Lic. René Trigo Rizo Suplente del Presidente del Comité de Información. Lic. Eduardo Santa Ana Seuthe Titular de la Unidad de Enlace
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- Vicente Vega Salazar
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Transcripción
1 En la Ciudad de México, D. F. siendo las 12:00 horas del día nueve de junio de dos mil quince, en la Sala de Juntas ubicada en el 8o piso de la Torre Sur Conjunto Inmobiliario Plaza Inn, con domicilio en Insurgentes Sur 1971, Col. Guadalupe Inn, se reunió el Comité de Información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), a la cual asistieron los Servidores Públicos que a continuación se enlistan: MIEMBROS DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN Invitados: Lic. René Trigo Rizo Suplente del Presidente del Comité de Información Lic. Eduardo Santa Ana Seuthe Titular de la Unidad de Enlace C.P. Eduardo Pérez Arenas Suplente del Titular del Órgano Interno de Control Lic. Itzel Moreno Macías, Directora General de Supervisión de Entidades e Intermediarios Bursátiles Lic. Federico Borrego Meriodo, Director General de Supervisión de Participantes en Redes Lic. Laura Elizabeth De la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa Lic. Brenda López Muñoz, Inspector de Supervisión de Participantes en Redes Lic. Jorge Manfred Ramírez Castañeda, Inspector de Sociedades Financieras Populares Lic. Mario Alejandro Esperón Rodríguez, Especialista Contencioso Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales C. Mónica Josefina Lara Paredes, Analista Administrativo de Organización y Recursos Humanos C. Jaime Soria Sierra, Especialista comisionado a la Dirección General de Organización y Recursos Humanos Debidamente instalado el Comité y declarada abierta la sesión, se da lectura al siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Lista de Asistencia 2. Solicitudes de Información 2.1. Solicitud de Información del No , recibida el 12/05/15 Dirección General de Supervisión de Entidades e Intermediarios Bursátiles 2.2. Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/ Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/ Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/ Solicitud de Información del No , recibida el 20/05/15 Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales 2.6. Solicitud de Información del No , recibida el 19/05/15 Dirección General de Desarrollo Regulatorio
2 2.7. Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/ Solicitud de Información del No , recibida el 19/05/ Solicitudes de Información de los No , , , , , recibidas el 13/04/15 y la , recibida el 21/05/ Solicitudes de Información de los No , , , , , , , , recibidas el 13/04/ Generales 3.1. Resolución recaída al Recurso de Revisión RDA , solicitud de información , recibida el 3 de junio de Dirección General de Supervisión de Participantes en Redes 3.2. Recurso de Revisión RDA recibido el 3 de junio de 2015, solicitud de información Recurso de Revisión RDA recibido el 3 de junio de 2015, solicitud de información Recurso de Revisión RDA recibido el 5 de junio de 2015, solicitud de información Unidad de Enlace 3.5. Recurso de Revisión RDA recibido el 08 de junio de 2015, solicitud de información Dirección General de Supervisión de Sociedades Financieras Populares 3.6. Recurso de Revisión RDA recibido el 08 de junio de 2015, solicitud de información Recurso de Revisión RDA , solicitud de información Solicitudes de Información 2.1. Solicitud de Información del No , recibida el 12/05/15 Dirección General de Supervisión de Entidades e Intermediarios Bursátiles
3 Información sobre el número de observaciones y su razón relacionadas con el sistema denominado de Control Interno desde 2009 hasta 2015, realizadas por esa H. Comisión a las personas morales siguientes: Bolsa Mexicana de Valores, Mexder, Asigna, Contraparte Central de Valores e Indeval. (sic) En uso de la palabra, la Lic. Itzel Moreno Macías, Directora General de Supervisión de Entidades e Intermediarios Bursátiles de la CNBV, solicitó a los miembros del Comité la confirmación de la respuesta de esa Unidad Administrativa en el sentido de dar a conocer que el contenido de las observaciones tiene carácter RESERVADO, de conformidad con los artículos 13 fracción V, 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Vigésimo Cuarto fracción I y Vigésimo Noveno de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, si bien informó que se revelaría al solicitante, el número total de observaciones realizadas por esa Unidad Administrativa (119) a cada entidad señalada en la solicitud. Acuerdo CI 15/22/01 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta proporcionada por la Dirección General de Supervisión de Entidades e Intermediarios Bursátiles de la CNBV en el sentido de dar conocer que el contenido de las observaciones es RESERVADO de conformidad con los artículos 13 fracción V, 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Vigésimo Cuarto fracción I y Vigésimo Noveno de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ya que su revelación podría causar un serio perjuicio a las actividades de verificación del cumplimiento de las Leyes Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/15 Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales Solicito conocer en copia electrónica la información relacionada a los servicios de mensajería y paquetería de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los montos autorizados para la partida presupuestal del contrato CNBV/393/13, quiénes fueron y son los proveedores que participaron en dichos servicios, conocer copia electrónica de los contratos formalizados de dichos servicios, copia electrónica de las facturas correspondientes a dichos servicios del ejercicio Cuál fue el monto autorizado para el contrato CNBV/393/13, 2013 para la prestación del servicio de Mensajería que requirió su secretaría o dependencia 2. Quiénes fueron los proveedores que participaron en el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas CNBV/393/13, 2013 para el servicio su secretaría o dependencia 3. Solicito conocer en copia electrónica del contrato formalizado con el proveedor de servicio asignado o adjudicado en el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas CNBV/393/13, 2013, para la prestación del servicio de mensajería en el ejercicio, 2013 de su secretaría o dependencia. (sic)
4 En uso de la palabra la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la versión pública preparada del contrato CNBV/393/13, correspondiente al numeral 3 de la solicitud, en razón de que contiene información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Adicionalmente, la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa manifestó que en lo referente al numeral 1 se haría del conocimiento del solicitante los presupuestos mínimo y máximo autorizados, para el servicio formalizado en el contrato CNBV/393/13, además de la ruta de acceso pormenorizada en a lo solicitado en el numeral 2. Acuerdo CI 15/22/02 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta proporcionada por la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada correspondiente al numeral 3 de la solicitud, contiene información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y por ende aprueban la versión pública preparada para su entrega al particular, previo pago de derechos que se haga Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/15 Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales Solicito conocer en copia electrónica la información relacionada a los servicios de mensajería y paquetería de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los montos autorizados para la partida presupuestal del contrato CNBV/303/14, quiénes fueron y son los proveedores que participaron en dichos servicios, conocer copia electrónica de los contratos formalizados de dichos servicios, copia electrónica de las facturas correspondientes a dichos servicios del ejercicio Cuál fue el monto autorizado para el contrato CNBV/303/14, 2014 para la prestación del servicio de Mensajería que requirió su secretaría o dependencia 2. Quiénes fueron los proveedores que participaron en el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas CNBV/303/14, 2014 para el servicio su secretaría o dependencia 3. Solicito conocer en copia electrónica del contrato formalizado con el proveedor de servicio asignado o adjudicado en el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas CNBV/303/14, 2014, para la prestación del servicio de mensajería en el ejercicio, 2014 de su secretaría o dependencia. (sic)
5 En uso de la palabra la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la versión pública preparada del contrato CNBV/303/14, correspondiente al numeral 3 de la solicitud, en razón de que contiene información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Adicionalmente, la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa manifestó que en lo referente al numeral 1 se haría del conocimiento del solicitante el monto autorizado para el servicio formalizado en el contrato CNBV/303/14, además de la ruta de acceso pormenorizada en a lo solicitado en el numeral 2. Acuerdo CI 15/22/03 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta proporcionada por la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada correspondiente al numeral 3 de la solicitud, contiene información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y por ende aprueban la versión pública preparada para su entrega al particular, previo pago de derechos que se haga Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/15 Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales Solicito conocer en copia electrónica la información relacionada a los servicios de mensajería y paquetería de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los montos autorizados para la partida presupuestal del contrato CNBV/050/15, quiénes fueron y son los proveedores que participaron en dichos servicios, conocer copia electrónica de los contratos formalizados de dichos servicios, copia electrónica de las facturas correspondientes a dichos servicios del ejercicio Cuál fue el monto autorizado para el contrato CNBV/050/15, 2015 para la prestación del servicio de Mensajería que requirió su secretaría o dependencia 2. Quiénes fueron los proveedores que participaron en el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas CNBV/050/15, 2015 para el servicio su secretaría o dependencia 3. Solicito conocer en copia electrónica del contrato formalizado con el proveedor de servicio asignado o adjudicado en el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas CNBV/050/15, 2015, para la prestación del servicio de mensajería en el ejercicio, 2015 de su secretaría o dependencia. (sic)
6 En uso de la palabra la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la versión pública preparada del contrato CNBV/050/15, correspondiente al numeral 3 de la solicitud, en razón de que contienen información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. En adición a lo anterior la servidora pública Lic. Karla Rivera Cid, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la respuesta de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV en el sentido de dar a conocer la INEXISTENCIA de la información solicitada en el numeral 2, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que el contrato CNBV/050/15 fue adjudicado de manera directa y no a través de una invitación a cuando menos tres personas. Finalmente, la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa manifestó que en lo referente al numeral 1 se haría del conocimiento del solicitante el monto autorizado para el servicio formalizado en el contrato CNBV/050/15. Acuerdo CI 15/22/04 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta proporcionada por la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada correspondiente al numeral 3 de la solicitud, contiene información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y por ende aprueban la versión pública preparada para su entrega al particular, previo pago de derechos que se haga. De igual forma los miembros del Comité confirmaron la respuesta de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV, en el sentido de que la información relativa al numeral 2 de la solicitud es INEXISTENTE con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que el contrato CNBV/050/15 fue adjudicado de manera directa y no a través de una invitación a cuando menos tres personas Solicitud de Información del No , recibida el 20/05/15 Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales
7 1.- Cual fue el monto autorizado a la partida presupuestal Servicio Postal para los ejercicios 2011, 2012, 2013, 2014 y Cual fue el importé ejercido en la partida presupuestal servicio postal para los ejercicios 2011, 2012, 2013, 2014 y lo que va de Solicito conocer una copia electrónica de los contratos o instrumentos celebrados con motivo de la contratación de los servicios de entrega de correspondencia, mensajería y paquetería con la que se han ejercido los recursos asignados a la partida presupuestal (sic) En uso de la palabra la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la versión pública preparada de los contratos CNBV/303/14 y CNBV/050/15, correspondiente al numeral 3 de la solicitud, en razón de que contienen información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Además, la Lic. Karla Rivera Cid, Analista de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la indicada Unidad Administrativa manifestó que en lo referente a los numerales 1 y 2 se informaría al solicitante los montos requeridos. Acuerdo CI 15/22/05 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta proporcionada por la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada correspondiente al numeral 3 de la solicitud, contiene información CONFIDENCIAL, de datos personales, de conformidad con la fracción II del artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 70 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la fracción XVII del Trigésimo Segundo de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y por ende aprueban la versión pública preparada para su entrega al particular, previo pago de derechos que se haga Solicitud de Información del No , recibida el 19/05/15 Dirección General de Desarrollo Regulatorio Solicito los boletines de regulación elaborados por la CNBV de los años 2000 a También solicito saber cual fue el monto de las sanciones impuestas por la CNBV al sector bancario del año 2000 hasta el Por ultimo solicito la estructura orgánica de la CNBV. (sic) La servidora pública de la Unidad de Enlace C. Mónica Josefina Lara Paredes dio lectura a la respuesta de la Dirección General de Desarrollo Regulatorio de la CNBV, que no se encontró representada en la reunión, respecto de la solicitud de los boletines de regulación elaborados por la CNBV entre 2000 y 2014, en la cual se da conocer su INEXISTENCIA, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que el primer ejemplar que se emitió de los boletines de regulación fue el correspondiente al primer trimestre de dos mil quince.
8 Acuerdo CI 15/22/06 Los miembros del Comité confirmaron la respuesta de la Dirección General de Desarrollo Regulatorio de la CNBV, en el sentido de que los boletines de regulación elaborados por la CNBV de los años 2000 a 2014 son INEXISTENTES con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que el primer ejemplar que se emitió de los boletines de regulación fue el correspondiente al primer trimestre de dos mil quince Solicitud de Información del No , recibida el 14/05/15 copia simple informe general de la visita de inspección previa a la intervención de Ficrea, junto con todos los anexos que sean el soporte documental de este informe. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, en su carácter de Directora Contenciosa, adscrita a la Dirección General Contenciosa de la CNBV, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la respuesta de la referida Unidad Administrativa para AMPLIAR EL PLAZO a efecto de atender la misma. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 primer párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Acuerdo CI 15/22/07 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta, en atención a la petición formulada por la Dirección General Contenciosa de la CNBV para que, con fundamento en lo establecido por los artículos 44 primer párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 71 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, esa Unidad Administrativa cuente con una PRÓRROGA hasta de 20 días hábiles, para la atención de la solicitud Solicitud de Información del No , recibida el 19/05/15 montos de las multas decretadas por dicha comision en contra de las instituciones bancarias por institucion bancaria y cuantas de esas multas y sus importes han sido condonadas o han perdido el juicio y ordenan su cancelacion (de la multa) del año 2011 a la fecha. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, en su carácter de Directora Contenciosa, adscrita a la Dirección General Contenciosa de la CNBV, solicitó a los miembros del Comité de Información confirmar la respuesta de la referida Unidad Administrativa para AMPLIAR EL PLAZO a efecto de atender la misma. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 primer párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Acuerdo CI 15/22/08 Los miembros del Comité acordaron confirmar la respuesta, en atención a la petición formulada por la Dirección General Contenciosa de la CNBV para que, con fundamento en lo establecido por los artículos 44 primer párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 71 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, esa Unidad Administrativa cuente con una PRÓRROGA hasta de 20 días hábiles, para la atención de la solicitud.
9 2.9. Solicitudes de Información de los No , , , , , recibidas el 13/04/15 y la , recibida el 21/05/ copia simple del documento en el que se determina el periodo de tiempo que el interventor asignado por la CNBV sera el responsable o encarcargdo de Ficrea sigue a cargo de su administración". accion que se ha llevado a cabo desde 19 de diciembre de 2014, en oficio publicado en el diario oficial de la federación, la SHCP y la CNBV anuncian la revocación del permiso para que Ficrea opere como sociedad financiera popular, al tiempo que se ordena su liquidación, y se designa al sae como liquidador. (sic) En uso de la palabra, la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, en su carácter de Directora Contenciosa, adscrita a la Dirección General Contenciosa de la CNBV, solicitó a los miembros del Comité la confirmación de la respuesta de esa Unidad Administrativa en el sentido de dar a conocer que la información solicitada tiene carácter RESERVADO, de conformidad con los artículos 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Vigésimo Noveno de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido e información relativa al patrimonio y operación de la misma. Acuerdo CI 15/22/09 de la CNBV, en el sentido de dar conocer que el contenido de la información solicitada es RESERVADO de conformidad con los artículos 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Vigésimo Noveno de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ya que existe un procedimiento que no ha concluido e información relativa al patrimonio y operación de la misma copia simple del documento en el que la CNBV elabora y determina en su opiniones que conformaron delitos de carácter financiero con base a la la ley de ahorro y crédito popular, que el propio González Aguade describió en su adiciona frente a la bicameral en marzo del (sic) En uso de la palabra la Directora Contenciosa, Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno, Trigésimo Segundo fracción IX y Trigésimo Sexto fracciones I y II de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal por existir un procedimiento que no ha concluido e información relativa al patrimonio y operación de la misma.
10 Acuerdo CI 15/22/10 de la CNBV, de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno, Trigésimo Segundo fracción IX y Trigésimo Sexto fracciones I y II de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal por existir un procedimiento que no ha concluido e información relativa al patrimonio y operación de la misma copia simple del documento que González Aguadé manifestó que la CNBV dio aviso a la calificadora HR Ratings que señaló públicamente irregularidades en abril de 2012, sobre Leadman, empresa relacionada de Ficrea: "la calificadora calificaba a Leadman, no calificaba a la Sofipo, nunca puso una condición de emergencia (sobre las irregularidades), lo que decía es que (Ficrea) se financiaba de Leadman. lo supo (la calificadora) porque ya lo habíamos nosotros observado, porque se lo había prohibido la CNBV desde 2011 a la propia Ficrea, y fue de ahí que la calificadora lo tomó en su reporte... como no les gustó a los dueños de Leadman la calificadora, ya para 2013 ya no hizo pública la calificación... no tiene nada que ver con que nos hubiera alertado la calificadora sino fue al revés. (sic) En uso de la palabra la Directora Contenciosa, Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno y Trigésimo Sexto fracciones I y II de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido. Acuerdo CI 15/22/11 de la CNBV, de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno y Trigésimo Sexto fracciones I y II de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido copia simple del documento en la que la CNBV advierte a Ficrea que no podía hacer operaciones de otro nivel diferentes al nivel 1 por que no tenía la capacidad de hacerla. Gonzales Aguade expresa en sección bicameral de marzo del 2015 "por eso no la dejamos, por eso no podía hacer estas otras operaciones, y por eso es que ellos, al tratar de hacerlo, es que generaron todo este esquema... no es que hicieran de nivel 4 sino que querían moverse hacia nivel 4 y nuestra fueron autorizados por la comisión. (sic)
11 En uso de la palabra la Directora Contenciosa, Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno y Trigésimo Sexto de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido. Acuerdo CI 15/22/12 de la CNBV, de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno y Trigésimo Sexto de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido solicito copia simple del reporte de la intervencion que se presento ante la CNBV para el decreto la suspensión de operaciones y la liquidacion de Ficrea. descrito en el documento de la CNBV resolución de Ficrea S.A. de C.V. sociedad financiera popular, México D.F. 19 de diciembre del 2014 emitido por la CNBV. en el que dice a la letra. (sic) En uso de la palabra, la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, en su carácter de Directora Contenciosa, adscrita a la Dirección General Contenciosa de la CNBV, solicitó a los miembros del Comité la confirmación de la respuesta de esa Unidad Administrativa en el sentido de dar a conocer que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA, de conformidad con los artículos 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Vigésimo Noveno de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido. Acuerdo CI 15/22/13 de la CNBV, en el sentido de dar conocer que la información solicitada se encuentra RESERVADA de conformidad con los artículos 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Vigésimo Noveno de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ya que existe un procedimiento que no ha concluido documento oficial que le otorga la prerrogativa pregunto al fondo de protección que es un ente que esta por debajo del nivel de autoridad de la CNBV y de la SHCP y no siendo una figura de carácter legal para la toma de dicha decisión instruyo a la CNBV a disolución y liquidación de la sociedad. (sic)
12 En uso de la palabra la Directora Contenciosa, Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa de la CNBV, en el sentido de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno, Trigésimo Segundo fracción IX y Trigésimo Sexto fracciones I y II de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido e información relativa al patrimonio y operación de la misma. Acuerdo CI 15/22/14 de la CNBV, de que la información solicitada se encuentra clasificada como RESERVADA y CONFIDENCIAL, con fundamento en los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el Vigésimo Noveno, Trigésimo Segundo fracción IX y Trigésimo Sexto fracciones I y II de los Lineamientos para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por existir un procedimiento que no ha concluido e información relativa al patrimonio y operación de la misma Solicitudes de Información de los No , , , , , , , , recibidas el 13/04/ copia simple del documento en el que la CNBV le confirmo a hr ratings que sabia de la triangulacion que realizaba ficrea en sus contratos desde el como lo expreso Gonzalez Aguade en secion bicamaral realizada en el mes de marzo. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que no existe un documento elaborado por este Organismo en el que haya manifestado lo señalado por el solicitante. Acuerdo CI 15/22/15 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que no existe un documento elaborado por este Organismo en el que haya manifestado lo señalado por el solicitante.
13 documento en que advierten y o sancionan a ficrea por tener ahorradores mayores de cien millones de pesos. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Acuerdo CI 15/22/16 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental cipia simple del oficio firmado por el Servicio de Administración de Bienes de la Secretaría de Hacienda (SAE), en por su apoderado legal, dice que después de tres meses y medio de que la CNBV decretó la liquidación de ficrea, el SAE no ha aceptado la designación como liquidador. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Acuerdo CI 15/22/17 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental copia del documento en el que la CNBV le solicita a NAFINSA es el valor de la cartera, y bajo que fundamentos de la ley CNBV solicit la creación, administración y valorización de los recursos de ficrea.
14 En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que esta CNBV no le solicitó a NAFIN lo señalado por el solicitante. Acuerdo CI 15/22/18 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental ya que la CNBV no solicitó a NAFIN lo señalado por el solicitante Se solicita atentamente: i) hacer entrega del informe(s) que en su momento fue(ron) turnado(s) al comité técnico del fondo de protección de sociedades financieras populares y de protección a sus ahorradores con el fin de determinar la intervención gerencial, suspensión y posterior liquidación de Ficrea, S.A. de C.V. S.F.P. ("Ficrea"); ii) especificar el número de pagos y montos por concepto de seguro (hasta por 25,000) efectuados hasta esta fecha por la liquidación de Ficrea; iii) entregar copia de todos y cada uno de los contratos de arrendamiento puro y/o financiero celebrados por Ficrea y Leadman Trade, S.A. de C.V. ("Leadman Trade"); iv) entregar todas y cada una de las recomendaciones que en su momento fueron entregadas o realizadas a Ficrea con el fin de que ésta regularizara su situación legal en el marco de las atribuciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; iv) especificar los pagos realiazados a todos y cada uno de los arrendadores de las oficinas, locales y/o bodegas que se encuentran en uso por parte de Ficrea y Leadman; v) especificar todas y cada una de las cuentras bancarias y nombre de las instituciones financieras en donde se encuentran todos los depositos de Ficrea y Leadman hasta esta fecha y; vi) entregar copia todos los contratos de fideicomiso celebrados por Ficrea y Leadman con Nacional Financiera (Nafinsa) hasta esta fecha. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité de Información, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información solicitada en los numerales i), ii), iii), iv) [segundo], v) y vi) es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que dicha información la tiene el interventor gerente. Adicionalmente, la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó la confirmación de que la información solicitada en el numeral iv) es RESERVADA y CONFIDENCIAL en términos de los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por tratarse de procedimientos que no han concluido e información confidencial.
15 Acuerdo CI 15/22/19 de la CNBV, de que la información solicitada en los numerales i), ii), iii), iv) [segundo], v) y vi)es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental ya que dicha información la tiene el interventor gerente. Asimismo, acordaron confirmar que es RESERVADA y CONFIDENCIAL, la información concerniente al numeral iv) en términos de los artículos 14 fracción VI y 18 fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por tratarse de procedimientos que no han concluido e información confidencial copia simple del sustento legal en el que la CNBV o el interventor de ficrea se fundamento para añadir ese párrafo y obligar que lo suscriban los ahorradores al cobro del fondo de seguro para ficrea al cual tienen derecho los ahorradores y que dice *el firmante renuncia a demandar a los encargados del fondo y a las autoridades federales* (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. De igual forma, señaló que se pondría a disposición del solicitante la liga electrónica en la que podría encontrar diversa información de Ficrea y el texto de lo que establece el documento en cita: Acuerdo CI 15/22/20 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, en los términos solicitados, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental dictamen del estudio en el la CNBV determine que Di Costanzo Iturriaga, que es el titular de la dirección de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita de la CNBV en su actuación en el caso de ficra no está implicado en un conflicto de interés lo anterior derivado que como su puesto se basa en art 16, 43, y 56 del reglamento interior de la CNBV y este conflicto de interés se establece en su relación con CONDUSEF para el caso ficre. (sic)
16 En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que esta CNBV no realizó Dictamen alguno al respecto. Acuerdo CI 15/22/21 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que la CNBV no realizó Dictamen alguno al respecto dictamen realizado por la CNBV con respecto a los gastos de publicidad que ficrea realizo para promocionarse con respecto a lo que establece la lay, el artículo 12 de la Ley para la trasparencia y ordenamiento de los servicios financieros. (sic) En uso de la palabra la Lic. Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre, Directora Contenciosa de la CNBV solicitó a los miembros de este Comité, confirmar la respuesta de la Dirección General Contenciosa, en el sentido de que la información es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que esta CNBV no realizó un Dictamen en los términos solicitados. Acuerdo CI 15/22/22 de la CNBV, de que la información es INEXISTENTE, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 70 fracción V del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que la CNBV no realizó un Dictamen en los términos solicitados. 3.- Generales 3.1. Resolución recaída al Recurso de Revisión RDA , solicitud de información , recibida el 3 de junio de Dirección General de Supervisión de Participantes en Redes
17 1.-?Cuantos "buros de credito" operan en Mexico?; 2.-?Cuantos creditos relativos a cientes individuales tienen registrados, a la fecha, los "buros de credito"? 3.-?Cuantos creditos relativos a clietes individuales tienenregistrados los "burios de credito", con una antiguedad a 72 meses?; 4.- Cuantos registros de clientes individuales han sido borrados por los buros de credito, como consecuencia de informacion proporcionada por usuarios en el sentido de que han cumplido con sus obligaciones; 5.-?Cuantos clientes individuales han sido registrados por los buros de credito por informacion de usuarios con relacion a prestamos o financiamientos asociados a tarjetas de credito que no hayan solicitado o contratados con dichos usuarios?; 6.-?Cuantos clientes individuales se encuentran registrados por los buros de credito respecto a creditos menores al equivalente (a la fecha) de 1000 UDIS? 7.-?Cuantos clientes individuales han autorizado expresamente (mediante su firma autografa) en lso ultimos 5 años a los buros de credito para que proporcionen informacion crediticia a usuarios distintos con los que cuenten con una relacion financiera? 8.-?Cuanto cuesta a los clientes individuales obtener un reporte de credito especial? (sic) Con fecha 31 de marzo de 2015, se hizo del conocimiento del solicitante el contenido del memorándum UE- 246/15 relativo a la respuesta proporcionada por la Dirección General de Supervisión de Participantes en Redes de la CNBV a la señalada solicitud; sin embargo dicha respuesta no satisfizo al solicitante e interpuso recurso de revisión. En su momento la Lic. Brenda López Muñoz, Inspector de Participantes en Redes de la CNBV sostuvo la pertinencia de reiterar el contenido de la respuesta dada a conocer al solicitante mediante memorándum UE- 246/15. Por Acuerdo CI 15/14/09, los miembros del Comité de Información acordaron que para dar atención al Recurso de Revisión RDA 1552/15 relacionado a la solicitud de información se debía REITERAR la INEXISTENCIA de la información solicitada y así lo hicieron, en su oportunidad, los Delegados Especiales del mencionado Órgano Colegiado C.C. René Trigo Rizo, Presidente Suplente y Delegado Especial del Comité de Información, Laura Elizabeth de la Borbolla Aguirre Directora de Área de lo Consultivo y Mario Alejandro Esperón Rodríguez Especialista de la Dirección General Contenciosa de la CNBV, mediante alegatos formulados ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. En uso de la palabra el Lic. Federico Borrego Meriodo, Director General de Supervisión de Participantes en Redes de la CNBV expresó que el pasado 3 de junio de 2015 se notificó a esta Comisión el SOBRESEIMIENTO del Recurso de marras, de lo cual se permitía participar a este Comité. Acuerdo CI 15/22/23 Los miembros del Comité acordaron tomar nota de las resultas de la tramitación y SOBRESEIMIENTO del Recurso de Revisión RDA 1552/15 relacionado a la solicitud de información
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