Prefectura Naval Argentina

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Prefectura Naval Argentina"

Transcripción

1 Prefectura Naval Argentina ORDENANZA Nº 87(DPSN) TOMO RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE Buenos Aires, 3 de Febrero de 987. INSTRUMENTAL NÁUTICO, PUBLICACIONES, MATERIAL DE SEÑALAMIENTO Y PIROTÉCNICO DE LOS BUQUES VISTO lo informado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, y; CONDERANDO: Que desde la entrada en vigor de la Ordenanza Nº 3/76 se han producido modificaciones en la reglamentación nacional, como así también en los convenios internacionales incorporados al ordenamiento jurídico nacional, en cuanto concierne a las condiciones de seguridad que deben reunir los buques y artefactos navales inscriptos en la matrícula mercante nacional; Que, asimismo, la experiencia recogida durante la aplicación de la citada Ordenanza aconseja proceder a la actualización de sus normas, en procura de reunir en una sola normativa las disposiciones relativas a los elementos que deben llevar los ya citados buques y artefactos navales, de acuerdo a lo preceptuado en el Capítulo 3 del Título del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre REGINAVE; Que acorde las facultades asignadas en las respectivas disposiciones del referido Capítulo del mencionado texto reglamentario, corresponde dictar las pertinentes normas: 87 V.R. N

2 Por ello, EL PREFECTO NACIONAL NAVAL D I S P O N E: ARTÍCULO º. A los fines de la aplicación de la presente Ordenanza, los buques de la matrícula mercante nacional se clasifican en: CATEGORÍA A MARÍTIMA A. Buques de pasajeros y carga que realicen navegación de altura. A. Remolcadores, buques de apoyo y similares que realicen navegación de altura. A. 3 Buques de 00 T.A.T. o mayores, que realicen navegación costera, que no sean pesqueros. A. Embarcaciones sin propulsión tripuladas. A. 5 Buques menores de 00 T.A.T. que realicen navegación costera, o de rada o ría, que no sean pesqueros. CATEGORÍA B RÍO DE LA PLATA B. Buques de pasajeros. B. Buques de carga. B. 3 Dragas, balizadores, remolcadores. B. Embarcaciones sin propulsión tripuladas. CATEGORÍA C RÍOS INTERIORES C. Buques de pasajeros. C. Buques de carga. C. 3 Dragas, balizadores, remolcadores. C. Embarcaciones sin propulsión tripuladas. CATEGORÍA D INTERIOR DE PUERTO D. Buques de pasajeros. D. Buques de carga. D. 3 Remolcadores. D. Embarcaciones sin propulsión tripuladas. Navegación Marítima: Es la que se efectúa por mar entre puertos argentinos (nacional) o entre puertos argentinos y extranjeros (internacional).

3 Navegación de Altura: Es la que requiere situar al buque por medios astronómicos o electrónicos, fuera de la vista de la costa. Navegación Costera: Es la que permite situar al buque por líneas de situación referidas a puntos notables de la costa. Río de la Plata: Es la que se efectúa entre los siguientes límites: Este: la línea imaginaria que une Punta Rasa con Punta del Este (R.O.U.). Oeste: la línea imaginaria que une Punta Quilmes con Punta Morán o nueva Palmira (R.O.U.). Ríos Interiores: Es la navegación efectuada por los ríos interiores de jurisdicción nacional y en el Río de la Plata, al Oeste de su límite occidental. Interior de Puerto: Es la efectuada en jurisdicción de los puertos; incluyendo sus radas y canales de acceso, si son protegidos. ARTÍCULO º Los buques de las categorías A, B, C y D tendrán a bordo, como mínimo, los elementos que se citan en los anexos siguientes: Anexo Nº : Instrumental náutico; ( ) Anexo Nº : Publicaciones; Anexo Nº 3: Material de señalamiento; Anexo Nº : Pirotecnia. ( ) Las prescripciones de esta tabla serán aplicables cuando en virtud de la Ordenanza N /08 sobre MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN, no se disponga otra cosa. (V.R. N ) ARTÍCULO 3º. La incorporación de otras categorías de buques, no consideradas en esta instancia por esta Ordenanza, se efectuará en el futuro, mediante sucesivos anexos. ARTÍCULO º. La asignación de los elementos debe entenderse como hecha para condiciones normales operativas del buque de que se trate. No obstante se podrá modificar las exigencias de equipamiento, atendiendo a las particulares características de la zona geográfica en la que el buque navega, el tipo y servicio al que éste está afectado y demás circunstancias que fundamenten aquella necesidad. A estos efectos, los armadores, propietarios, agentes marítimos y demás personas autorizadas, formularán la correspondiente solicitud a la dependencia jurisdiccional de la Prefectura, la que luego de evaluar las razones y argumentos invocados para la obtención de la franquicia respectiva, dictará la pertinente 87 V.R. N

4 disposición, notificará de su contenido a los interesados y elevará lo actuado a la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación. (Texto acorde Volante Rectificativo Nº 87) ARTÍCULO 5º. Los buques y artefactos navales no mencionados en la presente serán considerados, en cada caso particular, por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación. ARTÍCULO 6º. Deróganse las Ordenanzas Nros. 875 y 376. ARTÍCULO 7º. Por la Jefatura de Planeamiento Orgánico, procédase a la publicación y distribución de la presente Ordenanza. RPOL, UR9 Nº 987. (Nro. de orden 063). Juan Eduardo Mosqueda Prefecto General Prefecto Nacional Naval

5 INSTRUMENTAL NÁUTICO () ( ) Anteojo prismático ELEMENTO MARÍTIMA RÍO DE LA PLATA RÍOS INTERIORES INTERIOR DE PUERTOS A A A3 A A5 B B B3 B C C C3 C D D D3 D Anexo Nº a la Ordenanza Nº 87. Barómetro y/o barógrafo / () / () () Llevarán barómetro y barógrafo contrastado anualmente. Compás magnético de gobierno compensado (desvíos) () () () () () () () () () () Puede ser compás magnético sin correctores. No importa la magnitud de los desvíos si están tabulados. Compás patrón compensado (desvíos) (3) (3) En buques que tengan instalado compás magnético patrón con un sistema de reflexión de imagen que permita observar la rosa desde la timonera, se podrá prescindir del compás de gobierno. Correderas () () Por lo menos con un repetidor en el puente. Obligatorio para buques de más de 500 TAT construidos después del 98. Los buques que deben llevar ayudas de punteo radar automático tendrán dispositivos indicadores de velocidad absoluta y distancia recorrida en el agua. Cronómetro Marino Elementos de dibujo para la derrota Girocompás (reemplaza compás de gobierno ) (5) (5) Exigible a buques de más de 500 Tons. de arqueo bruto construidos después del 98. Si el arqueo bruto es igual o mayor de 600 Tons. deberá tener repetidor/es de girocompás de modo tal que permita tomar marcaciones en un arco de horizonte de 360º. Para buques construidos antes del 98 será obligatorio el girocompás si su arqueo bruto es igual o mayor de 600 Tons. Psicrómetro ( ) Las prescripciones de esta tabla serán aplicables cuando en virtud de la Ordenanza N /07 sobre MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN, no se disponga otra cosa. V.R. Nº.

6 INSTRUMENTAL NAUTICO () ( ) Anexo Nº a la Ordenanza Nº 87. Radar (6) ELEMENTO MARÍTIMA RÍO DE LA PLATA RÍOS INTERIORES INTERIOR DE PUERTOS A A A3 A A5 B B B3 B C C C3 C D D D3 D (6) Los buques de navegación marítima construidos a partir del 98 de 500 Tons. de arqueo bruto o más, y los construidos antes del 98 de 600 Tons. o más, tendrán una instalación de radar. Los buques de más de Tons. tendrán dos instalaciones de radar independientes una de otra. Para los buques contenidos en B y C será exigible cuando superen los 500 TAT. Reloj patrón (7) (7) Exigible para todo buque que debe llevar Libro Diario de Navegación según Art del REGINAVE o Diario Máquinas Art REGINAVE. Ayuda de punteo radar (8) (8) Debe ser automático para buques de arqueo total igual o superior a toneladas en los casos previstos por el SOLAS 7, Capítulo V, R J. Radiogoniómetro (9) (9) Exigibles a buques de 600 TAT o más cuando realicen viajes internacionales. Se exigirá curva de desvíos. Sextante (0) (0) En buques equipados con navegador satelital se exigirá solamente uno. Sonda de mano Sonda ecoica () () Obligatorio para buques de 600 TAT o más construidos con anterioridad al 5580 y a los de 500 TAT o más construidos a partir del Para buques de navegación marítima costera se exigirá a partir de las 000 TAT. Limpiaparabrisas () () Deberá ser accionado por cualquier sistema que no sea manual. ( ) Las prescripciones de esta tabla serán aplicables cuando en virtud de la Ordenanza N /07 sobre MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN, no se disponga otra cosa. V.R. Nº.

7 PUBLICACIONES () Anexo a la Ordenanza Marítima 987 ELEMENTO MARITIMA RIO DE LA PLATA Almanaque náutico Aviso a los navegantes (3) Cartas náuticas o croquis Código internacional de señales. Código internacional de procedimientos radiotelefónicos Cuadro de señales de auxilio Cuadro de señales de salvamento Datos evolutivos de gobierno Derrotero de las zonas a navegar Libro registro de inspecciones de seguridad Mersar (manual internacional de búsqueda y salvamento) Publicación faros y señales marítimas R. INTERIORES INT. DE PUERTOS A A A3 A A5 B B B3 B C C C3 C D D D3 D () () () () () () (3) Los buques de navegación internacional deberán exhibir los de la zona en que navegan. Se exigirá en todos los casos la totalidad de Avisos hasta el último editado a la zarpada del último viaje. () En buques con capitán o patrón con conocimiento de zona no se exigirá la actualización constante de la cartografía, si tiene a bordo el último aviso a los navegantes editado. PARA BUQUES QUE TENGAN INSTALA DA LA ESTACIÓN RADIOTELEFÓNICA

8 PUBLICACIONES () ELEMENTO MARÍTIMA RÍO DE LA PLATA R. INTERIORES INT. DE PUERTOS A A A3 A A5 B B B3 B C C C3 C D D D3 D Publicación radar en buque OBLIGATORIO PAR TODO BUQUE CON INSTALACION RADAR Publicación radio ayuda a la navegación (h) (5) (5) Si tiene estación radiotelegráfica o radiogoniómetro. Convenio sobre reglamento internacional para prevenir los abordajes Tabla para calculo de punto astronómico Tabla de mareas Cuadro de señales de una bandera Vocabulario marítimo estándar de la navegación OBLIGATORIO SOLAMENTE PARA LA NAVEGACIÓN MARITIMA INTERNACIONAL Axo. 987.

9 Anexo Nº 3 a la Ordenanza Marítima Nº 987. ELEMENTOS DE SEÑALAMIENTO ELEMENTO MARITIMA RIO DE LA PLATA Bolas negras (6) Banderas del código internacional de señales Campana Foco de señales o lámpara Aldis Gong R. INTERIORES INT. DE PUERTOS A A A3 A A5 B B B3 B C C C3 C D D D3 D (7) (7) (7) (6) Podrán ser proporcionales en tamaño a su eslora. Ver Art REGINAVE (7) Puede reemplazarse por una campana de mano. Ver Convenio sobre Reglamento para Prevenir Abordajes, Anexo III Y Regla 33b). OBLIGATORIO PARA BUQUES DE MAS DE 00 MTS. DE ESLORA MAXIMA Linterna de mano (3 elementos y destellador) Destello de tope Megáfono Faroles de navegación de emergencia (8) (8) Los buques que posean doble circuito de iluminación(generalemergencias), únicamente llevarán bombillos blancos y rojos. Pito o bocina Bocina mecánica portátil o cuerno de niebla Señal Bicónica Negra Proyector de luz Bombillo blanco

10 Anexo N a la Ordenanza Marítima N 987. PIROTECNIA PARA SEÑALES DE SOCORRO MARÍTIMA RIO DE LA PLATA RÍOS INTERIORES ELEMENTO NACIONAL E INTERNACIONAL RADA O RÍA PUENTE BOTE BALSA PUENTE BOTE / BALSA N PROPUL ON PUENTE TRIPULADA BOTE / BALSA N PROPUL ON TRIPULADA PUENTE BOTE N / PROPUL BALSA ON TRIPULADA Cohete lanzabengalas con paracaídas (9) (9) (9) Buques de pasajeros llevan el doble. Bengalas de mano Señales fumígenas flotantes (9) (9) Señales fumígenas de funcionamiento automatico de aros salvavidas (0) (0) Únicamente buques de pasajeros.

11 Anexo Nº 5 a la Ordenanza Nº 87. EQUIPAMIENTO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD, NÁUTICO Y DE PUBLICACIONES DE LOS BUQUES S (DISP. RPOL, UR9 Nº 0/87) ELEMENTO DE ALTURA MARÍTIMO COSTERO DE RADA, RÍA, FLUVIAL O LACUSTRE INSTRUMENTAL NAUTICO ( ) Anteojos prismáticos Barómetro o barógrafo () () Puede ser cualquiera de ambos. Compás magnético de gobierno compensado (curva de desvíos) () () (3) () Puede ser compás magnético sin correctores, no importa la magnitud de los desvíos si están tabulados. (3) Exceptuados pesqueros que operan en ríos interiores. Cronómetro marino Girocompás () () Exigible solamente para buques de 600 TAT o más. Limpiaparabrisas (5) (5) Se exigirá sistema de doble brazo o claravisión, ambos de accionamiento eléctrico. Radar () Radiogoniómetro () Reloj patrón (6) (6) Exigible para todo buque que debe llevar Libro Diario de Navegación o Diario de Máquinas (Art y REGINAVE). Sextante Sonda de mano Sonda ecoica Taxímetro o pinula (7) (7) No exigible a aquellos que posean compás instalado en zonas de buena visibilidad horizontal que le permita obtener marcaciones. En este caso se exigirá alidada.. ( ) Las prescripciones de esta tabla serán aplicables cuando en virtud de la Ordenanza N /07 sobre MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN, no se disponga otra cosa. V.R. Nº.

12 Anexo Nº 5 a la Ordenanza Nº 87. EQUIPAMIENTO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD, NAUTICO Y DE PUBLICACIONES DE LOS BUQUES S (DISP. RPOL, UR9 Nº 0/87) EELEMENTO DE ALTURA MARÍTIMO COSTERO DE RADA, RÍA, FLUVIAL O LACUSTRE PUBLICACIONES Faros y señales marítimas COSENARU (para pesqueros que operan en el Río Uruguay y tengan estación de VHF). Almanaque náutico Aviso a los navegantes de la zona a navegar (8). (8) Se exigirá la totalidad de avisos hasta el último editado antes de la zarpada del último viaje. Cartas o croquis de la zona a navegar (9). (9) No se exigirá la actualización constante de la cartografía teniendo a bordo el último Aviso a los navegantes. Código internacional de procedimientos radiotelefónico (*) (*) Para buques que tengan instalada Estación Radiotelefónica. Código internacional de señales. Cuadro de señales de auxilio. Cuadro señales de salvamento. Cuadro señales de una bandera. Libro registro inspecciones técnicas. Mersar (manual de búsqueda y salvamento). Convenio sobre el reglamento Internacional para prevenir los abordajes. Tablas para el cálculo del punto astronómico. Tabla de navegación. V. R. Nº.

13 Anexo Nº 5 a la Ordenanza Nº 87. QUIPAMIENTO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD, NAUTICO Y DE PUBLICACIONES DE LOS BUQUES S (DISP. RPOL, UR9 Nº 0/87) ELEMENTO DE ALTURA MARÍTIMO COSTERO DE RADA RÍA, FLUVIAL O LACUSTRE ELEMENTOS DE SEÑALIZACION Bolas negras (30) Serán de tamaño correspondiente a su eslora. Banderas del Código Internacional de Señales Bocina mecánica portátil o cuerno de niebla Campana (3) (3) Puede reemplazarse por una campana de mano Ver Convenio Sobre Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes. Anexo III y Regla 33B. Destello de tope o lámpara aldis Faroles de navegación de emergencia (3) (3) Los buques que posean doble circuitos de iluminación (generalemergencia) únicamente llevarán bombillos blancos y rojos. Cada luz de navegación posee dos circuitos completos independientes entre si con sus respectivas lámparas para asegurar el funcionamiento. Linterna de mano (estanca destellador) Megáfono Pito o bocina Proyector de luz Marcas para pesca (30) ELEMENTOS DE SALVAMENTO (*) (*) ACORDE APROBADO POR PNA Aparato lanzacabos Balsa con válvula hidrostática disparadora o bote salvavidas para 00% de la tripulación (33) (33) En caso de utilizarse botes salvavidas, estos deben cumplir con todas las exigencias previstas en la Ordenanza Nº 30 (DPSN) Tomo Aprobación y mantenimiento de dispositivos y medios de salvamento. Artefacto luminoso de encendido automático de aros salvavidas (3) (3) En buques de más de 60 mts. de eslora llevarán el doble. Chalecos salvavidas adulto mercante aprobados por PNA (*) (*) Para 00% de la tripulacion. V. R. Nº

14 Anexo Nº 5 a la Ordenanza Nº 87. EQUIPAMIENTO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD, NÁUTICO Y DE PUBLICACIONES DE LOS BUQUES S (DISP. RPOL, UR9 Nº 0/87) ELEMENTO DE ALTURA MARÍTIMO COSTERO DE RADA RÍA, FLUVIAL O LACUSTRE Salvavidas circulares uno con driza de 30 mts. (35) (36) (35) En buques de más de 60 mts. de eslora se llevarán al doble. (36) En buques de más de 30 mts. de eslora se llevarán al doble. Cohete lanzabengalas con paracaídas 6 6 Bengalas de mano Señales humigenas flotantes ELEMENTOS DE AMARRE, REMOLQUE Y FONDEO (*) (*) ACORDE PLANO APROBADO POR PNA. Anclas y cadenas adecuado al tipo y tamaño del buque indicado por su N.E. () () En pesqueros de arrastre con pontones de pesca, en caso de pérdida de una línea de fondeo si tiene dos se podrá despachar al buque en forma directa utilizando las artes de pesca como fondeo de emergencia por un plazo que no exceda los noventa (90) días. Cabo de amarre (5) (5) El cabo más largo será como mínimo de una eslora y media. El cabo más corto será la mitad del más largo. Como mínimo habrán dos cabos largos y dos cortos. Cabos de remolque V. R. Nº (Anexo 5 incorporado por V.R. N /87.) Los elementos de lucha contra inundación requeridos figuran en la Ordenanza 8/99.

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA MARÍTIMA N 2/86 " CONTIENE MODIFICACIONES A LA REGLAMENTACIÓN" Buenos Aires, 30 de diciembre de 1986. =================================================================

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA Nº 1 08 (DPSN) www.prefecturanaval.gov.ar info@prefecturanaval.gov.ar TOMO 1 RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE Buenos Aires, MEDIDAS SOBRE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN VISTO

Más detalles

ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE. D.G.T.M. y M.M. ORDINARIO N /385 VRS.

ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE. D.G.T.M. y M.M. ORDINARIO N /385 VRS. ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. y M.M. ORDINARIO N 12.600/385 VRS. VALPARAÍSO, 07 de Septiembre 2015. MODIFICA RESOLUCIÓN DGTM. Y MM. ORD. N 12.600/246

Más detalles

DIRECCION REGISTRAL Y DE MARINA MERCANTE. Circular DIRME N 006/2004 Montevideo, 1º de julio de

DIRECCION REGISTRAL Y DE MARINA MERCANTE. Circular DIRME N 006/2004 Montevideo, 1º de julio de REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY ARMADA NACIONAL PREFECTURA NACIONAL NAVAL DIRECCION REGISTRAL Y DE MARINA MERCANTE Circular DIRME N 006/2004 Montevideo, 1º de julio de 2004.- ASUNTO.- PROCEDIMIENTOS A SEGUIR

Más detalles

Distancia a la costa

Distancia a la costa EQUIPO DE SEGURIDAD A BORDO DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO ORDEN MINISTERIAL POR LA QUE SE REGULAN LOS EQUIPOS DE SEGURIDAD, SALVAMENTO, CONTRA INCENDIOS, NAVEGACIÓN Y PREVENCIÓN DE VERTIDOS POR AGUAS

Más detalles

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ORDENANZA MARÍTIMA Nº 1/85 Buenos Aires, 5 de noviembre de 1985. ====================================================================== COMUNICACIONES A REALIZAR POR BUQUES ARGENTINOS

Más detalles

Curso para la obtención n de la titulación n profesional de la Marina Mercante de. Patrón n Portuario

Curso para la obtención n de la titulación n profesional de la Marina Mercante de. Patrón n Portuario La Dirección n General de la Marina Mercante expedirá el título t tulo profesional de de la Marina Mercante, establecido en el artículo 12 del Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, a quienes cumplan

Más detalles

4. SERVICIOS ESPECIALES Y ZONAS DE NAVEGACIÓN:

4. SERVICIOS ESPECIALES Y ZONAS DE NAVEGACIÓN: Agregado Nº 1 a la Disposición RPOL,008 Nº 01/03. CONDICIONES DE SEGURIDAD DE EMBARCACIONES CON SERVICIOS ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RECREATIVAS, GUÍA DE PESCA, TURISMO AVENTURA, ECOTURISMO

Más detalles

Período Embarcaciones Particulares Embarcaciones de Alquiler Reconocimiento. (Lista 6ª) Periódica Cada 5 años 6 m y < 24 m 2,5 m y < 24 m

Período Embarcaciones Particulares Embarcaciones de Alquiler Reconocimiento. (Lista 6ª) Periódica Cada 5 años 6 m y < 24 m 2,5 m y < 24 m Inspección de embarcaciones de recreo y Certificado de navegabilidad Desde el día 11de marzo de 2000 las inspecciones las realizan las llamadas Entidades Colaboradoras de Inspección, aunque el reconocimiento

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA MARITIMA Nº 3 /81 Buenos Aires, 27 de agosto de 1981. ====================================================================== PREVENCION DE LA CONTAMINACION-VERIFICACIONES

Más detalles

PATRÓN DE YATE ESTRUCTURA Y CORRECCIÓN:

PATRÓN DE YATE ESTRUCTURA Y CORRECCIÓN: PATRÓN DE YATE (Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo, BOE 247, 11/10/2014) ESTRUCTURA Y CORRECCIÓN: - El

Más detalles

REGLAMENTO DE ABORDAJES

REGLAMENTO DE ABORDAJES REGLAMENTO DE ABORDAJES 1.- Un buque que debido a cualquier circunstancia excepcional sea incapaz de maniobrar como exige el Reglamento y por lo tanto no puede apartarse de la derrota de otro buque, se

Más detalles

NUEVAS ZONAS DE NAVEGACIÓN.

NUEVAS ZONAS DE NAVEGACIÓN. NUEVAS ZONAS DE. Ante el cambio en la legislación española acerca de las categorías de navegación, desde el 12 de Agosto de 2003, se establece el cambio entre dichas categorías y las nuevas denominadas

Más detalles

CAMPAÑA DE SEGURIDAD MARÍTIMA ISLA DE TABARCA 2017 NORMAS DE CUMPLIMIENTO

CAMPAÑA DE SEGURIDAD MARÍTIMA ISLA DE TABARCA 2017 NORMAS DE CUMPLIMIENTO Y VIVIENDA Total folios: 5 (1 de 5) - Código Seguro de Verificación: MFOM02SD8290AF8EC15E9517E5B7. Verificable en https://sede.fomento.gob.es/ O.M de 24/2/2011 CAMPAÑA DE SEGURIDAD MARÍTIMA ISLA DE TABARCA

Más detalles

PATRÓN DE YATE ESTRUCTURA Y CORRECCIÓN:

PATRÓN DE YATE ESTRUCTURA Y CORRECCIÓN: PATRÓN DE YATE (Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo, BOE 247, 11/10/2014) ESTRUCTURA Y CORRECCIÓN: El examen

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA N 02/01 (DPSN) TOMO 5 RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE Buenos Aires, 27 de agosto de 2001. ================================================================

Más detalles

ARMADA DE CHILE DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE

ARMADA DE CHILE DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE ARMADA DE CHILE DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE OBJ. : ESTABLECE NORMAS PARA DEFINIR LAS DOTACIONES DE SEGURIDAD DE LAS NAVES DE PARA. REF.: A) REGLAMENTO PARA FIJAR DOTACIONES

Más detalles

Pirotécnicos de Socorro

Pirotécnicos de Socorro Pirotécnicos de Socorro Preparado por: Eduardo Rossel R. De acuerdo con las Reglas del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el mar, del Convenio Internacional para la Seguridad

Más detalles

PY Legislación Diciembre 2013 Madrid Tipo A

PY Legislación Diciembre 2013 Madrid Tipo A PY Legislación Diciembre 2013 Madrid Tipo A ENUNCIADO CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DEL EXAMEN El examen consta de 20 preguntas entre las que debe contestar a 18. En el supuesto de contestar todas las preguntas,

Más detalles

Areas SAR. Superficie aproximada Km 2

Areas SAR. Superficie aproximada Km 2 F o t o Areas SAR B C D E A Distancias aproximadas A B : 9 millas = 220 Km. B C : 22 millas = 4 Km. C D : 3 millas = 57 Km. D E : 35 millas = 65 Km. E A : 70 millas = 30 Km. Superficie aproximada 6.000

Más detalles

ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº / 1 VRS.

ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº / 1 VRS. ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE ORDINARIO Nº 12.400/ 1 VRS. VALPARAÍSO, 28 de Enero de 2004 APRUEBA EQUIPAMIENTO MÍNIMO DE SEGURIDAD PARA EL DESARROLLO DE

Más detalles

OPTIMIZACIÓN OPERATIVA E INSTITUCIONAL DE LA HIDROVÍA. PG Andrés s M. Monzón

OPTIMIZACIÓN OPERATIVA E INSTITUCIONAL DE LA HIDROVÍA. PG Andrés s M. Monzón OPTIMIZACIÓN OPERATIVA E INSTITUCIONAL DE LA HIDROVÍA PG Andrés s M. Monzón MISIÓN Seguridad de la Navegación Protección Marítima Protección Ambiental Seguridad Pública y Portuaria ÁMBITO OPERACIONAL AREA

Más detalles

Examen Tipo II (P.N.B. y 1ª parte PER)

Examen Tipo II (P.N.B. y 1ª parte PER) Examen tipo II - 1 NOMENCLATURA NÁUTICA Examen Tipo II (P.N.B. y 1ª parte PER) 1- Cómo se denomina la parte de la embarcación del dibujo señalada con una flecha? A- Aleta B- Amura C- Codaste D- Popa 2-

Más detalles

BANCO DE PREGUNTAS DE NAVEGACIÓN BÁSICA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA

BANCO DE PREGUNTAS DE NAVEGACIÓN BÁSICA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA BANCO DE PREGUNTAS DE NAVEGACIÓN BÁSICA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA 1.- El instrumento usado en navegación para orientarse se llama: a.- Corredera. b.- Compás Magnético. c.- Ecosonda. d.- Escandallo.

Más detalles

CAPITANÌA DE PUERTO DE MELINKA CIRCULAR MARÍTIMA Nª /05/2007.

CAPITANÌA DE PUERTO DE MELINKA CIRCULAR MARÍTIMA Nª /05/2007. CAPITANÌA DE PUERTO DE MELINKA CIRCULAR MARÍTIMA Nª 12.000/05/2007. OBJ.:Establece normas de seguridad y exigencias que deben cumplir las naves y embarcaciones menores que se dedican al transporte de pasajeros

Más detalles

NAUTIC ISLAS FORMACIÓN MARÍTIMA S.L. FICHA CURSO PATRÓN DE YATE CONOCIMIENTOS TEÓRICOS

NAUTIC ISLAS FORMACIÓN MARÍTIMA S.L. FICHA CURSO PATRÓN DE YATE CONOCIMIENTOS TEÓRICOS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Módulo 1: Seguridad 1.1. Estabilidad transversal: definiciones de estabilidad estática transversal (definición y clasificación); centro de Gravedad del barco y Desplazamiento; Centro

Más detalles

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL. VISTO: El Decreto del poder Ejecutivo Nº 443/996 del 20 de noviembre de 1996,

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL. VISTO: El Decreto del poder Ejecutivo Nº 443/996 del 20 de noviembre de 1996, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL Disposición Marítima Nº 72 Montevideo, diciembre 16 de 1998.- FORMULARIO DE TRAMITE P.N.N. VISTO: El Decreto del poder Ejecutivo Nº 443/996 del

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA Nº 1-13 (DPSN) TOMO 2 RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE www.prefecturanaval.gov.ar infopna@prefecturanaval.gov.ar Buenos Aires, 25 de marzo de 2013. NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO

Más detalles

EXAMEN Y ADOPCIÓN DE ENMIENDAS A LOS INSTRUMENTOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

EXAMEN Y ADOPCIÓN DE ENMIENDAS A LOS INSTRUMENTOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO S COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA 98º periodo de sesiones Punto 3 del orden del día MSC 98/3 25 enero 2017 Original: INGLÉS EXAMEN Y ADOPCIÓN DE ENMIENDAS A LOS INSTRUMENTOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Enmiendas

Más detalles

Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar.

Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar. Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar. Reglas 1 a 37 y anexo IV bajo la perspectiva de un patrón de un velero o una embarcación de propulsión mecánica de hasta 12 metros. Parte

Más detalles

CAPITANÍA DE PUERTO DE CASTRO CIRCULAR MARITIMA N 1 /2012.

CAPITANÍA DE PUERTO DE CASTRO CIRCULAR MARITIMA N 1 /2012. GOBERNACIÓN MARITIMA DE CASTR O CAPITANIA DE PUERTO DE CASTRO CAPITANÍA DE PUERTO DE CASTRO CIRCULAR MARITIMA N 1 /2012. OBJ.: COMPLEMENTA NORMAS DE EQUIPAMIENTO Y OTRAS EXIGENCIAS DE SEGURIDAD EN LOS

Más detalles

Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Exención de titulación: Motor hasta 5 m Vela hasta 6 m Potencia

Más detalles

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL DISPOSICION MARITIMA Nº 35 EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREO

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL DISPOSICION MARITIMA Nº 35 EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREO REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL DISPOSICION MARITIMA Nº 35 EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREO Montevideo, noviembre 23 de 1987.- VISTO: La necesidad de establecer normas para

Más detalles

PROY-NOM-034-SCT4-1999

PROY-NOM-034-SCT4-1999 Fuente : Diario Oficial de la Federación Fecha de publicación: 2 de Diciembre de 999 PROY-NOM-034-SCT4-999 PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA, EQUIPO MINIMO OBLIGATORIO DE SEGURIDAD, COMUNICACION Y NAVEGACION

Más detalles

EXÁMEN DE PATRÓN PARA NAVEGACIÓN BÁSICA 2ª Convocatoria 2008 EXAMEN TIPO 1

EXÁMEN DE PATRÓN PARA NAVEGACIÓN BÁSICA 2ª Convocatoria 2008 EXAMEN TIPO 1 I. NOMENCLATURA NÁUTICA 1.- Eslora máxima de un barco es: a) La mayor anchura que tiene un barco. b) La distancia que existe entre los puntos más salientes de proa y popa. c) La longitud medida entre un

Más detalles

297 x 210 mm INTRODUCCIÓN 11, x 8, pulgadas 841, x 595, pixels

297 x 210 mm INTRODUCCIÓN 11, x 8, pulgadas 841, x 595, pixels INTRODUCCIÓN Introducción Siniestros Conclusiones Apreciación de Acción las Conclusiones Recomendada Construcción y Equipamiento El Problema de la Seguridad de la Pesca Argentina El Estado Comité Investigador

Más detalles

IFP. Marítimo Pesquero de Las Palmas. Formación Profesional. www.iesmaritimopesquerolp.org DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LAS PALMAS

IFP. Marítimo Pesquero de Las Palmas. Formación Profesional. www.iesmaritimopesquerolp.org DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LAS PALMAS GOBIERNO DE ESPAÑA MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LAS PALMAS Formación Profesional IFP Marítimo Pesquero de Las Palmas www.iesmaritimopesquerolp.org

Más detalles

Escuela Náutico-Pesquera de Pasaia Oferta Formativa / Inserción Laboral 2012

Escuela Náutico-Pesquera de Pasaia Oferta Formativa / Inserción Laboral 2012 Escuela Náutico-Pesquera de Pasaia Oferta Formativa / Inserción Laboral 2012 Museo Marítimo Bilbao Tú y el mar Índice 1 2 3 4 5 7 Ciclos Formativos (Formación Inicial) Títulos de Pesca Títulos y Certificados

Más detalles

Autorización para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor de 40 KW "TITULIN"

Autorización para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor de 40 KW TITULIN Autorización para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor de 40 KW "TITULIN" ATRIBUCIONES ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se

Más detalles

ANÁLISIS PARA UNA POLÍTICA NAVIERA REGIONAL. Régimen Jurídico Vigente en Uruguay

ANÁLISIS PARA UNA POLÍTICA NAVIERA REGIONAL. Régimen Jurídico Vigente en Uruguay ANÁLISIS PARA UNA POLÍTICA NAVIERA REGIONAL Régimen Jurídico Vigente en Uruguay I) Para analizar la Política Nacional sobre el trasporte marítimo y fluvial, es necesaria determinar, si Uruguay cuenta con

Más detalles

SISTEMAS DE VIGILANCIA MARINA Y TERRESTRE EN ZONAS MARINAS PROTEGIDAS

SISTEMAS DE VIGILANCIA MARINA Y TERRESTRE EN ZONAS MARINAS PROTEGIDAS Seguimiento, Vigilancia y Control SISTEMAS DE VIGILANCIA MARINA Y TERRESTRE EN ZONAS Subdirección General de Protección de los Recursos Pesqueros. Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-034-SCT4-2009, Equipo mínimo de seguridad, comunicación y navegación para embarcaciones nacionales, hasta 15 metros de eslora. Al margen

Más detalles

BANCO DE PREGUNTAS REGLAMENTACIÓN - CAPITÁN DEPORTIVO COSTERO

BANCO DE PREGUNTAS REGLAMENTACIÓN - CAPITÁN DEPORTIVO COSTERO BANCO DE PREGUNTAS REGLAMENTACIÓN - CAPITÁN DEPORTIVO COSTERO 1.- Indique la normativa que regula las actividades náuticas deportivas en Chile. a.- Ley de Navegación. b.- Reglamento General de Deportes

Más detalles

Sistema de Identificación y Seguimiento de Largo Alcance de los Buques (LRIT)

Sistema de Identificación y Seguimiento de Largo Alcance de los Buques (LRIT) 2009 Año de Homenaje a Raúl SCALABRINI ORTIZ TELEFONO: 4318-7628 FAX: 4318-7625 E-MAIL: infodico@prefecturanaval.gov.ar FECHA: 21-Octubre-2009. Sistema de Identificación y Seguimiento de Largo Alcance

Más detalles

CAPITULO 1 GENERALIDADES Y AMBITO DE APLICACION. Artículo 1 Generalidades

CAPITULO 1 GENERALIDADES Y AMBITO DE APLICACION. Artículo 1 Generalidades REGLAMENTO SOBRE LA ADOPCIÓN DE REQUISITOS EXIGIBLES COMUNES PARA LA MATRICULACIÓN DE EMBARCACIONES, INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE UTILIZACION E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN SOBRE MATRICULACIÓN DE EMBARCACIONES

Más detalles

2015 Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nº 24/15.- Letra: PZDE, RI.8.-

2015 Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nº 24/15.- Letra: PZDE, RI.8.- 2015 Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nº 24/15.- Letra: PZDE, RI.8.- TIGRE, 04 de Febrero de 2015.- OBJETO: E/Disposición AL SEÑOR: 1) DIRECTOR DE POLICIA

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA Nº 4-09 (DPSN) TOMO 4 RÉGIMEN DE LAS ACTIVIDADES NÁUTICO-DEPORTIVAS www.prefecturanaval.gov.ar info@prefecturanaval.gov.ar Buenos Aires, 20 de octubre de 2009. AUTORIZACIÓN

Más detalles

RESPONSABILIDAD DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

RESPONSABILIDAD DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA JURISDICCIÓN: 40-SUBJURISDICCIÓN 06 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS- PREFECTURA NAVAL ARGENTINA LINEA PROGRAMATICA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL RESPONSABILIDAD DIRECCIÓN DE

Más detalles

Patrón Portuario. 150 horas (110 de teoría 40 de prácticas)

Patrón Portuario. 150 horas (110 de teoría 40 de prácticas) Patrón Portuario Objetivo: El curso de Patrón Portuario forma al alumno en los conocimientos necesarios para ejercer el mando de los buques mercantes con las atribuciones que le han sido otorgadas. El

Más detalles

2.- REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL:

2.- REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL: 2.- REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL: 2.1. Concepto de Servicios prestados en los puertos. Regulados en el Título VI del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de

Más detalles

PLAN EMBARCACIONES DE PLACER

PLAN EMBARCACIONES DE PLACER PLAN EMBARCACIONES DE PLACER Makler S.A. cuenta con una División especializada en Cascos, la cual está a su disposición para brindarle asesoramiento para asegurar su embarcación de placer. Un Asegurador

Más detalles

El SMSSM. aplicado a la flota pesquera QUÉ ES EL SMSSM? (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos)

El SMSSM. aplicado a la flota pesquera QUÉ ES EL SMSSM? (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos) El SMSSM (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos) aplicado a la flota pesquera INMARSAT COSPAS-SARSAT RLS 406 SALVAMENTO MARÍTIMO ESTACIÓN COSTERA (MF,HF,VHF) SART VHF Portátil SALVAMENTO MARÍTIMO

Más detalles

Examen de PNB. Convocatoria Enero 2014

Examen de PNB. Convocatoria Enero 2014 Examen de PNB. Convocatoria Enero 2014 NOMENCLATURA. (4 Preguntas) 1.- La diferencia entre los calados de proa y de popa se denomina. a. Amura. b. Obra viva. c. Asiento. d. Obra muerta. 2.- Las aletas

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina MARITIMA Nº 3/87 TOMO Nº 1 "CONTIENE MODIFICACIONES A LA REGLAMENTACION" Buenos aires, 17 de marzo de 1987. ==================================================================

Más detalles

DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE OFICINA DE REGLAMENTOS Y PUBLICACIONES MARITIMAS INDICE DE TITULOS

DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE OFICINA DE REGLAMENTOS Y PUBLICACIONES MARITIMAS INDICE DE TITULOS TM 038 PUBLICO DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE Código Publicación Territorio Marítimo : TM - 038 Nombre Publicación Territorio Marítimo : Promulgado por Promulgado por D.S.

Más detalles

También modificado por la Ley 36/2014 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

También modificado por la Ley 36/2014 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015. TASAS PORTUARIAS 2015 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PUERTOS DEL ESTADO, (RDL 2/11) modificado por REAL DECRETO-LEY 1/14, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte y otras medidas

Más detalles

La frontera uruguaya-argentina en el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

La frontera uruguaya-argentina en el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo. La frontera uruguaya-argentina en el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo. Bibliografía: Derecho Internacional Público. Tomo 3. Edición vieja: páginas 106 a 136. Edición actualizada: páginas

Más detalles

Servicio de Prevención Mancomunado de las Empresas Armadoras y Navieras del Sector Marítimo y Pesquero

Servicio de Prevención Mancomunado de las Empresas Armadoras y Navieras del Sector Marítimo y Pesquero Cooperativa de Armadores de Pesca del Puerto de Vigo ARVI Servicio de Prevención Mancomunado de las Empresas Armadoras y Navieras del Sector Marítimo y Pesquero SPM-Coapre Niveles de actuación de ARVI_SPM-Coapre

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina ORDENANZA Nº 5/01 (DPSN) TOMO 3 RÉGIMEN OPERATIVO DEL BUQUE Buenos Aires, 9 de octubre de 2001. NORMAS DE INSPECCIÓN Y/O VERIFICACIÓN PARA LOS PUERTOS, TERMINALES PORTUARIAS

Más detalles

PATRÓN DE YATE -PY- Programa de teoría Programa de prácticas

PATRÓN DE YATE -PY- Programa de teoría Programa de prácticas PATRÓN DE YATE -PY- Programa de teoría Programa de prácticas ATRIBUCIONES BÁSICAS: - Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida

Más detalles

1. Navegación y meteorología

1. Navegación y meteorología 1. Navegación y meteorología INTRODUCCIÓN En este módulo, de 228 horas pedagógicas, se busca que los y las estudiantes desarrollen una serie de conocimientos teóricos sobre los fundamentos de la meteorología

Más detalles

Balsas de Salvamento

Balsas de Salvamento Balsas de Salvamento Preparado por: EDUARDO ROSSEL R. La Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar SOLAS, en el Capítulo III sobre dispositivos y medios de salvamento, reglamenta

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 1 de julio de 1989

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 1 de julio de 1989 Orden de 6 de marzo de 1989 sobre diario de navegación, cuaderno de bitácora y cuaderno de máquinas. Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno «BOE» núm. 64, de 16 de marzo

Más detalles

ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE

ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE OBJ.: DISPONE PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE DISPOSITIVOS Y MEDIOS DE SALVAMENTO. REF.: a) CAPITULO III, REGLAS 4 Y 5,

Más detalles

CONVENIO DE 20 DE OCTUBRE DE 1972, SOBRE REGLAMENTO PARA PREVENIR LOS ABORDAJES, HECHO EN LONDRES. ENMIENDAS APROBADAS EL 19 DE NOVIEMBRE DE 1981.

CONVENIO DE 20 DE OCTUBRE DE 1972, SOBRE REGLAMENTO PARA PREVENIR LOS ABORDAJES, HECHO EN LONDRES. ENMIENDAS APROBADAS EL 19 DE NOVIEMBRE DE 1981. CONVENIO DE 20 DE OCTUBRE DE 1972, SOBRE REGLAMENTO PARA PREVENIR LOS ABORDAJES, HECHO EN LONDRES. ENMIENDAS APROBADAS EL 19 DE NOVIEMBRE DE 1981. La Asamblea de la Organización Marítima Internacional

Más detalles

REFOCAPEMM MARINA MERCANTE. Decreto 572/94

REFOCAPEMM MARINA MERCANTE. Decreto 572/94 REFOCAPEMM MARINA MERCANTE Decreto 572/94 La Armada Argentina es la autoridad competente en la administración y ejecución del sistema de formación y capacitación del personal embarcado de la Marina Mercante

Más detalles

EXAMEN A TEÓRICO PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE: PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA

EXAMEN A TEÓRICO PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE: PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA EXAMEN A TEÓRICO PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE: PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA Convocatoria: INSTRUCCIONES 1. Está prohibida la utilización de teléfonos móviles o cualquier otro objeto de telefonía móvil

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO Núm. 250 Sábado de octubre de 2016 Sec. III. Pág. 783 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE FOMENTO 9508 Resolución de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que

Más detalles

ANEXO 08 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO Y MÁXIMOS DE CARGO PARA LOS TÍTULOS PROFESIONALES PARA EMBARCACIONES ESPECIALES ÍNDICE

ANEXO 08 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO Y MÁXIMOS DE CARGO PARA LOS TÍTULOS PROFESIONALES PARA EMBARCACIONES ESPECIALES ÍNDICE ANEXO 08 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO Y MÁXIMOS DE CARGO PARA LOS TÍTULOS PROFESIONALES PARA EMBARCACIONES ESPECIALES ÍNDICE A.08.1 TÍTULOS PROFESIONALES PARA EMBARCACIONES DE TRANSPORTE

Más detalles

BANCO DE PREGUNTAS DE NAVEGACIÓN BÁSICA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA. 1.- En señales de maniobra y advertencia cómo indica Ud. caigo a babor?

BANCO DE PREGUNTAS DE NAVEGACIÓN BÁSICA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA. 1.- En señales de maniobra y advertencia cómo indica Ud. caigo a babor? 1 BANCO DE PREGUNTAS DE NAVEGACIÓN BÁSICA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA 1.- En señales de maniobra y advertencia cómo indica Ud. caigo a babor? 1 sonido corto de 1 segundo 2 sonidos cortos de 1 segundo

Más detalles

HABILITACIÓN PARA FORMAR PARTE DE UNA GUARDIA DE PUENTE

HABILITACIÓN PARA FORMAR PARTE DE UNA GUARDIA DE PUENTE COMPETENCIA 1: GOBERNAR EL BUQUE Y CUMPLIR LAS ÓRDENES DADAS AL TIMONEL EN IDIOMA INGLÉS Y ESPAÑOL 1.- CONOCIMIENTO DE LA UTILIZACIÓN DEL COMPÁS MAGNÉTICO Y GIROCOMPÁS. 1. IDENTIFIQUE E INDIQUE LOS INSTRUMENTOS

Más detalles

MATERIA : REGLAMENTO DE LAS PREGUNTAS Nº 1 A LA Nº 15, SOLO SE ADMITE UN MÁXIMO DE CUATRO FALLOS.

MATERIA : REGLAMENTO DE LAS PREGUNTAS Nº 1 A LA Nº 15, SOLO SE ADMITE UN MÁXIMO DE CUATRO FALLOS. MATERIA : REGLAMENTO DE LAS PREGUNTAS Nº 1 A LA Nº 15, SOLO SE ADMITE UN MÁXIMO DE CUATRO FALLOS. REGLAMENTO 1.- Un buque que no está ni fondeado, ni amarrado a tierra ni varado, está: A) En navegación

Más detalles

PROGRAMA DE CURSO DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL PESCADOR DE LITORAL

PROGRAMA DE CURSO DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL PESCADOR DE LITORAL PROGRAMA DE CURSO DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL PESCADOR DE LITORAL DATOS GENERALES DEL CURSO 1. FAMILIA PROFESIONAL: MARITIMO PESQUERA AREA PROFESIONAL: PESCA EN AGUAS CON LIMITES 2. DENOMINACION

Más detalles

EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA

EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA -Para alumnos y alumnas de las Titulaciones de Diplomado en Navegación Marítima, Diplomado en Máquinas Navales, Diplomados en Radioelectrónica Naval, Licenciatura

Más detalles

CAPÍTULO II SISTEMA DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA ÍNDICE 01. AUTORIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DEL SISTEMA...

CAPÍTULO II SISTEMA DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA ÍNDICE 01. AUTORIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DEL SISTEMA... CAPÍTULO II SISTEMA DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA ÍNDICE 01. AUTORIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DEL SISTEMA.... 2 02. FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN.... 4 02.01 Requisitos mínimos de

Más detalles

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. Disposición Nº 4/2014. Bs. As., 26/2/2014. VISTO lo informado por la Dirección de Protección Ambiental, y CONSIDERANDO:

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. Disposición Nº 4/2014. Bs. As., 26/2/2014. VISTO lo informado por la Dirección de Protección Ambiental, y CONSIDERANDO: PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Disposición Nº 4/2014 Bs. As., 26/2/2014 VISTO lo informado por la Dirección de Protección Ambiental, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 41 de la Constitución Nacional establece

Más detalles

Alumbrado suplementario en motocicletas

Alumbrado suplementario en motocicletas 2015 Alumbrado suplementario en motocicletas INFORME BÁSICO seguridadvial@defensamotocicletas.org Asunto: Alumbrado suplementario en motocicletas. Informe básico. Expediente y Registro Expediente: DM_2015_SV_179

Más detalles

Informe técnico S-24/2012

Informe técnico S-24/2012 Informe técnico S-24/2012 Investigación de la varada del pesquero LA PLAYA UNO, en la ría de San Martín de la Arena (Cantabria), el 27 de abril de 2011 ADVERTENCIA Este informe ha sido elaborado por la

Más detalles

EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA

EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA -Para alumnos y alumnas de las Titulaciones de Diplomado en Navegación Marítima, Diplomado en Máquinas Navales, Diplomados en Radioelectrónica Naval, Licenciatura

Más detalles

CIRCULAR MARÍTIMA DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE TONGOY ORD. Nº / 400 /2014.

CIRCULAR MARÍTIMA DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE TONGOY ORD. Nº / 400 /2014. ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y M.M. GOBERNACIÓN MARÍTIMA DE COQUIMBO CAPITANÍA DE PUERTO DE TONGOY CIRCULAR MARÍTIMA DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE TONGOY ORD. Nº 12.600/ 400

Más detalles

GUÍA BÁSICA PARA ASPIRANTES A PATRONES DE LITORAL Y DE ALTURA EN LA REGIÓN DE MURCIA

GUÍA BÁSICA PARA ASPIRANTES A PATRONES DE LITORAL Y DE ALTURA EN LA REGIÓN DE MURCIA GUÍA BÁSICA PARA ASPIRANTES A PATRONES DE LITORAL Y DE ALTURA EN LA REGIÓN DE MURCIA Resumen AUTORIA RAQUEL CARRILLO RAMOS TEMÁTICA TITULACIONES PROFESIONALES MARÍTIMO-PESQUERAS ETAPA FORMACIÓN PROFESIONAL

Más detalles

R E S U E L V O: a) Nombre de la Empresa: Servicios Marítimos Oxxean S.A. b) Nombre de la Instalación: Atracadero Flotante para Naves Menores.

R E S U E L V O: a) Nombre de la Empresa: Servicios Marítimos Oxxean S.A. b) Nombre de la Instalación: Atracadero Flotante para Naves Menores. HABILITA ATRACADERO FLOTANTE PARA NAVES MENORES PERTENECIENTE A LA EMPRESA SERVICIOS MARÍTIMOS OXXEAN S.A., EN LA BAHÍA DE PUERTO CHACABUCO. PUERTO CHACABUCO, 30 de Octubre del 2010 VISTOS: el D.F.L. N

Más detalles

Servicio portuario de remolque de buques en el puerto de Gijón. Tarifas vigentes a partir del 1 de enero de 2017.

Servicio portuario de remolque de buques en el puerto de Gijón. Tarifas vigentes a partir del 1 de enero de 2017. Servicio portuario de remolque de buques en el puerto de Gijón. Tarifas vigentes a partir del 1 de enero de 2017. I. CONDICIONES GENERALES 1. Se entiende por servicio de remolque portuario, aquél cuyo

Más detalles

CAPITANÍA DE PUERTO DEL LAGO GENERAL CARRERA CIRCULAR MARÍTIMA ORDINARIO N 01 / 2016

CAPITANÍA DE PUERTO DEL LAGO GENERAL CARRERA CIRCULAR MARÍTIMA ORDINARIO N 01 / 2016 CAPITANIA DE PUERTO DEL LAGO GENERAL CARRERA CAPITANÍA DE PUERTO DEL LAGO GENERAL CARRERA CIRCULAR MARÍTIMA ORDINARIO N 01 / 2016 OBJ.: DISPONE NORMAS DE OPERACIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EMBARCACIONES

Más detalles

Decreto 386/989. Apruébase el Reglamento de Patrones de embarcaciones de bandera Nacional. REGLAMENTO PATRONES CABOTAJE CABOTAJE

Decreto 386/989. Apruébase el Reglamento de Patrones de embarcaciones de bandera Nacional. REGLAMENTO PATRONES CABOTAJE CABOTAJE Decreto 386/989 CABOTAJE Apruébase el Reglamento de Patrones de embarcaciones de bandera Nacional. Ministerio de Defensa Nacional Montevideo, 22 de agosto de 1989. Visto: la gestión del Comando General

Más detalles

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY El Poder Legislativo de la Sanciona con Fuerza de: LEY LEY N 2807 Artículo 1.- APRUÉBASE en todos sus términos el Acta Acuerdo modificatoria del Convenio sobre Control de Pesca, rubricado con fecha 10

Más detalles

TEMARIO DE PROFESORES TÉCNICOS DE F.P. MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN

TEMARIO DE PROFESORES TÉCNICOS DE F.P. MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN HOJA INFORMATIVA A.5.3.10 TEMARIO DE PROFESORES TÉCNICOS DE F.P. MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN "Publicado en el B.O.E. de 13 de febrero de 1.996" OCTUBRE 1997 MÁQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN 1. Equipos

Más detalles

MINISTERIO DE FOMENTO

MINISTERIO DE FOMENTO BOE núm. 28 Viernes 1 febrero 2008 5937 ARTÍCULO 15 Controversias Cualquier controversia acerca de la interpretación o la aplicación del presente Acuerdo se resolverá exclusivamente en el marco de una

Más detalles

ANEXO 09 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TÍTULOS DE PRÁCTICOS, BAQUEANOS FLUVIALES Y TITULARES DE CERTIFICADOS DE CONOCIMIENTO DE ZONA

ANEXO 09 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TÍTULOS DE PRÁCTICOS, BAQUEANOS FLUVIALES Y TITULARES DE CERTIFICADOS DE CONOCIMIENTO DE ZONA ANEXO 09 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TÍTULOS DE PRÁCTICOS, BAQUEANOS FLUVIALES Y TITULARES DE CERTIFICADOS DE CONOCIMIENTO DE ZONA ÍNDICE A.09.1 PRÁCTICOS.... 2 A.09.1.1 Condiciones

Más detalles

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA GÉNOVA Nº MADRID TEL.: FAX.:

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA GÉNOVA Nº MADRID TEL.: FAX.: Orden ESS/ /2017, de de, por la que se establecen para el año 2017 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

Más detalles

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL. Disposición Marítima N 91

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL. Disposición Marítima N 91 REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL Disposición Marítima N 91 Montevideo, 5 de noviembre de 2003.- REGLAMENTO MARÍTIMO DEL PUERTO DE LA TERMINAL M BOPICUÁ (RÍO URUGUAY) VISTO: I) El

Más detalles

ANEXO XIII. Criterios Técnicos para el Atraque de Buques. y Condiciones para el Cierre del Puerto a la Navegación

ANEXO XIII. Criterios Técnicos para el Atraque de Buques. y Condiciones para el Cierre del Puerto a la Navegación ANEXO XIII Criterios Técnicos para el Atraque de Buques y Condiciones para el Cierre del Puerto a la Navegación 178 CRITERIOS TÉCNICOS PARA EL ATRAQUE DE BUQUES Y CONDICIONES PARA EL CIERRE DEL PUERTO

Más detalles

TEMA 5 REGLAMENTO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LOS ABORDAJES EN LA MAR (RIPA)

TEMA 5 REGLAMENTO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LOS ABORDAJES EN LA MAR (RIPA) TEMA 5 REGLAMENTO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LOS ABORDAJES EN LA MAR (RIPA) A continuación se desarrolla un extracto del RIPA para facilitar el trabajo de memorización al alumno. Se recomienda su estudio

Más detalles

INSTRUCCIONES HIDROGRÁFICAS Nº 7

INSTRUCCIONES HIDROGRÁFICAS Nº 7 SHOA Pub. 3107 INSTRUCCIONES HIDROGRÁFICAS Nº 7 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA SONDAJE OCEÁNICO 1 a E D I C I Ó N 1 9 9 0 SERVICIO HIDROGRÁFICO Y OCEANOGRÁFICO DE LA ARMADA C H I L E 1 SHOA Pub. 3107 INSTRUCCIONES

Más detalles

ORDENACIÓN DEL TRÁFICO MARÍTIMO EN LOS ACCESOS AL PUERTO DE BARCELONA. Organización del tráfico de entrada y salida del Puerto de Barcelona.

ORDENACIÓN DEL TRÁFICO MARÍTIMO EN LOS ACCESOS AL PUERTO DE BARCELONA. Organización del tráfico de entrada y salida del Puerto de Barcelona. ORDENACIÓN DEL TRÁFICO MARÍTIMO EN LOS ACCESOS AL PUERTO DE BARCELONA. Organización del tráfico de entrada y salida del Puerto de Barcelona.- Se establece como sistema de organización del tráfico marítimo

Más detalles

Capitanía de Puerto de Puerto Montt C.P.PMO. ORD. N /74/2016 CIRCULAR MARÍTIMA DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUERTO MONTT

Capitanía de Puerto de Puerto Montt C.P.PMO. ORD. N /74/2016 CIRCULAR MARÍTIMA DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUERTO MONTT CIRCULAR MARÍTIMA DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUERTO MONTT OBJ.: ESTABLECE PROCEDIMIENTO ANTE CONDICIONES DE MAL TIEMPO PARA LA JURISDICCIÓN DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUERTO MONTT. REF.: a) D.L. Nº

Más detalles

PATRÓN DE YATE RICARDO GAZTELU-ITURRI LEICEA ITSASO IBÁÑEZ FERNÁNDEZ COLECCIÓN ITSASO N.º 31 NEKAZARITZA, ARRANTZA ETA ELIKADURA SAILA

PATRÓN DE YATE RICARDO GAZTELU-ITURRI LEICEA ITSASO IBÁÑEZ FERNÁNDEZ COLECCIÓN ITSASO N.º 31 NEKAZARITZA, ARRANTZA ETA ELIKADURA SAILA COLECCIÓN ITSASO N.º 31 PATRÓN DE YATE RICARDO GAZTELU-ITURRI LEICEA ITSASO IBÁÑEZ FERNÁNDEZ NEKAZARITZA, ARRANTZA ETA ELIKADURA SAILA DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN PATRÓN DE YATE RICARDO

Más detalles

I. NOMENCLATURA NÁUTICA 1.- En nuestro barco, la distancia vertical medida desde el canto bajo de la quilla hasta la superficie del agua se denomina: a) Eslora. b) Manga. c) Puntal. d) Calado. 2.- En el

Más detalles

CORREGIDO. Código de Test Decimos que la línea que se forma por la intersección del agua con el casco, se llama:

CORREGIDO. Código de Test Decimos que la línea que se forma por la intersección del agua con el casco, se llama: Nomenclatura Náutica Decimos que la línea que se forma por la intersección del agua con el casco, se llama: 1 a) Plano de flotación. b) Línea de flotación. c) Obra viva. d) Todas las respuestas son correctas.

Más detalles

Se adjunta informe técnico en anexo II. Madrid, 19 de diciembre de 2005 EL SECRETARIO GENERAL. - A. Luís Iglesias Martín.-

Se adjunta informe técnico en anexo II. Madrid, 19 de diciembre de 2005 EL SECRETARIO GENERAL. - A. Luís Iglesias Martín.- Enusa, Industrias Avanzadas, S.A. Km. 7, Carretera de Ciudad Rodrigo a Lumbrales 37592 Saelices el Chico (Salamanca) Att. D. Marcial Criado Martín Director ASUNTO: AUTORIZACIÓN DE SERVICIO DE PROTECCIÓN

Más detalles