TÍTULO TRABAJO: FACTURACIÓN. C.P. Andrés Esteban Bongiovanni
|
|
- María Cristina Ortiz Márquez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 TÍTULO TRABAJO: FACTURACIÓN C.P. Andrés Esteban Bongiovanni 15/04/2015
2 TABLA DE CONTENIDOS 1. IDEA A INVESTIGAR Planteamiento Del Problema: Objetivos De La Investigación: Objetivo General Objetivo Especifico DESARROLLO Emisión de comprobantes Tipos de Comprobantes a emitir Momento de la emisión y entrega de los comprobantes Comprobantes que respaldan la operación realizada Cantidad de ejemplares a emitir Trámite para autorización de emisión de comprobantes Facturas A, A con leyenda pago en CBU informada y M Régimen de información CITI Ventas Controladores Fiscales Novedades RG CONCLUSIONES BIBLOGRAFIA Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -2-
3 1. IDEA A INVESTIGAR 1.1. Planteamiento Del Problema: Una factura es un documento de carácter administrativo que sirve de comprobante de una compraventa de un bien o servicio y, además, incluye toda la información de la operación. Pero qué tipo de factura se debe emitir y en qué caso? Cómo solicito autorización para emitirlas? Cuándo debo emitir factura?... Estas preguntas, entre otras muchas, surgen en la cabeza del joven al momento de enfrentar sus primeros pasos en su profesión. En éste trabajo se intentará marcar el camino para un mejor entendimiento del complejo y diverso mundo de la facturación en Argentina Objetivos De La Investigación: Objetivo General Ésta investigación tiene como objetivo general, exponer las nociones básicas que necesita tener presente el joven profesional en ciencias económicas al momento de asesorar a sus primeros clientes que emitirán o solicitarán factura o documentos equivalentes Objetivo Especifico Se desglosará la normativa tributaria y pasos a seguir para poder emitir los distintos tipos de comprobantes fiscales válidos en Argentina. 2. DESARROLLO 2.1. Emisión de comprobantes Tipos de Comprobantes a emitir Dependiendo del sujeto con el que se opere, por cada venta o locación de servicio que realice, los tipos de factura y/o tiques a emitir son los siguientes: Comprobantes emitidos por Responsables Inscriptos a Monotributistas, Consumidores Finales, o Exentos : COMPROBANTES TIPO "B" Operaciones entre Responsables Inscriptos, existen tres tipos de comprobantes: COMPROBANTES TIPO "A" - COMPROBANTES TIPO "A" CON LEYENDA "PAGO EN CBU INFORMADA" - COMPROBANTES TIPO "M" Comprobantes emitidos por sujetos que no revisan el carácter de Responsables Inscriptos: COMPROBANTES TIPO "C" Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -3-
4 Comprobantes emitidos por operaciones de exportación: COMPROBANTES TIPO "E" Cuando se encuentre obligado por alguno de los regimenes establecidos por la AFIP o hubiera optado por la utilización deberá emitir facturas en forma electrónica. Podrá consultar si se encuentra comprendido en algunos de los regímenes por los cuales debe efectuar la emisión de comprobantes en forma electrónica -como optar por dicho régimen- ingresando al Micrositio Factura Electrónica Momento de la emisión y entrega de los comprobantes La factura y los demás comprobantes que respaldan la operación realizada y de pesaje de productos agropecuarios deberán ser emitidos y entregados en los momentos que, para cada operación se indican seguidamente: Operación Fecha límite para su emisión Plazo de entrega Compraventa de cosas muebles Locaciones y presentaciones de servicios. Locaciones de obras Servicios continuos Locaciones de cosas Anticipos que fijan precio. Provisión de agua corriente, de servicios cloacales, de desagüe, electricidad, gas, teléfono, televisión por cable, Internet y demás servicios de telecomunicaciones. Pesaje de productos agropecuarios. Último día del mes calendario en que se produjo la entrega de la cosa mueble o de su puesta a disposición del comprador, lo que fuera anterior. Día en que se concluya la prestación o ejecución o en que se perciba -en forma total o parcial- el precio, el que fuera anterior. Último día de cada mes calendario, excepto que con anterioridad se hubiera percibido -en forma total o parcial- el precio o concluido la operación Fecha de vencimiento fijada para el pago del precio o alquiler correspondiente a cada período Día en que se perciba -en forma total o parcial- el importe del anticipo. Fecha del primer vencimiento fijado para su pago. Día en que se realice la operación de pesaje. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión. Hasta la fecha de primer vencimiento fijado para su pago. En el acto de realizarse la operación de pesaje. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -4-
5 De tratarse de operaciones con consumidores finales en locales, la entrega de los referidos documentos corresponderá ser efectuada en el momento en que se realice la operación, entendiéndose por tal, el que para cada caso se indica: Compraventa de cosas muebles: cuando se verifique la entrega o puesta a disposición del comprador, o se perciba -en forma total o parcial el precio, lo que fuera anterior. Prestaciones de servicios y locaciones de obras y servicios: cuando se concluya la prestación o ejecución, o se perciba en forma total o parcial el precio, lo que fuera anterior Comprobantes que respaldan la operación realizada Facturas Facturas de exportación Comprobantes de compra de bienes usados a consumidores finales, emitido por el comprador de dichos bienes. Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios. Notas de débito y/o crédito. Documentos fiscales emitidos mediante "Controladores Fiscales" homologados y las notas de crédito emitidas por medio de dicho equipamiento, como documentos no fiscales homologados. Documentos equivalentes a los indicados precedentemente. (Instrumentos que, de acuerdo con los usos y costumbres sustituya el empleo de la factura o remito, siempre que individualice correctamente la operación, cumpla con los requisitos establecidos, para cada caso y se utilice habitualmente en la actividad del sujeto emisor). No serán válidos para respaldar operaciones: Los documentos no fiscales emitidos mediante "Controladores Fiscales" homologados. Remitos, guías o documentos equivalentes. Notas de pedidos, órdenes de trabajo, presupuestos y/o documentos de análogas características. Recibos, comprobantes que respalda el pago - total o parcial - de una operación que debe ser documentada mediante la emisión de facturas Cantidad de ejemplares a emitir Deberá emitirse como mínimo en 2 ejemplares, original y duplicado. Los ejemplares del comprobante que se emita tendrán el destino que, para cada uno de ellos, se asigna seguidamente: Original: será entregado, en todos los casos, al adquirente, prestatario o locatario, mandante, comitente o, de corresponder, al destinatario del bien. Duplicado: quedará en poder del emisor para su procesamiento administrativo y contable. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -5-
6 2.2. Trámite para autorización de emisión de comprobantes Facturas A, A con leyenda pago en CBU informada y M. Los Responsables Inscriptos en I.V.A. que soliciten por primera vez, la autorización para emitir comprobantes clase "A" con anterioridad a la realización del pedido de impresión en una imprenta autorizada deberán presentar en la dependencia AFIP en la que se encuentren inscriptos: Personas físicas: Formulario 855 Sociedades: Formulario Formulario 856/A ó 856/B, según corresponda. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -6-
7 Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -7-
8 En el caso de sociedades que soliciten la impresión de facturas tipo "A", deben presentar el formulario 856 y adjuntar: Si todos los socios son personas físicas: el formulario 856/A con la documentación respaldatoria. (presentación de la DDJJ de bienes personales, escritura, titulo de propiedad, etc.). Si alguno de los socios es una persona jurídica o es la misma sociedad quien quiere acreditar solvencia: el formulario 856/B con la documentación respaldatoria. (presentación de la DDJJ de bienes personales o de ganancia mínima presunta, escritura, titulo de propiedad, etc.). Para obtener autorización para emitir comprobantes clase A, los sujetos deben cumplir con alguna de las siguientes condiciones patrimoniales: -Personas físicas -Demás Responsables Presentación de la última declaración jurada vencida del impuesto sobre los bienes personales con un importe igual o superior a $ , ó la presentación de la declaración jurada del impuesto a la ganancia mínima presunta por un importe igual o superior a $ , según corresponda. Titularidad exclusiva o compartida de inmuebles por un importe igual o superior a $ (valuación fiscal al último 31 de diciembre o valor de escritura, el mayor) y/o Titularidad exclusiva o compartida de automotores por un importe igual o superior a $ (último valor publicado por AFIP o valor del contrato de seguro). Presentación de la última declaración jurada vencida del impuesto sobre los bienes personales con un importe igual o superior a $ ó Presentación de la última declaración jurada vencida del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta con un importe igual o superior a $ ó Titularidad exclusiva o compartida de inmuebles por un importe igual o superior a $ (valuación fiscal al último 31 de diciembre o valor de escritura, el mayor) y/o Titularidad exclusiva o compartida de automotores por un importe igual o superior a $ (último valor publicado por AFIP o valor del contrato de seguro). Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -8-
9 Cuando alguno de los bienes inmuebles aludidos haya sido adquirido hasta el día 19 de octubre de 2003, inclusive, dicho límite se verá reducido a $ En el caso de las personas jurídicas, el cumplimiento de la acreditación de solvencia puede ser realizado por la entidad o por el 33% -como mínimo- de los componentes que otorguen la voluntad social. En este caso, la entidad puede informar bienes suyos o de algunos de sus componentes. Puede informar los bienes de un solo socio que posea más del 33% del capital social, o pueden declararse bienes de varios integrantes que entre todos alcancen este porcentaje, en esta última situación, todos ellos en forma individual deben cumplir con los requisitos patrimoniales. Los sujetos que NO acrediten las condiciones patrimoniales serán autorizados a emitir comprobantes clase "M", salvo que ejerzan la opción para emitir comprobantes clase "A" con la leyenda "PAGO EN C.B.U. INFORMADA". En caso de ejercer esta opción, debe informar la C.B.U. correspondiente a la cuenta corriente o caja de ahorro en la que deberá ser depositado el monto total facturado. La clave debe ser la del responsable inscrito que ejerce la opción de emitir comprobantes clase "A" con leyenda. Si la cuenta bancaria declarada fuera de titularidad compartida, la C.B.U. no podrá ser utilizada por otros titulares. La C.B.U. que debe utilizarse, se publica en la página de internet de AFIP. En todos los casos, debe acompañarse la documentación respaldatoria pertinente (título de propiedad, documentación que acredite el valor fiscal, constancia de C.B.U. emitida por la entidad bancaria, etc.), en original y copia para su cotejo. Los comprobantes a emitir se limitarán a las cantidades que se indican a continuación: Comprobantes clase "A": sin límite de cantidad Comprobantes clase "A con la leyenda": 100 comprobantes. Comprobantes clase "M": 100 comprobantes. Cuando dicha cantidad resulte insuficiente, los sujetos podrán solicitar autorización para imprimir nuevos comprobantes. Facturas clase "M" Los comprobantes clase "M" serán emitidos por operaciones realizadas con otros responsables inscritos en IVA. Deben contener los mismos requisitos establecidos para los comprobantes clase A, con las siguientes adecuaciones: Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / -9-
10 La letra "M" en sustitución de la letra "A" La leyenda "La operación igual o mayor a un mil pesos ($ ) está sujeta a retención", en forma preimpresa debajo de la letra "M" Régimen de Retención de los Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias El adquirente, locatario o prestatario inscrito en el impuesto al valor agregado que reciba el comprobante clase "M" actuará como agente de retención del impuesto al valor agregado y, en su caso, del impuesto a las ganancias. Retención Precio neto > $ : retener todo el IVA de la operación / 3% de Imp. Ganancias. Precio neto < $ : retener de acuerdo a los regímenes de retención vigentes. El agente de retención debe entregar una constancia de retención y el monto de las retenciones del impuesto al valor agregado tendrá para los responsables el carácter de impuesto ingresado, debiendo su importe ser computado en la declaración jurada del período fiscal en el cual se sufrieron. Facturas "A con leyenda" - Régimen especial de pago Los adquirentes, locatarios o prestatarios que revistan la calidad de responsables inscriptos en IVA deben cancelar el monto total de la factura correspondiente a la operación cuyo monto sea mayor o igual a $ o la diferencia entre dicho importe total facturado y el de la retención practicada que pudiera corresponder, mediante transferencia bancaria o depósito, en la cuenta bancaria cuya C.B.U. fuera denunciada por el vendedor. El depósito bancario se realizará en efectivo o con cheque librado por el adquirente, locatario o prestatario, contra la cuenta de la que es titular el vendedor. La cancelación del monto total facturado se efectuará únicamente, en la cuenta bancaria cuya C.B.U. que figura en la página de AFIP. Facturas B El talonario de Facturas B podrá ser solicitado en una imprenta autorizada sin la necesidad de cumplir con la presentación de los formularios 855, 856, 856/A y/o 856/B ni los requisitos patrimoniales correspondientes. Requisitos en común para solicitar Facturas "A", "A con leyenda", "M" y "B" La autorización de la "Solicitud de Impresión y/o Importación", se otorgará siempre que el solicitante: Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 10-
11 Tenga asignada la C.U.I.T. y se encuentre categorizado como responsable inscripto en el impuesto al valor agregado. Haya presentado, de corresponder, la totalidad de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y de los recursos de la seguridad social de los últimos 12 períodos fiscales o del lapso transcurrido desde el inicio de actividades o de cambio de carácter frente al gravamen, si éste fuera menor, vencidos al penúltimo mes anterior a la fecha de interposición de la solicitud. Tenga actualizado el domicilio fiscal declarado ante AFIP. Solicitud de comprobantes "C" y/o "E" y de remitos "X" Los sujetos exentos frente al I.V.A. que soliciten la impresión de facturas o documentos equivalentes, notas de débito y notas de crédito clase C y/o E y de remitos clase X deberán presentar al sujeto que efectúe la impresión una nota que contendrá los siguientes datos: Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio comercial, C.U.I.T. y carácter que reviste respecto del Monotributo. La precitada nota deberá presentarse - con anterioridad a la realización del trabajo de impresión - al responsable de la misma, quien deberá mantenerla en archivo juntamente con el duplicado del comprobante emitido por el respectivo trabajo. Para consultar la clase de comprobante que se autorizó a emitir, podemos ingresar a la web de AFIP en la opción" RG 1575 Autorizados a Emitir Comprobantes". Conservación: los comprobantes y documentos que acrediten las operaciones vinculadas a su actividad se deben conservar, por un término de hasta 5 años después de operada la prescripción del período fiscal a que se refiere. Cambio de domicilio comercial: Se pueden utilizar los comprobantes en los que conste el domicilio anterior por un plazo de 120 días o hasta que se agoten, lo anterior, siempre y cuando este cambio no implique la baja del punto de venta. Se deberá indicar en los mismos la leyenda "Nuevo Domicilio". La documentación que quedare en existencia será inutilizada con la leyenda "Anulado". Se considera baja del Punto de Venta "cuando se produzca el traslado del lugar de operaciones oportunamente denunciado -casa central o matriz, sucursal, agencia, local o punto de venta- a otra localidad, barrio o paraje o cuando dicho traslado se produzca a más de 5 kilómetros de su anterior ubicación". Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 11-
12 Nuevos puntos de venta: se informan a través del F.446/C con 3 días hábiles de anticipación a la utilización de los comprobantes Régimen de información CITI Ventas. Los responsables autorizados a emitir comprobantes clases "A", "A" con leyenda y "M", están obligados informar las operaciones de venta, locaciones o prestaciones que hayan realizado en el curso de cada cuatrimestre calendario. En el supuesto de no haberse producido operaciones en el período cuatrimestral respectivo, se debe cumplir con la presentación del régimen informativo a través de la remisión de archivos "SIN MOVIMIENTO". Asimismo informarán en el primer período de presentación (juntamente con el detalle de ventas, locaciones o prestaciones realizadas), los datos pertinentes de los requisitos patrimoniales indicados en el artículo 3, inciso a) de la Resolución General N 1575, cualquiera sea el valor de los mismos. Se deberá presentar el régimen de información siempre que el período cuatrimestral informado contenga como mínimo operaciones correspondientes a 2 meses calendario. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 12-
13 Cuando no se hubiera cumplido con dicho período mínimo, dicha información se incorporará a la que corresponda suministrar en el cuatrimestre siguiente. La entrega de la información debe efectuarse el mes siguiente al de la finalización de cada período cuatrimestral, hasta el día que, conforme a la C.U.I.T., opera el vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado. Dicha información se proporcionará mediante archivos separados por cada mes calendario de operaciones Controladores Fiscales. Se encuentran obligados a utilizar "Controlador Fiscal": a) Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que realicen alguna de las actividades u operaciones alcanzadas por la resolución general 3561/13. b) Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), cuando opten por emitir tiques por sus ventas a consumidores finales. c) Los sujetos -excepto los mencionados en el inciso b)- que emitan tiques para respaldar sus operaciones con consumidores finales. La obligación de utilizar "Controladores Fiscales", se cumplirá únicamente por medio de algún equipamiento electrónico que haya sido homologado por AFIP mediante resolución general, el que será provisto a los usuarios exclusivamente por las empresas proveedoras que la Administración Federal autorice y su red de comercialización. A los fines de determinar la obligación de utilizar los controladores fiscales, todos los responsables inscriptos en el IVA cuyas actividades se encuentren incluidas en el Anexo IV de la RG 4104/98, distinguiendo entre quienes realicen o no operaciones masivas con consumidores finales, se deberá tenerse en cuenta: a) Para el caso de ventas masivas a consumidores finales esta obligación deberá ser cumplida respecto de todas las operaciones, excepto aquellas operaciones o actividades no alcanzadas por este régimen que se realicen en un ámbito distinto del local de ventas. b) Para el segundo caso la norma es más flexible obligando a incorporar controladores fiscales para emitir los comprobantes de sus operaciones con dichos sujetos, si superan los 240 comprobantes emitidos a consumidor final o el importe total de los mismos supera el 5% del monto total de todas las operaciones, ambos correspondientes al último año calendario. Asimismo, si realiza actividades comprendidas en el Anexo IV, por las que deban emitir comprobantes mediante la utilización de controladores fiscales, y en el mismo establecimiento desarrolle otras actividades u operaciones no alcanzadas por esa obligación, también deben utilizar el citado equipamiento para la emisión de comprobantes respecto de las actividades no alcanzadas, si en ese establecimiento el importe de la totalidad de las ventas, locaciones y/o prestaciones de servicios realizadas a consumidores finales son superiores al 20% del importe del total de operaciones efectuadas, en el último año calendario. En caso que no supere dicho porcentaje, sólo estarán obligados a la utilización de controlador fiscal por las operaciones con consumidores finales. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 13-
14 2.3. Novedades RG 3665 El 04/09/2014 se publicó la RG 3665 de AFIP que modifica el procedimiento para solicitar la autorización de impresión de comprobantes (RG 100). A continuación, se exponen algunos puntos importantes: CONTRIBUYENTES QUE SOLICITEN IMPRESIÓN DE COMPROBANTES 1) SOLICITUD DE IMPRESIÓN Los contribuyentes que deban emitir los comprobantes alcanzados por la Resolución General 100, deberán: a) Habilitar el o los puntos de venta que se utilizarán para el presente régimen, que serán específicos y distintos a los utilizados para otros sistemas de facturación. La habilitación de los puntos de venta se realizará mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web institucional, ingresando al servicio denominado Autorización de Impresión de Comprobantes y seleccionando la opción ABM de Puntos de Venta. Cada uno de los domicilios asociados a los puntos de venta, deberán encontrarse declarados previamente en el Sistema Registral. b) Solicitar la autorización de impresión de los comprobantes a través del servicio aludido en el punto anterior, seleccionando la opción Nueva solicitud de Código de Autorización de Impresión (C.A.I.). A tal fin indicarán los siguientes datos: 1. Punto de venta. 2. Código de comprobante. 3. Cantidad solicitada. 4. Si la solicitud es para comprobantes de resguardo, ante inconsistencias con otro sistema de emisión. 5. Punto o puntos de venta para los que se solicita los comprobantes de resguardo. 6. Responsables autorizados para tramitar la impresión de los comprobantes ante la imprenta. 2) EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD DE IMPRESIÓN La autorización de la Solicitud de Impresión y/o Importación, se otorgará siempre que el solicitante: a) Posea Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) activa. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 14-
15 b) Posea actualizado el domicilio fiscal declarado ante esta Administración Federal. c) Haya habilitado el o los puntos de venta conforme a lo indicado en el Artículo 17. d) Tenga actividad económica declarada y actualizada según el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario Nº 883, de corresponder. e) Se encuentre categorizado como responsable inscripto, exento o no alcanzado en el impuesto al valor agregado, o adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), según el o los comprobantes para los que solicite autorización de impresión. f) Se encuentre habilitado a emitir la clase y tipo de comprobante que solicita. g) Haya presentado, de corresponder, la totalidad de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de los últimos DOCE (12) períodos fiscales o del lapso transcurrido desde el inicio de actividades o de cambio de carácter frente al gravamen, si éste fuera menor, vencidos al penúltimo mes anterior a la fecha de interposición de la solicitud. h) Haya presentado, de corresponder, hasta el penúltimo mes anterior al de la solicitud, la última declaración jurada del impuesto a las ganancias cuyo vencimiento general hubiera operado a la referida fecha. i) Haya presentado, de corresponder, las declaraciones juradas informativas cuatrimestrales previstas para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) de los TRES (3) últimos períodos vencidos. j) De tratarse de una solicitud en carácter de autoimpresor, que haya cumplido con las presentaciones del régimen de información previsto en el Título III, de los últimos SEIS (6) meses o del lapso transcurrido desde el inicio de actividades como autoimpresor, si éste fuera menor, vencidos al penúltimo mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud. k) No presente incumplimientos o irregularidades como resultado de la evaluación de su comportamiento fiscal. 3) ACEPTACIÓN DE SOLICITUD DE IMPRESIÓN De resultar aceptada, total o parcialmente, la Solicitud de Impresión y/o Importación se generará el Código de Autorización de Impresión (C.A.I.), que será asignado por cada solicitud emitiéndose una constancia de (C.A.I.) que contendrá los datos de la solicitud y el (C.A.I.) otorgado. La constancia deberá ser impresa en dos ejemplares. Una de ellas debidamente firmada por el contribuyente solicitante o responsable acreditado, se entregará a la imprenta en la que se contrata el trabajo de impresión, en tanto que la otra se deberá mantener en archivo, separada y ordenada cronológicamente por fecha de emisión, a disposición del personal fiscalizador de AFIP. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 15-
16 Los comprobantes que queden en existencia una vez vencido el plazo de validez otorgado, deberán ser inutilizados mediante la leyenda ANULADO y conservarse en archivo según lo dispuesto en el Artículo 48 del Decreto Nº del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones, reglamentario de la Ley Nº , texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN: Lo deberán cumplimentar accediendo al servicio denominado Autorización de Impresión de Comprobantes e informar los comprobantes recibidos de la imprenta. De no cumplirse con el presente régimen de información, el contribuyente no podrá solicitar un nuevo Código de Autorización de Impresión (C.A.I.). VIGENCIA - Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes: desde el 1/11/ Responsables exentos o no alcanzados por el impuesto al valor agregado: 1/3/ Responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado: desde el 1/4/2015. No obstante, desde el 1/11/2014 y el 31/3/2015 deberán ingresar las novedades de altas, bajas y modificaciones de puntos de venta a través del servicio Autorización de Impresión de Comprobante opción ABM de Puntos de Venta. Tanto los monotributistas como los responsables exentos o no alcanzados por el impuesto al valor agregado que cuenten con comprobantes impresos con anterioridad al 1/11/2014 y/o al 1/3/2015, respectivamente, podrán utilizarlos hasta el 31/12/2014 (monotributistas) y/o hasta el 30/4/2015 (exentos o no alcanzados), o hasta la fecha en que se agote su existencia si esta última fuese anterior. Transcurridos dichos plazos, los comprobantes que queden en existencia deberán ser inutilizados mediante la leyenda "ANULADO", debiendo permanecer archivados a disposición de futuras verificaciones del Fisco, ya que deberán habilitar sus puntos de venta a través del servicio "Autorización de Impresión de Comprobantes", opción "ABM de Puntos de Venta", y comenzar con la numeración de sus comprobantes desde el " ". NOTA: tener en cuenta la validez de las facturas cuando se reciban para que el gasto no sea impugnado por el Fisco. Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 16-
17 3. CONCLUSIONES Cómo se habrá podido observar, FACTURACIÓN es un área temática extremadamente amplia y dinámica. Demuestra esta situación la publicación de las RG 3665/2014 y 3666/2014 que modifican parte de lo primeramente expuesto. Esto nos lleva a la conclusión de que: por un lado es casi imposible plasmar en un solo trabajo de investigación todo lo que respecta a este tema, y por otro lado, desafía a los jóvenes profesionales a no perder la huella de los cambios en la materia. Se visualiza un futuro en facturación mucho más informatizado con controles online segundo a segundo que los profesionales en ciencias económicas tienen que anticipar y dejar de lado el papel. 4. BIBLOGRAFIA RG 3665/14 RG 3666/14 RG 100/98 RG 1415/03 RG 1575/03 RG 4104/98 Comisión Jóvenes Profesionales 2014 VOS SOS PARTE!!! Página / - 17-
EMISIÓN DE COMPROBANTES - NUEVAS DISPOSICIONES
EMISIÓN DE COMPROBANTES - NUEVAS DISPOSICIONES La RG AFIP 3666 efectúa modificaciones al régimen de emisión de comprobantes. 1. El remito que se emita para respaldar el traslado y entrega del producto
Más detallesModificaciones para Socios que revisten el caracter de Monotributistas ante la Afip
Modificaciones para Socios que revisten el caracter de Monotributistas ante la Afip EMISIÓN DE FACTURAS. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN. MODIFICACIONES PARA RESPONSABLES MONOTRIBUTISTAS A. FUENTE
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL 3665-3666 MODIFICACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y REMITOS
NUEVAS DISPOSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN Y EMISIÓN DE COMPROBANTES QUE INVOLUCRAN A TODOS LOS CONTRIBUYENTES. RESOLUCIÓN GENERAL 3665-3666 MODIFICACIÓN DE IMPRESIÓN
Más detallesNUEVO REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES Y REGISTRACION DE OPERACIONES E INFORMACION RG 3665 y RG 3666 Modificación RG 100
NUEVO REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES Y REGISTRACION DE OPERACIONES E INFORMACION RG 3665 y RG 3666 Modificación RG 100 AHRCC Material preparado por Dr. Guillermo H. Fernández MONOTRIBUTISTAS Que emiten
Más detallesFACTURACIÓN: Últimas modificaciones para Monotributistas, Responsables Inscriptos y Exentos, Imprentas y autoimpresores RG (AFIP) 3665 y 3666
Seminarios Errepar FACTURACIÓN: Últimas modificaciones para Monotributistas, Responsables Inscriptos y Exentos, Imprentas y autoimpresores RG (AFIP) 3665 y 3666 24/10/2014 Facturación: Últimas modificaciones
Más detallesRégimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) MONOTRIBUTO Facturación y Registración de Operaciones
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) MONOTRIBUTO Facturación y Registración de Operaciones Información General acerca de Facturación y Registración de Operaciones para contribuyentes
Más detallesY REGISTRACIÓN. REGIMEN DE SOLICITUD DE FACTURAS
MR Consultores FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. REGIMEN DE SOLICITUD DE FACTURAS Resolución General (AFIP) 3665 Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA
Más detallesPROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS
CUESTIONES BASICAS RELACIONADAS CON LA FACTURACION DEL RESPONSABLE INSCRIPTO Y SUS FACTURAS DE COMPRAS EN EL REGIMEN GENERAL. A continuación se enumeran en forma sucinta los aspectos que deben ser tenidos
Más detallesNUEVAS MODIFICACIONES A LOS REGIMENES DE IMPRESION Y EMISION DE COMPROBANTES. Imprentas, Autoimpresores e Importadores
NUEVAS MODIFICACIONES A LOS REGIMENES DE IMPRESION Y EMISION DE COMPROBANTES Imprentas, Autoimpresores e Importadores Introducción La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante las Resoluciones
Más detallesEmpresas que prestan servicios de telefonía móvil. Prestadores de servicios de transporte de caudales y/u otros objetos de valor (*).
Resumen alcance: La AFIP dispuso el carácter obligatorio de la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales para aquellos casos en los que se utilizan facturas o documentos equivalentes,
Más detallesImpuestos Facturación & Registración
A NEXO DE A CTUALIZACIÓN - SEPTIEMBRE 2008 A CTUALIZACIONES A NTERIORES: M ARZO 2006 / ABRIL 2006 / JULIO 2006 / AGOSTO 2006 / NO VIEMBRE 2006 / E NERO 2007 / ABRIL 2007 / JUNIO 2007 / NO VIEMBRE 2007
Más detallesPreguntas y Respuestas Frecuentes
Preguntas y Respuestas Frecuentes Responsables Inscriptos Vigencia 01/07/2015 Quiénes se encuentran obligados a emitir sus comprobantes originales en forma electrónica? Todos los sujetos que revistan el
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL 140
RESOLUCIÓN GENERAL 140 JURISDICCIÓN: Nacional ORGANISMO: Adm. Fed. Ingresos Públicos FECHA: 14/05/1998 BOL. OFICIAL: 19/05/1998 VIGENCIA DESDE: 19/05/1998 RG (AFIP) 140 14/5/1998 Sistema de pago con tarjetas
Más detallesMEMORÁNDUM IMP - 10 / 2014
MEMORÁNDUM IMP - 10 / 2014 Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014 Ref.: NOVEDADES TRIBUTARIAS 1. FACTURACIÓN. Operaciones realizadas por hoteles, restaurantes y otros, sujetas a limitación para el cómputo
Más detallesALCANCE DEL RÉGIMEN. Se trata de un régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales,
RÉGIMEN DE FACTURA ELECTRÓNICA Adalberto Raúl Dalmasio FEGHRA Octubre 2008 ALCANCE DEL RÉGIMEN Se trata de un régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios
Más detallesLas cinco preguntas más frecuentes de contribuyentes al Call Center de la AFIP
Las cinco preguntas más frecuentes de contribuyentes al Call Center de la AFIP La AFIP publica las inquietudes más requeridas con sus respectivas respuestas: 1) Monotributo: recategorización y declaración
Más detallesEs un documento comercial / comprobante en formato digital que reemplaza al formato físico (papel).
Régimen General Qué es la Factura Electrónica? Es un documento comercial / comprobante en formato digital que reemplaza al formato físico (papel). Comprobantes Comprobantes Alcanzados Están alcanzados
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3666
Page 1 of 6 RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3666 Emisión de comprobantes. Nuevas disposiciones aplicables SUMARIO: Se efectúan modificaciones al régimen de emisión de comprobantes, impulsadas con motivo de las
Más detallesFactura electrónica. Nuevos sujetos y operaciones alcanzadas por el régimen
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3571 Factura electrónica. Nuevos sujetos y operaciones alcanzadas por el régimen Se amplía la obligación de emitir factura electrónica a nuevas actividades, que se agrupan en
Más detallesc) Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del día 1 de enero de 2014, en adelante.
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3685 Régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes y de registración de operaciones. Sustitución del CITI Compras y del CITI Ventas.
Más detallesCERTIFICADO DE VALIDACION DE DATOS DE IMPORTADORES
CERTIFICADO DE VALIDACION DE DATOS DE IMPORTADORES Por medio de la Resolución General N 2238 (Boletín Oficial 10/04/07) la AFIP ha dado a conocer un nuevo procedimiento para la obtención del Certificado
Más detallesPágina 1 de 5 RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3668 Limitación al cómputo de crédito fiscal. Bares, restaurantes, hoteles, gimnasios y similares, playas de estacionamiento y otros. Se establece un régimen especial
Más detallesSi desea visualizar los pasos para efectuar la declaración de actividades económicas, ingrese aquí. Cómo efectúo la Adhesión al Monotributo?
Tenga en cuenta que, para adherir al monotributo, deberá: Estar inscripto ante la AFIP, es decir contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y haber confirmado sus Datos Biométricos -de
Más detallesResolución General AFIP 3450
Resolución General AFIP 3450 Marzo 2013 Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Adelanto de impuesto. OBJETO A través de la Resolución General 3450 la Administración Federal de
Más detallesAFIP: Nuevos planes de facilidades de pagos
AFIP: Nuevos planes de facilidades de pagos Con fecha 23/05/2014 se han publicado las Resoluciones Generales (AFIP) Nº 3630 y Nº 3631, mediante las cuales se crea un plan especial para obligaciones vencidas
Más detalles1361 (A.F.I.P.) SILVIA R. GRENABUENA APLICACION TRIBUTARIA S.A.
FACTURA ELECTRÓNICA Resolución General Nº 2485 (A.F.I.P.) Resolución General Nº 1361 (A.F.I.P.) SILVIA R. GRENABUENA APLICACION TRIBUTARIA S.A. APLICACION TRIBUTARIA S.A. Viamonte 1546 Piso 2º Of. 200
Más detalles1. Vencimientos de Enero 0-1 21/01 18/01 07/01 18/01 14/01 21/01 2-3 21/01 21/01 08/01 21/01 15/01 22/01 4-5 21/01 22/01 09/01 22/01 16/01 23/01
NEWSLETTER IMPOSITIVO Índice: 1. Vencimientos de Enero 2. Consumos efectuados en moneda extranjera a través de tarjetas de crédito, débito y/o de compra. Devolución de los montos percibidos para contribuyentes
Más detallesFactura Electrónica. Nuevos Sujetos Obligados. RG 3749 AFIP
Factura Electrónica. Nuevos Sujetos Obligados. RG 3749 AFIP La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la publicación de la Resolución 3749, amplió la obligación de emitir factura electrónica
Más detalles17º SIMPOSIO SOBRE LEGISLACIÓN TRIBUTARIA ARGENTINA FACTURACION Y REGISTRACION. COMISION Nº 2. 17º Simposio sobre Legislación Tributaria Argentina
17º SIMPOSIO SOBRE LEGISLACIÓN TRIBUTARIA ARGENTINA FACTURACION Y REGISTRACION. COMISION Nº 2 1 PUNTOS DE DEBATE PROPUESTOS NECESIDAD DE UNIFICACIÓN Y REORDENAMIENTO DE LOS RÉGIMENES DE EMISIÓN DE COMPROBANTES.
Más detallesMonotributo: Cómo efectuar la emisión de factura electrónica?
Monotributo: Cómo efectuar la emisión de factura electrónica? Aquellos Monotributistas que encuadren en las categorías H, I, J, K y L y realicen operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones
Más detallesCircular de Impuestos Nro. 27/2009. RG 2681 Entidades Exentas en el Impuesto a las Ganancias
Circular de Impuestos Nro. 27/2009 RG 2681 Entidades Exentas en el Impuesto a las Ganancias La presente Circular tiene como objetivo informar sobre los requisitos, plazos, formalidades y demás condiciones
Más detalles1. TRAMITES RELACIONADOS CON EL MONOTRIBUTO 2. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (JURIDICAS Y OTRAS) 3. 1. ALTAS EN EL MONOTRIBUTO
Publicado: www.afip.gov.ar, Sector Guía de trámites. 1. TRAMITES RELACIONADOS CON EL MONOTRIBUTO 2. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (JURIDICAS Y OTRAS) 3. 1. ALTAS EN EL MONOTRIBUTO Qué tipo de sociedad puede
Más detallesINSCRIPCIONES REGISTRACIÓN DE DATOS BIOMÉTRICOS SOLICITUD DE CUIT, DATOS BIOMÉTRICOS E INSCRIPCIÓN
INSCRIPCIONES REGISTRACIÓN DE DATOS BIOMÉTRICOS SOLICITUD DE CUIT, DATOS BIOMÉTRICOS E INSCRIPCIÓN Solicitud de CUIT De tratarse de personas físicas, la solicitud se realiza mediante la presentación del
Más detallesCómo efectuar la adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo?
Cómo efectuar la adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo? Tenga en cuenta que, para adherir al monotributo, deberá: Estar inscripto ante la AFIP, es decir contar
Más detallesIMPUESTO EN LA COMPRA VENTA DE INMUEBLES
IMPUESTO EN LA COMPRA VENTA DE INMUEBLES Para el comprador Impuesto al Valor Agregado (IVA) Si se trata de la compra de un inmueble nuevo: Sobre la proporción del precio de compra correspondiente a la
Más detallesPROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR Y SOLICITAR LA EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RG 2681/09
PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR Y SOLICITAR LA EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RG 2681/09 Mediante el dictado de la Resolución General Nº 2681, (BO 5/10/09) la Administración Federal de Ingresos Públicos
Más detallesES OBLIGATORIO PARA LOS DESPACHANTES DE ADUANA REALIZAR FACTURA ELECTRONICA A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DEL 2014?
ES OBLIGATORIO PARA LOS DESPACHANTES DE ADUANA REALIZAR FACTURA ELECTRONICA A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DEL 2014? Inicialmente deseamos aclarar que el presente informe tiene simplemente el carácter de opinión,
Más detallesResumen explicativo del Régimen
Resumen explicativo del Régimen La AFIP mediante la Resolución General N 3411/2012 (B.O. 19.12.2012) dispuso la creación con vigencia general a partir del 1 de enero de 20 13 y con las vigencias específicas
Más detallesNOVEDADES FISCALES MAYO 2015
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3769 - BO: 05/05/2015 PROCEDIMIENTO FISCAL. SE ESTABLECEN PRECISIONES RESPECTO DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA OBLIGACIONES VENCIDAS AL 28/2/2015
Más detallesB. O. 29-05-2014 RESOLUCIÓN NORMATIVA N 116
B. O. 29-05-2014 RESOLUCIÓN NORMATIVA N 116 Córdoba, 27 de Mayo de 2014.- VISTO: El Código Tributario Provincial Ley 6006, T.O. 2012 y modificatorias, el Régimen de Facturación previsto por la Administración
Más detallesLíneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales.
Líneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales. Monto: hasta $ 100.000.- Tasa Nominal Anual (TNA) Fija = 30,00%. Plazo máximo: hasta 24 cuotas mensuales. Seguro de vida: 0,15% mensual
Más detallesPLAN DE FACILIDADES DE PAGO [RG (AFIP) 3516]. MODIFICACIONES ACTUALIZ ACIONES ANTERIORES: MAYO 2013 / SEPTIEMBRE 2013. Mirta Noemí Userpater
A N E X O D E A C T U A L I Z A C I Ó N - M AY O 2 0 1 4 ACTUALIZ ACIONES ANTERIORES: MAYO 2013 / SEPTIEMBRE 2013 Colección Práctica L a b o ral Guía de trámites de la seguridad social Mirta Noemí Userpater
Más detallesInstructivo para el Reempadronamiento de Proveedores Municipales
Instructivo para el Reempadronamiento de Proveedores Municipales Sr. Proveedor Municipal, en el presente instructivo se explicarán los conceptos básicos para la realización del Reempadronamiento a través
Más detallesMonotributo Herramientas Prácticas
Monotributo Herramientas Prácticas Dr. Carlos Alberto Rezzara OCTUBRE 2012 2 Parte INICIO QUÉ DEBO HACER PARA INGRESAR AL MONOTRIBUTO? Para ser contribuyente de Monotributo, deberá tener: 1. Número de
Más detallesB.O. 28/10/02 IMPUESTOS - Resolución General 1363 - AFIP Impuesto al Valor Agregado.
B.O. 28/10/02 IMPUESTOS - Resolución General 1363 - AFIP Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Operaciones de compraventa de miel a granel. Régimen de retención.
Más detallesVISTO: Las Resoluciones Generales N 2.485 y N 2.904, sus respectivas modificatorias y complementarias, y la Resolución General N 3.
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3779 Factura electrónica. Incorporación de nuevos sujetos. Derogación de regímenes de información y precisiones sobre la obligación de emitir factura electrónica por determinadas
Más detallesCómo efectúo la Registración de Contratos y de Formularios LPG por Internet?
Cómo efectúo la Registración de Contratos y de Formularios LPG por Internet? El sistema Registro Fiscal de Operadores de Granos Registración de operaciones, es una herramienta disponible en Internet que
Más detallesTRABAJADORES INDEPENDIENTES - RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) o MONOTRIBUTO
TRABAJADORES INDEPENDIENTES - RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) o MONOTRIBUTO INTRODUCCIÓN ASPECTOS GENERALES DEL RÉGIMEN El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo
Más detallesCódigo Fiscal de la Federación
Código Fiscal de la Federación Artículo 28 Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas: I. Llevarán los sistemas
Más detallesMEMORANDUM IMPOSITIVO
03/01/2014 MEMORANDUM IMPOSITIVO REGISTRO DE SUJETOS VINCULADOS NUEVO REGIMEN DE INFORMACION MERCADO INTERNO RG AFIP 3572 INTRODUCCION La Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP- ha creado a través
Más detallesOpinión Consultoria Tributaria
Pais ARGENTINA Norma Fiscal Procedencia: Nacional RG 2485/2008 RÉGIMEN GENERAL DE FACTURA ELECTRÓNICA Fecha de Publicación: 04/09/2008 Fecha de Entrada en Vigencia: 28/08/2008 Fecha de Comienzo Aplicación:
Más detallesResolución General 3668/2014. AFIP. Facturación y Registración. Gastronomía, Hotelería, Garajes y otros. Factura A. Clientes.
Resolución General 3668/2014. AFIP. Facturación y Registración. Gastronomía, Hotelería, Garajes y otros. Factura A. Clientes. Requisitos Se establece un régimen especial de emisión de comprobantes electrónicos
Más detallesARA Contadores Públicos www.aracontadores.com.ar
Administración Federal de Ingresos Públicos SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución General 2191 Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS). Empleadores, trabajadores autónomos y monotributistas.
Más detallesEstos textos no deben ser entendidos como opiniones profesionales sino como un aporte al conocimiento general.
BTBSOFT - Buenos Aires Mayo 2015 SISTEMAS BTB - FACTURACION ELECTRONICA Estimado Cliente Esta circular le dará información sobre aspectos prácticos de Facturación Electrónica, que hemos detectado todavía
Más detallesImpresoras Fiscales HASAR
Impresoras Fiscales HASAR Ya tengo mi impresora fiscal Y ahora qué? DSB:20130701003 IMPRESORAS FISCALES HASAR YA TENGO MI IMPRESORA FISCAL Y AHORA QUÉ? INDICE INTRODUCCIÓN......................................................................
Más detallesVolante Electrónico de Pago- VEP
Volante Electrónico de Pago- VEP Página 1 Volante Electrónico de Pago Pago de Obligaciones El VEP es el VOLANTE ELECTRÓNICO DE PAGO, único elemento que permite indicar la imputación de la obligación que
Más detallesSISTEMA REGISTRAL. Cómo se realiza la comunicación de altas y bajas de impuestos y/o regímenes por Internet?
SISTEMA REGISTRAL Cómo se realiza la comunicación de altas y bajas de impuestos y/o regímenes por Internet? El servicio Sistema Registral, es una herramienta disponible en Internet que requiere la utilización
Más detallesVigencia A partir del 01/01/2010. RG 2681 Reemplaza al Régimen de la RG 1815
Nuevo procedimiento para renovar y solicitar la exención en el Impuesto a las Ganancias Por Dr. Marcos Verdún Asesor Tributario CPCECABA La presente colaboración tiene por objetivo describir en forma esquemática,
Más detallesRETENCIONES A MONOTRIBUTISTAS (Resolución General Nº 2616/09 y Nº 2666/09)
RETENCIONES A MONOTRIBUTISTAS (Resolución General Nº 2616/09 y Nº 2666/09) 1- INTRODUCCIÓN: Se establece un régimen de retención de los Impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado, aplicable a los pagos
Más detallesResolución General Nro. 3367
Resolución General Nro. 3367 Org. Emisor: A.F.I.P. del 13 de Agosto de 2012 BOLETIN OFICIAL, 16 de Agosto de 2012. Asunto : Procedimiento. Compañías de seguros. Régimen informativo de productores. Resolución
Más detallesImpuestos Retenciones & Percepciones
A NEXO DE A CTUALIZACIÓN - SEPTIEMBRE 2006 Colección Práctica Impuestos Retenciones & Percepciones Ganancias Valor Agregado Otros Claudia M. Cerchiara Marisol Galante Fanny Gabriela Goldberg RÉGIMEN DE
Más detallesREGIMEN GENERAL DE RETENCION DEL IVA. RG (AFIP) Nº 2854. Disposiciones actualizadas a Enero de 2011
REGIMEN GENERAL DE RETENCION DEL IVA. RG (AFIP) Nº 2854 Disposiciones actualizadas a Enero de 2011 Resolucion General Nº 3011/2011 Administración Federal de Ingresos Públicos Buenos Aires, 17 de Enero
Más detallesRESPUESTAS A PREGUNTAS PENDIENTES DE LAS CHARLAS ON LINE RELATIVAS A MODIFICACIONES DE LAS NORMAS DE FACTURACIÓN RG (AFIP) 3665 y 3666 1
RESPUESTAS A PREGUNTAS PENDIENTES DE LAS CHARLAS ON LINE RELATIVAS A MODIFICACIONES DE LAS NORMAS DE FACTURACIÓN RG (AFIP) 3665 y 3666 1 Aclaración previa: En el presente documento sólo se abordan los
Más detalles- S.I.Ap.: Sistema Integrado de Aplicativos AFIP - Descargar Aplicativo. - Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - Descargar Aplicativo
Quiénes deben efectuar la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales y qué fecha de vencimiento corresponde considerar en cada caso? Los empleados que durante el año
Más detallesPreguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país.
Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Atención al Cliente Septiembre de 2012 Comisión de Regulación de Comunicaciones
Más detallesIMPUESTO A LAS GANANCIAS (R.G. 830/00)
IMPUESTO A LAS GANANCIAS (R.G. 830/00) El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires es una entidad de Derecho Público, por lo tanto es un sujeto obligado a practicar retenciones de Impuesto a
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 32961 4 de septiembre de 2014 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3665 Procedimiento. Régimen de emisión de comprobantes, registración de operaciones e información.
Más detallesVISTO la Actuación SIGEA Nº 10056-477-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2955 Impuesto al Valor Agregado. Operaciones de venta de cosas muebles nuevas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios
Más detallesCampaña N 1431 Bienvenida al Monotributo
Campaña N 1431 Bienvenida al Monotributo El objetivo de esta comunicación es darle la bienvenida dado que durante el mes de Enero usted eligió ser monotributista. Con esta decisión usted dio el primer
Más detallesQue la citada ley, faculta a esta Administración Federal a. percibir el impuesto mediante la retención en la fuente.
Asunto: IMPUESTO A LAS GANANCIAS Actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Régimen de retención. Su instrumentación. BUENOS AIRES,22 de mayo de 2006 VISTO la
Más detallesEMPRESAS Guía de Acreditación. DESCRIPCIÓN Nombre de la empresa según escritura (natural, jurídica, EIRL, etc.).
EMPRESAS Guía de Acreditación NOMBRE O RAZÓN SOCIAL NOMBRE FANTASÍA RUT E-MAIL DOMICILIO COMUNA CIUDAD REPR. LEGAL RUN REPR. LEGAL TELÉFONO 1 TELÉFONO 2 PREFECTURA DESCRIPCIÓN Nombre de la empresa según
Más detallesFACTURA ELECTRÓNICA Aspectos esenciales del régimen. C.P. Alberto P. Coto Agosto 2013
FACTURA ELECTRÓNICA Aspectos esenciales del régimen C.P. Alberto P. Coto Agosto 2013 Normas de facturación vigentes RG (AFIP) 1415 RG (AFIP) 100 RG (AFIP) 1575 RG (AFIP) 259 RG (AFIP) 1361 RG (AFIP) 2485
Más detalles1) Deberé empadronarme previamente para poder realizar facturas electrónicas clase E?
IMPORTANTE: ver actualizaciones de este documento ingresando aquí Información difundida por la CERA Preguntas y respuestas 1) Deberé empadronarme previamente para poder realizar facturas electrónicas clase
Más detallesI Destinatarios: Sr./es: Rector, Decanos, Secretarias de Rectorado, I Secretarios Administrativos de las Facultades, Dependencias de la
1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS SECRETARIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION Fecha: 16.06.15 CIRCULAR N 05/15 Objeto: Nuevos regímenes de. impresión y aprobación de comprobantes. Nuevas Modalidades de facturación.
Más detallesServicio Mi Celular. Cómo participar en el programa IVA y VUELTA por Internet?
Servicio Mi Celular Cómo participar en el programa IVA y VUELTA por Internet? GUIA Paso a Paso - Cómo participar en el IVA y Vuelta por Internet? Página 1/10 Porque la AFIP le permite participar en un
Más detallesPROGRAMA DE ACCESO AL CRÉDITO Y LA COMPETITIVIDAD PARA PYMES PROGRAMA PACC SEPYME
PROGRAMA DE ACCESO AL CRÉDITO Y LA COMPETITIVIDAD PARA PYMES PROGRAMA PACC SEPYME PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PASOS A SEGUIR Una vez que el empresario toma contacto con el Departamento
Más detallesRepresentación electrónica de un comprobante original, respaldatorio de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de
Representación electrónica de un comprobante original, respaldatorio de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas
Más detallesCómo efectúo la presentación? PASO 1 Ingrese con su Clave Fiscal al Servicio Sistema Registral. Recuerde que para acceder a este servicio deberá:
Cómo efectúo la presentación? PASO 1 Ingrese con su Clave Fiscal al Servicio Sistema Registral. Recuerde que para acceder a este servicio deberá: - Ingresar a la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) y presionar
Más detallesPágina 1 Thomson Reuters checkpoint.laleyonline.com.ar
Voces: FACTURACION ~ FACTURA ~ PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO ~ PERCEPCION DEL IMPUESTO ~ INFORMATICA ~ CONTRIBUYENTE ~ OBLIGACION TRIBUTARIA ~ CONTROLADOR FISCAL ~ REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES ELECTRONICOS
Más detallesComunicar el alta de impuestos y/o regímenes. Comunicar la baja -cancelación de inscripción- de impuestos y/o regímenes.
El servicio Sistema Registral, es una herramienta disponible en Internet que requiere la utilización de Clave Fiscal y dentro del menú Registro Tributario permite -tanto las Personas Físicas como las Jurídicas
Más detallesClaves para que la salida del Monotributo no se convierta en una pesadilla
Claves para que la salida del Monotributo no se convierta en una pesadilla Los expertos consultados por iprofesional.com revelaron los pasos que debe seguir un pequeño contribuyente para sortear sin sobresaltos
Más detallesDE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DECRETO NÚMERO 27-92
DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DECRETO NÚMERO 27-92 ARTICULO 16. *Procedencia del crédito fiscal. Procede el derecho al crédito fiscal por la importación o adquisición de bienes y la utilización
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento
Más detallesEXCLUSIVO PERSONA FÍSICA
INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO PARA COMPLETAR DATOS EN LA SOLICITUD DE ACTUALIZACIÓN DE BENEFICIARIO DNI/LC/LE/CF/PASAPORTE (1)/CI EXCLUSIVO PERSONA FÍSICA En el caso de tratarse de Personas Físicas, se ingresará:
Más detallesBUENOS AIRES, 2 de Septiembre de 2002. VISTO el Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS), y CONSIDERANDO:
Asunto: REGIMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES. Contribu-ciones patronales. Sujetos que presten servicios de limpieza de inmuebles. Régimen de re-tención. Su implementación. BUENOS
Más detallesMediante la Resolución General N 2681 la AFIP crea el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias.
Mediante la Resolución General N 2681 la AFIP crea el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias. Asimismo el servicio Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias, es una herramienta
Más detallesFLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL 2010-9. Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010
FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL 2010-9 Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 El 3 de septiembre de 2010 se publicó en la página de Internet
Más detallesNotas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013
Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces Diciembre 2013 Enajenación de bienes raíces Régimen General Mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces Régimen Tributario
Más detallesDATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE
COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE OBRAS SOLICITUD SUBVENCIONADAS INSTANCIA INDIVIDUAL GENERAL Espacio reservado para el Registro de entrada ÁREAS DE REHABILITACIÓN: Página 1 de 2 A CUMPLIMENTAR POR EL PERSONAL
Más detallesBUENOS AIRES, 7/12/99 BO. 20/12/1999. VISTO las Resoluciones Generales N 2.529 (DGI) y sus modificaciones, y N 738, y CONSIDERANDO:
Asunto: IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Beneficiarios del exterior. Retenciones con carácter de pago úni co y definitivo. Resolu ción General N 2.529 (DGI) y sus modificacio nes. Su sustitución. BUENOS AIRES,
Más detalleseflex IVA VENTAS / COMPRAS FECHA DE ACTUALIZACION: 15/12/2010 VERSION: 8.30 SQL
eflex IVA VENTAS / COMPRAS FECHA DE ACTUALIZACION: 15/12/2010 VERSION: 8.30 SQL Exportación a DGR Santa Fe Resolución General 2682- Seguridad Social. Contribuciones patronales. Contratistas y/o subcontratistas
Más detallesAHRCC Material preparado por Dr. Guillermo H. Fernández
RG 3668 REGIMEN FACTURACION PARA HOTELES Y RESTAURANTES AHRCC Material preparado por Dr. Guillermo H. Fernández LEY DE IVA ARTICULO 12: No se considerarán vinculadas con las operaciones gravadas. 1. Las
Más detallesRegistros fiscales de empresas mineras, de proveedores de empresas mineras y de titulares de permisos de exploración o cateo. kpmg.com.
Registros fiscales de empresas mineras, de proveedores de empresas mineras y de titulares de permisos de exploración o cateo kpmg.com.ar Juan José Pagano Socio de Minería de KPMG Argentina Omar Díaz Socio
Más detallesBUENOS AIRES, 23/6/98
Asunto: PROCEDIMIENTO. Ley N 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones. Artículo incorporado a continuación del artículo 40. Medios o procedimientos de cancelación de obligaciones de pago. BUENOS
Más detallesCiudad de Buenos Aires
Ciudad de Buenos Aires INGRESOS BRUTOS REGIMENES GENERALES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN GUÍA PRÁCTICA PARA SU CORRECTA APLICACIÓN Hacemos la presentación práctica del régimen general de retención y de percepción,
Más detallesRÉGIMEN DE FACTURA CUAL ES LA DOCUMENTACIÓN N QUE SE PUEDE REALIZAR EN FORMA ELECTRÓNICA SIN NECESIDAD DE IMPRIMIRLA EN PAPEL?
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia del Neuquén RÉGIMEN DE FACTURA ELECTRÓNICA ABRIL 2008 CUAL ES LA DOCUMENTACIÓN N QUE SE PUEDE REALIZAR EN FORMA ELECTRÓNICA SIN NECESIDAD DE IMPRIMIRLA
Más detallesRÉGIMEN DE INFORMACIÓN ANUAL DE PARTICIPACIONES SOCIETARIAS. LAS NOVEDADES EN LA NUEVA VERSIÓN DEL APLICATIVO
TÍTULO: AUTOR/ES: PUBLICACIÓN: TOMO/BOLETÍN: PÁGINA: - MES: Régimen de información anual de participaciones societarias. Las novedades en la nueva versión del Aplicativo Orieta, R. Mariel Práctica y Actualidad
Más detallesCómo se hace para..?
Cómo se hace para..? INICIAR ACTIVIDADES PERSONAS JURIDICAS Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo
Más detallesSiRADIG Impuesto a las Ganancias. Cómo confeccionar el Formulario 572 web?
SiRADIG Impuesto a las Ganancias Cómo confeccionar el Formulario 572 web? El SiRADIG es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de
Más detallesBienes De Capital-Bonos. Manual usuario contadores. Manual usuario contadores. Versión: 1.1 1 de 19
Bienes De Capital-Bonos 1 de 19 Introducción El presente Manual de Usuario tiene como objetivo detallar la metodología para la utilización del Sistema de Certificación de Comprobantes de la Secretaría
Más detalles