Reglamento del Fondo de Préstamos
|
|
- Antonio Raúl Peralta Sosa
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Reglamento del Fondo de Préstamos para Trabajadores de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero
2 ÍNDICE PÁGINA. CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN 1 CAPÍTULO II. DEFINICIONES 1 CAPÍTULO III. DEL FIN DE LOS PRÉSTAMOS 2 CAPÍTULO IV. DE LA APORTACIÓN A EL FONDO 3 CAPÍTULO V. DE LOS MONTOS DE LOS PRÉSTAMOS. 4 CAPÍTULO VI. INTERESES QUE CAUSARÁN LOS PRÉSTAMOS.. 4 CAPÌTULO VII. FONDO DE PROTECCIÓN Y RESPALDO CAPÍTULO VIII. DE LOS SUJETOS DE PRÉSTAMOS. 6 CAPÍTULO IX. DE LAS FACULTADES DEL COMITÉ TÉCNICO.. 6 CAPÍTULO X. DEL PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR PRÉSTAMOS 7 CAPÍTULO XI. DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS 9 CAPÍTULO XII. MECANISMOS PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS, INTERESES Y APORTACIONES VOLUNTARIAS AL FONDO 10 CAPÍTULO XIII. PROCEDIMIENTO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS E INTERESES Y APORTACIONES VOLUNTARIAS DE LOS PARTICIPANTES AL FONDO. 11 CAPÍTULO XIV. SISTEMA DE CONTABILIDAD DE LOS PRÉSTAMOS Y APORTACIONES VOLUNTARIAS DE LOS PARTICIPANTES.. 12 CAPÍTULO XV. DOCUMENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS DE EL FONDO 13 TRANSITORIOS. 13
3 CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN. Artículo 1. Las disposiciones del presente ordenamiento son de interés social y tienen por objeto reglamentar el sistema de préstamos que serán otorgados por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (CODDEHUM-GUERRERO), y el Sindicato Único de Servidores Públicos del Estado de Guerrero (SUSPEG), a trabajadores de la Institución, bajo las condiciones que aquí se establecen. Artículo 2. Para cumplir con el objeto, se observarán los siguientes principios: I. Garantizar el adecuado manejo del Fondo de préstamos; II. Otorgar préstamos a corto y mediano plazo, y III. Fomentar el hábito del ahorro. CAPÍTULO II. DEFINICIONES. Artículo 3. Para la correcta interpretación del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones: I. CODDEHUM-GUERRERO. Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero. II. SINDICATO. Sindicato Único de Servidores Públicos del Estado de Guerrero (SUSPEG). III. FONDO. Fondo de préstamos para trabajadores de la CODDEHUM-GUERRERO. IV. PARTICIPANTES. Los trabajadores de la CODDEHUM-GUERRERO, que realicen aportaciones al Fondo. V. INSTALACIÓN DEL FONDO. Se instaló el 01 de junio del VI. ANIVERSARIO DEL FONDO. Será el 01 de enero de cada año subsecuente.
4 VII. Fondo. BANCO. Institución en la que se depositarán los recursos provenientes del VIII. COMITÉ TÉCNICO. Órgano de administración del Fondo. IX. CONSULTORA. Proveedora ESAR, S.A. de C.V., encargada de la administración del Fondo. X. MANDATO DE DESCUENTO IRREVOCABLE. Documento que deberá contener los datos del Participante beneficiado de un préstamo del Fondo, así como el pagaré que ampara la cantidad otorgada, intereses y plazos de pago del préstamo, en el que acepta y se obliga a pagar la cantidad en las condiciones pactadas. XI. FONDO DE PROTECCIÓN Y RESPALDO. Se formará por las aportaciones quincenales de los Participantes beneficiados con un préstamo; que estarán incluidas en la mecánica y el cálculo de los intereses que generen los préstamos. CAPÍTULO III. DEL FIN DE LOS PRÉSTAMOS. Artículo 4. Los préstamos otorgados serán: I. Corto o mediano plazo; el primero será cubierto en veinticuatro y el otro en treinta y seis quincenas. II. Para atender contingencias; por gastos médicos mayores urgentes del Participante o algún familiar de éste, en caso de un riesgo no previsto, como accidente o fallecimiento de algún familiar.
5 CAPÍTULO IV. DE LAS APORTACIONES AL FONDO. Artículo 5. Para que el Fondo pueda cumplir sus objetivos, la CODDEHUM-GUERRERO depositará mensualmente al Banco la cantidad de $ 5, (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), la que podrá incrementarse por acuerdo de su Consejo Técnico. Artículo 6. Los Participantes del Fondo deberán realizar aportaciones vía nómina después de pagar impuestos, a que se obligaron, con el fin de incrementar el Fondo, manejándose éstas a través de cuentas individualizadas. Artículo 7. Los Participantes o sus familiares, tendrán derecho a la devolución de las aportaciones en los siguientes casos: I. Cuando el Participante fallezca o se produzca incapacidad permanente total. II. Cuando deje de laborar independientemente de la causa que le dé origen. III. Además de la devolución de las aportaciones a que se hace alusión, los Participantes o sus familiares tendrán derecho a que se les haga la entrega de la parte proporcional que les corresponda de las aportaciones hechas de manera quincenal al Fondo por la CODDEHUM-GUERRERO. IV. El Comité establecerá en términos de este Reglamento la parte proporcional de los intereses generados por los préstamos otorgados a los Participantes, que pudiera corresponderles en los casos señalados en las fracciones I y II de este artículo. V. La devolución se hará en el mes posterior a la fecha de lo ocurrido alguno de estos casos. La devolución de las aportaciones que refiere la fracción II, podrán ser retenidas en el caso de que el Participante tenga adeudos con el Fondo.
6 CAPÍTULO V. DE LOS MONTOS DE LOS PRÉSTAMOS. Artículo 8. Se podrán otorgar préstamos a los Participantes del Fondo, sobre la base de la tabla siguiente: TIPO IMPORTE % DE INTERÉS (*) PLAZO A $ 0.01 a 5, % 24 Qnas. B 5, a 10, % 36 Qnas. C 10, en adelante 9% 36 Qnas. (*) Interés Anual Fijo. El Comité Técnico analizará la situación financiera del Fondo y podrá modificar la tabla de los préstamos, intereses y plazos. Artículo 9. El monto de los préstamos se harán tomando en consideración que los descuentos quincenales para reintegrar la cantidad prestada e intereses sumados a los descuentos por cualquier otro adeudo, no excedan del 70% de las percepciones salariales del Participante. Artículo 10. En el caso de que un Participante no haya terminado de pagar un préstamo, y llegara a solicitar de otro, se le podrá otorgar siempre y cuando tenga capacidad de pago para cubrirlo. CAPÍTULO VI. INTERESES QUE CAUSARÁN LOS PRÉSTAMOS. Artículo 11. Los intereses que causarán los préstamos los establecerá el Comité Técnico. Dichos intereses considerarán que el Fondo no se vea afectado negativamente.
7 Artículo 12. Cualquier modificación a la tasa de interés se formalizará mediante un acta del Comité Técnico. CAPÌTULO VII. FONDO DE PROTECCIÓN Y RESPALDO. Artículo 13. El costo del Fondo de Protección y Respaldo, se integrará con un descuento único que se realizara al préstamo de los Participantes beneficiados. Artículo 14. En caso de muerte o incapacitad total permanente del Participante que tenga préstamo, éste o sus beneficiarios serán liberados de las obligaciones de pagar el monto del préstamo e intereses adeudados a la fecha de la muerte o incapacidad. Artículo 15. Los adeudos que por concepto de préstamos no fuesen cubiertos por los Participantes por motivo de renuncia, despido, cese o permiso, después de seis meses de su vencimiento, se cargarán al Fondo de Protección y Respaldo. Sin embargo el Comité Técnico del Fondo determinará se cubra la cantidad adeudada con las aportaciones que haya realizado y en caso de no cubrir el adeudo con éstas, podrá acudir a los medios legales de cobro y abonar a dicho Fondo las cantidades que se recuperen. Artículo 16. El importe del Fondo de Protección y Respaldo se aplicará conforme a la siguiente tabla: TIPO IMPORTE FONDO DE PROTECCIÓN Y RESPALDO A $ 0.01 a 5, % B 5, en adelante 3% Artículo 17. El Comité Técnico analizará la situación financiera del Fondo y podrá modificar la tabla del Fondo de Protección y Respaldo, la que se formalizará mediante acta.
8 CAPÍTULO VIII. DE LOS SUJETOS DE PRÉSTAMOS. Artículo 18. Podrán recibir préstamos los Participantes que reúnan los siguientes requisitos: I. Ser trabajador de la CODDEHUM-GUERRERO; tener vigente su constancia y estar en nómina; II. No se considerarán participantes del Fondo, a los que dejen de prestar sus servicios, independientemente de la causa. CAPÍTULO IX. DE LAS FACULTADES DEL COMITÉ TÉCNICO. Artículo 19. El Comité Técnico es el máximo órgano de administración del Fondo. Artículo 20. El Comité Técnico se integra de la siguiente manera: I. El Secretario General del Sindicato. II. El Secretario Técnico de la CODDEHUM-GUERRERO. III. El Secretario General de la Sección LX del Sindicato IV. El Secretario de Previsión Social del Comité Central Ejecutivo del Sindicato; y V. El Director General Administrativo de la CODDEHUM-GUERRERO. Artículo 21. El Comité Técnico tendrá las siguientes facultades: I. Recibir y revisar las solicitudes de préstamos; II. Dictaminar acerca del otorgamiento de los préstamos; III. Recibir las impugnaciones, en caso de que se presenten; IV. Hacer propuestas de modificación al presente reglamento;
9 V. Otorgar becas para los hijos de los Participantes o comprar seguros de vida para éstos de los intereses que generen los préstamos; VI. Resolver los casos no previstos y los conflictos que se presenten con motivo de la aplicación del presente reglamento; VII. Las demás que establezca este Reglamento. Artículo 22. El Comité Técnico tomará sus decisiones por mayoría simple. En ningún caso se podrán tomar resoluciones con menos de tres votos a favor de alguna propuesta. El Presidente de dicho Comité será el Secretario General del Sindicato, invariablemente. Siendo el Secretario el Director General Administrativo de la CODDEHUM-GUERRERO. Corresponde al Presidente del Comité y al Secretario Técnico de la CODDEHUM- GUERRERO, en forma mancomunada la firma de los cheques que se emitan a los Participantes beneficiarios con un préstamo. CAPÍTULO X. DEL PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR PRÉSTAMOS. Artículo 23. Todo Participante que requiera un préstamo, deberá reunir los requisitos establecidos en el presente Reglamento. La solicitud de préstamo podrá ser entregada en las oficinas de la Sección LX del Sindicato o de la Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO. La distribución de la solicitud es totalmente gratuita. La entrega de ésta no garantiza el otorgamiento del préstamo. Artículo 24. El Participante deberá incluir y anexar a la solicitud: I. Nombre completo. II. Registro Federal de Causantes (R.F.C.).
10 III. Domicilio. IV. Teléfono. V. Fecha de ingreso a la CODDEHUM. VI. Área de trabajo VII. Número de empleado. VIII. Categoría. IX. Percepción líquida quincenal. X. Uso que le dará al préstamo (en caso de contingencia). XI. Copia fotostática del último comprobante de pago. XII. Copia de la credencial de elector. XIII. Copia de la documentación que demuestre la necesidad del préstamo (en caso de contingencia). Artículo 25. Para el otorgamiento de los préstamos se tomarán en cuenta los siguientes aspectos, en ese orden de importancia: I. Antigüedad en la CODDEHUM-GUERRERO. II. Destino del préstamo. III. Tener capacidad crediticia. Artículo 26. Se verán favorecidos preferentemente los Participantes que tengan que cubrir gastos médicos mayores, urgentes o alguna contingencia. Artículo 27. Bajo ninguna circunstancia se podrán destinar los préstamos a cubrir alguna necesidad del Participante que constituya una obligación de la CODDEHUM- GUERRERO. Artículo 28. Para otorgar los préstamos, el Comité Técnico se reunirá y analizará las solicitudes presentadas por los participantes del Fondo. Artículo 29. El Comité Técnico jerarquizará las solicitudes de acuerdo con este reglamento y revisará la situación del Fondo para el otorgamiento de los préstamos.
11 CAPÌTULO XI. PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS. Artículo 30. Una vez recibida la documentación del Participante, se turnará al Comité Técnico, para que analice cada una de las solicitudes bajo las siguientes consideraciones: I. Que los Participantes cumplan con los requisitos establecidos por el presente reglamento. II. Que el solicitante disponga de la capacidad de pago necesaria, para que los descuentos por capital e intereses vía nómina, no excedan del límite máximo estipulado en el capítulo V, del presente Reglamento. III. Verificará la necesidad de la solicitud del préstamo, esté sustentada con documentos idóneos. IV. Conocer con exactitud el Fondo existente y la cantidad disponible para préstamos. V. Elaborar el acta de los Participantes beneficiados con los préstamos y la prelación de éstos, es decir, la preferencia con unos serán atendidos respecto de los otros. VI. Enviar la documentación a la Consultora, para que elabore el mandato de descuento irrevocable, el cheque y pagaré a nombre de los Participantes. VII. El Participante beneficiario recibirá de la Consultora el cheque correspondiente. CAPÍTULO XII. MECANISMOS PARA LA RECUPERACIÒN DE LOS PRÉSTAMOS E INTERESES, ASÍ COMO DE LAS APORTACIONES VOLUNTARIAS AL FONDO. Artículo 31. La recuperación de los préstamos otorgados a los Participantes beneficiados,
12 será de la siguiente manera: I. Por retención quincenal en recibo de pago, mediante la leyenda Recuperación de Crédito, misma que se aplica como una deducción y por el importe especificado en el Mandato de Descuento Irrevocable. II. Por depósito en cuenta bancaria de el Fondo, directamente por el Participante beneficiado, en caso que deje de ser trabajador o cuando opte por realizar pagos anticipados, sin penalización alguna, siempre y cuando lo autorice el Comité Técnico. III. En caso de cese o que por otras causas graves de conformidad con las leyes aplicables, el Participante no pudiera cubrir los abonos del préstamo, podrá concedérsele previa solicitud, un plazo de espera de seis meses, al término del cual deberá reanudar sus pagos en los plazos y condiciones que señale el Comité Técnico. IV. En el caso de jubilación de un Participante que tenga adeudo pendiente con el Fondo, deberá pagar en la cuenta bancaria el total de su adeudo. V. En caso de fallecimiento o de incapacidad total y permanente de un trabajador que tenga adeudo pendiente con el Fondo, este adeudo será cubierto por el Fondo de Protección y Respaldo. VI. En los casos de descuentos indebidos o no aplicados, los interesados deberán presentar su inconformidad por escrito al Comité Técnico, para que éste solicite a la Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, la corrección a la brevedad posible. VII. La recepción y envío de información que gire el Comité Técnico a la Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, se realizará conforme al calendario de cierre de pagos previamente establecido. VIII. El intercambio de información entre el Comité Técnico y la Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, será a través de medios magnéticos, los cuales serán acordados y autorizados por ambas partes. IX. Solicitará el Comité Técnico a la Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, que quincenalmente informe los descuentos que se apliquen
13 a los Participantes beneficiarios por concepto de Recuperación de Crédito, con el fin de integrar las retenciones a favor del Fondo y éste pueda contabilizarlas oportunamente. Artículo 32. Las aportaciones voluntarias al Fondo. Aparecerán en el recibo de pago con la clave correspondiente y la leyenda de aportaciones voluntarias, que se aplicarán como deducciones. La Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, enviará al Comité Técnico un informe mensual sobre las aportaciones voluntarias que se realicen a los Participantes, con el fin de integrarlas a favor del Fondo y las pueda contabilizar oportunamente. CAPÍTULO XIII. PROCEDIMIENTO PARA LA INFORMACIÒN DE LA RECUPERACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS E INTERESES Y APORTACIONES DE LOS PARTICIPANTES AL FONDO. Artículo 33. La Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, proporcionará a la Consultora un archivo en un medio magnético o electrónico, con la misma frecuencia en que se procesen los recibos de pago de los Participantes, conteniendo: I. Número de empleado. II. Nombre del empleado. III. Registro federal de causantes. IV. Fecha de ingreso a la CODDEHUM-GUERRERO. V. Sueldo líquido quincenal. VI. Categoría. VII. Importe del descuento quincenal. VIII. Aportación voluntaria del participante.
14 Artículo 34. La Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, recibirá de la Consultora información sobre saldos actualizados o nuevos, en medio magnético y afectando la base de datos. Artículo 35. La Dirección General Administrativa de la CODDEHUM-GUERRERO, depositará las retenciones por recuperación de los créditos, intereses y aportaciones voluntarias y la de la CODDEHUM-GUERRERO, en la cuenta bancaria correspondiente. CAPITULO XIV. SISTEMA DE CONTABILIDAD DE LOS PRÉSTAMOS Y APORTACIONES VOLUNTARIAS DE LOS PARTICIPANTES. Artículo 36. La Consultora llevará un sistema de cómputo para el manejo contable y financiero de los préstamos otorgados por el Fondo, y de las aportaciones voluntarias de los participantes, debiendo realizar lo siguiente: I. Elaborar los estados financieros generales a solicitud expresa del Comité Técnico. II. Llevar el control general de las cuentas, III. Elaboración de estado de cuenta analítico para cada deudor previa solicitud del Comité Técnico. IV. Realizar los mandatos de descuento. V. Remitir el análisis de los préstamos otorgados por el Fondo previa solicitud del Comité Técnico. VI. Hacer el reporte de las Aportaciones Voluntarias de los Participantes mediante estados de cuenta individuales. Artículo 37. La Consultora presta servicios profesionales al Sindicato, por lo que no existe ninguna relación laboral de su personal con la Comisión, por las actividades que realice derivadas de este Reglamento.
15 CAPITULO XV. DOCUMENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS PRÉSTAMOS DE EL FONDO. Artículo 38. Para la operación de los préstamos serán utilizados los siguientes formatos: I. Solicitud de Ingreso; II. Solicitud de Préstamos ; III. Mandato de Descuento Irrevocable, y IV. Pagaré. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al siguiente día de su aprobación y se publicará en el órgano oficial de la CODDEHUM-GUERRERO, para conocimiento de los Participantes. ARTÍCULO SEGUNDO. Aprobado por unanimidad de votos por el H. Consejo Técnico de la CODDEHUM-GUERRERO, en sesión ordinaria del día nueve de julio de dos mil nueve, firmando al calce para constancia los CC. Presidente, Consejeros Técnicos y Secretario Técnico de la CODDEHUM-GUERRERO.
16 C. JUAN ALARCÓN HERNÁNDEZ PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE GUERRERO. C. MA. FAUSTA LUNA PACHECO. C. ANTONIO TORRES MONTORO. C. JUAN CERVANTES GÓMEZ. C. LETICIA CASTRO ORTIZ. C. ÁNGEL MIGUEL SEBASTIÁN RÍOS SECRETARIO TÉCNICO DE LA COMISIÓN Y DEL H. CONSEJO TÉCNICO.
17 Comité Técnico del Reglamento del Fondo de Préstamos. LIC. LUIS ROMÁN MIRANDA SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO. LIC. ÁNGEL MIGUEL SEBASTIAN RÍOS SECRETARIO TÉCNICO DE LA CODDEHUM-GUERRERO. LIC. DAVID GUZMÁN SAGREDO SECRETARIO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL SINDICATO. C.P. MÓNICA CORONEL NAVARRETE DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA DE LA CODDEHUM-GUERRERO. C. LAURA ELENA PRUDENCIANO ROSALES SECRETARIA GENERAL DE LA SECCIÓN LX DEL SINDICATO.
Reglamento de Préstamos Personales a Corto Plazo, del Municipio de Uriangato, Gto. 08 OCTUBRE 2002
Reglamento de Préstamos Personales a Corto Plazo, del Municipio de Uriangato, Gto. 08 OCTUBRE 2002 AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., 8 DE OCTUBRE DEL 2002 NUMERO 120 SEGUNDA PARTE PRESIDENCIA MUNICIPAL
Más detallesNORMA TÉCNICA No. 11
SINDICATURA MUNICIPAL DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD NORMA TÉCNICA No. 11 PRÉSTAMOS A PERSONAL 1 CONTENIDO Antecedentes...3 Marco legal...4 Objetivos...5 Dependencias y su área de aplicación....6 Descripción
Más detallesREGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES A CORTO PLAZO, DEL MUNICIPIO DE URIANGATO, GTO.
REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES A CORTO PLAZO, DEL MUNICIPIO DE URIANGATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato Año LXXXIX Guanajuato, Gto., 8 de Octubre del 2002 Número 120
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME
REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- El Fondo de Ahorro de los Trabajadores del Instituto
Más detallesReglamento de Préstamos para el Personal que Labora en la Administración Municipal para el Municipio de San José Iturbide, Gto.
REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PARA EL PERSONAL QUE LABORA EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SAN JOSÉ ITURBIDE, GTO. Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato Año XC Tomo CXlI Guanajuato, Gto., a
Más detallesREGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA
REGLAMENTO DE CREDITOS DE FOPICTA REGLAMENTO DE CREDITO DEL FONDO DE PENSIONES PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA AGRICOLAS FOPICTA- CAPITULO I FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. Normativa:
Más detallesMANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
PROCEDIMIENTO: 075 OTROS CRÉDITOS ACEPTADOS POR EL SERVIDOR PÚBLICO OBJETIVO: Establecer el procedimiento para la validación, retención y entero de los descuentos efectuados a través de la nómina a los
Más detallesProcedimiento para el cobro de muestras y análisis clínicos de usuarios y derechohabientes de la UADY
Página: 1 de 14 1.-OBJETIVO Realizar el cobro de los Usuarios y Derechohabientes de la UADY que acuden a la Facultad de Química para realizar análisis clínicos. 2.- ALCANCE A todos los usuarios y Derechohabientes
Más detallesANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO 2. CARACTERÍSTICAS
ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO La Libranza Consumo Bancolombia es un crédito que se otorga a los empleados y/o jubilados de una determinada
Más detallesI. OBJETIVO II. ALCANCE
Página 1 de 11 I. OBJETIVO Elaborar oportunamente la nómina quincenal y/o mensual, vigilando su correcta aplicación en sueldos, para que los servidores públicos perciban la remuneración que les corresponde
Más detallesREGLAMENTO DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BASICA Y TRANSFERIDOS.
REGLAMENTO DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BASICA Y TRANSFERIDOS. CAPITULO PRIMERO DEL OBJETIVO, INTEGRACIÓN, MANEJO E INAFECTABILIDAD DEL FONDO. ARTÌCULO 1.- Son objetivos de este
Más detallesREGLAMENTO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE RETIRO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE AGUAS DEL MUNICIPIO DE DURANGO
REGLAMENTO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE RETIRO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE AGUAS DEL MUNICIPIO DE DURANGO El Fondo de Retiro de los trabajadores del STAMD es de carácter patrimonial
Más detallesCAPÍTULO IV DE LAS CUOTAS DE APORTACIONES DE LOS SOCIOS
CAPÍTULO IV DE LAS CUOTAS DE APORTACIONES DE LOS SOCIOS ARTÍCULO 8.- LOS SOCIOS DEBERÁN PAGAR SUS CUOTAS Y APORTACIONES A TRAVÉS DE DESCUENTO QUINCENAL POR NÓMINA U OTRO MEDIO QUE EN ATENCIÓN A LA NATURALEZA
Más detallesFIDEICOMISO FIGLOSNTSA SINALOA F/466 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS DEL TRABAJADOR DE LA SALUD
FIDEICOMISO FIGLOSNTSA SINALOA F/466 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS DEL TRABAJADOR DE LA SALUD CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS E INFORMACIÓN DE OPERACIÓN Y CONTROL I. REQUISITOS PARA TENER DERECHO A
Más detallesI. Cobro de préstamos.:
INFORMACIÓN SOBRE PRÉSTAMOS Una de las principales bondades del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores del la Educación de Tamaulipas, es el otorgamiento de créditos. REQUISITOS GENERALES.
Más detallesReglamento para el Otorgamiento de Préstamos a Favor de los Servidores P úblicos de la Administración P ública de Ocampo, Estado de Guanajuato
26 junio 2001 año lxxxviii Tomo CXXXIX Guanajuato, Gto., a 26 de junio de 2001 numero 51 Presidencia Municipal - Reglamento Para el Otorgamiento de Préstamos a Favor de los Servidores Públicos de la Administración
Más detallesReglamento del Fondo de Ahorro
Reglamento del Fondo de Ahorro Reglamento del Fondo de Ahorro I. Fondo de Ahorro Artículo 1.- El fondo de ahorro del SITUAM se constituyo con $ 2,000.000.00 (dos millones de pesos m.n.) por tiempo indefinido,
Más detallesLINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE
LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE 1 LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE, CON
Más detallesREGLAMENTO COMPRA DE LIBROS NACIONALES Y EXTRANJEROS
1 CONSEJO UNI VERSI TARI O ARTICULO I: REGLAMENTO COMPRA DE LIBROS NACIONALES Y EXTRANJEROS La UNED comprará libros editados en cualquier país, cuando las obras representen necesidades académicas directas
Más detallesREGLAMENTO PARA PRÉSTAMOS, AHORROS Y FONDO DE RETIRO. Revisó
Página 1 de 7 El Consejo de Administración, con base a las facultades que le confieren los Estatutos de la Sociedad Cooperativa Solidarista, se establece el siguiente Préstamos, ahorros y fondo de retiro.
Más detallesINSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO
64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2007 INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO REGLAS de carácter general para el tratamiento de cuentas mancomunadas o que tengan más de
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACION DEL PERSONAL SINDICALIZADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS
REGLAMENTO DEL COMITÉ PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACION DEL PERSONAL SINDICALIZADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS FINES E INTEGRACION ART. 1º. El Comité para la Administración
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE NÓMINAS Y CONTROL DE PAGOS
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Dirección de administración y Desarrollo de Personal DEPARTAMENTO DE NÓMINAS Y CONTROL DE PAGOS TOLUCA DE LERDO, MÉXICO MARZO
Más detallesMéxico, D.F., a 13 de julio de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:
Circular 6/2007 TEXTO COMPILADO DE LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO RESPECTO DE LAS CUENTAS BÁSICAS DE NÓMINA Y PARA EL PÚBLICO EN GENERAL, A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO. l. DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AHORRO l. DISPOSICIONES GENERALES 1. El Superfondo Fondo de Empleados fomentará el hábito del ahorro entre sus asociados y con tal fin, recibirá y mantendrá ahorros en depósito
Más detallesReglamento de la Caja de Ahorro UIA
Reglamento de la Caja de Ahorro UIA CAPÍTULO PRIMERO: ASPECTOS GENERALES...1 CAPÍTULO SEGUNDO: GLOSARIO...1 CAPÍTULO TERCERO: DEL INGRESO A LA CAJA DE AHORRO UIA... 3 CAPÍTULO CUARTO: DE LA PERMANENCIA
Más detallesMANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACION DE PERSONAL
PROCEDIMIENTO: 295 PRIMA DE ANTIGÜEDAD OBJETIVO: Otorgar a los servidores públicos o en su caso, a los beneficiarios de estos, el pago de la Prima de Antigüedad, que establece la Ley del Trabajo de los
Más detallesSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DEL RÉGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. Objeto: Reglamentar el otorgamiento de pensiones
Más detallesCAPÍTULO I CAPÍTULO II O B J E T O
REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS DEL CIMEQH CAPÍTULO I Articulo 1. El presente Reglamento contiene las normas que regulan el programa de préstamos del Fondo de Auxilio Mutuo del Colegio de Ingenieros Mecánicos,
Más detallesPolítica y Procedimiento PRÉSTAMOS AL PERSONAL Grupo de Empresas TUR BUS
Política y Procedimiento PRÉSTAMOS AL PERSONAL Grupo de Empresas TUR BUS Fecha Vigencia: 26 de octubre de 2012 Pág. 1/11 ÍNDICE 1. Generalidades......3 1.1. Descripción General... 3 1.2. Alcance... 3 1.3.
Más detallesMANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES
Más detallesREGLAMENTO DE AHORRO
REGLAMENTO DE AHORRO CAPÍTULO I 1. Todos los socios de la Cooperativa CACEC LTDA., podrán abrir una o varias Cuentas de Ahorro en la Institución: Las modalidades para su funcionamiento se regirán de acuerdo
Más detallesINSTITUTO DE CREDITO EDUCATIVO EDUCREDITO
REGLAMENTO FONDO ACADÉMICO ESPECIAL FAE CAPÍTULO I DE LA NATURALEZA Y LOS FINES Artículo 1. Crease el FONDO ACADÉMICO ESPECIAL de préstamos a Corto, Mediano y Largo Plazo que en lo sucesivo se denominará
Más detalles[Escriba texto] P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES
P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES I. CONTRATO Estas Condiciones Generales, la solicitud de seguro, los consentimientos, los listados de asegurados proporcionados por el Contratante,
Más detallesGUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO
GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO I. OBJETIVO Orientar al contratista y al interventor/supervisor sobre los aspectos generales y las recomendaciones a seguir para el adecuado manejo de los recursos públicos
Más detallesLa Gaceta REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON GARANTÍA DE LAS APORTACIONES
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON GARANTÍA DE LAS APORTACIONES ARTICULO 1 CAPITULO I DE LA CREACION Créase el Programa de Préstamos con Garantía de las Aportaciones de los afiliados activos al Régimen
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO
Reglamento aprobado por la Junta Directiva de la Dirección de Pensiones Civiles del Estado de Michoacán, en su sesión ordinaria celebrada el día 26 veintiséis de febrero del año 2015, para normar el otorgamiento
Más detallesFIDEICOMISO FIGLOSNTE 16 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS MAGISTERIALES
FIDEICOMISO FIGLOSNTE 16 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS MAGISTERIALES CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS E INFORMACIÓN DE OPERACIÓN Y CONTROL I. REQUISITOS PARA TENER DERECHO A PRÉSTAMO: a) SER SOCIO ACTIVO
Más detallesSISTEMA DE INTEGRADO DE GESTION GAL P 003 PROCESO ADMINISTRACION Y LOGISTICA VERSIÓN 0 MANEJO DE CAJA MENOR
PAGINA 1 de 7 PROCEDIMIENTO PARA Elaboró: Revisó: Aprobó: FIRMADO EL ORIGINAL Fabián Tovar Ladino Coordinador HSEQ FIRMADO EL ORIGINAL Nelson Sterling Cuellar Director Administrativo y Logístico FIRMADO
Más detallesPOLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES
POLITICAS GENERALES Grupo Loma del Norte S.A de C.V. se reserva el derecho de modificar en cualquier momento: términos, precios, condiciones y descuentos en cualquier producto, así como en promociones,
Más detalles3. Son sujetos de los presentes lineamientos los servidores públicos del Instituto, que estén contratados en una plaza presupuestal.
LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RETIRO Y RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DE LAS RAMAS ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO 2015.
Más detallesCRITERIOS PARA OPERACIÓN DE PRÉSTAMOS DE CAJA DE
CRITERIOS PARA OPERACIÓN DE PRÉSTAMOS DE CAJA DE AHORROS DE FIGLOSNTE 27 SE PRESENTAN LOS CRITERIOS CON LOS QUE SE OPERAN LOS PRÉSTAMOS DE CAJA DE AHORROS DE FIGLOSNTE 27 1. PARTICIPAN LOS SOCIOS QUE HAN
Más detallesREGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PRESTAMO A FAVOR DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE OCAMPO, GTO.
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PRESTAMO A FAVOR DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE OCAMPO, GTO. 26 JUNIO 2001 AÑO LXXXVIII TOMO CXXXIX GUANAJUATO, GTO., A 26 DE JUNIO DE 2001 NUMERO
Más detallesI. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO
COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES
Más detallesFONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR. REGLAMENTO CAPITULO I
FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR. REGLAMENTO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: Las disposiciones contenidas en este Ordenamiento, tiene por objeto fijar las condiciones
Más detallesFondo ycaja deahorro. TratamientoLegalyFiscal
Fondo ycaja deahorro TratamientoLegalyFiscal 2014 Introducción Con el propósito de promover los derechos y la creación de fondos y Cajas de Ahorro entre los trabajadores, así como difundir los beneficios
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DIRECCIÓN DE FINANZAS
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas DIRECCIÓN DE FINANZAS TOLUCA DE LERDO, MÉXICO FEBRERO DE 2008 PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (COOPEASAMBLEA R. L.) REGLAMENTO DE AHORROS A LA VISTA
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (COOPEASAMBLEA R. L.) REGLAMENTO DE AHORROS A LA VISTA ARTÍCULO 1: CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente Reglamento
Más detallesINSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION
INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en
Más detallesOBJETIVO A) ÁMBITO DE APLICACIÓN
GUÍA PARA LA ASIGNACION, OPERACIÓN, COMPROBACIÓN Y REEMBOLSO DEL FONDO ROTATORIO DE LOS CENTROS DE TRABAJO ADSCRITOS AL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA (INBAL) EJERCICIO PRESUPUESTAL 2013
Más detallesCAPITULO I CAPITULO II DE LA NATURALEZA DEL FONDO DEL CONSEJO TÉCNICO ADMINISTRATIVO
CAPITULO I DE LA NATURALEZA DEL FONDO Artículo No. 1. Este FONDO DE SEGURO DE VIDA que en lo sucesivo se denominará como el Fondo se constituye como un patrimonio exclusivo de la Asociación de Catedráticos
Más detallesComisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
PROYECTO DE NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO CAMBIARIO CREDITICIO A SER OBSERVADAS POR LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO EN EL OTORGAMIENTO DE FACILIDADES EN MONEDA EXTRANJERA CAPITULO I DISPOSICIONES
Más detallesReglamento Cuenta BAC Objetivos
Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio
Más detallesMANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
PROCEDIMIENTO: 361 ADMINISTRACIÓN DE CRÉDITOS DE LOS FONDOS DE APOYO A LA VIVIENDA PARA SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO AFILIADOS A LOS SINDICATOS SMSEM Y SUTEYM Y PARA SERVIDORES PÚBLICOS DEL
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO. ACUERDO 0072 (Junio 2014)
FONDO DE EMPLEADOS DE BAT COLOMBIA FEBATCO ACUERDO 0072 (Junio 2014) Por medio del cual se establecen y reglamentan los servicios de Ahorro y Aportes de FEBATCO La Junta Directiva del Fondo de Empleados
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS. ACUERDO No.047
FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS ACUERDO No.047 Por medio del cual se adopta el Reglamento de Ahorros del Fondo de Empleados
Más detallesARTÍCULO 97. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: I...
ARTÍCULO 97. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: I.... II. Pago de rentas a que se refiere el artículo 151. Este descuento no
Más detalles4 Proceso: CONTROL PRESUPUESTAL
1 Control Presupuestal 8.1 OBJETIVO: Controlar los recursos financieros asignados a la Procuraduría, incluyendo el Sistema de Gestión de Calidad bajo los principios de Contabilidad Gubernamental, racionalidad
Más detallesAsignación y Comprobación de Gastos PR-SC-08
PROCEDIMIENTO PR-SC-08 FIRMAS DE AUTORIZACIÓN Elaboró Revisó C. Cecilia Galindo Hernández C.P. Beatriz D. Ma. Paniagua Mejía Subdirectora de Contabilidad Aprobó Datos de Control Lic. David Sinuhé Saldaña
Más detallesHOJA DE PRESENTACIÓN ACADÉMICO-ADMINISTRATIVA ÁMBITO DE APLICACIÓN UNIVERSIDAD ICEL I. PROPÓSITO... 2 II. ALCANCE... 2
HOJA DE PRESENTACIÓN ACADÉMICO-ADMINISTRATIVA ÁMBITO DE APLICACIÓN Página 1 de 16 ÍNDICE PÁGINA I. PROPÓSITO........................................................... 2 II. ALCANCE.............................................................
Más detallesTEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE.
GESTIÓN FINANCIERA. TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE. 1.- Los procesos de inversión. Pasos del proceso de inversión. Aspectos a tener en cuenta en el proceso inversor. Los
Más detallesReglamento de la Caja de Ahorro UIA
Reglamento de la Caja de Ahorro UIA Capítulo Primero: Aspectos Generales... 1 Capítulo Segundo: Del Ingreso y la Permanencia en la Caja de Ahorro UIA... 2 Capítulo Tercero: De las Aportaciones... 3 Capítulo
Más detallesREGLAMENTO DEL FONDO AUXILIAR PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO
REGLAMENTO DEL FONDO AUXILIAR PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 5 CAPÍTULO II. REGISTRO Y CONTROL
Más detallesFORMULARIO RC RELATIVO A LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITALIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO (vigente a partir de 1 abril del 2015)
FORMULARIO RC RELATIVO A LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITALIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO (vigente a partir de 1 abril del 2015) Contenido Ayudas Genéricas... 3 I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO
Más detallesProyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO
FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO Artículo 1. Créase un "Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas", denominado,
Más detallesLEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios
LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley de reprogramación de créditos universitarios: (2) Artículo 1º.- Los deudores de los Fondos Solidarios
Más detallesDisposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007
Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 México, D.F., a 29 de noviembre de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES FINANCIERAS DE
Más detallesCréditos en Cofinanciamiento con INFONAVIT
Créditos en Cofinanciamiento con INFONAVIT El INFONAVIT tiene un producto para otorgar créditos en cofinanciamiento, llamado crédito Cofinavit, ésta es una excelente alternativa para derechohabientes que
Más detallesArtículo 176. Fracción V
Artículo 176 Fracción V Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro
Más detallesASESORIA DE POLITICA ECONOMICA - APRUEBA REGLAMENTO DE CREDITOS DE LIQUIDEZ A LAS ENTIDADES DEL SISTEMA DE INTERMEDIACION FINANCIERA.
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 059/98 ASUNTO: ASESORIA DE POLITICA ECONOMICA - APRUEBA REGLAMENTO DE CREDITOS DE LIQUIDEZ A LAS ENTIDADES DEL SISTEMA DE INTERMEDIACION FINANCIERA. VISTOS: La Ley Nº 1670 de
Más detallesCOHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA
COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto
Más detallesREGLAS ESPECÍFICAS PARA EL REGISTRO DE OPERACIONES CONTABLES
REGLAS ESPECÍFICAS PARA EL REGISTRO DE OPERACIONES CONTABLES Con el propósito de unificar los criterios para el registro y la obtención de la información requerida en forma homogénea que sirva de sustento
Más detallesESTATUTOS DE LA CAJA DE AHORRO DEL SUPAUAQ
ESTATUTOS DE LA CAJA DE AHORRO DEL SUPAUAQ CAPITULO PRIMERO DE LA DENOMINACIÓN, OBJETIVOS Y DURACIÓN. ARTICULO No. 1.- Con fecha 1º de julio de 1976, se constituye la Caja de Ahorros del Sindicato Único
Más detallesUnidad 1. Nociones preliminares
Unidad 1 Nociones preliminares "La contabilidad es una disciplina que enseña las normas y los procedimientos para ordenar, analizar y registrar las operaciones practicadas por las unidades económicas constituidas
Más detallesÁrea de Cuentas por Pagar, Gastos Acumulados y Otros Pasivos
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO Área de Cuentas por Pagar, Gastos Acumulados y Otros Pasivos Cooperativa: Examinador: Fecha de Cierre: Fecha de Examen: Objetivos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Verificar que las compras
Más detallesCUENTAS DE DEPÓSITO A LA VISTA
CUENTAS DE DEPÓSITO A LA VISTA CIBanco en apego a las disposiciones oficiales y con el fin de que conozca los términos y condiciones en la apertura y manejo de su cuenta de depósito a la vista, le presenta
Más detallesCAPITULADO DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR
CAPITULADO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR CAPITULO III DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE EXCELENCIA
Más detallesEn el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de
MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA
Más detallesI. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN.
FORMULARIO CCT (COMISIONES, CUOTAS Y TASAS DE INTERES POR OPERACIONES RELATIVAS AL SISTEMA DE PAGOS Y A LOS CRÉDITOS AL CONSUMO TARJETAS DE CRÉDITO- Última actualización Enero 2013) A. AYUDAS GENÉRICAS
Más detallesNORMA PRUDENCIAL PARA UN SISTEMA DE REGISTRO DE INFORMACIÓN DENOMINADO: CENTRAL DE RIESGO (CD-SIBOIF-255-1-AGOST20-2003)
NORMA PRUDENCIAL PARA UN SISTEMA DE REGISTRO DE INFORMACIÓN DENOMINADO: CENTRAL DE RIESGO (CD-SIBOIF-255-1-AGOST20-2003) Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º - OBJETO Y ALCANCE Proporcionar a
Más detallesCódigo Fiscal de la Federación
Código Fiscal de la Federación Artículo 28 Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas: I. Llevarán los sistemas
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS
MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS OBJETIVO El presente manual de procedimientos tiene por objetivo definir un procedimiento uniforme y obligatorio para la confección de las conciliaciones
Más detallesREGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD
REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD Capitulo I Disposiciones Generales Artículo1.- La Universidad Tecnológica de la Costa, por el presente ordenamiento establecerá y
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesReglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 1 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS ATPUCE
Reglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 1 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS ATPUCE Reglamento de Préstamos Ordinarios y Extraordinarios ATPUCE 2 ASOCIACION DE TRABAJADORES
Más detallesREGLAMENTO PARA LA APROBACION DE CREDITOS
REGLAMENTO PARA LA APROBACION DE CREDITOS 1. Cuando un Asociado necesite el servicio de Créditos, deberá solicitar el formulario respectivo a un miembro del Comité de Créditos. 2. Se entenderá por Crédito
Más detallesMINISTERIO DE AUTONOMÍAS REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES
REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES Índice CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Objeto.-.. 1 Artículo 2. Definiciones.-. 1 Artículo 3. Base Normativa.-.
Más detallesCrédito Nómina Banamex PAGO DE DEUDAS Créditos Personales
Crédito Nómina Banamex PAGO DE DEUDAS Créditos Personales Contenido Descripción Destino del crédito Mercado Objetivo Características Credito Revolvente Comisiones Beneficios Requisitos de Contratación
Más detallesADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA JUNTA MONETARIA
ADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA JUNTA MONETARIA Reglamento de Prestamista de Ultima Instancia Enero, 2004../ REGLAMENTO PRESTAMISTA DE ULTIMA INSTANCIA CAPITULO I OBJETIVO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO
Más detallesFONDO DE AYUDA SINDICAL POR DEFUNCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL R E G L A M E N T O
Social Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro SECCION XXXIV SUROESTE DEL D.F. FONDO DE AYUDA SINDICAL POR DEFUNCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL R E G L A M E N T O Artículo 1º.- Por voluntad
Más detallesFIDEICOMISO FIGLOSNTE 27 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS MAGISTERIAL DE GUASAVE
FIDEICOMISO FIGLOSNTE 27 PROGRAMA DE PRÉSTAMOS MAGISTERIAL DE GUASAVE CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS E INFORMACIÓN DE OPERACIÓN Y CONTROL I. REQUISITOS PARA TENER DERECHO A PRÉSTAMO: a) SER
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Tlaxcala.
LINEAMIENTOS QUE ESTABLECEN EL DESTINO DEL CRÉDITO, EL PLAZO, EL MONTO MÁXIMO DEL CRÉDITO POR CADA TIPO DE DESTINO Y LAS FORMAS DE GARANTIZAR LOS CRÉDITOS QUE SE OTORGUEN A LOS JUBILADOS, PENSIONADOS Y
Más detallesINSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO SH-TE-CF-OPPC-0011 "ORDEN DE PAGO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS
SH-TE-CF-OPPC-0011 "ORDEN DE PAGO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS 1) Día, mes y año de expedición de la orden de pago de proveedores y contratistas. 2) Número: Se integra con un folio de 4 dígitos de la
Más detallesCONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_
CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_ Entre los suscritos, mayor de edad y vecino de, identificado con la cédula de ciudadanía número, expedida en, obrando en su calidad de y por
Más detallesEstado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno Carta Circular Año Fiscal 2006-2007 Núm. 1300-28-07 A los Secretarios de Gobierno, Directores de Dependencias
Más detallesINSTRUCTIVO PROCEDIMENTAL Apertura, Manejo de Fondos de Avance y Anticipos
1 de 10 I. OBJETIVO: Establecer lineamientos que permitan orientar los procesos de apertura, manejo de los Fondos de Avance y solicitudes de anticipos en la Universidad, a fin de garantizar el normal funcionamiento
Más detallesLINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ
LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Para efecto de los presentes lineamientos se entiende por personal administrativo
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EGRESOS Y RECURSOS FINANCIEROS DEL MUNICIPAL DE LOS CABOS BAJA CALIFORNIA SUR.
REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EGRESOS Y RECURSOS FINANCIEROS DEL MUNICIPAL DE LOS CABOS BAJA CALIFORNIA SUR. TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Articulo 1.-El presente reglamento
Más detallesNORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS
NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS Aprobada en Resolución CD-SUPERINTENDENCIA-XLIX-I-97 del 8 de enero de 1997 Modificada en Resolución CD-SIB-188-1-NOV23-2001, del 23 de noviembre de 2001
Más detallesContribuyentes. 1.- A qué se refiere el beneficio de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta
INCENTIVOS AL AHORRO (ART. 57 BIS, LETRA A, LEY DE LA RENTA) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo
Más detalles