1. OBJETO DEL PLIEGO ÁREA DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA TERRITORIAL, RESIDUOS Y SERVICIOS. MnfmDAHB

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1 ÁREA DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA TERRITORIAL, RESIDUOS Y SERVICIOS SERVICIO DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS Y RESIDUOS MnfmDAHB ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE ENVASES DE PAPEL Y CARTÓN EN LA ISLA DE LA PALMA. 1. OBJETO DEL PLIEGO El presente Pliego tiene como objeto describir las prescripciones técnicas a las que debe ajustarse la contratación, por procedimiento abierto, de la gestión del servicio público de recogida selectiva de envases de papel- cartón a una empresa especializada. Este Pliego regirá el servicio de recogida y transporte hasta el centro de descarga correspondiente, de los envases de papel-cartón de origen doméstico depositados en contenedores específicos, la recogida puerta a puerta de los envases de papel- cartón generados en el comercio urbano y la recogida de los envases de papel- cartón de origen doméstico depositados por los particulares en los Puntos Limpios del Cabildo Insular de La Palma. Regirá igualmente la puesta a disposición y el mantenimiento de los vehículos adecuados para la recogida, la adquisición de quince nuevos contenedores y las operaciones de colocación, mantenimiento, y limpieza de todo el parque de contenedores, incluyendo la sustitución de aquellos que queden fuera de servicio. La documentación que se detalla a continuación se consideran, a todos los efectos, como parte integrante de este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y, por lo tanto, de obligada observancia por la empresa que resulta adjudicataria de este contrato: Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y Ecoembalajes España, S.A. de fecha 12 de febrero de 2009 (Anexo I). Convenio de Adhesión del Cabildo de La Palma al Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación 1

2 Territorial del Gobierno de Canarias y Ecoembalajes España, S.A. de fecha 30 de abril de 2009 (Anexo II). Convenio de Colaboración entre el Cabildo de La Palma y Ecoembalajes España, S.A para el desarrollo de un proyecto de utilización de herramientas avanzadas de control en la recogida selectiva de envases ligeros y papel- cartón de fecha 29 de noviembre de 2011 (Anexo III). Cualquier otro Convenio de Colaboración entre la Administración Contratante y Ecoembalajes España, S.A. u otro sistema integrado de gestión de residuos que se celebre durante el plazo de ejecución de este Contrato. Reglamento del Servicio de Recogida Selectiva de Envases de papelcartón en la Isla de La Palma. 2. ÁMBITO TERRITORIAL Los trabajos objeto de este Pliego se extenderán con carácter general a todos los municipios de la Isla de La Palma. Los municipios de la Isla se tipificarán atendiendo a la siguiente clasificación, tomando como referencia la población generadora de residuos: Tipología semiurbana: municipios entre y habitantes. Es decir, Breña Alta, Breña Baja, Los Llanos de Aridane, El Paso, San Andrés y Sauces, Santa Cruz de La Palma, Tazacorte y Villa de Mazo. Tipología rural: municipios con población de derecho inferior a habitantes. Es decir, Barlovento, Fuencaliente de La Palma, Garafía, Puntagorda, Puntallana y Tijarafe. 3. ÁMBITO FUNCIONAL La recogida selectiva de envases de papel-cartón se realizará mediante contenedores similares a los existentes y preferentemente instalados en áreas de aportación (islas de contenedores de papel cartón, envases ligeros y vidrio) que garanticen accesos seguros para los usuarios y el tráfico. La recogida monomaterial de papel-cartón depositado en contenedor específico, la recogida puerta a puerta de envases de papel -cartón generados en el comercio urbano y la gestión de residuos de envases de papel- cartón a través de los Puntos Limpios se realizará de forma periódica mediante vehículos recolectores de carga superior garantizándose la seguridad de las personas y la limpieza de la vía pública. Las actividades incluidas en el servicio son las siguientes: 2

3 - La adquisición e instalación de contenedores. - La limpieza de los contenedores y zona inmediata. - El mantenimiento y reposición de contenedores incluidos los que hayan quedado inservibles por actos vandálicos. - La puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para realizar el servicio de recogida. - La recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el centro de descarga. También se recogerá la fracción de papel y cartón no plegada ni introducida en los contenedores en un radio de dos (2) metros alrededor de los mismos. - La recogida puerta a puerta y transporte de los envases de papel y cartón generados en el comercio urbano depositados, en los sitios y en la forma, que previamente hayan sido determinados, en días y horas señalados. - La recogida de los envases de papel-cartón de origen doméstico depositados por los ciudadanos en los Puntos Limpios del Cabildo de La Palma. - Servicio de guardia que permita intervenir en casos de emergencias, o realizar actuaciones necesarias con motivos de fiestas, procesiones y otros eventos. En un principio, el centro de descarga de los envases de papel- cartón será el Complejo Ambiental de Los Morenos, en Villa de Mazo y posteriormente, se tiene previsto que se transporten hasta el Polígono Industrial del Callejón de La Gata, en Los Llanos de Aridane. 4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato objeto de la concesión tendrá una duración de diez (10) años contados desde que se comiencen a prestar los servicios, prorrogables dos (2) años más, previo acuerdo expreso de ambas partes. 5. HORARIOS Y FRECUENCIAS A.- Recogida monomaterial de papel/cartón depositado en contenedor específico.- Cada Licitador presentará obligatoriamente, dentro del proyecto de explotación, una Memoria Técnica con la organización del servicio de recogida monomaterial de papel/cartón depositado en contenedor específico, detallando, como mínimo, los trabajos y operaciones a realizar, periodicidad y frecuencia, horarios, medios materiales y humanos necesarios para que se mantenga en todo momento un nivel de limpieza, incluso en caso de festivos consecutivos. En esta memoria, también deberá figurar un número de teléfono donde se puedan comunicar las posibles incidencias. 3

4 La frecuencia de recogida establecida como criterio para la definición inicial del servicio se determinará en función de la dotación de contenedores y la aportación esperada, no pudiendo ser inferior, en todo caso, a los siguientes valores mínimos: Frecuencia Mín de recogida SemiUrbana Rural Iglú 3m3 1 por semana (7 días) 1 cada 2 semanas (14 días) La empresa adjudicataria deberá revisar la frecuencia inicial definida en base a la información sobre grado de llenado de los contenedores y por tanto podrá proponer al Cabildo modificaciones para evitar desbordamientos y optimizar la eficiencia de las rutas. Excepcionalmente, y en particular en fechas señaladas, la periodicidad de recogida podrá ser incrementada en aquellos contenedores que por su ubicación así lo requieran, en razón al incremento de su ritmo de llenado habitual; en estos casos, la empresa analizará la conveniencia de aumentar el número de contenedores en puntos concretos. La recogida se llevará a cabo durante cualquier día del año, en horarios de día y/o de noche que mejor se adapten a las condiciones urbanísticas, de ruido y viarias de la zona a recoger. En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá ajustar el horario de descarga de los vehículos a los que establezca la instalación del centro de descarga. La empresa adjudicataria propondrá a la administración contratante la distribución inicial de los contenedores, así como el plan de recogida y rutas, debiendo ésta aceptarlo o rechazarlo en el plazo de quince (15) desde su recepción. El centro de descarga correspondiente emitirá albaranes de entrega que el Adjudicatario deberá conservar durante un periodo mínimo de cuatro años. Dichos albaranes estarán a disposición del Cabildo o de quien éste determine. La empresa adjudicataria entregará el material en el centro de descarga indicado por el Cabildo de La Palma. La empresa adjudicataria aceptará las modificaciones, ajustes del servicio y controles que sean necesarios en desarrollo del convenio de colaboración que la administración contratante firme con Ecoembalajes España, S.A.. u otro sistema integrado de gestión. Además, deberá colaborar en la identificación de problemas en la calidad del material recogido en relación a la presencia de material no solicitado, proponiendo mejoras y colaborando en la implantación de las mismas. 4

5 B.- La recogida del cartón generado en el comercio urbano. Recogida puerta a puerta. La empresa adjudicataria propondrá el plan de recogida y rutas en el que se detallaran, entre otros extremos, los puntos de recogida puerta a puerta que previamente hayan sido dados de alta según se establece en el anexo II Colaboración Económica de Ecoembes, apéndice 3 o previo acuerdo entre el Cabildo y el Adjudicatario. En cualquier caso la oferta contendrá como mínimo el servicio que se está realizando actualmente que consiste en la recogida dos veces por semana en la zona comercial abierta de Santa Cruz de La Palma y Los Llanos de Aridane. El cartón debe estar libre de cualquier impropio, debidamente separado, plegado y sujeto con algún elemento que evite su dispersión y de fácil acceso para los operarios del servicio. La recogida se llevará a cabo durante cualquier día del año, en horarios de día y/o de noche que mejor se adapten a las condiciones urbanísticas y viarias de la zona a recoger. En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá ajustar el horario de descarga de los vehículos a los que establezca la instalación donde se descargue el material. El centro de descarga correspondiente emitirá albaranes de entrega que el Adjudicatario deberá conservar durante un periodo mínimo de cuatro años. Dichos albaranes estarán a disposición del Cabildo o de quien éste determine. La empresa adjudicataria entregará el material en el centro de descarga indicado por el Cabildo de La Palma. C. La recogida de residuos de envases de papel - cartón a través de los Puntos Limpios. La empresa adjudicataria deberá realizar la recogida del papel- cartón de origen doméstico depositado por los particulares en los Puntos Limpios del Cabildo. Este servicio se ejecutará, preferentemente, a demanda del Cabildo Insular de La Palma y siempre en horario de funcionamiento de los Puntos Limpios. 5

6 La frecuencia mínima de recogida, en los Puntos Limpios que en la actualidad se encuentran en funcionamiento, será la siguiente: PL de Puntallana Dirección: La Galga. Municipio: Puntallana Frecuencia mínima de recogida: 1 al mes (30 días) PL Breña Baja Dirección: Los Cancajos (Parcela anexa cabecera norte aeropuerto de La Palma) Municipio: Breña Baja Frecuencia mínima de recogida: 4 al mes (30 días) PL Llanos de Aridane Dirección: Polig. Industrial de callejón de La Gata Municipio: Los Llanos de Aridane Frecuencia mínima de recogida: 5 al mes (30 días) PL Tijarafe Dirección: Barranco Jurado s/n Municipio: Tijarafe Frecuencia mínima de recogida: 1 al mes (30 días) Durante la vigencia del contrato podrá ampliarse la Red Insular de Puntos Limpios quedando obligada la empresa adjudicataria a llevar a cabo la recogida de los envases de papel y cartón de origen doméstico que los usuarios allí depositen sin sobrecoste alguno para el Cabildo. El centro de descarga correspondiente emitirá albaranes de entrega que el Adjudicatario deberá conservar durante un periodo mínimo de cuatro años. Dichos albaranes estarán a disposición del Cabildo o de quien éste determine. La empresa adjudicataria entregará el material en el centro de descarga indicado por el Cabildo de La Palma. 6. MEDIOS MÍNIMOS El Adjudicatario será el responsable directo y exclusivo de la buena ejecución de los servicios objeto del Contrato por lo que deberá disponer de los medios que considere necesarios para lograr tal fin, no pudiendo alegar en un futuro, falta de medios. 6

7 A.- Instalaciones Fijas: El Adjudicatario dispondrá, para la prestación del servicio en la Isla, de aquellas instalaciones necesarias para la guarda de los vehículos, así como para oficina, vestuario, aseos, almacén, etc. El Licitador presentará en su memoria una descripción de las distribuciones y superficies de las diferentes instalaciones, que según su criterio son necesarias para cubrir satisfactoriamente las necesidades del servicio ofertado. B.- Equipos, maquinaria, vehículos y contenedores: La adquisición de equipos y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será gestionado por el Adjudicatario, así como los gastos de conservación para mantenerlo en perfecto estado de funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato. El Adjudicatario aportará todas y cuantas herramientas manuales, mecánicas o de otro tipo se precisen para una buena realización del servicio propuesto, disponiendo de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Las ofertas presentadas deberán indicar los sistemas de mantenimiento y organización de talleres y parque que serán establecidos para lograr el funcionamiento y prestaciones correctas de los equipos a lo largo de la concesión b.1. Vehículos: El Adjudicatario deberá disponer al inicio del Contrato de cuantos vehículos sean necesarios para la prestación del servicio en sus distintas modalidades, haciendo constar en su oferta el número y características de cada tipo, incluidos los vehículos de reserva. Los vehículos deberán llevar en las puertas o sitios visibles el logotipo o emblema que adopte el Cabildo y la inscripción: CABILDO INSULAR DE LA PALMA. SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA. Todos los vehículos deberán incorporar sistemas de posicionamiento GPS y transmisión de información en tiempo real. El Adjudicatario se compromete a tener vehículos de reserva con objeto de prever cualquier contingencia o avería que pueda entorpecer el normal funcionamiento del servicio. Todos los vehículos estarán en perfectas condiciones de funcionamiento en todos sus mecanismos, así como en cuanto a la pintura, señalización y sistemas de 7

8 seguridad, tales como destellos, bandas de atención, etc., atendiéndose en todo momento a las puestas a punto que determine el Cabildo. Cumplirán las prescripciones de ruidos y contaminación que se encuentren vigentes en el momento de la adjudicación, o que se promulguen posteriormente. Los vehículos estarán en todo momento en perfecto estado de limpieza, desinfección y conservación. b.2. Contenedores: El Cabildo Insular de La Palma pondrá a disposición del Adjudicatario un número inicial de doscientos cincuenta contenedores (250). Dichos contenedores serán incrementados obligatoriamente en quince (15) unidades más por el Adjudicatario al inicio del contrato. Durante la vigencia del contrato el Cabildo podrá solicitar al Adjudicatario que adquiera nuevos contenedores, hasta un máximo de un 10 % del parque existente al inicio del contrato ( oferta) sin que por este concepto, en caso de producirse, el Adjudicatario tenga derecho a reclamar compensación económica alguna. b Adquisición e instalación de los contenedores. La empresa adjudicataria inicialmente adquirirá como mínimo quince (15) contenedores que deberán cumplir los requisitos que se establecen en este Pliego (color azul, sistema de enganche superior, capacidad de l., de dimensiones mm. de ancho, de mm. de fondo y mm de alto, con un peso aproximado de 285 Kg., contraído totalmente en chapa de acero galvanizado de 2 mm, 1,5 mm. y 1mm. de espesor, diseño Ecoxuquer.) y los dispondrá como contenedores de reserva para hacer frente a posibles ampliaciones, ajustes del servicio o sustituciones de unidades deterioradas a causa de un uso normal, por actos de vandalismo urbano o por cualquier otro motivo. La empresa adjudicataria se responsabilizará de que exista, en todo momento, un número mínimo de dos (2) de contenedores de reserva. Los contenedores estarán serigrafiados de la forma que determine el Cabildo con la conformidad del Sistema Integrado de Gestión de Residuos, en la actualidad Ecoembalajes España,S.A., figurando, en todo caso, el logotipo de la administración insular. Será la empresa adjudicataria la que proponga la ubicación de los contenedores utilizando herramientas de información geográfica teniendo en cuenta los siguientes criterios: recomendación de ubicación junto a otros contenedores de recogida selectiva (áreas de aportación) y presencia de contenedores de resto. Dicha 8

9 propuesta de ubicación estará sujeta a la aprobación y posibles modificaciones por parte del Cabildo Insular de La Palma. Asimismo la empresa adjudicataria propondrá los ajustes de contenerización necesarios para obtener la optimización de las rutas. La empresa adjudicataria deberá llevar a cabo, según las indicaciones del Cabildo, los movimientos o traslados, temporales o permanentes, de los contenedores de recogida selectiva de papel- cartón. Esta prescripción deberá ser cumplida por el Adjudicatario en la forma y plazo que se le indique desde el Cabildo, cualquiera que sea el motivo que origine el traslado de los contenedores. La empresa adjudicataria procederá a la identificación individualizada de los contenedores instalados mediante un número de referencia o de serie, debiendo además realizar a partir del primer mes de entrada en funcionamiento del contrato un inventario informatizado de los contenedores instalados. El inventario reflejará como mínimo el número de referencia (o de serie) de cada contenedor, su capacidad en litros, ubicación física detallada en plano (siempre que sea posible por existir cartografía). Así mismo, dicho inventario incluirá observaciones, como bajas del inventario, daños o traslados. Se deberá mantener un histórico del mismo con una antigüedad mínima de dos (2) años. Durante la vigencia del contrato, todo el parque de contenedores (los cedidos por el Cabildo junto con los adquiridos y dispuestos por la empresa adjudicataria) será responsabilidad de la empresa adjudicataria en el caso de producirse cualquier incidencia asociada a los contenedores, especialmente, en caso de producirse daños a terceros. b.2.2. Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. Los Licitadores deberán presentar en sus ofertas un plan de lavado de los contenedores, especificando la periodicidad y metodología. Para las operaciones de lavado de contenedores de recogida de papel cartón se fija un mínimo de: Frecuencia lavado contenedores/año Iglú 3m 3 Lavados interior /exterior 2 Será a cargo de la empresa adjudicataria la limpieza del espacio público ocupado por el contenedor y el espacio inmediato a los contenedores con una periodicidad que asegure la buena imagen del servicio y, en su caso, a demanda del Cabildo Insular de La Palma. 9

10 Será obligación del Adjudicatario el mantenimiento integral de los contenedores con el objeto de que se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso, de manera que el Cabildo Insular podrá solicitar la sustitución o reparación de aquellos contenedores cuyo estado no considere adecuado. Estas operaciones se realizarán en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas desde su comunicación. Asimismo el Adjudicatario tiene la obligación de reponer en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas aquellos contenedores que por diversas causas (actos vandálicos, incendio, accidentes, etc.) hayan quedado fuera de servicio. PERSONAL El Adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del Contrato y asumirá a título exclusivo el carácter de patrono o empresario respecto del personal que emplee para la realización de los servicios. A la hora de determinar el personal a asignar al servicio de recogida selectiva de envases de papel- cartón se tomará como referencia las recomendaciones que al efecto se establecen en el anexo IX Criterios y recomendaciones para la implantación de la recogida selectiva monomaterial de papel y Cartón y para la recogida selectiva de envases ligeros del Convenio Marco de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y Ecoembalajes España, S.A. de fecha 12 de febrero de 2009 y la obligación de la empresa adjudicataria de absorber el personal adscrito al servicio de recogida selectiva por la empresa que en la actualidad viene prestando el servicio (La Resolución de 12 de febrero de 1996, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza Pública, Viaria, Riegos, Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos, Limpieza y Conservación de Alcantarillo, en su artículo 49 y siguientes, regula la subrogación del personal). La empresa que resulte adjudicataria se comprometerá y obligará en el momento de la firma del mismo a cumplir exacta y directamente cuantas obligaciones y derechos sean consecuencia y deriven de su condición de empresario o patrón, siendo de su exclusiva cuenta el pago de los salarios, cuotas de la Seguridad Social, accidentes de trabajo, mutualismo laboral, etc., así como todas o cualesquiera obligaciones sociales que imponga la legislación vigente en cada momento al patrono o al empresario. El personal que preste el servicio tendrá que ir uniformado, de acuerdo con las normas de imagen consensuadas entre el Adjudicatario y el Cabildo Insular de La Palma. 10

11 El Adjudicatario se responsabiliza de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestuario, o de cortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de producir ruidos excesivos durante la ejecución del servicio. En caso de huelga de los trabajadores, la empresa Adjudicataria deberá de garantizar unos servicios mínimos adecuados a la naturaleza del servicio. 7. ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO Asimismo, el Adjudicatario será responsable de la administración del servicio, limitándose el Cabildo a disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y en general, verificar y asegurar que la prestación está en condiciones de satisfacer sus exigencias operativas. El Adjudicatario del servicio deberá disponer de un seguro de Responsabilidad Civil General por un importe mínimo de valor asegurado de un millón de euros ( ), con unos sublímites de ciento cincuenta mil euros ( ,00 ) por víctima, en la que se especifique detalladamente la actividad a desarrollar y con las siguientes garantías: a. Explotación. b. Patronal- cruzada. c. Contaminación Accidental. d. Carga y descarga. e. Postrabajos. f. Subsidiaria. g. Defensa Judicial y finanzas. Si tuviese instalaciones en las que llevase a cabo la gestión de residuos, un seguro de responsabilidad civil medioambiental con un importe mínimo de un millón doscientas mil euros ( ,00 ). Además, se le exigirá un seguro de responsabilidad Civil Medioambiental para el transporte de residuos, con un mínimo de capital a contratar de un millón doscientos mil euros ( ,00 ). El Adjudicatario deberá presentar los certificados correctos de cada una de las pólizas que acrediten que estar en vigor, al corriente de pago y con los capitales correctamente contratados así como la actividad que cubra, asimismo, si el pago fuese fraccionado en cada período que correspondiese el abono del correspondiente período. 11

12 La empresa que resulte adjudicataria del servicio deberá estar en posesión (o justificar documentalmente que está en trámite de obtenerlas antes de la formalización del contrato) de todas las licencias y permisos que de acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos se requiera para prestar el servicio de recogida selectiva. El Adjudicatario deberá nombrar un Coordinador, para que le represente ante el Cabildo en todo lo que concierne al servicio a contratar, el cual tendrá poder suficiente para tomar las decisiones que exige su prestación, sin que los mismos puedan verse afectados por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Este Coordinador deberá asistir, sin excusa, a las reuniones que se convoquen para tratar asuntos relativos al Servicio, siempre que su convocatoria se haya realizado con veinticuatro horas de antelación, o en su defecto, delegar en personal con similar poder de decisión en situaciones graves que pudieran considerarse de urgente tratamiento. En los casos en que por fuerza mayor o emergencia pública, deba prestarse algún servicio o tareas distintas a las contratadas, el Adjudicatario queda obligado a poner a disposición y a las órdenes del Cabildo todo el personal y material necesario, sin perjuicio de las compensaciones económicas que pudieran corresponder. En el supuesto de interrupción total o parcial del Servicio, por un plazo superior a ciento sesenta y ocho (168) horas, cualquiera que sea la causa que lo motive, el Cabildo podrá hacerse cargo del servicio interrumpido, quedando facultado para emplear el material e instalaciones del Adjudicatario y en su caso el personal del mismo. Para este supuesto, no hará falta más requisito que la notificación inmediata de las medidas adoptadas y las causas que las motiven. 9. PARTES E INFORMES El Adjudicatario a través del Coordinador del servicio que designe, remitirá mensualmente al Servicio de Residuos del Cabildo, un parte en el que deberá reflejar los trabajos realizados y anomalías producidas en el servicio incluyendo la siguiente información y documentación: Impresos TC1 Y TC2 de la Seguridad Social correspondiente al personal adscrito al Servicio. Rutas realizas de recogida y limpieza. Cantidades recogidas. Actualización de ubicaciones existentes, si hubieran cambios. Observaciones: Incidencia, roturas etc. 12

13 Asimismo, con carácter mensual, el Adjudicatario remitirá en soporte digital y formato tipo Excel, toda la estadística de la recogida selectiva de envases de papel cartón en sus modalidades de contendores tipo iglú, puerta a puerta, y puntos limpios. Al final del año se presentará a la Administración una memoria final del servicio OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Son, entre otras, sus obligaciones las siguientes: 1. Prestar el servicio objeto de la concesión con eficiencia y diligencia. 2. Prestar el servicio a los usuarios del mismo conforme a este Pliego. 3. Disponer de personal, instalaciones, vehículos, contenedores y materiales necesarios para el funcionamiento y prestación de los servicios objeto de la contratación. 4. Cumplir con sus trabajadores las disposiciones de la legislación laboral y de Seguridad Social y Salud. 5. Observar, tanto la empresa Adjudicataria como sus trabajadores, una conducta de respeto y consideración con los usuarios del servicio. 6. Ejercer por sí el objeto del contrato sin que pueda cederla o traspasarlo a terceros. 7. Indemnizar a terceros de los daños que les ocasionara el funcionamiento del servicio. 8. Suscribir las pólizas de Seguro. 9. Ejecutar las modificaciones del contrato que acordase el Cabildo y aconsejare el interés público. 10. Emisión, en su caso, de las facturas y presentación de la documentación justificativa necesaria a Ecoembalajes España, S.A. según especificaciones contenidas en el Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y Ecoembalajes España, S.A. de fecha 12 de febrero 2009 o cualquier otro convenio que se celebre en sustitución de éste. 11. Justificar, una vez que sea requerido para ello por el Cabildo, los gastos facturados mediante albaranes emitidos por el centro de descarga, facturas y demás documentación. 12. Las demás obligaciones que se deriven del contrato, del cumplimiento de los convenios que afecten al servicio contratado y 13

14 sean suscritos por el Cabildo y, en general, de la legislación de aplicación DERECHOS DEL ADJUDICATARIO: Son derechos del Adjudicatario los siguientes: 1. Percibir del Cabildo el precio del contrato. 2. Organizar el Servicio objeto del contrato de conformidad con lo establecido en el presente Pliego, bajo la supervisión del Cabildo. 3. Revisión del precio del contrato, según lo estipulado en el presente Pliego. 4. Mantener el equilibrio económico de la concesión. 5. Cualquier otro derecho que le reconozca la legislación de aplicación POTESTADES DEL CABILDO El Cabildo ostentará las siguientes potestades: 1. Ordenar las modificaciones en el Servicio que aconseje el interés público. 2. Fiscalizar las gestiones del Adjudicatario, a cuyo efecto podrá inspeccionar el Servicio y dictar las órdenes para mantener y restablecer la debida prestación. 3. Controlar la facturación mediante el requerimiento al Adjudicatario de copias de aquellos documentos justificativos del gasto. 4. Asumir temporalmente la ejecución directa del Servicio en los casos en que no le preste o no pudiera prestarlo el Adjudicatario, por circunstancias imputables o no al mismo. 5. Imponer al Adjudicatario las faltas pertinentes por razón de las infracciones que cometiera. 6. Rescatar la concesión. 7. Suprimir el Servicio. 8. Resolver el contrato en caso de que se dé alguna de las causas de resolución que se contemplan expresamente en este Pliego y en la demás legislación aplicable. 9. Las demás potestades que se deriven del presente Pliego, así como las demás potestades que tengan atribuidas por la legislación aplicable. 14

15 13.- DEBERES DEL CABILDO: 1. Mantener el equilibrio económico del contrato. 2. Indemnizar al Adjudicatario por el rescate anticipado de la concesión o en su caso de supresión del Servicio, si el mismo se produjese por causas no imputables al mismo REVERSION: Al final del contrato revertirá en el Cabildo la flota de contenedores existentes y que se encuentre en ese momento en servicio. En Santa Cruz de La Palma, a 30 de septiembre de 2013 EL JEFE DE SERVICIO Domingo Alberto Hernández Barrios 15

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