Tema 4 (d) del programa CX/FFV 00/16 CX/FFV 00/16-Add.1

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1 Tema 4 (d) del programa CX/FFV 00/16 CX/FFV 00/16-Add.1 PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS COMITÉ DEL CODEX SOBRE FRUTAS Y HORTALIZAS FRESCAS Novena reunión Ciudad de México, 9-13 de octubre de 2000 Anteproyecto de Norma del Codex para los Tomates (Observaciones en el tramite 3) ALEMANIA 1. DEFINICIÓN DEL PRODUCTO Esta norma se aplica a las variedades comerciales de tomates obtenidas de Lycopersicum esculentum Mill. de la familia de las Solanaceae, que habrán de suministrarse frescas al consumidor después de su acondicionamiento y envasado. Se excluyen los tomates destinados a la elaboración industrial. 1 Los tomates se clasifican en cuatro tipos comerciales: redondos lisos Asurcados oblongos o largos tomate cereza (incluidos los tomates cóctel ). Observación : refleja el Mercado internacional, alineado en la norma revisada UN/ECE. 2. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD 2.1 Requisitos Mínimos Observación : ajustar la tipografía a la de las otras normas del Codex

2 Para todas las categorías, de conformidad con las disposiciones especiales para cada categoría y las tolerancias permitidas, los tomates deberán: 1 estar enteros; 4 tener un aspecto fresco; tener la apariencia y el desarrollo característico de la variedad; Observación : esto ya está cubierto por la sección requisitos mínimos 2 estar sanos, se excluyen los productos afectados por podredumbre o deterioro que haga que no sean aptos para el consumo; estar exentos de daños causados por la exposición al sol; observación: cubierto por sanos estar exentos de daños causados por la congelación; observación: cubierto por sanos 3 estar limpios, prácticamente exentos de cualquier material extraña visible; 7 estar exentos de humedad externa anormal, salvo la condensación consiguiente a la remoción de una cámara frigorífica; 5 prácticamente exentos de plagas y de enfermedades que afecten el aspecto general del producto. observación: cubierto por sanos 6 prácticamente exentos de daños causados por pestes y enfermedades; observación: cubierto por sanos 8 exentos de cualquier olor y/o sabor extraños. Observación : la numeración indica el orden que deben tener los párrafos para llegar a un ajuste con la norma UN/ECE En el caso de los tomates en racimos, los tallos deberán tener un aspecto fresco, sano, limpio y estar exentos de hojas y materias extrañas visibles.. Observación : una norma internacional como la del Codex debe reflejar el Mercado internacional que incluye a los tomates en racimos. Ajustado a la norma UN/ECE El desarrollo y condición de los tomates deberán ser tales que les permitan : - soportar el transporte y la manipulación, y llegar en estado satisfactorio al lugar de destino. 2.2 Clasificación Observación : ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex. Los tomates se clasifican en tres categorías, según se definen abajo: 1 Los gobiernos, al indicar su aceptación de esta Norma, deberán nofiticar a la Comisión cuáles disposiciones de esta Sección aplicarán al punto de importación y cuáles aplicarán al punto de exportación.

3 2.2.1 Categoría Extra Los tomates en esta categoría deben ser de calidad superior. Deben ser firmes y tener la forma, la apariencia y el desarrollo típico de la variedad.. remark: in line with UN/ECE standard Deberán ser uniformes en cuanto al tamaño, coloración según grado de madurez, y cumplir íntegramente con las especificaciones señaladas en la Sección 2.1, además de satisfacer los siguientes requisitos: bien formados firmes exentos de daños Observación: no está ajustado a la norma UN/ECE, pero está adecuadamente reemplazado por la segunda oración del párrafo anterior Su color, de conformidad con su estado de madurez, debe satisfacer los requisitos indicados en el ultimo punto del párrafo arriba mencionado. No deben presentar dorso verde ni otros defectos, salvo defectos superficiales muy ligeros, siempre y cuando éstos no afecten la apariencia general del producto, su calidad, estado de conservación y presentación en el envase. Observación: ajustado a la norma UN/ECE Categoría I Esta categoría comprende los tomates que no pueden clasificarse como Extra, pero que satisfacen las especificaciones sensoriales mínimas detalladas en la Sección 2.1. Deberán estar razonablemente bien formados y tener consistencia firme o ligeramente suave, exentos de grietas o rajaduras y de dorso verde. Observación: no ajustado a la norma UN/ECE Los tomates de esta categoría deben ser de Buena calidad. Deben ser razonablemente firmes y presentar las características de la variedad. Observación: ajustado a la norma UN/ECE No deberán presentar grietas y de dorso verde visibles. Podrán permitirse sin embargo los siguientes defectos leves, siempre y cuando no afecten el aspecto general del producto, su calidad, estado de conservación y presentación en el envase.: leve defecto de forma y de desarrollo leve defecto de coloración

4 leve defecto de la epidermis ligeras magulladuras Observación: ajustado a la norma UN/ECE una cicatriz lignificada y alargada (similar a una costura), pero que no cubra más de dos tercios del diámetro máximo del fruto. Cicatrices longitudinales de no más de 16 mm de largo acumulado, Rajaduras de crecimiento (radicales) de no más de 19 mm de largo, Decoloración interna (mancha café) de no más de 25 mm de diámetro acumulado, No más de una cicatriz de cierre completa y que no afecte seriamente la apariencia, Cicatrices lignificadas de forma umbilical que no exceda 1 cm2 o una lineal que no exceda dos tercios del diámetro máximo del fruto.. Observación: los defectos cuya eliminación se sugiere no están ajustados a la norma UN/ECE Además, los tomates Asurcados pueden presentar: - grietas cicatrizadas de 1 cm de longitud máxima, - protuberancias no excesivas, - un pequeño ombligo que no presente formación acorchada, - cicatrices acorchadas de forma umbilical en el punto pistilar, cuya superficie total no exceda de 1 cm 2, - una fina cicatriz pistilar alargada (similar a una costura), cuya longitud no supere los dos tercios del diámetro máximo del fruto. Observación: ajustado a la norma UN/ECE Categoría II Esta categoría comprende los tomates que no pueden clasificarse en las categorías superiors, pero satisfacen los requisitos sensoriales mínimos especificados en la Sección Section 2.1. Deberán ser suficientemente firmes (aunque, podrán ser ligeramente menos firmes que los clasificados en la categoría I) y no podrán presentar grietas sin cicatrizar. Observación : ajustado a la norma UN/ECE Siempre que conserven sus características esenciales de calidad, y presentación estos tomates podrán tener los defectos siguientes: - ligeros defectos de forma, de desarrollo y de coloración, - defectos de la epidermis o magulladuras, siempre que no dañen gravemente el fruto. - grietas cicatrizadas de 3 cm de longitud máxima. Observación : ajustado a la norma UN/ECE

5 Cicatrices longitudinales de no más de 25 mm de largo acumulado, Rajaduras de crecimiento (radicales) de no más de 73 mm de largo, Decoloración interna (mancha café) de no más de 32 mm de diámetro, no más de una cicatriz de cierre completa y que no afecte seriamente la apariencia, cicatrices lignificadas de forma umbilical que no exceda 2 cm² o una cicatriz lineal que no exceda 25 mm de largo.. Observación: los defectos cuya eliminación se sugiere son demasiados para la Categoría II y no están ajustados a la norma UN/ECE Además, los tomates asurcados podrán presentar: - protuberancias más marcadas en comparación con la categoría I, sin que exista deformidad, - un ombligo, - cicatrices acorchadas de forma umbilical en el punto pistilar, cuya superficie total no exceda de 2 cm 2, - una fina cicatriz pistilar alargada (similar a una costura). Observación : ajustado a la norma UN/ECE 3. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CLASIFICACIÓN POR CALIBRES El Calibre de los tomates tipo bola se determina por el diámetro máximo de su sección ecuatorial. El calibre de los tomates oblongos deberá ser especificado conforme al diámetro mínimo y máximo, de acuerdo al siguiente código de calibres. Las siguientes especificaciones no se aplicarán a los tomates cereza Observación: en el caso de los tomates oblongos, la medida practicada en la sección ecuatorial y en relación con el Segundo Párrafo (Segunda oración) de la Sección 5.1. fue especificada para lograr una presentación uniforme. 3.1 Calibre Mínimo El calibre mínimo de los tomates será el siguiente: - 35 mm para los tomates redondos lisos y asurcados, - 30 mm para los tomates oblongos. 3.2 Escala de calibres

6 Los tomatos se clasifican de acuerdo a la siguiente escala de calibers : 30 mm Y más pero no menos 35 mm, solo para los tomates oblongos 35 mm 40 mm 47 mm 57 mm 67 mm 82 mm 102 mm 40 mm 47 mm 57 mm 67 mm 82 mm 102 mm Y más Observación : esta escala funciona para todos los tipos de tomates ; ajustado a la norma UN/ECE La observancia de la escala de calibers es opcional para los tomates de la categoría Extra y de la catedoría I. Esta escala de calibres no se aplica a los tomates en racimos. Observación : ajustado a la norma revisada UN/ECE Código de calibers Diámetro (mm)

7 y Mínimo 2 Máximo Y más 4. DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS Las tolerancias con respecto a la calidad, color y al calibre de los tomates que no cumplen con las especificaciones de las categorías indicadas se determinan en porcentajes de unidades o de peso sobre el total de productos contenidos en el mismo empaque, mediante el conteo de unidades o por determinación de peso de las mismas, respecto al total del empaque, admitiéndose las indicadas en esta sección se autorizarán para cada envase de producto que no satisfaga los requisitos de la Categoría indicada. Observación : ajustado a la norma UN/ECE 4.1 Tolerancias de calidad observación: ajustar la tipografía a la de las otras normas del Codex Extra Class Al punto de Embarque Cinco por ciento del número o del peso de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de la categoría, siempre y cuando no más del 5% tengan defectos ocasionados por daños muy severos pero cumplan con los de la categoría I o, de manera excepcional, los de las tolerancias para esta clase. remark: in line with UN/ECE standard En tránsito o al punto de destino 2 3 Cuando el tomate, en posición vertical, puede pasar por una apertura circular del diámetro designado. cuando el tomate, en cualquier posición, puede pasar por una apertura circular del diámetro designado

8 quince por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando los defectos de los tomates correspondientes a este porcentaje no excedan los siguientes : El 5% de tomates ligeramente suaves 10% de tomates dañados por magullamiento en los hombros, decoloración, o por cicatrices en cualquier parte del tomate 10% de tomates que tengan otros defectos, siempre y cuando no más del 5% sean de tomates seriamente dañados por cualquier causa Observación : no pueden especificarse diferentes tolerancias en el punto de embarque o en el punto de destino; tomar nota de la decisión tomada durante la 7ª Sesión de la CCFFV (ALINORM 99/35, paras 76-80); no ajustado a la norma UN/ECE Categoría I En el punto de embarque Diez por ciento, en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando no más del 5% sean defectos ocasionados por daños muy severos, pero cumplan con los de la Categoría II o, de manera excepcional, con los de las tolerancias de esta categoría. En el caso de tomates en racimos, 5 por ciento, en número o en peso, de los tomates separados del tallo. Observación : ajustado a la norma UN/ECE En tránsito o en el punto de destino quince por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando los defectos de los tomates correspondientes a este porcentaje no excedan los siguientes : - El 5% de tomates suaves o dañados por pudrición, el 10% de tomates dañados por magullamiento en los hombres, delocoración o por cicatrices en cualquier parte del tomate, el 10% de tomates con otros defectos, siempre y cuando no más del 5% estén seriamente dañados por insectos. Observación : no pueden especificarse diferentes tolerancias en el punto de embarque o en el punto de destino; tomar nota de la decisión tomada durante la 7ª Sesión de la CCFFV (ALINORM 99/35, paras 76-80); no ajustado a la norma UN/ECE

9 Categoría II En el punto de embarque Diez por ciento en número o en peso de tomates de cualquier lote que no satisfagan ni los requisitos de la categoría, siempre y cuando no más del 5% sean defectos ocasionados por daños muy severos, originados por insectos y no más de 1% de tomates aguados o podridos ni los requisitos mínimos, quedando excluidos los productos que presenten podredumbre, magulladuras pronunciadas u otras alteraciones que los hagan impropios para el consumo. En el caso de los tomates en racimos, un 10% en número o en peso de tomates separados del tallo. Observación : ajustado a la norma UN/ECE En tránsito en el punto de destino Quince por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando los defectos de los tomates correspondentes a este porcentaje no excedan las siguientes límites: 5% de tomates suaves o dañados por pudrición, o bien el 10% de tomates que estén dañados por magullamiento en los hombros, decoloración o por cicatrices en cualquier parte del tomate. 10% de tomates con otros defectos, siempre y cuando no más del 5% estén seriamente dañados por insectos. Observación : no pueden especificarse diferentes tolerancias en el punto de embarque o en el punto de destino; tomar nota de la decisión tomada durante la 7ª Sesión de la CCFFV (ALINORM 99/35, paras 76-80); no ajustado a la norma UN/ECE 4.2. Tolerancias de calibre Observación : ajustar la tipografía a la de las otras normas del Codex Para todas lotes y categorías de calidad, diez por ciento en número o peso de los tomates pueden más pequeños que el diámetro mínimo especificado o más grandes que el diámetro máximo especificado que se ajusten al calibre inmediatamente superior o inferior al indicado, con un mínimo de 33 mm para los tomates redondos y lisos y los tomates asurcados y de 28 mm para los tomates oblongos. Observación: ajustado a la norma UN/ECE 4.3. TOLERANCIAS DE COLOR

10 En cualquier lote de producto y para todas las categorías de calidad, se acepta un 10% de tomates que no reúnan el color especificado, incluyendo el 5% de tomates de color verde, siempre y cuando el color declarado no sea éste. Observación: esta disposición está cubierta por las tolerancias de calidad y no está ajustada a la norma UN/ECE 5. DISPOSICIONES SOBRE LA PRESENTACIÓN 5.1 Homogeneidad Observación: ajustar la tipografía a la de las otras normas del Codex. El contenido de cada envase deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por tomates del mismo origen, variedad y/o tipo comercial, calidad y calibre (si están calibrados). La madurez y la coloración de los tomates en las Categorías Extra y I deberá ser prácticamente uniforme. Además, en el caso de los tomates oblongos, los tomates deberán tener una longitud razonablemente uniforme. Observation: ajustado a la norma UN/ECE La parte visible del contenido del envase deberá ser representativa de todo el contenido..2 Envasado Observación: ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex Los tomates deberán envasarse de tal manera que el producto quede debidamente protegido. Los materiales utilizados en el interior del envase deberán ser nuevos 4, limpios, y ser de calidad tal que evite cualquier daño externo o interno al producto. Se permite el uso de materials en particular papel o sellos con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos o etiquetados con tinta o pegamento no tóxico. Los tomates deberán disponerse en cada envase de acuerdo con el Código Internacional de Prácticas Recomendado de Prácticas para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Tropicales Frescas (CAC/RCP ). Observación: ajustar con las demás normas del Codex Descripción de los envases 4 Para los fines de esta Norma, esto incluye el material reciclado de calidad alimentaria.

11 Los envases deberán satisfacer las características de calidad, higiene, ventilación y resistencia necesarias para asegurar una manipulación, transporte y conservación adecuadas de los tomates. Los envases deberán estar exentos de cualquier materia y olor extraños. 5.3 Presentación Los tomates podrán presentarse: i) en forma de frutos separados, con o sin cáliz y tallo corto. ii) en forma de tomates en racimos, es decir que los tomates se presentan en inflorescencias enteras o partes de inflorescencia, siempre que cada inflorescencia o parte de ésta conlleve al menos el siguiente número de frutos: - 3 frutos (2 frutos en preenvases), o - en el caso de los tomates cereza en racimos, 6 frutos (4 frutos en preenvase). Observación: La nueva sección 5.3 está ajustada a la norma UN/ECE revisada. 6. MARCADO Y ETIQUETADO Observación: ajustado a la norma UN/ECE y a los encabezados de las secciones 1 a Envases destinados al consumidor Observación: ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex Además de los requisitos de la Norma general del Codex para el Etiquetado de Alimentos (CODEX STAN , Rev ), se aplican las siguientes disposiciones específicas: Naturaleza del producto Si el producto no es visible desde el exterior, cada envase deberá etiquetarse con el nombre del producto y facultativamente con el de la variedad y/o del tipo comercial. 6.2 Envases no destinados a la Venta al por menor Observación: ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex Cada envase deberá llevar las siguientes indicaciones, en letras agrupadas del mismo lado, marcadas de forma legible e indeleble y visibles desde el exterior, o bien en los documentos que acompañan al embarque. 5 Observación: no se permite que los tomates sean transportados sueltos en los vehículos. 5 Al aceptar esta Norma del Codex, los gobiernos deberán notificar a la Comisión cuáles de éstas disposiciones se aplicarán.

12 6.2.1 Identificación Nombre y dirección del exportador, Envasador y/o Expeditor. Código de identificación (opcional) Naturaleza del producto Nombre del producto tomates o racimos de tomates y el tipo comercial si el contenido de los envases no es visible desde el exterior. Nombre de la variedad (redondos, oblongos). Estos detalles siempre deben aparecer en el caso de los tomates cereza (o cóctel ), que éstos sean o no presentados en racimos. Observación: la indicación de la variedad no es útil tratándose de los tomates, porque normalmente el fruto no presenta diferencias de una variedad a otra Origen del producto País de origen y, facultativamente, nombre del lugar, distrito o región de producción Identificación Comercial Categoría; Calibre (código del calibre o diámetro mínimo y máximo en mm) expresado en diámetros mínimo y máximos (en su caso); Peso neto en kg al empacar Marca de inspección oficial (opcional) Observación: ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex 7. CONTAMINANTES 7.1 Metales Pesados Observación: ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex Los tomates no deberán exceder los niveles máximos para metales pesados establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius Commission para este producto. Observación: ajustar con las demás normas del Codex 6 La legislación nacional de varios países requiere la indicación explícita del nombre y de la dirección. Sin embargo, en los casos en que aparezca un código de marca, la referencia envasador y/o expeditor (o la correspondiente abreviación) deberá aparecer cerca del código de marca.

13 7.2 Residuos de plaguicidas Observación: ajustar la tipografía a la de las demás normas del Codex Los tomates deberán ajustarse a los límites máximos para residuos establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius para este producto. Los tomates no deberán exceder los límites máximos para residuos establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius para este producto. 8. HIGIENE 8.1 Se recomienda que los productos regulados por las disposiciones de la presente norma se preparen y manipulen de conformidad con las secciones apropiadas del Código Internacional Recomendado de Prácticas Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP , Rev ), y otros textos del Codex pertinente como el Código de Práctica Higiénicas y Códigos de Prácticas recomendados por la Comisión del Codex Alimentarius pertinentes para este producto. Observación: ajustar con las demás normas del Codex 8.2 El producto deberá cumplir los requisitos microbiológicos establecidos de acuerdo con los Principios para el establecimiento y la Aplicación de criterios Microbiológicos a los Alimentos (CAC/GL ). Observación: ajustar con las demás normas del Codex REINO UNIDO El Reino Unido considera que el anteproyecto actual es demasiado indulgente y que no considera a los tomates que se encuentran en el mercado europeo o que pueden comercializarse. Nos referimos en especial a las tolerancias de mancha café y a las tolerancias de daños y de pudrición que a nuestro parecer son inaceptables. Hemos notado también que la norma parece cubrir únicamente los tomates cultivados al aire libre (a los que normalmente se tratan como asurcados) y no se menciona a los tomates redondos lisos (de invernadero), a los tomates en racimos, a los tomates cereza, tomates ciruela o tomates cóctel. Por lo tanto, consideramos que la norma no toma en cuenta la variedad de los tipos de tomates actualmente disponibles en el mercado europeo. MALASIA 2. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD 2.1 Requisitos mínimos

14 2.1.1 Malasia sugiere que se agregue el siguiente párrafo para adecuar la norma a los otros anteproyectos de norma: los tomates deben haber sido cosechados con cuidado y haber llegado a un grado adecuado de desarrollo y de madurez de acuerdo a los características propias de la variedad y/o del tipo comercial y del lugar donde se cultivan. El desarrollo y la condición de los tomates deben ser tales CLASSIFICACIÓN Categoría I Categoría II Malasia propone que el calibre para los defectos indicados en las secciones y sea expresado en porcentajes del diámetro del fruto y no en valores absolutos. La expresión de la medida en valor absoluto para frutos más pequeños no sería práctico puesto que la longitud o el diámetro cumulativos permitidos cubrirían un área mayor en esos frutos que en frutos más grandes. Malasia propone también que la palabra no (en la versión en inglés) se sustituya por not en los puntos de los párrafos y DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS 4.1 TOLERANCIAS DE CALIDAD Categoría Extra En el punto de embarque Malasia propone que 5% de tomates con daños muy severos sea eliminado ya que en la Sección Categoría Extra de la Sección 2.2 Clasificación, estipula claramente que los tomates deben estar exentos de daños. Malasia opina que esos defectos al punto de embarque pueden evitarse por medio de medidas de control de los países exportadores. Malasia propone que el requisito mínimo para los lotes de tomates de la Categoría Extra que no satisfagan los requisitos de la categoría sea que éstos tomates cumplan con los requisitos mínimos de la categoría I. Esta tolerancia de calidad corresponde con los demás anteproyectos de norma, por ejemplo el Anteproyecto Revisado de Norma del Codex para las Papayas. Por consiguiente, Malasia propone que la Sección quede redactada de la siguiente manera : Diez por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no cumplan los requisitos de la categoría, pero cumplan con los de la Categoría I. Siempre y cuando no más del 5% presente defectos causados por daños severos En transito o en el punto de destino Malasia propone que la tolerancia de 5% de tomates que presenten daños severos por cualquier causa, como aparece en el punto tres, sea eliminada con referencia a la Sección Categoría Extra de la Sección 2.2 Clasificación.

15 Malasia propone que el requisito mínimo para los lotes de tomates de la Categoría Extra que no satisfagan los requisitos de la categoría sea que éstos tomates cumplan con los requisitos mínimos de la categoría I. Por consiguiente, Malasia propone que la Sección quede redactada de la siguiente manera : Quince por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no cumplan los requisitos de la categoría, pero cumplan con los de la Categoría I. Siempre y cuando los defectos de los tomates de este porcentaje no rebasen los siguientes límites : - 5% de tomates ligeramente suaves, - 10% de tomates dañados por magulladuras externas, decoloración o cicatrices en cualquier parte Categoría I Al punto de embarque Malasia propone que 5% de tomates con daños muy severos sea eliminado ya que en la Sección Categoría I de la Sección 2.2 Clasificación, estipula requisitos mínimos que deben cumplir los tomates, detallados en la sección 2.1. El punto 4 de la Sección 2.1. estipula que para todas las categorías, los tomates deben ser sanos y que se excluyen los productos dañados por pudrición o deterioro que los haga impropios al consumo. Además, el párrafo 2 de la Sección Categoría I de la Sección 2.2. Clasificación estipula claramente que se toleran leves defectos en los tomates siempre y cuando éstos no afecten la apariencia general del producto, su calidad, su conservación y su presentación en el envase. Malasia opina que esos defectos al punto de embarque pueden evitarse por medio de medidas de control de los países exportadores. Malasia propone que el requisito mínimo para los lotes de tomates de la Categoría I que no satisfagan los requisitos de la categoría sea que éstos tomates cumplan con los requisitos mínimos de la categoría II. Por consiguiente, Malasia propone que la Sección quede redactada de la siguiente manera : Diez por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no cumplan los requisitos de la categoría, pero cumplan con los de la Categoría II. Siempre y cuando no más de 5% tengan defectos causados por daños muy severos En tránsito o en el punto de destino Malasia propone que la tolerancia de 5% de tomates que presenten daños severos por cualquier causa, como aparece en el punto tres, sea eliminada con referencia al párrafo 1 de la Sección Categoría I de la Sección 2.2 Clasificación. Además, la sección estipula que la condición de los tomates debe permitirles llegar en un estado satisfactorio a su lugar de destino.

16 Malasia propone que el requisito mínimo para los lotes de tomates de la Categoría I que no satisfagan los requisitos de la categoría sea que éstos tomates cumplan con los requisitos mínimos de la categoría II. Por consiguiente, Malasia propone que la Sección esta sección quede redactada de la siguiente manera : Quince por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no cumplan los requisitos de la categoría, pero cumplan con los de la Categoría II. Siempre y cuando los defectos de los tomates de este porcentaje no rebasen los siguientes límites : - 5% de tomates ligeramente suaves, - 10% de tomates dañados por magulladuras externas, decoloración o cicatrices en cualquier parte. - 10% de tomates con otros defectos siempre y cuando no más de 5% estén seriamente dañados Categoría II Al punto de embarque Malasia propone que 5% de tomates con daños muy severos sea eliminado así como la tolerancia del 1% de tomates aguados o podridos ya que en la Sección Categoría II de la Sección 2.2 Clasificación, estipula requisitos mínimos que deben cumplir los tomates, detallados en la sección 2.1., por ejemplo: sanos, y por consiguiente los productos podridos o afectados por deterioros que los vuelvan impropios al consumo están excluidos. Los tomates deben conservar sus características principales en cuanto a la calidad, a la conservación y a su presentación en el envase. Además, la tolerancia de tomates que presentan defectos severos en cualquier lote debería ser evitada porque puede afectar la calidad en el punto de destino. Malasia propone entonces la siguiente enmienda: Diez por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no cumplan con los requisitos de la categoría ni con los requisitos mínimos, con excepción de los productos dañados por pudrición o cualquier otro deterioro que los haga impropios al consumo. Siempre y cuando no más del 5% tenga defectos causados por daños muy severos provocados por insectos, y no más del 1% aguados o podridos En tránsito o en el punto de destino Malasia opina que la tolerancia de 5-10% de tomates dañados en esta sección debe ser eliminada, en referencia al párrafo 1 de la Sección Categoría II de la Sección 2.2 Clasificación. Por consiguiente, Malasia propone la enmienda siguiente: Quince por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no cumplan los requisitos de la categoría, ni los requisitos mínimos, con excepción de los productos afectados por pudrición u otro deterioro que los haga impropios al consumo Siempre y cuando los defectos de los tomates de este porcentaje no rebasen los siguientes límites :

17 - 5% de tomates suaves o podridos y 10% de tomates dañados por magulladuras externas, decoloración o grietas en cualquier parte 10% de tomates dañados por otros defectos siempre y cuando no más del 5% estén seriamente dañados por los insectos. Se efectúan las siguientes observaciones: A la sección 1. Definición del producto. ESPAÑA Se debería incluir en la sección 1. Definición del producto, los tipos comerciales de tomates existentes en el mercado, por lo que se propone añadir al final de la sección 1., lo siguiente: Se distinguen cuatro tipos comerciales de tomates: - redondo lisos. - asurcados. - oblongos o largos. - tomate de cereza (incluidos los tomates cóctel ) A la sección 2. Disposiciones relativas a la calidad. Apartado 2.1. Requisitos mínimos. Se propone añadir al final de la sección 1, el siguiente párrafo: En el caso de los tomates en racimos, los tallos deberán tener un aspecto fresco, sano, limpio y estar exentos de hojas y materias extrañas visibles.. Apartado Categoría extra. Se propone la sustitución del primer párrafo por el siguiente: Los tomates de esta categoría deberán ser de calidad superior y presentar la forma, aspecto y desarrollo típico de la variedad. No podrán presentar dorso verde ni otros defectos, salvo muy ligeras alteraciones superficiales en la epidermis que no afectan al aspecto general del producto ni a su calidad, conservación y presentación en el envase. En el segundo guión, se propone sustituir la expresión firmes por pulpa firme. Apartado Categoría I. Al hacerse la distinción en la sección 1, de los tipos comerciales de tomate, se propone la sustitución de esta sección por la siguiente: Los tomates clasificados en esta categoría deberán ser de buena calidad, suficientemente firmes y presentar las características de la variedad. No podrán presentar grietas ni dorso verde aparentes. Sin embargo podrá presentar los defectos leves que se indican a continuación, siempre que éstos no afecten al aspecto general del producto ni a su calidad, conservación y presentación en el envase:

18 - ligeras malformaciones y defectos de desarrollo, - ligeros defectos de coloración, - ligeros defectos de epidermis, - magulladuras muy ligeras. Además, los tomates asurcados podrán presentar: - grietas cicatrizadas de 1 cm de longitud máxima, - protuberancias no excesivas, - un pequeño ombligo que no presente formación acorchada, - cicatrices acorchadas de forma umbilical en el punto pistilar, cuya superficie total no exceda de 1 cm 2, - una fina cicatriz pistilar alargada (similar a una costura), cuya longitud no supere los dos tercios del diámetro máximo del fruto. Apartado Categoría II. Al hacerse la distinción en la sección 1, de los tipos comerciales de tomate, se propone la sustitución de esta sección por la siguiente: Esta categoría comprenderá los tomates que no puedan clasificarse en las categorías superiores pero que cumplan los requisitos mínimos establecidos. Deberán ser suficientemente firmes (aunque, podrán ser ligeramente menos firmes que los clasificados en la categoría I) y no podrán presentar grietas sin cicatrizar. Siempre que conserven sus características esenciales de calidad, y presentación estos tomates podrán tener los defectos siguientes: - defectos de forma, de desarrollo y de coloración, - defectos de la epidermis o magulladuras, siempre que no dañen gravemente el fruto. - grietas cicatrizadas de 3 cm de longitud máxima. Además, los tomates asurcados podrán presentar: - protuberancias más marcadas en comparación con la categoría I, sin que exista deformidad, - un ombligo, - cicatrices acorchadas de forma umbilical en el punto pistilar, cuya superficie total no exceda de 2 cm 2, - una fina cicatriz pistilar alargada (similar a una costura). A la sección 3. Disposición sobre la clasificación por calibres. Debería añadirse un apartado que regulase el calibre mínimo de los tomates. Se propone añadir el siguiente párrafo: El calibre mínimo de los tomates clasificados en las categorías Extra, I y II se fija en: - 35 mm para los tomates redondos lisos y asurcados, - 30 mm para los tomates oblongos. A la sección 4. Disposiciones sobre tolerancias. Apartado 4.1. Tolerancias de calidad.

19 No se está de acuerdo con la disposición que se hace en El punto de embarque y En transito o destino. Se considera que debería haber una única tolerancia, con el siguiente texto: Categoría Extra. - Un 5% en número o en peso de tomates que no cumplan los requisitos de esta categoría pero que se ajusten a los de la categoría I o que, como mínimo y con carácter excepcional, se incluyan en las tolerancias de esa categoría. Categoría I. - Un 10% en número o en peso de tomates que no cumplan los requisitos de esta categoría pero que se ajusten a los de la categoría II o que, como mínimo y con carácter excepcional, se incluyan en las tolerancias de esa categoría. - En el caso de los tomates en racimos, un 5% en número o en peso de tomates separados del tallo. Categoría II. - Un 10% en número o en peso de tomates que no cumplan los requisitos de esa categoría ni tampoco los requisitos mínimos, quedando excluidos los productos que presenten podredumbre, magulladuras pronunciadas u otras alteraciones que los hagan impropios para el consumo. - En el caso de los tomates en racimos, un 10% en número o en peso de tomates separados del tallo. Apartado 4.2. Tolerancias de calibre. Se propone la sustitución de esta sección por la siguiente: En todas las categorías: un 10% en número o en peso de tomates que correspondan al calibre inmediatamente inferior o superior al calibre especificado, con un mínimo de 33 mm para los tomates redondos lisos y asurcados y de 28 mm para los tomates oblongos. A la sección 5. Disposiciones sobre la presentación. Se propone añadir una nueva sección con el siguiente texto: 5.3. Presentación Los tomates podrán presentarse: iii) iv) en forma de frutos separados, con o sin cáliz y tallo corto. en forma de tomates en racimos, es decir que los tomates se presentan en inflorescencias enteras o partes de inflorescencia, siempre que cada inflorescencia o parte de ésta conlleve al menos el siguiente número de frutos: - 3 frutos (2 frutos en preenvases), o - en el caso de los tomates cereza en racimos, 6 frutos (4 frutos en preenvase). Apartado 5.1. Homogeneidad. Se propone añadir al final de esta sección, lo siguiente: Además en el caso de los tomates oblongos, la longitud deberá ser suficientemente uniforme.

20 Apartado 5.2. Envasado. Se propone sustituir el título de Envasado por Acondicionamiento. Se propone suprimir la nota (4) que figura a pie de página por considerar que los materiales utilizados en el interior de los envases deben ser siempre nuevos. A la sección 6. Marcado y etiquetado. Apartado Naturaleza del producto. Se propone la sustitución del texto de la sección por el siguiente: - tomates o tomates en racimos y tipo comercial, si el contenido no es visible desde el exterior; estas indicaciones serán obligatorias en todos los casos para el tipo cerezas (o cóctel ), en racimos o no, - nombre de la variedad (facultativo). Sección Categoría Extra ARGENTINA Se sugiere abrir una sección, antes del punto 2.2 CLASIFICACIÓN, para establecer los distintos grados de madurez, ya que en esta categoría se hace mención a la coloración y su relación con la madurez del fruto. La clasificación más usada en el ámbito del MERCOSUR es por su color, cuya propuesta se describe a continuación: Los tomates se clasificarán de acuerdo a su color: Verde maduro: Cuando hay inicio de amarillamiento en zona apical. Pintón: Cuando los colores amarillo, rosado o rojo se encuentren entre el DIEZ POR CIENTO (10%) y TREINTA POR CIENTO (30%) de la superficie del fruto. Rosado: Entre el TREINTA POR CIENTO (30%) y SESENTA POR CIENTO (60%) del fruto es rosado o rojo (no incluye el amarillo). Rojo: Más del SESENTA POR CIENTO (60%) y menos del NOVENTA POR CIENTO (90%) del fruto presenta coloración rosada o roja. Rojo maduro: Más del NOVENTA POR CIENTO (90%) de la superficie es roja. Sección Categoría I 1er. párrafo: Se solicita aclaración del término suave en la versión en español. 3er. párrafo: cicatrices longitudinales de no más de 16 mm de largo acumulado.

21 cicatrices lignificadas de forma umbilical que no exceda de 1 cm 2 o una lineal que no exceda de dos tercos tercios del diámetro máximo del fruto. rajaduras de crecimiento (radicales) de no más de 19 mm de largo. Sobre este ítem se solicita aclaración del término radicales. Sección 3. Disposiciones sobre la clasificación por calibres. Se sugiere además de aceptar la denominación de los tipos comerciales establecidos en esta Sección, agregar la sinonimia siguiente: El tamaño de los tomates tipo bola o redondo y alargados u oblongos se medirá por el diámetro ecuatorial o transversal Se sugiere el reemplazo de la tabla de calibres por la de la Norma UN/ECE STANDARD FFV En Punto de Embarque Se sugiere: Diez Cinco por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando no más del 5% 1% sean defectos ocasionados por daños muy severos En tránsito o en destino. Quince Diez por ciento, en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando los defectos de los tomates correspondientes a este porcentaje no excedan los siguientes: El 5% de tomates ligeramente suaves, (se solicita aclaración del término suave). El 10% 5% de tomates dañados por magullamiento en los hombros, decoloración o por cicatrices en cualquier parte del tomate, El 10% 5% de tomates que tengan otros defectos, siempre y cuando no más del 5% 2% sean de tomates seriamente dañados por cualquier causa Categoría I En punto de embarque. Diez Cinco por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando no más del 5% 2% sean defectos ocasionados por daños muy severos En tránsito o en destino. Quince Diez por ciento en número o en peso de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando los defectos de los tomates correspondientes a este porcentaje no excedan de los siguientes: El 5% de tomates suaves (se solicita aclaración del término suave), correspondiendo sólo el 1% a tomates dañados por pudrición,

22 El 10% 5% de tomates dañados por magullamiento en los hombros decoloración o por cicatrices en cualquier parte del tomate, El 10% 5% de tomates que tengan otros defectos, siempre y cuando no más del 5% 3% estén muy seriamente dañados por cualquier causa Categoría II En punto de embarque Diez Cinco por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando no más del 5% 3% sean defectos ocasionados por daños muy severos, originados por insectos y no más del 1% de tomates aguados o podridos En tránsito o en destino. Quince Diez por ciento, en número o en peso, de los tomates de cualquier lote que no satisfagan los requisitos de esta categoría, siempre y cuando los defectos de los tomates correspondientes a este porcentaje no excedan los siguientes: El 5% de tomates suaves (se solicita la aclaración del término suave) o dañados por pudrición dentro de los cuales se acepta sólo un 2% de tomates dañados por pudrición, El 10% de tomates que estén dañados por magullamiento en los hombros, decoloración o por cicatrices en cualquier parte del tomate, El 10% de tomates con otros defectos, siempre y cuando no más del 5% estén seriamente dañados por insectos Naturaleza del producto. Se sugiere incluir lo siguiente: Nombre del producto si el contenido no es visible desde el exterior. Tipo comercial (bola o redondo, alargado u oblongo). URUGUAY 2. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD 2.1. REQUISITOS MINIMOS - tener una apariencia y desarrollo característicos de la variedad; - estar prácticamente libres de daños causados por exposición al sol; - estar prácticamente libres de daños por heladas o por congelación altas o por bajas temperaturas; - en el caso de tomates atados o en racimos, los raquis deben estar frescos, sanos, limpios y libres de todas las hojas y de cualquier materia extraña visible. i) no será obligatoria la aplicación de las escalas de calibres, si bien la diferencia máxima entre frutos no deberá exceder de la escala obtenida agrupando tres calibres consecutivos de la escala de calibres.

23 2.2 CLASIFICACION Categoría Extra - exentos prácticamente libre de daños Categoría II - rajaduras de crecimiento (radicales) de no más de mm de largo, 4. DISPOSICIONES SOBRE TOLERANCIAS ; 4.1.2; En el caso de las tolerancias para las distintas categorías, se sugiere no discriminar en dos puntos de inspección, manteniendo el criterio tradicional de Codex de tomar como lugar de inspección, solamente el punto de recibo.

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