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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES EN LOS CENTROS SOCIALES DEL MUNICIPIO DE OVIEDO. PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El Ayuntamiento de Oviedo contrata los servicios de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre para su desarrollo y ejecución en los Centros Sociales Municipales del municipio de Oviedo. Las prestaciones objeto de este contrato, se realizarán conforme a las cláusulas que a continuación se indican y de acuerdo con las instrucciones que emita el Ayuntamiento, a través del responsable del contrato o técnico municipal en quien delegue. El objetivo de estas actividades es potenciar la creatividad y favorecer la capacidad de relación entre los participantes, como medio para ocupar el ocio, adquirir nuevos modelos de relación entre los usuarios y reforzar la autoestima del grupo. Por tanto, la actividad está encaminada a: - Conseguir por parte de los alumnos el aprendizaje de las técnicas propias de cada actividad, primando la satisfacción de los alumnos sobre el rendimiento - Disfrutar del aspecto placentero y recreativo de los talleres, así como potenciar la relación humana - Ser una forma de mejorar la salud, el bienestar, la creatividad, las habilidades plásticas, las destrezas artísticas y, en general la calidad de vida. Durante la ejecución del contrato las actividades a desarrollar por la empresa se dividirán en: Oferta Anual de Talleres: diseño de un proyecto de talleres con carácter general en el que se desarrollara actividades socioculturales dirigidas a cada uno de los centros sociales. Talleres especializados: proyecto de talleres con carácter especializado, cuya singularidad en lo referente a contenidos, exclusividad de destinatarios, conocimientos de la persona encargada de impartirla, excelencia de las actividades a materializar, coste asociado a su realización o exigencia de preparación previa reportan su carácter distintivo y diferenciado de las anteriores. La singularidad de estos servicios, por diferentes motivos, hace necesario diferenciarlos de la prestación convencional, y a su vez se establecen dos categorías en función de la complejidad del taller y la necesidad de aportación de material para la realización de los mismos: Talleres A: que no requieren materiales específicos Talleres B: que requieren el aporte de una gran cantidad de materiales o materiales my específicos. 1

2 SEGUNDA.- SERVICIOS QUE SE CONTRATAN A. Impartición de talleres socioculturales en los distintos centros que conforman la Red Municipal de Centros Sociales del Ayuntamiento de Oviedo, de acuerdo con el objeto de este contrato. En cuanto a sus contenidos y funcionamiento, los talleres responderán a las orientaciones señaladas en las cláusulas del presente Pliego, así como en los Anexos que se adjuntan. B.- C.- D.- Control de las incidencias que se sucedan durante la prestación del servicio Preparación de programas, actualización de los mismos, y propuesta periódica de nuevas actividades-talleres a impartir, a remitir tanto en soporte digital como impreso Documentación de las acciones practicadas a lo largo del curso, en relación al conjunto de talleres (incidencias, asistencia, evaluación y propuesta de mejora) En todo lo no previsto se atenderá a las funciones del personal encargado de la impartición de estos servicios, que recoge el Anexo I. TERCERA.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO 3.1 PERSONAL QUE IMPARTE LOS TALLERES Para la ejecución de los servicios descritos, la entidad adjudicataria deberá contar con personal suficiente y con aptitudes idóneas para atender las prestaciones del contrato, asumiendo los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal. En ningún caso podrá considerarse que exista relación laboral alguna entre el personal que aporta el contratista para la prestación del servicio y el Ayuntamiento Oviedo. A tal efecto, la empresa adjudicataria deberá contar con todos los medios materiales y organizativos suficientes para la realización del objeto del contrato, garantizando, a través de su poder de dirección y de sus potestades organizativas y disciplinarias, la correcta calidad y continuidad de los servicios contratados, velando, con sus propios medios, por la correcta prestación de las actividades impartidas a cargo de sus empleados y resolviendo, en definitiva, cualquier incidencia que pudiera producirse. Será necesaria la cobertura del servicio para realizar al menos 1 taller en cada uno de los Centros señalados en el Anexo II, destinando a un profesional-monitor por cada grupo/taller. A tales efectos, se podrá considerar que un mismo profesional imparta distintos grupos de actividad en consonancia con la formación y experiencia demostrada, siempre en grupos y horarios que sean complementarios y no se solapen durante la impartición de las clases. La titulación y experiencia de cada candidato propuesto para prestar el servicio deberá corresponderse con la modalidad de taller a impartir en cada caso, atendiendo a los requisitos mínimos exigidos por cada tipología de actividad o taller. En todo caso, se deberá acreditar experiencia laboral de cada candidato en la impartición de talleres equivalentes a los incluidos en este contrato, de, al menos, un curso escolar -equivalente a 9 meses-, (bien de forma continuada, o como sumatorio de diferentes periodos 2

3 de actividad) en el área-modalidad de taller a impartir. Excepcionalmente, el Ayuntamiento podrá no exigir este requisito (experiencia laboral mínima) en sustituciones de carácter temporal y urgente, siempre y cuando la idoneidad para el cumplimiento de las prestaciones objeto del contrato pueda acreditarse de otro modo. Entre las tareas encomendadas, el profesor/monitor designado por el adjudicatario deberá impartir la actividad en el horario y lugares que se indiquen, con la debida diligencia y respetando los objetivos marcados desde el Ayuntamiento Además, el profesor/monitor atenderá la demanda de información técnica por parte de los participantes, e informará, a través del Coordinador de la entidad, sobre cualquier incidente que pueda ocurrir durante el transcurso de la prestación. Para garantizar la calidad en la prestación de las actividades, la empresa adjudicataria deberá adscribir a la ejecución del contrato a las personas que haya previsto en su oferta. No obstante, si durante la ejecución, alguno causase baja definitiva, o de carácter temporal, la empresa adjudicataria realizará la sustitución por otro monitor que reúna idénticos requisitos de titulación y capacidad exigidos al primero, mediante propuesta del contratista y con la documentación correspondiente, a la cual deberá prestar conformidad el responsable del contrato. Ante situaciones sobrevenidas que motiven la ausencia del monitor, si resultase imposible el desarrollo de alguna sesión (imposibilidad material de realizar una sustitución), la empresa adjudicataria deberá comunicar esta circunstancia a los diferentes participantes, con los que contactará a través de la figura de coordinación, y por medio de la cesión autorizada de los datos personales facilitada por el Ayuntamiento, si bien cabe la posibilidad de su posterior realización en otro momento. 3.2 COORDINACIÓN La empresa adjudicataria deberá proponer, junto con su oferta, las estrategias de coordinación precisas para la adecuada ejecución del contrato, de forma que se garantice el cumplimiento de las funciones encomendadas al personal designado para la ejecución de los servicios y se posibiliten mecanismos de comunicación fluida entre Ayuntamiento y empresa adjudicataria. En todo caso se asegurarán medios para la correcta canalización de las incidencias de toda clase que surjan en el desarrollo de los servicios objeto del presente contrato. Como mínimo, deberán proponerse actuaciones que materialicen las siguientes condiciones: 1. La empresa debe designar a un interlocutor encargado de la coordinación entre la empresa y el responsable del contrato. A través de este interlocutor se canalizarán las incidencias de toda clase que surjan en el desarrollo de la prestación y se realizará la supervisión sobre el trabajo habitual de los monitores 3

4 2. La empresa debe garantizar el control y adecuación de los servicios en cuanto a horarios, sustituciones, diseño de contenidos, formato de la actividad y cuantas otras acciones sean necesarias para asegurar la correcta prestación de las actividades. La coordinación propuesta por la empresa incluirá, de igual forma, un protocolo para el reemplazo y sustitución en los casos de bajas o ausencias del personal asignado por la empresa para el desarrollo de los trabajos. 3. Se deben garantizar mecanismos para: a) Distribuir y proporcionar los materiales necesarios para las actividades b) Imponer directrices a todos los profesionales que prestan el servicio c) Canalizar información al conjunto de monitores d) Supervisar de manera periódica el adecuado ejercicio de las funciones a desarrollar por el monitor incluidos en el marco de este contrato e) Reajustar la adscripción de los monitores, dependiendo de la sincronía y satisfacción de los participantes y de su preparación técnica. 4. Se establecerá un protocolo unificado para enviar comunicados al Ayuntamiento, así como para recibirlos. 5. Se establecerá un procedimiento común para el diseño de la publicidad a distribuir en la red de equipamientos relativa a los talleres objeto de este contrato, documentación que la empresa adjudicataria remitirá al responsable del contrato para su validación, y que posteriormente la empresa distribuirá a cada Centro receptor de actividades. La modificación de los horarios por parte del adjudicatario requerirá de previa autorización municipal, deberá proponerse a través de la figura de coordinación, y en ningún caso podrá determinar unilateralmente el profesor/monitor responsable de impartirla. Como mecanismo de verificación del cumplimiento de los servicios contratados, la empresa adjudicataria facilitará mensualmente, a través de su coordinador, la relación de clases impartidas, entregando para ello original de los documentos de control que la empresa adjudicataria haya establecido como mecanismo de control de sus trabajadores. Estos documentos servirán para la verificación de las horas de clase impartidas y facturación mensual de la empresa. Tras la adjudicación, y atendiendo a la propuesta de coordinación incluida en la oferta, se concretarán los distintos mecanismos que autorice el Ayuntamiento para el adecuado seguimiento del contrato. 3.3 TALLERES Las condiciones y requisitos para participar en el taller, la gestión de las inscripciones, altas y bajas corresponderá al Ayuntamiento, a través de los técnicos y servicios por él designados. 4

5 Con el inicio del taller, el personal designado por el adjudicatario para el desarrollo de los cursos deberá suministrar un programa del curso a cada participante con el temario orientativo de cada una de las sesiones que compondrán el taller anual, las observaciones oportunas relacionadas con ese taller, así como cualquier otra información de utilidad para el correcto desarrollo de las clases. Los contenidos iniciales se ajustarán y definirán de acuerdo con el nivel de los grupos y la evolución natural de los participantes. En este sentido, el programa deberá reajustarse a la progresión mostrada por los participantes durante el desarrollo de cada actividad, así como a sus principales intereses y preferencias. Una vez confirmado, este programa se mantendrá durante el tiempo que transcurra la actividad, independientemente del monitor encargado de impartirla. Antes de la finalización de cada taller, y de manera anual, se realizará una evaluación general mediante cuestionario, entre todos los participantes sobre su grado de satisfacción con la actividad, resultado que se remitirá al responsable del presente contrato a través del soporte informático establecido, quien marcará las directrices de dichas evaluaciones, en cuanto al diseño del cuestionario, y el sistema de su aplicación. Con respecto al cumplimiento del horario previsto y la duración de cada taller contratado, no se incluye para su cálculo el tiempo destinado a la preparación de la actividad (organización de materiales, disposición del espacio, desplazamiento del monitor ). 3.4 MEDIOS Y RECURSOS MATERIALES Para la realización de los talleres la empresa adjudicataria deberá aportar los materiales fungibles necesarios, salvo el material de uso individual del alumno, que correrá a cargo de éste. En los talleres que requieran material inventariable (herramientas, maquinaria, utensilios ) la dotación, mantenimiento, sustitución y reparación serán de cuenta de la empresa adjudicataria. En todo caso, la empresa adjudicataria garantizará la provisión de todos aquellos materiales que haya incluido en su oferta, para cada uno de los talleres objeto de este contrato. Correrá a cargo del adjudicatario la guardia y custodia de dicho material, bajo su única y exclusiva responsabilidad. En la propuesta de Oferta Anual de Talleres, así como en los Talleres de carácter Especializado se detallará el importe total asignado en concepto de material para cada modalidad de taller ofertado, así como el importe total anual máximo asumible en este concepto para todo el conjunto de talleres ofertados. El coste derivado de los mismos se entiende incluido dentro del precio unitario de licitación. El primer día de las actividades deberá entregarse a cada alumno una lista con el material que debe aportar para el taller en el que se ha inscrito. 5

6 La entidad adjudicataria deberá disponer de teléfono y fax habilitados en horario de mañana y tarde, así como teléfono móvil del responsable-coordinador, a los efectos de su localización inmediata. La empresa adjudicataria garantizará, para el adecuado desarrollo del servicio: - La disposición de las instalaciones necesarias para la preparación y diseño de los talleres, junto con los equipamientos correspondientes (equipo informático, mobiliario, documentación técnica, fotocopiadora, plantillas, etc..), así como salas destinadas a las reuniones de equipo. El acceso a esta instalación permitirá su utilización escalonada a lo largo de la semana, de forma que todos los monitores tengan acceso a la misma el tiempo que precisen. - El material fungible necesario para el normal desarrollo de su actividad, así como para el suministro de fotocopias con la documentación que para cada actividad sea preceptivo facilitar a los alumnos participantes - Una dirección de correo electrónico para cada uno de los monitores asignados a la impartición de los talleres, que operará a efectos de las comunicaciones que hayan de realizarse entre coordinación de los servicios y profesionales encargados de prestarlos, de forma complementaria a la comunicación telefónica y presencial. Los gastos que se deriven del uso de los mismos correrán a cargo de la empresa. Para la publicidad de los talleres contratados, la empresa adjudicataria aportará los medios necesarios para el diseño de carteles informativos, así como de su distribución, siguiendo las condiciones especificadas por el técnico responsable del contrato. Deberá diseñar, imprimir y difundir ejemplares de folletos publicitarios sobre el conjunto de actividades municipales ofertadas cada curso en la totalidad de la Red de Centros Sociales, que deberá acomodarse a los modelos aprobados de imagen corporativa, bajo la autorización del responsable del contrato previa a su difusión. 3.5 RELACIONES CON EL USUARIO Durante la prestación del servicio la empresa adjudicataria velará por los intereses de los usuarios y destinatarios de los programas. Dirigirá su actividad de acuerdo a los principios establecidos en la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales del Principado de Asturias, especialmente en los artículos que recogen los derechos y deberes de los usuarios. Conducirá su actividad según el desarrollo normativo que pudiera derivarse de esta ley, y en particular según lo dispuesto en el Reglamento de Funcionamiento de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Oviedo, publicado en BOPA el 11 de junio de En lo no previsto, la empresa atenderá a las especificaciones contempladas en las normas que regulen la participación en las actividades de carácter municipal que se oferten y el funcionamiento interno de los equipamientos en los que se integren los monitores, si las hubiera. 6

7 La empresa adjudicataria, a través de sus trabajadores, deberá asegurar que el servicio se presta a los usuarios con estricta igualdad de trato, respeto y buena disposición. CUARTA. ESPECIFICACIONES DEL PROGRAMA DE TALLERES Los servicios a contratar contemplan la prestación de monitoraje en actividades formativas de contenido diverso, dirigidas preferentemente a población adulta. Entre estas actividades encontramos talleres relacionados con la artesanía del hilo, manualidades y artes plásticas, diferentes estilos de baile, generalidades de cocina, uso y manejo del cuero, pintura y dibujo, diversas manualidades ; todos ellos de naturaleza ocupacional, divulgativa y lúdica. La Oferta de talleres, tanto de carácter anual como los talleres de carácter especializado, deberá responder a una tipología variada dentro de las siguientes modalidades: Actividades relacionadas con la exhibición, formación y degustación gastronómica Actividades que tienen relación con la divulgación y la difusión de la cultura, introducción a ciertas áreas culturales, promoción de la cultural local, fomento de la interculturalidad, etc Actividades de música desde un punto de vista introductorio y general, y metodología no reglada. Actividades de idioma desde un punto de vista introductorio y general, y metodología no reglada. Actividades relacionadas con prácticas de relajación corporal, expresión corporal, estiramientos, y, mantenimiento físico en general Actividades pedagógicas, o durante cuyo desarrollo se precisen de medios de apoyo para el seguimiento de clases magistrales Actividades vinculadas con el medio ambiente y la naturaleza, bien debido a su propio contenido bien por su realización, parcial o totalmente, en el medio abierto y actividades de fomento de hábitos saludables Actividades relacionadas con la artesanía del hilo y la costura, en general Actividades relacionadas con las artes plásticas y manualidades en general Actividades didácticas sobre artes y oficios, autóctonos y foráneos, adaptada a la contemporaneidad Actividades relacionadas con la enseñanza y práctica del baile y la danza (cualquiera de sus variedades), así como otras modalidades de expresión artística Actividades de nuevas tecnologías vinculadas con los medios de comunicación actuales, bien como objeto del taller en sí mismo bien como medio para su realización 7

8 Cualquier otra actividad cuyos contenidos y perfil guarden relación con los talleres que la Concejalía oferta actualmente en la red de Centros Sociales a través de contrataciones de servicios equivalentes a los incluidos en este contrato. Esta distribución tiene efecto meramente orientativo y, por tanto, no pretende ninguna tentativa taxonómica o excluyente. Así, los talleres-modalidades de áreas no incluidas serán considerados cuando su pertinencia resulte convenientemente justificada en la propuesta que se presente. Las actividades propuestas para la Oferta anual deberán adecuarse, en sus contenidos y materias, a la demanda actual, mientras que las actividades propuestas para los talleres especializados deberán contemplar nuevas materias, con contenidos novedosos, que capten la atención de nuevos públicos. Especificaciones del programa: 1. Las Actividades relacionadas con la exhibición, manipulación y/o degustación gastronómica deberán desarrollarse con el personal debidamente uniformado, cumpliendo y haciendo cumplir las condiciones y requisitos de higiene alimentaria en la manipulación de alimentos. 2. En el caso de las Actividades relacionadas con prácticas iniciación y aprendizaje de baile, de relajación y expresión corporal, estiramientos, y mantenimiento físico en general, el adjudicatario deberá aportar a)equipo de sonido y b)material musical docente(cd s u otros soportes documentales). Los alumnos deberá aportar el Material específico de modelación (aislantes, colchonetas, etc ). 3. En el caso de las Actividades teóricas-docentes o durante cuyo desarrollo se precisen de medios de apoyo para el seguimiento de clases magistrales, el adjudicatario deberá aportar a) Proyectores de diapositivas, cañón de video proyector y DVD b) Material docente ( Dvd s, diapositivas ) y c) Equipos de audición El material señalado será el suficiente en número de participantes para cada caso, sin incluir los materiales a aportar por los alumnos para su uso individual. 4. En el caso de las Actividades relacionadas con las artes plásticas y manualidades en general, o de otro tipo de actividades, el adjudicatario deberá aportar el Equipo básico de material fungible y herramientas de trabajo suficiente para la transmisión de técnicas al grupo y / o reserva para eventualidades: Pintura: papel continuo, carboncillos, cinta carrocera, juego de óleos y pinceles. Cerámica: palillos modelados, barro rojo, otros barros, juego básico de esmaltes. Esmaltes: juego básico de colores para esmaltado, placas metal varias. Restauración de muebles: líquidos genéricos de trabajos preparatorios piezas (disolventes y decapantes), lijas y lanillas de lijado y pulimentación. Encuadernación: colas y líquidos genéricos, juego de materiales fungibles de demostración (guardas, ) 8

9 QUINTA.- DISTRIBUCIÓN DEL SERVICIO 5.1 LOCALIZACIÓN Las sesiones se desarrollarán en las salas y espacios de los Centros Sociales habilitados a tal efecto. La empresa adjudicataria deberá preparar estos espacios para la correcta prestación del servicio. Excepcionalmente se podrá autorizar la prestación del servicio en instalaciones no pertenecientes a esta red de equipamientos municipales. La empresa adjudicataria podrá utilizar, una vez iniciado el contrato, las instalaciones de los Centros Sociales para depositar materiales necesarios para los talleres, en las condiciones que establezca el responsable del contrato. Igualmente, podrá acceder a las instalaciones, una vez finalizados los talleres, con objeto de su desalojo. La empresa adjudicataria deberá mantener en buen estado los elementos de aquellas instalaciones municipales en las que pueda prestar el servicio, debiendo reintegrar el coste de los gastos de la reposición o reparación en caso de deterioros producidos por uso inadecuado, siendo responsable de los daños y perjuicios que ocasionare al patrimonio municipal o al uso general o al servicio al que estuviesen destinados 5.2 DISTRIBUCIÓN El Ayuntamiento de Oviedo, a través del responsable del contrato, decidirá con carácter trimestral y con la antelación suficiente, el número de talleres totales a impartir, su modalidad, las fechas de inicio y finalización, los horarios y la distribución geográfica de los mismos, teniendo en cuenta la relación de los distintos equipamientos que componen la Red de Centros Sociales actual y el nº de talleres anuales a impartir en cada uno de ellos-. La empresa adjudicataria está obligada a la recuperación de las clases no impartidas en las fechas y horas previstas, que se definirán de forma consensuada por la empresa adjudicataria y el servicio municipal responsable TEMPORALIZACIÓN La ejecución de los talleres, con carácter general, se realizará coincidiendo con el calendario escolar, no impartiéndose los días no lectivos. La duración de cada taller se corresponde con un curso escolar (aproximadamente nueve meses), a través de tres periodos trimestrales. Excepcionalmente, y a petición del responsable del contrato, estos talleres podrán desarrollarse en otros periodos del año. Los talleres se impartirán en cada Centro dentro del correspondiente horario de apertura al público. Las sesiones se desarrollarán de lunes a viernes, dentro del intervalo horario de apertura al público (comprendido entre 9:00-14:00 y 16:00-22:00; o bien 16:00-21:00, según el 9

10 caso de cada Centro. Salvo indicación en contrario, las sesiones presentarán una duración de 2 horas semanales, alterables por adición o detracción- en fracciones de 1/2 hora. El Ayuntamiento se reserva la facultad de exigir a la empresa adjudicataria la modificación de la programación prevista (horarios, modalidad, frecuencia semanal y duración de talleres), en función de las necesidades que se sucedan. 5.4 CONTROL Y SEGUIMIENTO El control y seguimiento del contrato se efectuará por medio de los siguientes mecanismos: - La visita y supervisión municipal en los Centros donde se desarrolle el servicio - La solicitud de cuanta información se requiera para la verificación de los datos relativos a la ejecución del servicio - La celebración de reuniones de seguimiento periódicas, mantenidas entre Ayuntamiento y empresa adjudicataria. SÉXTA.- AMPLIACIONES Y REDUCCIONES DEL SERVICIO Durante la ejecución del contrato, la relación de instalaciones objeto de este contrato podrá experimentar modificaciones por la adición o detracción de las mismas, así como por la reconfiguración de la distribución nº talleres-centro. El Ayuntamiento podrá solicitar la implantación de cuantos talleres de cada categoría se incluyan en la propuesta presentada,. La insuficiente cobertura de inscripciones operará a efectos de la iniciación y continuidad de los talleres, particularmente con los de carácter especializado. En este sentido, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de la suspensión, temporal o definitiva, de los talleres ofertados, previo a su comienzo. Igualmente, y atendiendo a la insuficiente demanda de plazas, podrá disminuirse la oferta inicial de talleres (grupos) avisando con antelación a la entidad adjudicataria. A los efectos previstos en los arts. 105 y ss del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se contempla la posibilidad de una modificación al alza del precio máximo del contrato hasta un 20% para atender a un eventual incremento del número de talleres a impartir como consecuencia de un aumento de la demanda, de un incremento de listas de espera y/o de la incorporación de nuevos centros a los que sea necesario ofertar estas actividades. El procedimiento incorporaría un informe justificativo de la necesidad de la modificación, amparándose en la circunstancia objetiva del aumento de la demanda del servicio y exigiría la aprobación del órgano de contratación, previa acreditación de la existencia de crédito para atender a ese mayor gasto, la realización de un trámite de audiencia a la empresa adjudicataria, la emisión de los informes del servicio, de la Sección de Contratación, de Asesoría Jurídica y del Servicio de Fiscalización. 10

11 SEPTIMA.- PLAZO DEL CONTRATO El plazo de vigencia del contrato será de un año. OCTAVA.- PRECIO DEL CONTRATO El tipo de licitación para cada taller se establece en los siguientes precios unitarios:: 1.- Oferta Anual: 20,50 /h. excluido el IVA 2.- Talleres especializados: 2.1. Taller A: 33,14 /h. Iva excluido 2.2. Taller B: 51,35 /h. Iva excluido A los efectos previstos en el art del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la baja desproporcionada sólo será aplicable a la Oferta Anual, considerándose desproporcionada o temeraria aquella proposición cuyo su porcentaje exceda en quince (15) unidades porcentuales a la media aritmética de todas las proposiciones presentadas. En el precio ofrecido por los licitadores estarán incluidos los gastos de transporte y cualesquiera otros que puedan derivarse de la ejecución del contrato. El precio final del contrato será el resultado de multiplicar el precio unitario ofrecido por el adjudicatario para cada taller aplicado al número de horas (o la fracción temporal que corresponda) efectivamente prestadas. En consecuencia el precio máximo del contrato queda establecido en la cantidad anual de ,88 /año, sin Iva. Estimación Precio contrato Según tipo talleres Talleres. Oferta anual , ,00 Talleres especializados A ,68 Talleres especializados B ,20 Precio máximo contrato , ,88 21% IVA 4.683, ,93 TOTALES , ,81 Precio máximo contrato con Iva ,65 11

12 Se calcula que en la modalidad de la Oferta Anual se realizarán una media de 68 talleres, de dos horas semanales por cada taller, lo que supone un promedio de 544h / al mes (4.352 horas anuales) En cuanto a los talleres de carácter especializado se estima una media de cuatro talleres por trimestre, por lo tanto mensualmente serán aproximadamente unas 32h/ mes. (288 horas anuales) Para establecer el tipo de licitación de estos talleres se ha tenido en cuenta los medios materiales imprescindibles para su desarrollo, diferenciando entre Talleres A que no requieren material específico (se calculan tres cursos por trimestre, con una duración de dos horas diarias) y Talleres B que requieren el aporte de una gran cantidad de material o para aquellos que requiera material muy especifico. (Se estima un taller por trimestre) NOVENA.- REVISIÓN DE PRECIOS Teniendo en cuenta que el plazo del contrato es de un año, no procede la revisión de precios. DÉCIMA.- RESPONSABLE DEL CONTRATO Se establece como responsable del contrato el Técnico de Centros Sociales. Son funciones del responsable del contrato: a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales. b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la prestación de los servicios en cada una de sus fases. d) Proponer las modificaciones que convenga para el buen desarrollo de los servicios. f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los servicios. g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del servicio. DÉCIMO PRIMERA.- CESIÓN DE DATOS PERSONALES Protección de datos de carácter personal. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación 12

13 del contrato, en especial las derivadas del deber de secreto, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. El adjudicatario y su personal durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del contrato, estarán sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad de las dependencias municipales en las que se desarrolle su trabajo. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. Cesión autorizada de los datos personales Tras la adjudicación del contrato, se llevará a cabo la suscripción de un Documento de Confidencialidad entre el adjudicatario y el Ayuntamiento de Oviedo, que regulará las condiciones de cesión de los datos de carácter personal que se observe necesario establecer durante la prestación de los servicios. El modelo de dicho documento figura en el Anexo III al presente Pliego de Prescripciones Técnicas. DÉCIMO SEGUNDA.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS Todos los estudios y documentos elaborados que puedan derivarse de la ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Oviedo quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. DÉCIMO TERCERA.- PAGO El pago se efectuará por meses vencidos, contra facturas expedidas por el adjudicatario y conformadas por los técnicos municipales. 13

14 ANEXO I Funciones del Monitor de Actividades Socioculturales - Colaborar en la preparación y acondicionamiento de las salas que acogen los talleres, incluyendo traslado y almacenamiento de sillas, mesas u otros elementos necesarios para el correcto desarrollo de la actividad; así como la restitución de la sala a su estado inicial previo al taller - Informar a los usuarios de las características/condiciones de participación y acceso a los talleres - Preparación de medios audiovisuales, cuando así proceda, para el desarrollo del taller: sistema de reproducción del sonido, proyección de imágenes, conexiones, etc - Dar cuenta de cualquier anomalía, desperfecto, etc que se produzca durante el desarrollo del taller, y requiera su reparación y/o oportuna reposición - Comunicar a su coordinador responsable cuantas incidencias se produzcan en el Centro, edificio, instalaciones mobiliario, etc, así como cuantas quejas reclamaciones o sugerencias se generen - Tareas administrativas correspondientes a la elaboración y redacción de los programas de las actividades, presentación de la evaluación anual junto con las propuestas de mejora - Realización de reportaje fotográfico del curso, que habrá de adjuntar junto con la evaluación anual del taller - Será responsable de la confidencialidad de los datos que conozca en razón de sus servicios, en el marco de este contrato - Será responsable del cumplimiento de las normas internas de usos y utilización de las instalaciones, así como de participación en las actividades, durante el transcurso de los talleres que imparta - Comunicarse con los alumnos ante circunstancias sobrevenidas que impidan la realización efectiva de una sesión previamente programada, según las instrucciones establecidas por la coordinación de su empresa - Cualesquiera otras que tengan relación con la naturaleza de su actividad y/o que se determinen por el órgano competente; así como las derivadas del ejercicio de los servicios objeto del contrato (cláusula segunda del Pliego de Prescripciones Técnicas) 14

15 ANEXO II Relación de Centros Sociales Municipales Nº Talleres 1 ANIEVES Bajos de las Viviendas Sociales de San Roque 1 2 ARGAÑOSA Bandames Candamo, BRAÑES Antiguas Escualas, Brañes CACES Antiguas Escuelas, Bisueña, CAMPOMANES Campomanes, COLLOTO Luis Suárez Ximielga, CRISTO I Burriana, CRISTO II Burriana, EL CORTIJO Ctra. La Corredoria, EL LLANO El Llano, FARO Antiguas Escuelas. Faro de Arriba, GODOS Antiguas Escuelas, Godos, GUILLÉN LA FUERZA Plaza de la Iglesia, s/n 2 14 LA ERÍA Bajos del Nuevo Carlos Tartiere 2 15 LA FLORIDA Paseo de La Florida LA MANJOYA Antiguas Escuelas de La Merced, El Caserón, LA MONXINA Alvaro Albornoz 8, Urb. La monxina 1 18 LA RIERA La Riera, 188 (Trubia) 1 19 LAS CALDAS Las Caldas, LAS CAMPAS Quirós, S/n 1 21 LAS CUESTAS Las Cuestas, 54 (Trubia) 1 22 LATORES Antiguas Escuelas. Latores, MANZANEDA Antiguas Escuelas. Manzaneda, MUÑOZ DEGRAIN Plaza Salvador Allende 2 25 NARANCO Fernández de Oviedo, OLIVARES El Casal. Olivares 1 27 OLLONIEGO Ctra. Geral. Avda. Príncipe de Asturias, OTERO Bajos Edificio San Mateo. Otero, PERLAVIA Antiguas Escuelas. Perlavia, PINTORIA Antiguas Escuelas. Pintoria, s/n 1 31 PRIAÑES Antiguas Escuelas. Priañes, s/n 1 32 PUMARÍN Turina, SAN ANDRÉS TRUBIA Antiguas Escuelas. San Andrés, SAN CLAUDIO Antigua Sindical. San Roque, SAN ESTEBAN San Esteban de las Cruces, s/n 1 36 SANTIANES Santianes, SOGRANDIO Antiguas Escuelas. La Campa, SOTO Bajos Grupo Química del Nalón STA MARÍA PIEDRAMUELLE Antiguas Escuelas. La Carrera, TEATINOS I Puerto Pajares, TENDERINA Miguel de Unamuno, TRUBIA/CASINO General Elorza, 6, bajo TUDELA AGÜERIA Antiguas Escuelas. Sotiello, TUDELA VEGUÍN La Manzanilla, s/n 1 45 ULES Carretera Ules, s/n 1 46 VALLOBÍN I Vázquez de Mella, VALLOBÍN II Doctor Solís Cagigal, VENTANIELLES Plaza Lago Enol, s/n 2 49 VETUSTA Ctra. Vetusta, VILLAPEREZ Antiguas Escuelas. Nora, VILLA MAGDALENA Avda. Galicia 2 52 OTROS 68 15

16 ANEXO III Documento de Confidencialidad De una parte, Ayuntamiento del Oviedo, y de otra,, adjudicataria de los servicios de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre en los Centros Sociales Municipales de Oviedo. INTERVIENEN Ambas partes declaran haber convenido otorgar el presente Documento de Confidencialidad, lo que llevan a cabo conforme a las siguientes; ESTIPULACIONES 1. La Ley 1/2003, de 24 de febrero, de Servicios Sociales del Principado de Asturias contempla, entre las funciones atribuidas al sistema público de servicios sociales, la de Favorecer la participación y el pleno y libre desarrollo de las personas y de los grupos dentro de la sociedad, así como el fomento del desarrollo comunitario. Para materializarlo, la propia ley eleva a categoría de prestación la Participación social y desarrollo comunitario (Artículo 32), entendiendo por ella aquellas medidas dirigidas a incrementar la participación social y el desarrollo comunitario dirigidas tanto a individuos como a grupos específicos y a la comunidad a la que pertenecen para favorecer su propia promoción y las posibilidades de participar tanto en la movilización de recursos comunitarios como las estrategias necesarias para estimular su implicación en la solución de problemas y el fortalecimiento de las redes sociales de apoyo El Ayuntamiento materializa dichas acciones por medio de diversos proyectos, programas y servicios, entre los cuales se encuentra comprendido el contrato de los servicios de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre en los Centros Sociales Municipales de Oviedo al que se encuentra vinculado el presente documento. 2. Que para la prestación de dicho servicio, el Ayuntamiento de Oviedo formaliza un contrato con del que el presente documento es Anexo. 3. Que para la ejecución del servicio es necesario que se tenga acceso a los datos de carácter personal de los usuarios, de cuyo tratamiento son responsables el Ayuntamiento de Oviedo y, respectivamente. 4. Que por esta razón, y en cumplimiento de la LOPD 15/99, ambas partes en su libre y espontánea voluntad acuerdan regular este acceso y tratamiento de datos de carácter personal y a tal efecto se señalan expresamente las siguientes obligaciones: - Tener los ficheros de los que son titulares debidamente legalizados y legitimados de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, e implantadas las medidas de seguridad legalmente aplicables. 16

17 - Informar a los titulares de los datos de modo expreso, preciso e inequívoco de: a) La existencia de sus respectivos ficheros o tratamientos de los datos de carácter personal, así como de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información. b) De la necesidad de sus respuestas a las preguntas que les sean planteadas y de la imposibilidad de prestarle el servicio de realización de diversas actividades socioculturales en los Centros Sociales Municipales de Oviedo (inscripción y participación en actividades, cursos, talleres ) si se negasen a suministrarlas y otorgar los consentimientos requeridos. c) De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. d) De la identidad y dirección de los respectivos responsables del tratamiento. - Disponer del consentimiento inequívoco del afectado para el tratamiento de los datos y efectuar las cesiones previstas para la correcta prestación de los servicios. - Guardar el secreto profesional de los datos de los usuarios participantes y destinatarios de los servicios, obligándose, salvo en los casos en los que en aplicación de la normativa esté autorizado, a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, obligación que subsistirá aún después de finalizar sus relaciones. - Responder directamente frente a la Agencia Española de Protección de Datos así como ante la otra parte, de las sanciones pecuniarias y responsabilidades de todo tipo que de los propios incumplimientos en esta materia se deriven para ella misma y pueda alcanzar a la otra parte, incluidos los gastos de los profesionales (letrados, procuradores, técnicos, etc.) en los que incurran para su defensa. 5. El acceso por parte de a los datos de carácter personal facilitados por el Ayuntamiento de Oviedo se realizará única y exclusivamente con la finalidad de prestar el servicio de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre en los Centros Sociales Municipales de Oviedo, de forma que pueda prestar al Ayuntamiento de Oviedo los servicios acordados. 6. aplicará y utilizará los datos facilitados por el Ayuntamiento de Oviedo únicamente para la finalidad prevista en el presente documento, sin que pueda aplicarlos o utilizarlos con fin distinto al que figura en el mismo. 7. Una vez finalizada la colaboración prestada entre las partes, procederá a la cancelación de los datos de carácter personal de los usuarios derivados por el Ayuntamiento de Oviedo a los efectos previstos en la normativa vigente. Y en prueba de conformidad con lo que acontece, ambas partes firman el presente documento en duplicado ejemplar y a un solo efecto, En Oviedo a de.. de

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