Programa de Capacitación aprobado por el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal 2012

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1 Nuevo Nuevo Programa de Capacitación 2012 Programa de Capacitación aprobado por el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal 2012 Conciliadores Personal Ministerio yformación Penitenciario Mediadores Defensores Público Policía Juez Docente Rama: Defensores

2 La Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, agradece especialmente a las siguientes personas, integrantes, invitados o representantes del Comité de Capacitación, su invaluable apoyo en la elaboración y revisión de este Programa: Secretaría de Gobernación Secretaría de Seguridad Pública Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal Raúl Ayala Cabrera Bertha F. Del Toro de Alba Gilberto Higuera Bernal Nicanor Zarco Gutiérrez Gabriel Vázquez Pérez Senado de la República Benito Acosta G. Cámara de Diputados Suprema Corte de justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal Procuraduría General de la República Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública Conferencia Nacional de Procuración de Justicia Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia Organizaciones Académicas Organizaciones de la Sociedad Civil Invitado: Programa de Apoyo en Seguridad y Justicia MSI México SETEC Víctor Manuel Rangel Cortés Alejandro Díaz Cruz Gabriela Rosales Hernández Gerardo Toxky Miranda Álvaro Vizcaíno Zamora Marco Tulio López Escamilla Jorge Sánchez Arellano Israel Alvarado Martínez Jorge Arturo Gutiérrez Muñoz Brenda Tania Luna López Miguel Sarre Iguíniz Orlando Camacho Nacenta Cristian Ortega Barrera Alejandro Ponce de León Gómez Verónica Bátiz Álvarez Jorge Nader Kuri Javier Ramírez Escamilla Cuauhtémoc Vázquez González de la Vega Carlos Villegas Márquez México, D.F. Julio de 2012

3 INTRODUCCIÓN: El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115, y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad pública y justicia penal, mediante el cual se establecen las bases de un nuevo Sistema de Justicia Penal en la República Mexicana, de corte acusatorio y oral, distinguiéndolo claramente del inquisitivo-mixto que se seguía hasta entonces. La reforma transforma radicalmente el sistema de procuración e impartición de justicia en el país, dados sus principales objetivos: sentar las bases constitucionales para aplicar un nuevo modelo de justicia penal; fortalecer el sistema procesal acusatorio superando los rasgos inquisitivos y precisando los principios fundamentales en que debe sustentarse; implantar los juicios orales para darle a los procesos mayor transparencia y se recupere la credibilidad del sistema penal; plasmar los derechos del imputado, que habrán de desarrollarse en la legislación procesal penal; ampliar los derechos de la víctima u ofendido del delito, así como precisar su nuevo rol en el proceso; elevar la capacidad de investigación, abatir la impunidad y dar certeza al procedimiento; establecer nuevas formas y reglas de investigación de los delitos por parte del Ministerio Público y la policía de investigación; enfrentar al crimen organizado con todas las fortalezas del Estado, y promover mecanismos alternos de solución de conflictos, entre otros objetivos, y al mismo tiempo promoverse, respetarse, protegerse y garantizarse los derechos humanos de los intervinientes de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Para lograr una implementación ordenada, coordinada y homogénea, el artículo Noveno Transitorio del citado Decreto de reformas constitucionales establece que se creará una instancia de coordinación integrada por representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además del sector académico y la sociedad civil, así como de las conferencias nacionales de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, la cual contará con una Secretaría Técnica (en adelante SETEC) que coadyuvará y apoyará a las autoridades federales y a las locales, cuando estas últimas así lo soliciten. A ese respecto, corresponde al Consejo de Coordinación, según su Decreto de creación de fecha 13 de octubre de 2008, en su artículo 8, fracción VI, y Reglas para su Funcionamiento, de fecha 19 de febrero de 2010, en su artículo 7, fracción VII, aprobar los programas de

4 capacitación y difusión sobre el Sistema de Justicia Penal dirigidos a jueces, agentes del Ministerio Público, policías, defensores, peritos, abogados, mediadores y conciliadores, encargados de la ejecución de sentencias, así como a la sociedad en general. Ello es así pues uno de los retos que enfrenta el Estado Mexicano para implementar la reforma es la capacitación de los actores, operadores y personal de apoyo del nuevo modelo 1. Sin una adecuada metodología de aprendizaje y formación que combine aspectos tanto teóricos como vivenciales, el nuevo sistema no alcanzaría los propósitos que persigue. La sola reforma legislativa no es suficiente cuando se trata, como en el caso, de una de las transformaciones culturales más significativas de los últimos 100 años. Por lo tanto, la reforma demanda la capacitación intensiva, pero también que se informe a la sociedad sobre su implementación, objetivos, ventajas y resultados a través de una difusión bien orientada 2. En ese orden de ideas, con fundamento en el artículo 13, fracción XVIII del Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación, se instituyó un Comité de Capacitación 3 encargado de coordinar y dictaminar las labores sustantivas en Capacitación de la SETEC, previo a la consideración y aprobación del Consejo de Coordinación, y se diseñó un primer Programa de Capacitación y Difusión, que fue validado por el Consejo de Coordinación en su IV Sesión Ordinaria celebrada en marzo de 2010, con base en el cual se ha validado la impartición de los cursos de capacitación. No obstante, este primer e importante paso debió ser, por necesidad, sujeto a revisión y actualización, especialmente si sirvió, como en efecto ocurrió, para que las entidades federativas fundaran sus propuestas de programas académicos sujetos a subsidio por los ejercicios 2010 y En tal virtud, el Consejo de Coordinación, en Acuerdo COCO/01/VII/11, de fecha 17 de junio de 2011, instruyó a la Secretaría Técnica actualizar 1 En el nuevo Programa de Capacitación se entiende por actor a toda persona interesada en el nuevo sistema, tales como periodistas, sociedad organizada, estudiantes, comunicadores, etc; por operadores, a los jueces (de control, de juicio oral, de ejecución de sentencia), ministerios públicos (o fiscales), policías, peritos, defensores (del imputado o de la víctima) y mediadores o conciliadores; y por personal de apoyo al personal penitenciario, a los encargados de causa, de atención ciudadana, de operación de salas de juicios orales, videograbación, encargados de informática, de archivo, notificadores, control de gestión, etc. 2 En documento aparte se plantea en nuevo Programa de Difusión, cuyo principal propósito es la generación de un cambio cultural asociado al sistema de procuración e impartición de justicia. 3 El Comité de Capacitación está integrado por un representante de cada uno de los integrantes del Consejo de Coordinación, designado por el miembro del Consejo correspondiente, vinculado con la materia de capacitación (para el caso de representación a una institución gubernamental) o bien un académico vinculado con la reforma (para el caso de representar a la sociedad civil o academia).

5 el Programa de Capacitación y Difusión de la SETEC, en razón de las nuevas exigencias en la capacitación de los operadores del Nuevo Sistema de Justicia Penal, en los siguientes términos: a efecto de continuar con los procesos de capacitación de los distintos operadores del nuevo sistema de justicia penal y que éstos rindan los frutos que demanda la sociedad, se debe continuar con el esfuerzo realizado hasta ahora y trabajar con herramientas más actuales, enfocadas a desarrollar las destrezas y las habilidades que se necesitan en un sistema de corte adversarial. Es por esto que se requiere una segunda generación del Programa de Capacitación y Difusión con versiones actualizadas y novedosas de planes y programas de estudio, diseñadas conforme a los más altos estándares científicos. Para dar cabal cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Coordinación, se desarrollaron y ejecutaron las siguientes acciones metodológicas: 1.- A partir del Programa de Capacitación y Difusión 2010, como también considerando el Programa Rector de Profesionalización del Sistema Nacional de Seguridad Pública (especialmente en el rubro de policías), la SETEC contrató la realización de estudios especializados en desarrollo curricular, de los que derivó la estructura general y los elementos curriculares que se desarrollan en el presente documento. Hoy día es aceptado que los desarrollos curriculares constituyen ejercicios cuya solidez debe fundamentarse en metodologías y elementos científicos que garanticen su eficacia y sienten las bases para su eventual registro ante las autoridades educativas competentes de modo que se logre su reconocimiento oficial (RVOE). Los estudios, cuyas características se explican más adelante, sirvieron para el desarrollo del programa presencial que se contiene en este programa y serán útiles cuando la oportunidad demande la implantación del mismo en modalidades mixtas o a distancia. 2.- Durante los ejercicios fiscales 2010 y 2011, las entidades federativas y el Distrito Federal sometieron a consideración del Comité de Subsidios de la SETEC diversos proyectos susceptibles de apoyo mediante los subsidios que otorga el Gobierno Federal a través de la SETEC. Todos los programas y planes académicos que en esas oportunidades se presentaron para validación por ser diferentes a los planteados por el vigente Programa de Capacitación, fueron objeto de un minucioso análisis a efecto de aprovechar los distintos planteamientos y contenidos y garantizar su inclusión en el presente Programa de Capacitación de modo que responda a todas las necesidades de capacitación en forma homogénea e integral, novedosa y actualizada.

6 3.- Bajo la idea de que la capacitación debe enfocarse al desarrollo de habilidades y competencias, y que por lo tanto todas los intervinientes en el nuevo sistema de justicia penal requieren alcanzar un excelente nivel de dominio de sus funciones y de sus respectivas tareas, así como de los marcos legales y normativos pertinentes, de las relaciones entre las distintas etapas y correspondientes figuras del proceso y, en fin, de las bases, principios, objetivos y finalidades del nuevo sistema de justicia penal, así como que la calidad en el desempeño de cada una de ellos es indispensable para garantizar que el nuevo sistema de justicia penal funcione como se espera y consiga sus propósitos, se definieron los perfiles competenciales de los operadores a efecto de incluir, detalladamente, los aspectos requeridos en sus respectivas capacitaciones. Cabe señalar que la definición de los perfiles se acudió a los estudios especializados encomendados por la propia SETEC al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) y a otros que en su momento instituciones como MSI México hicieron llegar a la SETEC. Así, grosso modo, los perfiles competenciales de los operadores, detalladamente desarrollados en el nuevo Programa de Capacitación, se definieron en la siguiente forma: JUEZ (DE CONTROL, DE JUICIO ORAL, DE EJECUCIÓN).- Servidor público dependiente del Poder Judicial de la Federación o de los poderes judiciales estatales o del Distrito Federal, facultado y capaz de realizar, en el marco del sistema penal acusatorio, las siguientes funciones: a) Resolver, de forma inmediata y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad que así lo requieran, cuidando se respeten los derechos humanos de las partes; b) Presidir las audiencias a celebrarse en las distintas etapas del proceso y emitir las resoluciones correspondientes dentro de las mismas, valorando y desahogando la pruebas ofrecidas por las partes y dictar sentencia definitiva; c) Imponer la sanciones que correspondan atendiendo a los principios de responsabilidad, proporcionalidad y racionalidad; d) Conocer y resolver la revocación; e) Proveer lo necesario para la ejecución de la prisión preventiva y en su caso, de la sanción penal impuesta y resolver los conflictos que se susciten con motivo de la aplicación de la normatividad penitenciaria o la violación de los derechos del sentenciado; y

7 f) Cuidar en todo momento el respeto a los derechos humanos de los intervinientes, incluso inaplicando leyes que contravengan tratados internacionales. MINISTERIO PÚBLICO (O FISCAL).- Servidor público dependiente de la Procuraduría General de la República o de la Procuraduría General de Justicia de alguna Entidad Federativa o del Distrito Federal, facultado y capaz de conducir de forma coordinada con la policía y peritos, la investigación de los hechos con apariencia delictiva, teniendo para ello bajo su mando a las policías; para con base en dicha investigación ejercer en su caso, la acción penal ante los tribunales, considerando criterios de oportunidad en los supuestos y condiciones que fije la ley; capaz también de intervenir en las etapas del procedimiento penal y sus audiencias en ejercicio de sus atribuciones, e interponer recursos, siempre actuando con objetividad, garantizando la protección y el respeto a los derechos humanos de los sujetos que intervengan en el proceso, con la finalidad de lograr el esclarecimiento de los hechos, procurar que el culpable no quede impune y que se reparen los daños causados por el delito. DEFENSOR (DEL IMPUTADO O DE LA VÍCTIMA).- Licenciado en derecho o abogado, con cédula profesional, designado por el imputado o por la autoridad, o en su caso por la víctima, capaz de asesorar al imputado y encargarse de su defensa, o de la víctima, mediante la elaboración de la teoría del caso, investigación y participación en todas las etapas y audiencias del procedimiento; de la interposición de recursos y de la promoción del juicio de amparo. POLICÍA INVESTIGADOR.- Servidor público dependiente de la Procuradurías o en su caso de las secretarías de seguridad pública, federal o estatales, facultados y capaces de realizar diligencias de investigación de los delitos bajo la conducción y el mando del Ministerio Público, detener personas en casos legitimados, preservar el lugar de los hechos, procesar y trasladar indicios respetando la cadena de custodia, ejecutar solicitudes de cateo y órdenes de aprehensión, prestar auxilio y protección a víctimas, ofendidos o testigos del delito, emitiendo los informes correspondientes, acudir a audiencias cuando se le requiera y solicitar al Ministerio Público que promueva acciones que coadyuven a la obtención de pruebas; cuidando siempre la protección y el respeto a los derechos humanos. PERITO.- Persona (servidor público o no) profesionista o técnico experto que elabora estudios o análisis criminalísticos y de diversas especialidades, sobre elementos (personas, objetos, hechos) que pueden en su caso ser considerados como datos de prueba, capaz de manejar correctamente los indicios, huellas o vestigios del hecho delictivo, respetando la cadena de custodia correspondiente, comparece a

8 las actuaciones procesales cuando sea citado por la autoridad y emite dictámenes con las formalidades técnicas y científicas de su ciencia, conservándolos bajo los principios de confidencialidad y reserva. CONCILIADOR Y MEDIADOR.- Persona capacitada para auxiliar a las partes mediante mecanismos alternativos de solución de controversias en los casos en que proceda, procurando la reparación del daño, tomando en cuenta que el primero está facultado para proponer alternativas de solución a las partes. 4.- Toda vez que, como se ha planteado, es indispensable el desarrollo de las competencias y destrezas apropiadas para la adecuada operación del sistema, en el desarrollo del nuevo Programa de Capacitación se asumieron los siguientes objetivos específicos: a) Contribuir a la profesionalización de los actores, operadores y personal de apoyo, responsables de la procuración e impartición de justicia, mediante un programa de capacitación que privilegie el desarrollo de competencias profesionales, diseñado con base en la Reforma Constitucional y en el Sistema de Seguridad Pública y Justicia Penal de corte acusatorio. b) Desarrollar las competencias pertinentes para que las figuras que desempeñan distintas funciones en cada una de las etapas del procedimiento se desempeñen con la mayor calidad profesional y ética, y de acuerdo con los principios, las normas y los requerimientos del Sistema Procesal Penal acusatorio y oral; c) Contribuir a la capacitación de periodistas, comunicadores e interesados en conocer la reforma y sus avances, a efecto de que informen o en su caso, apoyen correctamente a la población, y d) Sentar las bases para realizar los exámenes teóricos y prácticos, tanto en los conocimientos, como en las competencias requeridas, en los procedimientos de certificación a los capacitadores del Sistema de Justicia Penal. Con Base en los anteriores objetivos, se tomaron en consideración los siguientes elementos:

9 a) La diversidad de los perfiles de los operadores en relación con sus competencias profesionales o técnicas. Los operadores que integran el sistema de justicia penal del país cuentan con una vasta experiencia en la procuración e impartición de justicia. Asimismo, un número importante de ellos ha realizado estudios especializados en las diversas materias propias de su labor profesional. No obstante, por su carácter innovador, el nuevo sistema de justicia penal requiere que las figuras desarrollen las competencias pertinentes para conducirse como corresponde al proceso penal acusatorio y oral, observando en todo momento, además, los derechos humanos, tal como ha quedado establecido en la reforma al sistema de justicia penal y en las reformas constitucionales decretadas de 2011; b) Los distintos niveles de avance en el proceso de implementación del nuevo sistema de justicia penal entre las entidades federativas, Distrito Federal y la federación 4, y c) Los distintos perfiles de experiencia y formación académica con que pueden contar los distintos operadores y las diversas figuras que participan en el procedimiento penal. 5.- Una vez establecidos los objetivos y elementos antes señalados, así como el modelo general de planteamiento curricular; analizados los contenidos de capacitación y definidos los perfiles competenciales, se elaboró un primer borrador de nuevo Programa de Capacitación, mismo que se entregó para análisis y comentarios, en enero de 2012, a los órganos implementadores de las entidades federativas y Distrito Federal y a las instancias federales involucradas, quienes en su momento hicieron llegar valiosas sugerencias y aportaciones. Asimismo, se entregó a instituciones académicas y especialistas en capacitación, los que también en su momento hicieron llegar aportaciones importantes. 6.- Con lo anterior, se elaboró un segundo borrador, que se entregó el 15 de marzo de 2012, para su análisis y opinión, a los integrantes del Comité de Capacitación. El propio Comité instruyó la realización de jornadas de trabajo para revisar los planteamientos del Programa de Capacitación, mismas que se desarrollaron durante abril y mayo de El Informe de Avances de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, presenta información detallada por entidad federativa y en las instituciones federales vinculadas con el nuevo sistema de justicia, sobre el estado de avance de la implementación de la reforma constitucional en materia de justicia penal (a septiembre de 2010). [Disponible en:

10 7.- Una vez agotadas las sesiones de trabajo y recopiladas e integradas las sugerencias y observaciones planteadas por los integrantes del Comité, se elaboró la propuesta de Nuevo Programa de Capacitación, para la autorización del Comité y la eventual aprobación del Consejo de Coordinación, misma que, además de lo ya expuesto, agregó las siguientes líneas estratégicas de implantación: a) Siendo que la aplicación del Programa es responsabilidad de las instancias federales y estatales correspondientes, sin embargo para que los estudios tengan validez ante SETEC, los docentes que impartan las clases y dirijan las actividades respectivas deberán estar certificados por la propia SETEC, al menos en un 80 por ciento. El modelo de certificación docente y su instrumentación será validado por el Comité de Capacitación en documento aparte. b) Si bien el método de enseñanza debe ser deductivo pues así lo exige la enseñanza teórico-práctica, tratándose de la capacitación de policías el método será inductivo, es decir, a partir del caso concreto se desarrollará la capacitación. El cuidado en el método de enseñanza será responsabilidad de los docentes. c) Las horas independientes que señala el programa deberán quedar bajo la supervisión directa del docente, y d) Las cuestiones sobre promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos de los intervinientes, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, deberán abordarse transversalmente durante el desarrollo de todos los módulos. 8.- Puesto a consideración del Comité de Capacitación, éste, en sesión extraordinaria de fecha 28 de junio de 2012, tuvo a bien aprobarlo por unanimidad de votos y ordenó su presentación para eventual aprobación del Consejo de Coordinación. Asimismo, acordó la construcción de un sistema de formación de formadores y certificación docente, para su eventual aprobación en los términos de la normatividad aplicable. 9.- Cabe señalar que el proceso de transformación del sistema de justicia penal implica tomar medidas diversas de enorme envergadura, relativas a condiciones de distinto orden, que son indispensables para su operación: la normatividad aplicable a la procuración e impartición de justicia; la reorganización institucional de las instancias correspondientes y la infraestructura, equipamiento y recursos tecnológicos necesarios para llevar a cabo los procedimientos penales. Pero junto con esto, se requiere, en forma destacada, de la formación y profesionalización de los

11 actores, operadores y personal de apoyo. Por ello es que deben diseñarse pautas que en materia de capacitación sean homogéneas y respondan a una visión holística, y que por tanto resulten óptimas y aprovechables por cualquier instancia en cualquier momento, como sin duda ocurre con el nuevo Plan de Capacitación de la SETEC 5. Lic. Felipe Borrego Estrada Secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal 5 El nuevo Programa de Capacitación es, desde luego, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo (PND), específicamente en el Eje 1 sobre Seguridad y Estado de Derecho. En este sentido, el Programa de Capacitación ayuda a materializar los siguientes objetivos y estrategias del PND: a) Modernización el sistema de justicia penal encaminado a lograr un marco normativo que garantice justicia pronta y eficaz que implica la transición de un sistema inquisitivo o mixto a uno acusatorio; b) Mejoramiento de las destrezas y estrategias del Ministerio Público, mediante la capacitación de éste y sus auxiliares; c)promover la implementación de los procesos orales; d) Hacer más expedita la impartición justicia; e) Utilización de medios alternativos de solución de controversias; f) Enfocar el sistema de procuración de justicia a favor de la víctima, garantizando en todo momento la protección de su integridad, dignidad e identidad; g) Modernización del sistema penitenciario mediante la figura de juez de ejecución de sentencia, como la reorganización estructural y territorial de los centros penitenciarios; h) Nuevo esquema de la prisión preventiva, privilegiando ahora la imposición de otras medidas cautelares; y i) Promover la profesionalización de los abogados penalistas, en general.

12 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL DISEÑO CURRICULAR Considerando los distintos perfiles de experiencia y formación académica con que pueden contar los distintos actores, operadores y las diversas figuras que participan en el procedimiento penal, los distintos niveles de avance en las entidades federativas en la implementación de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008, así como los demás elementos expuestos en la introducción, el diseño de la propuesta de formación se orienta de acuerdo con las directrices que se presentan enseguida: A. FLEXIBILIDAD CURRICULAR. El diseño procura dar respuesta a la variedad de necesidades particulares de desarrollo de competencias profesionales que las distintas figuras participantes en la implementación del nuevo sistema de justicia penal pueden tener, en virtud de su experiencia en la materia, de su formación académica o de su ámbito específico de desempeño dentro del nuevo sistema de justicia penal. En razón de ello, la propuesta de profesionalización se caracteriza, principalmente, por la flexibilidad de su diseño curricular que ofrece alternativas de formación que se pueden ajustar a los distintos perfiles profesionales y académicos de los distintos actores, operadores y de otras figuras vinculados con la operación del nuevo sistema de justicia penal. Para apoyar de forma pertinente la profesionalización de este conjunto diverso de personas, la propuesta curricular ofrece diversas opciones en los siguientes aspectos. a) Niveles de formación.- La propuesta incluye cursos de corta duración, diplomados básicos y superiores y especialidad. Los créditos correspondientes a los sucesivos niveles de formación se pueden acumular para los niveles que les siguen. Es decir, la propuesta ha sido diseñada para ofrecer la posibilidad de que el participante proyecte la ruta de formación más conveniente a sus necesidades. b) Ingreso al programa de formación.- De acuerdo con sus necesidades e intereses de profesionalización, el programa está diseñado para cursarse de manera secuenciada, avanzando progresivamente a lo largo de los módulos y niveles de formación que lo componen; o

13 bien, para incorporarse en algún nivel particular de formación, siempre y cuando se cubran los requisitos académicos que se establezcan, especialmente para el nivel de especialidad. c) Modalidades de formación.- Se ha previsto que las actividades de aprendizaje se desarrollen en distintos ambientes: en modalidad enteramente presencial; o bien, con el apoyo de las tecnologías de información y comunicación, en modalidad mixta, combinando actividades presenciales e independientes bajo la supervisión directa del docente. De esta forma, los participantes pueden elegir la opción de formación más conveniente a sus posibilidades personales. B. FORMACIÓN ORIENTADA AL DESARROLLO DE COMPETENCIAS. El programa incluye contenidos de formación conceptuales, procedimentales y actitudinales que están orientados a fortalecer el desempeño esperado de las distintas figuras que participan en el procedimiento judicial. En consecuencia, la propuesta busca que la formación esté directamente vinculada con la labor profesional de cada tipo de participante. De acuerdo con esto, el programa comprende los contenidos temáticos pertinentes para el desempeño de distintas figuras a las que se dirige. En consecuencia, los contenidos básicos generales sobre el sistema de justicia penal y acusatorio, se complementan con contenidos especializados para el desempeño particular de cada una de las figuras que participan en dicho sistema. Asimismo, considerando las singularidades que se presentan en el procedimiento de implementación del nuevo sistema de justicia penal en cada una de las entidades federativas o en las instituciones vinculadas con la operación del sistema, la propuesta ofrece la posibilidad de incluir contenidos temáticos de interés específico, puesto que reserva un espacio para módulos optativos, cuyos contenidos pueden definirse atendiendo a necesidades particulares de profesionalización. Por otra parte, los contenidos curriculares incluyen algunos temas fundamentales que son tratados de forma transversal a lo largo de la serie de módulos que integran el programa; éste es el caso, por ejemplo, de los contenidos relativos a los derechos humanos que tienen una importancia central en el nuevo sistema de justicia penal.

14 Para evaluar el nivel de desarrollo de competencias que los participantes alcancen como resultado del procedimiento de formación, se propone el desarrollo de actividades que permitan apreciar la medida en que los participantes se desempeñan según se espera en el nuevo sistema de justicia penal. Entre estas actividades de evaluación final, se ha considerado la posibilidad de que los propios participantes diseñen, a modo de evaluación final, un proyecto de aplicación profesional que corresponda a su ámbito específico de trabajo. Esta opción de evaluación está orientada a apoyar el procedimiento de implementación del nuevo sistema de justicia penal en el país. C. DISEÑO MODULAR. De acuerdo con este conjunto de elementos, el programa de formación tiene un diseño modular. Es decir, los contenidos de formación que integran la propuesta de formación en su conjunto, se organizan en unidades o bloques de contenidos curriculares que comprenden los elementos suficientes para constituir una entidad que tiene sentido en sí misma. El diseño modular constituye una opción de formación multidisciplinaria que integra contenidos cognoscitivos, procedimentales y actitudinales, así como determinadas alternativas de aplicación profesional específicas, de manera que cada módulo integra la teoría con la práctica profesional. Esta clase de diseño curricular se propone orientar el desarrollo de competencias con base en situaciones problemáticas, propias de un ámbito profesional determinado. Por consiguiente, el diseño modular es pertinente a las necesidades de profesionalización asociadas a la implementación del nuevo sistema de justicia penal. Con este propósito, se propone llevar a cabo el procedimiento de formación mediante cursos-taller, de manera que los participantes tengan oportunidad de poner en práctica las competencias profesionales que corresponden a su ámbito específico de desempeño profesional. El diseño curricular estructurado en módulos tiene la ventaja de que a cada bloque pueden sumarse otros, para cubrir un área o un objetivo más amplio de formación que puede alcanzarse en un plazo mayor. Además, deja abierta la posibilidad de añadir un nivel superior de formación; en este caso, el nivel de maestría.

15 Con este diseño, el programa de formación busca contribuir de la forma más pertinente, con la profesionalización de las distintas figuras del sistema de justicia penal. Al mismo tiempo, el programa busca homologar la oferta de profesionalización para la implementación del sistema de justicia penal de corte acusatorio y oral para asegurar que ésta sea congruente con los principios y garantías establecidos en la Reforma Constitucional. D. DISEÑO DEL PLAN DE ESTUDIOS El diseño del plan de estudios se basó en dos elementos o componentes del procedimiento judicial: a) Las etapas en que se divide el procedimiento judicial; y, b) Las figuras que intervienen predominantemente en cada una de las distintas etapas. Considerando que cada etapa del procedimiento tiene una finalidad determinada y, por consiguiente, ciertos requisitos de desempeño de las figuras correspondientes, los dos elementos o componentes del procedimiento judicial mencionados, se constituyeron en los dos ejes sobre los que se estructuró la propuesta curricular. Es decir, las distintas etapas del procedimiento judicial, definen el desempeño esperado de las figuras responsables en cada una de ellas, por lo tanto, permiten precisar sus respectivas necesidades de profesionalización. De esta forma, con base en los dos ejes mencionados, figuras y etapas del procedimiento judicial, se definieron, a su vez: a) La secuencia de los contenidos curriculares (organizados en módulos); y, b) La distribución de los niveles de formación de la propuesta curricular entre las distintas figuras que intervienen a lo largo de las etapas que componen el procedimiento judicial. E. NIVELES DE FORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES

16 Con base en la estructuración que presentamos arriba, se diseñó la propuesta de formación, la cual atiende al perfil de escolaridad con que cuentan las distintas figuras jurídicas. Se establecen, de esta forma, dos niveles de formación: a) Diplomado b) Especialidad El diplomado constituye la opción de formación para quienes no cuentan con título de licenciatura, el cual, de acuerdo con la normatividad establecida por la Secretaría de Educación Pública (SEP), es indispensable para cursar estudios de posgrado. Por su parte, quienes cuentan con dicho título, pueden optar por cursar la especialidad. La propuesta curricular consta de un total de once módulos distribuidos en relación con las distintas ramas de formación a las que se podrán agregar otras en un futuro. Los cuatro primeros son módulos básicos comunes tanto para quienes cursen sólo el diplomado, así como para los participantes que opten por cursar la especialidad. Los módulos quinto al séptimo, constituyen contenidos de formación con elementos comunes y diferencias específicas para el caso de jueces, ministerios públicos y defensores, y elementos diferenciados para las demás ramas: policías, peritos, personal penitenciario y justicia alternativa. El diplomado termina con el séptimo módulo, mientras que la especialidad se complementa con cuatro módulos más y se establece sólo para jueces, ministerios públicos y defensores. Los contenidos de estos cuatro últimos módulos están definidos de acuerdo con las necesidades de profesionalización de distintas figuras, cuyas responsabilidades en el sistema procesal son distintas. El siguiente diagrama ilustra la forma como se organizan los módulos de los distintos niveles de formación.

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18 Esta forma de organización de los contenidos curriculares ofrece opciones de formación progresiva, que responden a las necesidades de las distintas figuras que intervienen a lo largo del procedimiento judicial en sus distintas etapas. Es decir, a partir de una base general común de formación, los contenidos de los módulos se especializan paulatinamente, en correspondencia con las necesidades particulares de desempeño profesional de las figuras que intervienen en las sucesivas etapas del procedimiento judicial. Asimismo, la estructura de la propuesta curricular tiene la ventaja de que los participantes pueden conformar su propio trayecto de formación, en función de sus particulares necesidades de profesionalización. Esto es posible por efecto de la forma como la organización de los contenidos curriculares avanza y profundiza en la temática a lo largo de los diferentes módulos, lo que permite optar por distintas salidas de formación con reconocimiento, desde la certificación de un solo módulo, hasta certificaciones de niveles superiores. Puesto que cada módulo es autocontenido (no hay relación de seriación entre ellos), la propuesta curricular ofrece la posibilidad de acreditar módulos por separado (mediante la certificación de competencias laborales); acreditar un diplomado, a quienes cursen los seis primeros módulos; o bien, una especialidad, cuando los participantes cursen el conjunto de módulos que integran la propuesta. En todo caso, las distintas figuras que se incorporen a esta propuesta de profesionalización, tienen la facilidad de obtener el reconocimiento de competencias adquiridas en los distintos tramos de formación y pueden conformar la secuencia más apropiada a sus necesidades de profesionalización. El plan de estudios, en su parte común obliga a establecer competencias genéricas para todos los participantes, con independencia de su formación anterior o posterior. El establecimiento de estas competencias genéricas permite orientar la formación de los actores, operadores y figuras hacia el dominio de conocimientos, habilidades y actitudes transversales que articulen los conocimientos, habilidades y actitudes específicas. De este modo se construye un dominio común entre los actores y su intervención propiciando la comunicación de manera más eficiente. Considerando las características de los participantes y el momento en que se encuentra la implementación de la Reforma Constitucional, el planteamiento curricular es eminentemente presencial, incluso entendiendo que las horas independientes deberán quedar bajo la supervisión del docente. No obstante, en un futuro es importante tener en cuenta la posibilidad de combinar los ambientes presenciales de formación con ambientes virtuales de aprendizaje, de manera que la mezcla de distintas formas de interacción con los contenidos de los programas puedan

19 dar flexibilidad y oportunidad a la formación de los actores. En todo caso, un programa a distancia ameritaría desarrollos específicos de los que no se ocupa el presente programa. F. UNIDADES DE APRENDIZAJE. Cada módulo está compuesto por determinado número de unidades de aprendizaje. Cada unidad de aprendizaje contiene los siguientes elementos: a) Presentación: Breve descripción de los contenidos de la unidad, y de su ubicación en el contexto del módulo correspondiente. b) Objetivo(s): enunciado(s) que expresen, en relación con el procedimiento judicial y el desempeño de las distintas figuras jurídicas, la cuestión que se busca comunicar a los participantes. c) Aprendizajes esperados o competencias a desarrollar: establecer con claridad cuál es el desempeño que se espera desarrollen los participantes, como resultado de la realización de las actividades de aprendizaje que se incluyan. d) Temas: Enumeración de los temas que comprende la unidad. e) Desarrollo de los temas: incluyendo objetivos por tema, la exposición correspondiente y los ejercicios pertinentes. f) Evaluación: instrumentos, indicaciones, recursos para la autoevaluación de los participantes. g) Bibliografía u otros recursos de apoyo a los participantes: los pertinentes para el tema en cuestión. Las unidades de aprendizaje, por rama de formación y módulos, son las siguientes: 1.- RAMA DE FORMACIÓN INICIAL

20 MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II. Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos 2.- RAMA DE JUECES MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II. Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos

21 MÓDULO 5.- INVESTIGACIÓN INICIAL, INVESTIGACIÓN FORMAL Y ETAPA INTERMEDIA PARA JUECES Unidad I. Investigación Inicial Unidad II. Investigación Formal Unidad III. Etapa Intermedia MÓDULO 6.- JUICIO ORAL PARA JUECES Unidad I. Desarrollo del juicio oral Unidad II. La sentencia MÓDULO 7.- IMPUGNACIÓN Y EJECUCIÓN PARA JUECES Unidad I. Características de los medios de impugnación en el procedimiento penal Unidad II. Ejecución de las sanciones penales MÓDULO 8. LOS JUECES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 1 Unidad I. Dirigir audiencias previas al juicio oral Unidad II. Protocolo para el trabajo de aplicación profesional MÓDULO 9. LOS JUECES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 2 Unidad I. Dirigir la audiencia de juicio oral Unidad II. Desarrollo del trabajo de aplicación profesional MÓDULO 10.- LOS JUECES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, TEMAS SELECTOS Unidad I. Los jueces en la Entidad Unidad II. Requerimientos formales de los jueces en la Entidad Unidad III. Juez de ejecución MÓDULO 11.- EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES Unidad I. Ejecución de la prisión preventiva y de sanciones penales 3.- RAMA DE MINISTERIO PÚBLICO

22 MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II.- Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos MÓDULO 5.- INVESTIGACIÓN INICIAL, INVESTIGACIÓN FORMAL Y ETAPA INTERMEDIA PARA MINISTERIOS PÚBLICOS Unidad I. Investigación Inicial Unidad II. Investigación Formal Unidad III. Etapa Intermedia MÓDULO 6.- JUICIO ORAL PARA MINISTERIOS PÚBLICOS Unidad I. Desarrollo del juicio oral Unidad II. La sentencia MÓDULO 7.- IMPUGNACIÓN Y EJECUCIÓN PARA MINISTERIOS PÚBLICOS Unidad I. Características de los medios de impugnación en el procedimiento penal Unidad II. Ejecución de las sanciones penales MÓDULO 8. EL MINISTERIO PÚBLICO EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 1 Unidad I. Dirección de la investigación del delito Unidad II. Realización de la investigación Unidad III. Resoluciones en la investigación

23 Unidad IV. Protocolo para trabajo de aplicación profesional MÓDULO 9. EL MINISTERIO PÚBLICO EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 2 Unidad I. Protección de los derechos de los imputados en la investigación Unidad II. Protección de los derechos de la víctima Unidad III. Persecución penal en el proceso Unidad IV. Desarrollo de trabajo de aplicación profesional MÓDULO 10.- EL MINISTERIO PÚBLICO EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, TEMAS SELECTOS Unidad I. El papel del Ministerio Público en la Entidad Unidad II. Requerimientos formativos del Ministerio Público en la Entidad Unidad III. Casos prácticos MÓDULO 11.- EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES Unidad I. Ejecución de la prisión preventiva y de sanciones penales 4.- RAMA DE POLICÍAS MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II.- Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos

24 MÓDULO 5.- INVESTIGACIÓN DEL DELITO 1 Unidad I. Metodología en la investigación del delito en el Sistema Acusatorio y Procedimiento Sistemático de Operación (PSO) aplicado al lugar de los hechos Unidad II. Búsqueda y localización de indicios MÓDULO 6.- INVESTIGACIÓN DEL DELITO 2 Unidad I. Conceptos y principios básicos a considerar en el Sistema de Cadena de Custodia Unidad II. Procedimiento Sistemático de Operación (PSO) aplicado al implementar la cadena de custodia y el aseguramiento de bienes MÓDULO 7.- INVESTIGACIÓN DEL DELITO 3 Unidad I. Conceptos y valor probatorio de la entrevista y el interrogatorio en el Sistema Acusatorio Unidad II. Etapas básicas de la entrevista 5.- RAMA DE PERITOS MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II.- Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos MÓDULO 5. LOS PERITOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 1

25 Unidad I. Los peritos MÓDULO 6. LOS PERITOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 2 Unidad I. Audiencia de desahogo de pruebas MÓDULO 7.- LOS PERITOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, TEMAS SELECTOS Unidad I. Temas selectos de peritaje Unidad II. Práctica forense 6.- RAMA DE DEFENSORES MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II.- Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos MÓDULO 5.- INVESTIGACIÓN INICIAL, INVESTIGACIÓN FORMAL Y ETAPA INTERMEDIA PARA DEFENSORES Unidad I. Investigación Inicial Unidad II. Investigación Formal Unidad III. Etapa Intermedia MÓDULO 6.- JUICIO ORAL PARA DEFENSORES

26 Unidad I. Desarrollo del juicio oral Unidad II. La sentencia MÓDULO 7.- IMPUGNACIÓN Y EJECUCIÓN PARA DEFENSORES Unidad I. Características de los medios de impugnación en el procedimiento penal Unidad II. Ejecución de las sanciones penales MÓDULO 8. LOS DEFENSORES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 1 Unidad I. La investigación del defensor Unidad II. Protección de los derechos del imputado en el procedimiento Unidad III. Mecanismos de descongestión Unidad IV. Protocolo para trabajo de aplicación profesional MÓDULO 9. LOS DEFENSORES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 2 Unidad I. Etapa intermedia Unidad II. Participación del defensor en la etapa de juicio Unidad III. Recursos en el sistema acusatorio Unidad IV. Desarrollo del trabajo de aplicación profesional MÓDULO 10.- LOS DEFENSORES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, TEMAS SELECTOS Unidad I. Marco internacional y nacional de protección de la libertad personal para promover y defender los derechos del imputado Unidad II. Protección de los derechos de libertad durante la audiencia inicial Unidad III. Protección de los derechos de libertad durante la audiencia intermedia Unidad IV. Protección de los derechos de libertad durante el juicio oral MÓDULO 11.- EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES Unidad I. Ejecución de la prisión preventiva y de sanciones penales 7.- RAMA DE JUSTICIA ALTERNATIVA MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS

27 Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II.- Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos MÓDULO 5. LOS CONCILIADORES Y MEDIADORES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 1 Unidad I. La resolución de conflictos y la justicia restaurativa Unidad II. El análisis del conflicto La conciliación Unidad III. Protocolo para trabajo de aplicación profesional MÓDULO 6. LOS CONCILIADORES Y MEDIADORES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 2 Unidad I. La mediación Unidad II. Proceso de mediación Unidad III. Desarrollo del trabajo de aplicación profesional MÓDULO 7.- LOS CONCILIADORES Y MEDIADORES EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, TEMAS SELECTOS Unidad I. El papel de los conciliadores y mediadores en la Entidad Unidad II. Temas selectos de conciliación y mediación 8.- RAMA DE PENITENCIARIO MÓDULO 1.- SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL: BASES Y PRINCIPIOS Unidad I. Antecedentes y fundamentos del Sistema Acusatorio

28 Unidad II. Disposiciones constitucionales que regulan el nuevo Sistema de Justicia Penal MÓDULO 2.- PRINCIPIOS DE JUSTICIA PENAL Unidad I. Principios del Sistema Acusatorio Unidad II.- Sujetos del proceso y otros intervinientes MÓDULO 3.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y SALIDAS ALTERNAS Unidad I. Etapas del procedimiento y salidas alternas MÓDULO 4.- DERECHOS HUMANOS Unidad I. Derechos humanos MÓDULO 5. EL NUEVO SISTEMA DE REINSERCIÓN SOCIAL EN MÉXICO 1 Unidad I. Principios constitucionales del Sistema Penitenciario Unidad II. Organización del Sistema Penitenciario Unidad III. Desarrollo profesional del Sistema Penitenciario MÓDULO 6. EL NUEVO SISTEMA DE REINSERCIÓN SOCIAL EN MÉXICO 2 Unidad I. Ejecución de sanciones penales Unidad II. Individualización de las penas y medidas de seguridad Unidad III. Del control jurisdiccional de la legalidad en materia de ejecución de sanciones MÓDULO 7. EL NUEVO SISTEMA DE REINSERCIÓN SOCIAL EN MÉXICO 3 Unidad I. Normas en el régimen penitenciario Unidad II. Tratamiento penitenciario Unidad III. Casos especiales en el régimen penitenciario G. PROCEDIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN

29 Para la implementación generalizada del programa, habrá que considerar, además de las necesidades de recursos humanos, financieros y de infraestructura y equipamiento, las siguientes cuestiones: a) La experiencia de cada uno de las entidades federativas en la implantación del Sistema de Justicia Penal. Este aspecto es de suma importancia pues permitirá una mejor apropiación del programa de capacitación al reconocer los esfuerzos realizados de manera local. b) Reforzar la coordinación entre la federación y los estados participantes, a través de canales de comunicación flexibles que permitan tomar decisiones sobre el rigor que debe mantenerse a nivel general y la flexibilidad necesaria para su aplicación en contextos locales. c) La necesidad de realizar evaluaciones periódicas que permitan ajustar el desarrollo del proyecto, en la inteligencia de que los procedimientos que se desarrollan por primera vez, pueden presentar deficiencias que solo se observan cuando se encuentran en operación. d) Finalmente, acompañar el desarrollo del programa con campañas de difusión múltiple, en distintos medios electrónicos y en soportes diversos. La campaña tendrá que dirigirse tanto a los participantes como al público en general. Estas formas de comunicación pueden favorecer la aceptación de los posibles participantes. H. MATERIAL EDUCATIVO El programa de capacitación deberá acompañarse de un Sistema de Formación de Formadores y de Certificación Docente, en el que se incluirán los aspectos indispensables para la debida implantación del programa y su reconocimiento por la SETEC. El sistema, además de contener las cartas descriptivas por perfiles y los elementos necesarios para la evaluación, comprenderá lo siguiente: a) Guías de estudio o de actividades de aprendizaje para los participantes. Se requiere contar con una guía por módulo. Las guías deben ser elaboradas por profesionales de alto nivel, en las materias a que se refiere cada módulo, y deben basarse en fuentes bibliográficas pertinentes.

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