C Ó D I G O D E É T I C A. Auditoría Superior del Estado de Nuevo León
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- Estefania Belmonte Alarcón
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1 C Ó D I G O D E É T I C A Auditoría Superior del Estado de Nuevo León 0 de enero de 014
2 CÓDIG Introdu Objetiv Princip Sancio Denun GO DE ÉTICA ucción.. vo pios instituci ones ncia ionales ÍNDICE
3 INTRODUCCIÓN La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León (ASENL) requiere que su personal se conduzca, en el desempeño de sus funciones, de una manera intachable, con un comportamiento basado en principios éticos. La conducta de todo el personal debe ser irreprochable en todo momento y toda circunstancia. Cualquier deficiencia en su conducta profesional o conducta inadecuada en su vida personal perjudica la imagen de integridad de todo el personal adscrito en la ASENL y la calidad y validez de suu labor de auditoría o de servicio. El presente documento contiene el Código de Ética que regirá a todo el personal que labore al servicio de la ASENL. Para estee efecto, expresioness tales como "profesionales", "servidores públicos" y "personal", se consideran equivalentes y deben entenderse en esee sentido. OBJETIVO El objetivo del Código de Ética de la ASENL es: Servir de fundamento para establecer una cultura apegada a principios éticos y morales en la que se sustente la actuación del personal de la ASENL.
4 PRINCIPIOS INSTITUCIONALES En la ASENL, su personal tiene el compromiso o de cumplirr con principios éticos todas sus funciones comoo servidoress públicos. en Estos principios éticos no son meros conceptos, abstracciones ajenas al quehacer cotidiano realizado en la ASENL, sino elementos de trabajo indispensables para el cabal cumplimiento de las responsabilidadess laborales y profesionales de los servidores públicos que colaboran en esta Institución. A continuación se presenta la descripción de integran el Código de Ética de la ASENL: los principios éticos medulares que Profesionalismo competente: Es la obligación de actuar en todoo momento manera profesional en la realización de su trabajo. de I IV. V. V El personal de la ASENL debe poseer entrenamiento técnico, conocimientos suficientes, capacidad y experiencia necesaria para realizar sus tareas de manera honesta, eficaz y eficiente. El personal adscrito de la ASENL debee ser honesto, es decir, actuar con integridad, transparencia e imparcialidad, utilizando los recursos que se le brindan, exclusivamente para el beneficioo de la institución. El personal de la ASENL también deberá de ser eficaz, esto es realizar sus funciones siempre con el objetivo de alcanzar la excelencia y lograr un impacto positivo y constructivo. El desempeño de las funciones del personal de la ASENL deberá ser eficiente caracterizándose por la capacidad de producir el máximo de beneficios con el mínimo de tiempo posible, generando unaa mejor economía. La ASENL requiere que los grupos interdisciplinarios a su servicio procedan en todo momentoo con apego a las disposiciones legales aplicables (leyes, reglamentos y normas profesionales). El personal de la ASENL debe tener presente que su actividad no solo requiere conocimientos y destrezas específicas, sino también compromisos éticos para no encubrir actos ilícitos ni ser indulgentes con los infractores, así como no actuar arbitrariamente con los auditados. 3
5 V El personal que negocie adquisiciones dee los bienes y servicios que la ASENL requiere, debe ofrecer y exigir a los proveedores un trato íntegro y honesto en cada transacción, buscando siempre los mejores intereses para la Institución. Integridad: Es la cualidad que tienen las personas, para comportarse con honradez y resolver por sí mismas situaciones vinculadas con su conducta, mediante su convicción y adhesión a un código de valores y normatividades. El personal de la ASENL, debe actuar con rectitud y honestidad absoluta en la realización de su trabajo, y con eficacia y eficiencia en el uso de los recursos de la institución, y fundamentalmente, estar por encima de toda sospecha para preservar la confianza de la sociedad. La integridad comprende tanto a los valores éticos que atañen a la conducta de los profesionales, servidores públicoss en general, como los relacionados específicamente con la responsabilidad de la fiscalización. Imparcialidad: Es el actuar con justicia y equidad, a fin de preservar la objetividadd a la que estamos comprometidos. Para sustentar la credibilidad de la ASENL, es esencial que su personal demuestre ser imparcial y así sea considerado por la sociedad y por los propios sujetos de fiscalización, mediantee el trato justo y equitativo que están obligados a dispensar. Es indispensable que todo el personal dee la ASENL, mantenga la neutralidad política, con el fin de conservar su independencia con respecto a la influencia política para desempeñar con imparcialidad sus responsabilidades. Confidencia alidad: Mantener extrema reserva, de los hechos, datos circunstancias, de que se tiene conocimiento en el desempeño de nuestra función. y I El personal de la ASENL debe guardar secreto profesional sobre las actuaciones, funciones, acciones y resultados que se realicen en la institución, no debiendo revelarse a terceros (familiares, amistades, y los propios sujetos de fiscalización) ni verbalmente ni por escrito. Se debe guardarr extrema confidencial idad en el uso y protección de la información obtenida en el transcurso de los trabajos y dar a conocer los resultados y actuaciones de la ASENL únicamente en los términos, circunstancias y plazos establecidos por las leyes y disposiciones normativas aplicables. Los auditores no deberán utilizar información recibida en el desempeño de sus obligaciones comoo medio paraa obtener beneficios personales para ellos o para terceras personas. 4
6 Independencia: Es la capacidad de tomar decisiones y actuar libre de presiones, prejuicios o intereses de cualquier índole que amenacen la realización de responsabilidades de manera neutral y equilibrada. Para el personal de la ASENL es indispensable la independencia con respecto a las entidades a fiscalizar, proveedores y otros grupos de interés externos. El personal no solo debe esforzarse porr ser independiente sino que también debe ser objetivo y realizar una evaluación equilibrada de todas las circunstancias relevantes, elaborando sus conclusiones sin dejarse influir por prejuicios o intereses políticos, étnicos, religiosos, gremiales, económicos o de otra naturaleza. I Es esencial que el personal no solo sea sino que también lo parezca. independiente e imparcial de hecho, IV. V. V El personal adscrito a la ASENL está éticamente obligado a no intervenir en ningúnn asunto en el cual tengan algún interés personal, o de cualquier otra índole, que constituya un mpedimento o agravante para desempeñar sus funciones con imparcialidad y objetividad.. En caso de presentarse una situación enn que exista,, o se presuma que exista un conflicto de intereses, la persona involucrada se abstendrá de participar. El personal de la ASENL deberá proteger su independencia y evitar cualquier posible conflicto de intereses, rechazando regalos o gratificaciones que puedan interpretarse como intentos dee influir sobre la integridad de los servidores públicos. V El personal adscrito en la ASENL debe evitar toda clase de relaciones con los directivos y personal de las entidades fiscalizadas y otras personas que puedan comprometer o amenazar la independencia de los auditores para actuar. VI El personal no deberá utilizar su cargo oficial con propósitos privados y deberá evitar relaciones que impliquen un riesgoo de corrupción o que puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e independencia. IX. El personal no podrá asesorar o prestarr servicios distintos de una entidad fiscalizada. la auditoríaa a Objetividad : Es el valor de ver los hechos como son, sin subordinar el juicio propio a criterios ajenos. El personal de la ASENL debe estar consciente de que para que su trabajo tenga validez, debe soportarse exclusivamente en datos y evidencias resultantes de revisiones efectuadas en las cuales se aplicaron las normas y procedimientos establecidos por la Institución. 5
7 I IV. Los auditores están obligados a incluir en sus informes todas las observaciones encontradas en su revisión. Es obligación de los auditores llevar a cabo su trabajo en forma profesional por lo cual no debe incluir comentarios s de situaciones que no hayan sido verificadas y evaluadas por ellos mismos.. Los informes deben incluir con toda exactitud la información, precisioness y comentarios pertinentes que aporten los auditados en descargo de las responsabilidadess imputadas. Actitud Constructiva: Es lograr un cambio favorable que logre beneficios. I La ASENL está obligada a señalar todas las irregularidades y deficiencias que detecte en el hacer de su función pero también debe recomendar la medidas que estime pertinentes para su prevención y corrección, con el propósito de mejorar el desempeño de las entidades públicas. Las recomendaciones deben ser precisas para facilitar su comprensiónn y atención, pero corresponderá a las entidades auditadas tomar las medidas concretas para subsanar las deficiencias. La ASENL no participará en la decisión de las entidades para la aplicación de las recomendaciones. Desarrollo Profesional: Fortalecer al personal mediante el desarrollo de competencias, lo cual se refleja en excelentes resultados y en un desempeño ético permanente. I El personal de la ASENL tienee la obligación continuada de actualizar y mejorar las capacidades requeridas para el desempeño de sus responsabilidades profesionales. Serán positivas y necesarias las propuestas y recomendaciones del personal tendientes a optimizar los procedimientoss y que éstas sean establecidas para el desarrollo de los demás integrantes de la ASENL. El personal debe compromete erse a transmitir los conocimientos que adquieran en actividades de capacitación, con el fin de multiplicar sus efectos positivos en el seno de los organismos auditores. SANCIONES Las violaciones a este Código de Ética pueden dar lugar a sanciones disciplinarias, y para su imposición se evaluará la gravedad y trascendencia de la misma. La sanción será la que establezca la Auditoria Superior del Estado de Nuevo León de acuerdo a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nuevo León.
8 DENUNCIA Los servidoress públicos que tengan informaciónn que pueda suscitar una sospecha razonable de que hubiera ocurrido una violaciónn del Código de Ética, de las leyes aplicables, reglamentos o de normas, o que buscan dirección en materiaa de ética o un tema de cumplimiento que les inquiete, deberán contactar al área de Control Interno de la ASENL llamando al teléfono , o escribiendo a De manera alternativa, también deberán sentir la libertad de llamar a la línea telefónica de denuncia ciudadana (01-800) 3-75 para dejar un mensaje anónimo. 7
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