UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO CENTRO DE ESTUDIOS INTERDISCIPLINARIOS

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1 ANEXO I UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO CENTRO DE ESTUDIOS INTERDISCIPLINARIOS 1.DENOMINACIÓN: Carrera de Posgrado de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior 2.FUNDAMENTACIÓN DE LA PRESENTACIÓN La Carrera de Posgrado de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior tiene por finalidad la formación de graduados de alto nivel y calificación para la gestión de la educación superior y la investigación en temas de Política y Gestión de la Educación Superior. La creciente complejidad que adquiere la actividad universitaria en la actualidad genera demandas inéditas sobre los gestores de la educación superior. En este contexto, se hace ineludible repensar el papel de la formación de estos estamentos dada la importancia que la misma tiene en una concepción moderna de la gestión. La gestión, en instituciones educativas no suponía un desafío mayor para aquellos que ejercían las funciones académicas y de dirección. Pero, en la medida en que avanzó el proceso de masificación de la matrícula y la consiguiente expansión del cuerpo docente y no docente, la vida universitaria se hizo más densa y compleja, especialmente ante el desafío de superar la articulación entre presupuestos decrecientes, matrícula ascendente y requerimientos de elevación de la calidad académica y los ajuste entre las acciones que la institución propone parta dar cumplimiento a sus objetivos. En este sentido, las demandas de transparencia surgidas a partir de la transformación de las relaciones entre el estado y las universidades acaecida en los 90 suponen la necesidad de superar la etapa de administración de la crisis, para entrar en un escenario más sustentable en el que la capacitación y la formación específica puedan abrir caminos nuevos para el sostenimiento, la expansión y el mejoramiento de las instituciones. Esta tendencia, de alcance mundial tiene su máxima expresión en otros países, en los cuales la administración y gerenciamiento de la educación superior constituyen plenamente y desde hace tiempo, una profesión. A pesar

2 de la distancia que separa al modelo universitario argentino de aquél, en términos estructurales, en idiosincrasia, historia y tradiciones, en formas de gobierno y participación, el mejoramiento de la gestión a partir de un reconocimiento de los escenarios posibles y de las herramientas disponibles constituye una meta irrenunciable. El punto de partida puede ser el reconocimiento y el respeto de las especificaciones de la gestión educativa; la misma es compartida, en algunos aspectos, a la desarrollada en otros ámbitos. La materia prima con la que opera la universidad y la que le da sentido e identidad, es el conocimiento en sus distintas facetas; su conservación, producción y transmisión, pero también su distribución equitativa constituye su meta y le dan sentido a su existencia. El mejoramiento de la calidad de la gestión implica utilizar con creatividad los recursos disponibles, construir un espacio interdisciplinario de construcción de conocimiento e intercambio de experiencias, aprovechar los aportes de la educación comparada para adentrarnos en el funcionamiento del tercer nivel en otras latitudes y aprender de sus experiencias, para generar proyectos que, profundamente enraizados en nuestra forma de pensar y en las necesidades de la comunidad supongan un aprovechamiento pleno de las potencialidades disponibles; implica en fin, la capacidad de imaginar y seguir construyendo vínculos sólidos con la sociedad. 3.OBJETIVOS La Carrera de Posgrado de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior se propone como objetivo general contribuir al mejoramiento de la gestión de las instituciones de educación superior brindando a los cursantes una formación sistemática, actualizada y de alta calidad que les permita enfrentar las cada vez más complejas tareas específicas con las herramientas necesarias y el conocimiento global de las tareas a cumplir. Los objetivos específicos a lograr con los cursantes son: Profundizar interdisciplinariamente los conocimientos sobre la teoría y la práctica de la organización del trabajo intelectual y los procesos, estructuras e instituciones de producción, transmisión y apropiación del conocimiento. Adoptar elementos para la comprensión de la gestión de la educación superior en tanto herramienta específica que permita facilitar el funcionamiento de las instituciones. Posibilitar la reflexión crítica sobre el funcionamiento de las instituciones y aportar a partir de la educación comparada- diversas herramientas de utilidad para un mejoramiento de la gestión.

3 Capacitar a los maestrandos en el manejo de las herramientas metodológicas apropiadas para formular y ejecutar proyectos específicos del campo objeto de estudio. 4.CARACTERÍSTICAS DE LA CARRERA 4.1Nivel: Posgrado 4.2 Modalidad de dictado: Presencial 4.3 Acreditación:. Quienes aprueben la totalidad de los requisitos académicos del presente Plan de Estudios podrán obtener el Título de Magíster en Política y Gestión de la Educación Superior. 4.4 Perfil del Título El Magister en Política y Gestión de la Educación Superior es un posgraduado con una sólida formación teórica, metodológica y técnica en el área objeto de estudio. Esto le permitirá enfrentar los desafíos de la gestión de la educación superior con una capacitación interdisciplinaria en el campo teórico y herramientas adecuadas para abordar la complejidad de los problemas educativos. Por otra parte supone además la capacidad para investigar y generar conocimiento relevante en el área específica, contribuyendo de esta manera a una profundización y actualización del conocimiento. 4.5Requisitos de ingreso a) Quienes tengan título de grado expedido por la Universidad Nacional de Rosario, o título equivalente otorgado por universidades argentinas, nacionales, provinciales o privadas, legalmente reconocidas. b) Los graduados en universidades extranjeras oficialmente reconocidas en sus respectivos países, que posean títulos equivalentes a los indicados en el inciso anterior, debidamente certificados. Su admisión no significará reválida del título de grado. c) Quienes no tengan título universitario de grado, pero eventualmente estén autorizados para iniciar el trámite de admisión por la Ley de Educación Superior

4 vigente, y tengan antecedentes profesionales y/o académicos que la Comisión Académica de la Carrera de Maestría considere suficientes para su admisión. 5.ORGANIZACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS 5.1. Ciclos, áreas y asignaturas El Plan de Estudios de la Carrera de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior está organizado en dos áreas principales, una Metodológico- Epistemológica y otra de Formación Específica que tienen, en cada caso, peso diferencial en su carga horaria. Asimismo, la Carrera de Maestría incluye dos Talleres de Investigación. No se plantea un régimen de correlatividades entre las asignaturas por tratarse de materias de contenidos diferentes, que no reconocen una secuencia determinada. La única excepción son los Talleres de Investigación pues requieren un trabajo de construcción consecutiva tendiente a la elaboración del Trabajo Final que deberá contener los primeros resultados de la investigación. De esta manera se aspira a favorecer la presentación de los Trabajos Finales correspondiente a la obtención del título de Magister. 5.2.Asignaturas y contenidos mínimos de las mismas El cursado de la Carrera de Maestría está previsto para desarrollarse en cuatro cuatrimestres. 1-Área Metodológica-Epistemológica 1.1.Filosofía y Epistemología de la Educación Superior Las bases filosóficas de la Educación Superior. La idea de universidad a través de la historia. La crisis de la universidad moderna. La transformación global de la Educación Superior. 2.6.Metodología de la Investigación Social y en Educación Superior Las particularidades de la investigación social: modelos de Investigación, paradigmas, teorías. Abordajes cuantitativos y cualitativos. Convergencias de teorías. La educación superior como campo de estudio: distintas aproximaciones metodológicas.

5 2-Área de Formación Específica 1.3.Instituciones y Sistemas de la Educación Superior Sociogénesis y evolución de las instituciones y Sistemas de Educación Superior Modelos de organización y formas de articulación de la Educación Superior El Sistema de Educación Superior en Argentina: aspectos sociohistóricos organizativos y normativos 2.9.Financiamiento de la Educación Superior. Escuelas de pensamiento económico y Educación Superior. Las fuentes de financiamiento universitario. Los aportes de la experiencia comparada. 1.4.Gobierno de la Educación Superior. La noción de gobierno universitario y el contexto político institucional. Formas y régimen de gobierno. La experiencia internacional. Las peculiaridades del caso argentino 1.5.Política y Gestión del curriculum. La problemática Curricular y la estructura académica de la universidad. Modelos de diseño curricular. El debate actual El cambio curricular 1.2.Estado y Políticas Públicas de la Educación Superior La educación Superior como Política Pública El papel del estado en la formulación e implementación de políticas Públicas Políticas Públicas y Educación Superior: la dimensión pública de la universidad El papel del estado en la formulación e implementación de políticas Públicas Políticas Públicas y Educación Superior: la dimensión pública de la universidad. 2.7.Evaluación de la Educación Superior. El debate en torno a la evaluación de la educación superior. Modelos y formas organizativas de la evaluación. La experiencia internacional. La situación en la Argentina

6 2.8.Sociología organizacional y Planificación Situacional Categorías de análisis de las instituciones de Educación Superior desde la perspectiva organizacional. La experiencia internacional y el caso nacional 2.10.Investigación Institucional y Gestión de la Calidad. Calidad en los procesos de gestión de las Universidades. Problemáticas organizacionales. Demandas de aplicación de herramientas de mejora. Sistemas de Gestión de Calidad. Aplicación de herramientas de gestión de calidad en los procesos de autoevaluación y acreditación universitaria. Autoevaluación institucional. Acreditación de grado. Acreditación de posgrado. Desarrollo de estándares. Formación y entrenamiento de evaluadores. Desarrollo de los procesos de evaluación. Formulación y ejecución de planes de mejoramiento. Talleres de Investigación En los dos talleres está previsto que el maestrando adquiera las capacidades para desarrollar tareas vinculadas a proyectos de investigación. La revisión permanente de los mismos permitirá actuar sobre las dificultades que se presentan. Las actividades de los talleres de investigación implican dos grandes tipos de contenidos: a) Relacionados al diseño del proyecto, estudio de casos, ensayo, informe de trabajo de campo y b) los relativos a la elaboración definitiva del trabajo final. Ambos deberán ser complementados en forma interrelacionada Taller de Investigación I El taller de Investigación I es el espacio para acompañar a los maestrandos en la elaboración de sus proyectos de trabajo así como a desarrollar habilidades requeridas para ejecutar dicho proyecto. Características de distintos géneros en la investigación: tesis, informes, ensayos, entre otros. Elaboración del proyecto de trabajo. Considerar aspectos relacionados con el género de investigación, con la redacción y presentación del escrito y la organización del proyecto. Se trata de que los maestrandos recorten sus temas de trabajo/investigación, formulen problemas, revisen la literatura correspondiente y/o las fuentes de datos según el caso, y elaboren una estrategia metodológica a seguir así como un cronograma de trabajo.

7 2.12.Taller de Investigación II El taller de Investigación II es el espacio destinado para acompañar a los maestrandos en la ejecución de sus proyectos de trabajo así como a discutir avances en el proceso. Elaboración de capítulos, ítems o apartados, según la índole del diseño elaborado en el Taller I. Presentación preliminar de los contenidos del trabajo final. Los Consejeros de Estudio tendrán como función principal acompañar el recorrido curricular de los alumnos, sugiriendo alternativas acordes con sus preferencias de formación y orientándolos en el cumplimiento de los requerimientos académicos. En el caso de la Maestría el tutor puede coincidir o no con el Director de Trabajo Final Evaluación Final La Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior culmina con la presentación y defensa para su evaluación de un Trabajo Final, que podrá adquirir formato de proyecto, estudio de casos, ensayo, informe de trabajo de campo u otras que permitan evidenciar la integración de aprendizajes realizados en el proceso formativo, la profundización de conocimientos en un campo profesional y el manejo de destrezas y perspectivas innovadoras en la profesión. Se entiende por defensa la instancia oral y pública en la que el maestrando expone aspectos relevantes del proceso de elaboración del Trabajo Final y en la que puede ser interrogado por los jurados en relación con las observaciones indicadas por éstos en el dictamen escrito previo en el que aprueba el Trabajo Final para la defensa. Se considerará a la defensa no solo en su vertiente discursiva, sino también como rito académico en el que el sujeto se involucra ya no como estudiante sino como un profesional formado en investigación.

8 6.ASIGNACIÓN HORARIA Y CORRELATIVIDADES Requisitos Académicos Carga Correlatividades 1.1 Filosofía y Epistemología de la Educación Superior Horaria 45 hs Estado y Políticas Públicas de la Educaciòn Superior 45 hs Instituciones y Sistemas de la Educación 45 hs --- Superior 1.4 Gobierno de la Educación Superior 45 hs Política y Gestión del Curriculum 45 hs Metodología de la Investigación Social y de la 90 hs --- Educación Superior 2.7 Evaluación de la Educación Superior 45 hs Sociología Organizacional y Planificación 45 hs --- Situacional 2.9 Financiamiento de la Educación Superior 45 hs Investigación Institucional y Gestión de la 90 hs --- calidad Total horas de cursos 540 HS Talleres de Investigación: 2.11Taller de Investigación I 2.12Taller de Investigación II 80 hs 80 hs 2.11 Tareas de Investigación 160 hs 3.1 Trabajo Final 1.1 a 2.12 TOTAL 700 hs

9 ANEXO II REGLAMENTO DE LA CARRERA DE POSGRADO DE MAESTRÍA EN POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR ARTICULO 1: La carrera de Posgrado de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior está organizada de acuerdo a las pautas establecidas en la Ordenanza N 666/2010 de la Universidad Nacional de Rosario, por las normas que establezca el presente reglamento y la normativa Ministerial vigente. ARTÌCULO 2: La Dirección Académica de la carrera de posgrado de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior estará a cargo de un Director que será designado por el Rector de la Universidad Nacional de Rosario, a propuesta de la Dirección del Centro de Estudios Interdisciplinarios de la Universidad Nacional de Rosario. ARTÌCULO 3: La Carrera de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior contará con una Comisión Académica designada por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Rosario, a propuesta del Director del Centro de Estudios Interdisciplinarios. Dicha Comisión Académica estará constituida por cinco (5) miembros titulares y dos (2) suplentes, quienes deberán ser docentes y/o especialistas de reconocida trayectoria en los campos de capacitación de la Carrera. ARTÍCULO 4: Serán funciones del Director de la Carrera a) Convocar las reuniones de la Comisión Académica de la Maestría y participar en ellas. a) Elevar al Consejo Superior a través del Centro de Estudios Interdisciplinarios todo trámite que requiera resolución de aquél. b) Planificar cada año lectivo las actividades propias de la Carrera. c) Controlar el cumplimiento de los trámites administrativo-académicos inherentes a la Carrera según su modalidad. d) Informar periódicamente sobre la marcha de la Carrera al Centro de Estudios Interdisciplinarios. e) Recomendar a la Dirección del Centro de Estudios Interdisciplinarios todas las actuaciones necesarias para la buena marcha de la Maestría respectiva.

10 f) Organizar la documentación necesaria para los procesos de acreditación / reacreditación y categorización de la Carrera cuando se realicen las convocatorias a tal efecto. g) Realizar periódicamente una evaluación interna del funcionamiento de la Carrera, que permita realizar ajustes y modificaciones tanto en el Plan de Estudios como en el Reglamento de la Carrera con el fin de controlar y actualizar el desarrollo de las actividades. h) Ser el responsable de los contactos con las instituciones universitarias o extrauniversitarias con las que se realicen convenios para el desarrollo de residencias, pasantías o prácticas profesionales. ARTíCULO 5: Serán funciones de la Comisión Académica: a) Actuar como órgano de admisión a la Maestría. Los dictámenes que emita luego de examinar la documentación presentada por el aspirante y de realizar una entrevista personal cuando lo considere necesario, deberán ser fundados y serán inapelables. Los dictámenes deberán ser comunicados fehacientemente a los aspirantes. b) Conducir el proceso de evaluación permanente de la Carrera. c) Aprobar al Director / co-director del Trabajo Final propuesto por el alumno. e) Proponer al Director del CEI, para su aprobación por el Consejo Superior, la constitución de los tribunales de evaluación para las tesis que culmina la Carrera de Maestría f) Proponer al Director del CEI, la aprobación o rechazo de las solicitudes de equivalencia. g) Aceptar o rechazar las solicitudes de prórroga para la presentación de la Tesis la suspensión del cursado, estipulando en cada caso los plazos correspondientes, en los casos previstos en el art.15 de este reglamento. ARTÍCULO 6: Los requisitos para ser admitidos a la Maestría son los siguientes: a) Quienes tengan título de grado expedido por la Universidad Nacional de Rosario, o título equivalente otorgado por universidades argentinas, nacionales, provinciales o privadas, legalmente reconocidas. b) Los graduados en universidades extranjeras oficialmente reconocidas en sus respectivos países, que posean títulos equivalentes a los indicados en el inciso anterior, debidamente certificados. Su admisión no significará reválida del título de grado. c) Quienes no tengan título universitario de grado, pero eventualmente estén autorizados para iniciar el trámite de admisión por la Ley de Educación Superior vigente, y tengan antecedentes profesionales y/o académicos que la Comisión Académica de la Carrera de Maestría en la que aspira ser admitido considere suficientes. Para la inscripción el aspirante deberá presentar: Inscripción:

11 Curriculum Vitae completo, en el mismo deberán mencionarse los estudios efectuados, títulos y distinciones académicas obtenidas, actividades docentes y de investigación en proyectos acreditados, publicaciones y actividades de transferencia al medio. Nota de aceptación y Curriculum Vitae del Consejero de Estudios que actuará como orientador del maestrando hasta su admisión definitiva. Admisión: Este trámite se iniciará una vez aprobado seis seminarios. En esta instancia el aspirante deberá presentar: El Plan de Trabajo Final que incluirá los siguientes puntos: Tema y alcances de la investigación para el Trabajo Final metodología que orientará la realización de misma y la bibliografía que se ha consultado para la elaboración de dicho trabajo. Nota de aval de la presentación firmada por el Director (y co-director si lo hubiere) y Curriculum Vitae de éste/os. Esta nota podrá acompañarse con una propuesta del Director / co-director del Trabajo Final ARTÍCULO 7: Anualmente, el Director de la Carrera suministrará a la Comisión Académica un informe sobre la base del cual se llevarán a cabo los ajustes necesarios que tiendan a garantizar un mejor desarrollo de la carrera. Los elementos de juicio para la elaboración de dicho informe provendrán de informes parciales elaborados por los profesores responsables de las distintas asignaturas y de los relevamientos sistemáticos del parecer de los alumnos de la Carrera. ARTÍCULO 8: El calendario académico será aprobado por la Comisión Académica de la Carrera, a propuesta del Director. ARTÌCULO 9: Cada actividad curricular (Asignatura, Curso, Seminario) establecerá su modalidad de evaluación final (monografía, verificación escrita, coloquio). Para acceder a esa instancia de evaluación el alumno deberá haber asistido a, y participado de, al menos un setenta y cinco por ciento (75%) de las tareas programadas. La regularidad para la presentación de los trabajos tendrá una duración de dos (2) años como máximo. ARTÍCULO 10: Las fechas de entrega de las actividades curriculares quedan establecidas de acuerdo al siguiente cronograma: marzo, julio y diciembre de cada año académico. ARTÌCULO 11: La escala de calificaciones y la confección de actas de todo tipo se regirán por las reglamentaciones vigentes en la Universidad Nacional de Rosario. ARTÍCULO 12: Podrán ser Consejeros de Estudios y Directores / co-directores de Trabajo Final, quienes posean título de Magíster o Doctor emitidos por universidades argentinas o extranjeras y que acrediten antecedentes académicos

12 y de investigación vinculados con el área de conocimiento del Trabajo Final del maestrando. En los casos de las disciplinas en las que no exista un desarrollo de estudios en el presente nivel de posgraduación se podrá, en forma excepcional y debidamente fundada, aceptar un Director / co-director del Trabajo Final que, por su trayectoria académica y científica, acredite méritos equivalentes al título de Magíster. Serán funciones del Consejero de Estudios: a) proponer la presentación del aspirante para el trámite de inscripción. b) orientar al maestrando en las instancias del cursado, el pedido de equivalencias y en la elección del tema del Trabajo Final c) avalar toda solicitud que el maestrando realice a las autoridades de la Maestría. d) las funciones del Consejero de Estudios cesarán cuando haya sido aprobado el trámite de admisión por la Comisión Académica de la Maestría. El Consejero de Estudios podrá pasar a desempeñarse como Director o co-director del Trabajo Final, si así lo acuerda con el maestrando. Serán funciones del Director del Trabajo Final a) asesorar y orientar al aspirante en la elaboración del Plan del Trabajo Final b) avalar la presentación del aspirante en el trámite de admisión. c) evaluar periódicamente el desarrollo de las actividades relacionadas con el desarrollo del Trabajo Final d) informar a la Comisión Académica de la Carrera los cambios sustanciales que modifiquen el Plan del Trabajo Final original durante el transcurso de la investigación. e) presentar un informe final evaluando el proceso de elaboración de la Tesis realizada, los resultados alcanzados y su significación dentro del área de conocimiento en que se inserta el Trabajo Final. f) aconsejar fundadamente a la Comisión Académica de la Carrera el otorgamiento de equivalencias, así como asesorarla en toda otra recomendación sobre el accionar del maestrando que considere pertinente. g) avalar toda presentación que el maestrando realice ante las autoridades de la Carrera. Serán funciones del co-director del Trabajo Final a) colaborar con el Director del Trabajo Final ya sea en relación con todos los aspectos y tramitaciones correspondientes al recorrido académico del maestrando y a la elaboración del Trabajo Final o el Proyecto; o bien en relación con aspectos puntuales que se acuerden entre el Director y el co-director, y que se informen a la Dirección de la Carrera en la nota de aval que cada uno de ellos presente aceptando la dirección / co-dirección, en el trámite de admisión del aspirante. b) cuando el Director del Trabajo Final o Proyecto no resida en la República Argentina, el co-director será la persona a la que se recurrirá en primera instancia para trámites internos referidos al recorrido académico del maestrando. En estos casos, el co-director deberá informar debidamente al Director del Trabajo Final y dejará constancia de ello ante la Dirección de la Carrera.

13 ARTÌCULO 13: La Maestría culmina con la presentación y defensa para su evaluación de un Trabajo Final, que podrá adquirir formato de proyecto, estudio de casos, ensayo, informe de trabajo de campo u otras que permitan evidenciar la integración de aprendizajes realizados en el proceso formativo, la profundización de conocimientos en un campo profesional y el manejo de destrezas y perspectivas innovadoras en la profesión. Se entiende por defensa la instancia oral y pública en la que el maestrando expone aspectos relevantes del proceso de elaboración del Trabajo Final y en la que puede ser interrogado por los jurados en relación con las observaciones indicadas por éstos en el dictamen escrito previo que dio por aprobada el Trabajo Final para la defensa. Se considerará a la defensa no solo en su vertiente discursiva, sino también como rito académico en el que el sujeto se involucra ya no como estudiante sino como un profesional formado en investigación. ARTÍCULO 14: El plazo máximo para la entrega del Trabajo Final será de 3 (tres) años y comenzará a correr a partir de la última aprobación de la actividad curricular, según conste en el acta respectiva. ARTÍCULO 15: Se podrá solicitar prórroga o suspensión para la presentación del Trabajo Final en los siguientes casos: enfermedad grave o incapacidad transitoria, propia o de familiar, tareas de gestión o desempeño en la función pública y maternidad o paternidad. En todos estos casos o en otros que pudieran excepcionalmente presentarse la Comisión Académica de la Carrera de Maestría recomendará, acerca del período de suspensión o prórroga a otorgar, para que se dicte resolución, cuya copia deberá ser elevada al Consejo Superior. La prórroga no podrá ser superior a 4 (cuatro) años. ARTÍCULO16: La evaluación del Trabajo Final se efectuará a solicitud escrita del maestrando ante la Comisión Académica de la Carrera de Maestría. Presentará cuatro (4) ejemplares del Trabajo Final, acompañado por la nota del Director / co- Director que avala la presentación y el Informe final de éste mencionado en el Artículo Nº12, inciso e) correspondiente a las funciones del Director. ARTÌCULO 17: Los jurados de Tesis serán designados por el Consejo Superior en base a la propuesta elevada por del Director del CEI. Los miembros de dicho jurado serán propuestos al Director del CEI por la Comisión Académica de la Carrera. El Jurado deberá estar integrado por tres (3) miembros que cumplan los mismos requisitos indicados respecto de los Directores / co-directores de Tesis según el Art. 12 del presente reglamento. Por lo menos uno de los miembros será externo a la Universidad Nacional de Rosario. El Director del Trabajo Final no integrará el jurado. ARTÍCULO 18: Los miembros del Jurado del Trabajo Final podrán ser recusados por los alumnos ante el Consejo Superior, dentro del término de siete (7) días contados a partir de la notificación fehaciente de su designación al interesado. La recusación se formulará por escrito y por las causales establecidas en el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Nación para la recusación de los jueces.

14 ARTÍCULO 19: Será tarea del Jurado examinar previamente el Trabajo Final presentado, podrá ser aprobado, aprobado con pedido de modificaciones o rechazado. Deberá expedirse para su defensa, en un plazo no mayor de noventa (90) días corridos a partir de la recepción de la notificación respectiva, por voto individual y fundado de cada uno de los miembros del jurado. Si los dictámenes no fueran unánimes en la aprobación del Trabajo Final, para su defensa, la aprobación o el rechazo, se decidirá por simple mayoría. El plazo que se otorga para una tesis aprobada con pedido de modificaciones por parte del Jurado no podrá exceder los ocho (8 ) meses. En el caso de rechazo del Trabajo Final, por dictamen fundado, el maestrando podrá optar por rehacer el trabajo, para lo cual el Jurado propondrá un plazo máximo de un año y lo comunicará a la Comisión Académica de la Carrera. Este plazo podrá acortarse si el maestrando realiza el nuevo trámite de presentación antes de finalizar este período. La nueva presentación del Trabajo Final, iniciará un nuevo trámite similar al anterior y que respetará los plazos y términos indicados para la primera presentación. En esta segunda oportunidad no habrá posibilidad de rehacer el trabajo. El maestrando que no opte por rehacer su Trabajo Final perderá su condición de maestrando dentro de la Carrera y lo mismo ocurrirá con quien, habiéndola corregido, reciba un nuevo dictamen desaprobatorio. ARTICULO 20: Aprobado el Trabajo Final el Jurado acordará con las autoridades de la Carrera el día y la hora de la defensa pública y oral para la evaluación definitiva, en un plazo no mayor de treinta (30) días posteriores a la fecha de la aceptación. La evaluación definitiva del Trabajo Final, deberá efectuarse por dictamen fundado y para calificar se utilizará la escala vigente según el Artículo Nº 11de este Reglamento. En caso de no existir acuerdo en el Jurado, se decidirá por mayoría. Todas las decisiones del Jurado serán inapelables. ARTICULO 21: Toda otra situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por la Comisión Académica, el Director de la Carrera, la Dirección del CEI, y/o elevadas al Consejo Superior, cuando la situación así lo requiera. ARTÌCULO 22: La Carrera de Maestría en Política y Gestión de la Educación Superior se financiará prioritariamente con recursos provenientes de aranceles, convenios y subsidios.

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