BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA SECCIÓN II ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA. Residencia Municipal de Getxo
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- María Cristina Naranjo Jiménez
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1 Pág. 1 SECCIÓN II ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA Residencia Municipal de Getxo Aprobación del incremento retributivo para 2017 y la Relación de Puestos de Trabajo del personal de la Residencia Municipal de Getxo. En ejecución del acuerdo del Consejo Rector número 26, de 31 de octubre de 2017, se procede a publicar en su totalidad el acuerdo junto con la Relación de Puestos de Trabajo. Primero: Incrementar las retribuciones del personal al servicio del OAL Residencia Municipal de Getxo, en todos los conceptos retributivos en un 1%. El incremento se realizará de acuerdo con los siguientes criterios: Retribuciones Básicas: Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinaria. Su cuantía se fija por las leyes de Presupuestos Generales del Estado. Sueldo: Su cuantía viene determinada por el grupo o subgrupo de clasificación y está determinada en el artículo 18.cinco de la ley 3/2017 de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado y se ha incrementado en un 1%. Trienios: consisten en una cantidad, que será igual para cada Subgrupo, por cada tres años de servicio, al igual que el Salario Base, su cuantía se determina en el artículo 18.cinco de la ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y se ha incrementado en un 1% respecto de las del año Taldea/Azpitaldea 7/2007 Legea Grupo/Subgrupo Ley 7/2007 Soldata ( ) Sueldo ( ) Hirurtekoak ( ) Trienios ( ) A ,32 522,24 A ,12 425,76 C ,12 322,20 C ,72 219,24 E (30/1984 Legea) eta talde profesionalak (7/2007 Legea) E (Ley 30/1984) y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007) 6.714,00 165,00 Los empleados al servicio del OAL Residencia Municipal de Getxo, en cada una de las Pagas Extras de los meses de junio y diciembre en el año 2017, percibiranen concepto de sueldo y trienios, los importes que a continuación se detallan. Taldea/Azpitaldea 7/2007 Legea Grupo/Subgrupo Ley 7/2007 Soldata ( ) Sueldo ( ) Hirurtekoak ( ) Trienios ( ) A1 698,13 26,85 A2 713,45 25,87 C1 634,82 23,19 C2 605,73 18,09 E (30/1984 Legea) eta talde profesionalak (7/2007 Legea E (Ley 30 / 1984) y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007) 559,50 13,75 cve: -2017a216-(II-5161)
2 Pág. 2 Retribuciones Complementarias: son las que retribuyen las características especiales de los puestos de, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el empleado. Su cuantía global será fijada por Consejo Rector dentro de los límites máximos y mínimos que se señalen por el Estado. Complemento de Destino: Correspondiente al nivel del puesto que se desempeñe, cuya cuantía se fijará anualmente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y que para este ejercicio 2017 se han visto incrementados en un 1%. Complemento específico: retribuye las condiciones de especial dificultad técnica, dedicación,responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad y su cuantía viene fijada en la Relación de Puestos de Trabajo. La aplicación de estos criterios supone un cambio en las cuantías que tiene reflejo en la RPT, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos del OAL corresponde al Consejo Rector su aprobación e incremento en un 1%. Complementos Personales de Antigüedad y Transitorio: Parte del personal al servicio del OAL Residencia Municipal de Getxo viene percibiendo como consecuencia de la Adecuación Retributiva aprobada mediante acuerdo del Consejo Rector de fecha 18 de julio de Dicho acuerdo adecuaba a las disposiciones recogidas en el Convenio Colectivo de las condiciones de Trabajo del personal al servicio del OA Residencia Municipal de Getxo los conceptos retributivos que anteriormente se venían percibiendo. El artículo 85 del citado Convenio preveía la percepción de estos complementos para aquellos supuestos en los que por aplicación del nuevo sistema retributivo se produjera una minoración sobre las retribuciones que se vinieran percibiendo anteriormente. Estos complementos son actualizables por lo que corresponden aplicarles un incremento del 1% a las cuantías vigentes. Las cuantías de Complemento Personal de Antigüedad vigentes para cada uno de los subgrupos con el incremento operado del 1% serán las siguientes: Taldea/Azpitaldea 7/2007 Legea Grupo / Subgrupo Ley 7/2007 Hirurtekoak OP Trienios CP A1 16,61 A2 17,62 C1 15,90 C2 18,02 Talde profesionalak Agrupaciones profesionales 19,22 Segundo: Aprobar la modificación de la RPT en orden a la aplicación de dichos acuerdos. Tercero: Facultar al Presidente para la ejecución de los acuerdos. Cuarto: Publicar el presente acuerdo, juntamente con la RPT modificada por el contenido del punto segundo anterior, en el «Boletín Oficial de Bizkaia». En Getxo, a 31 de octubre de La Presidenta de la Residencia Municipal de Getxo, Elena Coria Yanguas cve: -2017a216-(II-5161)
3 Pág. 3 RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE GETXO, Gerente L 100 A.D A /04/06 S T. SUPERIOR 002 Resp. Asistencial L 100 CO A /7/96 S DIPLOMADO EN ENFERMERIA O 003 Jefe de Cocina L 100 CO C /7/96 S TÉCNICO ESPECIALISTA EN COCINA HOSTELERÍA O EQUI- VALENTE 004 Enfermera/o L 100 CO A N DIPLOMADO EN ENFERMERIA. O 005 Enfermera/o L 100 CO A /01/06 N DIPLOMADO EN ENFERMERIA. O 006 Operario/a de Mantenimiento L 100 CO AP S CERT ESCOLARIDAD 007 Monitor/a Tiempo Libre L 50 CO C /12/2007 S B.U.P, MONITOR DE TT. LIBRE O 008 Administrativo/a L 100 CO C /7/96 S TÉCNICO DE GRADO SUPERIOR DE ADMINISTRCIÓN Y FINANZAS, BUP O EQUIV. 009 Cocinero/a L 100 CO C N GRADUADO EN ESO, TÉCNICO EN COCINA O 010 Cocinero/a L 100 CO C N GRADUADO EN ESO, TÉCNICO EN COCINA O 011 Cocinero/a L 100 CO C N GRADUADO EN ESO, TÉCNICO EN COCINA O. 012 Cocinero/a L 100 CO C N GRADUADO EN ESO TÉCNICO EN COCINA O 013 Aux. Adm- Recepcionista L 100 CO C /12/02 N GRADUADO EN ESO, TÉCNICO DE GRADO MEDIO EN GES- TIÓN ADMINISTRATIVA O EQUIV 014 Aux. Adm- Recepcionista L 100 CO C N GRADUADO ESC, TÉCNICO DE GRADO MEDIO EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA O EQUIV 015 Aux. Adm- Recepcionista L 100 CO C /04/06 N GRADUADO ESC, TÉCNICO DE GRADO MEDIO EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA O EQUIV 016 Aux. Farmacia L 100 CO C S TÉCNICO DE FARMACIA O PARAFARMACIA O 017 Aux.Clinica L 100 CO C N 018 Aux.Clinica L 100 CO C N 019 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N cve: -2017a216-(II-5161)
4 Pág Aux.Clinica L 100 CO C N 021 Aux.Clinica L 100 CO C N 022 Aux.Clinica L 100 CO C N 023 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 024 Aux.Clinica L 100 CO C N 025 Aux.Clinica L 100% CO C N 026 Aux.Clinica L 100 CO C N 027 Aux.Clinica L 100 CO C N 028 Aux.Clinica L 100 CO C N 029 Aux.Clinica L 100 CO C N 030 Aux.Clinica L 100 CO C N 031 Aux.Clinica L 100 CO C N 032 Aux.Clinica L 100 CO C N 033 Aux.Clinica L 100 CO C N 034 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 035 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 036 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 037 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 038 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 039 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N cve: -2017a216-(II-5161)
5 Pág Aux.Clinica L 100 CO C N 041 Aux.Clinica L 100 CO C N 042 Aux.Clinica L 100 CO C N 043 Aux.Clinica L 100 CO C N 044 Aux.Clinica L 100 CO C N 045 Aux.Clinica L 100 CO C N 046 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 047 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 048 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 049 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 050 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 051 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 052 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 053 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 054 Aux.Clinica L 100 CO C N 055 Aux.Clinica L 100 CO C N 056 Aux.Clinica L 100 CO C N 057 Aux.Clinica L 100 CO C /01/06 N 058 Camarera- Limpiadora L 100 CO AP N 059 Camarera- Limpiadora L 100 CO AP N cve: -2017a216-(II-5161) C. ESCOLARIDAD O C.ESCOLARIDAD O
6 Pág Camarera- Limpiadora L 100 CO AP N 061 Trabajador/a social L 80 CO A /12/02 S 062 Enfermera7o L 100 CO A /04/06 N 063 Aux.Clínica L 100 CO C /04/06 N 064 Aux.Clínica L 100 CO C /04/06 N 065 Aux.Clínica L 100 CO C /04/06 N 066 Aux.Clínica L 100 CO C /04/06 N 067 Aux.Clínica L 100 CO C /04/06 N 068 Aux.Clínica L 100 CO C N 069 Aux.Clínica L 100 CO C N 070 Aux.Clínica L 100 CO C N 071 Aux.Clínica L 100 CO C N 072 Aux.Clínica L 100 CO C N 073 Aux.Clínica L 100 CO C N RJ = Régimen Jurídico Priorización Alta RD = Régimen Dedicación L = Laboral FP = Forma Provisión AD = Alta Dirección CO= Concurso-Oposicion G = Grupo CD = Complemento Destino CE = Complemento Específico PL = Perfil Lingüístico TP = Tipo de Puesto S = Singularizado N = Normalizado * Comp. Específico a cobrar en 14 mensualidades. cve: -2017a216-(II-5161) C.ESCOLARIDAD O DIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL DIPLOMADO EN ENFMERIA O BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
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