MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. MODALIDAD PARTICULAR PROYECTO: TIENDAS DE AUTOSERVICIO.

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1 . MODALIDAD PARTICULAR I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. I.1. Proyecto TIENDAS DE AUTOSERVICIO I.1.2. Ubicación del proyecto El predio de pretendida ubicación se localiza en la Av. Andrés Quintana Roo (Av. 11 Sur), entre Av. 75 y Av Maravilla, en la Isla de Cozumel, Municipio Cozumel, estado de Quintana Roo. Localización geográfica del predio de interés: El proyecto se pretende localizar en la Av. Andrés Quintana Roo, también conocida como Av. 11 Sur, en la Isla de Cozumel, Quintana Roo. 1

2 . MODALIDAD PARTICULAR 1.3 Responsable del estudio I.3.1 Nombre o razón social

3 . MODALIDAD PARTICULAR I.3.2 Registro federal de contribuyentes I.3.4 Dirección del responsable técnico del estudio 3

4 . MODALIDAD PARTICULAR II.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El proyecto que se somete a consideración de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la presente Manifestación de Impacto Ambiental, consiste en la remoción de la vegetación y modificación del suelo el predio localizado en la Av. Andrés Quintana Roo (Av. 11 Sur), entre Av. 75 y Av Maravilla, en la Isla de Cozumel, Municipio Cozumel, estado de Quintana Roo para la posterior construcción de dos tiendas de autoservicio y estacionamiento en concordancia con el uso de suelo definido por el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de El predio de pretendida ubicación del proyecto cuenta con una superficie total de 37, m 2. Para lograr el desarrollo de las actividades del proyecto, se requiere un espacio libre de vegetación que pueda ser nivelado y compactado de acuerdo a las normas y especificaciones de construcción. Para este fin es necesaria la remoción de 32, m 2 de selva mediana con vegetación secundaria arbórea y arbustiva lo que corresponde al % de la superficie total del predio es de 37, m 2. Las actividades que implica el proyecto de cambio de uso de suelo que se presentan a consideración de la autoridad evaluadora, a través del presente documento, servirán como etapa previa a la construcción de dos tiendas de autoservicio (Bodega AURRERA y SAMS CLUB). De conformidad con sus dimensiones, características, ubicación y alcances, corresponde la evaluación y en su momento la autorización de las obras constructivas en materia de impacto ambiental al Gobierno del Estado de Quintana Roo, por conducto de su Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental. De acuerdo con las Tablas de superficies que se presentan en el apartado correspondiente a las dimensiones del proyecto, se tiene que el cambio de uso de suelo implica el desmonte de una superficie de 32, m 2, lo que implica el % del total de la superficie del predio indicado. II.1 Información general del proyecto. La empresa pretende realizar el Cambio de Uso del Suelo en una superficie de 32, m 2 a efecto de construir dos tiendas de autoservicio (Bodega AURRERA y SAMS CLUB), lo que resulta concordante con el proceso y las necesidades que impone el desarrollo urbano de la ciudad de Cozumel. 4

5 . MODALIDAD PARTICULAR El terreno se presenta actualmente como un espacio de condición natural embebido en la traza urbana de la Ciudad de Cozumel, de manera que no puede ser considerado como un espacio íntegro ni prístino. El cambio de uso de suelo que se presenta, se ha de ejercer sobre un área en la que el sistema natural ha sido modificado previamente y que esos cambios implican una tendencia irreversible de la zona ya que el suelo se sujeta a un desarrollo planificado de acuerdo con el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de 2006 y el Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 21 de octubre de Las actividades para el cambio de uso de suelo en esta porción de selva tropical se realizarán sobre una vegetación cuyos atributos florísticos permiten determinarla como terrenos forestales de productividad maderable baja ya que corresponden a una selva mediana con presencia de ejemplares frutales, espacios con vegetación secundaria arbustiva con presencia de algunos árboles maduros de chicozapote (Manilkara zapota) y caobas (Swietenia macrophylla). Por lo anterior, la actividad que aquí se analiza y que se somete a consideración de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la presente Manifestación de Impacto Ambiental, se encuentra listada bajo los supuestos del Artículo 28, fracción VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en el Artículo 5, inciso O), de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, publicado el 30 de mayo de 2000, en el Diario Oficial de la Federación. El Artículo 28, fracción VII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece a letra lo siguiente: Artículo 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrios ecológicos o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el reglamento que al efecto se expida quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: 5

6 . MODALIDAD PARTICULAR VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; El Artículo 5, inciso O), de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, publicado el 30 de mayo de 2000, en el Diario Oficial de la Federación, establece lo siguiente: Artículo 5.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirá previamente la autorización de la Secretaría en materia de Impacto Ambiental: Inciso O). CAMBIOS DE USO DEL SUELO DE ÁREAS FORESTALES, ASÍ COMO EN SELVAS Y ZONAS ÁRIDAS: I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables. Adicionalmente a lo anterior, se indican en la tabla siguiente las disposiciones establecidas en los instrumentos de gestión territorial que rigen el sitio en el que se pretende este proyecto: Instrumento de regulación Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo. Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo. Fecha de publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo. 27 de abril de de octubre de 2008 Si bien actualmente no se ha removido el suelo ni la vegetación de este predio, puesto que no se ha ejecutado el cambio de uso del suelo, lo indicado y determinado por los instrumentos de regulación territorial es Nuevo Centro 6

7 . MODALIDAD PARTICULAR Urbano en la Zona Urbana de Cozumel por lo que se estima que, en términos de ley, la intervención que aquí se expone y la posterior construcción de dos tiendas de autoservicio son compatibles con el uso de suelo asignado. II.1.2 Selección del sitio. Para la selección del sitio se tomaron en cuenta los siguientes criterios: 1 El predio es propiedad de la empresa INMOBILIARIA CARPIR, S. DE R.L. DE C.V. 2 El sitio, cuenta con la capacidad para sostener y desarrollar un centro comercial de acuerdo a lo indicado por el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de 2006 y el Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 21 de octubre de La superficie de 37, m 2 del predio lo hacen suficiente para el desarrollo que se pretende. 4 Desde la perspectiva ambiental el predio presenta una condición de aislamiento y fragmentación dada la matriz urbana en la que se encuentra embebido y obras diversas que se ubican en su periferia inmediata por lo que se estima que puede ser intervenido. 5 En las 3.7 ha de este terreno la vegetación corresponde a una selva mediana con presencia de ejemplares frutales, espacios con vegetación secundaria arbustiva con presencia de algunos árboles maduros de chicozapote (Manilkara zapota) y caobas (Swietenia macrophylla), de los cuales se podría aprovechar su sombra para espacios verdes y de estacionamiento. Es bajo estos criterios de selección que se optó por este terreno. No se consideraron otras alternativas ya que el predio ofrece el uso de suelo y posibilidades que se requieren para la construcción y operación del proyecto encontrándose en un escenario previamente transformado por una traza urbana oficialmente regulada. Dadas estas particularidades, se razona que no se compromete la integridad y funcionalidad de ningún ecosistema y que la propuesta sí concuerda con los usos y destinos del suelo emanados del marco legal aplicable ya que se pretende la construcción de comercios y servicios en un sitio determinado para esta actividad. 7

8 . MODALIDAD PARTICULAR II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización. El predio de pretendida ubicación se localiza en la Av. Andrés Quintana Roo (Av. 11 Sur), entre Av. 75 y Av Maravilla, en la Isla de Cozumel, Municipio Cozumel, estado de Quintana Roo. El proyecto se pretende localizar en la Av. Andrés Quintana Roo, también conocida como Av. 11 Sur, en la Isla de Cozumel, Quintana Roo. En la siguiente imagen se muestra la localización del predio del proyecto: 8

9 . MODALIDAD PARTICULAR 86 57' 150"W 86 57' W 86 56' 450"W 86 56' 300"W 86 56' 150"W 24 septiembre 2010 The grid at the western edge of the map is 0 00' 58.34" due east of true north 20 29' 150"N 20 29' 300"N 20 29' 450"N m m km 5 km m 2, m 2,2 T R U E N O R T H 2, m 2, m 505km km km 2266km Scale 1: 6,000 Centred on 505,815m, 2,266,003m UTM Zone 16 ( 20 29' 34" N, 86 56' 39" W WGS84) 86 57' 150"W 86 57' W 86 56' 450"W 86 56' 300"W 86 56' 150"W W N S E POLÍGONO (3.706 HA.) m m T R U E N O R T H 20 29' 450"N 20 29' 300"N 20 29' 150"N The grid at the eastern edge of the map is 0 01' 25.54" due east of true north METRES METRES El proyecto se pretende desarrollar en la porción Sureste de la mancha urbana de Cozumel, Quintana Roo, de acuerdo con las imágenes. 9

10 . MODALIDAD PARTICULAR Medidas y colindancias del predio. El predio donde se pretende desarrollar el proyecto, presenta las siguientes medidas y colindancias: Medidas y colindancias. Sentido Distancia Colindancia Al Noreste metros en línea recta Av. Andrés Quintana Roo (11SUR) Al Noroeste metros en línea recta Avenida 75 SUR. Al Suroeste metros en línea recta Calle 17 SUR. Al Oeste metros en línea quebrada Propiedad privada. El polígono del predio se refiere, en rumbos, distancias y coordenadas en la siguiente tabla: Tabla de Coordenadas del polígono del predio. Coordenadas GPS Etrex UTM WGS SUPERFICIE DEL TERRENO 37, m 2. En las siguientes imágenes se muestra parte de las colindancias del predio. Se muestran diferentes puntos de colindancias del predio pretendido. 10

11 . MODALIDAD PARTICULAR Colindancia con la Av. Andrés Quintana Roo (Av. 11 Sur). II.1.4 Inversión requerida. El costo de las actividades del proyecto, las cuales consisten en la transformación del suelo es de $200, (doscientos mil Pesos). II.1.5 Dimensiones del proyecto. El proyecto TIENDAS DE AUTOSERVICIO, consiste en realizar la remoción de la vegetación y modificación del suelo de 32, m 2, lo cual implica el % de la totalidad de la superficie del Lote elegido, el cual cuenta con un área de 37, m 2. Esta intervención constituye el cambio en el relieve, en el carácter topográfico y en las propiedades naturales del suelo por lo que se presenta la Manifestación de Impacto Ambiental de estas actividades, de acuerdo con lo establecido en Artículo 28, fracción VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en el Artículo 5, inciso O), de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, publicado el 30 de mayo de 2000, en el Diario Oficial de la Federación. El proyecto de cambio de uso de suelo (retiro de la vegetación y modificación de las propiedades del sustrato) ha de realizarse en el término de un año. El cambio será definitivo por lo que se solicita vigencia perpetua del resolutivo. La propuesta que se somete a consideración de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a través de la presente Manifestación de Impacto Ambiental, consiste en la remoción de la vegetación de un predio de carácter urbano aún cubierto por una selva mediana a efecto de preparar el suelo para la construcción de un espacio comercial que alojará dos tiendas de autoservicio y un estacionamiento. Ambos en concordancia con el uso de suelo definido por el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del 11

12 . MODALIDAD PARTICULAR Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de 2006 y el Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 21 de octubre de Las actividades de remoción de vegetación y que se someten a evaluación ante la SEMARNAT a través de la presente MIA-P, darán pié a la posterior construcción de dos tiendas de autoservicio y de la cual su construcción y operación se encuentra en evaluación ante el Gobierno del Estado de Quintana Roo, por conducto del Instituto de impacto y Riesgo Ambiental. De acuerdo con lo indicado, se tiene que las tiendas serán de un nivel y contará con piso de ventas, bodegas, patio de maniobras, estacionamiento, pasos peatonales, vialidades y áreas verdes. Las superficies de ocupación específicas del predio por las construcciones del proyecto y que están sujetas a consideración del Gobierno del Estado de Quintana Roo, son las siguientes: Tabla. Superficies de proyecto. Elemento Área por ocupar Superficie con respecto al total del predio. Bodega AURRERA 6, SAMS CLUB 5, Patio maniobras. 1, Planta de Tratamiento de A. Residuales Compactador de basura Rack de refrigeración AURRERA Rack de refrigeración SAMS CLUB Anden y rampa Banquetas. 1, Andador peatonal Subestación Pavimento asfalto 11, Subtotal de áreas asfaltadas 25, Estacionamiento con adopasto 6, Área verde 4, Subtotal de áreas permeables 11, TOTAL DEL PREDIO 37,

13 . MODALIDAD PARTICULAR De acuerdo con la tabla anterior, se advierte lo siguiente: El predio cuenta con una superficie total de 37, m 2. El desarrollo de obras que ocuparán suelo serán sobre 25, m 2, lo que equivale al % del predio. Adicionalmente, se requerirá de remover de 6, m 2, en donde se instalará el estacionamiento de adopasto. Esta última área implica remoción de la vegetación, sin embargo no considera construcción, por lo que siempre será permeable. En virtud de lo anterior, dicha superficie no se contabiliza para el Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS). De acuerdo con lo anterior, la superficie total en la que se removerá la cubierta vegetal, es decir que implica el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, es de 32, m 2, es decir el % de la superficie total del predio. Partiendo de las características del subsuelo reveladas con el estudio geotécnico se determinó necesaria una cimentación a base de zapatas corridas desplantadas sobre la capa más resistente del terreno que se encuentra a una profundidad mínima de 1.0 m respecto al nivel del terreno actual. Se diseña para una capacidad de carga admisible de 25 ton/m 2. La tienda será construida de manera tradicional empleando marcos y vigas de acero con columnas y trabes metálicas. Los muros perimetrales se construirán en block a una altura de 3 metros y los cerramientos se harán con prefabricados para construcción metálica de tipo economuro o multipanel. El entrepiso será formado por vigas metálicas para la colocación de losacero o similar. El techo se forma con la estructura de acero que es cubierto por un conjunto de láminas metálicas ensambladas con sistema JOIST (vigas de alma abierta). De acuerdo con las dimensiones, características, ubicación y alcances de las obras, se indica que éstas habrán de ser valoradas por el Gobierno del Estado de Quintana Roo, por conducto del Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental, mediante la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente. De acuerdo con los planos anexos en el presente documento, el desarrollo del proyecto implica el cambio de uso del suelo de vegetación forestal en una superficie de 32, m 2, es decir el % de la totalidad del predio el cual mide 37, m 2, para construir dos tiendas de autoservicio incluyendo los patios, estacionamientos, vialidades y andadores. II.1.6 Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias. 13

14 . MODALIDAD PARTICULAR El predio actualmente es un espacio de 37, m 2 en el cual se desarrolla una selva mediana con presencia de ejemplares frutales, y espacios con vegetación secundaria arbustiva con presencia de algunos árboles maduros de chicozapote (Manilkara zapota) y caobas (Swietenia macrophylla). Se observa una severa presión humana sobre los recursos de este terreno las cuales se hacen evidentes por las veredas, postes, restos de construcciones abandonadas, vertimientos de desechos domésticos, la extracción de tierra, la presencia de vegetación secundaria y palizada. Condiciones que actualmente prevalecen en la cubierta vegetal del predio. Se observan senderos en el interior del Lote. El suelo, en cuanto a sus usos y destinos, corresponde, de acuerdo al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de 2006, designando un uso de suelo Nuevo Centro Urbano (clave CU ). 14

15 . MODALIDAD PARTICULAR En este sentido, el Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 21 de octubre de 2008, considera el área del proyecto Unidad de Gestión Ambiental denominada CP1, la que corresponde a Desarrollo Urbano; Centro de Población, con una política ambiental de Aprovechamiento. Política Ambiental: Aprovechamiento. Lineamiento: Lograr un desarrollo urbano sostenible para evitar que el centro de población genere impactos acumulativos. UGA Aplicables: CP1 Uso predominante: Desarrollo urbano: Centro de Población. Usos compatibles: Hotelería/Residencial turístico; Comercial, Industrial, Mantenimiento de Espacio Natural. Usos condicionados: Agropecuario; Pesca Usos incompatibles: Acuícola; Minería. De acuerdo con lo anterior, se advierte que las actividades que implican el desarrollo del proyecto que se presenta a valoración de la autoridad ambiental, no contravienen los usos de suelo establecidos para el sitio elegido. En las colindancias inmediatas se presenta lo siguiente: 15

16 . MODALIDAD PARTICULAR Colindancias noreste del predio. Se observa que en las colindancias se desarrollan áreas habitacionales, las que se verán beneficiadas por la inserción del proyecto. 16

17 . MODALIDAD PARTICULAR II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos. El sitio en el que se pretende el proyecto es un espacio urbanizado con algunos parches aislados por calles que aún mantienen la vegetación original. Los servicios que requiere el proyecto ofrecidos en el sitio elegido son: agua potable, suministro de energía eléctrica, recolección de basura, red sanitaria para aguas residuales, telefonía con servicio de voz y datos por fibra óptica. Al sitio del proyecto se llega por vía marítima tomando el ferri de cruce en el muelle fiscal de Playa del Carmen, Municipio de Solidaridad, el cual desembarca en el muelle fiscal de Isla Cozumel. Desde el centro de la ciudad de Cozumel, se toma la vialidad costera Rafael E. Melgar, en dirección al Sur hasta la intersección con la Av. Andrés Quintana Roo, (11 SUR), en dirección oriente, hasta cruzar la 65 Avenida Sur, a la altura de la 80 Av. Sur. Descripción de servicios requeridos. Las tiendas de autoservicio contemplan el uso de los servicios básicos urbanos, como son: agua potable, energía eléctrica, drenaje, disposición de residuos sólidos, telefonía, voz y datos. La demanda de energía eléctrica se estima en 4,000 KW la que se resolverá con una subestación eléctrica. Se instalará una planta de emergencia con capacidad de 600 KW. Para la iluminación se utilizarán luminarias y equipos ahorradores de energía, así como también los equipos de aire acondicionado estarán dotados de un servicio de automatización. Para la ejecución del cambio de uso de suelo no se requiere ninguno de los servicios mencionados, en virtud de que las actividades que se pretenden corresponden únicamente al retiro de la cubierta vegetal del % de la superficie del predio elegido, para las cuales no resultan necesarios dichos servicios. II.2 Características particulares del proyecto II.2 Programa general de trabajo para el cambio de uso del suelo. Esta actividad puede ser ejecutada en 8 semanas. No obstante y en consideración de los tiempos de inversión se solicita un año para la ejecución del cambio de uso de suelo. Una vez realizado este cambio de uso del suelo de forestal a comercial y en virtud de que el resultado de esta intervención sobre las propiedades del suelo 17

18 . MODALIDAD PARTICULAR y de la vegetación es permanente e irreversible se solicita la vigencia perpetua del resolutivo. El proyecto de cambio de uso de suelo implica la remoción de la vegetación y de la capa fértil del suelo sobre 32, m 2 lo que equivale a la preparación del sitio para la construcción de las tiendas de autoservicio, patios, estacionamientos, vialidades y andadores. II.2.1 Preparación del sitio. La fase de preparación de sitio corresponde, precisamente, al cambio de uso de suelo que se manifiesta. La ejecución implica las siguientes acciones: 1) Rescate de Vegetación: Se retirarán los individuos vegetales que por su talla y especie sean susceptibles de rescate. Se mantienen los árboles elegidos para dotar sombras en las áreas en las que estos no interfieran con el desplante del proyecto constructivo. 2) Desmonte: Se retira la vegetación utilizando medios mecánicos y manuales. Se conservaran en pie los árboles que no interfieran con el desplante del proyecto. 3) Despalme: Se retira, por medios mecánicos, la capa húmica del suelo. Ésta es cargada y acarreada en camiones de volteo con capacidad de carga de 7 o 14 m 3. Esta tierra se acopia temporalmente para ser usada en la jardinería del proyecto y el volumen restante será dispuesto en el sitio que indique la autoridad municipal competente. II.2.2 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto. Para la realización del cambio de uso del suelo no se requieren obras ni se implican actividades provisionales. II.2.3 Etapa de construcción. La obras y actividades relacionadas con la construcción del supermercado no se analizan en este documento, ya que éstas se sujetan a las regulaciones estatales en materia de impacto y riesgo ambiental. II.2.4 Etapa de operación y mantenimiento. Una vez ejecutado el cambio de uso del suelo no se realiza ninguna operación adicional por lo que no se requiere de mantenimiento alguno. Las actividades que se valoran en la presente MIA-P consisten en la remoción de la vegetación del % de la superficie del predio indicado. 18

19 . MODALIDAD PARTICULAR Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos. Como ya se mencionó anteriormente el predio del proyecto se encuentra al interior de la retícula urbana de Cozumel donde se cuenta con los servicios e infraestructura necesaria para la disposición adecuada y el apropiado manejo de los residuos generados durante el cambio de uso de suelo. Durante las actividades de remoción de la vegetación, los escasos residuos generados serán trasladados por el servicio de limpia al relleno sanitario correspondiente. Los desechos orgánicos, que serán captados mediante letrinas móviles del tipo Sanirent, se entregan a la empresa arrendadora quien se encarga de la adecuada disposición final. No se generarán residuos peligrosos. Los restos de vegetación y tierra húmica se apilarán al interior del predio en los sitios que carecen de vegetación para ser posteriormente triturados o dispuestos en las áreas verdes del proyecto o donde la autoridad municipal lo indique. Los tiempos de ejecución del cambio de uso del suelo son como sigue: ACTIVIDAD RESCATE DE FLORA RESCATE DE FAUNA DESMONTE Y DESPALME SECADO Y TRITURADO SEMANAS Debido a la naturaleza de las actividades del proyecto, las que corresponden al cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por la remoción de la cubierta de vegetación de 32, m 2, no se considera en la presente Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad Particular, el desarrollo de las etapas de construcción, operación y mantenimiento. 19

20 . MODALIDAD PARTICULAR III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y REGULACIÓN DE USO DEL SUELO. Siendo que el Procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental es considerado por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) como la disposición jurídica indicada para establecer condiciones a los que se deberán ceñir aquellas obras o actividades que, por sus características y ubicación, pueden ocasionar desequilibrios ambientales o rebasar los límites establecidos y aplicables para proteger el ambiente con el objeto de evitar o reducir los potenciales efectos negativos sobre los ecosistemas la empresa promovente presenta, para su correspondiente evaluación técnica y dictamen, esta manifestación de Impacto Ambiental, en modalidad particular en virtud de que no se encuadra en los supuestos indicados en el artículo 11 del REIA. La obligación jurídica en Materia de Impacto Ambiental ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, deriva de los siguientes artículos de la LGEEPA: Artículo 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas En particular lo indicado en el inciso VII que dice: VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; Esta manifestación se vincula con el siguiente articulado de la LGEEPA: Artículo 30. Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá de contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente. ARTICULO 35.- Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría iniciará el procedimiento de evaluación, para lo cual revisará que la solicitud se ajuste a las formalidades previstas en esta Ley, su Reglamento y las 20

21 . MODALIDAD PARTICULAR normas oficiales mexicanas aplicables, e integrará el expediente respectivo en un plazo no mayor de diez días. Para la autorización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28, la Secretaría se sujetará a lo que establezcan los ordenamientos antes señalados, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. En lo relativo al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Preservación del Ambiente, en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental (RIA), publicado el 30 de mayo de 2000, en el Diario Oficial de la Federación, el presente ejercicio se vincula con los siguientes artículos: ARTICULO 3. Para los efectos del presente reglamento se considerarán las definiciones contenidas en la ley y las siguientes: I. Cambio de uso de suelo: Modificación de la vocación natural o predominante de los terrenos, llevada a cabo por el hombre a través de la remoción total o parcial de la vegetación; Artículo 5, Inciso O) CAMBIOS DE USO DEL SUELO DE ÁREAS FORESTALES, ASÍ COMO EN SELVAS Y ZONAS ÁRIDAS: I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables; II. Cambio de uso del suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con excepción de las actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se realicen en predios con pendientes inferiores al cinco por ciento, cuando no impliquen la agregación ni el desmonte de más del veinte por ciento de la superficie total y ésta no rebase 2 hectáreas en zonas templadas y 5 en zonas áridas, y III. Los demás cambios de uso del suelo, en terrenos o áreas con uso de suelo forestal, con excepción de la modificación de suelos agrícolas o pecuarios en forestales, agroforestales o silvopastoriles, mediante la utilización de especies nativas. 21

22 . MODALIDAD PARTICULAR En virtud de lo anteriormente enunciado, se observa que esta manifestación de impacto ambiental es procedente ya que encuadra en el supuesto I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal.. En este tenor, el RIA establece, en el Artículo 9 que se deberá de presentar una Manifestación de Impacto Ambiental en la modalidad que corresponda, para que ésta realice la evaluación del proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita la autorización. En este ejercicio se ha valorado un impacto ambiental puntual sobre un predio incluido dentro de una traza urbana, delimitado por tres avenidas y cuyos recursos maderables han sido utilizados por personas ajenas a la promovente. Además, como se manifestó anteriormente, el espacio es utilizado como vertedero de basura, principalmente de origen doméstico, sin consentimiento de la propietaria. En virtud de lo anterior se determinó que la modalidad de éste estudio ha de ser particular en concordancia con lo indicado en el artículo 11 del RIA ya que no implica ninguno de los supuestos siguientes: I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas; II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 de este reglamento; III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada, y IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas Adicionalmente, esta Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad Particular se vincula y soporta en el Artículo 49 del RIA partiendo de que Las autorizaciones que expida la Secretaría sólo podrán referirse a los aspectos ambientales de las obras o actividades de que se trate y su vigencia no podrá exceder del tiempo propuesto para la ejecución de éstas. Así, y una vez establecidos los motivos por los que la LGEEPA y el Reglamento norman el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para este cambio de uso de suelo, se manifiesta que éste cumple con las disposiciones legales que 22

23 . MODALIDAD PARTICULAR le son aplicables tanto de la LGEEPA como de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Derivado de lo anterior el proyecto aquí discutido se analiza en función de los impactos ambientales que pueda causar exclusivamente el cambio de uso de suelo de vegetación forestal hacia un uso para el establecimiento de instalaciones comerciales considerando los parámetros urbanos vigentes y, necesariamente, ambientales según lo establecido en los instrumentos jurídicos. Del análisis realizado a esta propuesta y su contraste con las posibilidades de intervención que ofrecen los distintos instrumentos de gestión territorial se ha estimado que es congruente y también es concordante con el sitio que la recibe dadas las actividades, la dinámica y tendencias de desarrollo habitacional, y comercial que se observan en el área circundante. En lo referente al proyecto, que corresponde al cambio de uso del suelo de vegetación forestal en 32, m 2 se observa que las restricciones urbanas y las del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial Local la permiten. PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO Y LOCAL DEL MUNICIPIO DE COZUMEL, QUINTANA Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 21 de octubre de De acuerdo con el Programa de Ordenamiento, se establecen las estrategias generales para su atención y cumplimiento, las que se muestra a continuación: ESTRATEGIAS GENERALES Se deberá desarrollar un programa de monitoreo poblacional de especies endémicas al municipio o que se encuentren en la NOM-059-SEMARNAT Se prohíbe la introducción de especies de flora y fauna. La cobertura vegetal de las áreas no sujetas a aprovechamiento, se deberá conservar en las condiciones naturales de flora y fauna nativa silvestre. Se debe promover un programa de erradicación de perros, gatos y ganado ferales, boas (Boa constrictor), ratas de ciudad (Rattus rattus, Rattus norvergicus) y ratones de casa (Mus musculus). Queda prohibido el uso de venenos en los programas de erradicación de especies introducidas. Se prohíbe la fumigación de áreas con vegetación natural con excepción de las campañas nacionales de control de vectores de enfermedades y plagas. Se prohíbe el aprovechamiento de leña para fabricación de carbón. La Dirección de Medio Ambiente y Ecología del Municipio deberá realizar un monitoreo sobre el aprovechamiento de leña para uso doméstico conforme a lo 23

24 . MODALIDAD PARTICULAR establecido en la NOM-012-RECNAT El Ayuntamiento, grupos conservacionistas y operadores turísticos deberán iniciar en coordinación, un programa de educación ambiental en un lapso menor a 2 años. Es obligatorio el confinamiento de los residuos sólidos en los sitios de disposición final que determine la autoridad municipal competente. La autorización de cada 1000 nuevos cuartos de hotel o equivalente queda condicionada a que el H. Ayuntamiento implemente un programa que incremente en un 20% con respecto al momento de hacer la solicitud la capacidad del sistema de manejo de residuos sólidos municipales, de la planta de tratamiento que da servicio a la isla y de la extracción de agua potable que abastece al municipio. ATENCIÓN Y CUMPLIMIENTO. Se contará con un programa de rescate de especies de flora y fauna a ejecutarse previo al desarrollo de las actividades del proyecto, en el que se tendrá especial cuidado y atención sobre aquellos que se encuentren listados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT En el proyecto se prohibirá la introducción de especies de flora y fauna. La cobertura vegetal de las áreas no sujetas a aprovechamiento, conservarán sus condiciones naturales. Como un componente del Programa de rescate de flora y fauna, se promoverá la erradicación de perros, gatos y ganado ferales, boas (Boa constrictor), ratas de ciudad (Rattus rattus, Rattus norvergicus) y ratones de casa (Mus musculus). No se utilizarán venenos en las acciones de erradicación de especies introducidas. Las acciones de fumigación se realizaran de conformidad lo dicte la autoridad competente. No se realizará el aprovechamiento de leña para fabricación de carbón. En el sitio se realizará el acopio temporal de los residuos sólidos que se generen, los cuales habrán de confinarse en donde determine la autoridad municipal competente. De acuerdo con las coordenadas geográficas del predio, el sitio del proyecto se localiza en la Unidad de Gestión Ambiental denominada CP1, la que cuenta corresponde a Desarrollo Urbano; Centro de Población, con una política ambiental de Aprovechamiento. Se muestra en la siguiente imagen la ubicación del predio del proyecto con respecto al Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo. 24

25 . MODALIDAD PARTICULAR 22 septiembre ' W 86 58' W 86 57' W 86 56' W 86 55' W 86 54' W The grid at the western edge of the map is 0 00' 10.94" due east of true north 20 28' N 20 29' N 20 30' N 20 31' N m m km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km m 2, m 2,2 2268km 2268km 2267km 2267km T R U E N O R T H 2266km 2266km 2265km 2265km 2264km 2264km m 2, m 2,2 501km 502km 503km 504km 505km 506km 507km 508km 509km 510km 511km Scale 1: 28,000 Centred on 506,013m, 2,265,973m UTM Zone 16 ( 20 29' 33" N, 86 56' 32" W WGS84) W 10 N S E POLÍGONO (3.706 HA.) UGA CP m m T R U E N O R T H 20 31' N 20 30' N 20 29' N 20 28' N The grid at the eastern edge of the map is 0 02' 18.00" due east of true north 86 59' W 86 58' W 86 57' W 86 56' W 86 55' W 86 54' W KILOMETRES KILOMETRES Localización del proyecto en el Programa de Ordenamiento Ecológico y Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo. 25

26 De acuerdo con lo anterior, se muestran los usos de suelo y políticas aplicables a la Unidad de Gestión Ambiental CP1. Política Ambiental: Aprovechamiento. Lineamiento: Lograr un desarrollo urbano sostenible para evitar que el centro de población genere impactos acumulativos. UGA Aplicables: CP1 Uso predominante: Desarrollo urbano. Centro de Población. Usos compatibles: Hotelería/Residencial turístico; Comercial, Industrial, Mantenimiento de Espacio Natural. Usos condicionados: Agropecuario; Pesca Usos incompatibles: Acuícola; Minería. De acuerdo con lo anterior, se tiene que el proyecto se pretende desarrollar en un espacio considerado por el PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO Y LOCAL DEL MUNICIPIO DE COZUMEL, QUINTANA ROO, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 21 de octubre de 2008, con un Uso de Suelo Compatible con Comercial, por lo que resulta compatible. Problema El acelerado crecimiento poblacional de Cozumel ejerce presiones considerables sobre el equipamiento urbano de San Miguel y está generando impactos ambientales indirectos de consideración. Objetivos específicos 1. Promover el desarrollo sostenible del centro de población de San Miguel 2. Minimizar tanto los efectos negativos secundarios como los indirectos del crecimiento urbano. El presente documento corresponde a la Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad Particular, para el desarrollo de las actividades de cambio de uso de suelo por la remoción de la vegetación de un predio, para la posterior construcción dos tiendas de autoservicio, por lo que se establecen las medidas de prevención y compensatorias, así como los programas ambientales específicos a implementar, con el fin de mitigar los impactos que por dichas actividades pudieran generarse. Proyectos, programas y acciones. Compatibles Programas de Desarrollo Urbano 26

27 El proyecto es compatible con el PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE COZUMEL, QUINTANA ROO, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de 2006, de acuerdo con el análisis que se muestra más adelante en el presente documento. Incompatibles SAGARPA Programa Nacional de Desarrollo Rural. Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario y Pesquero Programa de Desarrollo Rural Alianza Contigo. Apoyo a los Proyectos de Inversión Rural. Desarrollo de capacidades en el Medio Rural. Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural. Programa de Apoyos Directos al Campo. Programa de Inducción y Desarrollo de Financiamiento al Medio Rural. Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera. Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva en Zonas de Siniestralidad Recurrente. Programa Especial para la Seguridad Alimentaria. Fondo Especial de Apoyo a la Formulación de Estudios y Proyectos para el Desarrollo Rural y al Desarrollo del Capital Humano. Programa de Apoyo a la Participación de Actores para el Desarrollo Rural. (Fomento a la Organización Rural) Red Nacional de Desarrollo Rural Sustentable. Programa de Apoyo a Personas con Discapacidad en el Medio Rural. Programa de Apoyo a la Competitividad por Ramas de la Producción. Fortalecimiento y Ampliación de Instituciones Financieras Rurales. Proyecto Regional de Asistencia Técnica al Microfinanciamiento Rural. Programa de Apoyo a las Organizaciones Sociales Agropecuarias y Pesqueras. Fondo para atender a la Población Rural afectada por Contingencias Climatológicas. Programa de Apoyo para Acceder al Sistema Financiamiento Rural. Fondo de Riesgo Compartido para el Fomento de Agronegocios. Programa de promoción comercial y fomento a las exportaciones de productos alimentarios y pesqueros mexicanos. Otros programas para productores de bajos ingresos. Programa de fomento agrícola. Subprograma de fortalecimiento de los sistemas producto. Subprograma de fomento a la inversión y capitalización. Subprograma de investigación y transferencia de tecnología. Agua en la agricultura. Programa especial de energía para el campo en materia de energía eléctrica de uso agrícola. Fondo sectorial de investigación en materias agrícola, pecuaria, acuacultura, agrobiotecnología y recursos fitogeneticos. Programa nacional de la agroindustria de la caña de azúcar Programa de apoyo a la cadena productiva de los productores de maíz y frijol de 5 hectáreas o menos. Programa nacional pecuario Sistema nacional de identificación individual de ganado. Programa para la adquisición de activos productivos. Programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria. Programa de soporte. 27

28 Programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios). Programa de atención a contingencias climatológicas. Unidad básica de respuesta económica. Fondo nacional mutualista de productores de maíz y frijol. Programa alianza para el campo como opción de financiamiento. Normas Oficiales Mexicanas aplicables Norma oficial mexicana que establece los límites máximos permisibles de NOM-001-ECOL-1996 contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales. Norma Oficial Mexicana que establece los límites máximos permisibles de NOM-002-ECOL-1996 contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal. Norma oficial Mexicana que establece los límites máximos permisibles de NOM-003-ECOL-1997 contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios públicos. Norma Oficial Mexicana- protección ambiental. Lodos y biosólidos. NOM-004-ECOL-1997 Especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes para su aprovechamiento y disposición final. Especificaciones para la preservación, aprovechamiento sustentable y NOM-022-SEMARNAT-2003 restauración de los humedales costeros en zonas de manglar. Protección ambiental- especies nativas de México de flora y fauna NOM-059-SEMARNAT-2001 silvestre- categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio lista de especies en riesgo. Especificaciones para la realización de actividades de colecta científica NOM-126-ECOL-2000 de material biológico de especies de flora y fauna silvestre y otros recursos biológicos en el territorio nacional. Establece las características, el procedimiento de identificación, NOM-052-SEMARNAT-2005 clasificación y los listados de los residuos peligrosos. En el apartado correspondiente, se analiza la aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables al proyecto, de acuerdo con la naturaleza de las actividades que se someten a consideración de la autoridad ambiental. Estrategias. Asentamientos humanos. Los asentamientos humanos se regirán por el Plan de Desarrollo Urbano vigente. Se permite la construcción de nuevas viviendas residenciales siempre y cuando estas se conecten con la red de drenaje municipal. El proyecto no corresponde a un asentamiento humano. Las actividades que se someten a consideración de la SEMARNAT, consisten en el cambio de uso de suelo que implica la remoción de la vegetación, en materia de impacto ambiental. Abastecimiento de agua. Se prohíbe la perforación de nuevos pozos domésticos para extracción de agua del acuífero. El ayuntamiento deberá levantar un inventario de los pozos domésticos con el fin de 28

29 regular el volumen de extracción de agua del acuífero. Se cuenta con el servicio de agua potable en la zona del proyecto, por lo que no se requerirá de la apertura de pozos de extracción de agua del acuífero. Tratamiento de aguas pluviales y residuales. Se prohíbe la disposición de aguas residuales en cuerpos de agua, zonas inundables, mar o terrenos que no estén habilitados para dicho fin. Es obligatoria la disposición de aguas residuales en plantas de tratamiento. Es obligatoria la disposición de los lodos en los sitios previamente autorizados por la autoridad competente. Se prohíbe la disposición de aguas residuales tratadas en cuerpos de agua, zonas inundables, mar y acuífero. El proyecto que se somete a consideración de la SEMARNAT, considera el cambio de uso de suelo por la remoción de vegetación, en materia de impacto ambiental. No obstante, en las obras que se realizarán posteriormente y que se encuentran en evaluación del Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental del Estado de Quintana Roo, se considera la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales. Manejo de residuos sólidos. Se prohíben los tiraderos a cielo abierto para la disposición. Se prohíbe la quema de residuos sólidos. Se prohíbe el depósito de residuos sólidos en áreas silvestres. Es obligatoria la operación de un sistema de separación y reciclado de residuos sólidos. Es obligatorio contar con un programa de disposición de residuos peligrosos avalado por la autoridad competente. En atención a lo indicado por los lineamientos, la promovente realizará la implementación de un programa de manejo de residuos sólidos en el proyecto, por lo que no se generará contaminación por basura. Generación y distribución de energía. El ayuntamiento deberá elaborar un programa de instalación de fuentes de energía alternativa (eólica y solar) a fin de instrumentarlo en un plazo de dos años. El cumplimiento del lineamiento corresponde al municipio de Cozumel, por lo que queda fuera del alcance del promovente. Vías de comunicación. En las nuevas vialidades, la Manifestación de Impacto Ambiental deberá demostrar que éstas no tendrán un efecto negativo sobre el flujo natural del agua dulce y marina así como sobre los movimientos y mortalidad de la fauna. En las vialidades, es obligatoria la disposición de leyendas y señalamiento informativos 29

30 y restrictivos que permitan proteger a la fauna silvestre nativa. Se prohíbe la instalación de cercados y bardas que obstruyan el movimiento de la fauna silvestre nativa, con excepción de las condicionadas por la SCT en la instalación portuaria. Es de carácter obligatorio la adaptación de sistemas que permitan el flujo adecuado del agua entre los humedales adyacentes a los caminos. El proyecto no corresponde a la construcción de vías de comunicación. Las actividades que se someten a consideración de la SEMARNAT, consisten en el cambio de uso de suelo por la remoción de vegetación de un predio para la posterior construcción de dos tiendas de autoservicio. Extracción de materiales. En los actuales bancos de extracción de material solo se permitirá la extracción de conformidad con la normatividad aplicable en la materia y un programa integral de restauración que entrara en vigor al finalizar la etapa de aprovechamiento, avalado por las autoridades competentes. La autorización de la extensión a explotar de los bancos de material estará sujeta al establecimiento de una zona de amortiguamiento dentro del predio que proteja la cobertura vegetal que lo circunda. La anchura de la zona de amortiguamiento deberá determinarse a partir de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que no se generan impactos irreversibles sobre los ecosistemas naturales circundantes que deriven en conflictos ambientales y desequilibrios ecológicos. Es obligatorio el inicio de un programa de restauración de los bancos de material que estén a punto de finalizar su etapa productiva en un periodo menor a un año a partir del cierre de operaciones. No aplica. El proyecto no considera la apertura o aprovechamiento de bancos de materiales. La presente Manifestación de Impacto Ambiental, se propone para el cambio de uso de suelo, generado por la remoción de la cubierta vegetal de un predio. Proceso de construcción Se prohíbe la instalación de campamentos de construcción fuera de las áreas de desplante de la obra. La autorización de campamentos de construcción queda condicionada a la presentación de programas de tratamiento y disposición de desechos líquidos y sólidos en la Manifestación de Impacto Ambiental. Se prohíbe la disposición de materiales derivados de obras, excavaciones o rellenos sobre la vegetación nativa, Zona federal Marítimo Terrestre y áreas marinas. Queda prohibida la quema de desechos sólidos y vegetación así como la aplicación de herbicidas y defoliantes para el desmonte y mantenimiento de derechos de vía, a excepción de los autorizados por CICOPLAFEST. La construcción de infraestructura y edificaciones en zonas de manglar y sistemas 30

31 lagunares estarán sujetas a los establecido en la Ley general de Vida Silvestre y la NOM-022-SEMARNAT Las actividades que se someten en esta Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad Particular, no consideran la construcción de campamentos de construcción ya que consisten en la remoción de la vegetación de un predio. Sin embargo, en la etapa de construcción de las tiendas de autoservicio, se instalarán bodegas y oficinas de obra, las que considerarán siempre lo siguiente: No se construirán bodegas fuera de las áreas de desplante de la obra. Se contará con programas de manejo de desechos líquidos y sólidos. No se dispondrá de materiales de obra sobre vegetación nativa, zona federal marítimo terrestre o áreas marinas. No se realizará la quema de desechos sólidos y vegetación. No se aplicará herbicidas o defoliantes para desmonte y mantenimiento de derechos de vía. Materiales y tipo de construcción Se prohíbe el aprovechamiento de palmas de las especies Thrinax radiata (chit), Pseudophoenix sargentii (cuca) y Coccothrinax readii (nakas), con excepción de aquellas que provienen de UMAS. No se utilizarán palmas de las especies Thrinax radiata (chit), Pseudophoenix sargentii (cuca) y Coccothrinax readii (nakas), para el desarrollo de las actividades del proyecto. Manejo de combustibles La instalación de combustibles y aceites contaran con cárcamos de contención con el fin de evitar derrames fuera del área de almacenamiento. La autorización de depósitos de combustibles queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental y en el Estudio de Riesgo Ambiental que demuestren que tales obras no generen impactos irreversibles sobre los ecosistemas naturales que deriven en conflictos ambientales y desequilibrios ecológicos. El proyecto que se somete a consideración de la autoridad, no considera la construcción de depósitos de combustibles. Equipamiento hotelero y residencial turístico La autorización de viviendas, hoteles y residencias queda condicionada a la presentación en la manifestación de Impacto Ambiental, de un programa sobre el manejo y disposición de aguas residuales y lodos, de residuos sólidos y de abastecimiento de agua y energía eléctrica. La construcción de cuartos de hotel, así como el COS y el CUS de esta unidad estará sujeta a la normatividad del Programa de Desarrollo Urbano. 31

32 La autorización de plantas desalinizadoras queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestre que la disposición de salmueras no modifica las características fisicoquímicas del agua de mar ni impacta hábitat terrestre, costero y ni al acuífero con lo que se evitarían desequilibrio ecológicos y conflictos ambientales. En la zona adyacente al Parque Nacional Arrecifes de Cozumel, la autorización de proyectos ubicados relacionado con la infraestructura hotelera o inmobiliaria queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que no generan impactos negativos irreversibles sobre los ecosistemas de manglar que deriven en desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. El desarrollo de las actividades del proyecto, no considera la construcción de equipamiento hotelero o residencial turístico. Las actividades consisten en el cambio de uso de suelo que implica la remoción de la vegetación. Campos de golf La autorización de campos de golf queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que las actividades no generarán impactos irreversibles sobre el tamaño y distribución de parches de vegetación natural, sobre la continuidad de la cobertura natural del terreno y las poblaciones de flora y fauna silvestre nativa, que conduzcan a desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. Queda prohibida la extracción de agua subterránea para el riego de los campos. Ésta podrá obtenerse a partir de la desalinización de agua de mar o de los sistemas de tratamiento de aguas residuales. Es obligatorio el tratamiento terciario de las aguas residuales cuando éstas se destinen al riego. La autorización de la construcción y operación de campos de golf queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren el correcto funcionamiento de un sistema de recuperación de aguas residuales de riego, con lo cual se evitarían desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. Es obligatorio que las aguas residuales de riego sean tratadas antes de su disposición final. Queda prohibido verter el agua residuales de riego de los campos de golf en acuíferos, cuerpos de agua, manglares o en el mar. Es obligatoria la disposición del agua residual de riego en pozos de absorción. La autorización de los pozos de absorción estará condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que no se generan impactos irreversibles sobre el acuífero y los ecosistemas costeros que pudieran conducir a desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. Queda prohibida la utilización de agroquímicos cuyo tiempo de permanencia sea superior a 48 horas. 32

33 Se prohíbe la modificación de cuerpos de agua, zonas inundables y manglares. No aplica. El proyecto que se somete a consideración de la SEMARNAT, consiste en el cambio de uso de suelo que implica la remoción de la vegetación, para la construcción posterior de dos tiendas de autoservicio. No se construirán campos de golf. Equipamiento portuario La autorización de equipamiento portuario queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que la actividad no generarán impactos irreversibles que conduzcan a desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. No aplica. El proyecto no cuenta con colindancia al mar. No se pretenden realizar obras de equipamiento portuario. Turismo alternativo La autorización de recorridos organizados por operadores turísticos estará condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que no se generan impactos negativos significativos que pudieran crear desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. Los vehículos motorizados que se utilicen para turismo alternativo deberán cumplir con la NOM-080-ECOL Queda prohibido el aprovechamiento extractivo turístico de la vegetación natural y fauna nativa. No se consideran actividades de turismo alternativo. El proyecto considera el cambio de uso de suelo que implica la remoción de la vegetación, para la construcción de dos tiendas de autoservicio Actividades agropecuarias No aplica Unidades de conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre (UMAS) Se permite la instalación de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMAS) en la modalidad de manejo extensivo e intensivo para uso comercial, repoblación, recreación y conservación. Se prohíbe la instalación de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMAS) para uso cinegético. Se prohíbe la extracción o utilización de una especie cuando ésta afecte directamente la permanencia de especies endémicas al municipio o las incluidas en la NOM-059- SEMARNAT Se prohíbe la instalación de UMAS en zonas con valor arqueológico y cultural. Se prohíbe el almacenamiento de excretas y residuos provenientes de las UMAS en 33

34 sitios sin recubrimiento que puedan provocar la infiltración y contaminación del acuífero. No se considera la instrumentación de Unidades de Manejo Ambiental. Pesca No aplica Flora y fauna Se prohíbe la introducción de especies. Se prohíbe la extracción, captura o comercialización de especies de flora y fauna incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001, salvo autorización expresa para las Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre con fines de obtener pie de cría. Se contará con un programa de rescate de flora y fauna en el que se considerarán los lineamientos que comprende la Unidad de Gestión Ambiental CP1. Durante el desarrollo de las actividades del proyecto, no se permitirá la introducción de especies ni la extracción, captura o comercialización de especies de flora y fauna incluidas en la NOM- 059-SEMARNAT-2001 Línea de costa y playas La autorización para la construcción de infraestructura permanente en playas y línea de costa queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestre que dichas construcciones no tendrán impactos irreversibles que conduzcan a desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. Se prohíbe la extracción de arena de las playas. La autorización podrá controlar la erosión natural de playas queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que dicho control no tendrá impactos irreversibles sobre la línea de costa que conduzcan a desequilibrios ecológicos y conflictos ambientales. Se prohíbe el uso de vehículos en la playa con excepción de aquellos relacionados con labores de protección civil, investigación y conservación biológica. El Ayuntamiento, en coordinación con SEMARNAT y PROFEPA, deberán trazar en campo la servidumbre de paso que garantice el acceso a las playas. Además, se deberá realizar un censo de los accesos existentes para su registro en la Bitácora Ambiental. Queda prohibida la construcción de infraestructura turística cuando éstas obstruyan directa o indirectamente el acceso a las playas previamente definidas como de uso público. No aplica. El proyecto no tiene colindancia con la zona de playa o línea de costa. Dunas 34

35 No se permite la construcción sobre dunas costeras o actividades que las afecten negativamente. Se prohíbe la remoción de vegetación nativa en las dunas costeras. Se prohíbe la construcción de caminos vehiculares sobre dunas. No aplica. El proyecto no tiene colindancia con la zona de playa o línea de costa donde se ubican las dunas costeras. Zonas inundables y lagunas costeras Quedan prohibidas las obras que alteren el flujo natural del agua, tanto dulce, como salobre y marina, hacia el manglar y las lagunas costeras. Quedan prohibidas las obras que alteren el flujo y reflujo superficial y subterráneo del agua, así como el movimiento de la fauna silvestre. Se prohíbe el aprovechamiento, tala y relleno de manglar. La autorización del aprovechamiento de zonas inundables queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que tales actividades no generarán impactos negativos irreversibles que deriven conflictos ambientales ni desequilibrios ecológicos. La autorización de andadores volados o puentes sobre manglar y queda condicionada a la presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que tales actividades no generarán impactos negativos irreversibles que deriven conflictos ambientales ni desequilibrios ecológicos y deberán usarse únicamente materiales no permanentes. Queda prohibido el vertimiento de residuos líquidos y sólidos a cuerpos de agua, manglares y humedales. Es obligatoria la rehabilitación de los canales de comunicación entre los manglares que estén alterados por construcciones. No aplica. El proyecto se ubica en una zona con vegetación de selva mediante, por lo que no existen áreas inundables o lagunas costeras. Cenotes, dolinas y cavernas Se prohíbe cualquier tipo de construcción o modificación en cenotes, cavernas y dolinas. Se prohíbe la extracción y colecta de flora y fauna acuática salvo autorización expresa de la SEMARNAT. Se prohíben las quemas y la alteración de la vegetación y la topografía en un área de 100 m alrededor de cuevas y cenotes. Se prohíbe la extracción de agua de cenotes, a excepción del aprovechamiento de Aguas Nacionales mediante títulos de concesión y autorización por parte de la CONAGUA. Se prohíbe la disposición de aguas residuales, tratadas o no tratadas en cenotes, dolinas o cavernas. La autorización de las obras de acceso a cuerpos de agua queda condicionada a la 35

36 presentación de evidencias científicas en la Manifestación de Impacto Ambiental que demuestren que las actividades no generarán conflictos ambientales ni desequilibrios ecológicos. En el proyecto no existen formaciones de cenotes o cuerpos de agua que impliquen su explotación o aprovechamiento. No aplica. PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE COZUMEL, QUINTANA ROO, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el día 27 de abril de De conformidad con el Programa de Desarrollo urbano, se tiene que el predio del proyecto se localiza en la zona con un uso de suelo de Nuevo Centro Urbano con clave CU. Localización del proyecto en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo. 36

37 The grid at the eastern edge of the map is 0 01' 25.68" due east of true north MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 28 septiembre ' 150"W 86 57' W 86 56' 450"W 86 56' 300"W 86 56' 150"W m 2,2 2, m m m 506 km km 500 N E W 20 29' 450"N S T R U E N O R T H m m T R U E N O R T H km 22 km 20 29' 300"N 20 29' 150"N 20 29' 300"N 20 29' 450"N The grid at the western edge of the map is 0 00' 58.48" due east of true north 500 POLÍGONO (3.706 HA.) ' 150"N 65 27m 2,2 2, m km 505 km Scale 1: 6,000 Centred on 505,826m, 2,266,039m UTM Zone 16 ( 20 29' 35" N, 86 56' 39" W WGS84) 86 57' 150"W 86 57' W 86 56' 450"W 86 56' 300"W 86 56' 150"W METRES METRES Se observa la ubicación del predio en el PDDU de Cozumel. 37

38 De acuerdo con lo anterior, se muestran los usos de suelo correspondientes a la zona del proyecto corresponden Nuevo Centro Urbano, con Clave CU. Los parámetros aplicables son los siguientes: 3.7. Estrategias del Nuevo Centro Urbano Se conformara un nuevo Centro Urbano con los siguientes objetivos y características: Objetivos. 1. Descongestionar el centro actual de actividad económica que se ha desarrollado a lo largo del litoral. 2. Disponer de un receptáculo racionalmente localizado y planificado para la localización del equipamiento urbano a nivel municipal que requiere el crecimiento actual y futuro de la población local. 3. Propiciar la operación eficiente de los servicios y de las actividades económicas mediante una concentración planificada. 4. Asegurar el acceso cercano de la población local actual y futura a los servicios de nivel urbano y municipal. 5. Fortalecer la identidad del centro de población y propiciar la convivencia y el intercambio social. 38

39 El proyecto se localiza en el espacio denominado Nuevo Centro Urbano, por lo que se ajusta a lo indicado en los objetivos del área. Parámetros que considera el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo: 1. Nuevo Centro urbano El coeficiente de ocupación (COS) es del 80%, y el coeficiente de Utilización (CUS) del 4.0. La altura máxima permitida es de 6 niveles o 21 metros. El remetimiento será de 2 metros del alineamiento. Dentro de estas zonas se permitirá el uso de los niveles superiores para zonas habitacionales siempre y cuando la planta baja este destinada al comercio. Coeficiente de ocupación del suelo: Relación aritmética existente entre la superficie construida en planta baja y la superficie total del terreno. Coeficiente de utilización del suelo: La relación aritmética existente entre la superficie total construida en todos los niveles de la construcción y la superficie total del terreno. El proyecto no contraviene lo indicado en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, Quintana Roo, publicado el 27 de abril de 2006, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en virtud de que las actividades que se someten a valoración de la autoridad son las siguientes: Las superficies del proyecto son las siguientes: Elemento Área por ocupar Superficie con respecto al total del predio. Bodega AURRERA 6, SAMS CLUB 5, Patio maniobras. 1, Planta de Tratamiento de A. Residuales Compactador de basura Rack de refrigeración AURRERA Rack de refrigeración SAMS CLUB Anden y rampa Banquetas. 1, Andador peatonal Subestación Pavimento asfalto 11, Subtotal de áreas asfaltadas 25,

40 Estacionamiento con adopasto 6, Área verde 4, Subtotal de áreas permeables 11, TOTAL DEL PREDIO 37, El desarrollo de obras que ocuparán suelo serán sobre 25, m 2, lo que equivale al 69.42% del predio. Adicionalmente, se requerirá utilizar 6, m 2, en donde se instalará el estacionamiento de adopasto. Esta última área implica remoción de la vegetación, sin embargo no considera construcción, por lo que siempre será permeable. En virtud de lo anterior, dicha superficie no se contabiliza para el Coeficiente de Ocupación de Suelo (C.O.S.). El Coeficiente de Ocupación de Suelo es de 25, m 2, lo que equivale al 69.42% por lo que no se rebasa el 80% que considera el Programa de Desarrollo Urbano del centro de población de Cozumel. En cuanto al Coeficiente de Utilización de Suelo, aplica para el sitio 4.00 lo que correspondería a 148, m 2. Por su parte el proyecto no alcanza dicha superficie de construcción. La superficie máxima de construcción asfaltada es 25, m 2, en una sola planta. No se construirán plantas altas o segundos niveles. De acuerdo con los planos anexos de cortes y fachadas, se tiene que el proyecto no rebasa los 21 metros de altura, por lo que se cumple con el parámetro. VER PLANOS ARQUITECTÓNICOS ANEXOS. A continuación se muestra la compatibilidad del proyecto con el uso de suelo asignado como Nuevo Centro Urbano, de conformidad con la Tabla de compatibilidad del Programa. TABLA DE COMPATIBILIDAD DE USO DE SUELO. USOS Y DESTINOS CU CR CB H110 H200 H300 RT300 T1000 IND ZA AN EQ 1 Almacenes de materiales explosivos C Almacenes de productos imperecederos P Almacenes de productos industriales P Almacenes de productos perecederos P Almacenes de productos químicos P Centrales de abasto P Centros de acopio P --- P Establecimientos para congelar productos P Estaciones de abastecimiento de P

41 gas L.P. 10 Rastros P Huertos C Invernaderos C Viveros C Aduanas P C Casas de cambio P C P Centros de rehabilitación P P 17 Juzgados P C P P 18 Ministerio público P C P 19 Oficinas privadas P C P Oficinas de gobierno P C P P 21 Reclusorios Tribunales de justicia C C C P 23 Albergues de animales --- C P P C P 24 Albergues juveniles P C P Asilos P C P C C C C C P 26 Casas cuna P C P C C C C C P 27 Casas de retiro P C P C C C C C P 28 Centros de integración juvenil P C P P 29 Centros sociales P C P C C C C C P 30 Orfanatorios P C P C C C C C P 31 Agencias de automóviles P C P C C C C C C Agencias de autos usados P C Agencias de publicidad P C P C C C C C Agencias de viajes P C P C C C C C Bares P C C C Cabaret P C C Cafés Internet P C P C C C C C C Cafeterías P C P C C C C C C Cantinas P C C C Carnicerías P C P USOS Y DESTINOS CU CR CB H110 H200 H300 RT300 T1000 IND ZA AN EQ 41 Casas editoriales P C C Centros comerciales P C C Centros de copiado P C C C C C C C C C 44 Centros de masajes terapéuticos P C C C C Centros nocturnos P C C Cerrajerías P C C C C C C C C Cocinas económicas P C C C C C Coctelerías P C C Conjuntos de establecimientos comerciales P C C Distribuidor de materiales explosivos C Distribuidor de productos imperecederos C Distribuidor de productos C

42 industriales 53 Distribuidor de productos perecederos C Distribuidor de productos químicos C Estéticas caninas P C P C C C C C Estudios de grabación P C P C C C C C Estudios fotográficos P C P C C C C C Expendios de cervezas P C C --- C C C C Farmacias P C P P P P P P Farmacias veterinarias P C P C C C C C Fruterías P C P C C C C C Lavaderos de automóviles P C P C C C C C Lavanderías P C P C C C C C Licorerías P C C --- C C C C C Loncherías P C P C C C C C C Lotes de autos usados P C Mercados populares P C P C C C C C P 68 Minisupers P C P C C C C C C Neverías P C P C C C C C C Ópticas P C P C C C C C Panaderías P C P C C C C C C Papelerías P C P C C C C C C C 73 Pastelerías P C P C C C C C Peleterías P C P C C C C C C Pizzerías P C P C C C C C C Pollerías P C P C C C C C Rentadora de autos P C C C C C C C C Restaurantes bar P C C C C C C C C Restaurantes familiares P C P C C C C C Rosticerías y asaderos P C C C C C C C C Salones de belleza P C P C C C C C Sastrerías P C P C C C C C Supermercados P C C Taquerías P C P C C C C C C USOS Y DESTINOS CU CR CB H110 H200 H300 RT300 T1000 IND ZA AN EQ 85 Tianguis C C C C Tiendas de artículos para adultos P C C --- C C C C Tiendas departamentales P C Tlapalerías P C C C C C C C C Videoclubes P C P C C C C C Videojuegos P C P C C C C C Zapaterías P C P C C C C C C Centrales telefónicas P C C C C C C C Estaciones repetidoras de comunicación celular C C C C C C C C C Radiodifusoras P C C C C C C C Sucursales de teléfonos P C P C C C C C C 42

43 96 Sucursales de telégrafos P C P C C C C C P 97 Auditorios P C C C C C C C P 98 Bibliotecas P C P C C C C C P 99 Centros culturales P C P C C C C C P 100 Centros de convenciones P C C C P 101 Centros sociales P C C C C P 102 Galerías de arte P C C C C C C C C 103 Hemerotecas P C P C C C C C P 104 Jardines de arte P C P P P P P P --- P P P 105 Museos P C C C C C C C C 106 Teatros P C C C 107 Teatros al aire libre P C P C C C C C --- C C C 108 Albercas deportivas (públicas) P C P C C C C C --- C --- C 109 Arenas de box y lucha P C C Campos de golf P P Campos de minigolf P C C P P Campos deportivos P P P P P P P P --- P P P 113 Canchas (públicas) P P P P P P P P --- P P P 114 Clubes de golf P P Clubes de tenis P C C P P P Clubes deportivos P C P C C C C C Estadios P C Gimnasios P C P C C C C C Academias de artes y oficios P C C C C C C C Campus (universitario) P C P Centros de capacitación para el 121 trabajo P C P C C C C C Centros de investigación científica P C C C --- C 123 Centros de superación personal P C P C C C C C Escuelas P P P P P P P P P 125 Escuelas de deportes P P P P P P P P P 126 Escuelas de educación media P P P P P P P P P Escuelas de educación media 127 superior P P P P P P P P P 128 Escuelas de educación superior P P P P P P P P P USOS Y DESTINOS CU CR CB H110 H200 H300 RT300 T1000 IND ZA AN EQ 129 Guarderías P C P C C C C C P 130 Jardín de niños P C P C C C C C P 131 Templos religiosos P C P C C C C C Bancos de materiales P Centros joyeros P C --- C C C C C Cervecerías P C C P Fabricas de materiales explosivos C Fabricas de productos 136 imperecederos C Fabricas de productos industriales C Fabricas de productos perecederos C

44 139 Fabrica de productos químicos C Fraccionamiento industrial P Imprenta P C P Industrias P Maquiladora de ropa C Micro industrias P C C C C P Molino y tortillería P C P C C C C C C Plantas de transformación C Plantas de tratamiento de residuos C Plantas empacadoras P Plantas purificadoras de agua P Talleres de servicio de automóviles P C C C Talleres de servicio de bicicletas P C P C C C Talleres de servicio de actividades 152 artesanales P C Talleres de servicio de motocicletas P C P C C C C C Talleres de mantenimiento y 154 reparación de artículos P C P C C C C C electrodomésticos 155 Talleres de reparación P C P C C C C C Subestación eléctrica P Acuarios P C P C Balnearios P C Billares P C P Boliches P C --- C C C C C Centros de recreación infantil P C C C C C C C Cines P C Circos P C Clubes de la tercera edad P C C C C C C C Clubes sociales P C P C C C C C Discotecas P C P Ferias P C Jardines botánicos P C C C C C C C --- C C C 169 Juegos infantiles P P P P P P P P --- P P P 170 Palenques P C Parques de diversión múltiple P C Parques recreativos P P P P P P P P P P USOS Y DESTINOS CU CR CB H110 H200 H300 RT300 T1000 IND ZA AN EQ 173 Parques zoológicos P C Pistas de patinaje P C Pistas para aeromodelismo P C P Plazas cívicas P P P P P P P P P 177 Plazas de toros P C Ruedas taurinas P C Sala de fiestas P C P Salas de fiestas infantiles P C P Salones de baile P C P

45 182 Zona de tolerancia P Bancos de sangre P C P C C C C C C P 184 Centros de salud P C C C P 185 Centros terapéuticos P C C C C C C C Clínicas de consulta externa P P P C C C C C P 187 Clínicas de cosmetología y belleza P C P C C C C C Clínicas de especialidades medicas P C P C C C C C P 189 Clínicas dentales P C P C C C C C P 190 Clínicas hospital P C P C C C C C P 191 Clínicas veterinarias P C C C C C C C Consultorios P C P C C C C C P 193 Desperdicios médicos P P 194 Hospitales P C C P 195 Laboratorios P C C P 196 Bancos P C C Baños públicos P C P C Cajeros automáticos P C C C C C C C P 199 Campo militar P P 200 Casetas de vigilancia P C C C C C C C C C C C 201 Cementerios P P 202 Central de bomberos P P P C C C C C P C C P 203 Comandancia de policía P C C P P Pequeños expendios de 204 combustible P Estaciones de servicio para 205 combustible C C P Funerarias P C P Gaseras (distribuidoras) P Hoteles P C C Moteles P C P Aeropuerto internacional Encierro y mantenimiento de 211 camiones P Estacionamiento privado P P P P P P P P P Estacionamiento público P P P P P P P P P --- C P 214 Estaciones para autobuses urbanos P P Estaciones de taxis P C C C C C C C C --- C C 216 Fleteras P C C USOS Y DESTINOS CU CR CB H110 H200 H300 RT300 T1000 IND ZA AN EQ 217 Helipuertos P C C Resguardos de automóviles 218 siniestrados P Casas habitación C P P P P P Casas de huéspedes C P P P P P Departamentos habitacionales C C --- C P P P P Fraccionamientos habitacionales C P P P P Posadas C C P P P P

46 224 Viviendas en condominio C P P P P P SIMBOLOGIA DE LA TABLA DE COMPATIBILIDAD DE USOS DE SUELO: (P). USO PERMITIDO. (C). USO CONDICIONADO A LA NORMATIVIDAD DEL PDUC Y AL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES VIGENTE. (---).NO PERMITIDO. CU: CENTRO URBANO. CR: CORREDOR URBANO. CB: CENTRO DE BARRIO. H: HABITACIONAL (DENSIDAD). RT: RESIDENCIAL TURISTICO (DENSIDAD). T: ZONA TURÍSTICA (DENSIDAD) IND: INDUSTRIA. ZA: ZONA DE AMORTIGUAMIENTO. AV: AREAS VERDES. EQ: EQUIPAMIENTO. De acuerdo con la tabla anterior contenida en el Programa de Desarrollo urbano del Centro de población de Cozumel, Quintana Roo, publicado el 27 de abril de 2006, en el periódico oficial del Gobierno del Estado, se tiene que las actividades que corresponden al proyecto que se presenta, son compatibles con el uso de suelo asignado para el área denominada Nuevo Centro Urbano con clave CU. Programas de manejo de Áreas Naturales Protegidas. El predio en el que se pretende este cambio de uso de suelo no se encuentra dentro de un Área Natural Protegida de competencia federal o estatal. Normas Oficiales Mexicanas de carácter ambiental (NOM-SEMARNAT). Derivado del análisis del proceso que implica el cambio de uso de suelo y sus procedimientos se han identificado las Normas Oficiales Mexicanas, en materia ambiental bajo las que se vincula el proyecto. Estas se indican en la siguiente tabla: NOM ÁMBITO DE APLICACIÓN OBSERVACIONES DE CUMPLIMIENTO NOM-080- SEMARNAT NOM-081- SEMARNAT Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido provenientes del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación, y su método de medición. Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición. Esta norma aplica para los niveles de ruido que se emitirán por la operación de la maquinaria durante las actividades para el cambio de uso del suelo. Se establecerá a los contratistas que los vehículos y equipo contratado se encuentre en óptimas condiciones a fin de estar dentro de los parámetros que regula la Norma Oficial Mexicana. Se estima que no se realizarán ruidos fuera de los comunes de una obra de esta naturaleza. Se tiene previsto para las actividades de cambio de uso del suelo, medidas regulatorias para los contratistas y prestadores de servicios donde se de cumplimiento a esta NOM. 46

47 NOM-041- SEMARNAT Que establece los límites máximos permisible de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible. La vinculación de esta Norma con el proyecto, se debe a que durante las actividades de cambio de uso del suelo, se utilizarán vehículos para y maquinaria. Se aplicarán medidas como revisiones del mantenimiento periódico de los vehículos empleados en el sitio. No se permitirá el ingreso y contratación de equipo y vehículos que no cuenten con revisiones periódicas documentadas. Durante la preparación del sitio, no se pondrán en riesgo especies o poblaciones silvestres listados en la Norma Oficial Mexicana. NOM.059- SEMARNAT Protección ambiental especies nativas de México de flora y fauna silvestres, categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio lista de especies en riesgo. Se implementará el Programa de Rescate de especies de flora y fauna. Acciones prioritarias del programa: Los ejemplares de palmas (Sabal yapa y Thrinax radiata) serán manejados para garantizar su rescate, disposición temporal y posterior reintegración al proyecto a través del mejoramiento y restauración de áreas nativas. Se tendrá especial cuidado en el manejo de la especie de lagartija (Scleroporus cozumelae), la que es común en la zona del proyecto. Se prohibirá la captura o extracción de cualquier tipo de flora o fauna que se encuentre listada en la Norma oficial Mexicana 059. CONCLUSIÓN. La propuesta para cambiar el uso de suelo de la vegetación forestal, no contraviene las restricciones y posibilidades otorgadas por los instrumentos de regulación territorial y planeación urbana vigentes y aplicables en la zona del proyecto. 47

48 IV DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA. Delimitación del área de estudio. La delimitación para la descripción de los elementos del sistema ambiental del área de estudio se realizó de una manera artificial sobre el polígono que comprende el área del proyecto. El estudio de la imagen se realizó utilizando el Sistema de Información Geográfica MAP MAKER PRO V3.5, con corroboraciones de campo. Para el efecto se determinó iniciar el análisis espacial de ha. a una escala 1: 3,000 el cual se estima que, para los efectos necesarios de esta manifestación de impacto ambiental, es adecuada ya que ofrece un panorama claro del espacio en el que se pretende la obra. La definición de este sitio que, si bien es arbitrario en sus dimensiones, ofrece lo siguiente: 1.- Posibilidad de realizar una aproximación adecuada para la descripción general de las características del entorno al que pertenece el sitio y se inserta el proyecto. 2.- Al analizar desde una perspectiva geográfica la distribución y abundancia de los componentes involucrados y se está en posibilidad de determinar, a la escala mencionada, posibilidades de desarrollo y riesgos ambientales en función de los recursos presentes. 3.- El entorno analizado es un círculo en cuya superficie es posible cuantificar las unidades de paisaje o naturales y definir, en función del ámbito geográfico, las dimensiones de la actuación (localización geográfica de la intervención pretendida). Para los fines de esta valoración se considera que una región es un espacio territorial determinado por características ambientales asociadas con grados diferenciados de interdependencia y con sucesos geomórficos, topográficos, climáticos, biológicos, económicos, urbanos, como es el caso, así como administrativos y de gobierno comunes. El concepto de región del que se parte está indisolublemente ligado al de escala por lo que podemos considerar la existencia de regiones de muy diverso tamaño, que pueden ir desde esta porción de la zona estudiada hasta la totalidad de la isla de Cozumel o áreas supranacionales. En esta geografía regionalizada se puede observar que la superficie analizada, constituye un entorno con predominancia de elementos urbanos situación que indica un crecimiento de la zona regulado y dirigido hacia una ocupación ordenada del suelo. En este contexto se presenta la caracterización del entorno ambiental inmediato del sitio en el que se ubica el presente proyecto. 48

49 m m 5 5 MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL La siguiente fotografía muestra el ámbito geográfico en el que se inserta el proyecto pretendido a la vez que permite visualizar la tendencia de ocupación humana sobre los espacios naturales. 24 eptemb e "W W "W "W "W he g d at the weste n edge o the map is " due east o t ue no th "N "N "N m m m 0 7 6m 505km km km Scale 1: 6,000 Cent ed on m m U M Zone 6 ( " N " W WGS84) 506km km 2266km W N S E POL GONO (3.706 HA ) m m "N "N "N he g id at the easte n edge o he map is " due east o t ue no h "W W "W "W "W ME RES La imagen anterior, además, permite determinar la ocupación del terreno en la ciudad de Cozumel. Se hace evidente que, a pesar del crecimiento urbano, la matriz en la que se desarrolla este y otros proyectos no relacionados es predominantemente urbana. En el sistema ambiental definido, que es de Ha, destacan la mancha urbana con una aportación de 9.51 Ha, vialidades con 4.05 Ha y áreas con vegetación intersticial embebida en los trazos de la retícula urbana de Ha. El predio de interés implica 3.70 Ha. Como se mencionó anteriormente, se percibe un espacio con un impulso irreversible hacia la urbanización. Las actividades turísticas se localizan en la costa y, tierra adentro, se observan trazos reticulados que implican la reducción de espacios naturales bajo la ordenación del PDDU de Cozumel. La situación de rápida expansión urbana lleva, de facto, a una situación que puede derivar en espacios intersticiales que implicarán trazas desordenadas, sin nomenclatura, con usos de suelo difusos, deterioro ambiental y detrimento en la calidad de vida. Bajo la óptica que ofrece el contexto anterior se presenta, a continuación, un inventario de los recursos naturales realizado con el Sistema de información geográfica (SIG). ME RES 49

50 28 septiembre ' 550"W 86 56' 500"W 86 56' 450"W 86 56' 400"W 86 56' 350"W 86 56' 300"W 86 56' 250"W 86 56' 200"W The grid at the western edge of the map is 0 01' 05.95" due east of true north 20 29' 300"N 20 29' 350"N 20 29' 400"N 20 29' 450"N m m 5 km 2, m 2, m T R U E N O R T H 2266km 2266km 2, m 2, m Scale 1: 3,000 Centred on 505,881m, 2,266,060m UTM Zone 16 ( 20 29' 35" N, 86 56' 37" W WGS84) 86 56' 550"W 86 56' 500"W 86 56' 450"W 86 56' 400"W 86 56' 350"W 86 56' 300"W 86 56' 250"W 86 56' 200"W km W SISTEMA AMBIENTAL (28.25 HA.) POLÍGONO - PREDIO (3.70 HA ) ÁREA INTERVENIDA - MANCHA URBANA (9.51 HA.) VIALIDADES (4.05 HA.) VEGETACIÓN (10.98 HA.) N S E m m T R U E N O R T H 20 29' 450"N 20 29' 400"N 20 29' 350"N 20 29' 300"N The grid at the eastern edge of the map is 0 01' 19.54" due east of true north METRES METRES 50

51 El análisis del mapa anterior indica que, dentro de las Ha del área analizada, se observan las siguientes coberturas: Se hace evidente que, a pesar del crecimiento urbano, la matriz en la que se desarrolla este y otros proyectos no relacionados es predominantemente urbana. En el sistema ambiental definido, que es de Ha, destacan la mancha urbana con una aportación de 9.51 Ha, vialidades con 4.05 Ha y áreas con vegetación intersticial embebida en los trazos de la retícula urbana de Ha. El predio de interés implica 3.7 Ha. ANÁLISIS A ESCALA 1:20,000 UNIDADES AMBIENTALES Superficie en Ha VEGETACIÓN Ha MANCHA URBANA 9.51 Ha VIALIDADES 4.05 Ha PREDIO DE INTERÉS 3.70 TOTAL DEL ESPACIO ANALIZADO Ha En base a lo anterior, se puede indicar que el sitio en el que se desarrolla el proyecto, se encuentra en un ambiente urbano del cual edificaciones y vialidades constituyen 15.3 Ha., es decir que predominan los elementos antrópicos en el Sistema Ambiental Regional (SAR) delimitado. El inventario ambiental corresponde a lo siguiente: UNIDAD AMBIENTAL VEGETACIÓN El predio donde se pretende desarrollar el Proyecto se encuentra dentro de la ciudad de Cozumel comprende una selva mediana con vegetación secundaria arbórea y arbustiva con dominancia de especies características como las leguminosas y la presencia de algunos relictos de Caracolillo (Sideoxylum fuetidissimum), con una fuerte presión que ha ejercido la población circundante el cual se refleja en la extracción de madera de diámetros delgados, la extracción de tierra para jardín, la acumulación de basura a las orillas así como al interior del mismo, veredas y sobre todo el efecto de orilla que se ha generado con el tiempo actualmente se observa una malla que lo circunda por tres lados Por otra parte se menciona que las especies observadas en su mayoría corresponden a las leguminosas como es el caso del tzalam (Lysiloma bahamensis), jabin (Piscidia piscipula), también se observa el chechem (Metopium brownei), akum (Ficus máxima), y el chacá (Bursera simaruba) 51

52 Metodología para la caracterización de la vegetación. a) Para efectuar la caracterización de la vegetación y el inventario de los recursos florísticos del predio, se realizó un extenso recorrido por el área de estudio. El reconocimiento de la zona fue facilitado por la existencia de calles y avenidas por las cuales se pudo observar detenidamente a las especies presentes. b) Asimismo, la vegetación fue caracterizada de acuerdo a criterios fisonómicos, por lo que se realizaron observaciones de los diámetros promedio de las especies a la altura del pecho (DAP), altura promedio de la vegetación y presencia-ausencia de especies caducifolias y perennifolias. c) La toma de datos de campo se realizó de acuerdo a las características de la asociación vegetal presente, es decir, para la vegetación en general se levantaron 8 sitios circulares de 500 m 2 cada uno. d) El Proceso de la información se realizó a través del programa Selva versión 2001 editado por el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales y Agropecuarias (INIFAP, sureste). e) La identificación de las especies fue realizada directamente en el campo con el apoyo de los trabajadores y técnicos. f) Para efectuar la determinación y la correcta nomenclatura de los nombres científicos de las especies reportadas se consultaron los manuales existentes en la bibliografía; principalmente: Flores y Espejel (1994), Quero J. Hermilo 1992 Las palmas silvestres de la Península de Yucatán, Etnoflora Yucatanense, Nomenclatura, forma de vida, uso, manejo, y distribución de las especies vegetales de la Península de Yucatán. Pp.815. Etnoflora Yucatanense, 2004, Arecaceae. Tipos de vegetación y distribución en el predio de interés. La vegetación de la zona donde se pretende el establecimiento del proyecto está constituida por asociaciones vegetales de clima cálido. Asimismo, estas asociaciones se distribuyen acordes con la geomorfología de la Península de Yucatán, es decir, que se manifiestan a manera de amplias franjas dependientes de la antigüedad geológica de los mantos rocosos y de la disponibilidad de los recursos hídricos. Por otra parte, el predio donde se pretende el establecimiento del proyecto se encuentra dentro de la ciudad de Cozumel (lote urbano) en los cruzamientos de las calles: Avenida Andrés Quintana Roo (Av. 11 Sur) entre las avenidas setenta y cinco sur y ochenta y cinco sur de la Colonia Maravilla, presenta dominancia de especies características como las leguminosas y la presencia de algunos relictos de caracolillo (Sideoxylum fuetidissimum). 52

53 La imagen representa una muestra de la vegetación presente en el predio que corresponde con la descripción anterior. No obstante de los efectos negativos que se observan en la vegetación de la zona, se debe hacer mención que es posible determinar los patrones de distribución de los distintos ecosistemas que se distribuyen en la zona y sus asociaciones. Las asociaciones vegetales presentes en la zona del Proyecto se indican en la tabla siguiente: Tipos de vegetación del conjunto de lotes y uso actual del suelo. Tipo de vegetación Selva Mediana subperennifolia con vegetación secundaria arbórea arbustiva Asociaciones Vegetación secundaria arbórea y arbustiva con presencia de algunos relictos de caracolillo. Sup. has Total

54 Selva mediana subperennifolia. De acuerdo a Miranda, (Tipos de vegetación de la Península de Yucatán) la selva mediana con chicozapote (Manilkara zapota), está muy difundida en Campeche y Quintana Roo, sobre las laderas y cumbres algo aplanadas de las salientes colinas y cerritos con roca madre de sascab y suelo somero que deja asomar lajas de sascab endurecido, los suelos por consiguiente tiene drenaje fácil en parte por las grietas o la permeabilidad del sascab. Por otra parte los estudios hidrológicos de Quintana Roo (INEGI 2002), mencionan que la selva mediana subperennifolia está ampliamente distribuida abarcando casi por completo al estado de Quintana Roo, con excepción de la costa sur del estado, también se distribuye en la mayor parte de la isla de Cozumel. Selva mediana subperennifolia con vegetación secundaria arbórea y arbustiva en el predio. Actualmente este tipo de vegetación ha perdido una gran proporción de su cobertura original lo que es más en su área de distribución se presenta como una vegetación secundaria en fase arbórea principalmente de regeneración. En particular, como se menciona en las condiciones actuales del predio, este lote urbano o área con vegetación dentro de las ciudad en especifico el que se localiza en los cruzamientos de las calles: Avenida Andrés Quintana Roo (Av. 11 Sur) entre las avenidas setenta y cinco sur y ochenta y cinco sur de la Colonia Maravilla ciudad de Cozumel municipio de Cozumel Quintana Roo. Este se encuentra delimitado por vialidades y expuestos a una fuerte presión por parte de la población que circunda la zona. La urbanización en la zona de estudio es evidente. La retícula urbana trazada por calles limita y fragmenta la vegetación. 54

55 Actualmente se observa a esta zona como un selva mediana subperennifolia con vegetación secundaria arbórea y arbustiva con altura de hasta 8 m con dominancia de especies características como las leguminosas (Lysiloma bahamensis, Piscidia piscipula) y la presencia de algunos relictos de caracolillo (Sideoxylum fuetidissimum), con una fuerte presión que ejerce la población circundante. Composición florística Esta asociación se caracteriza por la presencia de especies perennifolias como el caracolillo (Sideoxylum fuetidissimum), akum (Ficus máxima), entre otros, así también la presencia de especies caducifolias como chacá (Bursera simaruba), jabín (Piscidia piscipula), yaaxnix (Vitex gaumeri), tzalam (Lysiloma bahamensis) entre otros. Dentro de esta asociación se presenta un estrato arbóreo con alturas de hasta 8 m en las que puede observarse al caracolillo (Sideoxylum fuetidissimum), el chaca (Bursera simaruba), tzalam (Lysiloma bahamensis), y el akum (ficus máxima) así también un estrato arbustivo de 2 a 4 m de altura mismo que está integrado por especies como tulipán (Malvaviscus arbóreus), chaya de monte (Cnidoscolus souzae), pata de vaca (Bahuinia divaricata), pomolche (Jatropha gaumeri) entre otros. También está presente un estrato herbáceo de que lo forman individuos de especies arbóreas además de la presencia de bejucos como sak ak (Cydista potosina), Petrea bolubilis entre otros. El caracolillo (Sideoxylum fuetidissimum), akum (Ficus máxima) son especies comunes en el sitio Por otra parte, los factores físicos que condicionan la distribución de esta asociación corresponden a la presencia de suelos ligeramente evolucionados, rocosos con un 55

56 drenaje eficiente, así como presencia de materia orgánica en descomposición. El suelo en el área es de tipo tzekel (Litosol-Rendzinas), con afloramiento de roca, por lo que presenta muy fácil drenaje aún durante la época lluviosa del año. El suelo es factor limitante y determinante para la cubierta vegetal. Por otra parte, los últimos huracanes que afectaron la zona, la temporada pasada causaron afectaciones el cual se ve reflejado con la caída de ramas, copas y árboles enteros, en la actualidad presentan signos de recuperación observándose como vegetación secundaria en donde predomina la papaya (Carica mexicana) la chaya de monte (Cnidoscolus Souzae) el sacpixoy (Trema micranta). Densidad de individuos por unidad área La densidad absoluta, es igual al número de individuos por unidad de área, por ello con los muestreos realizados se pudo determinar este componente de la selva mediana con vegetación secundaria con diámetros a partir de 5 cm, de esta manera los valores de densidad obtenidos por hectárea se muestran en la siguiente tabla: Densidad de individuos por unidad área de la selva mediana con vegetación secundaria Nombre común Nombre científico Densidad (número de individuos /hectárea Akitz Thevetia gaumeri 3 Akum Ficus maxima 3 Bojom Cordia alliodora 3 Caracolillo Sideoxylum fuetidissimum 13 Chacá Bursera simaruba 53 Chacni Eugenia itzana 5 Chechem Metopium brownei 118 Caimitillo Chrysophyllum mexicanum 5 Pimientache Licaria campechiana 8 Dzidzilche Gimnopodium floribundun 3 Guayabillo Psidium sartorianun 3 56

57 Nombre común Nombre científico Densidad (número de individuos /hectárea Higo Ficus cotinifolia 5 Jabín Piscidia piscipula 90 Kanchunup Thouinia paucidentata 8 Kanlol Caesalpinia vesicaria 3 Katalox Swartzia cubensis 13 Kax Randia longiloba 8 Perezcutz Croton glabellus 3 Sacbo Coccoloba reflexiflora 13 Sacchacá Dendropanax arboreus 3 Sacpá Birsonima bucidaefolia 3 Sakyab Gliricidia sepium 8 Subintel Guettarda elliptica 3 Tadsi Hippocratea celastroide 33 Tastab Guettarda combsii 10 Tsinche Pithecelobium dulce 8 Tzalam Liysiloma bahamensis 85 Uchuche Diospyrus verae-crucis 5 Xuul Lonchocarpus xuul 3 Ya'axnik Vitex gaumeri 20 Total 30 sp 530 Listado general de especies de flora encontradas en el predio de interés. Se indican aquellas catalogadas bajo alguna categoría de protección en la NOM-059-SEMARNAT Familia Especie Nombre común Tipo de vegetación Forma de vida Anacardiaceae Metopium Sb/S m Arbórea brownie(jacq.)urban Chechem Apocynaceae Thevetia gaumeri Hemsley Akitz Sm/Sb Arbórea Araliaceae Dendropanax arboreus Sacchaca Sm/Sb Arbórea Sabal yapa C.Wright ex Sm/Sb Palma Beccari Guano Bignoniaceae Arrabidaea floribunda Sak ak Sm/SB rastrera Boraginaceae Cordia gerascanthus Bojon Sm/Sb Arbórea Burseraceae Bursera simaruba (L) Sarg. Chacá Sb/Sm/Sbc Arbórea Caricaceae Carica mexicana (A de C.) Papaya Vs/Sm L.D. Williams. silvestre Arbustiva Ebenaceae Diospyrus verae-crucis Uchuche Sm/Sb Arbórea Euphorbiaceae Croton reflexifolius H.B.& K. Perezkutz Sm/Sb Arbustiva Jatropha gaumeri Grenm Pomolche Sm/Sb/Vs Arbustiva Cnidoscolus souzae Chaya de Sm/sb/Vs Arbustiva Mc.Vaugh monte Leguminosae Acacia collinsii Cornezuelo Sm/Sb Arbustiva Acacia dolichostachya Subin Sm/Sb Arbustiva Gliricidia sepium (Jacq.) Sakyab Sm/Sb Arbórea Lysiloma latisiliquum Tzalam Sm/Sb Arbórea Estatus (Norma Oficial) 57

58 Familia Especie Nombre común Tipo de vegetación Forma de vida Lonchocarpus xuul Lundell Xuul Sm/Sb Arbórea Piscidia piscipula Sarg. Jabín Sm/Sb Arbórea Pithecellobium dulce Ts inche Sm/Sb Arbórea Senna racemosa Kanlol Sm/Sb Arbórea Swartzia cubensis Katalox Sm/Sb Arbórea Bahuinia divaricata L. Pata de vaca Sm/Vs/Vs Arbustiva y arbórea Malvaceae Malvaviscus arboreus Tulipán Sm/Sb arbustiva Malpighiaceae Bunchosia swartziana Sipche Sb Arbustiva Byrsonima bucidaefolia Sacpa Sb Arbórea Meliaceae Cedrela odorata Cedro Sm/Sb Arbórea Moraceae Ficus yucatanensis Akum Sb Arbórea Ficus máxima Higo Sm/Sb Arbórea Myrtaceae Selva arbórea Myrcianthes fragans (Swartz) Guayabillo mediana Nyctaginaceae Neea tenuis Tadsi Sm/Sb Arbórea Palmae Cocos nucifera L. Coco Cultivada Palma Polygonaceae Coccoloba diversifolia Jacq. Sacbo Sm/Sb Arbórea Gymnopodium floribundum Rolfe var. Rekoi. Dzidzilche Sm/Sb Arbustiva y arbórea Rhamnaceae Colubrina arborecens Pimientache Sm/Sb Arbórea Colubrina greggii S. Watson var. Yucatanensis Chacni Sm/Sb Arbustiva Sm/Sb Arbórea Guettarda combsii Rubiáceae Tastab Guettarda gaumeri Subint el Sm/Sb Arbustiva Randia longiloba Kax Sb Arbustiva Sapotáceae Chrysophyllum mexicanum Caimitillo Sm/Sb Arbórea Sideroxilum fuetidissimum Caracolillo Sm/Sb Arbórea Sapindaceae Thouinia paucidentata Radlk. Kanchunup Sm/Sb Arbórea Ulmaceae Trema micrantha Sak-piixoy Sm/Sb arbórea Verbenaceae Vitex gaumeri greenman. Ya'axnik Sm/Sb Arbórea Vitaceae Vitis tiliifolia Humb. & Bonpl. Uvilla Sm/Sb Bejuco Estatus (Norma Oficial) UNIDAD AMBIENTAL MANCHA URBANA/VIALIDADES Esta unidad se compone por el entorno humano del sitio. Es importante desde la perspectiva ambiental porque su presencia ha implicado el consumo de recursos naturales. Este espacio implica, junto con las vialidades una superficie de 15.3 Ha., del SAR. Es decir que es lo predominante y es en ese sentido en el que se prevé el futuro del sitio. Los usos de suelo que el PDDU determina para el sitio se muestran en el siguiente mapa: 58

59 5 5 MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 28 se t emb e "W W "W "W "W he g id at the weste n edge o the map s " due east o t ue no th "N N "N m 0 727m 505km km km Scale 1: 6,000 Cen ed on m m U M Zone 6 ( " N " W WGS84) 506km km 2266km 500 POLÍGONO (3.706 HA.) "W W "W "W "W 500 W N S E m m "N "N "N he g id at the eas e n edge o he ma is " due east o t ue no h ME RES ME RES En el capítulo III de este documento se especifican los usos. No obstante, la imagen anterior es relevante porque establece y plantea el futuro para el sitio en el cual se pretende la intervención para el cambio de uso de suelo. Es decir que, en forma administrativa, el cambio se ha otorgado de facto y este estudio ha de centrarse en las componentes ambientales que han de ser modificadas. En lo referente a las vialidades se establece que éstas existen y que su presencia es irreversible. Forman parte del paisaje y determinan barreras y establecen la fragmentación en retícula del espacio en el que se encuentra el predio de interés. Fauna silvestre. En este apartado, a nivel predial, se analizan las particularidades de la fauna potencial y observada. Es evidente, de inicio, que el espacio fragmentado y utilizado no representa un alto valor para la conservación de la fauna. El sitio se encuentra presionado y sin posibilidad de representar áreas de importancia para este grupo natural. La Península de Yucatán es considerada como una región de baja diversidad biológica, si se compara con otras regiones del país. Esta baja diversidad se atribuye a diversos factores. Uno de ello es la topografía, la Península de Yucatán es bastante homogénea en cuanto a su topografía y origen geológico, presenta elevaciones no mayores a 400 m y suelos calcáreos. Esta semejanza geológica y altitudinal, le proporciona similitud en cuanto a la vegetación y por consiguiente a los hábitats disponibles. Otro factor es el clima, el cual es tropical húmedo con poca variación en la temperatura que va de 24 a 26 C y una pronunciada temporada seca que se traduce en una gran estacionalidad en la lluvia. El periodo de lluvias se extiende desde mayo a diciembre y el 59

60 resto del año por lo general, es seco. La precipitación es más alta en la base de la península (más de 1500 mm) y disminuye de manera gradual hacia el norte (alcanzando tan solo 500 mm). Por otra parte se puede mencionar también como factor importante la casi nula presencia de corrientes superficiales de agua, pues en época de lluvias se crean desde charcos hasta aguadas el cual sirve de abastecimiento para los diferentes grupos de fauna, sin embargo en la época seca estos se ven en la necesidad de recorrer distancias largas para localizar desde cenotes, aguadas; y pequeños ríos semipermanentes. Un último factor lo representa la historia geológica. La península es de reciente formación y la colonización de esta área por las selvas tropicales es relativamente reciente. Además, al igual que en otras penínsulas, en general se presenta un gradiente de diversidad con mayor número de especies en la base y menos en la punta, ya que ésta es más difícil de colonizar, ante todo si consideramos que existe un gradiente de aridez que se acentúa de manera significativa en la porción noroeste. Es importante mencionar, que la mayor parte de la vegetación de selva de Quintana Roo, han sido de alguna manera modificada en su estructura natural al realizarse el sistema agrícola tradicional de Roza-tumba-quema, además del gran número de huracanes e incendios forestales que han impactado a lo largo de todo el estado, durante décadas, a pesar de todo esto, esta vegetación mantiene una diversidad de especies de flora y fauna importantes para el equilibrio ecológico del ecosistema. Metodología muestral Por la ubicación geográfica del predio donde se pretende desarrollar el proyecto, la fragmentación del hábitat por vialidades y actividades humanas relacionadas con las colonias aledañas así como la afluencia vehicular, la probabilidad de ocurrencia de especies de fauna es mínima, a excepción de algunas aves, que pudieron observarse de forma directa, sin embargo para conocer el tipo de hábitat y el estado de conservación del mismo, así como las especies consideradas bajo algún estatus contemplado en la NOM-059-SEMARNAT-2001 de probable ocurrencia en el área, se llevó a cabo un estudio prospectivo en recorridos NE-SO. Se documentaron los vertebrados observados. Chara yucateca (Cyanocorax yucateca) observada en el predio. 60

61 La línea de recorrido implicó el eje central del predio con la intención de observar la fauna existente o rastros indirectos. Para ello, se emplearon guías de campo ilustradas de reptiles, aves y mamíferos. Se contó con GPS Garmin V.5 empleando el Datum WGS-84 para documentar la posición geográfica del transecto. Por otra parte, en gabinete, se contrastan los resultados de campo con la normativa de protección Norma Oficial Mexicana NOM-059 SEMARNAT-2001 para determinar la categoría de las especies observadas. La tabla siguiente muestra los resultados obtenidos donde:(p: En peligro de extinción, A: Amenazada, y Pr: Sujeta a protección especial). Listado de especies de Fauna de posible ocurrencia en el predio y las consideradas bajo algún estatus contemplado en la NOM-059-SEMARNAT Familia Especie Tipo de registro Anfibios Bufonidae Bufo valliceps (Sapo común) L Reptiles Iguanidae Basiliscus vittatus (Toloc) O Culebridae Oxybelis fulgidus (Bejuqyilla) L Polichrotidae Categoría de riesgo NOM 059 Scleroporus cozumelae (Lagartija) O Pr. Endémica Anolis sagrei (Lagartija) L Mamiferos Didelphidae Didelphis virginiana (Tlacuache) L Sciuridae Sciurus yucatanensis (Ardilla) L Rocyonidae Nassau nasua (Tejon) L Phyllostomidae Artibeus intermedius (Murciélago) L Artibeus jamaicensis (Murciélago) L Aves Cracidae Ortalis vetula (Chachalaca) L Columbina passerina (Tortolita) O Columbidae Zenaida asiática (Paloma ala blanca) L Embrizidae Icterus gularis (Calandria) L Quiscalus mexicanus (Zanate) O Mimidae Mimus gilvus (Cenzontle tropical) O Picidae Melanerpes pygmaeus (Carpintero) L Tyrannidae Megarhynchus pitangua (Pecho amarillo) L Corvidae Cyanocorax yucateca (chel) L L: Literatura, O: Observado De acuerdo a la revisión y las observaciones directas en campo para el predio en particular se tiene contemplado una especie de fauna el cual fue observado directamente. 61

62 Especies de flora y fauna consideradas en la NOM 059 SEMARNAT Familia Fauna Polichrotidae Especie Scleroporus cozumelae Nombre común Lagartija Categoría de riesgo Protegida endémica Así, en el contexto estudiado se puede determinar que determinar que: 1. En el espacio geográfico en el que se encuentra el sitio para el cambio de uso pretendido representa un valor ambiental relativamente bajo dada la fragmentación del hábitat. 2. Las obras y actividades humanas son el componente principal del Sistema Ambiental analizado. 3. Los ambientes naturales se restringen a parches difusos sin conectividad. 4. El espacio tiene y se orienta hacia un futuro urbanizado por lo que el cambio de uso de suelo que se plantea en este estudio no representa riesgos a los ecosistemas, a las poblaciones de flora y fauna silvestres ni a la salud humana. Los estudios espaciales y puntuales anteriores permiten establecer que: Que los ambientes naturales son escasos y se transforman a áreas urbanas. En el sitio, se presentan, calles funcionales, casas y comercios. El espacio geográfico en el que se encuentra el sitio del proyecto corresponde a un ambiente predominantemente urbano con tendencia a un desarrollo ordenado por PDDU de Cozumel El establecimiento del proyecto atiende a la expectativa de crecimiento de la población y la demanda de servicios en la ciudad de Cozumel. Medio abiótico Clima. La costa del estado, incluyendo las Islas de Quintana Roo, se encuentran influenciadas principalmente por la presencia de los vientos dominantes del este provenientes del mar Caribe, el cual mantiene temperaturas superficiales por arriba de los 25ºC durante todo el año. Los vientos en la región tienen una alta humedad específica y la temperatura media se mantiene por encima de los 20ºC durante el año. El registro de los parámetros atmosféricos de temperatura y precipitación que prevalecen en la Isla de Cozumel y su área de influencia se llevan a cabo por la Estación Meteorológica Cozumel, dependiente de la Comisión Nacional del Agua, establecida en la ciudad de Cozumel. 62

63 Es importante mencionar que los datos aquí representados corresponden a la información más actualizada proporcionada por la Comisión Nacional del Agua y en el que registran datos específicos entre otros de precipitación promedio anual y temperatura media, correspondiente al año De acuerdo con el Sistema de Clasificación Climática de Köeppen modificado por García (1981), se tiene en la Isla de Cozumel y su área de influencia predomina el subtipo Am que corresponde al tipo de clima cálido subhumedo con abundantes lluvias en verano tiene una temperatura media anual de 25.5 ºC isotermal con Precipitacion promedio anual de hasta 1500 mm. En este tipo de clima se ubica el predio de interés. TEMPERATURA PROMEDIO. La temperatura media anual es mayor a los 25 C. En los meses de mayo agosto se presenta la temperatura máxima que oscila entre los 34 y 36 C, así mismo la temperatura mínima se registra durante los meses de diciembre febrero, siendo ésta de 19 C en promedio. Temperaturas medias ( C) registradas durante un periodo de 29 años Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Anual Fuente: Estación Climatológica Cozumel. PRECIPITACIÓN PROMEDIO ANUAL. En la entidad llueve anualmente alrededor de 1000 mm, concentrándose en el período que va de mayo a octubre, con máximos en junio y septiembre y una disminución relativa importante, llamada sequía intra-estival o canícula, en agosto. Básicamente se reportan precipitaciones máximas de mm en la temporada junio-septiembre-octubre, y mínimas de 45 mm en los meses críticos de sequía, entre marzo abril. Durante el verano, en el Caribe y el Golfo de México se generan fenómenos ocasionados por inestabilidades de baja presión, que dan lugar a las tormentas tropicales, y dependiendo de la energía acumulada se puede formar un ciclón o un huracán. Quintana Roo es el estado de la República Mexicana con mayor incidencia de huracanes. La temporada de estos fenómenos meteorológicos abarca de junio a noviembre, y ocasionalmente pueden presentarse fuera de temporada. Septiembre es el mes en que se registra la mayor actividad de este tipo de fenómenos. Entre los meses de agosto a octubre se origina el 80% de los huracanes de la temporada, y en septiembre tiene lugar el 40% de los que alcanzan las categorías mayores y con efecto más destructivo (Morales, 1993). La intensidad de los vientos durante un huracán varía según las condiciones climáticas que se presenten y van de los 120 a los 300 km/h, con ráfagas incluso superiores a ésta última. 63

64 En particular para el estado, existe la posibilidad de que estos fenómenos climáticos generados principalmente en el Caribe afecten la Isla de Cozumel y la zona costera ya que generalmente esta se encuentra en su radio de acción y aun cuando estos no tocan tierra y pasan por el canal de Yucatán, el efecto de sus vientos y oleaje provocan fuerte erosión en las costas del estado. El huracán Gilberto incidió sobre las costas de Quintana Roo en septiembre de 1988 con categoría 5 por lo cual se le consideró el huracán de mayor intensidad que había impactado esta zona hasta antes del paso del Huracán Wilma en Quien ocasionó severos daños en la costa desde Puerto Morelos hasta Cancún pasando por la Isla de Cozumel. En 1955, Janette afectó las costas del estado. Sus efectos se dejaron ver claramente en la erosión de las playas y la afectación de la vegetación. En casos más recientemente al finalizar la temporada de huracanes en 1998, el huracán Mitch aún cuando su trayectoria no tuvo incidencia directa en el estado sus efectos sobre la costa fueron fuertemente significativos, debido al oleaje de tormenta que se generó. Igualmente, el huracán Emily y Wilma afectó las costas de Quintana Roo en el 2005, principalmente desde Tulum a Cancún pasando por la Isla de Cozumel y el Deán en el 2007, la zona de Mahahual. En la tabla siguiente se presentan los huracanes más recientes (2000 al 2010) que han afectado directa o indirectamente las costas de Quintana Roo. Huracanes que han afectado las costas del estado de Quintana Roo en los últimos años. Año Nombre Categoría Lugar de entrada a tierra Periodo V.maxima (Km/h) 2010 Karl TT Bacalar 15 de septiembre Dean H5 Mahahual 21 de agosto 270 Emily H4 Cozumel y 20 km al norte de julio Tulum Stan TT Felipe Carrillo Puerto septiembre 75 Wilma H4 Puerto Morelos -Cancún octubre Ivan H5 165 km E-NEde Cancún canal de septiembre 270 Yucatán 2003 Claudette H1 24 km al suroeste de Cancún 8-16 julio Isidore H3 Telchac puerto Yucatán septiembre Chantal TT Chetumal agosto Gordon DT Tulum septiembre 55 Otros meteoros que afectan al estado son las tormentas tropicales, los nortes y las suradas. Las tormentas tropicales se presentan en verano y otoño y se consideran como predecesoras de los huracanes, se caracterizan por presentar vientos inferiores a los 120 km/hr. Los nortes, que hacen su aparición de noviembre a marzo, son masas de aire polar con velocidades altas que hacen descender la temperatura y ocasionan precipitaciones; generalmente van acompañadas por rachas de vientos que alcanzan los 100 km/hr. 64

65 Las suradas o suestes, son fenómenos meteorológicos de poca frecuencia y duración en los que el viento dominante proviene del sureste y se desplaza al noroeste con velocidades que llegan a alcanzar los 60 km/hr y rachas de 80 km/hr. Tipos de suelo. Tomando como base la cartografía del INEGI, que rige actualmente la clasificación de los suelos en México y la única disponible y en el cual se observa con mayor claridad se reconoce la siguiente asociación de suelo para el proyecto: (E +I+Rc/2) Rendzina más Litosol mas Regosol calcárico de textura media y el cual se describe a continuación. Rendzina mas Litosol mas Regosol calcarico de textura media (E+I+Rc/2).- Se encuentra distribuido principalmente en la Isla de Cozumel es de textura media con alta permeabilidad que en algunos casos se distingue por ser de migajón arenoso con aproximadamente el 10% de arcilla y en otras por ser migajón arcillosos con aproximadamente el 30%, presentan alta pedregosidad o afloramiento de coraza calcárea, son suelos que varían de color de café claro a casi negro. Estos suelos presentan altas restricciones para su utilización con propósito agrícola debido a su escaso espesor y su abundante pedregosidad que afectan el crecimiento de las plantas, sin embargo presentan buen drenaje que favorece la filtración del agua. Para el predio en particular se puede mencionar que se observa afloramiento de roca distribuida en forma regular con presencia de una pequeña capa de materia orgánica sobre la cual se ha establecido la vegetación de selva. Geología y geomorfología Fisiografía La Península de Yucatán se formó por sedimentación calcárea encontrándose en un principio cubierta por un mar de poca profundidad, que fue emergiendo poco a poco unos centímetros cada siglo adquiriendo una forma de relieve plana con escasa elevación y una ligera inclinación de sus pendientes y de sus leves contrastes topográficos llegando a conformar parte de la provincia fisiográfica llamada Península de Yucatán. 65

66 De acuerdo al Estudio Hidrológico (INEGI, 2002), el estado de Quintana Roo queda ubicado en esta provincia, misma que a su vez se divide en tres subprovincias: Carso y lomeríos de Campeche Carso yucateco Costa Baja de Quintana Roo. La subprovincia Carso yucateco, cubre una mayor extensión de superficie del estado llegando hasta la costa norte de la entidad, en donde se ubica la ciudad de Cozumel, desde el punto de vista fisiográfico se trata de una planicie calcárea modelada posteriormente por una intensa disolución, manifestada por la presencia de rasgos de disolución. Durante el cuaternario esta planicie es modificada por la formación de pantanos y lagunas así como la acumulación de abundantes depósitos de litoral, litificación de depósitos eólicos y por la formación de playas y dunas arenosas. Esta subprovincia se distingue por su topografía cárstica, la cual presenta desde oquedades minúsculas hasta grandes depresiones (localmente denominadas cenotes) y en algunas de las cuales se asoma la superficie freática. Casi en toda su extensión carece de sistema de drenaje superficial, generalmente es una llanura con piso rocoso segmentado y salino con presencia de playas y duna costera. Geología El marco geológico de Quintana Roo está formado por rocas sedimentarias que fueron originadas en los periodos Terciario y Cuaternario, en los últimos 66 millones de años. Las rocas más antiguas son calizas dolomitizadas, silicificadas y recristalizadas, de coloración clara y con delgadas intercalaciones de margas y yeso; datan del Paleoceno al Eoceno (66-52 millones de años), y afloran en la porción sur del estado, presentando espesores de varios cientos de metros. Sobre estas rocas y aflorando en la parte centro occidental de la entidad, se encuentran calizas fosilíferas del Eoceno Medio (52-43 millones de años), cuyo espesor promedio es de hasta 185 m. La porción norte del estado, en donde se ubica la ciudad de Cozumel del municipio de Solidaridad, las capas geológicas superiores sobreyacen a calizas fosilíferas del Eoceno Medio (52 43 millones de años) y sedimentos de tipo arcillosos y depósitos evaporíticos que rellenaron depresiones existentes durante el Terciario Superior y el Cuaternario (en los últimos 23 millones de años). Las rocas más jóvenes que forman la geología superior son de edades del Pleistoceno reciente. Afloran en áreas dispersas, las coquinas, calizas y depósitos del litoral areno arcilloso se pueden observar en la franja costera; mientras que el material residual arcilloso y calichoso es producto de alteraciones de espesor reducido en las áreas anteriores. El nivel del agua comienza a ascender y alcanza su mayor velocidad en el Pleistoceno, como consecuencia del aumento de la temperatura y la retirada de los hielos en la última glaciación. 66

67 Litología. La constitución geológica del norte del estado de Quintana Roo, al igual que en toda la Península de Yucatán, es de tipo calcáreo y de relativamente, reciente emersión, con elevado contenido de rocas sedimentarias marinas calizas, con abundante pedacería y fragmentos diminutos de conchas, coral y arena gruesa de origen biogénico. Esta región está situada sobre un lecho calcáreo que data del Pleistoceno Tardío (hace 20,000 25,000 años). A lo largo de la costa, el lecho rocoso está cubierto por un depósito de material poco firme conformado por arena en las playas en el litoral- y lodos con un alto contenido de materia orgánica en los humedales detrás de la costa, ambos se formaron durante el presente ciclo de sedimentación (desde el Holoceno hace 5,000 años hasta la actualidad). La subcuenca ( f ) donde se ubica la ciudad Ciudad de Cozumel corresponde al Cuaternario Q (cz) que está representado por calizas coquiníferas de ambiente de litoral y eolianitas pleistocénicas, así como depósitos recientes sin consolidar; suelos de origen aluvial, lacustres y palustres que muchas veces sobreyacen discordantes a las rocas calcáreas expuestas. Los depósitos y suelos mencionados se pueden clasificar de la siguiente manera: Suelos de litoral: el cual corresponde el área de estudio está representados por los depósitos litorales de arena fina a gruesa constituidas principalmente por fragmentos, espículas de equinodermos, moluscos, ostrácodos, briozoarios y esponjas además de miembros de microforaminíferos bentónicos y planctónicos, en algunos sitios se tiene coquinas mal consolidadas del mismo ambiente. Estos sedimentos están bien clasificados, y en algunos lugares además tienen acumulaciones de grava y bloques de corales así como restos completos de moluscos. Se encuentran formando una franja angosta y plana, ligeramente inclinada, asociada a las dunas o suavemente ondulada cubren parcialmente a calizas del Terciario Superior o a las eolianitas del pleistoceno. Pendiente media La zona norte de la entidad presenta en su parte media y occidental depresiones pequeñas de menor relieve, casi planas, con altitudes de hasta 20 msnm, con relativo decremento hacia la costa. La zona de estudio tiene una ligera pendiente del 0.5 %, considerándola como poco significativa. 67

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