NUEVO PLAN DE AJUSTE PARA MODIFICAR LAS CONDICIONES DEL PRESTAMO SUSCRITO EN EL AMBITO DEL REAL DECRETO-LEY 4/2012

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1 NUEVO PLAN DE AJUSTE PARA MODIFICAR LAS CONDICIONES DEL PRESTAMO SUSCRITO EN EL AMBITO DEL REAL DECRETO-LEY 4/2012 AYUNTAMIENTO DE MULA INTRODUCCION El Ayuntamiento de Mula suscribió una operación de crédito a largo plazo por importe de ,68 en el ámbito del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. En el Boletín Oficial del Estado del pasado 14 de mayo aparece publicada la Resolución de 13 de mayo de 2014 de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2014, para la modificación de determinadas condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento suscritas con cargo al mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. Tras la consulta realizada por la Intervención Municipal en la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, resulta que el Ayuntamiento de Mula puede solicitar acogerse a alguna de las siguientes medidas, orientadas a mejorar las condiciones económico-financieras referida a las operaciones formalizadas en el marco de la primera fase del mecanismo de pago a proveedores del Real Decreto-ley 4/2012: - Ampliación del período de carencia en dos años y el período de amortización a 20 años con una reducción mínima del diferencial aplicable sobre el Euribor a 3 meses. - Ampliación del período de carencia en un año, pero no la del período de amortización, con una reducción intermedia del diferencial aplicable sobre Euribor a 3 meses. - Reducción máxima del diferencial aplicable sobre el Euribor a 3 meses. Página 1

2 Según se establece en la mencionada Oficina Virtual, para poder acceder a alguna de las medidas anteriores debe presentarse una solicitud a través de la aplicación de captura habilitada en dicha Oficina Virtual, junto con una documentación adicional que varía en función de la opción elegida. El Equipo de Gobierno pretende elevar al Pleno de la Corporación, que el Ayuntamiento se pueda acoger a la primera de las medidas anteriormente indicadas, es decir, ampliación del período de carencia en dos años y el período de amortización a 20 años con una reducción mínima del diferencial aplicable sobre el Euribor a 3 meses. Dicha decisión viene amparada por el importante volumen de las operaciones asumidas por el Ayuntamiento en aplicación de los distintos mecanismos de pago a proveedores, lo que conlleva que el Ayuntamiento en el horizonte temporal de los próximos 8 años tuviera que llevar a cabo un importante esfuerzo de tesorería para afrontar dichos compromisos. Por tanto con la ampliación hasta los 20 años del plazo de devolución de la operación de crédito, es evidente que se podrá contar con una mayor liquidez para afrontar la mejoría del periodo medio de pago a los proveedores municipales. Dicha medida implica que además de unas condiciones de carácter general, que deben ser asumidas por parte del Ayuntamiento, se deba elaborar un nuevo plan de ajuste que sustituya al anterior y que incluya una serie de medidas adicionales cuyo contenido mínimo ha sigo exigido por el propio Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para poder acceder a la modificación de las condiciones que se pretenden llevar a cabo. Dicho plan deberá contener los ingresos corrientes suficientes para financiar sus gastos corrientes y la amortización de las operaciones de endeudamiento vigentes, incluida la formalizada en el marco del Real Decreto-ley 4/2012. Es por ello que el presente documento, conforma el plan de ajuste que debe ser elevado al Pleno de la Corporación tras haber sido objeto de informe favorable por parte de la Intervención Municipal tal y como consta en el expediente elaborado a tal efecto. Este nuevo plan de ajuste tiene su base en el que sirvió para la autorización del préstamo cuyas condiciones se pretenden modificar, toda vez que las medidas en él contempladas han llevado a que las principales magnitudes presupuestarias se sitúen en los valores expresados en dicho plan de ajuste, tal y como se ha puesto de manifiesto en el último informe Página 2

3 sobre evaluación del cumplimiento del plan de ajuste comunicado por vía telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. A) SITUACION ACTUAL Y PREVISIONES DEL PLAN Los cuadros sobre situación actual y de previsiones de los ingresos y gastos municipales, así como las proyecciones sobre magnitudes financieras, presupuestarias y de endeudamiento, se incluyen en los ANEXOS al presente documento, todo ello de conformidad con los modelos contemplados en la Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, por la que se aprueban el modelo de certificado individual, el modelo para su solicitud y el modelo de plan de ajuste. En cuanto a la situación de los servicios públicos municipales y su financiación, que son detallados por el modelo de Plan de ajuste, se expone a continuación del detalle cada uno de ellos, todo ello de conformidad con los datos obrantes en los Servicios Económicos Municipales: SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA: Este servicio es desarrollado por el Ayuntamiento a través de un contrato de concesión, retribuyéndose el concesionario directamente de los usuarios del servicio para financiar la totalidad de los costes del servicio. En la actualidad este servicio se encuentra equilibrado con la actualización de tarifas que se produjo en el ejercicio En consecuencia el resto de gastos e ingresos de este servicio no son reflejados a través del presupuesto municipal. SERVICIO DE ALCANTARILLADO: Este servicio, al igual que ocurre con el servicio de agua es prestado por el Ayuntamiento de forma indirecta, a través del mismo concesionario que gestiona el servicio de agua. Página 3

4 En consecuencia los únicos gastos que aparecen imputados en el presupuesto municipal se corresponden con las dotaciones para afrontar los cánones municipales de saneamiento que impone ESAMUR. Por tanto teniendo en cuenta ese coste el déficit del este servicio según la liquidación del ejercicio 2013 se ha situado en anuales. SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS: Este servicio público se presta de forma directa por parte del Ayuntamiento, de tal forma que tanto la recogida de residuos como su posterior tratamiento son imputados contablemente a través de las partidas de gastos, tanto del capítulo 1 como 2 del presupuesto municipal. Este servicio se financia a través de la tasa por recogida de basura, encontrándose en equilibrio con la revisión de tarifas efectuada en el año SERVICIOS ASISTENCIALES: Los Servicios Asistenciales agrupados en la política de gasto codificada como 23, cuentan con prestaciones de servicio directas por el Ayuntamiento, pero también con indirectas desarrolladas a través de la Mancomunidad de Servicios Sociales. En el conjunto de esta política de gasto se ha cerrado el ejercicio 2013 con un déficit anuales, una vez tomando en consideración tanto las tasas obtenidas por el centro de la infancia o de conciliación de la vida laboral, como la financiación obtenida mediante subvenciones de la administración autonómica. Página 4

5 No obstante lo anterior, de acuerdo con la reforma de régimen local dichos servicios deberán ser adecuadamente financiados o prestados directamente por las Comunidades Autónomas. SERVICIOS EDUCATIVOS: En lo que respecta a estos servicios hay que distinguir aquellos servicios que propiamente son desarrollados por el Ayuntamiento para la formación educativa, de los prestados en el ámbito de la conservación y mantenimiento de las infraestructuras educativas del municipio (colegios e institutos). En ninguno de ambos casos el Ayuntamiento percibe contraprestaciones económicas por ello, de forma que en el conjunto de esta política de gasto se ha cerrado el ejercicio 2013 con un déficit anuales, si bien de acuerdo con la reforma de régimen local dichos servicios deberán ser adecuadamente financiados o prestados directamente por las Comunidades Autónomas. SERVICIOS DEPORTIVOS: Para el desarrollo de los servicios deportivos el Ayuntamiento cuenta con un Patronato Deportivo, siendo financiado en su integridad por el Ayuntamiento, si bien el coste por el mantenimiento de las infraestructuras deportivas es soportado directamente por éste. La financiación por el uso de las instalaciones deportivas por las actividades deportivas desarrolladas por el Ayuntamiento de Mula, procede en su totalidad de las tasas obtenidas por las actividades deportivas. En consecuencia la totalidad de los servicios deportivos municipales anteriormente descrito, han contado en su conjunto con un déficit en 2013 de anuales. SERVICIOS CULTURALES: Los servicios culturales se contemplan en los programas 3300 Página 5

6 Administración general de la cultura, 3310 Cultura y 3330 Casa Pintada, sin que se obtenga ningún tipo de financiación directa para dichos servicios. Es por ello que estos servicios han arrojado un déficit en 2013 de anuales. PROTECCIÓN CIVIL: El Ayuntamiento no recibe ningún ingreso por la prestación de este servicio, y constituyendo el gasto total de este servicio en la aportación al Consorcio de Protección Civil y Protección de Incendios al que este Ayuntamiento pertenece, existiendo por tanto un déficit en 2013 de El resto de servicios públicos no diferenciados en el modelo de Plan de ajuste establecido por el Ministerio de Hacienda, y que son prestados por el Ayuntamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 7/1985 Reguladora de las bases de régimen local, son los que a continuación expresan en la siguiente tabla según los valores del presupuesto aprobado, indicando para cada uno de ellos la financiación directa que en su caso perciben, ya sea de ingresos por tasas o precios públicos municipales o de subvenciones obtenidas con una finalidad directa relacionada con el servicio: PRESUPUESTO DE GASTOS PRESUPUESTO DE INGRESOS Clasificación por Programas Coste del Servicio Financiación directa del Servicio 1320 Seguridad, tráfico y orden público 1.275,91 300, Vías públicas 196, Cementerio 50,55 18,60 Clasificación Económica Transferencias corrientes CARM Cementerio y servicios funerarios 165 Alumbrado público 654, Parques y jardines 41, Medio Ambiente 71,37 TOTALES 2.290,09 318,60 Cuadro expresado en miles de Página 6

7 B) AJUSTES PROPUESTOS EN EL PLAN B.1) DESCRIPCION MEDIDAS DE INGRESOS MEDIDA: SUBIDAS TRIBUTARIAS, SUPRESIÓN DE EXENCIONES Y BONIFICACIONES VOLUNTARIAS. En el presente plan de ajuste se incluye el impacto que tendrá sobre el impuesto sobre bienes inmuebles, que es el principal impuesto municipal, la aplicación a partir del presente ejercicio 2014 de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 32 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, todo ello como consecuencia de haber sido aceptada el pasado 13 de diciembre de 2013 la solicitud formulada por este Ayuntamiento al respecto frente a la Gerencia Regional del Catastro de Murcia. De esta forma se da cumplimiento a una de las condiciones adicionales establecidas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para poder solicitar las medidas de mejora de las condiciones económico-financieras referida a las operaciones formalizadas en el marco de la primera fase del mecanismo de pago a proveedores del Real Decreto-ley 4/2012. Con dicha actualización y de conformidad con los datos facilitados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, los padrones sobre el impuesto de bienes inmuebles del ejercicio 2014 se verán incrementados en la cuantía de la cuota líquida en los siguientes importes: - Incremento en el padrón de IBI urbana: Incremento en el padrón de IBI rústica: Para el resto de años se ha proyectado manteniendo los valores sin incremento alguno. El resto de impuestos directos se han proyectado de forma constante durante el plazo de vigencia del presente plan, de acuerdo con los valores incluidos en el presupuesto aprobado. En cuanto al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, únicamente indicar que se han establecido unas proyecciones en términos de prudencia financiera que recogen únicamente los valores que puedan dar cobertura a un desarrollo que puede considerarse totalmente ordinario, tal y como ya se Página 7

8 contempló en el presupuesto aprobado para el presente ejercicio 2014, con una estabilización por importe de anuales en la totalidad de la proyección del plan. MEDIDA: CORRECTA FINANCIACIÓN DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS. Con las subidas tarifarias realizadas en el año 2012 se consiguió alcanzar un equilibrio en los servicios de recogida de residuos y de abastecimiento de agua, consiguiendo incrementar con respecto a los valores del ejercicio 2011 un total de en los ingresos del padrón de la basura y de en los ingresos por el servicio de agua. Este equilibrio se deberá mantener durante la vigencia del plan al menos con la actualización necesaria de las tarifas con arreglo al IPC. Por otra parte y de acuerdo con lo establecido en las condiciones adicionales exigidas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se establecen los siguientes compromisos desde la entrada en vigor del presente plan de ajuste: - Al cuarto año desde la aprobación el presente plan de ajuste, aquellos servicios públicos susceptibles de ser financiados con tasas o precios públicos, se autofinancien con tasas y precios públicos. - Sólo se podrán aprobar por el Ayuntamiento, en relación con sus tributos municipales, medidas que determinen un incremento del importe global de las cuotas de cada tributo. - Igualmente sólo se podrán reconocer los beneficios fiscales establecidos con carácter obligatorio por las leyes estatales y, en cuanto a los, sólo podrán aplicar los que estén justificados por motivos sociales. Conforme al nuevo plan de ajuste, a partir de 2016, los ingresos serán superiores en casi un millón de euros, por lo que se podrá financiar el déficit que pudiera producirse en alguno de los servicios que preste este Ayuntamiento, antes de los cuatro años que se da en el plan. Con todas estas actuaciones el reflejo de todos los efectos de las mismas con respecto al conjunto de los ingresos corrientes liquidados en 2013, se expresa en el cuadro B.1 de los Anexos al presente documento. Página 8

9 B.2) DESCRIPCION DE MEDIDAS DE GASTOS. OTRAS MEDIDAS POR EL LADO DE LOS GASTOS Con respecto a los gastos el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas incluye como medida adicional a las condiciones generales para poder acogerse a la modificación de las condiciones de los préstamos derivados del Real Decreto-ley 4/2012, la reducción del 5 % de los gastos de funcionamiento en el ejercicio inmediato siguiente y la congelación en los dos ejercicios siguientes. De conformidad con el presupuesto aprobado para 2014 los gastos de funcionamiento de los servicios municipales acumulados en los capítulos 1, 2 y 4 de dicho presupuesto, ascienden a ,97. Por tanto el 5 % de esos gastos se sitúa en ,90, siendo esta la cantidad de referencia para establecer las medidas de ajuste de gastos. No obstante lo anterior, el Presupuesto aprobado para el ejercicio 2014 ya contemplaba medidas de reajuste en partidas de determinados servicios municipales, si bien contemplaba determinados créditos presupuestarios dentro de los gastos corrientes, que se corresponden con gastos que tienen su finalización en el propio ejercicio Dichas partidas podrán ser objeto de eliminación en las previsiones de los próximos ejercicios, de tal forma que el ahorro obtenido por ello es el que se expresa a continuación: Partida Concepto a la baja Ahorro en 2015 y siguientes Indemnizaciones por sentencias judiciales , Aportación Leader ,00 TOTAL ,00 Por otra parte en los próximos dos años se producirán una serie de jubilaciones en el personal funcionario municipal, otorgando la posibliidad de no cubrir esas plazas que quedarán vacantes durante el periodo que se ha señalado por parte del Ministerio como de reducción de los gastos de funcionamiento. Página 9

10 El detalle del coste que se ahorrá el Ayuntamiento en los años 2015, 2016 y 2017, dejando sin cubrir dichas plazas una vez que se produzca la jubilización es el que se señala a continuación: Plaza Ahorro en 2015 Ahorro en 2016 Ahorro en 2017 Auxiliar Admtvo , , ,02 Limpiadora , , ,96 Policía local , , ,47 TAG , , ,89 Ingeniero , , ,18 Operario Servicios múltiples , , ,26 TOTALES , , ,78 Para terminar de dar cumplimento a la reducción del 5 % de los gastos de funcionamiento anteriormente mencionado, es necesario que los prespuestos de 2015, 2016 y 2017 vean reducidos los conceptos y cuantías que se señalan a continuación: Concepto Concepto a la baja Ahorro en 2015 Ahorro en 2016 Ahorro en y 489 Gastos diversos en los programas de concejalías , , ,00 Transferencias a entidades sin ánimo de lucro , , ,00 TOTAL , , ,00 El resultado de todos los ajustes anteriormente detallados se expresa en el siguiente cuadro: Página 10

11 Concepto de ajuste Ahorro en 2015 Ahorro en 2016 Ahorro en 2017 Partidas del 2014 que no se repiten para 2015 y siguientes , , ,00 Ajustes de personal por jubilaciones , , ,78 Ajuste en el resto de gastos de funcionamiento: programas concejalías + transf.entidades sin animo de lucro , , ,00 TOTAL , , ,78 Para los ejercicios 2018 y siguientes los niveles de gasto se realizan manteniendo una proyección constante sobre los valores alcanzados en 2017, a excepción de los gastos de personal que en 2018 vuelven a recuperar los valores del año 2014, toda vez que las necesidades de ajuste de gastos son menores que en el periodo 2015 a 2017 como consecuencia de la finalización de amortización de los préstamos no vinculados al Real Decreto-ley 4/2012. Por otra parte, también se propone que como medida relativa a los gastos, la realización de inversiones quede condicionada a una financiación externa que cubra el 100 % o si es un porcentaje menor que sean inversiones financieramente sostenibles que generen un retorno económico al Ayuntamiento sobre el montante de la inversión realizada. C) CONCLUSION Tal y como queda plasmado en los Anexos al presente plan, adoptando las medidas de ingresos y los ajustes en los gastos anteriormente detallados, se podrá genera ahorro bruto suficiente para poder llevar a cabo la adecuada financiación de los costes de funcionamiento de los servicios municipales, así como hacer frente a las cargas económicas derivadas tanto de las operaciones de crédito existentes y afrontar la amortización de la operación de préstamo que formalizada al amparo del Real Decreto-ley 4/2012 en los plazos ampliados que se pretenden llevar a cabo. En Mula a 5 de Junio de 2014 Fdo. El Concejal de Hacienda Página 11

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