LICITACION ABREVIADA Nº /2

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1 LICITACION ABREVIADA Nº /2 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRA EN EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO UBICADOS EN LOS PISOS 23, 24 Y 25 DEL EDIFICIO SEDE DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO ARTÍCULO 1º: NORMAS VIGENTES.- Este llamado se regirá por: a) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de Suministros y Servicios no Personales. b) Las presentes condiciones particulares. ARTÍCULO 2º: OBJETO.- El objeto de la presente convocatoria es la contratación del servicio de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de los pisos 23, 24 y 25 del Edificio Sede de la Intendencia de Montevideo, según lo establecido en la Memoria Descriptiva del Anexo I del presente Pliego. ARTÍCULO 3º: PLANILLAS E INFORMACIÓN Durante la ejecución del Contrato, todas las actividades necesarias para realizar el mantenimiento solicitado deberán informarse al Servicio de Conservación del Palacio y dejarse registro en archivos históricos de

2 cada uno de los equipos cuyo original tendrá el adjudicatario y en copia el Servicio de Conservación del Palacio. Dicha información deberá ser enviada en soporte escrito y digital. Los oferentes deberán especificar en su oferta la forma en que presentará la información que brinden acerca de los arreglos y mantenimientos realizados. ARTÍCULO 4º: DATOS.- Los licitantes deberán establecer en su propuesta todas las características completas del mantenimiento ofrecido incluyendo la información solicitada en el art. 3 y todo otro dato que juzguen de interés para el mejor estudio de las ofertas. Se sobreentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán un carácter de compromiso, vale decir que en el momento de la prestación del servicio la I.M. exigirá absoluta identidad entre lo ofrecido en la propuesta y el servicio prestado. ARTÍCULO 5º: ANTECEDENTES. Los licitantes que posean antecedentes y/o referencias de contratos similares, con una duración entre uno (1) y tres (3) años en cada contrato, realizados en instituciones públicas y / o privadas, podrán adjuntarlos a su propuesta, debiendo acreditarlos mediante documentación probatoria suficiente (como mínimo nombre y tel. de contacto) a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración. La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos con esta Administración en los últimos tres (3) años. ARTÍCULO 6º: CAPACITACIÓN DEL PERSONAL El personal deberá estar capacitado para las tareas de mantenimiento licitadas, con conocimiento de los equipos instalados, y experiencia y formación verificable por la empresa o fabricantes. Se deberá contar, como mínimo, con capacitación de Técnico y/o Idóneo Comprobado en Refrigeración Los oferentes deberán adjuntar a sus propuestas la calificación del personal a intervenir, debiendo acreditarla mediante documentación probatoria suficiente. Si el personal destinado, cambiase por razones ajenas a la Administración, el nuevo personal deberá tener la misma capacitación que el anterior.

3 ARTÍCULO 7º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA: Las propuestas serán redactadas en idioma español, escritas en forma mecanografiada, debidamente firmadas por el representante de la empresa, foliadas en el margen inferior izquierdo de la misma, y se presentarán en dos vías (original y copia), con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía. Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo contra recibo, o por FAX ( ), no siendo de recibo si no llegaren a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura. Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura. ARTÍCULO 8º: MANTENIMIENTO DE OFERTA. La oferta deberá ser mantenida por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas. ARTÍCULO 9º: PLAZO DE CONTRATACION.- El plazo de contratación del mantenimiento solicitado será por el término de un (1) año prorrogable por un año más, previo acuerdo entre las partes.- En caso de no existir acuerdo, por parte de la empresa adjudicataria, en la aprobación de la prórroga, ésta estará obligada a continuar con los trabajos adjudicados por un período máximo de seis (6) meses, a partir del vencimiento del plazo contractual.- ARTICULO 10º : VISITA DEL LUGAR Se realizará una visita a efectos de inspeccionar el estado actual y la ubicación de los equipos de aire acondicionado, tanto exteriores como interiores. La misma será de carácter obligatorio para aquellos proveedores que no la hayan realizado en el llamado anterior. La visita será siete (7) días hábiles antes del último día para presentar la oferta, a la hora 11:00 y podrá coordinarse con el Sr. Agustín Cesan, tel en el horario de 09:00 a 15:00hs.

4 Luego de realizada la visita, la Administración extenderá a cada una de las empresas asistentes, una constancia de realización de la misma. El oferente adjuntará a su oferta fotocopia de dicha constancia. De comprobarse que no fué realizada la visita la oferta podrá ser rechazada sin derecho a reclamación alguna. ARTÍCULO 11º: PRECIO.- Se establecerá en moneda nacional uruguaya, por mes, debiéndose formular la oferta por la totalidad de los trabajos a efectuarse incluyendo todos los gastos y discriminando todo impuesto/s que corresponda/n. En caso que no se realice aclaración alguna se entenderá que dicho/s impuesto/s está/n incluidos en el precio establecido ARTÍCULO 12º: AJUSTE PARAMETRICO.- Los precios establecidos se ajustarán de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas ocurrido entre la fecha de apertura y el mes del servicio prestado. ARTÍCULO 13º: FORMA DE PAGO.- El pago se efectuará mensualmente de acuerdo con el monto establecido en su oferta, debiendo el adjudicatario presentar la solicitud correspondiente en las oficinas de la Contaduría General. El pago de cada factura se realizará como máximo a los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General. La Intendencia de Montevideo podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos. En caso que el pago se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, Ley Circular 1695) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo. La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido. DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros diez (10) días calendario y entre los once (11) y los veinte (20) días calendario

5 de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el departamento de Recursos Financieros al momento del pago. ARTÍCULO 14º: CRITERIOS DE EVALUACION. Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos. Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante. Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación- de acuerdo a los siguientes criterios: 1) Precio sin tener en cuenta descuento pronto pago..85 puntos Puntaje = (Precio oferta mínimo / Precio oferta) x 85 2) Antecedentes...15 puntos Puntaje = Cada antecedente válido según lo establecido en el art. 5 (ANTECEDENTES) vale 3 puntos. Se acumulará hasta un máximo de 15 puntos. Total: 100 puntos La Intendencia se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes. ARTÍCULO 15º: MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACION La IM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio. ARTÍCULO 16º: FORMA DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará en forma global, a un solo oferente.

6 ARTÍCULO 17º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO- NOTIFICACIÓN. El contrato se considerará perfeccionado con la notificación al adjudicatario del acto administrativo de adjudicación. La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma: a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida mediante vía fax. b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras. En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la Intendencia de Montevideo podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación. ARTÍCULO 18º: INICIO DE LOS TRABAJOS Los trabajos de mantenimiento deberán iniciarse dentro del plazo de diez (10) días hábiles luego de recibida la notificación de adjudicación. Una vez iniciados los trabajos, no podrán suspenderse ni alterar lo establecido en la documentación aprobada, salvo motivo de fuerza mayor, probado fehacientemente y sometido a aprobación de la Administración. ARTÍCULO 19º: DESARROLLO DE LOS TRABAJOS Luego de recibir la notificación de adjudicación, y de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, comenzará a regir el plazo de mantenimiento de los equipos. Los trabajos se llevarán a cabo en el horario de 8:00hs a 17:00hs, de lunes a viernes y de 07:30hs a 12:30hs los días sábado. Por último y luego de haber finalizado los trabajos, se harán los ensayos y revisiones correspondientes para confirmar su realización. Antes de dicha revisión, no se darán por aprobados los trabajos de mantenimiento. ARTÍCULO 20º: REPARACIÓN DE ROTURAS Y AVERÍAS

7 La empresa adjudicataria será responsable de comunicar al Servicio de Conservación del Palacio cuando algún equipo o accesorio demuestre alguna avería o rotura o la posibilidad de que esto ocurra. Luego de dar aviso, hará llegar al Servicio, un presupuesto con los costos de los repuestos necesarios para el arreglo de dicha avería, con 48hs de plazo, sin ser obligación de la Administración la contratación de dicha compra. ARTICULO 21º. - TAREAS FUERA DE HORARIO. En caso que por razones imprevistas o de fuerza mayor dificulten la continuidad o impidan terminar las tareas dentro del horario previsto, éstas deberán ser realizadas fuera del mismo con autorización del Servicio de Conservación del Palacio. ARTÍCULO 22.- INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES. En caso de interrupción de actividades por cualquier causa ajena a la voluntad de la Intendencia de Montevideo, la misma a través del Servicio de Conservación del Palacio se reserva el derecho de suspender el servicio contratado, hasta que desaparezcan las causas, sin que esto de derecho al contratista a compensación o indemnización alguna, abonándose solamente el servicio contratado y cumplido. ARTÍCULO 23º - CONTROLES DE LA TAREA Y EL CONTRATO. A los efectos de lograr un mejor servicio, y evitar toda dificultad que pudiera resultar perjudicial para el cumplimiento de las obligaciones que contraiga el adjudicatario, la I.M. designará funcionarios, que estarán autorizados, los cuales estarán encargados de realizar las reclamaciones que juzguen necesario especificando en cada caso la causa del reclamo. Dichos funcionarios serán responsables ante la I.M. y la empresa contratante de la denuncia de faltas a su deber, además de prestar la debida conformidad al trabajo que realice la Empresa contratada.- ARTÍCULO 24º: GARANTÍA El Oferente será responsable por cualquier defecto que surgiera en cualquiera de los equipos (interiores y exteriores), causados por la falta de mantenimiento o de la mala realización de dichas tareas. A su entero costo, deberá reparar y suministrar los repuestos que se hayan dañado, debiendo dejar los equipos y accesorios en condiciones de funcionamiento normal con 12hs de plazo para los equipos exteriores y 48hs de plazo para los equipos interiores. ARTÍCULO 25º: RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS La recepción de los trabajos se hará mensualmente, luego de terminadas las tareas de mantenimiento y todos los arreglos que en dicho mes se sucedan.

8 Luego de recepcionados los trabajos por parte de la Administración, se aprobará el pago correspondiente a dicho mes. La Administración, podrá solicitar que los trabajos se realicen nuevamente si el resultado de los mismos no es satisfactorio. ARTICULO 26º: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Será de cuenta del adjudicatario todos los gastos originados por pago de jornales con sus correspondientes cargas sociales. Todo el personal que contrate la empresa adjudicataria deberá: a) Ser mayor de 18 años. b) Tener carné de salud extendido por los Organismos incorporados al Sistema de carné de salud básico, debiendo mantenerse vigente mientras dure el vínculo entre la administración y la empresa. c) Estar inscripto en el Banco de Previsión Social. d) Tener Seguro contra riesgo de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley ). e) Tener las planillas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La empresa adjudicataria deberá controlar que los operarios no realicen tareas en condiciones contrarias a las normas de seguridad laboral. Asimismo, también controlará que el personal no salga con bultos sin el respectivo control por parte de la vigilancia. El contratista deberá reponer o indemnizar las faltas, roturas, deterioros o desperfectos cuando se constate la responsabilidad de los operarios por omisión o negligencia. OBLIGACIONES ESPECIALES: a) Ley La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que no existieran laudos o convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional. La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición. En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo

9 se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego. La Intendencia de Montevideo exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados. En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada. El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario. b) Ley en concordancia con Ley La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado. La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la I.de M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros. Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo. ARTICULO 27º. RIESGO Y RESPONSABILIDAD. Será de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la administración o a sus empleados, a los efectos transportados, a su propio personal, máquina o equipo, etc. ARTICULO 28º. DESPERFECTOS OCASIONADOS. El adjudicatario deberá reparar a la brevedad y a su costo los desperfectos de cualquier índole que ocasione a los bienes Públicos o Privados al ejecutar los trabajos licitados. La I.M. no se responsabiliza por daños, extravíos o perjuicios que sufran los equipos del adjudicatario.- ARTÍCULO 29º: MORA.

10 La mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna. ARTÍCULO 30º: SANCIONES. La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores. ARTÍCULO 31 : CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada, será considerada como desistimiento, operándose la revocación de la adjudicación. ARTÍCULO 32º: SUSPENSION DE LOS PAGOS. Cuando la Administración constatara que el servicio prestado no cumple con las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación podrá suspender el pago hasta la regularización del mismo.- ARTÍCULO 33º: MULTAS. Además de las sanciones establecidas en la presente Licitación, en caso que la empresa adjudicataria no cumpla con las prestaciones de los servicios en los plazos establecidos en la oferta se le aplicará una multa equivalente a 10 UR (diez unidades reajustables) por cada día de atraso. Si el atraso en que incurriera fuera mayor a (10) diez días, la IM podrá rescindir el contrato por incumplimiento con la consiguiente pérdida del depósito efectuado como garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato La I.M. está exonerada de toda responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados por el servicio prestado. ARTÍCULO 34º: RESCISION DEL CONTRATO. La I.M. podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo notificar al mismo la rescisión. No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por cualquiera de las causales previstas en el T.O.C.A.F.

11 La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes. ARTÍCULO 35º: CESION DEL CONTRATO El contratista no podrá ceder su contrato, en todo o en parte sin el consentimiento expreso, por escrito de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF. ARTÍCULO 36º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL. La Intendencia de Montevideo exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del Certificado Único Municipal al día expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo. Dicho certificado será expedido en forma gratuita por el Servicio Gestión de Contribuyentes, Piso 1½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto de la Junta Departamental). ARTÍCULO 37º: CONSULTAS Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta tres (3) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas. Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por a consultapliegos.compras@imm.gub.uy o vía fax , no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado. Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado. La Intendencia de Montevideo responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan retirado el pliego directamente del Servicio de Compra, Oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia de Montevideo, incluyendo la pregunta sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán ser consultadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo ( entrar Servicios on line Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación).

12 En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas. ARTÍCULO 38º: REGISTRO DE PROVEEDORES. Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Intendencia de Montevideo. De no hallarse registrados al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. En caso de ser adjudicatario deberá concurrir a Atención a Proveedores con la documentación necesaria a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dicho Registro. ARTÍCULO 39º: RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la hoja de invitación. ANEXO MEMORIA DESCRIPTIVA MEMORIA DESCRIPTIVA PARA EL MANTENIMIENTO DE DE LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICONADO PERTENECIENTES A LOS PISOS 23, 24 Y 25 DEL EDIFICIO SEDE DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO 1 Objeto El objeto de la presente memoria es la descripción de los trabajos necesarios a realizar, para el mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de los pisos 23, 24 y 25 del Edificio Sede de la Intendencia de Montevideo. Los mismos son del tipo VRV, separados en tres sectores con unidades exteriores independientes (Ejido, 18 de Julio y Sgo. de Chile), y sus respectivas unidades interiores. 2 Especificaciones técnicas 2.1 Datos de los equipos de aire acondicionado Unidades Interiores

13 YDS 45FC15IB Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 4, Btu/h 5, Btu/h Fan motor power W 125 0,57 YDS 56FC15IB Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 5, Btu/h 6, Btu/h Fan motor power W 125 0,57 YDS 71FC15IA

14 Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 7, Btu/h 6879, Btu/h Fan motor power W 125 0,57 YDS 80FC15IA Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 8, Btu/h 9, Btu/h Fan motor power W 143 0,65

15 YDS 28RC15IA Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 2, Btu/h 3, Btu/h Fan motor power W 42 0,185 YDS 36RC15IA Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 3, Btu/h 4, Btu/h Fan motor power W 49 0,22 Power supply YDS 56FC15IA V a.c. 50Hz. 1Ph

16 Btu/h Btu/h Fan motor power W 5, , ,57 YDS 56EC15EB Power supply V a.c. 50Hz. 1Ph 5, Btu/h 6, Btu/h Fan motor power W 50 0,23

17 Power supply Btu/h Btu/h Fan motor power W YDS 45EC15EA V a.c. 50Hz. 1Ph 4, , ,23 Power supply Btu/h Btu/h Fan motor power W YDS 36EC15EA V a.c. 50Hz. 1Ph 3, ,

18 0,18 Unidades exteriores Diseño Power supply Btu/h Power input kw Power input kw Max. Refigerant Charge R410-A kg Diseño Power supply YDS Variable refrigerant flow system Digital Scroll Compressor YDS 450WC35C V a.c. 50Hz. 3Ph 45, ,8 23, ,4 33,0 18,0 YDS Variable refrigerant flow system Digital Scroll Compressor YDS 335WC35C V a.c. 50Hz. 3Ph

19 Btu/h Power input kw Power input kw Max. Refigerant Charge R410-A kg 33, ,6 17, ,1 16,4 24,1 11,0 YDS Variable refrigerant Diseño flow system Digital Scroll Compressor YDS 280WC35C Power supply V a.c. 50Hz. 3Ph 28, Btu/h Power input kw 8,0 14, ,5 Power input kw 8,1 14,5

20 Max. Refigerant Charge R410-A kg 20,0 11,0 2.2 Cantidad de unidades interiores y exteriores Unidades interiores Cantidad YDS-45FC15IB 3 YDS-71FC15IA 8 YDS-80FC15IA 2 YDS-56FC15IA 10 YDS-28RC15IA 14 YDS-36RC15IA 5 YDS-56EC15EB 2 YDS-36EC15EA 7 YDS-45EC15EA 4 YDS-36FC15IA 2 Unidades exteriores Cantidad YDS 280WC35C 1 YDS 335WC35C 3 YDS 450WC35C Detalle de trabajos El adjudicatario deberá: - Mantener los equipos detallados en perfecto estado de funcionamiento de manera de que no haya equipos interiores fuera de funcionamiento más de 48 hs y equipos exteriores fuera de operación por más de 12 hs. - Operar y programar los equipos de acuerdo a las indicaciones del Servicio de Conservación del Palacio, dentro de las 24 hs de realizada la solicitud. - Realizar todas las reparaciones requeridas sin costo de mano de obra. La Administración podrá optar entre adquirir los repuestos en plaza o con el adjudicatario, quien tendrá la obligación de tener un stock mínimo de los elementos básicos. Por otro lado, y sin perjuicio de las tareas definidas por el fabricante y las que el oferente entienda pertinentes para lograr los parámetros de servicio exigidos en esta memoria, el adjudicatario deberá realizar los siguientes mantenimientos:

21 2.3.1 Mantenimientos mensuales Mensualmente se deberán hacer los siguientes trabajos: - Consumo de compresor 1 - Consumo de compresor 2 - Consumo de ventiladores de condensador - Control y toma de presiones de alta y baja - Comprobación de visor líquido - Comprobación de variador de velocidad - Limpieza de filtros de equipos interiores Mantenimientos trimestrales Trimestralmente se deberán hacer los siguientes trabajos: - Verificación de presostatos de alta y baja - Comprobación de contactores, relees y térmicos - Comprobación de conexiones - Comprobación de bases y fusibles - Comprobación de interruptores y pilotos de señalización - Comprobación de alarmas de temperatura - Limpieza de cuadro - Calentamiento de compresores - Limpieza de bandeja de condensado - Limpieza de desagües - Limpieza de bastidor y paneles Mantenimientos semestrales Semestralmente se deberán hacer los siguientes trabajos: - Comprobación de sondas de sistema eléctrico - Regulación de presostatos - Comprobación de alarmas - Comprobación de bastidores y paneles Mantenimientos anuales Anualmente se deberán realizar los siguientes trabajos: - Limpieza de condensador con máquina de alta presión - Reposición de aislaciones en caso de daños - Limpieza de rejillas - Pintura de bancadas exteriores Generalidades Todos los trabajos mencionados anteriormente deberán realizarse por primera vez al momento del inicio del contrato, debiéndose repetir en los tiempos indicados en los numerales anteriores.

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