Documento Nuevas Leyes, Ministerio de Educación de la Nación. 1
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- Ana Moya Rivero
- hace 6 años
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1 DOCUMENTO PARA LA JORNADA INSTITUCIONAL Considerando los aportes de docentes, directivos e inspectores, producidos en la Jornada Institucional del mes de julio, se elaboró el siguiente documento para una nueva consulta para la adecuación organizativa de la Educación Primaria de Adultos a la Ley Fundamentación La sanción de Ley de Educación Nacional , aprobada por el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación el 14 de diciembre de 2006, tuvo como objetivos resolver los problemas de fragmentación y desigualdad que afectaban al sistema educativo y enfrentar los desafíos de una sociedad en la cual el acceso universal a la educación es el requisito básico para la justicia social. En tal sentido se imprimió una reorientación general del sistema a partir del principio central de garantizar el derecho a una educación de calidad para todos. Desde el punto de vista histórico, esta Ley obligó a repensar a la educación en el actual contexto cultural, social y económico del país, teniendo como referencia la evolución del sistema educativo desde la sanción de la Ley a fines del siglo XIX pero también, y de modo fundamental, las carencias y sesgos ideológicos que marcaron a la Ley Federal de Educación de La Ley reconoce a la educación y el conocimiento como un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado; fija la responsabilidad indelegable del Estado en materia educativa; garantiza a todos los ciudadanos el acceso a la información y el conocimiento; define los fines y objetivos de la educación; fijas las bases de organización, gobierno y funcionamiento del sistema educativo nacional; garantiza el financiamiento estableciendo un porcentaje mínimo de inversión equivalente a 6% del PBI; protege integralmente los derechos de niños y jóvenes y define las bases de la formación docente 1. Dentro de este marco, en el año 2007 se sancionó la Ley de Educación Provincial que, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, encarna los principios enumerados en el párrafo anterior. La nueva normativa derivó en fuertes cambios en la estructura, organización, propuesta y diseño curricular en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial, así como en un aumento sostenido en la remuneración del personal docente y en la inversión destinada a infraestructura escolar. En tal sentido, cabe destacar que la propia norma provincial garantiza la estabilidad laboral en el Art. 14 Las modificaciones que devengan de la aplicación de la presente Ley no afectarán los derechos laborales de los trabajadores de la educación docentes, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares- establecidos en la legislación vigente., y su posterior ratificación y ampliación en acuerdos paritarios entre la DGCyE y las entidades gremiales. 1 Tedesco, Juan Carlos. Leyes de Educación Nacional, hacia una educación de calidad para una sociedad más justa. Pág.11, Documento Nuevas Leyes, Ministerio de Educación de la Nación. 1
2 Estructura y organización Con la Ley quedó derogada la Ley Federal , que habilitaba a las Escuelas de Adultos a emitir certificación de nivel primario equivalente a 9º año. A partir de la nueva normativa el sistema educativo provincial cambió su estructura: educación Primaria y Secundaria obligatoria, con 6 años de duración respectivamente. En el art. 21 se establecen cuatro niveles:(educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior y se determinan las Modalidades entre las cuales se encuentra la Educación Permanente de Jóvenes, Adultos y Adultos Mayores. Si bien la Modalidad debe asegurar su especificidad en una propuesta curricular, acorde a la población destinataria, y en la organización por ciclos, la Escuela Primaria de Adultos no puede emitir certificaciones diferentes a las indicadas para cada nivel, de acuerdo a la Ley vigente. En la propuesta de adecuación de la Modalidad a la Ley , la Escuela Primaria de Adultos sostiene los tres ciclos, aunque modifica la acreditación que corresponderá al nivel primario actual. De acuerdo a la Ley de Educación Nacional , a la Ley de Educación Provincial y a la Resolución de CFE Nº 118 /10, la Escuela Primaria de Adultos comprende tres ciclos: - Alfabetización y Formación Integral - Formación Integral - Formación integral y Formación por Proyectos La Modalidad debe tomar como referencia el currículum del Nivel Primario, elaborando una Propuesta Curricular que sea adecuada a los sujetos destinatarios, amplíe y profundice los contenidos e incorpore nuevos. En este sentido, la correspondencia de los ciclos con los años de la escuela primaria común, constituye una aproximación general y no una equivalencia directa. Primer ciclo: 1º, 2º y 3º de Primaria Común Segundo ciclo: 4º y 5º de Primaria Común Tercer ciclo: 6º de Primaria Común Respecto de los contenidos del 3er ciclo, la propuesta curricular para la Modalidad tiene como objetivo la articulación con el nivel secundario. Para ello, se proponen incorporar nuevas Inglés, Informática y Tecnologías de la Comunicación y la Formación por Proyectos donde los contenidos teóricos de las áreas Matemática, Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, Prácticas del Lenguaje se pondrán en diálogo con la práctica a través del desarrollo de los talleres. - Al finalizar el tercer ciclo de la escuela primaria de adultos los alumnos obtendrán el certificado: Aprobó la Escuela Primaria de Adultos. -La educación primaria de adultos mantiene la característica de enseñanza ciclada y no graduada. La duración de un ciclo no es equivalente a un año escolar o calendario. Propuesta de estructura curricular La hora corresponde a una hora reloj. 2
3 Ciclo de: Alfabetización y Formación integral Ciclo de: Formación integral Ciclo de: Formación por proyectos y formación integral Prácticas del lenguaje (4hs Práctica del lenguaje (4hs Prácticas del lenguaje (3 hs Matemática (4hs Matemática (3hs Matemática (3hs Cs. Sociales (2hs Cs. Sociales (2hs Cs. Sociales (2 hs Cs. Naturales (2hs Cs. Naturales (2hs Cs. Naturales (2 hs Educación Artística (2 horas Talleres (3 hs De definición Institucional Educación Artística (2 horas De definición central El nuevo 3er ciclo Ciclo Complementario (1 h) Inglés (1 h) Inglés (1 h semanal) Ciclo Complementario (1 h.) Tecnologías de la Comunicación (1 h semanal) La Ley provincial considera que la Educación para Jóvenes, Adultos y Adultos Mayores tiene como objetivo garantizar el derecho a la educación, su ingreso a los niveles obligatorios, permanencia y egreso para el mundo del trabajo o la continuidad de estudios. La transformación del 3er ciclo de la primaria de adultos -denominado de Formación Integral y Formación por Proyectos-, implica la ampliación de los contenidos del 6to grado de la educación primaria común para generar una articulación con el nivel secundario -obligatorio por ley- con el objetivo de que los alumnos de la modalidad continúen sus estudios. El taller como espacio para la educación permanente y a lo largo de toda la vida La Ley provincial de Educación dice: La educación permanente de jóvenes y adultos es la Modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por la presente ley, a quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente, y a brindar posibilidades de educación a lo largo de toda la vida. Art.46. Nuestras escuelas, que históricamente han trabajado con lo sectores más postergados de la sociedad, tienen hoy la posibilidad de ampliar su universo de acción. Al hablar de educación permanente nos referimos a la educación a lo largo de toda la vida dando respuesta a la demanda y necesidad de los sujetos, aunque el sistema educativo también debe ofrecer otras alternativas. El acceso al conocimiento no se limita a los tiempos y las propuestas establecidas para la educación obligatoria (primaria-secundaria) sino que contempla la apertura hacia distintos ámbitos y a través de diversas experiencias de formación. En este sentido, las escuelas de Adultos tienen la particularidad, dentro del amplio sistema educativo, de desplegar su potencial en la comunidad. La adecuación a la ley abre la posibilidad de materializar una propuesta curricular específica para la Modalidad. Asimismo, se instaura la necesidad de recrear y sostener la formación de maestros de ciclo dentro de la carrera docente en los ISFD. 3
4 De los docentes: La propuesta para la Modalidad se llevará a cabo con MC excepto en las áreas de Inglés, Tecnología de la Comunicación y Artística que estarán a cargo de profesores de cada área o disciplina. Los talleres de Formación por Proyectos estarán a cargo de los actuales MC de las escuelas de Adultos. Para ello se prevé brindar capacitación en servicio para dotar a los docentes de herramientas que faciliten el recorrido de estos nuevos espacios. Con respecto a los actuales Ciclos Complementarios se considera sostener los mismos en 1º y 2º ciclo actualizando su propuesta pedagógica. Los talleres como nuevos espacios El espacio pedagógico de los talleres se sustenta en la práctica del docente de adultos que le ha dado una impronta específica a la Modalidad. De esta manera se reconoce y jerarquiza la labor del MC, tanto en la estructura organizativa como en la propuesta curricular. Al mismo tiempo, se amplían las herramientas pedagógicas de los maestros, a través de la capacitación docente en servicio, para enriquecer el trabajo con los diversos actores de la comunidad. En el nuevo 3er ciclo se propone la Formación por Proyectos a través de dos tipos de Talleres: uno de definición central y otro de definición institucional. Estos espacios están contemplados en la propuesta de estructura organizativa y curricular de la educación primaria de Adultos. Los talleres serán obligatorios para los alumnos de la Modalidad y estarán abiertos a las necesidades de la comunidad. Ambos, comunidad y alumnos, compartirán en algunos casos, un mismo espacio de formación. Tanto los alumnos que cursen el nivel obligatorio como los miembros de la comunidad que participan exclusivamente de los talleres constituyen matrícula de la escuela. En el caso de los alumnos con certificación del nivel primario, menores de 18 años y que no provengan de las escuelas primarias de Adultos, los talleres de fortalecimiento pedagógico (de definición central) constituirán un requisito para el ingreso a CENS, con 16 y 17 años. Consideramos que si bien la edad pautada para el ingreso a la secundaria de adultos es de 18 años, muchos jóvenes transitan por experiencias de vida que los posicionan en el rol del sujeto adulto, tal como la paternidad temprana o el trabajo como sostén económico personal o familiar, frente a lo cual el sistema educativo debe brindar oportunidades acordes a la realidad de esta franja etaria. Esta propuesta de adecuación a la ley es la oportunidad para generar condiciones organizativas a fin garantizar el derecho a la educación. La Escuela de Adultos emitirá constancia de los talleres. Los talleres podrán funcionar en diversos espacios físicos tales como: Escuelas Primarias de Adultos, Cens, y todo lugar público que reúna las condiciones básicas. Estos Talleres se definirán en dos niveles simultáneos: a) de definición institucional: Tienen por objeto dar respuesta a las necesidades detectadas en el alumnado y en la comunidad a partir de un diagnóstico que realizó el servicio educativo. Este es el punto de partida para atender las demandas comunitarias y estudiantiles a través de un proyecto sustentado en temáticas específicas. 4
5 Esto implica que las escuelas de Adultos podrán articular con diversas instituciones cooperativas, club de barrio, ONG, centros de jubilados, jóvenes en conflicto con la ley penal, etc. - para dar respuestas a problemáticas emergentes de esa comunidad a través del proyecto pedagógico aludido. El taller será cuatrimestral. La periodicidad y cantidad de talleres estarán definidos según: alumnos que se encuentren cursando el nivel: un taller por semana obligatorio. comunidad: uno o más talleres con frecuencia y carga horaria establecida por cada institución educativa. b) de definición central: Deberán desarrollarse propuestas que fortalezcan los contenidos curriculares y favorezcan la inclusión y permanencia en el nivel secundario, tales como técnicas de estudio, comprensión de textos, matemática, taller literario, etc. Desde el nivel central se propondrán talleres cuatrimestrales y cada institución educativa seleccionará de acuerdo a los siguientes criterios: Uno para los alumnos que se encuentren cursando el nivel primario. De cursada obligatoria, con una carga horaria de 1h.30 una vez por semana en horario escolar. Dos o más en el caso que los destinatarios hayan acreditado el nivel, no provengan de las escuelas primarias de Adultos y sean ingresantes a la secundaria de adultos de la Modalidad (CENS). La cantidad de talleres que deberá cursar el alumno estará sujeta al período de preparación para el ingreso a CENS ya que constituye uno de los requisitos para el ingreso de los menores a dichas instituciones educativas. También podrán estar contemplados en esta opción, los alumnos que actualmente se encuentran cursando la Secundaria de Adultos y necesitan ser acompañados en el proceso de aprendizaje. Uno o más para miembros de la Comunidad en general. ESQUEMA POSIBLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ES A) Para los alumnos de 3er ciclo que cursan primaria de Adultos Ejemplo: * Según la carga horaria correspondiente a Tecnologías de la Comunicación, Artística e Inglés. Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes 2 talleres (3 horas : -de definición central -de definición institucional -obligatorios para los alumnos -abiertos a la comunidad B) Para alumnos con primaria completa, entre 15 y 17 años, que aspiran a ingresar a un CENS con menos de 18 años. Funciona como espacio puente para garantizar el ingreso y permanencia en el nivel secundario. 5
6 Los talleres obligatorios, como puente articulador entre el nivel primario y secundario, significan un espacio pedagógico para a los alumnos menores de 18 años que no provienen de la Primaria de Adultos, y a los cuales se les debe garantizar el derecho a cumplimentar los niveles de educación obligatorios. Para alumnos que cursan el nivel secundario como espacio de apoyo. 2 o mas talleres, 2 veces por semana (como mínimo). Estos talleres serán de definición central Talleres posibles: Técnicas de estudio, lectura y comprensión de textos, taller de matemática. Ejemplo: Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes C) Ejemplo: Para la comunidad Articulación con diversas instituciones, municipio, ONG, organizaciones, cooperativas. De definición institucional a partir de demandas puntuales. 2 veces por semana (como mínimo). Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes D) Para alumnos de programas de terminalidad de Nivel Primario y Secundario. Las escuelas de Adultos propondrán proyectos de apoyo, a cargo de MC, a la propuesta pedagógica del programa. Estos proyectos se desarrollarán en las Escuelas de Adultos o en los espacios físicos donde funcionan los programas de terminalidad. De la normativa: La transformación de la primaria de Adultos tendrá que ser acompañada de una nueva normativa que actualice la existente y que de cuenta de la particularidad de la Modalidad en cuestiones tales como las secciones integradas que actualmente permite la conformación de grupos en lugares donde no se puede formar secciones puras. Del ingreso y promoción Los alumnos ingresarán a las escuelas primarias de Adultos con 14 años cumplidos al 30 de junio del ciclo lectivo. Los alumnos serán promovidos con una calificación mínima de siete (7) puntos. Capacitación docente : Se capacitará a los docentes (MC) de la Primaria de Adultos a partir del 2012: - capacitación en Educación Permanente para favorecer la implementación de la Formación por proyectos. Formación docente: Se ofrecerá a los MC la posibilidad de cursar un profesorado para habilitar el dictado de en el nivel secundario. 6
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