Reunión de Trabajo. Secretaría de Educación Secretaría de Protección Civil

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1 Reunión de Trabajo Secretaría de Educación Secretaría de Protección Civil

2 SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL SECRETARIA DE EDUCACIÓN

3 MARCO LEGAL FEDERAL Ley General de Protección Civil (6 junio 2012) CAPÍTULO III Artículo 19.- Fracción XVI.- Gestionar ante las autoridades correspondientes, la incorporación y ampliación de contenidos de Protección Civil con un enfoque de Gestión Integral de Riesgos en el Sistema Educativo Nacional en todos los niveles, desde educación preescolar, primaria y secundaria, hasta los niveles superiores;

4 MARCO LEGAL ESTATAL LEY NÚMERO 856 De Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales CAPÍTULO I Del Objeto y las Prioridades de la Ley Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés general; sus disposiciones son de observancia obligatoria en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y tiene por objeto: III. Impulsar la participación y concertación de los sectores social y privado en la gestión integral del riesgo y su inserción en la cultura, la educación básica, la formación profesional y la investigación técnica y científica; y

5 TÍTULO SEGUNDO Estructura Institucional CAPÍTULO I Del Sistema Estatal de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres Artículo 12. El Sistema Estatal tendrá las siguientes prioridades: Fracción I Promover que la reducción del riesgo de desastres constituya un objetivo prioritario en las políticas públicas, los programas de gobierno y la planeación de un desarrollo sostenible; Fracción III Utilizar el conocimiento, la innovación y los contenidos de la educación para establecer una cultura de prevención y de resiliencia en toda la población; IV Reducir los factores subyacentes del riesgo;

6 PROGRAMA GENERAL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL PARA LA GESTIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

7 OBJETIVO GENERAL Consolidar en la Entidad un Programa que permita el fortalecimiento del Sistema Estatal de Protección Civil, orientado a cumplir las etapas de la Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, con una organización que garantice la continuidad de operaciones del Sistema, con énfasis en la prevención de las causas y la mitigación de los efectos de los amenazas naturales, socio-naturales y antropogénicas. 7

8 FASES DE LA GESTIÓN DE RIESGO PROSPECTIVA Evitar riesgos futuros CORRECTIVA Reducir riesgo existentes, prepararse REACTIVA Responder PROSPECTIVA/ CORRECTIVA Planeación Previsión Evitar la construcción de riesgos en la planeación del desarrollo Programación/ presupuestación Prevención Mitigación Preparación Alertamiento Transferencia de riesgos Respuesta Atención de emergencias Auxilio Recuperación Reconstrucción

9 CAEV COMISIÓN DEL AGUA DEL EDO. DE VERACRUZ Prospectiva/ Correctiva 40% 30 ACCIONES TEMPORADA DE LLUVIAS Y HURACANES Prospectiva 8% Correctiva 24% 18 ACCIONES TEMPORADA DE ESTIAJE Reactiva 17% Prospectiva 11% Reactiva 28% Correctiva 72%

10 SEV SECRETARÍA DE EDUCACIÓN ACCIONES PARA LA GESTIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGO DE DESASTRE COMPONENTES DE LA GESTIÓN PROSPECTIVA CORRECTIVA REACTIVA PROSPECTIVA / CORRECTIVA 1. Elaboración del Acta Constitutiva de la unidad Interna de P. Civil. 2. Implementación del Programa de P. Civil. 1. Capacitación a través de 14 cursos/taller 3 Acciones

11 SEV SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

12 SEV SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

13 SEV SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 18 ACCIONES PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL Reactiva 0% Prospec./Correct. 0% Correctiva 44% Prospectiva 56%

14 SEV SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 10 ACCIONES PROGRAMA PARA LLUVIAS Y CICLONES TROPICALES Prospec./Correct. 0% Reactiva 30% Prospectiva 40% Correctiva 30%

15 SEV SECRETARÍA DE EDUCACIÓN El reto de una comunidad educativa está en lograr convertir sus vulnerabilidades en capacidades, para reducir el Riesgo y ser más Resiliente ante los Desastres

16 GRACIAS COORDINACIÓN DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL Tel: (228) ext. 3065

17 PROGRAMAS Y UNIDADES INTERNAS DE PROTECCIÓN CIVIL

18 Unidad Interna de Protección Civil Es la organización que se instala en cada una de las dependencias, entidades o instituciones de los sectores público, social y privado; su objetivo es proteger y salvaguardar a los trabajadores y personas que concurren a sus instalaciones, así como la información y bienes que integran su patrimonio, ante la presencia de fenómenos destructivos de origen natural o humano. La Unidad Interna la integra personal debidamente capacitado para desarrollar y dirigir las acciones de protección civil y de reducción de riesgos; cuenta cuando menos con cuatro brigadas básicas: evacuación, primeros auxilios, conato de incendio y búsqueda y rescate.

19 Ley 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz Artículo 62. Las Dependencias y Entidades del sector público federal ubicadas dentro del territorio del Estado, así como las del sector público estatal y municipal, los propietarios, poseedores, representantes legales o administradores de fabricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, clubes sociales, deportivos y de servicios, centros educativos, hospitales, teatros, cines, discotecas, sanatorios, terminales y estaciones de transporte de pasajeros y de carga, mercados, plazas comerciales, centrales de abasto, gaseras, estaciones de gas LP para carburación, gasolineras, almacenes y talleres entre otros sujetos obligados a los que se refiere el articulo 82 de esta Ley; y en general, los inmuebles que por su uso o destino reciban afluencia o concentración masiva de personas, deberán contar con una Unidad Interna que formulará y operará el Programa Interno respectivo. Lo anterior deberá realizarse de conformidad con los dispuesto en esta Ley, su reglamento y los lineamientos establecidos por la Secretaría.

20 Unidad Interna: Funciones básicas Identificar y evaluar los riesgos internos y externos. Diseñar, elaborar, implementar, operar y evaluar el Programa Interno de Protección Civil. Ubicar, seleccionar y registrar los recursos humanos, materiales y financieros de que dispone la institución.

21 Unidad Interna: Funciones básicas Organizar las Brigadas Básicas: primeros auxilios, búsqueda y rescate, evacuación de inmuebles y combate de conatos de incendio. Capacitación de los brigadistas. Establecer los medios de colaboración y coordinación.

22 Unidad Interna: Funciones básicas Establecer y mantener el sistema de información y comunicación interno y externo. Realizar campañas de difusión internas. Elaborar un croquis o plano del inmueble donde se especifique las rutas de evacuación, sistema contra incendios y puntos de reunión mediante señalización de protección civil

23 Integración TITULAR Máxima autoridad que aprueba y verifica las acciones del programa interno Coordinador General Desarrolla y ejecuta acciones del Programa Interno a través de los Jefes de Unidades Internas, los de piso y brigadistas. Jefe de la Unidad Interna de Protección Civil Coordina acciones del Programa Interno y notifica al Coordinador General Jefes de Piso o Área Jefes de Piso o Área Coordinan acciones de los brigadistas en su área Brigadas de: Primeros Auxilios Evacuación de Inmuebles Búsqueda y Rescate Contra Incendios Brigadas de: Primeros Auxilios Evacuación de Inmuebles Búsqueda y Rescate Contra Incendios Realizan actividades especificas del programa Interno y serán dos por cada 10 usuarios.

24 Selección Los integrantes de la Unidad Interna serán seleccionados del mismo personal que labora normalmente en la dependencia o institución, destacando en su perfil la vocación de servicio y colaboración.

25 En la ciudad de, Ver., siendo las horas del día de de en la, ubicada en la calle, se reunieron los CC.,con el objeto de constituir formalmente la Unidad Interna de Protección Civil de (nombre de la dependencia, empresa, guardería, hotel, restaurant, etc.) 1. ANTECEDENTES Como consecuencia de los sismos ocurridos en el año de 1985, el Gobierno Federal decidió instrumentar un sistema que permitiese una respuesta eficaz y eficiente de los sectores Público, Privado y Social, ante la presencia de desastres originados, por fenómenos naturales o por actividades humanas, con el propósito de prevenir, minimizar o mitigar sus efectos. 2. MARCO LEGAL Por lo antes expuesto y con fundamento en el Decreto por el que se aprueban las Bases para el establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil (Diario Oficial de la Federación del 6 de mayo de 1986). Ley General de Protección Civil, (Diario Oficial de la Federación del 6 de junio de 2012), en sus artículos 2. Fracción LV, 39, 40 y 78. Ley Nº 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastre para el Estado de Veracruz, (Gaceta Oficial del 1 de agosto de 2013) en sus Artículos 5. Fracción LI, 33 Fracción IV, 43, 62, 63, 65, 66 Fracciones I, II, III, IV Incisos: a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, V, VI, VII, VIII. 3. OBJETIVOS FORMATO DE ACTA CONSTITUTIVA DE LA UNIDAD INTERNA DE PROTECCIÓN CIVIL Adecuar el reglamento interior u ordenamiento jurídico correspondiente, para incluir la función de Protección Civil en la Institución; elaborar, establecer, operar y evaluar continuamente el Programa Interno de Protección Civil, así como implementar los mecanismos de coordinación con las Dependencias e Instituciones públicas, privadas y sociales en sus tres niveles de gobierno que conforman el Sistema Nacional, Estatal y Municipal de Protección Civil, con el fin de cumplir con los objetivos del mismo, a través de la ejecución del Programa Interno de Protección Civil, cuya función principal será realizar actividades que conduzcan a salvaguardar la integridad física de los empleados y de las personas que concurren a ellos, así como de proteger las instalaciones, bienes e información vital. 3. INTEGRACIÓN La Unidad Interna de Protección Civil queda integrada por los CC.:, como Titular de la Unidad Interna; como Coordinador General de Protección Civil, como Jefe de la Unidad Interna de Protección Civil; como Jefes de piso o área; como brigadistas de la Unidad Interna. 4. FUNCIONES Corresponde a los integrantes de la Unidad Interna de Protección Civil, llevar a cabo las funciones indicadas en su Programa Interno. 6.- CIERRE DEL ACTA Se da por concluida la presente ACTA CONSTITUTIVA de la Unidad Interna de Protección Civil de la, firmado al margen y alcance de todas las hojas los que en ella intervienen, en el lugar y fecha indicados, siendo las horas y minutos. INTEGRANTES

26 Qué es el Programa Interno de Protección Civil? Es un instrumento de planeación que se circunscribe al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo de los sectores público, privado y social. Se formula con el objetivo de definir las acciones preventivas y de auxilio destinadas a salvaguardar la integridad física de los empleados y de las personas que concurren a los inmuebles, así como de proteger a las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de una calamidad.

27 Ley 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz Articulo 66. Los Programas Internos de Protección Civil deberán contener I. Objetivos II. Estrategias para su cumplimiento. III. Antecedentes históricos de los desastres y calamidades que se han presentado en la región; IV. Subprogramas prospectivo, correctivo, reactivo y prospectivo/reactivo, en los cuales se contemplará: a) Organización: Instalación de la Unidad Interna, análisis de riesgos internos y externos y formación de brigadas. b) Inventario de recursos humanos, materiales y financieros; c) Planos arquitectónicos y geo-referencia del inmueble, indicando si cuenta con cisterna y capacidad de almacenamiento; toma de corriente eléctrica y planta de emergencia; tanque de almacenamiento de gas LP, o sistema de transporte de gas natural y su capacidad. d) Señalización del inmueble de acuerdo a las normas técnicas en la materia y las Normas Oficiales Mexicanas. e) Normas de Seguridad f) Equipo de Seguridad g) Programa de Adiestramiento y capacitación. h) Bitácora y programas de mantenimiento a instalaciones eléctricas, hidráulicas y sanitarias, gas LP o natural, y sistemas contra incendios. i) Plan de emergencia interno y externo, y j) Programa de talleres, ejercicios y simulacros. V. Las obligaciones de los participantes para el cumplimiento del programa. VI. Los convenios o acuerdos de colaboración con los cuerpos y autoridades de emergencia externos. VII. Los mecanismos necesarios para su control y evaluación; y VIII. Todo lo que expresamente le señale esta Ley, su Reglamento y otros ordenamientos legales aplicables.

28 Articulo 67. Los Subprogramas a los que se refiere la fracción IV del artículo anterior son los siguientes I. Subprograma correctivo: conjunto de acciones dirigidas a identificar y controlar los riesgos existentes, internos y externos, naturales y antropogénicos, que pudieran concretarse en una afectación y en daños a las personas que acuden, transitan o habitan en las zonas aledañas al inmueble. II. Subprograma prospectivo: las acciones y obras destinadas a prevenir o evitar la construcción o concreción de los riesgos de desastres; III. Subprograma reactivo: las acciones previstas de alertamiento y respuesta ante el impacto de algún fenómeno perturbador de origen natural o antropogénico, como la evaluación y el auxilio de las personas y grupos afectados, entre otras; ello incluye la transferencia del riesgo mediante la contratación de seguros y otras medidas financieras de protección; y IV. Subprograma prospectivo/correctivo: las acciones de recuperación y en su caso de reconstrucción, incluyendo la evaluación de daños y análisis de necesidades, aplicación de los fondos de los seguros previamente contratados y de medidas de corrección, que reduzcan o eviten los riesgos de desastres futuros.

29 Supervisión y verificación a centros de atención infantil

30 Centros de Atención Infantil Como consecuencia de los hechos del año 2009 ocurridos en la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora, se despierta el interés nacional por establecer normas y criterios para la operación de los Centros de Atención Infantil. Al investigar los hechos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió dictamen en el que determina criterios que deben ser considerados por las autoridades relacionadas con el funcionamiento de los Centros de Atención Infantil.

31 Criterios de observancia para los tres órdenes de gobierno: Redimensionar la acción pública donde se vean involucrados los derechos de los infantes, lo cual exige medidas de protección reforzada para atender el interés superior del niño. Revisar la normatividad relativa a la seguridad de los menores en los centros a los que eventualmente acceden, tales como hospitales, escuelas, centros de recreación y en especial guarderías.

32 Criterios de observancia que debe considerar el Congreso de la Unión: Evaluar mejores prácticas en la materia para que la asignación de la prestación de servicios sea de calidad y seguridad. Establecer un órgano que funja como supervisor de todos los aspectos del servicio, que de propuestas en cuanto a políticas públicas para ser transformadas en acuerdos y lineamientos.

33 Acciones mínimas que deben implementar las autoridades de Revisar las condiciones en que se presta el servicio de guarderías bajo el régimen de subrogación. Implementar mecanismos de control para la actuación de los delegados. Asegurar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de contratos de subrogación. Homologar las condiciones de operación de las guarderías en materia de protección civil, así como los criterios de supervisión y adecuarlos a la normatividad vigente. Vigilar estándares rigurosos en materia de seguridad, revisarlos y mantenerlos actualizados.

34 Implementar políticas que garanticen las medidas de seguridad de la Acciones mínimas que deben implementar las autoridades es población en materia de protección civil, especialmente tratándose de niños en primera infancia. Vincular de manera efectiva los sistemas de los niveles estatal y municipal de protección civil con el Sistema Estatal de Educación, a fin de que la totalidad de establecimientos educativos cumplan al cien por ciento con la normativa aplicable. Asegurarse de que, tratándose de menores, esta normatividad cumpla con los más altos estándares de seguridad que exige el principio del interés superior del niño. Implementar políticas eficaces de inspección y vigilancia conforme a criterios estandarizados que permitan verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad. Crear y/o revisar los protocolos de actuación frente a emergencias y desastres.

35 Verificar el cumplimiento de las obligaciones en la emisión de Acciones mínimas que deben implementar las autoridades mun licencias de funcionamiento, de construcción, así como las medidas de protección civil en general. Revisar periódicamente que las instalaciones eléctricas de los establecimientos de alto riesgo se encuentren en buen estado. Adecuar los formatos de inspección con base en los cuales la Unidad Municipal de Protección Civil emite los dictámenes de seguridad, a fin de que permitan verificar el cumplimiento de todas las obligaciones que en materia de protección contra incendios prevé la normatividad municipal. Capacitar al personal encargado de realizar las visitas de verificación y uniformar los criterios con base en los cuales se emiten los dictámenes de seguridad.

36 Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, publicada en octubre Objetivos de de la Ley: Establecer la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y de los sectores privado y social en la prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuadas para niñas y niños. El Estado Mexicano tiene la rectoría de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil; su responsabilidad es indeclinable en la autorización, funcionamiento, monitoreo, supervisión y evaluación de estos servicios.

37 El Dr. Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado, para garantizar el cumplimiento de los servicios de los Centros de Atención Infantil, ordena la creación del Programa Estatal de Supervisión Técnica a estos Centros. La Secretaría de Protección Civil realiza a lo largo del territorio estatal visitas de verificación e inspección efectiva del cumplimiento de la normatividad en materia de protección civil que dispone la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado. Objetivo General: Verificar que los Centros de Atención Infantil, en cualquiera de sus modalidades y tipos, cumplan con los estándares de calidad y seguridad en materia de protección civil que exige el principio de interés superior de la niñez.

38 La Ley de la materia dispone: Realizar visitas de verificación administrativa a los Centros de Atención Infantil, cuando menos cada seis meses; Verificar el cumplimiento de los requisitos de la Ley, así como informar a la autoridad responsable de la detección oportuna de cualquier riesgo para la integridad física y psicológica de los infantes, y Establecer, en el marco de la coordinación entre autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, los mecanismos de colaboración técnico operativa para lograr una vigilancia efectiva del cumplimiento de las normas.

39 En la verificación a los Centros de Atención Infantil se comprueba que se observen, entre otras, las siguientes medidas de protección: Los Centros de Atención deben contar con su Unidad y Programa Interno de Protección Civil debidamente autorizado por el municipio, el cual debe contener por lo menos el ámbito de competencia y responsabilidad de los prestadores de servicio, el estado en que se encuentra el inmueble, las instalaciones, el equipo y el mobiliario utilizado en la prestación del servicio; Deberán contar con instalaciones hidráulicas, eléctricas, contra incendios, de gas y especiales de acuerdo con las leyes, reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas, y Comprobar que ningún establecimiento o instalación que por su naturaleza ponga en riesgo la integridad física y emocional de niños y niñas y demás personas que concurran a los centros de atención, esté ubicado a una distancia menor a 50 metros del sitio en que se halle e Centro Infantil.

40 Programa Estatal de Supervisión Técnica Padrón de Centros de Atención Infantil Institución responsable Munipios que atiende Guarderías Supervisadas 1 Dictaminadas Notificadas DIF ESTATAL DIF MUNICIPAL-CADI DIF MUNICIPAL-CAIC IMSS Norte IMSS Sur ISSSTE SEDESOL SEV-Particulares Total 1,185 1, / 14 Centros de Atención Infantil tienen registro tanto en SEV como en IMSS. Está supervisado el 100% de los Centros de Atención Infantil

41 Centros de Atención Infantil Instituciones responsables

42 Zona Norte: Centros de Atención Infantil Institución Responsable Municipios que atiende Distribución de los Centros de Atención Infantil Centros de Atención Supervisadas DIF-CADI DIF-CAIC IMSS Norte SEDESOL SEV-Particulares Total Zona Centro: Centros de Atención Infantil Institución Responsable Municipios que atiende Centros de Atención Supervisadas DIF-CADI DIF-CAIC IMSS Norte IMSS Sur ISSSTE SEDESOL SEV-Particulares Total Zona Sur: Centros de Atención Infantil Institución Responsable Municipios que atiende Centros de Atención Supervisadas DIF-CADI DIF-CAIC IMSS Norte IMSS Sur SEDESOL SEV-Particulares Total

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44 Reunión de Trabajo Secretaría de Educación Secretaría de Protección Civil

45 Acciones Inmediatas Se giró oficio a los 212 presidentes municipales para que, en su carácter de Coordinadores del Sistema Municipal de Protección Civil respectivo, lleven a cabo las supervisiones a los planteles de educación preescolar y las verificaciones procedentes en la materia a los Centros de Atención Infantil.

46 Acciones Inmediatas Se validó que 19 CENDIS de los 42 reportados como no operando se encuentran funcionando con normalidad. Se solicitó a la Dirección Para la Incorporación de Escuelas Particulares la documentación que acredite que los planteles particulares incorporados a esta Secretaría, desde preescolar hasta educación superior, cuenten con sus Unidades Internas y programas de Protección Civil respectivos.

47 Acciones Inmediatas Todos los Niveles Educativos recibirán por escrito la información aquí expuesta por el Lic. Carlos Delgadillo. Se remitirá copia a la SPC de todos los documentos que elaboremos en la materia, para coadyuvar en las medidas de prevención de riesgos en todo el sistema educativo.

48 Sistema para el Desarrollo del Programa Escolar de Protección Civil Coordinación para la Protección Civil Noviembre 2013

49 Programa Escolar de Protección Civil (Programa Interno): Propósito: Establecer acciones de prevención, auxilio y recuperación destinadas a salvaguardar la integridad física de la comunidad educativa y población flotante de todos los planteles en el Estado de Veracruz, así como proteger las instalaciones, bienes e información vital, patrimonio de esta institución, ante la ocurrencia de cualquier situación de emergencia.

50 Programa Escolar de Protección Civil Anexos: 1. Acta Constitutiva de la Unidad Interna de Protección Civil (UIPC) 2. Estructura Organizacional de la UIPC 3. Calendario de Actividades 4. Informe Trimestral de Actividades 5. Análisis de Riesgos Internos 6. Croquis del Interior del Plantel 7. Análisis de Riesgos Externos 8. Croquis del Exterior del Plantel

51 Programa Escolar de Protección Civil Anexos: 9. Directorio de Integrantes de la UIPC 10. Censo Individual de la Población que ocupa el Plantel 10A. Concentrado del Censo de la Población fija que ocupa el Plantel 11. Inventario de Recursos Materiales 12. Directorio de Instituciones de Apoyo Externo 13. Programa de Mantenimiento Preventivo y/o correctivo para Instalaciones y Equipo de Seguridad de Planteles Educativos 14. Evaluación de Simulacros

52 Sistema para el Desarrollo del Programa Escolar de Protección Civil Objetivo: Facilitar la recopilación, organización y administración del Programa Escolar de Protección Civil (Programa Interno) mediante recursos tecnológicos, a fin de contar con información actualizada y oportuna ante una situación de emergencia.

53 Sistema para el Desarrollo del Programa Escolar de Protección Civil Beneficios Facilitar el desarrollo de los 14 anexos que forman parte del Programa Escolar de Protección Civil. Acceso a la información de forma inmediata. Contar con información actualizada de las unidades internas de protección civil de cada escuela que permitan el contacto directo y oportuno con los integrantes de las mismas.

54 Sistema para el Desarrollo del Programa Escolar de Protección Civil Beneficios Administración de la información de modo digital, lo que permitirá dar seguimiento al desarrollo del Programa Escolar de Protección Civil. Manejo de la información a través de filtros que permitirán ubicar la situación específica de cada uno de los planteles educativos en materia de protección civil, por ejemplo, por delegación, por nivel educativo, por municipio o localidad, y por clave de centro de trabajo.

55 Ubicación:

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93 Gracias Coordinación para la Protección Civil Teléfono: (228) Ext (228) Ext

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