LIBERTAD SINDICAL: procedimiento adecuado: denominación de un sindicato que induce a confusión con otro legalmente registrado: lesión del derecho.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LIBERTAD SINDICAL: procedimiento adecuado: denominación de un sindicato que induce a confusión con otro legalmente registrado: lesión del derecho."

Transcripción

1 Jurisdicción: Social Recurso de Casación núm. 20/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Benigno Varela Autrán LIBERTAD SINDICAL: procedimiento adecuado: denominación de un sindicato que induce a confusión con otro legalmente registrado: lesión del derecho. El TS desestima el recurso de casación (núm. 20/2004) interpuesto por el Sindicato de Auxiliares de Enfermería contra la Sentencia de fecha , del TSJ del Principado de Asturias, dictada en autos promovidos por el Sindicato de Enfermería- SATSE contra el recurrente y el Ministerio Fiscal, sobre tutela del derecho de libertad sindical. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil seis. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación, promovido por el Letrado, D. Juan José Pulido Díaz, en nombre y representación del Sindicato de Auxiliares de Enfermeria (S.A.E), contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de fecha 20 de febrero de 2004, en Recurso núm. 3/04, deducidos por el Sindicato de Enfermería-SATSE, frente a Sindicato de Auxiliares de Enfermería (S.A.E) y Ministerio Fiscal, sobre TUTELA DE LOS DERECHOS DE LIBERTAD SINDICAL. Ha comparecido ante esta Sala, en concepto de recurrido Sindicato de Enfermería-SATSE, representado por el Procuradora. Dª Mercedes Marin Iribarren Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Benigno Varela Autrán ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO Por Dª Isabel García Bernardo Pendás se remitió mediante oportuna comunicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, expediente de DEMANDA sobre Tutela de los derechos de libertad sindical, contra Sindicato de Auxiliares de Enfermería (SAE) y Ministerio Fiscal. SEGUNDO Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio en el que la parte actora se afirmó en la misma, oponiéndose la demandada, según consta en Acta. Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes. TERCERO Con fecha 20 de enero de 2004, se dictó sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en la que consta la siguiente parte dispositiva.- FALLO: «Que debemos estimar y estimando la demanda formulada en materia de Tutela de los Derechos de Libertad Sindical por el Sindicato de Enfermería -SATSE- contra el Sindicato de Auxiliares de Enfermería (SAE) y el Ministerio Fiscal, declarando que el Sindicato demandado no puede utilizar la denominación "Sindicato de Enfermería", condenándole a retirar de los locales y dependencia que el Sindicato y cualesquiera de sus

2 secciones sindicales utilizan u ocupan por cualquier título en el territorio del Principado de Asturias, todos los carteles o letreros en los que se emplea la expresión "Sindicato de Enfermería" o a suprimir esta denominación de todos ellos, así mismo se condena al Sindicato de Auxiliares de Enfermería, SAE a que en el futuro se abstenga de utilizar la denominación de "Sindicato de Enfermería", sea en sus sedes y letreros, publicaciones, folletos, pancartas o cualquier otro soporte o medio de comunicación al público». CUARTO En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos: «I.-El Sindicato de Enfermería, en anagrama SATSE, figura inscrito con esta denominación en la Oficina de Depósitos de estatutos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de conformidad con lo previsto en el art. 3 de sus Estatutos podrán afiliarse al mismo todos los Ayudantes Técnicos Sanitarios, Diplomados en Enfermería y Diplomados en Enfermería Especialistas que lo deseen, previa solicitud y admisión. II.-El Sindicato de Auxiliares de Enfermería (SAE) es una organización sindical cuyos afiliados pueden ser aquellos que se encuentren en posesión de las titulaciones de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o de Formación Profesional de primer grado, rama sanitaria o equivalentes y aquellos que careciendo de la titulación mencionada desempeñen funciones asimiladas de técnicos auxiliares de enfermería o auxiliar de enfermería. III.-Este sindicato viene utilizando en actos públicos tales como manifestaciones del sector de la sanidad, pancartas con la expresión "SAE-Sindicato de Enfermería" y en las dependencias que ocupan las secciones sindicales en el Hospital Nuestra Señora de Covadonga, concretamente en la parte superior de la puerta figura un rotulo que dice "SAE Sindicato de Enfermería", en las dependencias correspondientes del Hospital General de Asturias hay un cartel idéntico al descrito anteriormente y lo mismo sucede en el Hospital Alvarez Buylla de Mieres. IV.-El Sindicato demandante con fecha 30 de abril de 2003 requirió por vía notarial al demandado a fin de que se abstuviera de utilizar la citada denominación y el SAE contesto el 3 de septiembre en el sentido de que su ámbito estricto de competencia profesional es la enfermería auxiliar o básica sin admitir imposiciones o injerencias de terceros en la orientación de su política sindical». QUINTO Preparado el recurso de casación por el Letrado D. Juan José Pulido Díaz, se formalizó ante esta Sala, mediante escrito de fecha 5 de abril de 2004, alegándose los siguientes motivos: I.- Error en la apreciación de la prueba, basado en documentos que obren en autos, que demuestren la equivocación del juzgado sin resultar contradichos por otros elementos probatorios, al amparo del Ap. d) del art. 205 del Real Decreto Legislativo 2/1995 de 7 de abril ( RCL 1995, 1144, 1563) por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. II.- Se articula al amparo del Ap. b) del citado artículo 205. III.- Se articula al amparo del Ap. e) del mismo artículo y se denuncia interpretación errónea del art. 28 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 ( RCL 1978, 2836) en relación con el art. 4.2, a) de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto ( RCL 1985,

3 1980), de Libertad Sindical que es objeto de aplicación analógica por parte del Tribunal «a quo». SEXTO Evacuado el traslado de impugnación por la parte recurrida personada, pasaron las actuaciones al Ministerio Fiscal, que presentó Informe en el sentido de considerar el recurso IMPROCEDENTE, señalándose para Votación y Fallo el 10 de enero de 2006 en que tuvo lugar FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO El presente recurso de casación trae su causa de un procedimiento de tutela de derecho fundamental de libertad sindical promovido por el Sindicato de Enfermería - SATSE- frente al Sindicato de Auxiliares de Enfermería en solicitud de que se declare que, este último, no puede utilizar la denominación de Sindicato de Enfermería y que se condene al mismo a retirar de los locales y dependencia que ocupa o utiliza -o que ocupan o utilizan sus secciones- en los hospitales, Nuestra Señora de Covadonga y General de Oviedo, y Alvarez de Buylla de Mieres, los carteles, letreros, distintivos o soportes de cualquier género en los que se emplea la denominación Sindicato de Enfermería o a suprimir dicha denominación en todos ellos. Asimismo, se postula la condena del Sindicato demandado a que retire de los locales y dependencias que, el mismo o sus secciones, utilizan o ocupan por cualquier título en el territorio del Principado de Asturias todos los carteles o letreros en los que se emplea la expresión «Sindicato de Enfermería» o a suprimir esta denominación de todos ellos y que la condena solicitada se extienda a que el Sindicato demandado se abstenga de utilizar la mencionada expresión «Sindicato de Enfermería» en sus sedes, letreros, publicaciones, folletos, pancartas o cualquier otro medio o soporte de comunicación al público. SEGUNDO La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, ante la que se planteó el señalado procedimiento de tutela de libertad sindical, dictó sentencia en 20 de enero de 2004, por la que estimó, íntegramente, la demanda. Frente a dicha sentencia se alza, ahora, en casación el Sindicato de Auxiliares de Enfermería demandado, proponiendo tres motivos de impugnación, referido, el primero de ellos, a la revisión de los hechos 1º y 3º de la sentencia impugnada, el segundo a la inadecuación del procedimiento seguido ante la Sala de instancia y el tercero y último a la infracción jurídica consistente en la interpretación errónea que, a su juicio, hace el tribunal «a quo» de los art. 28 de la CE ( RCL 1978, 2836) y 4-2-a) de la LOLS ( RCL 1985, 1980). TERCERO Un orden lógico de enjuiciamiento conduce al análisis, en primer término, del segundo de los motivos impugnatorios propuestos, referido, como se deja enunciado ya, a la inadecuación del procedimiento judicial seguido, toda vez que si se llegara a estimar el mismo se haría innecesario el examen de los otros dos propuestos. Al respecto, se alega por la parte recurrente que la litigiosidad en orden a la denominación adoptada por un sindicato no llega a entrañar un atentado al derecho fundamental de libertad sindical y que, por ende, deben dilucidarse a través del proceso ordinario y no del especial previsto en los art.175 a 182 del Texto Refundido de la LPL ( RCL 1995, 1144, 1563) los conflictos surgidos en tal sentido,

4 El motivo no puede merecer una favorable acogida puesto que, aunque, ciertamente, los art. 176 y 182 del texto procesal laboral, ya mencionado, delimitan con absoluta claridad el procedimiento establecido en defensa de la libertad sindical proclamada en el art de la CE ( RCL 1978, 2836), es lo cierto que la Ley de Libertad Sindical, de 2 de agosto de 1985 ( RCL 1985, 1980), en sus art. 2-1-a) y 4-2 a), desarrolla ese derecho de libertad sindical y la actividad de los Sindicato constituidos conforme a la misma, siendo de destacar que, junto al derecho de fundar libremente entes sindicales y de redactar sus estatutos establece, de forma inequívoca, que la denominación de la organización sindical creada no puede coincidir o, simplemente, inducir a confusión con otra legalmente registrada. Argumentar que la identidad o mera asimilación de la denominación adoptada por un determinado Sindicato en relación con la de otro ya existente con precedencia y que figura legalmente registrado no afecta al derecho fundamental de libertad sindical resulta, realmente, inaceptable, puesto que el nombre identificador de una organización sindical constituye, sin duda alguna, un elemento básico de su existencia dentro del ámbito laboral y, por tanto, cualquier duda que pueda suscitarse al respecto, necesariamente, tiene que afectar a aquel derecho fundamental que, obviamente, se puede ver lesionado por la utilización de una denominación idéntica o, simplemente, inductora de confusión dentro del mundo sindical. Precisamente y conforme se dice en el apartado 3) del relato histórico de la sentencia impugnada el Sindicato, hoy recurrente, viene utilizando la denominación registrada del Sindicato SATSE en actuaciones que comportan el ejercicio del derecho básico de libertad sindical. Es por ello, que no cabe tachar a la Sentencia recurrida de haber incurrido en el defecto procesal de inadecuación del procedimiento, por cuanto el seguido ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se ajusta a las propias características de la demanda, ante la misma, planteada que pretende la preservación de un derecho elemental anejo a la propia libertad sindical que reconoce, como fundamental, el art. 28 de la CE ( RCL 1978, 2836) y que se revela esencial para el normal desarrollo de la actividad de los sindicatos que viene regulada por LOLS ( RCL 1985, 1980). Por lo que se deja expuesto, este motivo impugnatorio, de índole procesal, debe ser desestimado, lo que abre la puerta al examen de los otros dos propuestos frente a la sentencia de instancia. CUARTO Pretende la parte recurrente la revisión de los hechos probados 1º y 3º de la sentencia recurrida mediante la adición del primero de ellos y la modificación del relato contenido en el segundo. La mencionada adición trata de reflejar las distintas denominaciones adoptadas en el pasado, desde su fundación, por el Sindicato demandante-recurrido, lo que, claramente, no demuestra el más mínimo error de apreciación por parte de la Sala de instancia, en cuanto afirma en el mencionado hecho probado 1º de la sentencia hoy recurrida que dicho Sindicato se denomina de Enfermería, con anagrama SATSE, puesto que, ésta, es la denominación que desde el año 1989 y en la actualidad tiene el repetido Sindicato.

5 La pretendida ampliación fáctica, por otra parte, nada añadiría a la mejor compresión del litigio entablado ni, tampoco, a la resolución que, en esta vía recursal, haya de adoptarse. El hecho de que en tiempo pretérito el Sindicato SATSE hubiera podido tener otras denominaciones para nada enturbia la realidad de que con anterioridad a la constitución y registro del Sindicato, ahora, recurrente aquel hubiese adoptado y registrado la denominación de Sindicato de Enfermería. En otro aspecto, es de significar que la prueba documental, a tal fin esgrimida, constituida por la siempre solicitud de certificación a la Dirección General de Trabajo y por un certificado de este último organismo aportado con el escrito de interposición del recurso y que no fue admitido por esta Sala, evidencia la falta de un soporte probatorio sólido que permita la pretendida adición del hecho 1º de la sentencia recurrida. La nueva redacción postulada del hecho probado 3º de la sentencia de instancia, sobre no añadir nada que pueda reputarse sustancial en orden al signo del fallo a adoptar en el presente recurso, no revela, en manera alguna, error de apreciación por parte del Tribunal «a quo». Los datos gráficos o cromáticos que se pretenden reflejar en dicho apartado del relato fáctico-probado para intentar demostrar la ausencia de elementos de confusión entre las denominaciones de los dos Sindicatos contendientes no constituyen elementos decisivos respecto a la resolución del litigio planteado y es lo cierto que, tampoco, la prueba documental, al efecto, esgrimida reviste la virtualidad precisa para ser demostrativa de un error de apreciación con trascendencia en el signo de la resolución judicial a adoptar tanto en la instancia como en esta vía de recurso. Por cuanto se deja razonado este motivo de casación, primero de los propuestos en el escrito de interposición del recurso, debe ser desestimado. QUINTO Finalmente, la parte que recurre propone un último motivo de casación con adecuado amparo en el art. 205 e) del Texto Refundido de la LPL ( RCL 1995, 1144, 1563) y por infracción, por errónea interpretación, del art. 28 de la CE ( RCL 1978, 2836) en relación con el art. 4-2-a) de la LOLS ( RCL 1985, 1980). Aduce la parte recurrente, siguiendo en este apartado la argumentación sostenida respecto a la inadecuación del procedimiento, que el uso por el Sindicato recurrente de la denominación de «Sindicato de Enfermería» no constituye un atentado al derecho fundamental de libertad sindical. Reiterando, de algún modo, la argumentación expuesta en el Fundamento Jurídico 3º de esta resolución es de señalar que la utilización por el Sindicato recurrente, tanto en sus dependencias como en su propaganda y en los actos y comparecencias públicas, de la denominación que es la propia del otro Sindicato -SATSE-, que aparece registrada desde el año 1989, con anterioridad, por tanto, a la constitución y registro de aquel primer Ente sindical mencionado, entraña sin la menor duda una actuación que viola, claramente, lo prescrito, con carácter imperativo, en el art. 2-4-a) de la LOLS, pero, además, esta infracción legal reviste una manifiesta trascendencia constitucional, inevitablemente, ligada al derecho fundamental de libertad sindical, por cuando, «prima facie», está induciendo a una patente confusión pública que afecta a un derecho básico y elemental de todo Sindicato, cual es el de preservar su propia identidad en el ejercicio de la actividad que le es propia. El derecho a la preservación del propio nombre e identificación se revela como algo ínsito en la esencia de la libertad y de la actividad sindical, de tal forma que no puede sostenerse

6 con verdadera consistencia jurídica que el derecho fundamental consagrado en el art de la CE ( RCL 1978, 2836) no quede dañado por la utilización pública de una denominación ya adoptada y registrada por un Sindicato legalmente constituido o que, en todo caso, esa grave conducta haya de quedar relegada al ámbito de un contencioso ordinario entre los sindicatos implicados, puesto que una de las primeras y más fundamentales facultades inherentes a la libertad sindical ha de ser, necesariamente, la de la libre y no compartida utilización de una exclusiva denominación en el ejercicio de la actividad sindical. Por todo lo expuesto, este último motivo de impugnación tiene que ser, igualmente, desestimado. SEXTO Por todo lo que se deja razonado y de conformidad con el dictamen de M.F. el recurso tienen que ser desestimado sin que proceda hacer imposición de costas, debiendo decretarse la pérdida del depósito establecido para recurrir. Por lo expuesto, en nombre de SM El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español. FALLAMOS Desestimamos el recurso de casación promovido por el Letrado D. Juan José Pulido Díaz, en nombre y representación del Sindicato de Auxiliares de Enfermería (S.A.E), contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de fecha 20 de febrero de 2004, en Recurso núm. 3/04, deducidos por el Sindicato de Enfermería-SATSE, frente a Sindicato de Auxiliares de Enfermería (S.A.E) y Ministerio Fiscal, sobre TUTELA DE LOS DERECHOS DE LIBERTAD SINDICAL. No ha lugar a la imposición de costas. Se decreta la pérdida del depósito establecido para recurrir. Devuélvanse las actuaciones al órgano jurisdiccional de procedencia, con la certificación y comunicación de esta resolución. Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. PUBLICACIÓN.-En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Excmo. Sr. Magistrado D. Benigno Varela Autrán hallándose celebrando Audiencia Pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario de la misma, certifico.

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A Sentencia de la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo de 13 de Junio de 2000 Recurso de

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 5 Jun. 2007, rec. 81/2006

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 5 Jun. 2007, rec. 81/2006 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 5 Jun. 2007, rec. 81/2006 CONFLICTO COLECTIVO. Minoristas de alimentación. Jornada de trabajo. La compensación de las horas trabajadas en domingo

Más detalles

Resumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis.

Resumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis. Id. Cendoj: 28079140012006100006 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4719/2004 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/01/2006 Procedimiento: SOCIAL Ponente:

Más detalles

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana

Más detalles

RECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.

RECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes. RECURSOS Resolución de 2 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, de 25 de febrero de 2013, que ha devenido

Más detalles

MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO.

MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. Honorable Corte Suprema de Justicia:, mayor de edad, soltera, Abogada, inscrita en el Colegio

Más detalles

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Pr.. Dr. Juan José Bonilla SánchezS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DEL ART. 53.2 CE 1.- El procedimiento contencioso-administrativo

Más detalles

A U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO A U T O Nº 57/2005 Presidente D. JUAN JOSE GARCIA PEREZ Magistrados D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA D. JESUS SANTIAGO DELGADO CRUCES En Pamplona/Iruña, a 29 de marzo de 2005. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-

Más detalles

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015 Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015 PENSIÓN DE VIUDEDAD DE PAREJA DE HECHO: denegación por no acreditarse la existencia de la misma, ni mediante su inscripción

Más detalles

Es Ponente la Excma. Sra. Dª. Rosa Maria Viroles Piñol, Magistrada de Sala.

Es Ponente la Excma. Sra. Dª. Rosa Maria Viroles Piñol, Magistrada de Sala. Jurisprudencia Fecha: 19/05/2009 Marginal: 28079140012009100392 Jurisdicción: Social Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL Origen: Tribunal Supremo Tipo Resolución: Sentencia Sala: Cuarta Cabecera: RECURSO

Más detalles

Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2008

Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2008 Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2008 ANTECEDENTES DE HECHO Primero. En el proceso contencioso-administrativo antes referido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

Sentencia T.S. (Sala 4) de 6 de mayo de 2010

Sentencia T.S. (Sala 4) de 6 de mayo de 2010 INDICE Sentencia T.S. 6-V-10: ACCIDENTE DE TRABAJO. DESESTIMACIÓN. ROTURA DE UNA PRÓTESIS EN EL TRABAJO Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos Página 1 RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO S E N T E N C I A Nº 16/2009 Presidente D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ Magistrados D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO Dª BLANCA GESTO ALONSO En Pamplona/Iruña, a 29 de enero de 2009. La Sección Segunda de

Más detalles

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto Página 1 de 5 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001 Ponente: Calvo Rojas, Eduardo. Nº de recurso: 4032/2001 Jurisdicción:

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Joaquín Samper Juan Fecha Sentencia: 18/11/2005 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 728/2004 Fallo/Acuerdo: EST Votación:

Más detalles

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079140012006100642 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 196 / 2005 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: AURELIO DESDENTADO BONETE

Más detalles

Resumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Mayo de dos mil nueve

Resumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Mayo de dos mil nueve Id. Cendoj: 28079140012009100416 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/05/2009 Nº de Recurso: 54/2008 Jurisdicción: Social Ponente:

Más detalles

M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial

M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial El Peritaje en el Proceso Civil M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial Dentro de la resolución que admite a trámite la demanda, o en su caso la que une a los

Más detalles

www.asm-seguridad.com C/ Rayo, 12 (Edificio Santa María) 28904 GETAFE Madrid Tel: 91 696 69 44 (6 Líneas) Fax: 91 665 24 05

www.asm-seguridad.com C/ Rayo, 12 (Edificio Santa María) 28904 GETAFE Madrid Tel: 91 696 69 44 (6 Líneas) Fax: 91 665 24 05 CONTRATA. PLUS DE PELIGROSIDAD: el plus de peligrosidad se reconoce a favor de los trabajadores que porten armas, por lo que no existe obligación de abono por la nueva concesionaria del servicio aunque

Más detalles

Tribunal Supremo. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 15 julio 2014 RJ\2014\4533

Tribunal Supremo. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 15 julio 2014 RJ\2014\4533 Tribunal Supremo TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 15 julio 2014 RJ\2014\4533 Jurisdicción:Social Recurso de Casación 236/2013 Ponente:Excma. Sra. Mª Lourdes Arastey Sahún El TS desestima

Más detalles

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado El Peritaje en el Proceso Civil M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado Juzgado de Primera Instancia núm... de (lugar). (dirección completa) PROVIDENCIA

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Roj: STSJ M 6241/2016 - ECLI:ES:TSJM:2016:6241 Id Cendoj: 28079330052016100713 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 5 Nº de Recurso: 967/2014 Nº de Resolución:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 1225/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1225 Id Cendoj: 28079140012015100116 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 903/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2.

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sentencia número 1276/2.011 Ilmos. Sres. Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don José Bellmont

Más detalles

Repsol Petróleo devengo del complemento de antigüedad por trienios o quinquenios según se hubiera estado de alta el 30 de septiembre 1.994.

Repsol Petróleo devengo del complemento de antigüedad por trienios o quinquenios según se hubiera estado de alta el 30 de septiembre 1.994. Id. Cendoj: 28079140012000101335 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 07/02/2000 Nº de Recurso: 2364/1999 Jurisdicción: Social Ponente:

Más detalles

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGIÓN DE MURCIA Sala de lo Contencioso-administrativo Ponente: José María Pérez-Crespo Payá Sentencia de 17 de enero de 2014 Recurso 130/2013 Sentencia 20/2014 LA SALA

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 24/09/2013 Recurso Num.: 2887/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores

Más detalles

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 2224/2004.

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 2224/2004. Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 2224/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Gonzalo Moliner Tamborero CONTRATO DE TRABAJO: requisitos: concurrencia en perito-tasador

Más detalles

SENTENCIA. Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido D. Ángel Jesús, representado por el Letrado D. SALVADOR RUIZ MENACHO.

SENTENCIA. Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido D. Ángel Jesús, representado por el Letrado D. SALVADOR RUIZ MENACHO. Recurso núm. 4372/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Benigno Varela Autrán SENTENCIA En la Villa de Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil seis. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud

Más detalles

AUTO Nº 15/2016. Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as D. Juan Climent Barberá D. José Francisco Ceres Montés Dª Pía Calderón Cuadrado

AUTO Nº 15/2016. Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as D. Juan Climent Barberá D. José Francisco Ceres Montés Dª Pía Calderón Cuadrado TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA SALA DE LO CIVIL Y PENAL VALENCIA NIG Nº 46250-31-2-2016-0000024 ACTO DE CONCILIACIÓN - 000011/2016 AUTO Nº 15/2016 Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as

Más detalles

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007 Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil ocho. VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso num. 187/2007 interpuesto por D. Ramón representado

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 8044/2009 - ECLI:ES:TS:2009:8044 Id Cendoj: 28079130032009100436 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Nº de Recurso: 2084/2008 Nº de Resolución: Procedimiento:

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Reclamaciones nº 586 y 587/2014 Resolución nº 599/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2014. VISTAS las reclamaciones interpuesta por D. A.F.S.C.,

Más detalles

Texto ANTECEDENTES DE HECHO

Texto ANTECEDENTES DE HECHO Página 1 de 7 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 4 Ene. 2007, rec. 81/2004 Ponente: Maurandi Guillén, Nicolás Antonio. Nº de recurso: 81/2004 Jurisdicción:

Más detalles

Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª).Sentencia núm. 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616

Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª).Sentencia núm. 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616 Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª)Sentencia núm 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616 NULIDAD DE ACTUACIONES: PROCEDENCIA: inadmisión en el acto de la audiencia previa, de los documentos acompañados

Más detalles

C.1. Demanda de impugnación de acuerdos de junta general de sociedad anónima

C.1. Demanda de impugnación de acuerdos de junta general de sociedad anónima Worker inteligente. Derecho Procesal Mercantil C.1. Demanda de impugnación de acuerdos de junta general de sociedad anónima Artículos: 6, 7, 23, 36, 249.1.3º y 253 LEC; 21.1 y 86 ter 2.1 LOPJ; 6.3 C. Civ.;

Más detalles

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto

Más detalles

Arbitraje 1/1995 H E C H O S

Arbitraje 1/1995 H E C H O S Arbitraje 1/1995 FRANCISCO JAVIER MARIN BARRERO, árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo establecido en el artículo 76.3 de la Ley 8/80 de 10 de Marzo denominada Estatuto

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 26 Sep. 2006, rec. 76/2006.

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 26 Sep. 2006, rec. 76/2006. Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 26 Sep. 2006, rec. 76/2006 Ponente: Fresneda Plaza, Felipe. Nº de sentencia:

Más detalles

RJ 2002\9208 Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 5 julio 2002 Recurso de Casación núm. 3/2002.

RJ 2002\9208 Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 5 julio 2002 Recurso de Casación núm. 3/2002. RJ 2002\9208 Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 5 julio 2002 Recurso de Casación núm. 3/2002. Jurisdicción: Social Ponente: Excmo. Sr. D. Jesús Gullón Rodríguez CELADORES DE INSTITUCIONES

Más detalles

Nº de Recurso: 2107/2012. ROJ: STS 1966/2013 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Manuel Campos Sanchez-Bordona

Nº de Recurso: 2107/2012. ROJ: STS 1966/2013 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Manuel Campos Sanchez-Bordona Nº de Recurso: 2107/2012. ROJ: STS 1966/2013 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Manuel Campos Sanchez-Bordona SENTENCIA En la villa de Madrid, a seis de mayo de dos

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 20 enero 2015

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 20 enero 2015 Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 20 enero 2015 DESPIDO NULO: trabajadora con jornada reducida por razón de guarda legal de menor: al margen de que concurra o no un móvil discriminatorio,

Más detalles

- El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado:

- El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado: ACUERDOS EMITIDOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO CONTENIDOS EN EL ACTA Nº 6 CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 14-JUNIO-2005 - El Consejo de la Judicatura

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 30 Oct. 2006, rec. 3770/2001. Texto

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 30 Oct. 2006, rec. 3770/2001. Texto Página 1 de 5 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 30 Oct. 2006, rec. 3770/2001 Ponente: Murillo de la Cueva, Pablo Lucas. Nº de recurso: 3770/2001

Más detalles

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES MEDIANTE

Más detalles

ENRIQUE M. FALCÓN REFORMAS AL SISTEMA PROCESAL

ENRIQUE M. FALCÓN REFORMAS AL SISTEMA PROCESAL ENRIQUE M. FALCÓN REFORMAS AL SISTEMA PROCESAL MEDIDAS CAUTELARES Y TRIBUNALES DE CASACIÓN RUBINZAL - CULZONI EDITORES Talcahuano 442 Tel. (011) 4373-0544 C1013AAJ Buenos Aires Salta 3464 Tel. (0342) 455-5520

Más detalles

SENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO

SENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 17 de octubre de 2013 Sala de lo Social Rec. n.º 3076/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Reclamación de cantidad. Teniendo en cuenta que el debate sobre cuál debe ser el salario

Más detalles

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal a estos efectos La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079140012005100851 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 24 / 2005 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: GONZALO MOLINER TAMBORERO Tipo

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079110012008100618 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 52/2002 Nº de Resolución: 713/2008 Procedimiento: Casación Ponente: JOSE RAMON FERRANDIZ

Más detalles

5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$

5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ 5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$(1(/(;3(',(17(1Ò0(52 En la ciudad de Sevilla, a 25 de mayo de 2007. Reunido el &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$, bajo la presidencia

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID Asunto: Solicitud rectificación autoliquidación IRPF y devolución de ingresos indebidos correspondiente/s al/los ejercicio/s ------. (puede ser 2012,

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 192 bis/2014 TAD. ANTECEDENTES DE HECHO

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 192 bis/2014 TAD. ANTECEDENTES DE HECHO Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 192 bis/2014 TAD. En Madrid, a 7 de noviembre de 2014, se reúne el Tribunal Administrativo del Deporte para conocer y resolver el recurso formulado

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO Presidente Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos SENTENCIA Sentencia Nº: 222/2010 Fecha Sentencia: 19/04/2010 CASACIÓN Recurso Nº: 2079/2005 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil trece.

En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil trece. En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil trece. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en Pleno e integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STS 7017/2011 Id Cendoj: 28079110012011100711 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1417/2008 Nº de Resolución: 755/2011 Procedimiento: CIVIL Ponente: JESUS

Más detalles

ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015

ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015 ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015 ACTIVIDAD ARTÍCULOS (*) FECHA Decreto de convocatoria (DT 4ª Estatuto y art. 47 Ley 3/1982) 42 3 de agosto Publicación del Decreto de convocatoria en el DOGC

Más detalles

Facultad de Ciencias de Trabajo UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Programación de Asignatura

Facultad de Ciencias de Trabajo UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Programación de Asignatura Facultad de Ciencias de Trabajo UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Programación de Asignatura TITULACIÓN: RELACIONES LABORALES CURSO ACADÉMICO 2011/2012 TÍTULO DE LA ASIGNATURA CÓDIGO DERECHO PROCESAL LABORAL 9730017

Más detalles

Sentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010

Sentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010 RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010 Recargo de prestaciones: Se declara la existencia de falta de medidas de seguridad, ante el hecho indubitado de la situación de acoso moral y

Más detalles

AUD.NACIONAL SALA DE LO SOCIAL MADRID

AUD.NACIONAL SALA DE LO SOCIAL MADRID Roj: SAN 4683/2015 - ECLI:ES:AN:2015:4683 Id Cendoj: 28079240012015100213 Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 296/2015 Nº de Resolución: 213/2015 Procedimiento:

Más detalles

FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención.

FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención. Ignacio Cubillo López FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención. AL ARBITRO D. D., Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de, con núm. de colegiación, y domicilio

Más detalles

PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013

PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PARTE PRIMERA: EL DERECHO PROCESAL LECCIÓN 1.- EL DERECHO PROCESAL 1. Concepto y características del derecho procesal. 2. La eficacia de las

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO:

ANTECEDENTES DE HECHO: LA TGSS PROMUEVE ALTAS Y BAJAS CON INDEPENDENCIA DE LOS CRITERIOS DE LA INSPEC- CIÓN DE TRABAJO El Tribunal constata que existe una persona, en un centro de trabajo de una empresa dedicada a la actividad

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 3060/2012 - ECLI:ES:TS:2012:3060 Id Cendoj: 28079110012012100295 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1482/2009 Nº de Resolución: 307/2012 Procedimiento:

Más detalles

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley.

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley. Preámbulo El articulo 149, 1,6º de la Constitución Española, después de establecer que la legislación procesal es competencia exclusiva del Estado, añade: sin perjuicio de las necesarias especialidades

Más detalles

Nº de Recurso: 671/2013. ROJ: STS 4917/2014 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Eduardo Espín Templado

Nº de Recurso: 671/2013. ROJ: STS 4917/2014 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Eduardo Espín Templado Nº de Recurso: 671/2013. ROJ: STS 4917/2014 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Eduardo Espín Templado SENTENCIA En la villa de Madrid, a doce de noviembre de dos mil

Más detalles

Guía elemental de estudio de los procesos laborales de instancia. Autor: Dr. Francisco Javier Gómez Abelleira

Guía elemental de estudio de los procesos laborales de instancia. Autor: Dr. Francisco Javier Gómez Abelleira Guía elemental de estudio de los procesos laborales de instancia Autor: Dr. Francisco Javier Gómez Abelleira Fases del proceso laboral Recurso (extraordinario siempre) Suplicación / Casación Instancia

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005 Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005 Ponente: Corbal Fernández, Jesús. Nº de Sentencia: 576/2009 Nº de Recurso: 543/2005 Jurisdicción: CIVIL Derecho de

Más detalles

BOLETêN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

BOLETêN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES BOLETêN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES VI LEGISLATURA Serie A: PROYECTOS DE LEY 22 de diciembre de 1998 Núm. 128-9 ENMIENDAS DEL SENADO 121/000128 Mediante mensaje motivado al Proyecto de Ley de modificación

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 5478/2009 - ECLI:ES:TS:2009:5478 Id Cendoj: 28079140012009100669 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1078/2008 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL

Más detalles

Tribunal Supremo SENTENCIA

Tribunal Supremo SENTENCIA Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 640/2014 de 4 noviembre RJ\2014\6157 Jurisdicción: Civil Recurso de Casación 1606/2012 Ponente: Excmo. Sr. José Luis Calvo Cabello SENTENCIA

Más detalles

Número Marginal: PROV\2010\42835

Número Marginal: PROV\2010\42835 Número Marginal: PROV\2010\42835 SENTENCIA En la Villa de Madrid, a once de Noviembre de dos mil nueve. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación interpuesto

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONTRACTUALES Recurso 94/2015 Resolución 212/2015 RESOLUCIÓN DEL Sevilla, 27 de mayo de 2015 VISTO el recurso especial en materia de contratación interpuesto por el HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE SEVILLA

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 2454/2015 - ECLI:ES:TS:2015:2454 Id Cendoj: 28079110012015100307 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1891/2013 Nº de Resolución: 308/2015 Procedimiento:

Más detalles

ÍNDICE. Copyright Editorial Rasche, S.L. 2014. Todos los derechos reservados. expreso y escrito de la Editorial Rasche.

ÍNDICE. Copyright Editorial Rasche, S.L. 2014. Todos los derechos reservados. expreso y escrito de la Editorial Rasche. ÍNDICE I. NOTAS GENERALES DEL PROCESO LABORAL. EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO... 11 1. Introducción... 11 1.1. El proceso ordinario y las distintas modalidades procesales... 11 1.2. Los sujetos del proceso

Más detalles

SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 10 DE ENERO DE 2014 --------------------------------

SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 10 DE ENERO DE 2014 -------------------------------- SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 10 DE ENERO DE 2014 -------------------------------- 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación

Más detalles

MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA

MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA 20 MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA 2008 Tema IN DUBIO PRO REO. Garantía procesal penal CULPABILIDAD. Condición de imputable del acusado en el proceso penal: Sumario IN DUBIO PRO REO. Garantía procesal

Más detalles

Cálculo de indemnizaciones por despido improcedente.

Cálculo de indemnizaciones por despido improcedente. ASUNTO: PERSONAL Cálculo de indemnizaciones por despido improcedente. STS 866/2009 Roj: STS 866/2009 Id Cendoj: 28079140012009100093 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1

Más detalles

TS (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª) Sentencia de 3 febrero 2016

TS (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª) Sentencia de 3 febrero 2016 Tribunal Supremo TS (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª) Sentencia de 3 febrero 2016 RJ\2016\290 IMPUESTO ESPECIALES: Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco: devengo en el momento

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079130032009100400 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Nº de Recurso: 4239/2007 Nº de Resolución: Procedimiento: RECURSO CASACIÓN Ponente: MANUEL CAMPOS

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 11/10/2016 Recurso Num.: 3083/2015 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STS 4701/2008 Id Cendoj: 28079140012008100590 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2121/2007 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: LUIS FERNANDO

Más detalles

TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo

TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo SENTENCIA En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079130072009100094 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 7 Nº de Recurso: 4836/2005 Nº de Resolución: Procedimiento: RECURSO CASACIÓN Ponente: JUAN JOSE GONZALEZ

Más detalles

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al Id. Cendoj: 28079240012005100068 Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Resolución: 71/2005 Fecha de Resolución: 07/07/2005 Nº de Recurso: 58/2005 Jurisdicción: Social

Más detalles

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 1787/2004.

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 1787/2004. Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 1787/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Luis Ramón Martínez Garrido CONVENIOS COLECTIVOS: impugnación: legitimación activa de los

Más detalles

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia de 10 febrero 2009

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia de 10 febrero 2009 Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia de 10 febrero 2009 Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3672/2007 Ponente: Excmo Sr. Mariano Sampedro

Más detalles

LA PLATA, 8 de marzo de AUTOS Y VISTOS: el expediente número , año 2012,

LA PLATA, 8 de marzo de AUTOS Y VISTOS: el expediente número , año 2012, LA PLATA, 8 de marzo de 2016.---------------------------------------------------------- AUTOS Y VISTOS: el expediente número 2360-0409852, año 2012, caratulado URSA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A..-------------------------------------

Más detalles

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTOS DE DERECHO AJA: T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 01795/2009 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON SALA DE LO SOCIAL 001 (C/ANGUSTIAS S/N) N.I.G: 47186 34 4 2009 0101923, MODELO: 46050 TIPO

Más detalles

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 52/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Víctor Cubero Romeo PROCEDIMIENTO LABORAL: criterios generales: inadecuación: conflictos colectivos: cuestiones propias de

Más detalles

Roj: STS 2818/ ECLI: ES:TS:2015:2818

Roj: STS 2818/ ECLI: ES:TS:2015:2818 Roj: STS 2818/2015 - ECLI: ES:TS:2015:2818 Id Cendoj: 28079140012015100329 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 25/05/2015 Nº de Recurso: 2873/2013 Nº de Resolución:

Más detalles