ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCEPTO DE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCEPTO DE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS."

Transcripción

1 MUNICIPALIDAD DE MUNICIPALIDAD DE DEPTO. RENTAS MUNICIPALES ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCEPTO DE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS. TEXTO REFUNDIDO DE DECRETOS ALCALDICIOS Nos. 02 del , Nº 19 del , Nº 25 del , Nº 46 del , Nº 75 del , N 53 del , Nº 49 del , Nº 602 del , Nº 19 del , Nº 34 del , Nº 602 del , Nº 44 del , Nº 664 del , N 211 del , Nº 748 del , N 378 del , Nº 779 del , Nº 940 del , Nº 925 del , 550 del , 945 del TITULO I : Artículo 1º Cada Departamento Municipal confeccionará respecto de su área de funciones, el giro de los derechos que procedan según se establece en la presente ordenanza y la dará a conocer al interesado quien deberá enterar el monto respectivo en la Tesorería Municipal, al momento de la emisión del boletín. Artículo 2º Los derechos municipales contemplados en la presente ordenanza y que se encuentren expresados en Unidades Tributarias Mensuales, se liquidarán en pesos despreciando los centavos para lo cual el liquidador efectuará la aproximación del monto. El valor de la unidad Tributaria a que se refiere la presente ordenanza, será la vigente a la fecha de efectuarse el giro. Todo pago de derechos por sumas inferiores a 10% de Unidad Tributaria Mensual, podrá cancelarse mediante estampillas municipales adquiridas en la Tesorería Municipal de Machalí. La estampilla deberá adherirse al documento que da cuenta del hecho gravado y serán inutilizadas por el funcionario municipal que autorice. Los giros y su correspondiente pago, deberán hacerse antes del inicio de la concesión, otorgamiento del permiso o la fecha en que se comience a prestar el servicio, salvo en aquellos casos en que la Ley haya fijado otros plazos y modalidades de pago. 1

2 MUNICIPALIDAD DE TITULO II : En cada caso dejará testimonio del pago efectuado en el registro del sistema correspondiente, con indicación en su caso, del Boletín de ingreso y de su fecha. El valor de la unidad Tributaria Mensual a que se refiere la presente Ordenanza, será el vigente a la fecha de la firma de la concesión, permiso o bien a la fecha en que se comienza a recibir el servicio. En el texto de la presente Ordenanza se utilizará la sigla U.T.M. o la expresión Unidad Tributaria Mensual indistintamente. Los Derechos Municipales contemplados en pesos se reajustarán en los meses de Enero y Julio aplicándose la variación afectada por el Índice de Precio al Consumidor. Artículo 3º Cuando por cualquier causal corresponda devolver todo o parte de algún derecho Municipal, procederá a la dictación de un Decreto Alcaldicio, único documento que autorizará a Tesorería Municipal para la confección del cheque respectivo. TITULO III : Los contribuyentes que por cualquier motivo cesen en el ejercicio de cualquier actividad lucrativa que desarrolla, después de pagada la patente o Derecho Municipal, no tendrán derecho a reembolso por el tiempo que le faltare por completar el período cancelado. Los contribuyentes que por cualquier motivo desistiesen de realizar algún trámite que este cancelado, se le devolverá el 50 % del monto cancelado, siempre y cuando esté dentro del ejercicio presupuestario correspondiente. Artículo 4º Los servicios especiales por extracción de basuras, escombros u otros residuos, distintos a los establecidos en el Art. 7º de la Ley de Rentas Municipales, pagarán por concepto de derechos, los que se señalan a continuación: 1. Retiro de Escombros por M3 30 % UTM 2. Retiro de Ramas, hojas u otros provenientes de 20 % UTM Jardines 2

3 MUNICIPALIDAD DE 3. Extracción de árboles, por unidad 1 UTM 4. Informe Técnico para extraer árboles 10 % UTM 5. Extracción de árboles por unidad sobre 5 mts. 2 UTM La extracción de árboles de la presente ordenanza esta referida a la extracción en terrenos o sitios de particulares. Los servicios especiales por trabajos relativos a limpieza y cierros de sitios eriazos o edificados, cancelarán los siguientes derechos municipales: 6. Cierros de sitios con placas (provisión e instalación): a) De 1,80 m. de altura, metro lineal 50 % UTM b) De 2,00 m. de altura, metro lineal 60 % UTM 7. Cierro de sitios con rollizo impregnado 4 5 malla 25 % UTM galvanizada 5014 y dos hebras de alambre de púa, 1,80 m. de altura, metro lineal. 8. Cualquier persona que sea sorprendida arrojando basura, 5 UTM escombros, en los canales de regadío de la Comuna y/o en cualquier lugar de la comuna que no esté expresamente autorizado por los organismos correspondientes, serán sancionados con una multa de : 9. Cualquier persona que sea sorprendida cortando, arrancando, 3 UTM podando árboles, sin la autorización municipal correspondiente en cualquier lugar de la comuna, serán sancionados con una multa de 10. Tarifas Derecho de Aseo año 2.011: a) Valor anual $ b) Valor Semestral $ c) Valor Trimestral $ d) Valor Mensual $

4 MUNICIPALIDAD DE 11. Servicio de residuos sólidos domiciliarios y su transporte al Relleno Sanitario La Yesca, para sobregeneradores, cuya producción sea superior a 60 litros como promedio diario, cancelaran lo siguiente: PRODUCCIÓN DIARIA VALOR De 61 litros a 200 litros 2 UTM anual De 201 litros a 500 litros 4 UTM anual De 501 litros a 1000 litros 8 UTM anual De 1001 litros y más 16 UTM anual Artículo 5º Los servicios por trabajos especiales cancelarán los derechos que se señalan en cada caso: 1. Retiro de Vehículos 1 UTM 2. Retiro de Kioscos 1 UTM 3. Retiro de letreros, atriles, lienzos y cualquier otro elemento 10 % UTM publicitario, sin permiso o mal instalado, por M2 o fracción. El valor mínimo a cancelar por este concepto será de 25 % UTM 4. Retiro de carros, módulos y otros, desde la vía pública 1 UTM TITULO IV : DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE, TRÁNSITO Y VEHÍCULOS. Artículo 6º El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público en los casos que la Ley Nº de Tránsito y el Plan Regulador de la Comuna y demás normas lo permitan, será gravado con el siguiente derecho semestral: 1.- Para vehículos particulares, automóviles, station wagon 1 UTM Camionetas, jeep y similares Las Instituciones Públicas que requieren un espacio reservado deberán ceñirse estrictamente a lo establecido en el Artículo 164º Ley , las que estarán exentas de Derechos Municipales, sin embargo deberán realizar la demarcación del espacio e instalación de la señal vertical que diga estacionamiento reservado y el nombre de la institución. 4

5 MUNICIPALIDAD DE Artículo 7º Los permisos y servicios que se señalan mas adelante cancelaran los derechos que en cada caso se indican: 1. Duplicados de Permisos de Circulación 10 % UTM 2. Duplicados sellos verdes, rojos o amarillos D.S. N % UTM del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones 3. Duplicados de padrones para remolque 10 % UTM 4. Otorgamiento de Licencias de Conducir: 1.- Nuevas o Primeras Licencias: 1. Clases A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 50 % UTM 2. Clases B, C, D, F 50 % UTM 3. Clases E 20 % UTM 2.- Controles 1. Clases A-1, A-2 (Ley ) 35 % UTM 2. Clases A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 (Ley ) 35 % UTM 3. Clases B, C, D, F 50 % UTM 4. Clases E 20 % UTM 3.- Control médico licencias del conductor acogidas al artículo 21 de la Ley Licencias de la comuna 15 % UTM 2. Licencias de otras comunas 20 % UTM Los contribuyentes que por cualquier motivo desistiesen de realizar algún trámite de licencias de conducir y hubiesen rendido algún examen, la municipalidad no devolverá lo cancelado por tal concepto. 5. Duplicado de Licencia de Conducir 25 % UTM 6. Registro Cambio de Domicilio 10 % UTM 7. Permiso provisorio para traslado de vehículos 5 % UTM 8. inscripción de carros y remolques en registro comunal 1 UTM 9. Duplicado para patentes para remolques 20 % UTM 10. Duplicados de Certificado de inscripción en registro comunal 20 % UTM 5

6 MUNICIPALIDAD DE de carros de arrastre y remolque. 11. Cambio de características del vehículo en el permiso de circulación 20 % UTM 12. Cambio de propietario en permiso de circulación 20 % UTM 13. Certificado modificaciones en el Registro 20 % UTM 14. Placa provisoria carro de arrastre o remolque 20 % UTM 15. Otros certificados solicitados por particulares no especificados. 20 % UTM 16. Reemplazo Permiso de Circulación por cambio de inscripción de 10 % UTM D. S. 83 a Ley Duplicados Sellos Verde, Rojo o amarillo, D.S. Nº 54 y % UTM del Ministerio de Transporte 18. Servicios municipales por inspección ocular o cambio 20 % UTM de color de vehículos, efectuados para cualquier trámite que no sea el de otorgamiento de permisos de circulación 19. Certificados varios (tasación vehículos, anulación taxi-colectivo, etc) 10 % UTM 20. Examen Médico Psicotécnico o Examen 25 % UTM Teórico o práctico de reglamento que no tengan relación con el trámite de otorgamiento de Licencia de Conducir, por cada uno de los exámenes. 21. Certificado Antigüedad de Licencia de Conducir 20 % UTM 22. Fotografía digital para licencia de conducir 5 % UTM 23. Registro Cambio de Domicilio 1. Cuando se efectúan controles, ampliación o extensión de 5 % UTM licencia cualquier clase de otras comunas dentro de la región 2. Controles, ampliación o extensión de licencia 10 % UTM 6

7 MUNICIPALIDAD DE cualquier clase de otras comunas fuera de la región 3. Para Licencias pertenecientes a otras comunas 15 % UTM 24. Permiso a Escuelas de Conductores por el uso de vías públicas para clases prácticas, previo, trazadas, autorizadas por la Dirección de Tránsito. 1. Escuela de Conductores Clase B no profesional afectas 2 UTM al D.S. Nº 39/85 del MINTRATEL, semestral por vehículo, 2. Escuela de Conductores Clase A profesional, afectas al D.S. 6 UTM Nº 251/99, del MINTRATEL, valor único semestral 25. Otros derechos no especificados 10 % UTM 26. Revisión y Certificado de Recepción de Señalizaciones de Tránsito: 1. Loteos Nuevos de Viviendas, Supermercados, Malls, 1 UTM colegios, terminales, etc., por proyecto total o por etapa 2. Loteos Nuevos de Viviendas Básicas, Villorrios 25 % UTM campesinos, Asentamientos Programas Chile Barrio, etc. por proyecto o por etapa. 3. Otros proyectos 25 % UTM 27. Informe de barreras y señalizaciones a usar en trabajos en 20 % UTM la vía pública, por cada obra a ejecutar 28. Permisos especiales de tránsito por interrupción temporal 10 % UTM del uso de las vías públicas en actividades sociales, culturales, deportivas u otras 29. Permisos de Tránsito sin interrupción de tránsito 10 % UTM 30. Permiso especial de Tránsito para suspensión parcial de 50 % UTM tránsito por obras de licitación pública (SERVIU, M.O.P.; u otra), por obra, plazo máximo 1 mes. 7

8 MUNICIPALIDAD DE 31. Otros certificados no especificados 50 % UTM Artículo 8º Los servicios de bodegaje respecto de vehículos, animales u otras especies retenidas en corrales Municipales cancelarán los derechos que se señalan, por el período que se indica: 1. Motos, Motonetas y Motocicletas por mes o Fracción de mes 10 % UTM 2. Automóviles, Station Wagón, Furgones y Camionetas por mes 25 % UTM o fracción de mes 3. Vehículos a Tracción animal o Humana por mes o fracción de mes 5 % UTM 4. Camiones, Buses, Microbuses, Taxibuses o Maquinaria por mes 50 % UTM o fracción de mes 5. Animal Mayor, Valor Diario 5 % UTM 6. Animal Menor, valor Diario 2,5 % UTM 7. Otras Especies No Clasificadas 20 % UTM TITULO V : DERECHOS RELACIONADO CON ACTIVIDADES TRANSITORIAS. Artículo 9º El otorgamiento de autorizaciones para la realización de actividades lucrativas, cancelarán los valores que se indican por los períodos que se señalan: 1. Funcionamiento de Circos hasta 4 días 1 UTM 2. Funcionamiento de Parques de Entretenciones, valor diario a. Hasta 500 m2, 1 UTM b. Hasta m2, 2 UTM c. Superior a m2, 3 UTM 8

9 MUNICIPALIDAD DE 3. DERECHOS RELACIONADOS CON LA REALIZACIÓN DE REUNIONES SOCIALES, Y BAILES BENEFICIOS OTROS: 1.- Bailes y otros con venta de bebidas analcohólicas y comestibles: 1. Particulares, Valor Diario 25 % UTM 2. Clubes, instituciones sin fines de lucro, unidades vecinales, 15 % UTM colegios, Valor Diario 2.- Bailes, reuniones sociales y otros, con venta de bebidas alcohólicas, conforme a la Ley de Alcoholes: 1. Clubes, instituciones sin fines de lucro, unidades 30 % UTM vecinales, colegios, Valor Diario 2. Particulares, valor diario de acuerdo a carga de ocupación, calculada en base a Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, según la siguiente tabla, previo informe de factibilidad técnica de Dirección de Tránsito y Transporte Público y Dirección de Obras Municipales Personas 1 UTM Personas 3 UTM Personas 6 UTM Personas 10 UTM y más Personas 20 UTM 3.- Rodeos, carreras a la chilena, diario 1. Sin baile, con venta de bebidas analcohólicas y comestibles 1 UTM 2. Con baile y venta de bebidas analcohólicas y comestibles 3 UTM 3. Sin baile, con venta de bebidas alcohólicas y comestibles 4 UTM 4. Con baile y venta de bebidas alcohólicas y comestibles 5 UTM 4.- Espectáculos públicos (recitales, show artísticos, revistas, etc.) valor diario de acuerdo a carga de ocupación, calculada en base a Ordenanza General de Urbanismo y construcciones, según la siguiente tabla, previo informe de factibilidad técnica de Dirección de Tránsito y Transporte Público y Dirección de Obras Municipales. 9

10 MUNICIPALIDAD DE Personas 1 UTM Personas 2 UTM Personas 4 UTM Personas 8 UTM y más Personas 16 UTM Las solicitudes para efectuar cualquiera de los eventos mencionados anteriormente, deberá solicitarse por escrito, con alo menos una anticipación de 20 días. 5.- Permiso a agrupaciones folclóricas y de teatro callejero para presentaciones en sectores, por un período máximo de 7 días, no renovable dentro del mes calendario y cuya actuación diaria no supere las dos horas de duración y en un horario en que no se perturbe el normal desarrollo de las actividades del sector de emplazamiento: 1. Autorización a agrupaciones folclóricas y de teatro callejero Exento 2. Autorización a agrupaciones folclóricas en la Plaza de Armas 10 % UTM 3. Autorización a agrupaciones de teatro callejero en la 10 % UTM Pérgola de la Plaza de Armas 4. Comercio Ambulante, Valor Diario 5 % UTM 5. Comercio Ambulante, Valor Mensual 15 % UTM 6. Ferias Libres, ferias de las pulgas y similares} 1. Puestos de 4 mts.2 5 % UTM 2. Puestos de 6 mts.2 7 % UTM 3. Puestos de 8 mts.2 9 % UTM 7. Ferias Artesanales, del Juguete, del Libro, Promociones similares, de carácter ocasional, 1.Valor Semanal o fracción 1 UTM 2. Valor Mensual o fracción 2 UTM 3. Valor diario por ferias artesanales o puestos de artesanía en plaza de armas: 10

11 MUNICIPALIDAD DE Puestos de 4 mt.2, valor diario 5 % UTM Puestos de 6 mt.2, valor diario 7% UTM Puestos de 8 mt.2, valor diario 9% UTM Puestos de 8 a 12 mt.2, valor diario 15 % UTM 4. Valor diario por puestos de flores, plantas y similares en plaza de armas: Puestos de 4 mt.2, valor diario 6 % UTM Puestos de 6 mt.2, valor diario 8% UTM Puestos de 8 mt.2, valor diario 10% UTM Puestos de 8 a 12 mt.2, valor diario 15 % UTM 5. Valor diario por puestos de comida típica, gastronomía, pastelería, jugos naturales y similares en plaza de armas: Puestos de 4 mt.2, valor diario 7 % UTM Puestos de 6 mt.2, valor diario 9 % UTM Puestos de 8 mt.2, valor diario 11% UTM Puestos de 8 a 12 mt.2, valor diario 15 % UTM Estos valores se recargaran en un 50% a todos aquellos puestos que ocupen electricidad y en un 50% a aquellos que ocupen agua potable, como los puestos de gastronomía y comida típica. 8. Arriendo de hasta 4 Caballos Valor Semestral 50% UTM Arriendo de un Caballo Valor Semestral 12% UTM 9. Comercio ambulante en Vehículo, Valor Diario 10 % UTM 10. Fonda, ramadas, stands u otras instalaciones para ventas menores, 10 % UTM por cada día de funcionamiento 11. Puestos o ramadas para el expendio de Frutas y verduras, desde el 1 UTM 1º de Diciembre al 31 de Marzo del año siguiente, previo informe favorable de la Dirección de Obras y Tránsito, por temporada 12. Promotoras de productos, sistemas puerta a puerta, mensual o 10 % UTM fracción superior a 7 días 11

12 MUNICIPALIDAD DE 13. Comercio desarrollado exclusivamente con motivo de la navidad 50 % UTM en los locales o recintos particulares, previo informe de la Dirección de Obras Municipales y Dirección de Tránsito y Transporte Público, mes o fracción 14. Actividades comerciales en circunstancias especiales, tales como 10 % UTM fiestas patrias, religiosas, comunales, regionales, Valor Diario 15. Prestaciones de servicios, no definidos en el Artículo 42º, N 2 10 % UTM de la Ley de Rentas Municipales, mensual o fracción 16 Comisionistas independientes, mes o fracción 10 % UTM 17. Traslado o cambio de local de patentes CIPA 50 % UTM 18. Transferencias o cambios de nombres de patentes comerciales, 50 % UTM industriales y de alcoholes 19. Información respecto a Rol de Patente Comercial, Industrial, Profesional y de Alcohol (incluye nombre, giro, ubicación) por cada Rol 1 % UTM 20. Reclasificación de giro y anexo a giro de patentes comerciales, 30 % UTM industriales y profesionales, cuando corresponda 21. Derechos Varios 1. Registro de marca de animales 50 % UTM 2. Certificados varios 10 % UTM 3. Duplicado (fotocopia) de patente CIPA 10 % UTM 4. Copia autentificada de declaración de capital 10 % UTM propio, resoluciones, etc. 22. Puestos de mote con huesillo, Valor anual 2 UTM (Estacionado o ambulante) 23. Puestos de leñas, Valor anual 3 UTM (Estacionado o ambulante) 12

13 MUNICIPALIDAD DE TITULO VI : DERECHOS RELATIVOS A PERMISOS O CONCESIONES EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO. Artículo 10º Los permisos para instalaciones provisorias en bienes nacionales de uso público, cancelarán los valores que se indican, por los períodos de tiempo que se señalan: 1. Circos y Parques de entretención 50 % UTM Valor Diario por espacio ocupado 2. Kioscos autorizados por el Concejo Municipal con Patente Comercial. 20 % UTM Valor Semestral por espacio ocupado máximo 4 M2 3. Ferias Libres 10 % UTM Valor Mensual por M2 4. Ferias Artesanales, del Juguete, del Libro, Promociones o similares, de carácter ocasional, 1. Valor Semanal o fracción 1 UTM 2. Valor Mensual o fracción 2 UTM 3. Valor diario por ferias artesanales, puestos de artesanía, comida típica, gastronomía, pastelería, jugos naturales, flores, plantas y similares en plaza de armas: Puestos de 4 mt.2, valor diario por cada puesto 5 % UTM Puestos de 6 mt.2, valor diario por cada puesto 7% UTM Puestos de 8 mt.2, valor diario por cada puesto 9% UTM 5. Mesas, Toldos, techos, refugios de material ligero, que 10 % UTM ocupen espacios terrestres o aéreos, por cada M2 o fracción ocupado semestral 7. Ocupación de Bien Nacional de Uso Público para extracción de Áridos. 10 % UTM Valor Anual por metro lineal ocupado 8. Mantención de Escombros 5 % UTM Valor Diario, por M2 ocupado 9. Otras Instalaciones provisorias 20 % UTM Por mes o fracción de mes por espacio ocupado 13

14 MUNICIPALIDAD DE 9. Garita de Locomoción colectiva, por M2 o fracción 10 % UTM ocupado mensual. 10. Exhibición de mercadería ocupando la vereda que enfrentan 20 % UTM los locales comerciales con patentes municipales, previo informe de la Dirección de Obras, por cada M2 o fracción ocupado, semestral. 11. Instalación de cabinas telefónicas, sin perjuicio del derecho que 1 UTM corresponda por propaganda, por cada unidad semestral 12. Instalación de Garita de rondines, relojes controles y similares 50 % UTM por M2 o fracción ocupado, anual 13. Ocupación de bienes nacionales de uso público por permisos para 20 % UTM fines turísticos, deportivos o de naturaleza cultural, por M2 o fracción ocupado, anual mínimo 14. Los permisos para la ocupación de bienes nacionales de uso público existente en el sector que comprende la peatonización de la Plaza de Armas, para la instalación de mesas y otros elementos de atención de público anexas a establecimientos comerciales con patentes; instalaciones de ferias artesanales, libros, culturales, promociónales y similares; instalaciones de juegos infantiles, etc., serán autorizadas por el Alcalde, previo informe de las Unidades Municipales correspondientes, estableciéndose en los derechos de autorización, los plazos y condiciones. 15. Por consumo eléctrico para funcionamiento de de ferias de cualquier tipo, se cancelará un derecho municipal de acuerdo a la siguiente tabla: Puestos Valor Diario 10 % UTM Puestos Valor Diario 20 % UTM y más Valor Diario 30 % UTM 16. Por consumo eléctrico de Puestos de papas fritas, kioscos, similares 1. Valor Mensual 20 % UTM 2. Valor Semestral 50 % UTM 14

15 MUNICIPALIDAD DE 17. Uso con apoyo de los postes que se encuentren en bienes nacionales de uso público municipal, de acuerdo a las condiciones y plazos, de acuerdo a 1. Valor Mensual 12 % UTM 2. Valor Anual 1.2 UTM TITULO VII : DERECHOS RELATIVOS A LA PROPAGANDA Artículo 11º Toda propaganda que se realice en la vía pública, o que sea vista u oída desde la misma, cancelará los derechos que se señalan y por los periodos que se indican: 1. Letreros, carteles o avisos luminosos, en locales comerciales 30 % UTM Valor Anual, por M2 2. Letreros, carteles o avisos no luminosos, en locales comerciales 40 % UTM Valor Anual, por M2 El valor mínimo semestral a cobrar para los puntos N 1 Y N 2 será de 50 % UTM 3. Vidrieras o vitrinas salientes de fachadas, por M2 o fracción ocupado, 30 % UTM anual. 4. Vehículos o carros que porten propaganda, por M2 o fracción ocupado, 30 % UTM anual. 5. Publicidad en refugios peatonales por M2 o fracción ocupado, anual 50 % UTM 6. Publicidad en medios gráficos en la vía pública o en recintos particulares, en soportes como letreros gigantes, unipolos, vallas, tótems, prisma univisión, topsites y similares por M2 o fracción. Tipo publicidad Anual Semestral Mes Iluminada 1 UTM 50 % UTM 8,3 % UTM Luminosa 1 UTM 50 % UTM 8,3 % UTM No luminosa 1,2 UTM 60 % UTM 10 % UTM 7. Letreros referidos a la construcción que indique la obra de que se trate, sus profesionales y la empresa constructora por M2 o fracción. Tipo publicidad Anual Semestral Mes Iluminada 80 % UTM 40 % UTM 6.7 % UTM Luminosa 80 % UTM 40 % UTM 6,7 % UTM No luminosa 1 UTM 50 % UTM 8,3 % UTM 15

16 MUNICIPALIDAD DE 8. Letreros referidos a la construcción para promoción y ventas, en donde indique ubicación, precios, especificaciones y características de la construcción, condiciones de venta, empresas o personas naturales encargadas de la promoción o venta, por M2 o fracción Tipo publicidad Anual Semestral Mes Iluminada 60 % UTM 30 % UTM 5 % UTM Luminosa 60 % UTM 30 % UTM 5 % UTM No luminosa 80 % UTM 40 % UTM 6,7 % UTM 9. Publicidad provisoria correspondiente a: a. Lienzos solicitados por empresas o particulares por semana 1 UTM o fracción c/u. b. Hombre o mujer pancarta por semana o fracción, c/u. 20 % UTM c. Palomas o vallas móviles por semana o fracción, c/u. 30 % UTM d. Entrega de volantes, mediante sistema de mano a mano 40 % UTM valor diario. Toda propaganda o publicidad que se efectúe o ilumine con energía alternativa (paneles solares, eólica, etc.), tendrán una rebaja de un 50% en los derechos a cancelar por este concepto. 10. Parlantes, radiodifusión u otro elemento reproductor de sonido, a medio tono, estacionado o móvil 1. Valor Diario 10 % UTM 2. Valor Semanal 20 % UTM 3. Valor Mensual 50 % UTM Artículo 12º No estará afecto a la cancelación de derechos Municipales por concepto de propaganda o publicidad aquella efectuada por servicios públicos, las de carácter religioso, o las instituciones sin fines de lucro y organizaciones contempladas en Ley TITULO VIII : DERECHOS RELATIVOS A URBANISMO Y CONSTRUCCION Artículo 13º Los derechos por concepto de permisos, servicios o concesiones relativos a urbanización y construcción que se señalan mas adelante, cancelaran los montos que se indican en cada caso: 1. Subdivisiones y Loteos 2 % del Avaluó Fiscal del Terreno 16

17 MUNICIPALIDAD DE 2. Obras Nuevas y Ampliaciones 1,5 % del Presupuesto 3. Planos tipos autorizados por el MINVU 1 % del Presupuesto 4. Aprobación de planos de venta por pisos 10 % UTM 5. Inspecciones Técnicas de cualquier tipo 10 % UTM 6. Aprobación de Conjuntos Armónicos 10 % UTM 7. Pavimentación de Aceras y Calzadas 1 % del Presupuesto Serviu 8. Colocación, o rebaje de soleras y sarpas 1% del Presupuesto Serviu 10. Registro cambio uso suelo 10 % UTM 11. Estudio de anteproyectos 5 % UTM 11. Fusiones 1 Cuota Corvi Anteproyectos 1 % Avalúo Fiscal del Terreno El cobro de certificados de avalúo fiscal por los siguientes conceptos: 1. Certificados Simples 1. Propiedad exenta de impuesto territorial $ Propiedad afecta a impuesto territorial $ Certificados Especiales 1. Períodos anteriores $ Desglosado anteriores $ Desglosado en terreno y construcción $ Con clasificación de suelos $ Avalúo proporcional $ Loteos (letra B del Artículo 65º Ley General de Urbanismo y Construcción) 2% del Avaluó Fiscal del Terreno. 13. Modificaciones de loteos 0.75 % del Presupuesto según tabla MINVU 17

18 MUNICIPALIDAD DE 14. Para los efectos del cálculo del presupuesto de obras menores se considerarán los siguientes valores: 1. División Albañilería M2 10 % UTM 2. Abertura de rasgos, por M2 10 % UTM 3. Transformaciones interiores M2 10 % UTM 4. Piscina, por M2 5 % UTM 5. Multicanchas, canchas de fútbol, canchas de tenis 20 % UTM tenis de césped o arcilla 6. Complejos deportivos: 1. Equipamiento básico 1 UTM 2. Equipamiento Menor 2 UTM 7. Planos tipos autorizados por el MINVU 1% presupuesto según tabla, MINVU 8. Reconstrucciones 1% presupuesto de obra elab. por profesional competente 9. Modificaciones de proyectos 0.75% del presupuesto según tabla MINVU 10. Ampliaciones hasta 100 M2 1.5 % del presupuesto según tabla MINVU 11. Demoliciones 1 % del presupuesto de obra, elab. por profesional competente 12. Aprobación de planos acogidos a la Ley Nº copropiedad inmobiliaria: 2 cuotas de ahorro CORVI por unidad a vender más una cuota de ahorro por plano a certificar. 13. Certificado número domiciliario: 1. 1 a 10 viviendas 5 % UTM a 20 viviendas 10 % UTM a 40 viviendas 15 % UTM 18

19 MUNICIPALIDAD DE a 100 viviendas 20 % UTM 5. Sobre 100 viviendas 50 % UTM 14. Certificado de línea cierro 10 % UTM 15. Certificado de Informaciones Previas 15 % UTM 16. Certificado Permiso de Obras (aviso público del permiso, el cual deberá estar visible en la obra, desde vía pública, para efectos de fiscalización Municipal). 1. DFL 2 de 1959 y edificaciones menores a 140 M2 10 % UTM 2. Sobre 140 M2 20 % UTM 17. Certificado de faenas menores (obras previas 10 % UTM autorizables). 18. Certificados de Copropiedad Inmobiliaria: 1. Por unidad a vender 10 % UTM 2. Por plano a certificar 10 % UTM 19. Certificados de arborización y áreas verdes 10 % UTM 20. Certificados varios 25 % UTM Cada vez que un profesional o empresa constructora ingrese proyectos inmobiliarios a este municipio, deberá adjuntar al expediente del proyecto, copia digital de plano georreferenciado bajo las siguientes condiciones: 1. Plano Datum WGS-84, HUSO Plano debe ser ingresado como bloque, es decir, cada Layer debe ser independiente. 3. La versión Autocad debe ser hasta 2007 o versión anterior. Las ampliaciones y obras menores de viviendas sociales individuales subsidiadas por el estado que no excedan de 400 Unidades de Fomento, se rebajaran en el pago de recepciones definitivas en un 75 % en todos los rangos de pago, según la cantidad de viviendas a recepcionar. Para acogerse a estos beneficios, los solicitantes deberán acreditar mediante documentos el otorgamiento de los subsidios del Estado. 19

20 MUNICIPALIDAD DE Artículo 14º 1. La ocupación temporal de bienes nacionales de uso público para instalaciones de faenas, grúas torres, andamios y cierros para la construcción, pagarán un Derecho Municipal Básico de ocupación de bienes nacionales de uso público, según el sector definido, por cada Mes o fracción ocupado y por día, según indica en la tabla siguiente: Valor M2/día: 1. De 1 a 30 días 4 % UTM 2. De 31 a 60 días 6 % UTM 3. De 61 a 90 días 9 % UTM 4. Sobre 90 días 10 % UTM 2. Derechos por ocupación de bienes nacionales de uso público por pavimentos de calzadas y veredas: Reparaciones, rupturas, reposición, alteraciones, mantenciones, remoción y colocación de soleras, pagarán un derecho municipal según la siguiente tabla: 1.- Obras que duren entre 1 y 30 días 1. 1% del presupuesto oficial SERVIU si este oscila entre 1 UTM y 300 UTM 2. 40% del presupuesto oficial SERVIU si este oscila entre 300,01UTM y 500UTM 3. 20% del presupuesto oficial SERVIU si este es superior a 500,01 UTM 2.- Obras que duren entre 31 y 90 días % del presupuesto oficial SERVIU si este oscila entre 1 UTM y 300 UTM 2. 60% del presupuesto oficial SERVIU,si este oscila entre 300,01UTM y 500UTM 3. 30% del presupuesto oficial SERVIU, si este es superior a 500 UTM 3.- Obras que duren sobre 90 días 1. 15% del presupuesto oficial SERVIU, si este oscila entre 1 UTM y 300 UTM 2. 5% del presupuesto oficial SERVIU, si este oscila entre 300,01 UTM y 500 UTM 3. 50% del presupuesto oficial SERVIU, si este es superior a 500, 01 UTM 3. La reproducción de antecedentes y documentos en general existentes en la Dirección de Obras, pagarán los siguientes derechos: 1. Copia Plano Regulador Comunal y su Ordenanza ESC 1: % UTM 2. Copia Plano Regulador Comunal y su Ordenanza ESC 1: UTM 20

21 MUNICIPALIDAD DE 3. Copia autorizada de planos municipales archivados, con permiso, por lámina: 1.- Hasta 1 Ml 20 % UTM 2.- Hasta 1,45 Ml 25 % UTM 3.- Sobre 1,5 Ml 30 % UTM 4. Cuadernillo territorial Plano de Machalí 50 % UTM 5. Copia actualizada de documentos en general, por hoja 5 % UTM 6. Planos Secciónales aprobados: 1.- Escala 1:1000 a 1: % UTM 2.- Escala sobre 1:5000 a 1: % UTM 3.- Memoria Planos Seccionales 35 % UTM 7. Planos actualizados de Machalí, con poblaciones: 1.- Escala 1: % UTM 2.- Escala 1: % UTM 8. Listado de calles con poblaciones 1 UTM 9. Informe de calles con poblaciones 1 UTM 10. Solicitudes de aprobación de anteproyecto o de permisos: 1.- Revisión Proyecto Loteo 1 % Avalúo vigente propiedad 2.- Al momento de ingresar una solicitud de aprobación de anteproyecto o de permiso, la Dirección de Obras exigirá que se consigne un monto equivalente al 10 % del valor del derecho municipal a cancelar conforme al artículo 130º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 11. Autorización de cambio de destino de terrenos y 1,5 % del Ppto.MINVU 12. Kioscos: 1. Carpeta con antecedentes, Kioscos zonas céntricas 50 % UTM 2. Carpeta con antecedentes Garitas Rondines 30 % UTM 4.- Los Servicios y Permisos que se prestan en la Dirección de Obras Municipales, pagarán los derechos que para cada caso se señalan: 21

22 MUNICIPALIDAD DE 1.Plancheta Catastro Predial, c/u y cada predio adicional 2.Hoja trazado de la Vialidad estructurante 3.Certificado de Antigüedad de Construcciones 10 % UTM 20 % UTM 40 % UTM 4.Archivos digitales del aerofotogramétrico, en formato ARCVIEW por hectárea: 1. Líneas de Ejes 0.8 % UTM 2. Arboles 1.3 % UTM 3. Cámaras 0.1 % UTM 4. Construcciones 4.2 % UTM 5. Cotas y Postes 0.4 % UTM 6. Curvas de Nivel 0.9 % UTM 7. Límites de Propiedad 3.7 % UTM 8. Líneas de Soleras 1.1 % UTM 9. Grillas 0.5 % UTM 10. Nombres de Calles 0.2 % UTM 11. Nombres de lugares 0.2 % UTM 12. Hidrografía 0.6 % UTM 13.Vialidad estructurante 0.8 % UTM 5. Coberturas de Unidades Vecinales de la mín.5,27,máx.10,54 UTM Comuna, formato ARCVIEW, 6. Coberturas de Predios Agrícolas de la mín.6,45 UTM, máx.12,30 UTM Comuna, formato ARCVIEW, 7. Zonificación Plano Regular de Machalí, mín. 29,58 máx. 59,16 UTM formato ARCVIEW, 8. Cobertura reparticiones públicas, mín.12,64 UTM,máx. 25,28 UTM formato ARCVIEW, 9. Cobertura de Establecimientos mín. 31,49 UTM, máx. 62,98 UTM Educacionales, actualizados, formato ARCVIEW, 10. Localización equipamiento social y depor- mín.34,69, máx. 69,38 UTM tivo de la comuna formato ARCVIEW, 22

23 MUNICIPALIDAD DE 11. Cobertura de Ejes de calle, con geograficación, mín.34,69, máx.69,38 UTM formato ARCVIEW, 12. Cobertura de patentes de establecimientos mín.7,62, máx.15,24 UTM de patentes de alcoholes, formato ARCVIEW, 13. Informe Revisión Catastral de Propiedades, 50 % UTM solicitados por particulares, cada uno 14. Rectificaciones y modificaciones de resoluciones 1 UTM de subdivisiones, fusiones, copropiedad inmobiliaria, permisos de edificación y loteos, por proyecto 15. Permiso por reposición de sellos y juntura de pavimento, 50 % UTM por cada punto de ubicación (Empresas, Contratistas y personas naturales) Artículo 15 El vencimiento del plazo otorgado en la liquidación de los derechos municipales a que se refieren los artículos precedentes, obliga al interesado a revalidar el permiso, sin cuyo requisito se entenderá caducada la autorización. Los Derechos Municipales a cancelar, por información Catastral y estudios realizados por el Sistema de información Geográfica (SIG), se regularán conforme al las siguientes consideraciones y tablas de valores: Información Catastral: 1. Levantamiento topográfico georeferenciado, incluye línea de 1 UTM edificación, línea de vereda, línea predial georeferenciada de las unidades internacionales de medidas, entregada en formato ARCVIEW. (Plano) 2. Plano de ubicación de la Ciudad de Machalí, 50 % UTM Estudios y Herramientas de Información: 3. Uso de suelo en límite urbano, definido por el S.I.I., 50 % UTM gráfico en formato Carta, el conjunto 4. Uso vial de locomoción colectiva nivel comunal, 50 % UTM 23

24 MUNICIPALIDAD DE gráfico en formato carta, el conjunto 5. Catastro de la pobreza en la comuna, gráfico en 50 % UTM formato carta, el conjunto 6. Certificados de Contratos, Obras, etc. 10 % UTM 7. Certificados de inhabitabilidad por un valor de $ 200 TITULO IX : DERECHOS VARIOS Artículo 16 Los permisos, concesiones y servicios, que se indican mas adelante, cancelara los derechos que se señalan en cada caso. 1. Informes a petición de particulares 5 % UTM Valor expresado en impuesto municipal 2. Copia de documentos de uso público Valor expresado en Impuesto Municipal 20 % UTM 3. Inscripción registros contratistas y proveedores 20 % UTM 4. Guías libre tránsito 1 % UTM 5. Derechos a cobrar por Juzgado de Policía Local 1. Permisos provisorios para conducir por un mes $ Tramitación de exhortos, cada uno $ Certificados de cualquier tipo, cada uno $ Extracción de áridos en toda la comuna de Machali 1 % UTM 7. Cartel Artículo Nº 40 Ley Nº % UTM 8. Uso de recintos para prácticas deportivas 8.1. Complejo Deportivo Guillermo Chacón Perucich 24

25 MUNICIPALIDAD DE Diurno por hora Nocturno por hora Nocturno por hora en época de sobre consumo eléctrico Cancha de tenis Diurno por Hora Nocturno por Hora 30 % UTM 60 % UTM 70 % UTM 10 % UTM 15 % UTM Multicanchas Diurno por Hora Nocturno por Hora 8.2. Gimnasio Municipal de Machalí Diurno por hora Nocturno por hora 8.3. Estadio Municipal Sector Piscina Diurno por hora Nocturno por hora Nocturno por hora en época de sobre consumo eléctrico 8.4. Medialuna Cerro San Juan Valor Diario 8.5. Gimnasio Municipal Coya Diurno por Hora 8.6. Estadio Municipal Coya Diurno por hora Nocturno por hora Nocturno por hora en época de sobre consumo eléctrico 8.7. Medialuna Municipal de Coya Por día 10 % UTM 15 % UTM 10 % UTM 25 % UTM 10 % UTM 25 % UTM 70 % UTM 1 UTM 5 % UTM 10 % UTM 20 % UTM 60 % UTM 1 UTM 8.8. Casino Medialuna Cerro San Juan 1 UTM 25

26 MUNICIPALIDAD DE 8.9. Hostería Municipal Por día 1 UTM Salón Auditorio Por día 1 UTM Estadio Santa Teresita Diurno por Hora Nocturno por Hora Nocturno por hora época de sobre consumo eléctrico 20 % UTM 40 % UTM 60 % UTM Todos los clubes deportivos de la comuna, con personalidad jurídica y directorio vigente, tendrán una rebaja de un 50%, por concepto de arriendo de recintos deportivos. 9. Por otra parte, toda vez que la municipalidad facilite o arriende cualquiera de los recintos mencionados en el inciso anterior, para actividades sociales, culturales, religiosas, deportivas, para instituciones sin fines de lucro, los solicitantes cancelarán 2 UTM, para asegurar cualquier deterioro o daño que se produzca a estos bienes. Monto que será devuelto en un 95 % previo informe favorable de la unidad de deportes del municipio, en caso contrario se efectuarán los descuentos correspondientes hasta alcanzar el monto de los daños y si estos fuesen superior al monto de la garantía, la municipalidad efectuará todas las acciones legales que correspondan para que se cancelen la totalidad de los daños. Se deja expresamente establecido, que toda vez que la municipalidad requiera hacer uso de un recinto determinado para realizar cualquier tipo de eventos, deberá comunicar oportunamente a la administración de estos, y tendrá prioridad por sobre cualquier otra programación. 10. Los servicios que se presten por concepto del programa de biblio-redes en convenio de Municipalidad con la Dirección de biblioteca y archivos nacionales: 1. Hoja carta, oficio impresa con información 0,5 % UTM 2. Por cada Diskette con información 1 % UTM 3. Por cada compact disk con información 1,5 % UTM 4. Digitalización scanner 0,5 % UTM 11. Vehículo de emergencia (ambulancia-chofer-paramédico) 30 % UTM siempre que exista disponibilidad y sea solicitada por lo menos con 10 días de anticipación, para rodeos, 26

27 MUNICIPALIDAD DE domaduras, cicletadas, show, etc., por hora 12. Uso de salas o dependencias de establecimientos municipales. En caso de colegios siempre que haya disponibilidad (no se consideran Laboratorios) y dichas actividades estén en relación con el sistema educacional 1. De 1 a 2 salas 1. Por día 20 % UTM 2. Semanal 50 % UTM 3. Mensual 1 UTM 2. De 3 a 5 salas 1. Por día 40 % UTM 2. Semanal 80 % UTM 3. Mensual 2 UTM 13. Certificados para fines sociales Exento 14. Certificados de Estudios 1,5 % UTM Exímase de este pago a los alumnos que pertenezcan al Programa de Chile Solidario. 15. Copias autorizadas de Ordenanzas, acuerdos 0,5 % UTM resoluciones y decretos municipales, por cada hoja 16. Derechos de traslados de equinos, vacunos, porcinos 0,5 % UTM c/u ovinos y similares (por unidad) 17. Certificado emitido por la DIDECO que acredita que 1 % UTM solicitante no es beneficiario de Programa subsidio único Familiar, Ley Nº Informe de Verificación de propaganda en establecimiento 10 % UTM comerciales, solicitados por Contribuyentes, 19. Daños al patrimonio municipal, mobiliario, señalizaciones 2 UTM de tránsito, etc., mínimo. 27

28 MUNICIPALIDAD DE 20. Los gastos de reproducción en la entrega de información pasiva, solicitada a través de Formulario de Solicitud de Información y página Web, según los siguientes: SOPORTE COSTO 1.- C.D $ D.V.D $ FOTOCOPIAS (blanco y Negro) $ PLANOS $ (m2 amoniacal) $ (bond) Por otra parte, toda vez que la municipalidad facilite cualquiera de sus bienes muebles o mobiliario en general, para actividades sociales, culturales, religiosas, deportivas, para instituciones sin fines de lucro, y organizaciones establecidas en Artículo 29 de la Ley , los solicitantes cancelarán 2 UTM, para asegurar cualquier deterioro que se produzca a estos bienes. Monto que será devuelto en un 95 % previo informe favorable de la unidad de Recursos Humanos, en caso contrario se efectuaran los descuentos correspondientes hasta alcanzar el monto de los daños y si estos fuesen superior al monto de la garantía, la municipalidad efectuará todas las acciones que correspondan para que se cancelen la totalidad de los daños o reponer el mobiliario faltante. Artículo 17 Se autoriza al Departamento de Rentas Municipales para que si en alguna oportunidad, una institución sin fines de lucro, requiera efectuar cualquier tipo de beneficio o comercio, se efectué sin mayor tramitación una exención del 50 % de los valores establecidos en la presente Ordenanza, sin perjuicio de que esta debe dar cumplimiento a las normas sanitarias, de emplazamiento y de las dispuestas en la Ley de Rentas Municipales, si procede. En situaciones calificadas por el Alcalde de la comuna el Departamento de Rentas dejará exento del pago de Derechos Municipales, aquellas actividades de beneficencia emprendidas por particulares o instituciones sin fines de lucro, que busquen ir en ayuda de una causa fundada pudiendo ser enfermedad grave de un vecino o familiar ayuda a familias de escasos recursos, ayuda a menores desprotegidos, ayuda en situaciones de emergencia social, recolección de fondos para navidad u otros fines, y en general, en aquellas actividades que sean solicitadas, deberán ser respaldadas con un informe socioeconómico evacuado por la Dideco. En caso de ser institución sin fines de lucro, 28

29 MUNICIPALIDAD DE deberá presentar informe realizado por Dideco y adjuntar solicitud de la directiva vigente de la Junta de Vecinos del Sector. Las organizaciones sociales como juntas de vecinos, clubes deportivos u otros, que soliciten permiso para efectuar cualquiera de las actividades o eventos mencionados en esta ordenanza, y que soliciten cualquier tipo de exención, deberán presentar conjuntamente con la mencionada solicitud, certificado de vigencia de la personalidad jurídica, vigencia de la directiva y autorización de ésta para realizar la mencionada actividad. Artículo 18 Facúltase al Director de Obras Municipal, para que atendida la situación socioeconómica del recurrente pacte o celebre convenios de pago por concepto de permisos de edificación, pudiendo exceder las cuatro cuotas que establece la Ley de Urbanismo y Construcción. Artículo 19 Los infractores a la presente ordenanza local serán citados al juzgado de policía local, tribunal que aplicará multas de hasta 5 Unidades Tributarias Mensuales. Artículo 20 Los montos concebidos en la presente Ordenanza con máximo y mínimo, deberán fijarse para cada caso en particular, mediante Decreto Alcaldicio, por la unidad correspondiente. Sólo estarán exentas del pago de los derechos establecidos en la presente Ordenanza, las Juntas de Vecinos y además las organizaciones comunitarias funcionales ( Artículo 29º de la Ley Nº ). Para los efectos de esta Ordenanza se entenderá por: 1. Juntas de Vecinos: Las Organizaciones Comunitarias de carácter territorial, con personalidad jurídica, representativas de las personas que residan en una misma Unidad Vecinal y cuyo objeto es promover el desarrollo de la comunidad, defender los intereses y velar por los derechos de los vecinos y colaborar con las autoridades del Estado y la Municipales. 2. Organizaciones Comunitarias Funcionales: Aquellas con personalidad jurídica y sin fines de lucro, que tengan por objeto representar y promover valores e intereses específicos de la comunidad dentro del territorio de la comuna. 29

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES 1 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES CREACIÓN, MODIFICACIÓN Y SUPRESIÓN DE DERECHOS CORRESPONDIENTES

Más detalles

Plaza Esmeralda S/Nº, Olivar Alto Fonos: (56-72) 391610 391376 www.muniolivar.cl contacto@muniolivar.cl

Plaza Esmeralda S/Nº, Olivar Alto Fonos: (56-72) 391610 391376 www.muniolivar.cl contacto@muniolivar.cl Apruébese la Ordenanza Municipal actualizada con fecha Enero del año 2003, aprobadas por el Concejo Municipal, esta ORDENANZA MUNICIPAL regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial

Más detalles

DECRETO Nº 1869. 1.- Modifíquese la Ordenanza de Derechos Municipales en el siguiente sentido:

DECRETO Nº 1869. 1.- Modifíquese la Ordenanza de Derechos Municipales en el siguiente sentido: DECRETO Nº 1869 CHIGUAYANTE, 28 de octubre de 2011 VISTOS: DECRETO: Estos antecedentes: La Ordenanza de Derechos Municipales aprobada por Decreto Alcaldicio N 1347 de fecha 23 de diciembre de 2002; el

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS ILUSTRE MUNICIPALIDAD DALCAHUE TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS Artículo 1. : La presente Ordenanza tiene por objeto regular la forma de

Más detalles

TITULO X DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE PUBLICO, TRANSITO Y VEHICULOS

TITULO X DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE PUBLICO, TRANSITO Y VEHICULOS TITULO X DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE PUBLICO, TRANSITO Y VEHICULOS ARTICULO Nº 087. - El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público, en los casos que la Ley de Tránsito,

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE ERCILLA

ORDENANZA MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE ERCILLA ACUERDO Nº 97/2011: Por cuatro votos, un rechazo y una inhabilitación, se aprueba la Ordenanza Municipal que regula el cobro de derechos Municipales, a contar del 01 de enero de 2012, de acuerdo a lo siguiente:

Más detalles

D E C R E T O E X E N T O Nº 1981 /

D E C R E T O E X E N T O Nº 1981 / MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO Secretaria Municipal Coltauco, 30 de Diciembre de 2013. CONSIDERANDO: D E C R E T O E X E N T O Nº 1981 / - Decreto Exento Nº66 de fecha 25-01-1995, que aprueba Ordenanza Municipal

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES REPÚBLICA DE CHILE PROVINCIA DE LINARES MUNICIPALIDAD SAN JAVIER Dirección de Rentas Municipales TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE OFICINA DE TRANSITO Y PATENTES DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES

MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE OFICINA DE TRANSITO Y PATENTES DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE OFICINA DE TRANSITO Y PATENTES DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES Este Departamento es atendido por su Directora de Transito y Patentes, Doña María Deysi Pérez González y dos

Más detalles

REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA PATENTE COMERCIAL

REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA PATENTE COMERCIAL DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA PATENTE COMERCIAL El presente instructivo cumple el propósito de informar y/o orientar al contribuyente vecinos de Paillaco en los trámites

Más detalles

Permisos de Circulación... 2. Valores... 2. Requisitos para obtener el Permiso de Circulación:... 2. Vehículos nuevos:... 2

Permisos de Circulación... 2. Valores... 2. Requisitos para obtener el Permiso de Circulación:... 2. Vehículos nuevos:... 2 Permisos de Circulación... 2 Valores... 2 Requisitos para obtener el Permiso de Circulación:... 2 Vehículos nuevos:... 2 REQUISITOS PARA RENOVAR PERMISO DE CIRCULACIÓN... 3 Zona Franca afectos a esta Ley...

Más detalles

NOMINA DE TRÁMITES DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES (En respuesta a Ley 20.285)

NOMINA DE TRÁMITES DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES (En respuesta a Ley 20.285) Dirección de Obras Municipales Departamento de Urbanismo 1.- DEPARTAMENTO DE URBANISMO A) CERTIFICADOS NOMINA DE TRÁMITES DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES (En respuesta a Ley 20.285) CERTIFICADO DE INFORMES

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES MUNICIPALES

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES MUNICIPALES MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PATENTES MUNICIPALES 1.0 OBJETIVO El presente tiene por objeto regular un procedimiento uniforme, que sea eficiente y eficaz, para el otorgamiento de patentes

Más detalles

ORDENANZA DE DERECHOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION

ORDENANZA DE DERECHOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION ORDENANZA DE DERECHOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION ESCUELA DE CAPACITACION ASOCIACION CHILENA DE MUNICIPALIDADES OTOÑO-INVIERNO 2014 EL NUEVO ESCENARIO DE LAS FINANZAS MUNICIPALES:HERRAMIENTAS DE GESTION

Más detalles

REGLAMENTO DEL REGISTRO DE CONTRATISTAS DE OBRAS DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO

REGLAMENTO DEL REGISTRO DE CONTRATISTAS DE OBRAS DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO REGLAMENTO DEL REGISTRO DE CONTRATISTAS DE OBRAS DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO VISTOS: Lo dispuesto por la Ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y el Decreto 787 de fecha

Más detalles

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES Art. 1.- Fundamento jurídico. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

DECRETO EXENTO N º 866.- CURARREHUE, 28/10/2014 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES

DECRETO EXENTO N º 866.- CURARREHUE, 28/10/2014 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES DECRETO EXENTO N º 866.- CURARREHUE, 28/10/2014 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES 1.- El Memorandun N º 18 Y 19 del 06 de Octubre 2014, solicita opinión del Concejo Municipal y cambio en los distintos departamentos

Más detalles

I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDIA

I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDIA 1 I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDIA Actualiza el Texto Refundido de la Ordenanza de Derechos aprobada por Decreto Nº 127 de fecha 06.04.2009.- SAN VICENTE DE T.T. 30 de Octubre de 2014 CONSIDERANDO:

Más detalles

podrá ampliarse previa justificación y atención a las características de la vía

podrá ampliarse previa justificación y atención a las características de la vía ORDENANZA Nº 11 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL SOBRE ENTRADAS DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE LA

Más detalles

ESPECIFICACIONES TECNICAS

ESPECIFICACIONES TECNICAS ESPECIFICACIONES TECNICAS ADQUISICION, IMPLEMENTACION Y LOCALIZACION DE SOFTWARE PARA EL MEJORAMIENTO DE PROCESOS Y MODERNIZACION TECNOLOGICA DE LA DIRECCION DE OBRAS MUNICIPAL DE LINARES 1. OBJETIVO El

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE DOMINIO

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE DOMINIO ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE DOMINIO PUBLICO CUYO TITULAR ES EL AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL RÍO. ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO

Más detalles

OFT 16. Modificada por acuerdo plenario de 26/07/02 Publicación BOP 253 de 24/10/02 OFT 16

OFT 16. Modificada por acuerdo plenario de 26/07/02 Publicación BOP 253 de 24/10/02 OFT 16 OFT 16 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA

Más detalles

DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES D.O.M.

DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES D.O.M. DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES D.O.M. A) FUNCIONES DE DIRECCION DE OBRAS Su función es velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador

Más detalles

Información General. Tipo de Vehículo Total ó 1º Cuota 2º Cuota I. MUNICIPALIDAD DE CALLE LARGA. Funcionario: Patricio Contreras Vergara

Información General. Tipo de Vehículo Total ó 1º Cuota 2º Cuota I. MUNICIPALIDAD DE CALLE LARGA. Funcionario: Patricio Contreras Vergara I. MUNICIPALIDAD DE CALLE LARGA DEPARTAMENTO ADMINISTRACION Y FINANZAS Tránsito y Rentas Funcionario: Patricio Contreras Vergara Cargo: E-mail : Oficial de Transito y Rentas pcontreras@imcallelarga.cl

Más detalles

CLASIFICACION DE LICENCIAS DE CONDUCIR, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ART. 12, LEY 18.290, LEY DE TRANSITO.

CLASIFICACION DE LICENCIAS DE CONDUCIR, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ART. 12, LEY 18.290, LEY DE TRANSITO. CLASIFICACION DE LICENCIAS DE CONDUCIR, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ART. 12, LEY 18.290, LEY DE TRANSITO. La Licencia Profesional habilita para conducir vehículos de transporte de pasajeros, vehículos de

Más detalles

Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales 108

Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales 108 Ordenanza reguladora de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase

Más detalles

A) ORDENANZA LOCAL N 03, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS, EN LO REFERENTE A:

A) ORDENANZA LOCAL N 03, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS, EN LO REFERENTE A: San Pedro de \ tai MODIFICA ORDENANZA LOCAL N 01, QUE DETERMINA LA TARIFA DE ASEO DOMICILIARIO, SUS EXENCIONES Y EL COBRO ADICIONAL POR SOBREPRODUCCIÓN, DEL AÑO 1996; ORDENANZA 02, SOBRE FUNCIONAMIENTO

Más detalles

Solicitud de Patente (Comercial, Industrial y de Alcoholes) / Casa Matriz

Solicitud de Patente (Comercial, Industrial y de Alcoholes) / Casa Matriz PATENTES MUNICIPALES Solicitud de Patente (Comercial, Industrial y de Alcoholes) / Casa Matriz a) Certificado de Zonificación (favorable) emitido porla Dirección de Obras c) Iniciación de Actividades ante

Más detalles

Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública

Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública Ordenanzas fiscales y precios públicos Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública Marginal: ANM 2001\80 Tipo de Disposición: Ordenanzas fiscales y precios públicos Fecha de Disposición: 09/10/2001

Más detalles

LO PRADO, * f - \..- *...,.., TITU LOI

LO PRADO, * f - \..- *...,.., TITU LOI DECRETO Nc MAT. : APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA SOBRE COBRO DE DERECHOS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCIÓN DE BASURA. LO PRADO, * f - \..- *...,.., LA ALCALDÍA DECRETO HOY: VISTOS TENIENDO

Más detalles

Trámites y requisitos de acceso a servicios, Dirección de Tránsito y Transporte Público.

Trámites y requisitos de acceso a servicios, Dirección de Tránsito y Transporte Público. Trámites y requisitos de acceso a servicios, Transporte Público. SERVICIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE CIRCULACION PRIMER PERMISO DE CIRCULACION * Inscripción en el Registro de Vehiculos Motorizados.

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PUBLICAS O TERRENOS DE DOMINIO PUBLICO CUYO TITULAR ES LA ELA de Algallarín. ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO Y

Más detalles

VISTOS: a). Lo dispuesto en el Art. Nº 130 y Nº 9 Transitorio del D. F. L. Nº 458 de 1975 y sus modificaciones.

VISTOS: a). Lo dispuesto en el Art. Nº 130 y Nº 9 Transitorio del D. F. L. Nº 458 de 1975 y sus modificaciones. 1 REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE SAN IGNACIO ALCALDIA DECRETO: Nº 274/ San Ignacio, 09 Julio de 2004. - La Alcaldía decretó hoy lo que sigue: VISTOS: a). Lo dispuesto en el Art. Nº 130 y Nº 9 Transitorio

Más detalles

O R D E N A N Z A Núm. 04

O R D E N A N Z A Núm. 04 A Y U N T A M I E N T O D E L A V I L L A D E R A S C A F R I A (MADRID) Año 2000 O R D E N A N Z A Núm. 04 PUESTOS Y BARRACAS Aprobada en Pleno el 30 de Diciembre de 1999. Publicada en BOCM el 30 de Mayo

Más detalles

FUNDAMENTO Y NATURALEZA

FUNDAMENTO Y NATURALEZA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVA DE VÍA PÚBLICA PARA

Más detalles

1 de 4 TITULO I DEL OBJETIVO Y DETERMINACIÓN DE LA ORDENANZA

1 de 4 TITULO I DEL OBJETIVO Y DETERMINACIÓN DE LA ORDENANZA ORDENANZA SOBRE CONDICIONES GENERALES PARA DETERMINAR TARIFAS DEL SERVICIO DE ASEO DOMICILIARIO, FORMA DE COBRO Y EXENCIONES PARCIALES Y TOTALES DEL MISMO. TITULO I DEL OBJETIVO Y DETERMINACIÓN DE LA ORDENANZA

Más detalles

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LA ACERA, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER

Más detalles

Revisión antecedentes Se solicita al contribuyente los antecedentes necesarios para la emisión del permiso de circulación.

Revisión antecedentes Se solicita al contribuyente los antecedentes necesarios para la emisión del permiso de circulación. PERMISOS DE CIRCULACIÓN Otorgamiento de Permisos a Vehículos Nuevos Requisitos Fotocopia Certificado de Solicitud de Inscripción del vehículo (otorgado por el Registro Civil). Copia de la Factura de Compra

Más detalles

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S Permisos de Circulación Realizado por: Guillermo Orellana Castillo Andrés García Barrera Primera versión 2011 Manual de Procedimientos para Permisos de Circulación

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE. FECHA DE APROBACIÓN: 26/12/2014 FECHA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.: 13/01/2015

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,

Más detalles

Nº 7.9 UTILIZACIÓN POR PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES, ETC. DEL DOMINIO PÚBLICO DISPOSICIONES GENERALES

Nº 7.9 UTILIZACIÓN POR PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES, ETC. DEL DOMINIO PÚBLICO DISPOSICIONES GENERALES Nº 7.9 UTILIZACIÓN POR PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES, ETC. DEL DOMINIO PÚBLICO Artículo 1. DISPOSICIONES GENERALES De acuerdo con lo previsto en los artículos 57 y 20.3

Más detalles

TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES

TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES ORDENANZA REGULADORA DE TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL: TASA POR ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES

Más detalles

BASES CONCURSO PROYECTOS FONDO DESARROLLO VECINAL FONDEVE - 2016

BASES CONCURSO PROYECTOS FONDO DESARROLLO VECINAL FONDEVE - 2016 BASES CONCURSO PROYECTOS FONDO DESARROLLO VECINAL FONDEVE - 2016 DISPOSICIONES GENERALES Las presentes Bases están destinadas a reglamentar al Llamado Concurso del FONDEVE, Proceso Presupuestario 2016.

Más detalles

EXIGENCIAS DE SEGURIDAD PARA EVENTOS MASIVOS

EXIGENCIAS DE SEGURIDAD PARA EVENTOS MASIVOS EXIGENCIAS DE SEGURIDAD PARA EVENTOS MASIVOS Se considera acto masivo: a) Aquellos cuya concurrencia estimada sea la cantidad de 3000 personas, o bien aquellos que, teniendo una concurrencia estimada de

Más detalles

Requisitos para obtener Licencia de Conducir Clase B o Clase C, por primera vez:

Requisitos para obtener Licencia de Conducir Clase B o Clase C, por primera vez: Tipos de Licencias 1.- Licencia no profesional: Clase B: Para conducir vehículos motorizados de tres o cuatro ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, o

Más detalles

.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T. T. ALCALDÍA

.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T. T. ALCALDÍA .MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T. T. ALCALDÍA Actualiza el Texto Refundido de la Ordenanza de Derechos aprobada por Decreto N 127 de fecha 06.04.2009.- SAN VICENTE DE T. T. 31 de Diciembre de 2013 CONSIDERANDO:

Más detalles

DECRETO EXENTO Nº 1795 Curicó, 25.OCTUBRE.2007

DECRETO EXENTO Nº 1795 Curicó, 25.OCTUBRE.2007 -REPUBLICA DE CHILE PROVINCIA DE CURICO MUNICIPALIDAD DE CURICO / VISTOS : DECRETO EXENTO Nº 1795 Curicó, 25.OCTUBRE.2007 DECRETO : a) La Ordenanza que determina la Tarifa de Aseo, Cobro y Exenciones parciales

Más detalles

SERVICIOS PRESTADOS POR EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO

SERVICIOS PRESTADOS POR EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO GUIA DE TRÁMITE SERVICIOS PRESTADOS POR EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO Para que la comunidad se encuentre informada de los servicios prestados por

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PERMISO DE OCUPACION EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y/O BIENES MUNICIPALES.

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PERMISO DE OCUPACION EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y/O BIENES MUNICIPALES. 1 ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PERMISO DE OCUPACION EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y/O BIENES MUNICIPALES. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo1 º: Los permisos de emplazamiento en Bienes Nacionales

Más detalles

Información general. Lunes a Jueves de 8:30 13:00 hrs. y de 14:30 a 17:30 hrs. Viernes de 8:30 a 12:30 Hrs.

Información general. Lunes a Jueves de 8:30 13:00 hrs. y de 14:30 a 17:30 hrs. Viernes de 8:30 a 12:30 Hrs. Información general La misión de la Unidad de Rentas, es velar por el cumplimiento de las leyes y normas que las regulan. Además nuestro departamento es el encargado de la emisión de los permisos de circulación,

Más detalles

Cuadro de beneficios tributarios aplicables a las donaciones recibidas por. Fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre

Cuadro de beneficios tributarios aplicables a las donaciones recibidas por. Fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre Cuadro de beneficios tributarios aplicables a las donaciones recibidas por Fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre Las donaciones que recibirá la Fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre (en adelante AIS

Más detalles

SUPERINTENTENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO EL HATILLO SUHAT

SUPERINTENTENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO EL HATILLO SUHAT SUPERINTENTENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO EL HATILLO SUHAT Ubicación: Centro Comercial Plaza La Boyera, PB. Telf: (0212) 963.3685 (0212) 963.0009 (0212) 963.0003 email: SUHAT@alcaldiaelhatillo.gob.ve

Más detalles

EL IMPUESTO TERRITORIAL. Departamento de Catastro y Tasaciones SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

EL IMPUESTO TERRITORIAL. Departamento de Catastro y Tasaciones SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS EL IMPUESTO TERRITORIAL Departamento de Catastro y Tasaciones SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS La Estructura Tributaria Municipal Ingresos propios año 2009: M$ año 2009 % Impuesto Territorial 593.533.883

Más detalles

INSTRUCTIVO. Uso de Vehículos

INSTRUCTIVO. Uso de Vehículos Uso de Vehículos Código: L-I-CON-010 Fecha de Emisión: 21/03/13 Página: 1 de 6 1 OBJETIVO El propósito del presente instructivo de trabajo es definir el criterio respecto al uso de vehículos por parte

Más detalles

La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tiene a su cargo entre otras, dos principales funciones que son las siguientes:

La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tiene a su cargo entre otras, dos principales funciones que son las siguientes: I. MUNICIPALIDAD DE CALERA DE TANGO DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICOS La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tiene a su cargo entre otras, dos principales funciones que son las siguientes:

Más detalles

TRÁMITES Y REQUISITOS DIRECCION DE TRANSITO 2015

TRÁMITES Y REQUISITOS DIRECCION DE TRANSITO 2015 TRÁMITES Y REQUISITOS DIRECCION DE TRANSITO 2015 DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Descripción del servicio Licencias 1era vez Clase B (Tener 18 años) Requisitos y antecedentes Identidad estudios original 8 Básico

Más detalles

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Página 1 de 6 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Aprobada en el Pleno del Ayuntamiento del 31 de octubre de 2007 Página 2 de 6 ARTÍCULO

Más detalles

DE LOS PERMISOS DE DIFICAION Y SUS TRÁMITES

DE LOS PERMISOS DE DIFICAION Y SUS TRÁMITES DE LOS PERMISOS DE DIFICAION Y SUS TRÁMITES SUBDIVISION Para solicitar al Director de Obras Municipales la aprobación de un proyecto de subdivisión, se deberán presentar los siguientes documentos: 1. Solicitud

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM. 22

ORDENANZA FISCAL NUM. 22 ORDENANZA FISCAL NUM. 22 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUELO Y/O VUELO DE TERRENOS DE DOMINIO Y/O USO PUBLICO CON MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCION, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS,

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL Nº03 COMERCIO AMBULANTE

ORDENANZA MUNICIPAL Nº03 COMERCIO AMBULANTE REPÚBLICA DE CHILE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO. Alto Hospicio, 20 de Enero del 2005. ORDENANZA MUNICIPAL Nº03 COMERCIO AMBULANTE VISTOS: Lo dispuesto en la Ley Nº 19.943 que creó la Municipalidad de

Más detalles

Medellín, 4 de diciembre de 2003 ACUERDO No. 023

Medellín, 4 de diciembre de 2003 ACUERDO No. 023 ACUERDO No. 023 Junio 11 de 1995 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA EL IMPUESTO DE CONSTRUCCION, TASA DE HILOS, NOMENCLATURA, OCUPACION TRANSITORIA DE VIAS Y DE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. EL CONCEJO MUNICICPAL

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas por artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

2. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

2. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA 2. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.1.c)

Más detalles

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por utilización de los servicios de piscina cubierta

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por utilización de los servicios de piscina cubierta ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA CUBIERTA Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el art.106 de la Ley 7/85 Reguladora

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

Ordenanzas Fiscales y Reglamentos de Precios Públicos

Ordenanzas Fiscales y Reglamentos de Precios Públicos ORDENANZA FISCAL Nº 20 REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA CON ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO Y CARGA Y DESCARGA. Artículo 1.

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TENENCIA RESPONSABLE MASCOTAS

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TENENCIA RESPONSABLE MASCOTAS ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA UNION DEPARTAMENTO DE ASEO Y ORNATO ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y CIRCULACIÓN DE LOS

Más detalles

República Dominicana DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4 01 50625 4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA NORMA GENERAL NO.

República Dominicana DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4 01 50625 4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA NORMA GENERAL NO. República Dominicana DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4 01 50625 4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA NORMA GENERAL NO.06/07 LA DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS CONSIDERANDO: Que el Artículo

Más detalles

Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013

Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013 Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces Diciembre 2013 Enajenación de bienes raíces Régimen General Mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces Régimen Tributario

Más detalles

REGLAMENTO BECA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LEBU.

REGLAMENTO BECA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LEBU. Dirección de Desarrollo Comunitario REGLAMENTO BECA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LEBU. VISTOS. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N 18.695, Titulo I, párrafo 2 Funciones y atribuciones art. 3 letra

Más detalles

PROYECTOS FONDO SUBVENCIONES DE APOYO A ORGANIZACIONES JUVENILES DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES.

PROYECTOS FONDO SUBVENCIONES DE APOYO A ORGANIZACIONES JUVENILES DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES. 1 PROYECTOS FONDO SUBVENCIONES DE APOYO A ORGANIZACIONES JUVENILES DE LA COMUNA DE LOS ÁNGELES. La Ilustre Municipalidad de Los Ángeles ha aprobado recursos financieros para diversos proyectos, orientados

Más detalles

AYUNTAMIENTO PALANQUES

AYUNTAMIENTO PALANQUES ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIAS URBANISTICAS I.- FUNDAMENTO, NATURALEZA Y OBJETO. Artículo 1º. En uso de las facultades atribuidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución,

Más detalles

Fundamento Legal. Hecho Imponible

Fundamento Legal. Hecho Imponible ORDENANZAS FISCALES AÑO 2015 E.5.8. Tasa por la Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Municipal por Entrada de Vehículos a través de las aceras y las Reservas de Vía Pública

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. I-.DISPOSICIONES GENERALES

ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. I-.DISPOSICIONES GENERALES ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. Artículo 1.- I-.DISPOSICIONES GENERALES Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS De conformidad con lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Más detalles

TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. Ordenanza Reguladora

TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. Ordenanza Reguladora TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Ordenanza Reguladora Artículo 1º Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 144 de la Constitución y por el

Más detalles

Pliego de prescripciones técnicas

Pliego de prescripciones técnicas PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICO-ARQUITECTÓNICA PARA LA CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LOS EDIFICIOS DEL SENADO. Pliego de prescripciones técnicas CLÁUSULA

Más detalles

CIRC. : N 1. SANTIAGO, enero 26 de 2006. DE : DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA

CIRC. : N 1. SANTIAGO, enero 26 de 2006. DE : DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA CIRC. : N 1 MAT. : Directivas de Uso Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado ChileProveedores. SANTIAGO, enero 26 de 2006. DE : DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA A : JEFES DE SERVICIOS,

Más detalles

BASES FONDOS MUNICIPALES SUBVENCIONES EMBLEMÁTICAS 2015

BASES FONDOS MUNICIPALES SUBVENCIONES EMBLEMÁTICAS 2015 BASES FONDOS MUNICIPALES SUBVENCIONES EMBLEMÁTICAS 2015 I. OBJETIVO DEL FONDO El Fondo Municipal, Subvención Emblemática 2015, tiene por finalidad financiar la ejecución de proyectos específicos de interés

Más detalles

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en

Más detalles

NORMA GENERAL No. 03-2013

NORMA GENERAL No. 03-2013 REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC: 401-50625-4 Año del Bicentenario del Natalicio de Juan Pablo Duarte NORMA GENERAL No. 03-2013 CONSIDERANDO: Que

Más detalles

Obtención Patente Comercial Persona Natural

Obtención Patente Comercial Persona Natural Obtención Patente Comercial Persona Natural Todas las personas naturales, que deseen establecer una actividad comercial en la comuna - Fotocopia Cédula de Identidad - Contrato de arriendo o escritura en

Más detalles

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL FUENGIROLA -------------------------

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL FUENGIROLA ------------------------- ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL FUENGIROLA ------------------------- 26 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA Y/O SALIDA DE VEHÍCULOS A/O DESDE EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS, INSTALACIONES O PARCELAS DE USO

Más detalles

CIRCULAR Nº 10. SANTIAGO, 08 de mayo de 2009

CIRCULAR Nº 10. SANTIAGO, 08 de mayo de 2009 CIRCULAR Nº 10 SANTIAGO, 08 de mayo de 2009 NUEVA PRORROGA DE LA CONDONACION TRANSITORIA DE INTERESES Y MULTAS A GIROS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. ================================= 1.- MATERIA

Más detalles

NATURALEZA HECHO IMPONIBLE

NATURALEZA HECHO IMPONIBLE 4.1 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL MEDIANTE ENTRADA DE VEHÍCULOS Y RESERVAS DE LA VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, CARGA O DESCARGA DE MERCANCÍAS

Más detalles

ORDENANZA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

ORDENANZA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. ORDENANZA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.. Artículo 1. Hecho imponible. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica es un tributo directo que graba la titularidad de los vehículos

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE LICENCIAS URBANISTICAS

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE LICENCIAS URBANISTICAS ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE LICENCIAS URBANISTICAS Artículo 1º Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTO(SIC) PARA VEHICULOS DE MOTOR

REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTO(SIC) PARA VEHICULOS DE MOTOR REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTO(SIC) PARA VEHICULOS DE MOTOR Y PROPUESTA PARA MODIFICAR Y ADICIONAR EL CAPITULO PRIMERO, SECCION SEGUNDA DEL REGLAMENTO DE TRANSITO METROPOLITANO EN CORRELACION CON EL CONTENIDO

Más detalles

Sección Transparencia y Normativa División Jurídica División de Operaciones Normativa

Sección Transparencia y Normativa División Jurídica División de Operaciones Normativa CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 3 28-01-2015 1.0 28-01-2015 PAGO DE SUBSIDIO TNE EXTENDIDO, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 3 B) DE LA LEY N 20.378 Y BONO TARJETA NACIONAL DEL

Más detalles

LICENCIA DE OBRA AMPLIACIÓN PUESTA EN VALOR HISTORICO MONUMENTAL REFACCIÓN (*) DEMOLICIÓN OTROS

LICENCIA DE OBRA AMPLIACIÓN PUESTA EN VALOR HISTORICO MONUMENTAL REFACCIÓN (*) DEMOLICIÓN OTROS () FORMULARIO ÚNICO DE Municipalidad de EDIFICACIÓN - FUE Nº de Expediente LICENCIA 1. SOLICITUD DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN: Llenar con letra de imprenta y marcar con X lo que corresponda 1.1 TIPO DE TRÁMITE:

Más detalles

c) El acuerdo del H. Concejo Municipal tomado en Sesión de fecha 30 de Julio de 1998 de aprobar la Ordenanza que regularice estas actividades.

c) El acuerdo del H. Concejo Municipal tomado en Sesión de fecha 30 de Julio de 1998 de aprobar la Ordenanza que regularice estas actividades. I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDÍA CONSIDERANDO: APRUEBA ORDENANZA PARA EL COMERCIO ESTACIONADO Y AMBULANTE EN LA VIA PUBLICA SAN VICENTE T.T. 03 de Agosto de 1998 Con esta fecha se ha decretado

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES QUÉ ES LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES? QUÉ ES LA ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y

PREGUNTAS FRECUENTES QUÉ ES LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES? QUÉ ES LA ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y PREGUNTAS FRECUENTES QUÉ ES LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y Es el cuerpo legal que contiene los principios, atribuciones, potestades, facultades responsabilidades, derechos, sanciones y demás normas que

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL SERVICIO DE GRUA, INMOVILIZACIÓN Y DEPOSITO DE VEHÍCULOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL SERVICIO DE GRUA, INMOVILIZACIÓN Y DEPOSITO DE VEHÍCULOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL SERVICIO DE GRUA, INMOVILIZACIÓN Y DEPOSITO DE VEHÍCULOS Artículo 1.- Fundamento y naturaleza. De conformidad con los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Lineamientos para la asignación, uso, mantenimiento y resguardo de los vehículos asignados a los funcionarios y servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL DR.

Más detalles

Tributos Municipales

Tributos Municipales Tributos Municipales Impuesto Predial Grava la propiedad de predios urbanos y rústicos; entendiéndose por predios a los terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. Características Es un

Más detalles

TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. ORDENANZA REGULADORA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 144 de la Constitución y por

Más detalles