REGLAMENTO DE CUENTAS DE AHORRO FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO CONSIDERANDO RESUELVE CAPITULO I DEPOSITANTES Y BENEFICIARIOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE CUENTAS DE AHORRO FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO CONSIDERANDO RESUELVE CAPITULO I DEPOSITANTES Y BENEFICIARIOS"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE CUENTAS DE AHORRO FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO La Junta Directiva en uso de las atribuciones que le confieren sus estatutos y. CONSIDERANDO 1. Que uno de los objetivos principales es de estimular la cultura de ahorro de los asociados, propendiendo al mejoramiento de su capacidad de adquisición. 2. Que uno de los objetivos principales de FONEPRO es promover y premiar el ahorro. 3. Que es necesario adecuar los mecanismos administrativos del ahorro, para que la permitan al asociado orientar, adecuar de manera efectiva los recursos disponibles y maximizar los rendimientos económicos y sociales a través del Fondo de Empleados. 4. Que FONEPRO debe facilitar y desarrollar los mecanismos que permitan el funcionamiento administrativo de las captaciones. RESUELVE CAPITULO I DEPOSITANTES Y BENEFICIARIOS ARTICULO 1º. DEPOSITANTE: Podrán ser depositantes de ahorro las personas asociadas al FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER - FONEPRO, en la forma prevista en los estatutos vigentes, mediante el sistema de extractos generados por la contabilización de los recibos de ingreso de caja o deducciones de nómina que reflejen en forma clara y oportuna el movimiento de la cuenta respectiva, estableciéndose la relación de los asociados en su calidad de depositantes como titulares de una cuenta de ahorros y el depositario en su calidad de institución de economía solidaria, legalmente autorizada para recibir ahorro en depósito. ARTICULO 2º. BENEFICIOS DEL AHORRADOR: Los ahorradores del FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO, tiene derecho a los siguientes beneficios: 1. Una póliza de seguro de ahorradores para el ahorro permanente y para los aportes sociales, siempre que el asociado reúna condiciones para ser aceptado por la compañía de seguros con la que Fonepro contrate la póliza colectiva. 2. Inembargabilidad de saldos, según cuantías fijadas por la ley. 3. Entrega de depósitos sin juicio de sucesión al cónyuge sobreviviente o parientes legalmente habilitados, quienes deberán acreditarse ante el empleador o ante la entidad pensionadora del asociado. 4. Reconocimiento de intereses, según las tasas fijadas por la Junta Directiva. 5. Servicio de crédito garantizado con los aportes sociales y el ahorro permanente, según el multiplicador y las condiciones establecidas por la Junta Directiva,

2 CAPITULO II MANEJO DE LA CUENTA ARTICULO 3º. REQUISITOS DE APERTURA: Para la apertura de las cuentas de ahorro se requiere diligenciar los formatos que para tal efecto diseñará el FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER, el cual debe contener la siguiente información. 1. Nombre y apellidos del asociado. 2. Documento de identidad. 3. Información sobre los beneficiarios. 4. Autorización de deducciones y su valor. ARTICULO 4º. RETIRO DE DEPOSITOS: Para el retiro de los fondos por el ahorrador es requisito indispensable la solicitud escrita o telefónica dirigida al FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER, en la cual se indique el valor de retiro. La autorización para retiro por terceros deberá constar por escrito indicando la cuenta en que se efectuará la consignación, en caso de reclamar el retiro directamente en el FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER, el autorizado deberá presentar el original de su documento de identidad ARTICULO 5º. INTERESES: EL FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER reconocerá por concepto de intereses las tasas autorizados por la Junta Directiva, según lo establecido en la respectiva línea de ahorro. La liquidación de los intereses será efectuada por el programa de sistemas adquirido por FONEPRO, no obstante, los funcionarios y empleados deben conocer el mecanismo manual utilizado para dicha liquidación, con propósito de realizar pruebas probabilisticas de los registros. PARAGRAFO: Los intereses se liquidarán y contabilizarán en cada cuenta de depósito de ahorro que tenga derecho a este incentivo, al final de cada período de liquidación y conforme a las tasas fijadas por la Junta Directiva para cada periodo. ARTICULO 6º. RETENCION EN LA FUENTE: EL FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER efectuará las retenciones procedentes de acuerdo con lo que disponga la norma legal vigente al momento de la liquidación. CAPITULO III TIPOS DE AHORRO EL FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO brindará los siguientes tipos de ahorro: 1. TIPOS DE AHORRO 1.1 AHORRO OBLIGATORIO: Distribuido en las siguientes cuentas: CINCUENTA POR CIENTO (50%) A LA CUENTA DE APORTES SOCIALES.

3 1.1.2 CINCUENTA POR CIENTO (50%) A LA CUENTA DE AHORRO PERMANENTE. 1.2 AHORRO VOLUNTARIO 1.3 AHORRO DISPONIBLE O AHORRO A LA VISTA 1.4 AHORRO A TERMINO FIJO O CDAT 1.5 AHORRO INFANTIL PARA HIJOS DE ASOCIADOS 1.6 AHORRO PROGRAMADO PARA VIVIENDA ARTICULO 7º. AHORRO OBLIGATORIO: Es una línea de ahorro creada por FONEPRO para que el asociado ahorre la cantidad que estime conveniente y pueda solicitar su reembolso de acuerdo con las condiciones fijadas. Este ahorro se encuentra estipulado en los estatutos del FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER y establece la calidad de asociado al Fondo. Este Ahorro no podrá ser solicitado en ningun momento por el asociado y su devolución se hará únicamente cuando el asociado se retire de FONEPRO y/o de alguna de las empresas con las que firmo el contrato, caso en el cual primero se compensará con los créditos que tiene el asociado sin codeudor u otro tipo de garantía real. El ahorro obligatorio se distribuirá en dos (2) cuentas así: 1. CINCUENTA POR CIENTO (50%) A LA CUENTA DE APORTES SOCIALES: La finalidad de los depósitos de aportes sociales es la de obtener la calidad de asociado al FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO, en concordancia con los preceptos legales vigentes en los estatutos sociales. 1. Condicionan la calidad de asociado hábil mediante su abono en cuenta, establecen la participación del asociado en la distribución de excedentes anual, otorga al asociado las facultades para hacer uso de los servicios del Fondo de Empleados. 2. Los asociados obtendrán préstamos para consumo equivalentes a siete (7) veces el valor de sus aportes sociales. No obstante, el monto máximo de crédito será el fijado por la Junta Directiva en el respectivo reglamento de crédito. 3. Todas las transacciones que se realizan en esta cuenta, así como los saldos tienen el carácter de reservado, por lo tanto no podrán comunicarse a terceros, salvo autorización competente de Juez de la República, oficio del Ministerio de Hacienda o las pertinentes para la prestación de los servicios de crédito en Fonepro. 2. CINCUENTA POR CIENTO (50%) A LA CUENTA DE AHORRO PERMANENTE:

4 La finalidad de los depósitos de ahorros permanentes es la de facilitar a los asociados la entrega por nómina de su cuenta periódica, obteniendo rentabilidad en sus saldos y sometiéndose a los reglamentos que sobre el particular imparta la Junta Directiva del Fondo de Empleados de Prever FONEPRO en concordancia con los preceptos legales vigentes: 1. Devengarán intereses a la tasa aprobada por la Junta Directiva mensualmente, los cuales serán liquidados y abonados sobre el saldo final que resultare durante el período mensual señalado. 2. Los asociados obtendrán préstamos equivalentes a siete (7) veces el valor del ahorro permanente. No obstante, el monto máximo de crédito será el fijado por la Junta Directiva en el respectivo reglamento de crédito. 3. Todas las transacciones que se realizan en esta cuenta, así como los saldos tiene el carácter de reservado, por lo tanto, no podrán comunicarse a terceros, salvo autorización competente de Juez de la República, oficio de ministerio de hacienda o las pertinentes para la prestación de los servicios de crédito en Fonepro. 4. TASA DE INTERESES: La Junta Directiva tiene plena facultad para establecer y modificar la tasa de interés de acuerdo a la tasa que tengan las cooperativas de Ahorro y Crédito, siempre que no afecte los parámetros de usura establecidos por el Gobierno Nacional. PARAGRAFO: La Junta Directiva considerará compensaciones de los ahorros permanentes de los asociados con las obligaciones vigentes cuando por lo menos se cumplan los siguientes requisitos: 1. Que el asociado haya ahorrado en forma permanente durante un periodo no inferior a los cinco (5) años. 2. Que el asociado haya amortizado el crédito en un cincuenta por ciento (50%) o más. 3. Se podrá compensar una cuantía no superior al cincuenta por ciento (50%) de los ahorros permanentes acumulados a esta fecha, incluidos los intereses acumulados a la fecha. 4. Que la compensación se oriente a amortizar los créditos de un alto contenido social, es decir, vivienda, educación, calamidad domestica, etc. o a contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida del asociado y su familia. 5. Que la compensación sea autorizada única y exclusivamente por la Junta Directiva. ARTICULO 8º. AHORRO VOLUNTARIO (NAVIDEÑO): Es una línea de ahorro creada por FONEPRO para que el asociado ahorre la cantidad que estime conveniente y pueda solicitar su reembolso de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente reglamento, el cual se establece como un ahorro contractual.

5 1. Devengarán intereses a la tasa aprobada por la Junta Directiva mensualmente, los cuales serán liquidados y abonados sobre el saldo final que resultare durante el período mensual señalado. 2. TASAS DE INTERES: El ahorro voluntario genera un interés fijado de común por la Junta Directiva. La liquidación del interés se hará sobre saldos de ahorro mensuales y será abonado a la cuenta de cada asociado el 30 de cada mes durante el proceso de cierre contable. 3. Este tipo de ahorro se entregará en el mes de diciembre de cada año y el asociado sólo podrá solicitar su liquidación dos (2) veces durante la vigencia de cada año, evento en el cual no recibirá los intereses generados a la fecha. PARAGRAFO: La junta directiva tendrá plena facultad para modificar la tasa de interés de acuerdo a las tasas que tengan las cooperativas de Ahorro y Crédito vigentes. ARTICULO 9º. AHORRO DISPONIBLE O AHORRO A LA VISTA: El ahorro disponible es un servicio creado por FONEPRO para que el asociado ahorre la cantidad que estime conveniente y pueda solicitar su reembolso de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente reglamento. 1. El ahorro disponible podrá ser liquidado total o parcialmente en el momento en que el asociado estime conveniente. 2. La devolución del ahorro disponible se hará sobre el saldo que se tenga y los desembolsos se entregarán de la siguiente forma: Desembolsos de ahorro disponible hasta por $ en la misma semana que sean solicitados por el ahorrador. Desembolsos de ahorro disponible de $ hasta la suma de $ a la semana siguiente de la solicitud. Desembolsos de ahorro disponible de $ hasta la suma de $ a las dos semanas de la solicitud. Desembolsos de ahorro disponible superiores a $ en adelante a la tercera semana de la solicitud. NOTA: Se entiende que las semanas se cuentan de viernes a viernes que es el día en que se efectúan los desembolsos. 3. El asociado efectuará abonos por caja con destino a esta línea de ahorro con el fin de aumentar sus saldos. 4. TASAS DE INTERES: El ahorro disponible genera un interés fijado por la Junta Directiva, liquidado sobre saldos diarios y capitalizable. La Junta Directiva tendrá plena facultad para modificar las tasas de interés de acuerdo al mercado o a las tasas que tengan las cooperativas de ahorro y crédito vigentes. ARTICULO 10º. AHORRO INFANTIL PARA HIJOS DE ASOCIADOS: El ahorro infantil es un servicio creado por FONEPRO para que el asociado inculque en sus hijos la cultura del ahorro de acuerdo con la cantidad que estime conveniente o con el producto de su subsidio familiar y puede solicitar su reembolso de acuerdo con las condiciones fijadas en el

6 presente reglamento. La cuenta de ahorros infantil podrán abrirla los hijos de nuestros asociados cuyas edades oscilen entre los 0 y los 18 años, pero también podrán abrirla los hijos mayores de 18 años que sean hijos de familia, es decir, estudiantes que están a cargo económicamente de los padres. 1. Liquidación mensual de intereses a la tasa fijada por la Junta Directiva, liquidados sobre saldos mensuales. 2. Al realizar la apertura el dinero debe permanecer en la cuanta sin retiros durante los cuatro (4) primeros meses, después de los cuales se estipula la posibilidad de realizar un retiro mensual. 3. Disponibilidad del dinero sin tener que pagar cuotas de manejo ni gastos bancarios. 4. Facilidades para el manejo de la cuenta de ahorros, información de saldos por la web y expedición de extractos cuando sean requeridos. 5. La apertura de la cuenta se hace con mínimo $ REQUISITOS: Ser hijo de una persona asociada al FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER El ahorro mensual mínimo es de $ puede ser en cheque de subsidio familiar. Los desembolsos se deben solicitar los miércoles para que sean consignados los días viernes en la cuenta que indique el solicitante autorizado. No tiene derecho a cupo de crédito por este ahorro, ni es garantía de créditos para el asociado. ARTICULO 12º. AHORRO PROGRAMADO PARA VIVIENDA: El ahorro programado para vivienda es un servicio creado por FONEPRO para que el asociado ahorre los recursos destinados para la cuota inicial de su objetivo de vivienda, conforme a los valores que estime convenientes o que se encuentren dentro de su capacidad de ahorro para el proyecto de vivienda. 1. El ahorro programado para vivienda podrá ser liquidado total o parcialmente en el momento en que el asociado realice la negociación de su vivienda, en cuyo caso este ahorro corresponderá al 30% de cuota inicial si es vivienda usada o al 20% de cuota inicial si es vivienda nueva. Los porcentajes pueden ser reajustados con los valores disponibles en el Fondo de Cesantías. 2. En el evento de que el asociado solicite la devolución del ahorro programado para vivienda para un concepto diferente a vivienda, se le descontará el 50% de los intereses liquidados y abonados en la cuenta, es decir, quedará con una tasa de remuneración equivalente a la IPC. 3. El asociado podrá efectuar abonos adicionales por caja con destino a esta línea de ahorro con el fin de mejorar sus promedios.

7 4. TASAS DE INTERES: El ahorro programado para vivienda genera un interés aprobado por la Junta Directiva, liquidados mensualmente sobre saldos. La Junta Directiva tendrá plena facultad para modificar las tasas de interés de acuerdo al mercado o a las tasas que tengan las cooperativas de ahorro y crédito vigentes. 5. Condicionan la posibilidad para el estudio y adjudicación del crédito de vivienda puesto que quien no tenga este ahorro no podrá hacer uso del crédito para vivienda, por lo tanto, la junta directiva no estudiará solicitudes que no tengan este ahorro. 6. Los asociados obtendrán préstamos para vivienda equivalentes a diez (10) veces el valor de sus aportes sociales más el ahorro permanente. No obstante, el monto máximo de crédito será el fijado por la Junta Directiva en el respectivo reglamento de crédito y conforme a la capacidad de pago del asociado deudor. 5. Todas las transacciones que se realizan en esta cuenta, así como los saldos tienen el carácter de reservado, por lo tanto no podrán comunicarse a terceros, salvo autorización competente de Juez de la República, oficio del Ministerio de Hacienda o las pertinentes para la prestación de los servicios de crédito en Fonepro. DISPOSICIONES LEGALES: LOS PARAMETROS PARA LA OBTENCION DE LA TASA DE INTERES QUE SE CANCELA AL ASOCIADO: EL FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER FONEPRO- tendrá en cuenta para establecer sus tasas de interés en la captación de depósitos de ahorros: 1. La tasa de interés que cancelará al asociado por sus depósitos. 2. El margen de intermediación, es decir, el valor que FONEPRO, tendrá que asumir para cubrir sus costos de operación. 3. El margen de rentabilidad que espera FONEPRO, es decir, que los créditos provenientes con recursos de depósito tendrá un mayor costo que aquel que se otorgue al asociado proveniente de los aportes sociales. Este Reglamento de Ahorro fue aprobado en la reunión de Junta Directiva de Junio diez y nueve (19) de dos mil nueve (200) y entra en vigencia a partir del primero (1) de julio del año dos mil nueve (2.009). Comuníquese y cúmplase, OMAR ALFREDO CALLEJAS FLOREZ Presidente Junta Directiva GLADYS FLOREZ PUENTES Secretaria Ah-doc

8 APERTURA DE CUENTA DE AHORRO PARA NIÑOS LA CUENTA DE AHORROS PODRAN ABRIRLA LOS HIJOS DE NUESTROS ASOCIADOS, CUYAS EDADES OSCILEN ENTRE 0 Y 18 AÑOS. LOS MAYORES DE 18 AÑOS DEBERAN SER HIJOS DE FAMILIA, ES DECIR, ESTUDIANTES QUE ESTAN A CARGO ECONOMICAMENTE DE LOS PADRES. BENEFICIOS DE LA CUENTA DE AHORRO: LIQUIDACION MENSUAL DE INTERESES A LA TASA DEL 10% EFECTIVO ANUAL SOBRE SALDO MENSUAL, LOS CUALES SE CAPITALIZAN. AL REALIZAR LA APERTURA EL DINERO DEBE PERMANECER SIN MOVIMIENTO DURANTE LOS CUATRO (4) PRIMEROS MESES, DESPUES DE LOS CUALES SE ESTIPULA LA POSIBILIDAD DE REALIZAR UN RETIRO MENSUAL. DISPONIBILIDAD DEL DINERO SIN TENER QUE PAGAR CUOTAS DE MANEJO NI GASTOS BANCARIOS. FACILIDADES PARA EL MANEJO DE LA CUENTA DE AHORROS. INFORMACION DE SALDOS POR LA WEB Y EXPEDICION DE EXTRACTOS CUANDO SEAN REQUERIDOS. LA APERTURA DE LA CUENTA SE HACE CON MÍNIMO $ REQUISITOS: SER HIJO DE ASOCIADO A FONEPRO. AHORRO MENSUAL MINIMO DE $ PUEDE SER EL CHEQUE DEL SUBSIDIO FAMILIAR DEL NIÑO. LOS DESEMBOLSOS SE DEBEN SOLICITAR LOS MIERCOLES PARA QUE SEAN CONSIGNADOS EL VIERNES EN LA CUENTA QUE INDIQUE EL SOLICITANTE AUTORIZADO. NO TIENE DERECHO A CUPO DE CREDITO POR ESTE AHORRO, NI ES GARANTIA DE CREDITOS PARA EL ASOCIADO. OMAR CALLEJAS FLOREZ Presidente Junta Directiva FONDO DE EMPLEADOS DE PREVER Medellín, Septiembre de 2008

9 PARA: OMAR CALLEJAS GLADYS FLOREZ SE AGREGO: APROBACION DEL AHORRO INFANTIL. TASAS A CRITERIO DE LA JUNTA Y NO FIJAS COMO ESTABAN. SEGURO DE VIDA SI ES ACEPTADO POR CIA. DE SEGUROS. CONDICIONES PARA DEVOLUCION DE AHORRO PERMANENTE. REQUISITO INDISPENSABLE PARA PRESENTAR SOLICITUD DE CREDITO DE ADQUISICION DE VIVIENDA TENER AHORRO PROGRAMADO O LA JUNTA NO ACEPTA LA SOLICITUD. CORDIAL SALUDO, ADRIANA HERNANDEZ JUNIO 2009

FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS. ACUERDO No.047

FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS. ACUERDO No.047 FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS ACUERDO No.047 Por medio del cual se adopta el Reglamento de Ahorros del Fondo de Empleados

Más detalles

HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS

HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS Por medio del cual se reglamenta el procedimiento o distribución del aporte mensual de los asociados a Helm Fondo de Empleados en ahorros permanentes

Más detalles

REGLAMENTO DE APORTES Y AHORRO PERMANENTE

REGLAMENTO DE APORTES Y AHORRO PERMANENTE Por el cual se reglamenta el sistema de Aportes y Ahorro Permanente de los asociados de COOLEVER Cooperativa de Ahorro y Crédito. El Consejo de Administración de COOLEVER, en ejercicio de las facultades

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BARTOLINOS Y DE LA COMPAÑÍA DE JESUS FECOSBA Nit: 800.085.664-7

FONDO DE EMPLEADOS BARTOLINOS Y DE LA COMPAÑÍA DE JESUS FECOSBA Nit: 800.085.664-7 REGLAMENTO DE SERVICIOS DE AHORRO ACUERDO No. 01 DE 2015 (Enero de 2015) Por el cual se revisa y actualiza las políticas de manejo para las diferentes líneas de servicios de ahorro para los Asociados de.

Más detalles

Reglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 1 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS ATPUCE

Reglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 1 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS ATPUCE Reglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 1 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS ATPUCE Reglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 2 ASOCIACION DE TRABAJADORES

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO

GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO I. OBJETIVO Orientar al contratista y al interventor/supervisor sobre los aspectos generales y las recomendaciones a seguir para el adecuado manejo de los recursos públicos

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE METRO ALARMAS REGLAMENTO DE AHORRO Y CREDITO

FONDO DE EMPLEADOS DE METRO ALARMAS REGLAMENTO DE AHORRO Y CREDITO FONDO DE EMPLEADOS DE METRO ALARMAS REGLAMENTO DE AHORRO Y CREDITO La Junta Directiva del Fondo de Empleados de METRO ALARMAS FONDEMETRO, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO FONDO DE EMPLEADOS CERVECERIA LEONA FECELSA La Junta Directiva del Fondo de Empleados de CERVECERIA LEONA S.A. FECELSA en uso de sus atribuciones legales conferidas

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO. l. DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO. l. DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO l. DISPOSICIONES GENERALES 1. El Superfondo Fondo de Empleados fomentará el hábito del ahorro entre sus asociados y con tal fin, recibirá y mantendrá ahorros en depósito

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO CAPÍTULO I 1. Todos los socios de la Cooperativa CACEC LTDA., podrán abrir una o varias Cuentas de Ahorro en la Institución: Las modalidades para su funcionamiento se regirán de acuerdo

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITOS

REGLAMENTO DE CREDITOS REGLAMENTO DE CREDITOS Febrero 2015 REGLAMENTO DE CRÉDITO La Junta Directiva del Fondo de Empleados de integral FEDIN en cumplimiento de Sus funciones legales y estatutarias y, CONSIDERANDO: Que el Fondo

Más detalles

REGLAMENTO PLAN DE SOLUCIÓN INTEGRAL DE VIVIENDA. El acuerdo convencional en cuanto al derecho de los empleados de COMFENALCO ANTIOQUIA indica:

REGLAMENTO PLAN DE SOLUCIÓN INTEGRAL DE VIVIENDA. El acuerdo convencional en cuanto al derecho de los empleados de COMFENALCO ANTIOQUIA indica: REGLAMENTO PLAN DE SOLUCIÓN INTEGRAL DE VIVIENDA En aplicación al artículo 14 de la Convención Colectiva de Trabajo, suscrita por COMFENALCO ANTIOQUIA y SINALTRACOMFENALCO el día primero (1) de noviembre

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS MANISOL LTDA FONDEMA REGLAMENTO DE CREDITO. RESOLUCIÓN No 058

FONDO DE EMPLEADOS MANISOL LTDA FONDEMA REGLAMENTO DE CREDITO. RESOLUCIÓN No 058 FONDO DE EMPLEADOS MANISOL LTDA FONDEMA REGLAMENTO DE CREDITO RESOLUCIÓN No 058 Por medio del cual se reforma el reglamento de crédito de la entidad. LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE EMPLEAD0S MANISOL,

Más detalles

PENSIÓN, DEVOLUCIÓN DE SALDOS, EXCEDENTES DE LIBRE DISPONIBILIDAD Concepto 2008002623-001 del 13 de febrero de 2008.

PENSIÓN, DEVOLUCIÓN DE SALDOS, EXCEDENTES DE LIBRE DISPONIBILIDAD Concepto 2008002623-001 del 13 de febrero de 2008. PENSIÓN, DEVOLUCIÓN DE SALDOS, EXCEDENTES DE LIBRE DISPONIBILIDAD Concepto 2008002623-001 del 13 de febrero de 2008. Síntesis: Si el afiliado tiene los recursos suficientes en su cuenta de ahorro individual

Más detalles

SEXTA. CONOCIMIENTO DEL CLIENTE. FORMATO

SEXTA. CONOCIMIENTO DEL CLIENTE. FORMATO REGLAMENTO UNIVERSAL DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS TÍTULO SEGUNDO CLÁUSULAS ESPECIALES DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS CAPÍTULO PRIMERO CUENTA DE AHORROS Reglamento de Cuentas de Ahorros

Más detalles

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA.

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO OPC 086-2011 BOGOTÁ D.C., DICIEMBRE

Más detalles

RESOLUCION NÚMERO ( )

RESOLUCION NÚMERO ( ) RESOLUCION NÚMERO ( ) Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 000273 del 10 de diciembre del 2013 y el numeral 2.1 del anexo de las especificaciones técnicas de la Resolución No.

Más detalles

ASOCIACIÓN PROFESIONAL FACUTATIVOS Colectivo YOSE

ASOCIACIÓN PROFESIONAL FACUTATIVOS Colectivo YOSE Porque siempre es mejor formar parte de un equipo Por ese motivo en Barclays le ofrecemos a todos los componentes de su colectivo una oferta de productos y servicios financieros especiales, en la que hemos

Más detalles

República de Colombia. líbertod yorden 'MINISTERIO DEL TRABAJO <31 E E2014 )

República de Colombia. líbertod yorden 'MINISTERIO DEL TRABAJO <31 E E2014 ) ", " República de Colombia líbertod yorden 'MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NÚMERO 1.35 DE 2014

Más detalles

Sector público Consideraciones para retiros para compra de vivienda

Sector público Consideraciones para retiros para compra de vivienda Sector público Consideraciones para retiros para compra de vivienda RETIROS PARA COMPRA DE VIVIENDA Señor(a) afiliado(a): Si usted requiere realizar retiros de pensión voluntaria para la compra de vivienda,

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA REGLAMENTO DE CRÉDITO DEL FONDO DE CAPITALIZACIÓN PARA VIVIENDA O RETIRO FONVIVIENDA

FONDO DE EMPLEADOS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA REGLAMENTO DE CRÉDITO DEL FONDO DE CAPITALIZACIÓN PARA VIVIENDA O RETIRO FONVIVIENDA FONDO DE EMPLEADOS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA REGLAMENTO DE CRÉDITO DEL FONDO DE CAPITALIZACIÓN PARA VIVIENDA O RETIRO FONVIVIENDA La Junta Directiva del Fondo de Empleados de la Pontificia

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (COOPEASAMBLEA R. L.) REGLAMENTO DE AHORROS A LA VISTA

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (COOPEASAMBLEA R. L.) REGLAMENTO DE AHORROS A LA VISTA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (COOPEASAMBLEA R. L.) REGLAMENTO DE AHORROS A LA VISTA ARTÍCULO 1: CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente Reglamento

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO. ACUERDO 0072 (Junio 2014)

FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO. ACUERDO 0072 (Junio 2014) FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO ACUERDO 0072 (Junio 2014) Por medio del cual se establecen y reglamentan los servicios de Ahorro y Aportes de FEBATCO La Junta Directiva del Fondo de Empleados

Más detalles

ACUERDO No. 007 de 2009

ACUERDO No. 007 de 2009 Versión 01 Página 1 de 5 ACUERDO No. 007 de 2009 Por el cual se reglamenta el Fondo de Ahorro Especial del Fondo de Empleados Icontec. La Junta Directiva del Fondo de Empleados de ICONTEC en uso de sus

Más detalles

Artículo 3. Características a) El ahorro programado exige permanencia en el tiempo pactado al iniciar el plan.

Artículo 3. Características a) El ahorro programado exige permanencia en el tiempo pactado al iniciar el plan. FONDO DE AHORRO PROFESORES UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES REGLAMENTO DEL PLAN DE AHORRO PROGRAMADO PARA VIVIENDA ACUERDO No. 43 NOVIEMBRE 09 DE 2009 La Junta Directiva del Fondo de Empleados

Más detalles

MANUAL DE FIDUCIARIA Y VALORES CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA- DFV- 99

MANUAL DE FIDUCIARIA Y VALORES CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA- DFV- 99 Destinatario: ASUNTO: MANUAL DE FIDUCIARIA Y VALORES p r Hoja 2-00 t ~.' ' Establecimientos Bancarios, Corporaciones Financieras, Compañías de Financiamiento Comercial, Entidades Cooperativas de carácter

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE ORACLE COLOMBIA FEORACLE REGLAMENTO DE SERVICIOS 2.006 GENERALIDADES

FONDO DE EMPLEADOS DE ORACLE COLOMBIA FEORACLE REGLAMENTO DE SERVICIOS 2.006 GENERALIDADES FONDO DE EMPLEADOS DE ORACLE COLOMBIA FEORACLE REGLAMENTO DE SERVICIOS 2.006 GENERALIDADES 1. Por disposición estatutaria, todo servicio que preste el Fondo de Empleados deberá producir como resultado

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA FUDEC REGLAMENTO DE CREDITO CAPITULO I

FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA FUDEC REGLAMENTO DE CREDITO CAPITULO I 1 FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA FUDEC REGLAMENTO DE CREDITO CAPITULO I ASPECTOS GENERALES 1. OBJETIVO GENERAL El objetivo del crédito en el Fondo de Empleados de la Universidad de Cundinamarca,

Más detalles

FÓRMULAS Y EJEMPLOS DE PRODUCTOS PASIVOS DEPÓSITOS A PLAZO FIJO

FÓRMULAS Y EJEMPLOS DE PRODUCTOS PASIVOS DEPÓSITOS A PLAZO FIJO FÓRMULAS Y EJEMPLOS DE PRODUCTOS PASIVOS DEPÓSITOS A PLAZO FIJO Es una opción financiera que permite ahorrar ganando altas tasas de interés de acuerdo a los plazos establecidos. Las modalidades del pago

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS X MÁS

TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS X MÁS TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS X MÁS DENOMINACIÓN: MÁS POR MÁS de la CUENTA CORRIENTE REMUNERADA B.O.D. MERCADO OBJETIVO: Esta Campaña está dirigida a toda persona natural y jurídica que mantenga y/o abra

Más detalles

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 016 DE ABRIL 19 DE 2013

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 016 DE ABRIL 19 DE 2013 EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales, reglamentarias y en especial las que le confiere el Acuerdo 519 de 2012; y CONSIDERANDO Que el artículo 150 del

Más detalles

ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO 2. CARACTERÍSTICAS

ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO 2. CARACTERÍSTICAS ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO La Libranza Consumo Bancolombia es un crédito que se otorga a los empleados y/o jubilados de una determinada

Más detalles

REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA

REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA REGLAMENTO DE CREDITO DEL FONDO DE PENSIONES PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA AGRICOLAS FOPICTA- CAPITULO I FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. Normativa:

Más detalles

PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008.

PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. Síntesis: Las cuentas corrientes o de ahorro en las que se consignan las mesadas

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se establecen las condiciones procedimentales y las especificaciones técnicas para la presentación de la información de que trata el Decreto 1159 de 2012 que deben suministrar

Más detalles

Cooperativa de Ahorro y Crédito Universidad Católica del Ecuador

Cooperativa de Ahorro y Crédito Universidad Católica del Ecuador Cooperativa de Ahorro y Crédito Universidad Católica del Ecuador REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS El Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Universidad Católica del Ecuador en uso de las

Más detalles

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones CIRCULAR N 15

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones CIRCULAR N 15 CIRCULAR N 15 Vistos, las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras. REF.: PLAN DE CUENTAS

Más detalles

Créditos en Cofinanciamiento con INFONAVIT

Créditos en Cofinanciamiento con INFONAVIT Créditos en Cofinanciamiento con INFONAVIT El INFONAVIT tiene un producto para otorgar créditos en cofinanciamiento, llamado crédito Cofinavit, ésta es una excelente alternativa para derechohabientes que

Más detalles

http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006

http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006 http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006 Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO PROGRAMDO RELACIÓN DE VERSIONES

REGLAMENTO DE AHORRO PROGRAMDO RELACIÓN DE VERSIONES Página 1 de 7 RELACIÓN DE VERSIONES VERSIÓN DESCRIPCIÓN FECHA Se elimina artículo donde 03 Fonrecar asumía la 25 de febrero 2014 retención en la fuente y parágrafo sobre la destinación del ahorro. La tasa

Más detalles

CIRCULAR No. 1. Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros)

CIRCULAR No. 1. Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros) MPV 066-011 CIRCULAR No. 1 Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros) La ley 1430 de 2010 establece cambios importantes

Más detalles

CONVENIO UNIVERSIDAD ICESI - ICETEX INFORMACIÓN SOBRE EL CRÉDITO EDUCATIVO POSTGRADO PAIS MEDIANO PLAZO

CONVENIO UNIVERSIDAD ICESI - ICETEX INFORMACIÓN SOBRE EL CRÉDITO EDUCATIVO POSTGRADO PAIS MEDIANO PLAZO CONVENIO UNIVERSIDAD ICESI - ICETEX INFORMACIÓN SOBRE EL CRÉDITO EDUCATIVO POSTGRADO PAIS MEDIANO PLAZO La línea de crédito POSTGRADO PAIS MEDIANO PLAZO financia estudios de formación avanzada o de postgrado

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA- FEUA. REGLAMENTO DE AHORRO ADICIONAL. Resolución No. 003 (Diciembre 6 de 2011)

FONDO DE EMPLEADOS DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA- FEUA. REGLAMENTO DE AHORRO ADICIONAL. Resolución No. 003 (Diciembre 6 de 2011) FONDO DE EMPLEADOS DE LA ÁREA ANDINA- FEUA. REGLAMENTO DE AHORRO Resolución No. 003 (Diciembre 6 de 2011) La Junta Directiva del FONDO DE EMPLEADOS DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL FEUA, en uso de sus

Más detalles

Pensión de Invalidez

Pensión de Invalidez Pensión de Invalidez El D.L. 3.500 de 1980, creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Este es administrado por instituciones creadas especialmente para tal efecto,

Más detalles

Artículo 176. Fracción V

Artículo 176. Fracción V Artículo 176 Fracción V Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro

Más detalles

REGLAMENTO INTEGRAL DEL SERVICIO DE AHORRO. La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Colsanitas en uso de sus facultades legales y estatutarias y

REGLAMENTO INTEGRAL DEL SERVICIO DE AHORRO. La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Colsanitas en uso de sus facultades legales y estatutarias y REGLAMENTO INTEGRAL DEL SERVICIO DE AHORRO La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Colsanitas en uso de sus facultades legales y estatutarias y CONSIDERANDO 1. Que el Decreto Ley 1481 de 1989 exige

Más detalles

PROYECTO DE REGLAMENTO DE PRESTAMOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

PROYECTO DE REGLAMENTO DE PRESTAMOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES PROYECTO DE REGLAMENTO DE PRESTAMOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: La Caja de Ahorro y Préstamo de los Profesores de la Universidad Nacional Experimental Politécnica (CAPUPB), concederá

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO

REGLAMENTO DE CRÉDITO FONDO DE EMPLEADOS ASESOFTWARE FASESOFT Por medio del cual se crea el Reglamento de Crédito La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Asesoftware - FASESOFT En uso de sus atribuciones legales conferidas

Más detalles

Política y Procedimiento PRÉSTAMOS AL PERSONAL Grupo de Empresas TUR BUS

Política y Procedimiento PRÉSTAMOS AL PERSONAL Grupo de Empresas TUR BUS Política y Procedimiento PRÉSTAMOS AL PERSONAL Grupo de Empresas TUR BUS Fecha Vigencia: 26 de octubre de 2012 Pág. 1/11 ÍNDICE 1. Generalidades......3 1.1. Descripción General... 3 1.2. Alcance... 3 1.3.

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 850-1 del Estatuto Tributario EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En

Más detalles

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( )

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) Por el cual se modifica el Régimen General de Inversiones de Capital del Exterior en Colombia y de Capital Colombiano en el Exterior

Más detalles

CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS

CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS Considerados en la Legislación Bancaria como depósitos irregulares de dinero que permiten conservar parte de los ingresos de las personas en previsión de necesidades

Más detalles

CUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO

CUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO CUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO Qué es una Cuenta de Ahorro Voluntario (CAV)? Es una cuenta independiente y distinta de las Cuentas de Capitalización Individual, que el afiliado puede abrir en forma voluntaria

Más detalles

DRUMMOND LTD. COLOMBIA

DRUMMOND LTD. COLOMBIA CONOZCAMOS EL PLAN INSTITUCIONAL Y LAS CONDICIONES ESPECIALES DE DRUMMOND LTD. COLOMBIA Dafuturo es un fondo voluntario de pensiones, diferente a los fondos obligatorios establecidos por la Ley 100 de

Más detalles

Anexo No. 1. Productos de Garantía

Anexo No. 1. Productos de Garantía Anexo No. 1 Productos de Garantía CÓDIGO LÍNEAS DE GARANTÍA 10 LÍNEA EMPRESARIAL AUTOMÁTICAS EMP001 Empresarial Multipropósito EMP015 Reestructuración Reorganización Empresarial (Ley 1116/06) EMP023 Microcrédito

Más detalles

REGLAMENTO DE CAJA DE AHORRO COOPERATIVA COOSOFAN LTDA. I. De los propósitos del ahorro y el reglamento

REGLAMENTO DE CAJA DE AHORRO COOPERATIVA COOSOFAN LTDA. I. De los propósitos del ahorro y el reglamento REGLAMENTO DE CAJA DE AHORRO COOPERATIVA COOSOFAN LTDA. I. De los propósitos del ahorro y el reglamento Artículo 1º. El Consejo de Administración de la Cooperativa Multiactiva COOSOFAN LTDA., habilita

Más detalles

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar

Más detalles

PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS Colectivo: ZUPC

PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS Colectivo: ZUPC Le presentamos la oferta financiera que en Barclays hemos diseñado especialmente para los componentes de su Colectivo. Un completo conjunto de producto y servicios creados no sólo para atender las necesidades

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular de las previstas

Más detalles

CRÉDITO PARA VIVIENDA

CRÉDITO PARA VIVIENDA CRÉDITO PARA VIVIENDA Se entiende como crédito de vivienda las operaciones activas de crédito otorgadas a los asociados que poseen la línea de Ahorro de Vivienda, determinadas a la adquisición de vivienda

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

ACUERDO No.005 DE 2014 REGLAMENTO DE AHORRO

ACUERDO No.005 DE 2014 REGLAMENTO DE AHORRO ACUERDO No.005 DE 2014 REGLAMENTO DE AHORRO La Junta Directiva del Fondo de Empleados Almacenes Exito, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial la que le confiere el artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO FONDO DE EMPLEADOS GAS NATURAL FAGAS ACUERDO No. 006 DE 2012 Por medio del cual se reforma el Reglamento de Ahorros La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Gas Natural - FAGAS

Más detalles

REGLAMENTO Y CONTRATO DE AHOPRRO PROGRAMADO FONDO DE EMPLEADOS ICONTEC

REGLAMENTO Y CONTRATO DE AHOPRRO PROGRAMADO FONDO DE EMPLEADOS ICONTEC Página 1 de 7 REGLAMENTO Y CONTRATO DE AHOPRRO PROGRAMADO FONDO DE EMPLEADOS ICONTEC Por el cual se adopta el reglamento de Ahorro Voluntario Contractual para los asociados del FONDO DE EMPLEADOS DEL ICONTEC.

Más detalles

CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

Fondo de Empleados de Cemex Colombia FECEM RESOLUCION No 008 de 2013 Acta No 186

Fondo de Empleados de Cemex Colombia FECEM RESOLUCION No 008 de 2013 Acta No 186 Fondo de Empleados de Cemex Colombia FECEM RESOLUCION No 008 de 2013 Acta No 186 Por el cual se adopta el Reglamento general de ahorro del Fondo La Junta Directiva de FECEM en uso de las facultades legales

Más detalles

Fondo ycaja deahorro. TratamientoLegalyFiscal

Fondo ycaja deahorro. TratamientoLegalyFiscal Fondo ycaja deahorro TratamientoLegalyFiscal 2014 Introducción Con el propósito de promover los derechos y la creación de fondos y Cajas de Ahorro entre los trabajadores, así como difundir los beneficios

Más detalles

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,

Más detalles

Crecemos juntos porque nos conocemos!

Crecemos juntos porque nos conocemos! Crecemos juntos porque nos conocemos! CRÉDITO FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información

Más detalles

No se podrán constituir cuentas conjuntas o colectivas entre personas naturales y jurídicas.

No se podrán constituir cuentas conjuntas o colectivas entre personas naturales y jurídicas. 1. DEPOSITOS A LA VISTA Características Dependiendo del número de titulares y de las firmas requeridas para la constitución y entrega de los fondos, las cuentas se pueden clasificar en individuales, conjuntas

Más detalles

Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde

Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde cualquier parte del mundo donde el usuario se encuentre. Tarjeta Maestro Tarjeta

Más detalles

LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE EMPLEADOS DE ROYAL & SUN ALLIANCE FERSAN REGLAMENTO DE APORTES Y CUPOS DE PRESTAMOS CONSIDERANDO

LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE EMPLEADOS DE ROYAL & SUN ALLIANCE FERSAN REGLAMENTO DE APORTES Y CUPOS DE PRESTAMOS CONSIDERANDO LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE EMPLEADOS DE ROYAL & SUN ALLIANCE FERSAN REGLAMENTO DE APORTES Y CUPOS DE PRESTAMOS CONSIDERANDO 1. Que en primer término se parte de las políticas generales que competen

Más detalles

INSTRUCTIVO SAP 03/2006 Manejo del Aporte Especial de Garantía e Inversiones de las Instituciones Administradoras de. Fondo de Pensiones

INSTRUCTIVO SAP 03/2006 Manejo del Aporte Especial de Garantía e Inversiones de las Instituciones Administradoras de. Fondo de Pensiones El Superintendente de Pensiones, en el ejercicio de las facultades legales contempladas en el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, EMITE el: INSTRUCTIVO SAP 03/2006 Manejo

Más detalles

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013 CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos

Más detalles

MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N S 2.

MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N S 2. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, Y SUS MODIFICACIONES

Más detalles

DECRETO 1861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO

DECRETO 1861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO República de Colombia libertad VOrden DECRETO 1861 Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 25 de la Ley 1450 de 2011, en relación con el régimen de inversiones aplicable a los patrimonios autónomos

Más detalles

Reglamento Cuenta BAC Objetivos

Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, sobre reversión del pago EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Más detalles

Boletín Jurídico 3.- CONSULTA SOCIETARIA: EMPRESA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Boletín Jurídico 3.- CONSULTA SOCIETARIA: EMPRESA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 3.- CONSULTA SOCIETARIA: EMPRESA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA El día 26 de enero del 2006, en el Registro Oficial Nro. 196, se publicó la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada,

Más detalles

FONDEATLAN REGLAMENTO DEL AHORRO CONTRACTUAL

FONDEATLAN REGLAMENTO DEL AHORRO CONTRACTUAL FONDEATLAN REGLAMENTO DEL AHORRO CONTRACTUAL F O N D E A T L A N Página 1 FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO FONDEATLAN ACUERDO No. 07 De 2010 (Mayo 25 de 2010) "Por el cual se adopta el

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Más detalles

ANEXO. Manual de Procedimientos para la Administración del Fondo Patrimonial de Donaciones de la Universidad EAN (Para estudiantes de pregrado).

ANEXO. Manual de Procedimientos para la Administración del Fondo Patrimonial de Donaciones de la Universidad EAN (Para estudiantes de pregrado). ANEXO Manual de Procedimientos para la Administración del Fondo Patrimonial de Donaciones de la Universidad EAN (Para estudiantes de pregrado). 1. Definiciones y criterios básicos. 1.1. Financiación Financiar

Más detalles

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación

Más detalles

CONTRATACIÓN ESTATAL

CONTRATACIÓN ESTATAL CONTRATACIÓN ESTATAL 2 Para qué y cuándo exigir garantías? Capítulo 6 El Estatuto General de Contratación establece que los contratistas prestarán garantía única para el cumplimiento de las obligaciones

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CAJA RURAL DE JAÉN Y EL COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS DE JAEN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CAJA RURAL DE JAÉN Y EL COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS DE JAEN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CAJA RURAL DE JAÉN Y EL COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS DE JAEN 1. INTRODUCCIÓN Se ha firmado un convenio de colaboración con el Colegio Oficial de Odontólogos

Más detalles

La consulta según sus términos se eleva con el fin de resolver las siguientes inquietudes.

La consulta según sus términos se eleva con el fin de resolver las siguientes inquietudes. OFICIO 220 0002840 DEL 19 DE ENERO DE 2015 ASUNTO: Ley 1527 de 2012 Me refiero a su comunicación radicada con el número 2014-01-532646, mediante la cual formula una serie de interrogantes, relacionados

Más detalles

MANUAL NORMATIVO DE PRÉSTAMOS ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL CIVIL NOMBRADO DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

MANUAL NORMATIVO DE PRÉSTAMOS ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL CIVIL NOMBRADO DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS MANUAL NORMATIVO DE PRÉSTAMOS ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL CIVIL NOMBRADO DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS 05 AGO 2008 1 I. GENERALIDADES 1. OBJETO Normar los procedimientos y responsabilidades

Más detalles

ABECÉ del programa Arriendo Social

ABECÉ del programa Arriendo Social Bogotá, 10 de septiembre de 2015. ABECÉ del programa Arriendo Social Luego de que el Ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao, y el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro, Augusto Posada Sánchez, presentaran

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- El Fondo de Ahorro de los Trabajadores del Instituto

Más detalles

FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO

FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO "FONVIMA" NIT No 890.105.676-1 CALLE 44 No. 36-95 TELS. 3414534-3049424 3049423 FAX 3414534 Email: Fonvima_atlantico@hotmail.com Info@fonvima.com Página:

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos DECRETO SUPREMO N 010-2014-EF

Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos DECRETO SUPREMO N 010-2014-EF Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 010-2014-EF Que, la Cuadragésima

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS DE PROGRAMAS ESPECIALES

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS DE PROGRAMAS ESPECIALES CAJA DE AHORRO Y PRESTAMO DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DE CABIMAS C.A.PRES.I.U.T.C. REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS DE PROGRAMAS ESPECIALES Cabimas, 02 de julio

Más detalles

Retiro parcial de las cesantías

Retiro parcial de las cesantías Retiro parcial de las cesantías En la actualidad, las cesantías representan ayudas económicas vigentes, no solo en el campo laboral sino también en el social a mediano y largo plazo, con esto se contribuye

Más detalles

Fondo de Pensiones Obligatorias

Fondo de Pensiones Obligatorias BENEFICIOS Y PRESTACIONES ADICIONALES Información general Cuál es el trámite para solicitar prestaciones? Después de aprobada la solicitud, cuál es el trámite para recibir el pago? Qué tipos de prestaciones

Más detalles