MANUAL DE OPERACIONES DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSIÓN 65

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1 MANUAL DE OPERACIONES DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSIÓN 65

2 Contenido TITULO I DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA... 3 I.1. Base Legal General... 3 I.2. Visión... 4 I.3. Misión... 4 I.4. Objetivos Estratégicos... 4 I.5. Funciones Generales del Programa... 4 TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES DEL PROGRAMA... 5 CAPITULO I ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA... 5 CAPITULO II FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES DEL PROGRAMA... 5 TITULO III NECESIDADES DE PERSONAL TITULO IV PERFILES DEL PERSONAL DIRECTIVO IV.1 DIRECCIÓN EJECUTIVA IV.2. UNIDADES DE ADMINISTRACIÓN INTERNA IV.3. UNIDADES TÉCNICAS IV.4. UNIDADES TERRITORIALES TÍTULO V DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES PROCESOS V.1.MAPA DE PROCESOS V.2.DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES PROCESOS... Error! Marcador no definido. PROCESOS ESTRATÉGICOS... Error! Marcador no definido. PROCESOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN PROCESOS OPERATIVOS PROCESOS DE SOPORTE ORGANIGRAMA Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 1

3 INTRODUCCIÓN La Constitución Política del Perú consagra que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de este último, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. En esa medida, constituye deber del Estado desplegar procesos orientados a la inclusión social, entendida como la situación en que todos los ciudadanos y ciudadanas del país pueden ejercer sus derechos, acceder a servicios públicos de calidad, participar en la comunidad nacional en condiciones de igualdad, y contar con las capacidades esenciales para aprovechar las oportunidades que abre el crecimiento económico. En concordancia con ello, el 19 de octubre de 2011 se creó el, que entrega una subvención económica a adultos mayores a partir de los 65 años de edad que viven en distritos de extrema pobreza, cuya finalidad es atenuar la vulnerabilidad de sus ingresos y apoyarlos para que tengan una vida más digna. El 20 de octubre de 2011 se creó el (MIDIS) como ente rector de las políticas nacionales en materia de desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social, y en materia de protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono. En virtud de las competencias atribuidas a este nuevo organismo público, se dispuso la adscripción de PENSION 65 al MIDIS, la cual quedó formalizada el 1 de enero de En el 2012, el MIDIS inició la implementación del modelo de desarrollo e inclusión social en sus dos campos: el alivio de la pobreza y el impulso al desarrollo a través de la generación de oportunidades, tanto en lo que se refiere a la prestación de servicios como al desarrollo de estrategias intersectoriales e intergubernamentales articuladas. Como parte de dicha implementación, los programas sociales del MIDIS han sido rediseñados sobre la base de la evidencia disponible y de evaluaciones realizadas en forma independiente. El presente Manual de Operaciones es uno de los productos del proceso de reorganización y rediseño, el cual servirá como un documento guía para la gestión de PENSION 65. Es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza su estructura orgánica, orientando el esfuerzo institucional al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos. Para ello el Manual de Operaciones describe las funciones generales del programa, las funciones específicas de las unidades que lo integran, sus necesidades de personal, así como las funciones específicas y requisitos mínimos a nivel de puesto y la descripción detallada y secuencial de los principales procesos técnicos y/o administrativos. La elaboración del presente Manual ha sido realizada de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N MIDIS, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones de los programas sociales del, aprobado por Resolución Ministerial N MIDIS. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 2

4 TITULO I DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA I.1. Base Legal General a) Ley N 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. b) Ley N 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. c) Ley N 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Desarrollo e Inclusión (MIDIS). d) Decreto de Urgencia N , norma que dicta medidas extraordinarias para la ejecución de los programas sociales. e) Decreto Supremo N PCM, que crea el Asistencia Solidaria, y sus modificatorias: Decreto Supremo N MIDIS, Decreto Supremo N MIDIS y Decreto Supremo N MIDIS. f) Decreto Supremo N MIDIS, norma que declara en evaluación y reorganización a los programas sociales del (MIDIS). g) Decreto Supremo N , norma que declara concluidos los procesos a que se refiere el Decreto Supremo Nº MIDIS. h) Decreto Supremo N MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del (MIDIS). i) Resolución Ministerial N PCM, que crea el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) y aprueba su directiva de organización y funcionamiento. j) Resolución Ministerial N MIDIS, que aprueba la Directiva N MIDIS, Lineamientos para la elaboración del Manual de Operaciones de los programas del MIDIS. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 3

5 I.2. Visión El Perú ha otorgado protección a los adultos mayores de sesenta y cinco años a más, pertenecientes a grupos sociales especialmente vulnerables, logrando su bienestar. Los adultos mayores acceden a los servicios públicos y programas diseñados especialmente para ellos, alcanzando su inclusión social. I.3. Misión Brindar protección social a los adultos mayores de sesenta y cinco años a más, que viven en situación de vulnerabilidad; entregándoles una subvención económica que le permita incrementar su bienestar; y mejorar los mecanismos de acceso de los adultos mayores a los servicios públicos mediante la articulación intersectorial e intergubernamental. I.4. Objetivos Estratégicos a) Diseñar e implementar servicios de calidad orientados a brindar protección social a los adultos mayores de sesenta y cinco años, incrementando su bienestar. b) Fortalecer la articulación intersectorial e intergubernamental orientada a la implementación de servicios sociales de apoyo al adulto mayor. I.5. Funciones Generales del Programa El, tiene las siguientes funciones generales: a) Otorgar subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los 65 años de edad, que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente. b) Planificar, programar, ejecutar, supervisar y evaluar los procesos de afiliación, transferencia monetaria y verificación de los usuarios del programa, en concordancia con las políticas y lineamientos dictados por el MIDIS. c) Administrar y cautelar los recursos financieros otorgados al programa, así como gestionar la obtención de recursos de otras fuentes de financiamiento. d) Celebrar contratos, convenios o acuerdos a nivel intersectorial o intergubernamental que resulten necesarios para llevar a cabo los objetivos del programa. e) Generar espacios de articulación y coordinación intersectorial e intergubernamental, mediante una intervención orientada al fortalecimiento de servicios sociales de apoyo al adulto mayor. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 4

6 TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES DEL PROGRAMA CAPITULO I ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA II. 1. Organización El, cuenta con la siguiente organización: 1. Dirección Ejecutiva 2. UNIDADES DE ADMINISTRACIÓN INTERNA UNIDADES DE APOYO Comunicación e Imagen UNIDADES DE ASESORAMIENTO 2.3. Planeamiento y Presupuesto 2.4. Asesoría Jurídica 3. UNIDADES TÉCNICAS 3.1. Operaciones 3.2. Proyectos y Diseño de Intervenciones 4. UNIDADES TERRITORIALES CAPITULO II FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES DEL PROGRAMA II.2.1. Dirección Ejecutiva.- SUB CAPÍTULO I DIRECCIÓN EJECUTIVA La Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional de, depende jerárquica y funcionalmente del Despacho Viceministerial del MIDIS y tiene a su cargo la decisión estratégica, conducción y supervisión de la gestión del programa. Se encuentra a cargo de un Director Ejecutivo. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 5

7 La Dirección Ejecutiva cuenta con un Coordinador Técnico que tiene a su cargo las funciones de apoyo al Director Ejecutivo en la supervisión y coordinación de las unidades técnicas y unidades territoriales del programa, así como otras funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director Ejecutivo, manteniendo para ello coordinación con las unidades de administración interna. La Dirección Ejecutiva cuenta con un grupo de asesores especializados que le brindan asistencia para apoyar la conducción estratégica y/o gestión del programa. Funciones de la Dirección Ejecutiva Son funciones de la Dirección Ejecutiva, las siguientes: a) Dirigir y supervisar la gestión del programa, así como evaluar el cumplimiento de sus objetivos y planes. b) Supervisar y evaluar el cumplimiento de los objetivos y planes, mediante el uso de sistemas de evaluación y monitoreo de la calidad e impacto del programa, en concordancia con los lineamientos del MIDIS. c) Conducir, coordinar y planificar la ejecución de los componentes y proyectos del programa, en el marco de las orientaciones y prioridades de la política sectorial del MIDIS. d) Supervisar y evaluar el cumplimiento de los objetivos y planes, mediante el uso de sistemas de evaluación y monitoreo de la calidad e impacto del programa, en concordancia con los lineamientos del MIDIS. e) Conducir y supervisar el Sistema de Gestión de Calidad y el proceso de Gestión de la Calidad en el Programa, en coordinación con la Dirección General de Calidad de Prestaciones del MIDIS. f) Proponer al Despacho Viceministerial del MIDIS para su consideración: Políticas de Gestión, Líneas de Intervención, Planes de Acción, Plan Operativo, Presupuesto, Manual de Operaciones, entre otros instrumentos técnico normativos y de gestión del programa; y ejecutarlos en el marco de las funciones asignadas y los objetivos institucionales. g) Presentar ante el Despacho Viceministerial del MIDIS, los Estados Financieros y la Memoria Anual del programa para su incorporación en los respectivos instrumentos del MIDIS. h) Aprobar, ejecutar, modificar y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnicooperativas o administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo con las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS. i) Informar al Despacho Viceministerial del MIDIS sobre la formulación, ejecución y resultados de los planes, proyectos y actividades del Programa; así como, a las instancias externas que correspondan, conforme a la normatividad vigente. j) Ejercer la representación legal del programa, pudiendo delegar esta atribución, en el marco de la normatividad existente. k) Aprobar, suscribir, modificar y/o resolver convenios interinstitucionales y de gestión relacionados con el funcionamiento u operación del programa, así como sus respectivas adendas, en el marco de los lineamientos del MIDIS, siempre que no sean alcance sectorial. l) Proponer al Despacho Viceministerial del MIDIS, la aprobación modificación o derogación de la normativa vigente en temas relacionados con el ámbito de competencia del programa. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 6

8 m) Proponer al Despacho Viceministerial del MIDIS, el personal que represente al programa en eventos internacionales, para su correspondiente trámite y autorización. n) Encargar interinamente las unidades del programa, y dar por concluidos dichos encargos. o) Delegar las facultades que considere pertinentes, en el marco de sus atribuciones. p) Emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia. q) Coordinar a nivel interinstitucional e intergubernamental los asuntos de su competencia, en el marco de las políticas sectoriales y lineamientos dictados por el MIDIS. r) Autorizar la creación, desactivación o reestructuración de las unidades territoriales del programa, o solicitar la autorización del Despacho Viceministerial del MIDIS, en los supuestos que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N MIDIS. s) Dirigir y supervisar la gestión de las unidades territoriales del programa, en el marco de las orientaciones y prioridades de la política sectorial del MIDIS. t) Ejercer las competencias y facultades atribuidas al titular de la Entidad en la normativa vigente de Contrataciones del Estado. u) Velar por el cumplimiento de las políticas laborales, remunerativas y de recursos humanos que establezca el MIDIS. v) Autorizar el requerimiento de contratación de personal bajo cualquier régimen de contratación. w) Autorizar las acciones de personal bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del MIDIS, y en el marco de la legislación vigente. x) Autorizar la apertura o cierre de las cuentas y depósitos en las instituciones financieras, así como designar y remover a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias necesarias para el desarrollo de las actividades del programa, de acuerdo con la normatividad vigente y a la naturaleza de los convenios suscritos. y) Proponer, a través del Despacho Viceministerial, al Despacho Ministerial la realización de auditorías de gestión, financieras o contables, de conformidad con la Ley N 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, y de la Contraloría General de la República y normas complementarias. z) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas por el Despacho Viceministerial del MIDIS, de conformidad con la normativa vigente y las directivas del MIDIS. UNIDADES DE APOYO II.2.2. SUB CAPÍTULO II UNIDADES DE ADMINISTRACIÓN INTERNA La es la unidad de apoyo encargada de la administración de los recursos humanos, materiales, económicos y financieros del programa. Tiene a su cargo el Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 7

9 trámite documentario y el archivo del programa. La está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Funciones de la Son funciones de la, las siguientes: a) Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y supervisar la aplicación de la normatividad, procesos técnicos, procedimientos y las actividades de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería, y Recursos Humanos en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes, así como las acciones relativas al control patrimonial. b) Organizar, conducir, coordinar y ejecutar los procesos de trámite documentario y de archivo general del programa. c) Efectuar el control previo y concurrente en las acciones de su competencia, en cumplimiento del Sistema Nacional de Control. d) Conducir y desarrollar los procesos de formulación, análisis e interpretación de los Estados Financieros, así como de la información contable, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. e) Administrar los bienes inmuebles propios o asignados al programa, de conformidad con la normativa vigente. f) Autorizar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes muebles propios, en custodia y en préstamo del programa, según corresponda. g) Controlar y mantener actualizado el margesí de los bienes patrimoniales propios, en custodia y en préstamo del programa. h) Planificar, organizar, dirigir y controlar la administración del personal, así como proponer y coordinar acciones de bienestar y seguridad social. i) Procesar y consolidar en el ámbito de su competencia la información relacionada a la ejecución presupuestal solicitada por la Planeamiento y Presupuesto del programa. j) Informar a los órganos del Ministerio y unidades del programa sobre la situación financiera de la Ejecutora cuando le sea requerido. k) Evaluar y proponer actividades de mejora de la infraestructura física de la sede central del programa. l) Programar, coordinar, ejecutar y supervisar los procesos de contratación de bienes, servicios y ejecución de obras que requieran las unidades del programa, y el cumplimiento de los respectivos contratos y convenios, en el ámbito de su competencia. m) Proponer a la Dirección Ejecutiva el Plan Anual de Contrataciones del programa. n) Supervisar los procesos de contrataciones y el cumplimiento de los respectivos contratos y convenios del ámbito de su competencia. o) Elaborar y proponer normas internas o directivas relacionadas con los Sistemas Administrativos a su cargo, así como de control patrimonial y archivo. p) Emitir Resoluciones Administrativas en el ámbito de su competencia. q) Informar a la Dirección Ejecutiva sobre el avance de las actividades de su competencia. r) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegadas por la Dirección Ejecutiva. II.2.3. Comunicación e Imagen La Comunicación e Imagen es la unidad de apoyo encargada del desarrollo de las actividades de posicionamiento y difusión de la labor del programa a través de los medios de comunicación, las relaciones públicas internas y externas así como la elaboración e implementación de propuestas de estrategia comunicacional, en el marco de los lineamientos Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 8

10 y criterios dictados por la Dirección Ejecutiva del Programa Pensión 65 y por el MIDIS. La Comunicación e Imagen Institucional está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva Funciones de la Comunicación e Imagen Son funciones de la Comunicación e Imagen, las siguientes: a) Diseñar, proponer y ejecutar la estrategia y las acciones de comunicación e imagen institucional del programa en coordinación con la Oficina General de Comunicaciones del MIDIS y en el marco de los lineamientos aprobados en esta materia por el MIDIS. b) Diseñar y proponer a la Dirección Ejecutiva el plan comunicacional del programa en el marco de los lineamientos de comunicaciones establecidos por el MIDIS. c) Difundir a través de los medios de comunicación los objetivos, planes, actividades y avances del programa de acuerdo con el Plan de Estrategia Publicitaria y las directivas aprobadas por el MIDIS. d) Elaborar reportes diarios que contengan el seguimiento y análisis de la información de interés del programa. e) Reportar a la Dirección Ejecutiva situaciones que puedan ser consideradas señales de alerta para el programa o para el MIDIS. f) Establecer y mantener relaciones permanentes con los medios de comunicación. g) Participar en el diseño y desarrollo de los sistemas y acciones de comunicación interna que requiera el programa y que garanticen la eficiente divulgación de los temas que resulten necesarios para el desarrollo de los procesos del programa. h) Coordinar la cobertura periodística, además de organizar y supervisar los eventos y conferencias de prensa sobre las acciones del programa de acuerdo a los lineamientos del MIDIS. i) Elaborar el material informativo para boletines de prensa, comunicados oficiales, síntesis informativa, folletos, videos y publicaciones del programa, orientados a su posicionamiento o difusión de su labor, coordinando sus contenidos con las unidades competentes del programa y la Dirección Ejecutiva; en el marco de los lineamientos dictados por el MIDIS. j) Elaborar y difundir los comunicados oficiales y las publicaciones del programa de acuerdo a los lineamientos del MIDIS. k) Supervisar la correcta utilización de la identidad gráfica del programa y del Ministerio en los distintos documentos, piezas y campañas institucionales, entre otros. l) Elaborar el diseño y diagramación de la Memoria Anual del programa en coordinación con la Planeamiento y Presupuesto y demás unidades. m) Administrar el diseño y contenido actualizado de la página web del programa en coordinación con el área de soporte tecnológico de la. n) Conducir, coordinar, implementar y supervisar el Sistema de Orientación y Atención al Usuario y el proceso de Orientación y Atención al Usuario, en coordinación con la Dirección General de Calidad del MIDIS. o) Atender las consultas o solicitudes de información efectuadas por los usuarios del programa en el marco de los lineamientos y disposiciones de la Dirección Ejecutiva y en concordancia con los lineamientos del MIDIS. p) Diseñar, elaborar y validar de materiales comunicacionales en coordinación con las es Técnicas del programa. q) Participar en la elaboración del Plan Operativo del programa y efectuar aportes referidos a su formulación y evaluación periódica, en los ámbitos de su competencia. r) Aplicar los criterios y disposiciones de aseguramiento de la calidad dispuestos por la Dirección Ejecutiva. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 9

11 s) Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le asigne la Dirección Ejecutiva. UNIDADES DE ASESORAMIENTO II.2.3. Planeamiento y Presupuesto La Planeamiento y Presupuesto es la unidad de asesoramiento encargada de conducir y coordinar los procesos de los sistemas administrativos de planeamiento, presupuesto, modernización de la gestión pública e inversión pública. La Planeamiento y Presupuesto está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Funciones de la Planeamiento y Presupuesto. Son funciones de la Planeamiento y Presupuesto, las siguientes: a) Conducir la formulación, seguimiento, evaluación y reprogramación del Plan Operativo del programa; y participar en la elaboración del Plan de Acción Estratégico del MIDIS; en coordinación con las unidades del programa y con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDIS. b) Conducir, coordinar y supervisar el proceso presupuestario del programa social en sus fases de programación, formulación, ejecución y evaluación en el marco de las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Presupuesto y en concordancia con las directivas del MIDIS. c) Emitir opiniones de disponibilidad presupuestal, así como las relacionadas con las modificaciones presupuestales. d) Coordinar y supervisar los procesos de programación, priorización y/o evaluación de los estudios y proyectos de inversión, de conformidad con las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Inversión Pública y en el marco de los lineamientos del MIDIS. e) Coordinar, implementar y supervisar el proceso de gestión de la calidad en el programa en el marco del Sistema de Gestión de Calidad, en coordinación con la Dirección General de Calidad del MIDIS. f) Orientar, coordinar y evaluar los procesos de implementación de modelos organizacionales y la aplicación de métodos y procedimientos para la modernización de la gestión del programa social. g) Proponer a la Dirección Ejecutiva el Plan Operativo, Presupuesto, Directivas y otros documentos de gestión en el ámbito de su competencia. h) Elaborar informes derivados de los procesos de planeamiento y presupuesto para la toma de decisiones de la Dirección Ejecutiva y en cumplimiento a las normas establecidas por el MIDIS, el Economía y Finanzas y la Contraloría General de la República. i) Emitir opinión técnica previa en lo referente a políticas, planes, presupuesto, organización y otros temas vinculados al ámbito de su competencia. j) Orientar y promover la elaboración, actualización y difusión de los documentos de gestión del programa social. k) Elaborar, actualizar y difundir los documentos de gestión aplicables al programa. l) Coordinar y analizar la viabilidad técnico-económica de los proyectos de cooperación interinstitucional nacional e internacional del programa social, en el marco de los lineamientos del MIDIS. m) Participar, conjuntamente con las unidades técnicas involucradas, en los procesos de transferencias financieras que realice el programa. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 10

12 n) Formular, proponer y ejecutar las actividades de los procesos del sistema de seguimiento y evaluación de resultados de la gestión del programa, emitiendo informes periódicos sobre los procesos de su ejecución; en concordancia con los lineamientos y directivas aprobadas por la Dirección Ejecutiva y en el marco de los lineamientos dictados por el MIDIS. o) Otras que le correspondan conforme a ley, y demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas o delegas por la Dirección Ejecutiva. II.2.4. Asesoría Jurídica La Asesoría Jurídica, es la unidad de asesoramiento que tiene a su cargo la responsabilidad de: asesorar en asuntos de carácter legal y jurídico dictaminar sobre los aspectos legales de las actividades del programa y absolver las consultas legales que le sean formuladas por la Dirección Ejecutiva y las demás unidades del programa. La Asesoría Jurídica está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Funciones de la Asesoría Jurídica Son funciones de la Asesoría Jurídica las siguientes: a) Asesorar a la Dirección Ejecutiva y a las diferentes unidades orgánicas del programa en materia jurídica. b) Emitir opinión y atender las consultas formuladas por la Dirección Ejecutiva y demás unidades del programa, respecto al contenido y alcance jurídico de los dispositivos legales y normativos relacionados con las actividades del programa. c) Emitir opinión y atender las consultas o solicitudes formuladas por el Congreso de la República según indicación de la Dirección Ejecutiva. d) Revisar y visar los proyectos de contratos y convenios a ser suscritos por el Director Ejecutivo para el funcionamiento operativo del programa. e) Participar en las comisiones o equipos de trabajo en los que se requiera su concurso por especialidad. f) Coordinar en caso necesario con los organismos del Estado y la Procuraduría Pública, asuntos jurídico-administrativo de interés institucional. g) Dictaminar cuando expresamente lo señale una disposición legal. h) Elaborar o participar en la formulación de proyectos normativos y emitir opinión sobre aquellos que sean sometidos a su consideración por la Dirección Ejecutiva. i) Emitir opinión y formular proyectos sobre los recursos impugnativos que se resuelven en última instancia administrativa por el Director Ejecutivo o autoridad delegada. j) Visar los proyectos y dispositivos legales que expida la Dirección Ejecutiva. k) Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le asigne la Dirección Ejecutiva. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 11

13 SUB CAPÍTULO III UNIDADES TÉCNICAS II.2.6. Operaciones La Operaciones es la unidad técnica, responsable de planificar, conducir, organizar, ejecutar, supervisar y controlar los procesos de: i) Afiliación y verificación de requisitos; ii) Programación y transferencia monetaria a usuarios, y; iii) Gestión de prestaciones complementarias a los usuarios del programa. La Operaciones está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Funciones de la Operaciones Son funciones de la Operaciones las siguientes: a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones y actividades para el logro de los objetivos de la Operaciones, de conformidad con los lineamientos y directivas dispuestas por la Dirección Ejecutiva, en el marco de las políticas y lineamientos dictados por el MIDIS y las disposiciones vigentes. b) Dirigir, programar y ejecutar los procesos de afiliación de los usuarios de, verificando el cumplimiento de los requisitos conforme a la normatividad vigente. c) Dirigir, programar y ejecutar los procesos de transferencias monetarias a usuarios de. d) Dirigir, supervisar y controlar el procesamiento de información de los procesos de verificación de requisitos de los usuarios de, en coordinación con las es Territoriales del programa. e) Implementar y coordinar a nivel operativo las prestaciones complementarias que se efectúen a favor de los usuarios de, debiendo considerar la participación de otras instituciones públicas y/o privadas del ámbito regional y/o local. f) Elaborar y proponer a la Dirección Ejecutiva los mecanismos y criterios de ejecución de los procesos de su competencia mediante directivas, instructivos, protocolos o instrumentos técnicos y/o normativos, en el marco de los lineamientos del MIDIS. g) Planear, programar y ejecutar el fortalecimiento de las capacidades del personal de la y de las es Territoriales del programa para la adecuada aplicación de los mecanismos y criterios de ejecución de los procesos de su competencia. h) Definir y proponer a la Dirección Ejecutiva los lineamientos de calidad y estándares de los niveles de servicio de los procesos operativos de y de las herramientas (procedimientos e instructivos) a utilizar, que contribuyan a la mejora continua, en el marco de los lineamientos del MIDIS. i) Ejecutar los procesos de seguimiento y evaluación de la operación de los procesos de: afiliación y verificación de requisitos, programación de transferencia monetaria a usuarios, y gestión de prestaciones complementarias. j) Desarrollar y/o proponer a la Dirección Ejecutiva, temas de investigación y/o innovación relacionados con los procesos operativos del programa, así como coordinar y supervisar su desarrollo, cuando éstos sean efectuados o encargados a terceros. k) Implementar las recomendaciones o propuestas obtenidas como resultado de las investigaciones y/o innovaciones aprobadas por la Dirección Ejecutiva l) Identificar y gestionar los riesgos operativos y tecnológicos a nivel de, así como elaborar y actualizar los planes de administración de riesgos de operación. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 12

14 m) Coordinar con las es Territoriales, la evaluación de los servicios prestados a los usuarios del programa. n) Coordinar con la Central de Focalización (UCF) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) el acceso a la información producida por SISFOH de los potenciales usuarios que cumplen con las condiciones de extrema pobreza y demás consideraciones normativas, y remitirles, para la evaluación correspondiente, la información de condición socioeconómica que sea remitida al programa, por Gobiernos Locales. o) Dirigir y Supervisar la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente de los potenciales usuarios enviados por el SISFOH, con las instituciones competentes. p) Desarrollar y proponer a la Dirección Ejecutiva, los sistemas y/o aplicativos informáticos que se requieran para el adecuado cumplimiento de las funciones de su competencia, así como para el seguimiento y evaluación de la operación del programa, coordinando con las demás unidades cuando corresponda; así como coordinar y supervisar el desarrollo de los referidos sistemas informáticos cuando éstos sean efectuados o encargados a terceros. q) Implementar, mantener y actualizar los sistemas y/o aplicativos informáticos desarrollados para el cumplimiento de las funciones de su competencia y para el seguimiento y evaluación de la operación del programa. r) Mantener actualizada la base de datos de contactos de las diferentes redes de gestión e información que sirve como apoyo a los procesos de: afiliación y verificación de requisitos; programación y transferencia monetaria a usuarios, y gestión de prestaciones complementarias a los usuarios del programa. s) Diseñar, desarrollar e implementar las interfaces para la integración del Sistema de información del programa con las capas de información para la difusión de padrones. t) Elaborar y mantener actualizado el Padrón de usuarios. u) Coordinar con la Comunicación e Imagen Institucional, los contenidos y la difusión del material informativo para boletines de prensa, comunicados oficiales, síntesis informativa, folletos, videos y publicaciones del programa relacionados a los procesos operativos de su competencia. v) Participar en la elaboración del Plan Operativo y otros planes del programa social, efectuando aportes referidos a su formulación y evaluación periódica cuando corresponda. w) Mantener informada a la Dirección Ejecutiva del programa social sobre los avances y resultados de la gestión de la, de manera periódica o cuando le sea requerido. x) Las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva. II.2.7. Proyectos y Diseño de Intervenciones La Proyectos y Diseño de Intervenciones es la unidad técnica encargada de promover la prestación de servicios complementarios a la intervención del programa, con la finalidad de lograr un mayor nivel de bienestar en la población adulta mayor, usuaria del programa. Funciones de la Proyectos y Diseño de Intervenciones Son funciones de la Proyectos y Diseño de Intervenciones, las siguientes: a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones y actividades para el logro de los objetivos en el ámbito de la Proyectos y Diseño de Intervenciones, de conformidad con los lineamientos y directivas dispuestas por la Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 13

15 Dirección Ejecutiva, en el marco de las políticas y lineamientos dictados por el MIDIS y las disposiciones vigentes. b) Coordinar, promover y formalizar las alianzas estratégicas a nivel regional y local, en los ámbitos de intervención del programa. c) Promover la articulación con aliados estratégicos para trabajar de manera coordinada, brindando complementariedad de acciones en la intervención de para el beneficio de los usuarios del programa. d) Coordinar con la Dirección Ejecutiva del programa la definición e implementación de los proyectos e intervenciones complementarias que cuenten con el concurso de otros actores estratégicos. e) Efectuar las coordinaciones intersectoriales para la definición conjunta de servicios que pueden ser brindados en el ámbito de competencia del programa, que sean complementarios a la intervención. f) Diseñar los proyectos de prestaciones complementarias aprobadas por la Dirección Ejecutiva, para el beneficio de los usuarios del programa, articulando con actores regionales y/o locales cuando corresponda. g) Ejecutar en coordinación con la Dirección Ejecutiva y la Planificación y Presupuesto los Proyectos acordados con la Cooperación Internacional. h) Desarrollar y/o proponer a la Dirección Ejecutiva, temas de investigación y/o innovación relacionados con intervenciones complementarias del programa, así como coordinar y supervisar su ejecución cuando estos sean efectuados o encargados a terceros. i) Implementar las recomendaciones o propuestas obtenidas como resultado de las investigaciones y/o innovaciones aprobadas por la Dirección Ejecutiva. j) Coordinar con la Comunicación e Imagen Institucional, la difusión de los proyectos y de las intervenciones a los usuarios del programa. k) Brindar asistencia técnica a las entidades locales para el desarrollo de acciones de complementariedad de servicios para los usuarios del programa. l) Llevar a cabo el seguimiento y evaluación de las intervenciones complementarias promovidas por el programa. m) Participar en la elaboración del Plan Operativo y otros planes del programa social, efectuando aportes referidos a su formulación y evaluación cuando corresponda. n) Diseñar y proponer a la las acciones para el fortalecimiento de las capacidades del personal de la y de las es Territoriales del programa para la adecuada aplicación de los mecanismos y criterios de ejecución de los procesos de su competencia. o) Mantener informada a la Dirección Ejecutiva del programa social sobre los avances y resultados de la gestión de la, de manera periódica o cuando le sea requerido. p) Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le asigne la Dirección Ejecutiva. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 14

16 SUB CAPÍTULO IV UNIDADES TERRITORIALES II.2.8. Territorial La Territorial es la encargada de la ejecución de actividades orientadas a la prestación de los servicios del, en el marco de los criterios y mecanismos establecidos por las unidades competentes del programa y en cumplimiento de las políticas y lineamientos dictados por la Dirección Ejecutiva. La Territorial está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Su creación o cierre se determina mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva. Funciones de la Territorial Son funciones de la Territorial, las siguientes: a) Ejecutar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con los procesos de: afiliación y verificación de requisitos, programación y transferencia monetaria a usuarios, y gestión de prestaciones complementarias a los usuarios del programa, que le hayan sido encomendadas y coadyuven en el cumplimiento de los objetivos del programa, en concordancia con los lineamientos, directivas, criterios e instrumentos técnico-normativos dictados por la Dirección Ejecutiva en el marco de las políticas y lineamientos dispuestos por el MIDIS. b) Apoyar en los operativos de transferencia monetaria realizados por el programa, efectuando la evaluación de su resultado. c) Representar al programa social ante las autoridades de su ámbito, con autorización expresa de la Dirección Ejecutiva y en coordinación con ésta. d) Proponer e implementar las estrategias del programa social con un enfoque de desarrollo territorial e inclusión social. e) Velar por el estricto cumplimiento de las normas, directivas, protocolos y procedimientos del programa social en los diversos procesos que se realicen en el ámbito territorial. f) Articular, coordinar e implementar las acciones necesarias con entidades públicas del nivel regional y local, entidades privadas y otros actores involucrados, localizados en el territorio, y que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos y metas del programa social. g) Proponer la demanda de capacitación y asistencia técnica, de los actores regionales y locales, en las materias de competencia del programa social. h) Proponer, las necesidades de fortalecimiento de capacidades y capacitación del personal de la Territorial. i) Difundir las acciones del programa en el ámbito de la territorial, dentro del marco de transparencia institucional previa coordinación con la Dirección Ejecutiva y en el marco de los lineamientos comunicacionales y directivas establecidas por el programa social y por el MIDIS. j) Proponer a la Dirección Ejecutiva la suscripción de convenios y/o alianzas con los gobiernos regionales y locales, y las entidades públicas y privadas, llevando a cabo la implementación de los mismos en el ámbito de su competencia. k) Emitir a la Dirección Ejecutiva los informes técnicos administrativos sobre el avance y resultado de las actividades que ejecuta de manera periódica o cuando lo requiera. l) Las demás funciones que le encargue la Dirección Ejecutiva. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 15

17 TITULO III NECESIDADES DE PERSONAL El - Pensión 65, plantea para el eficaz y eficiente cumplimiento de sus objetivos el siguiente estimado de necesidades de personal a ser distribuido a nivel de las unidades que conforman su organización. SECTOR : MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MIDIS PROGRAMA SOCIAL : PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSION 65 I. Nº ORDEN PUESTO DENOMINACION CANTIDAD I.1 Dirección Ejecutiva 001 Director Ejecutivo Coordinador Técnico /007 Asesor /009 Asistente técnico /011 Asistente Administrativo Auxiliar Administrativo Chofer II. II.1. II.1.1 UNIDADES DE ADMINISTRACIÓN INTERNA UNIDADES DE APOYO 014 la Asistente Administrativo Coordinador de Trámite Documentario Asistente de Trámite Documentario Auxiliar Administrativo /022 Técnico en Archivo Técnico en Informática Coordinador de Abastecimiento y Servicios Generales Especialista en Logística Analista en contrataciones Coordinador de Contabilidad Especialista de Contabilidad Especialista en Control Previo Coordinador de Tesorería Asistente de Tesorería Coordinador de Recursos Humanos Especialista en Personal Especialista en Bienestar Especialista en Gestión del talento humano II.1.2 Comunicación e Imagen Institucional 036 la Comunicación e 01 Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 16

18 Imagen Institucional 037 Asistente técnico Especialista de medios Especialista en Comunicación organizacional Analista web y redes sociales /042 Promotor Especialista en Atención a usuarios Técnico de Atención al Usuario /046 Operador telefónico II.2. UNIDADES DE ASESORAMIENTO II.2.1 Planeamiento y Presupuesto 047 la Planeamiento y Presupuesto Asistente Administrativo Especialista en Planificación Coordinador de Seguimiento y Evaluación /053 Especialista en Seguimiento y Evaluación 03 II Especialista en Gestión de la Calidad Especialista en Presupuesto Analista en Presupuesto 01 Asesoría Jurídica 057 la Asesoría Jurídica /061 Abogado Asistente Legal Asistente Administrativo III. UNIDADES TÉCNICAS III.1 Operaciones 064 la Operaciones Asistente Técnico Asistente Administrativo Auxiliar Administrativo Coordinador de Calidad Especialista en Procesos Especialista en Aseguramiento de Calidad Coordinador Actores locales e institucionales Especialista en coordinación con actores institucionales /076 Técnico para la coordinación con actores locales Coordinador de Afiliaciones Especialista en Afiliación Especialista en Verificación Asistente Técnico 01 Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 17

19 081/085 Digitador Coordinador de Transferencias y Pagaduría Especialista en Transferencias Especialista en Pagaduría Asistente Técnico Coordinación de Sistemas de Información /092 Programador /095 Especialista en desarrollo de capacidades III.2 Proyectos y Diseño de Intervenciones 096 la unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones Asistente Técnico Asistente Administrativo Coordinador de Proyectos Especialista en Proyectos Analista de Proyectos Coordinador en Seguimiento y Evaluación de Intervenciones 01 Complementarias 103 Especialista en Seguimiento Especialista en Evaluación IV IV.1 UNIDADES TERRITORIALES es Territoriales 105/129 25* 130/154 Especialista Administrativo 25* 155/179 Asistente Administrativo 25* 180/204 Técnico en Informática 25* 205/229 Técnico en atención al Usuario. 25* 230/231 Chofer /291 Coordinador Territorial 60* 292/541 Promotor 250* TOTAL 541 *Cantidades estimadas teniendo en cuenta la proyección de es Territoriales con las cuales debe contar el programa y los criterios para determinar la necesidad del número de Coordinadores Territorial y Promotores. 437 Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 18

20 TITULO IV PERFILES DEL PERSONAL DIRECTIVO IV.1 DIRECCIÓN EJECUTIVA I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO Puesto Denominación No de Orden Director Ejecutivo Director Ejecutivo del Programa Nacional de Pensión 65 Dirección Ejecutiva 001 II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Dirigir y supervisar la gestión del programa, así como evaluar el cumplimiento de sus objetivos y planes. b) Supervisar y evaluar el cumplimiento de los objetivos y planes, mediante el uso de sistemas de evaluación y monitoreo de la calidad e impacto del programa, en concordancia con los lineamientos del MIDIS. c) Conducir, coordinar y planificar la ejecución de los componentes y proyectos del programa, en el marco de las orientaciones y prioridades de la política sectorial del MIDIS. d) Supervisar y evaluar el cumplimiento de los objetivos y planes, mediante el uso de sistemas de evaluación y monitoreo de la calidad e impacto del programa, en concordancia con los lineamientos del MIDIS. e) Conducir y supervisar el Sistema de Gestión de Calidad y el proceso de Gestión de la Calidad en el Programa, en coordinación con la Dirección General de Calidad de Prestaciones del MIDIS. f) Proponer al Despacho Viceministerial del MIDIS para su consideración: Políticas de Gestión, Líneas de Intervención, Planes de Acción, Plan Operativo, Presupuesto, Manual de Operaciones, entre otros instrumentos técnico normativos y de gestión del programa; y ejecutarlos en el marco de las funciones asignadas y los objetivos institucionales. g) Presentar ante el Despacho Viceministerial del MIDIS, los Estados Financieros y la Memoria Anual del programa para su incorporación en los respectivos instrumentos del MIDIS. h) Aprobar, ejecutar, modificar y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnicooperativas o administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo con las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS. i) Informar al Despacho Viceministerial del MIDIS sobre la formulación, ejecución y resultados de los planes, proyectos y actividades del Programa; así como, a las instancias externas que correspondan, conforme a la normatividad vigente. j) Ejercer la representación legal del programa, pudiendo delegar esta atribución, en el marco de la normatividad existente. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 19

21 k) Aprobar, suscribir, modificar y/o resolver convenios interinstitucionales y de gestión relacionados con el funcionamiento u operación del programa, así como sus respectivas adendas, en el marco de los lineamientos del MIDIS, siempre que no sean alcance sectorial. l) Proponer al Despacho Viceministerial del MIDIS, la aprobación modificación o derogación de la normativa vigente en temas relacionados con el ámbito de competencia del programa. m) Proponer al Despacho Viceministerial del MIDIS, el personal que represente al programa en eventos internacionales, para su correspondiente trámite y autorización. n) Encargar interinamente las unidades del programa, y dar por concluidos dichos encargos. o) Delegar las facultades que considere pertinentes, en el marco de sus atribuciones. p) Emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia. q) Coordinar a nivel interinstitucional e intergubernamental los asuntos de su competencia, en el marco de las políticas sectoriales y lineamientos dictados por el MIDIS. r) Autorizar la creación, desactivación o reestructuración de las unidades territoriales del programa, o solicitar la autorización del Despacho Viceministerial del MIDIS, en los supuestos que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N MIDIS. s) Dirigir y supervisar la gestión de las unidades territoriales del programa, en el marco de las orientaciones y prioridades de la política sectorial del MIDIS. t) Ejercer las competencias y facultades atribuidas al titular de la Entidad en la normativa vigente de Contrataciones del Estado. u) Velar por el cumplimiento de las políticas laborales, remunerativas y de recursos humanos que establezca el MIDIS. v) Autorizar el requerimiento de contratación de personal bajo cualquier régimen de contratación. w) Autorizar las acciones de personal bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del MIDIS, y en el marco de la legislación vigente. x) Autorizar la apertura o cierre de las cuentas y depósitos en las instituciones financieras, así como designar y remover a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias necesarias para el desarrollo de las actividades del programa, de acuerdo con la normatividad vigente y a la naturaleza de los convenios suscritos. y) Proponer, a través del Despacho Viceministerial, al Despacho Ministerial la realización de auditorías de gestión, financieras o contables, de conformidad con la Ley N 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, y de la Contraloría General de la República y normas complementarias. z) Las demás funciones que en el marco de su competencia le sean asignadas por el Despacho Viceministerial del MIDIS, de conformidad con la normativa vigente y las directivas del MIDIS. III. LÍNEAS DE AUTORIDAD Dependencia lineal o jerárquica Dependencia funcional Ejerce mando o supervisión sobre Viceministro Viceministro - Personal de la Dirección Ejecutiva. - la Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 20

22 - la Comunicación e Imagen Institucional - la Planeamiento y Presupuesto. - la Asesoría Jurídica - la Operaciones - la Proyectos y Diseño de Intervenciones - Jefes de es Territoriales IV. REQUISITOS MÍNIMOS a) Grado de Bachiller o Título profesional Universitario. b) Maestría en Gestión Pública y/o Políticas Públicas,, Economía, Finanzas, Gestión y Dirección de Empresas, o materias afines. c) Experiencia profesional mínima de 10 años y experiencia específica mínima de 5 años en cargos directivos o de asesoría a nivel directivo, en temas relacionados a gestión pública o privada, desarrollo y/o gestión de programas sociales, o afines, así como experiencia en la conducción de personal. I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO Puesto Denominación No de Orden Coordinador Técnico Dirección Ejecutiva II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Apoyar al Director Ejecutivo en la dirección y supervisión de las unidades técnicas y unidades territoriales del programa social, orientando el cumplimiento de los objetivos y metas, así como de las disposiciones impartidas por la Dirección Ejecutiva; pudiendo coordinar con las unidades de administración interna cuando resulte necesario para el cumplimiento de esta función. b) Apoyar al Director Ejecutivo en el proceso de conducción de la ejecución de las políticas, lineamientos y planes aprobados por el MIDIS para el cumplimiento de los fines del programa, conforme a la normatividad vigente y en el marco de las orientaciones y prioridades de la política sectorial del MIDIS. c) Proponer al Director Ejecutivo en coordinación con las unidades competentes, los criterios para la formulación, elaboración y evaluación de la implementación de los planes y estrategias institucionales del programa. d) Proponer al Director Ejecutivo en coordinación con las unidades competentes, las acciones y actividades conducentes a mejorar los aspectos técnicos y normativos que incidan en la gestión institucional del programa. e) Apoyar al Director Ejecutivo en el proceso de elaboración del Plan Operativo, Presupuesto y Manual de Operaciones (y sus modificatorias) que correspondan al Programa, en el marco del planeamiento estratégico institucional y sectorial. Manual de Operaciones del Programa Pensión 65 Pág. 21

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