESTUDIANTES Gratuidad: Arancel Regulado Límite 20% Sin exigencia copago a los estudiantes IES con 4 años de acreditación Límite de crecimiento: 2,7% MAS REGULACIÓN y GARANTIAS A LOS ESTUDIANTES
25 El financiamiento vía Convenio Marco en 2016 representó cerca de $48 mil millones mientras que los recursos por gratuidad ascendieron a $196 mil millones. Este financiamiento se reajustará por IPC en regimen, de acuerdo a la realidad de costos de instituciones privadas. Las universidades estatales contemplan en la mayor parte de sus costos el IRSP Una Universidad Estatal no puede recibir menos recursos que una Universidad que cumple con una mayor regulación (adscribir a Gratuidad por ejemplo) Convenio Marco y Gratuidad FINANCIAMIENTO PROGRAMA 29 FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICA 2016 final M$ final M$2017 Var final CONVENIO MARCO UNIVERSIDADES ESTATALES ,6% Gasto corriente ,2% Bienes de capital ,3% Fuente. Ley de Presupuesto de cada año (Programa 29) Resulta necesario distinguir entre universidades estatales, universidades que adscriben a gratuidad y universidades privadas que no adscriben a gratuidad y proyectar el efecto de esta ley para los tres grupos y la relación entre regulación y financiamiento. Una Universidad Privada que adscribe a Gratuidad tiene derecho al financiamiento público en la medida que cumple con altos estándares de regulación que incluyen sin duda la CALIDAD y los estándares propios de una UNIVERSIDAD
26 Universidades del Estado son publicas y proveen educación superior. Es su deber, no una opción.
27 PROYECTO DE LEY SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES
28 PROYECTO DE LEY SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES 1. Necesidad de diseñar un proyecto legislativo con fisonomía y consistencia propia, acorde al desafío y la relevancia que involucra regular el estatuto jurídico marco de las Universidades Estatales. 2. Regulación del sistema de educación superior requiere de una regulación que fortalezca el rol del Estado en educación superior a través de sus instituciones. Relación directa, no excluyente, entre el proyecto sobre educación superior y el proyecto de ley sobre universidades del Estado.
29 Los Rectores de las Universidades del Estado en forma unánime y enfática han manifestado que es su voluntad que este año se promulgue el proyecto de ley de universidades estatales. El Rol del Estado de proveedor de Educación Superior a través de sus instituciones es un cambio sustancial de este proyecto de ley.
30 Declaran que existe concordancia con los elementos declarados por la Presidenta Bachelet en el mensaje del proyecto de ley, que relevan el sentido y función de las universidades, así como la propuesta de un Consejo de Coordinación que conjugue y potencie el trabajo de las universidades estatales entre sí y con los demás órganos de la administración del Estado.
31 Existen temas que deben ser redefinidos en profundidad, por cuanto la redacción actual implicaría un retroceso en el desarrollo de las instituciones. Entre ellos destacan los referidos a: 1. Gobierno, autonomía y participación; Consejo universitario de carácter resolutivo Rector con derecho a voto en el Consejo Superior Disminuir quórum de algunas materias para Pasar de 2/3 a mayoría Representantes del Ejecutivo con domicilio en la región respectiva Participación de Consejo Universitario en el plan de desarrollo Estatutos de universidades estatales establecidos o modificados en democracia podrán mantener su régimen actual. Representantes del Presidente con compromiso con la educación pública e independientes del Gobierno de turno
32 2. Regímenes contractuales de funcionarios; Existe la postura mayoritaria que optaría por mantener estatuto administrativo para los funcionarios. Como alternativa se plantea hacer una revisión de la normativa con participación de los funcionarios, para ajustarla a la naturaleza jurídica y funciones específicas de las universidades estatales, sin que ello implique un detrimento a los derechos de los funcionarios de las universidades estatales. 3. Financiamiento basal de las instituciones, especialmente para la operación de universidades estatales ubicadas en zonas extremas, históricamente postergadas o en regiones con baja densidad territorial.
33 De manera adicional en materia de financiamiento, es necesario resolver en esta ley o en el Proyecto General de Educación Superior: Pérdida de Gratuidad asociado a la regulación de calidad y sanciones de la Superintendencia por infracciones reiteradas, que se aplica a IES privadas; Necesidad de dejar explícito el Rol del Estado como Proveedor y no solo de fomento de la excelencia No reconocimiento del IRSP como factor esencial del financiamiento operacional de las universidades estatales Arancel de Referencia específico y diferenciado para estimar Gratuidad para las universidades estatales Convenio Marco Plurianual y de Libre Disposición Política de ampliación de matrícula y limitación de vacantes concordante y plurianual (que permita una planificación de largo plazo)
34 Gracias
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