REPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA SA-017 DE 2013 PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS

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1 REPÚBLICA DE COLOMBIA 1 SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA SA-017 DE 2013 PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS CONTRATAR UNA CAMPAÑA PUBLICITARIA A TRAVÉS DE SISTEMAS DE TRANSPORTE MASIVO Y TERMINALES DE TRANSPORTE CON ACTIVIDADES BTL. Bogotá D.C., agosto de 2013

2 RECOMENDACIONES Se recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente: a. Verificar que no se encuentren incursos en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucionales y legalmente establecidas para participar en el proceso de selección. 2 b. Examinar rigurosamente el contenido del Pliego de Condiciones, de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación administrativa con entidades (ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y demás normas reglamentarias y complementarias). c. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben llegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la ley y en el presente pliego de condiciones. d. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en el pliego de condiciones. e. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego. f. Analizar en su integridad, detenidamente el contenido del pliego de condiciones, antes de la fecha de la celebración de la audiencia prevista para precisar el contenido y alcance del mismo y de asignación y distribución de riesgos, diligencia que se llevará a cabo por parte de la Superintendencia del Subsidio Familiar, para que en ella se formulen de manera clara y precisa las aclaraciones o precisiones que requiera este documento. g. Diligenciar de manera clara y precisa los anexos y formatos contenidos en este pliego. h. Elaborar los aspectos y económicos de la propuesta en estricto acatamiento de lo dispuesto en el presente pliego, verificando la integridad y coherencia de los ofrecimientos.

3 CONTENIDO CAPÍTULO OBJETO 1.2. ALCANCE ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS 1.4. FUNDAMENTO JURIDICO DEL PROCESO DE SELECCION 1.5. PRESUPUESTO OFICIAL Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL 1.6. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACION 1.7. ESTUDIOS PREVIOS 1.8. ADENDAS O ACLARACIONES 1.9. PRORROGA COMITÉ ASESOR PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN OBSERVACIONES AL PROYECTO DEL PLIEGO DE CONDICIONES PUBLICACION DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES TERMINO PARA SUBSANAR APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS INTERNACIONALES RECIPROCIDAD DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR CONSULARIZACION APOSTILLE POTESTAD VERIFICADORA INFORMACION INEXACTA RESPONSABILIDAD DE LOS PROPONENTES ACREDITACION DE PERSONAL CON LIMITACIONES (LEY 361 DE 1997) CAPITULO CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO 2.2. CONVOCATORIA DE MYPES Y MIPYMES 2.3. PROCEDIMIENTO EN CASO DE CONVOCATORIA LIMITADA 2.4. ASIGNACIÓN DE RIESGOS 2.5. GARANTIAS 2.6. MANIFESTACION DE INTERES

4 2.7. SORTEO DE CONSOLIDACION DE OFERENTES 2.8. RECEPCION DE OFERTAS Y ACTA DE CIERRE 2.9. VERIFICACION DE PROPUESTAS Y PUBLICACIÓN DE INFORMES AUSENCIA DE PROPONENTES UN OFERENTE HABIL PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS CAPITULO 3. CONDICIONES DE LA PROPUESTA 3.1. IDIOMA DE LA OFERTA 3.2. FORMA DE PRESENTACION DE LA OFERTA 3.3. VIGENCIA DE LA OFERTA CAPÍTULO 4 REQUISITOS MINIMOS HABILITANTES (SOBRE ORIGINAL) 4.1. ÍNDICE DE CONTENIDO 4.2. CAPACIDAD JURIDICA 4.3. DOCUMENTOS JURIDICOS 4.4. REQUISITOS DE CARÁCTER FINANCIERO 4.5. EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE 4.6. ESPECIFICACIONES TECNICAS 4.7. ACEPTACION DE CONDICIONES MINIMAS 4.8. EQUIPO DE TRABAJO 4.9. CRITERIO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS CRITERIOS DE DESEMPATE OFERTA ECONOMICA SOBRE (2) 5.1. DOCUMENTACION SOBRE No. 2 CAPITULO 5 CAPITULO ADJUDICACION 6.2. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA CONTRATACION 6.3. CONTRATO Y SU PERFECCIONAMIENTO 6.4. SUPERVISION

5 CAPITULO CAUSALES DE RECHAZO 7.2. DOCUMENTOS REFERIDOS A LA FUTURA CONTRATACION ANEXOS 5 ANEXO No. 1 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES TECNICAS MINIMAS ANEXO No. 2 CARTA DE PRESENTACION ANEXO No. 3 MODELO DE CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES ANEXO No. 4 MODELO DE DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN PARA CONSORCIO ANEXO No. 5 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN PARA UNIÓN TEMPORAL ANEXO No. 6 MODELO PROPUESTA ECONOMICA ANEXO No.7 CERTIFICADO DE EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE PROPONENTES NO OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL RUP ANEXO 8 MODELO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE ANEXO 9 COMPROMISO DE APLICACIÓN ÉTICA PÚBLICA EN LA CONTRATACION ESTATAL ANEXO 10 BORRADOR MINUTA DEL CONTRATO

6 CAPÍTULO OBJETO. Contratar una campaña publicitaria a través de sistemas de transporte masivo y terminales de transporte con actividades BTL ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Las Especificaciones Técnicas se encuentran descritas en el Anexo Técnico adjunto al presente pliego de condiciones definitivos, en el que se hace la descripción técnica detallada y completa del objeto a contratar, las condiciones de ejecución del contrato, presupuesto, forma de pago, garantías, y demás asuntos relativos al mismo FUNDAMENTO JURIDICO DEL PROCESO DE SELECCIÓN Por ser una adquisición de un servicio con características técnicas que requieren de una calidad o característica especial y el presupuesto estimado, se adelantará por la Modalidad de Selección Abreviada bajo el procedimiento de Menor Cuantía. En virtud de lo anterior, la selección objetiva se realizará teniendo en cuenta los factores de calificación, de conformidad con lo señalado en el literal b) numeral 2 de la Ley 1150 de 2007 y los artículos y del Decreto Reglamentario 734 de La Superintendencia del Subsidio Familiar atenderá los principios consagrados en la Ley 80 de 1993, los de la Función Pública contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política, en el Código Contencioso Administrativo, en la Ley 489 de 1998, las disposiciones del Código Civil y de Comercio que le sean aplicables Adicionalmente, adopta como principios particulares del presente proceso de selección la calidad, planeación y responsabilidad integral PRESUPUESTO OFICIAL Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL LA SUPERINTENDENCIA ha establecido como presupuesto oficial para el presente proceso la suma de hasta CIENTO SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($ oo) INCLUIDO IVA. Para lo anterior, la SUPERINTENDENCIA cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal, según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No del 24 de Julio de 2013, expedido por el Profesional Especializado del Grupo de Recursos Financieros de LA SUPERINTENDENCIA, con cargo al proyecto de inversión Implementación sistema integral de difusión de la Superintendencia del Subsidio Familiar en Colombia Subproyecto de Inversión Realizar campañas publicitarias a través de medios externos y de transporte (sistema de transporte masivo a nivel nacional DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN a. Estudios Previos b. El Proyecto de pliego de condiciones c. Observaciones al proyecto de pliego de condiciones, si las hubiere d. Respuestas a las observaciones presentadas al proyecto de pliego de condiciones. e. Acto de Apertura del proceso de selección f. El Pliego de condiciones, sus formatos, la minuta y adendas g. Las propuestas presentadas h. Informe de verificación i. Observaciones al mismo j. Respuestas a las observaciones k. Informe de verificación definitivo l. Adjudicación.

7 1.6. ESTUDIOS PREVIOS Los Estudios Previos y los documentos que soportan el proceso de selección, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, a través del Portal Único de Contratación, cuyo sitio web es: HOY y/o en la Secretaría General de la Superintendencia del Subsidio Familiar ubicada en el piso 5 de la Calle 45 A No Bogotá ADENDAS O ACLARACIONES 7 Los Pliegos se modificaran mediante Adenda que será publicada en los términos del Art del Decreto 0734 de Los oferentes deberán estar atentos a los documentos que se expidan en el presente proceso de selección y todos los demás documentos que hacen parte del mismo e informarse de todas las circunstancias que puedan afectar en alguna forma el objeto del mismo, el valor o el plazo requerido para su cumplimiento. Todas las adendas que publique la Superintendencia del Subsidio Familiar en relación con el pliego de condiciones, pasarán a formar parte integrante del proceso y serán de obligatorio cumplimiento por parte de los proponentes. El pliego y las adendas deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que se indica en su contexto general. La Superintendencia del Subsidio Familiar se reserva el derecho de expedir adendas al pliego de condiciones, las cuales adicionarán o aclararán las disposiciones presentadas en éste documento, la(s) misma(s) será(n) publicada(s) oportunamente de manera obligatoria en la Página web: SECOP hoy Razón por la cual es responsabilidad del proponente conocer toda la información que se publique, referente al presente proceso de selección. Ninguna aclaración verbal podrá afectar el pliego de condiciones y sus adendas y no se atenderán solicitudes por fuera del término establecido, ni se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal PRORROGA El plazo del proceso de selección, podrá ser prorrogado atendiendo lo dispuesto en los artículos y del decreto 0734 de 2012 siempre y cuando la administración lo considere conveniente en los términos de la ley COMITÉ ASESOR De conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 que estipula "DEL DEBER DE SELECCIÓN OBJETIVA" y el artículo del Decreto 734 de 2012, LA SUPERINTENDENCIA conformará el Comité Asesor el cual, verificará, evaluará y calificará las ofertas presentadas conforme a los criterios establecidos en el presente Pliego de Condiciones PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN En aplicación del artículo , del Decreto 734 de 2012, LA SUPERINTENDENCIA, convoca a las veedurías ciudadanas dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 734 de 2012, para realizar control social al presente proceso de contratación. Por lo anterior se convocan a la CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA CIUDADANA para el proceso de SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA cuyo objeto es Contratar una campaña publicitaria a través de sistemas de transporte masivo y terminales de transporte con actividades BTL OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Las observaciones deberán ser presentadas durante el termino establecido en el Cronograma y Trámite del Proceso, los interesados podrán solicitar aclaraciones o realizar observaciones al correo electrónico contratos@ssf.gov.co y/o dirigirlas por escrito al Grupo de Recursos Físicos y Gestión Documental de la

8 Superintendencia del Subsidio Familiar ubicada en la Calle 45 A No piso 5 de la ciudad de Bogotá en el horario de 8:00 AM a 5:00 PM. La Superintendencia podrá acoger las sugerencias y/o observaciones presentadas por los oferentes al proyecto de pliego de condiciones, e incluirlas si lo considera procedente en el pliego definitivo, el cual será publicado en la página web anteriormente descrita PUBLICACION DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES. 8 La Superintendencia publicará las respectivas respuestas a las observaciones presentadas en la página web HOY dentro del término establecido en el cronograma y trámite del proceso TERMINO PARA SUBSANAR En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del oferente o soporten el contenido de la misma, y que no constituyan los factores de escogencia, siempre y cuando los mismos sean presentados en igualdad de condiciones. De conformidad con lo señalado en el artículo del Decreto 734 de 2012 y acorde a la modalidad de selección determinada en el presente pliego de condiciones; los proponentes, con posterioridad al cierre y hasta antes de la adjudicación, podrán presentar ante la Secretaría General de la entidad los documentos habilitantes que no hayan presentado. Sin perjuicio de lo anterior, será rechazada la propuesta del oferente que dentro del término de traslado de los informes de verificación, calificación, y consolidado preliminar de los mismos; el cual estará a disposición por un término de tres (03) días hábiles, no subsane los requisitos y/o documentos objetados por la entidad APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS INTERNACIONALES En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo en concordancia con el numeral 8 del Artículo del Decreto 734 de 2012, y el "Manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los Acuerdos Comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes", expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación Versión 15 de mayo de 2012, se concluyó que el presente proceso NO está cobijado por acuerdos Internacionales o Tratados de Libre Comercio vigentes, conforme a la exclusión descrita en el citado manual; numeral 5 Los contratos hasta por $US$ que se encuentra para beneficio de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, equivalente a $ hasta el 31 de diciembre de De acuerdo con esto, las contrataciones hasta el monto señalado se encuentra excluidas del capítulo de compras y sobre las mismas no son aplicables las obligaciones del acuerdo RECIPROCIDAD A efectos de lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 20 de la Ley 80 de 1993 y el parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003 modificado por el artículo 51 del Decreto-ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero en procesos de selección nacionales, siempre que cumplan con alguna de estas condiciones: 2. a) Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país, o 3. b) Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. En el último caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitará la publicación en el Secop de las certificaciones referidas y de mantener dicha información actualizada coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.

9 Parágrafo. La información sobre los acuerdos comerciales suscritos por Colombia estará disponible en el Secop en los términos previstos en el artículo del presente decreto DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. 9 Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia CONSULARIZACIÓN De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65). Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 No Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes APOSTILLE Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán estar acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil POTESTAD VERIFICATORIA La Superintendencia se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere necesarias para el cumplimiento de dicha verificación INFORMACIÓN INEXACTA LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada por el Proponente y la efectivamente obtenida o suministrada a la entidad por la fuente de donde proviene la información que se pretende acreditar en el proceso, el documento que la contenga se entenderá como no presentado. Sin perjuicio de hacer conocer el hecho a las autoridades competentes RESPONSABILIDAD DE LOS PROPONENTES Será responsabilidad de los Proponentes realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su Propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características,

10 incluyendo los estudios, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios para formular la Propuesta con base en su propia información. Será responsabilidad de los Proponentes obtener toda la información que requieran para realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su Propuesta. El examen que deberán hacer los Proponentes incluirá también, entre otras cosas y sin limitarse necesariamente a éstas, la revisión de todos los asuntos e informaciones relacionados con el Contrato y el lugar donde se ejecutará, adicionalmente, los Proponentes deberán verificar las obligaciones del Contrato, y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar el cumplimiento del mismo, todo lo cual debe ser tomado en cuenta para la preparación de la Propuesta. 10 De este Pliego y sus Anexos no se debe deducir garantía alguna con respecto a los rendimientos operativos o financieros que lleguen a soportar la Propuesta de los Proponentes. El Adjudicatario asume los riesgos previsibles asignados en los Estudios y Documentos Previos y en el Contrato, y soporta sus efectos sin que las consecuencias derivadas del acaecimiento de tales riesgos constituyan un eventual desequilibrio económico del Contrato, o den lugar a reclamación alguna. Lo anterior, puesto que la asunción de riesgos debe ser tenida en cuenta por los Proponentes en la valoración de la Propuesta Económica y será remunerada de conformidad con dicha Propuesta Económica y con lo establecido en el Contrato. Ni la recepción de este Pliego de Condiciones por cualquier persona, ni cualquier información contenida en este documento o proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, por parte de la Superintendencia, sus funcionarios, asesores, o contratistas, debe considerarse como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal, financiera, técnica o de otra naturaleza a cualesquiera de dichas personas. El Proponente que resulte Adjudicatario de esta Licitación que no haya obtenido, evaluado o considerado adecuadamente toda la información que pueda influir en la determinación de los costos, no se eximirá de su responsabilidad por la ejecución completa de las obligaciones a su cargo, asumidas por este en virtud del Contrato, ni ello le dará derecho a reembolso de costos, ni reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna naturaleza. Por la sola presentación de la Propuesta se considera que los Proponentes han considerado la viabilidad financiera del Contrato, bajo las condiciones contenidas en su Propuesta, y que han hecho un cuidadoso examen de las condiciones de trabajo, los riesgos y, en general, todos los factores determinantes de los costos de ejecución del contrato, los cuales se incluyen en los términos de su Propuesta ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES (LEY 361 DE 1997) De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la ley 361 de 1997 los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación, serán preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de selección, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la ley, dicho personal deberá haber sido contratado por lo menos con anterioridad a un año al cierre del presente proceso de selección. Para lo cual deberán acreditar esta situación presentando los siguientes documentos: 1) Certificación vigente expedida por la Oficina de Trabajo de la respectiva zona. 2) Copia de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al personal en condiciones de discapacidad, del mes inmediatamente anterior al del cierre de este proceso de selección CAPITULO CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO (PROVISIONAL) ACTIVIDAD LUGAR FECHA Y/U HORA Publicación de la Resolución de Apertura de la Selección Abreviada, publicación de pliegos definitivos y de las respuesta a las observaciones recibidas al proyecto de pliegos de condiciones Páginas Web: hoy 26 de agosto de 2013

11 Manifestación de interés para participar Sorteo de Oferentes en caso de recibir más de 10 manifestaciones. Por escrito en el Grupo de Recursos Físicos y Gestión Documental de la Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA Calle 45 A No de Bogotá y/o a la dirección electrónica: contratos@ssf.gov.co Auditorio primer piso de la SUPERINTENDENCIA Calle 45 A No de Bogotá Del 27 al 29 de agosto de de agosto a las 10:00 AM 11 Fecha límite para recepción de observaciones a los Pliegos definitivos y expedición de Adendas en la Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA Calle 45 A No de Bogotá o a la dirección electrónica: contratos@ssf.gov.co; Páginas Web: hoy 03 de septiembre de 2013 hasta las 5:00 PM Término para presentar ofertas Centro de Documentación e Información CDI de la SUPERINTENDENCIA Calle 45 A No de Bogotá Verificación de propuestas y conformación de lista de oferentes habilitados. Publicación informe de verificación y lista de oferentes habilitados y término para subsanar la no presentación de documentos y/o ausencia de requisitos habilitantes y Publicación de observaciones recibidas y Respuesta a las mismas. Lista definitiva de oferentes habilitados y al orden de elegibilidad Publicación del Acto de Adjudicación o declaratoria desierta. 06 de septiembre de 2013 HASTA LAS 03:00 PM Secretaria General SSF Del 09 al 10 de septiembre de 2013 Páginas Web: hoy Publicación en la Páginas Web: hoy Del 12 al 17 de septiembre de de septiembre de 2013 IMPORTANTE. Cualquier modificación a las fechas contenidas en este cronograma se efectuará y comunicará a los oferentes, mediante adendas suscritas por la Superintendencia del Subsidio Familiar, las cuales se publicarán oportunamente de manera obligatoria en la Página web: hoy CONVOCATORIA DE MYPES Y MIPYMES. En virtud de lo dispuesto en el Título IV del Decreto 734 de 2012, la Entidad el mismo día fijado para la publicación del aviso de convocatoria pública y del proyecto de pliego de condiciones realizó la convocatoria pública de todas las MIPYMES, para que presenten manifestaciones de interés en participar en el presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, teniendo en cuenta que la cuantía del mismo, está entre setenta y cinco mil un dólares americanos (US$75.001) y ciento veinticinco mil dólares americanos (US$ ) de conformidad con el articulo Capítulo I, del Título IV, del Decreto 734 de Para que las manifestaciones de interés sean tenidas en cuenta por la Entidad es necesario que cumplan con los requisitos establecidos en el inciso cinco, del artículo , del Capítulo I, del Título IV del Decreto 734 de 2012, así:

12 1. Que se presente a más a tardar el día hábil anterior a la fecha prevista para la apertura del presente proceso de Selección. 2. Que la manifestación de interés se acompañe de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale la condición de Mipyme y su tamaño empresarial (mediana empresa). Si la empresa tiene revisor fiscal, será éste quien deberá realizar y suscribir la certificación. En caso de no tener revisor fiscal la certificación deberá ser suscrita por contador público. En los dos casos debe adjuntarse la Cédula de Ciudadanía y la Tarjeta Profesional de quien acredita la condición en mención Igualmente deben adjuntar con su manifestación de interés certificado expedido por la cámara de comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad. NOTA: La manifestación de interés que no se presente con las condiciones y requisitos establecidos en el presente acápite no será tenida en cuenta por la Entidad. Para que la Convocatoria se limite a MIPYMES, deben presupuestos jurídicos: 1. Que la cuantía del proceso esté entre setenta y cinco mil un dólares americanos (US$75.001) y ciento veinticinco mil dólares americanos ($ ). 2. Se hayan recibido mínimo tres (3) manifestaciones de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mipymes. 3. Se halla acreditado mínimo un año de existencia por parte de la Mipyme que manifestó interés. Si se llegasen a presentar los presupuestos para proceder a la convocatoria de Mipymes deberán seguirse las reglas establecidas para cerrar las convocatoria a Mypes, en cuanto número de manifestaciones y plazos para presentarla, su antigüedad, los requisitos del aviso de convocatoria, garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación PROCEDIMIENTO EN CASO DE CONVOCATORIA LIMITADA. Verificado el cumplimiento de los requisitos y reglas señalados en el numeral precedente la entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mipymes. Limitada la Convocatoria a Mipyme, si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta, la Entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones, sin la limitación de la convocatoria Mipyme, permitiendo la participación de cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta por la Mipyme, según el caso, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo. Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mipyme, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones. El proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que sea declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación a la limitación de convocatoria de Mipyme. Es permitida la participación bajo la figura asociativa de Consorcios y Uniones Temporales, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mipymes. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo, y no por el número de Mipymes que los integren; que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados en el presente pliego de condiciones ASIGNACIÓN DE RIESGOS El proponente favorecido con la presente invitación, asumirá los riesgos propios derivados de la formulación de propuesta y por ende estará obligado a responder en los términos y condiciones establecidos en la minuta del contrato debiendo entregar el producto del servicio ofrecido.

13 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, y el artículo del Decreto 0734 de 2012, se establecen como riesgos previsibles, esto es aquellos que pueden afectar económicamente la ejecución contractual, los siguientes: ESTIMACION DEL RIESGO CLASE TIPIFICACIÓN Probabilidad Costo de ocurrencia Estimación del riesgo sobre el valor del contrato ASIGNACION 13 (a) (b) (a) x (b) RIESGOS CREDITICIOS Alteración de las condiciones de financiación como consecuencia de la variación en las variables del mercado. 10% 0.25 (0.1 x 0.25)= CONTRATISTA RIESGO TRIBUTARIO Efectos favorables o desfavorables, variaciones en la legislación tributaria, creación de nuevos impuestos, supresión o modificación de los existentes. 10% 0.25 (0.1 x 0.25)= CONTRATISTA RIESGO POR INSUFICIENCIA DE RECURSOS Por dificultades de transporte, ausencia de personal o medios logísticos y tecnológicos o carencia de calidad en el servicio que causen perjuicios a los usuarios del mismo y lleven a afectar la ejecución contractual. 10% 0.25 (0.1 x 0.25)= CONTRATISTA 2.5. GARANTIAS Una vez analizada la complejidad del proyecto y las condiciones generales para la ejecución del contrato producto de este procedimiento de selección, la SUPERINTENDENCIA determinó que el proponente favorecido con la adjudicación del contrato, constituirá a favor de la Entidad una garantía, otorgada por un banco o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, con los siguientes amparos, cuantías y vigencias: CUMPLIMIENTO: El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la SUPERINTENDENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato.

14 El contratista DEBERÁ CONSTITUIR A FAVOR de la Superintendencia del Subsidio Familiar o en una Entidad Bancaria o Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, una GARANTÍA ÚNICA amparando el riesgo de Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato por una suma equivalente al VEINTE PORCIENTO (20%) del valor del Contrato, con una vigencia igual a la del Contrato y seis (6) meses más CALIDAD DEL SERVICIO: El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados con ocasión de un contrato de consultoría, o (ii) de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. 14 El contratista deberá constituir a favor de la Superintendencia del Subsidio Familiar o en una Entidad Bancaria o Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, una GARANTÍA ÚNICA amparando el riesgo de Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato por una suma equivalente al VEINTE PORCIENTO (20%) del valor del Contrato, con una vigencia igual a la del Contrato y seis (6) meses más SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato en el territorio nacional. El contratista deberá constituir a favor de la Superintendencia del Subsidio Familiar o en una Entidad Bancaria o Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, una GARANTÍA ÚNICA amparando el riesgo de Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, por una suma equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la del Contrato de prestación de servicios y tres años más, que corresponde al período de tiempo que tienen los trabajadores para plantear sus pretensiones ante la jurisdicción laboral ordinaria. 2.6 MANIFESTACION DE INTERES EN PARTICIPAR Los interesados en participar dentro del presente proceso de selección deberán expresarlo de manera escrita, indicando de forma clara el objeto de la contratación, precisando sus datos de identificación y contacto (nombre, razón social, Nit, representante legal, dirección, teléfono, correo electrónico). Lugar: Superintendencia del Subsidio Familiar; Grupo de Recursos Físicos y Gestión Documental ubicada en la calle 45 A No. 9-46, o al Correo Electrónico: contratos@ssf.gov.co Deberán ser presentadas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al Acto de Apertura del Proceso de Selección, en el Horario comprendido de 8:00 am a 5:15 pm. La no manifestación de interés en participar constituye causal de rechazo de la oferta. En caso de no presentarse manifestación de interés dentro del término previsto, la entidad declarará desierto el proceso. Cuando existan varias manifestaciones de interés hechas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes se tomará una sola de las propuestas para ser considerada en la audiencia de sorteo de proponentes. En este evento se tomará como válida la manifestación de interés que tenga lugar como primera en el tiempo. Por lo anterior, cada oferente deberá presentar solamente una manifestación de interés, ya sea por si solo o como integrante de un Consorcio o Unión temporal. Para tales efectos, al momento de manifestar su interés en participar, deberá indicar si el consorcio o unión temporal ya existe o si se conformará una vez surtido el proceso del sorteo. En ambos casos, esto es, si ya existe o se conformará posteriormente el consorcio o unión temporal, deberá informar quienes lo conforman o conformarán y así se tendrá la certeza de que una misma persona no participe más de una vez en dicho sorteo. Esta manifestación junto con la descripción de las personas que conformarán la unión temporal o consorcio es requisito habilitante para la presentación de la oferta SORTEO DE CONSOLIDACION DE OFERENTES (artículo del Decreto 734 de 2012): En caso que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), la entidad podrá dar paso al sorteo de consolidación para escoger entre ellos un número no inferior a este que podrá presentar oferta en el proceso de selección.

15 Cuando el número de posibles oferentes sea inferior o igual a diez (10), la Superintendencia deberá adelantar el proceso de selección con todos ellos. En todo caso, la audiencia del sorteo se podrá realizar a partir del día hábil siguiente al vencimiento del término para manifestar interés. En el evento de realizarse la audiencia de sorteo se tendrá en cuenta el siguiente cronograma 15 Lugar: Auditorio primer piso sede Administrativa Superintendencia del Subsidio Familiar ubicada en la Calle 45 A No. 9-46, de la ciudad de Bogotá D.C. Fecha y Hora: Observar el Cronograma La entidad dejará constancia escrita en acta que será publicada en el SECOP ( RECEPCION DE OFERTAS Y ACTA DE CIERRE Los funcionarios de LA SUPERINTENDENCIA el día y hora señalada para el cierre de la Contratación, abrirán los sobres que contienen las propuestas que se llagaren a presentar, en las dependencias de la Superintendencia del Subsidio Familiar ubicada en la Calle 45 A No Bogotá. Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso, no serán tenidas en cuenta y serán devueltas mediante correo certificado. Para verificar la hora señalada se acogerá la hora indicada en la hora legal colombiana, difundida por la Superintendencia de Industria y comercio. En acto público se procederá a la apertura de los sobres debidamente identificados, se verificará el contenido del medio magnético, el cual será fiel copia de la oferta original. De esta diligencia se levantará un acta que se suscribirá por los funcionarios encargados y los proponentes presentes que así lo deseen y en la cual se relacionarán sucintamente las propuestas presentadas donde consten los siguientes datos básicos de cada oferta: - Nombre del OFERENTE. - Número de folios de la oferta. - Datos básicos de la garantía de Seriedad de la oferta - Especificación frente a la congruencia entre la copia magnética de la oferta y la original En el evento que la propuesta se encuentre sin foliar, la entidad procederá a consignar esta circunstancia en la respectiva acta VERIFICACION DE PROPUESTAS Y PUBLICACIÓN DE INFORMES LA SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR, verificará y evaluará las ofertas presentadas a partir del día hábil siguiente al cierre del presente proceso, con el fin de verificar los requisitos jurídicos, técnicos, de experiencia y financieros requeridos. De conformidad con las previsiones del artículo del Decreto 734 de 2012, no podrán rechazarse propuestas por ausencia de requisitos o falta de documentos que sirvan de soporte para la verificación de las condiciones del proponente o del contenido de su oferta, y no constituyan fundamento de los factores de escogencia establecidos en el presente pliego de condiciones. Razón por la cual durante el término de evaluación la entidad podrán solicitar a los oferentes cuando sea necesario, las aclaraciones respectivas o documentos sin que por ello implique que el OFERENTE pueda adicionar, modificar, completar o mejorar su oferta. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, EL PROPONENTE NO PODRÁ SUBSANAR LA OMISIÓN DE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LA FALTA DE CAPACIDAD PARA PRESENTAR LA OFERTA Y AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE SE ACREDITEN CON POSTERIORIDAD AL CIERRE DEL PROCESO. El comité asesor realizará la evaluación de las propuestas, en el término señalado en el cronograma, previa verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes, de conformidad con las previsiones del parágrafo 2 del artículo del Decreto 734 de 2012 en concordancia con los criterios establecidos en este pliego de condiciones.

16 En el mismo informe se publicará el orden de elegibilidad con la puntuación arrojada en la evaluación; sin embargo es preciso advertir a los oferentes que los documentos exigidos como factor de calificación no subsanables AUSENCIA DE PROPONENTES Si no se presenta ningún proponente para participar en la selección, la entidad declarará desierto el proceso de selección Conforme al Parágrafo del Artículo del Decreto 734 de UN SOLO OFERENTE La entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una propuesta, y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, y siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS Cuando a criterio de la Entidad, la oferta económica resulte artificialmente baja, se requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por el ofertado y en general se dará aplicación al artículo del Decreto 734 de Si del análisis de precios, se desprende que no existen razones que justifiquen la diferencia de los mismos, entre los del mercado y el menor precio, una vez culminados los lances, la entidad podrá solicitar al oferente justificar el valor de su oferta, si a juicio de la Entidad la justificación no es coherente y satisfactoria procederá a descalificarlo y adjudicar de manera motivada a la oferta inmediatamente anterior, previa verificación del precio. En caso de que se adjudique el contrato con base en una propuesta que presente precios que no obedezcan a las condiciones del mercado y que no logren ser detectados durante el proceso de selección, el contratista deberá asumir todos los riesgos que se deriven de tal hecho ya que LA SUPERINTENDENCIA no aceptará reclamo alguno con relación a ellos. CAPITULO 3. CONDICIONES DE LA PROPUESTA 3.1. IDIOMA DE LA OFERTA La OFERTA y sus documentos deben redactarse en idioma castellano y presentarse en escrito elaborado por cualquier medio electrónico FORMA DE PRESENTACION DE LA OFERTA La OFERTA debe ser presentada en un (1) sobre de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego de condiciones, en escrito original y una (1) copia magnética del mismo tenor. La oferta deberá estar foliada (sin importar su contenido o materia), en estricto orden numérico consecutivo ascendente (no se podrán utilizar letras), incluyendo los documentos y requisitos exigidos en estos pliegos de condiciones. Deberá presentarse en sobre cerrado, debidamente rotulados en su parte exterior. En caso de discrepancia entre el original y la copia magnética, regirá la información contenida en el escrito original. El Rotulo irá así: SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR Calle 45 A No Secretaria General. Selección Abreviada de Menor Cuantía SA 017 de Objeto: Campaña publicitaria a través de sistemas de transporte masivo y terminales de transporte con actividades BTL.

17 Nombre o Razón Social del OFERENTE. Número de folios de que consta Dirección del OFERENTE. Teléfono del OFERENTE. Fax del OFERENTE. Correo electrónico del OFERENTE. SOBRE No. Original VIGENCIA DE LA OFERTA Las ofertas deberán tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la primera fecha de cierre del plazo para presentar ofertas dentro de este proceso. CAPÍTULO 4. REQUISITOS MINIMOS HABILITANTES (SOBRE ORIGINAL) Con la propuesta deberán presentarse los documentos en original indicados a continuación, siguiendo el esquema que en adelante se describe: 4.1. ÍNDICE DE CONTENIDO El cual debe incluir el título de los temas y el número de la página donde se encuentre cada uno de los documentos habilitantes; este índice servirá de base para identificar la ubicación y orden de los documentos soportes de la oferta, en caso que de la revisión de la propuesta no se logre deducir los soportes o documentos habilitantes Jurídico, técnico, financiero, o de experiencia por la desorganización en que se presenta la misma, la entidad se abstendrá de evaluarla ya que no es labor de la Superintendencia estructurar, organizar ó constituir la misma con el fin de ser evaluada CAPACIDAD JURIDICA PARTICIPANTES En la presente Convocatoria Pública pueden participar personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, en forma individual, en consorcio, en unión temporal o contrato de asociación futura, que tengan representación en Colombia, o constituyan un apoderado domiciliado en el país y cumplan con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y en la Ley. Si la participación es en forma conjunta, los consorcios o uniones temporales deberán cumplir con los siguientes requisitos: Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal y, en el caso de uniones temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato. Dicha participación no podrá ser modificada sin el consentimiento previo de la Superintendencia. Los miembros del consorcio o de la unión temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, e igualmente su voluntad de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como representante del consorcio o de la unión temporal. El consorcio o unión temporal debe tener como mínimo, una vigencia igual al término de ejecución del contrato y un (1) año más. Por tanto, deberá indicar que éste no podrá ser disuelto ni liquidado y, en ningún caso, podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal CAPACIDAD JURÍDICA. Es aquella condición de las personas naturales o jurídicas relativa a su aptitud para participar en el presente proceso. En este orden de ideas, se entenderá que para las personas naturales la capacidad jurídica será la prevista en el artículo 1502 y siguientes del Código Civil colombiano y para las personas jurídicas, la prevista en el artículo 99 y siguientes del Código de Comercio colombiano siempre que el representante legal cuente con las autorizaciones que conforme a los estatutos sociales deba tener para participar en el presente proceso. Para los proponentes de origen extranjero se verificará

18 que cumplan con las mismas condiciones previstas en esta definición. Para el caso de las personas jurídicas extranjeras se tendrá en cuenta la Ley aplicable en la respectiva jurisdicción de incorporación. La entidad en razón al cumplimiento de los fines estatales que le es imperativo alcanzar, como lo es la correcta ejecución de los contratos y atendiendo a la naturaleza especial del contrato en virtud de lo consagrado en el artículo del Decreto 734 de 2012, exigirá que dentro del objeto social principal de los proponentes individuales o de cada uno de los miembros de la estructura plural se encuentren las actividades objeto de la subasta, o su equivalente en el caso de empresas extranjeras. 18 La capacidad jurídica será acreditada por el proponente a través del Certificado de Existencia y Representación Legal, o cédula en los siguientes términos: 4.3. DOCUMENTOS JURIDICOS Carta de presentación de la oferta. El proponente elaborará la carta de presentación de la propuesta de acuerdo con el texto de la misma que aparece referido en el ANEXO No. 2, esta carta debe ser firmada por el proponente si es persona natural, por el representante legal si es persona jurídica o por el representante del Consorcio o unión temporal si es el caso Certificación de existencia y representación legal. Las personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces, con fecha de expedición no mayor a un (1) mes anterior a la fecha límite de recepción de propuestas, donde conste que: a) Que su objeto social les permita realizar las actividades objeto de la presente Selección Abreviada. b) Que el representante legal esté facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, en el evento en que el mismo le sea adjudicado. c) Si existe limitante del Representante Legal, se debe presentar copia del acta de junta de socios o asimilada, en la cual se le faculte para presentar la propuesta y celebrar el contrato en caso de que ésta resulte favorecida. En su defecto, certificación del secretario de la junta donde conste tal autorización. d) Cuando el OFERENTE actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la OFERTA y firmar el contrato respectivo. e) Que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. f) Los Proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación y el certificado de poseer establecimiento de comercio cuando corresponda. g) Las personas naturales extranjeras deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte; si se encuentra residenciado en Colombia deberá presentar Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente. En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal domiciliada en Colombia, bien sea como interesados individuales o integrantes de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, acreditarán su existencia y representación legal, mediante el certificado equivalente al que expiden las cámaras de comercio colombianas, emitido por organismo o autoridad competente del país de origen de la persona jurídica extranjera, con una fecha de expedición no superior a un (1) mes antes de la fecha límite de recepción de propuestas. Así mismo, deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal del oferente. En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá presentar este documento APODERADOS Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar con la Oferta el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de

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