Ingresos por sueldos y salarios con intereses

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1 Ingresos por sueldos y salarios con intereses Guía para presentar la declaración anual de 2006

2 GUÍA PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL DE 2006 INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS CON INTERESES PERSONAS FÍSICAS

3 Documento vigente a partir de febrero de 2007 ISBN X

4 ÍNDICE Pag. Presentación 7 Información general 9 4 Quiénes están obligados a presentar declaración anual por sueldos y salarios 9 4 Quiénes están obligados a presentar declaración anual por percibir intereses 9 4 Qué ingresos debe considerar 10 4 Cuáles son los ingresos por intereses que están exentos del impuesto 10 4 Qué impuestos debe declarar 10 4 Qué información y documentos necesita 10 4 Qué gastos personales puede deducir 11 4 Dónde debe presentar la declaración y pagar los impuestos 12 4 Recomendaciones para el uso adecuado de las formas fiscales 13 4 Cómo debe llenar las formas fiscales 13 4 Formas de pago 14 Caso práctico 15 4 Deducciones personales 19 4 Datos informativos de los retenedores 21 4 Cálculo del impuesto 24 4 Ingresos acumulables por intereses 25 4 Cálculo de la base gravable 26 4 Cálculo del impuesto con la tarifa anual 28 4 Cálculo del subsidio acreditable 29 4 Cálculo del impuesto a cargo o a favor 31 Datos complementarios de la declaración 33 4 Compensación de saldos a favor anteriores y otros conceptos que se pueden restar del saldo a cargo 33 4 Pago en parcialidades 33 4 Qué hacer si resulta impuesto a cargo y compensa un saldo a favor de declaraciones anteriores 36 4 Qué otros datos del impuesto sobre la renta debe informar 36 Datos personales del contribuyente 37 Anexo: ingressos por sueldos y salarios 39 4 Cálculo del subsidio acreditable y no acreditable por sueldos 39 4 Cálculo del subsidio a 100% con la tabla del artículo

5 4 Cálculo del porcentaje del subsidio acreditable 40 Salarios mínimos 41 Áreas geográficas para efectos del salario mínimo general 41 Servicios gratuitos y confidenciales 43

6 PRESENTACIÓN Ponemos a su disposición la Guía para presentar la declaración anual de Ingresos por Sueldos y Salarios con Intereses. Para cumplir con esta obligación le informamos lo siguiente: 8 Los documentos y datos que necesita para elaborar la declaración. 8 El procedimiento para calcular sus impuestos, incluido un caso práctico. 8 La manera de llenar la forma fiscal impresa. 8 La tarifa del artículo 177 y la tabla del artículo 178 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 8 Los salarios mínimos de las áreas geográficas A, B y C. 8 Los lugares y medios para hacer el pago. Además para una mejor comprensión del llenado de la forma fiscal, se ha reproducido cada uno de los cuadros que contiene y con el caso práctico se ejemplifica la manera de llenarlos para que al hacer el cálculo con sus propias cantidades, ubique fácilmente los campos o renglones en los que debe anotarlas. También le señalamos los gastos que puede deducir, el procedimiento para obtener la devolución del saldo a favor, y los diversos servicios de orientación gratuita y confidencial que puede utilizar.

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8 INFORMACIÓN GENERAL Esta guía es sólo para la declaración anual de las personas físicas que durante 2006 percibieron ingresos por sueldos y salarios con intereses pagados por instituciones del sistema financiero, como son bancos, casas de bolsa, aseguradoras, o bien de otro tipo de instituciones que no formen parte del sistema financiero, como las sociedades de inversión, entre otras. La declaración se debe presentar en abril de Quiénes están obligados a presentar declaración anual por sueldos y salarios Las personas que perciban ingresos por sueldos y salarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral, así como otros ingresos asimilados a salarios, tienen obligación de presentar declaración anual en los siguientes casos: 8 Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de salarios. 8 Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año, o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea. 8 Cuando obtengan ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones del impuesto sobre la renta, como son los organismos internacionales y los Estados extranjeros. 8 Cuando obtengan ingresos anuales por salarios que excedan de 400,000 pesos 8 Cuando hayan comunicado por escrito al retenedor que presentarán declaración anual. Quiénes están obligados a presentar declaración anual por percibir intereses 8 Quienes únicamente obtuvieron ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos durante el año. 8 Quienes además de los intereses, obtengan ingresos por otros conceptos por los que estén obligados a presentar declaración anual, por ejemplo: servicios profesionales o renta de bienes inmuebles, sin importar el monto de cada uno o la suma de los mismos. 8 Quienes perciban intereses y salarios, y la suma de ambos exceda de 400,000 pesos, sin importar el monto por cada uno de dichos conceptos. 8 Quienes perciban intereses y salarios, y la suma de ambos sea de hasta 400,000 pesos pero el monto de los intereses sea mayor a 100,000 pesos. 9

9 Qué ingresos debe considerar 8 Los ingresos efectivamente cobrados en el año por sueldos y salarios y conceptos asimilados, incluidas las prestaciones derivadas de la relación laboral. 8 Los que obtenga por intereses. Cuáles son los ingresos por intereses que están exentos del impuesto No se paga el impuesto sobre la renta por intereses que provengan de: 8 Instituciones bancarias por cuentas de cheques para el depósito de sueldos y salarios, pensiones, haberes de retiro o depósitos de ahorro, cuyo saldo promedio diario no exceda de cinco salarios mínimos generales del área geográfica del D. F., elevados al año (88,822.75). 8 Bonos emitidos por el gobierno federal. 8 Bonos de regulación monetaria emitidos por el Banco de México. 8 Pagarés de indemnización carretera, emitidos por el Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas. 8 Bonos de protección al ahorro bancario, cumpliendo requisitos. Qué impuestos debe declarar 8 Sólo el impuesto sobre la renta (ISR). Qué información y documentos necesita 8 La forma fiscal 13 y sus anexos 1 y 2. Se puede adquirir en papelerías o imprimir desde el programa DeclaraSAT; en este caso debe imprimirla en tinta negra y sólo por un lado de cada hoja. 8 La Constancia de pagos y retenciones del ISR (forma fiscal 37 o anexo 1 de la forma fiscal 30 o del programa DIM), que le debe entregar el patrón o patrones a más tardar el 28 de febrero del Los patrones deben asentar en las constancias una leyenda en la que se señale la fecha en que se presentó ante el SAT la declaración informativa múltiple de los pagos por sueldos, el número de folio o de operación que se asignó a dicha declaración, y manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que entrega la constancia. 10

10 Ingresos por sueldos y salarios con Intereses 8 La constancia de retenciones por intereses percibidos que le deben expedir los bancos y demás instituciones del sistema financiero u otras instituciones. Para estas constancias no existe un formato único para todos; sin embargo, cada banco cuenta con un formato específico. Para conocer el tipo de constancia que proporciona cada banco a sus clientes consulte nuestro portal de Internet. 8 Comprobantes de sus gastos personales que correspondan al año 2006, como son: honorarios médicos y dentales; hospitalarios; funerarios; donativos; intereses reales por créditos hipotecarios para casa habitación, entre otros. Qué gastos personales puede deducir 8 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, incluidos aquellos que sean estrictamente indispensables por la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente; prótesis; medicinas que se incluyan en las facturas de los hospitales; honorarios a enfermeras; análisis y estudios clínicos. Los gastos anteriores son deducibles cuando se hayan pagado a instituciones o a personas que residan en México, y sean para usted, su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato, así como para sus hijos, nietos, padres o abuelos siempre que dichas personas no hayan percibido ingresos en el año anterior por una cantidad igual o superior a un salario mínimo general de su área geográfica, elevado al año. 1 No son deducibles las medicinas compradas en farmacias ni los pagos de cuotas por seguros médicos a instituciones públicas de seguridad social. 8 Gastos funerarios. Puede deducir el monto pagado hasta el equivalente a un salario mínimo general anual de su área geográfica. 2 Los gastos para cubrir funerales a futuro, se deducirán el año de calendario en que se utilicen los servicios funerarios. Los gastos anteriores son deducibles siempre que se hayan pagado a instituciones o a personas que residan en México, hayan sido hechos por usted y sean para su cónyuge o concubina, sus hijos, nietos, padres o abuelos. 8 Primas de seguros de gastos médicos, siempre que el beneficiario sea usted, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, o sus hijos, nietos, padres o abuelos. 8 Los intereses reales, efectivamente pagados durante 2006 derivados de créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con integrantes del sistema financiero, así como los contratados con el Fovissste e Infonavit, entre otros organismos públicos, siempre que el monto del crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión. Para ello, los integrantes del sistema financiero y los citados organismos públicos deben proporcionar un documento en el que conste el monto de los intereses reales efectivamente pagados durante el año que se declara. 8 Donativos no onerosos ni remunerativos (gratuitos); es decir, que no se otorguen imponiendo algún gravamen a cambio de servicios recibidos por el donante. 1 Para conocer el monto que le corresponde de acuerdo con el área geográfica, consulte la página 41 de esta guía. 2 Para conocer el monto que le corresponde de acuerdo con el área geográfica, consulte la página 41 de esta guía. 11

11 8 Transporte escolar de los hijos o nietos, siempre que sea obligatorio o cuando se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante. 8 El importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto que puede deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos.3 8 Las aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o en las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con el requisito de permanencia para los planes de retiro. El monto de esta deducción es máximo de 10% de los ingresos acumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan de cinco salarios mínimos generales de su área geográfica elevados al año. 4 8 Los pagos efectuados a la entidad, en su caso, por concepto del impuesto local sobre ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado siempre que la tasa no exceda de 5%.? Dónde debe presentar la declaración y pagar los impuestos Por Internet La declaración se debe presentar por Internet 5 cuando sus ingresos totales del año anterior hayan sido superiores a 300,000 pesos; en otros casos puede elegir por presentarla por Internet en lugar de hacerlo en ventanilla bancaria. Si sus ingresos no rebasaron 300,000 pesos puede presentarla por Internet en lugar de hacerlo por ventanilla bancaria. Cuando la presente por Internet debe utilizar el programa DeclaraSAT versión 2007, que se obtiene en el portal de Internet del SAT. Contiene las siguientes opciones: a) Captura de datos con cálculo automático de impuestos. b) Captura de datos sin cálculo automático de impuestos. También puede utilizar el programa DeclaraSAT en línea, el cual realiza el cálculo automático de impuestos; es más rápido y no necesita descargarlo en su máquina. Está disponible en el portal citado. Para presentar su declaración por Internet es necesario que cuente con su firma electrónica avanzada o con su clave de identificación electrónica confidencial (CIEC). 3 Artículo 218 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente. 4 Para conocer el monto que le corresponde de acuerdo con el área geográfica, consulte la página 41 de esta guía. 5 Para mayor información, solicite en los módulos de asistencia o consulte en el portal del SAT el folleto Cómo presentar su declaración por Internet. 12

12 Para obtener la firma electrónica avanzada concerte una cita en el dicho portal para acudir a tramitarla a módulo de asistencia del SAT más cercano. En caso de que le resulte impuesto a cargo, una vez que envió su declaración al SAT debe efectuar el pago mediante transferencia electrónica de fondos a través del portal de Internet del banco autorizado en el que previamente haya contratado una cuenta para estos fines. Si obtiene saldo a favor en una cantidad igual o mayor a 25,000 pesos para obtener la devolución automática debe enviar su declaración por Internet con la firma electrónica avanzada. En ventanilla bancaria o en módulos de asistencia del SAT Cuando sus ingresos del año anterior hayan sido hasta de 300,000 pesos puede presentar la declaración en los bancos o en módulos de asistencia del SAT, para lo cual no es necesario usar la tarjeta tributaria. a) Cuando exista cantidad a pagar, la debe presentar en los bancos autorizados. b) Cuando le resulte en ceros o con saldo a favor, la puede presentar en los módulos de asistencia del SAT o en los bancos autorizados. Se considera que también es en ceros, cuando al restar estímulos fiscales o hacer compensaciones dé como resultado cero a pagar. Le recomendamos presentarla vía Internet, es más rápido, fácil, cómodo y seguro. 13 Recomendaciones para el uso adecuado de las formas fiscales 8 Antes de iniciar el llenado de la declaración, lea las indicaciones que se encuentran en la forma fiscal 13, así como el Instructivo para el llenado de la forma fiscal 13 que puede obtener en los módulos de asistencia del SAT y en nuestro portal de Internet 8 Anote sus datos reales en el recuadro correspondiente, siguiendo la secuencia del caso práctico. 8 Utilice sólo formas fiscales originales; no fotocopias ni reducciones. 8 La forma fiscal no debe contener tachaduras, enmendaduras, manchas u otras marcas que impidan su lectura. 8 Imprima sólo en tinta negra. Cómo debe llenar las formas fiscales 8 A máquina o electrónicamente y anotar las cantidades de derecha a izquierda. 8 No anote signos de puntuación como puntos, comas, guiones, u otros ni deje espacios entre las cantidades. 13

13 8 Las cantidades en la forma fiscal deben anotarse redondeadas, sin centavos. Para sus cálculos sí debe considerar los centavos. Las cantidades se redondean al peso inmediato superior a partir de 51 centavos y al peso inmediato inferior cuando se trate de 50 centavos o menos. Ejemplo Cantidad determinada en el cálculo Cantidad que debe anotar en la forma fiscal 4, , No olvide anotar su RFC a trece posiciones y su CURP a 18 posiciones en todas las hojas de la forma fiscal. 8 Debe anotar todos sus datos sin abreviaturas. Si al llenar su declaración le surgen dudas, utilice nuestros servicios de asistencia (vea la página 43 de esta guía). Formas de pago Cuando presente su declaración en el banco y le haya resultado cantidad a cargo, debe efectuar el pago en efectivo o con cheque certificado, de caja o personal. Si la presenta por Internet, el pago se efectúa a la Tesorería de la Federación por transferencia electrónica de fondos de su cuenta bancaria. Los pagos con cheque se entenderán realizados en las siguientes fechas: 8 El mismo día, cuando se trate de un cheque presentado antes de las 13:30 horas en el banco a cuyo cargo fue librado. 8 El día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente después de las 13:30 horas en el banco a cuyo cargo fue librado. 8 El día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente antes de las 13:30 horas en un banco distinto de aquel a cuyo cargo fue librado. 8 El segundo día hábil bancario siguiente, cuando el cheque respectivo se presente después de las 13:30 horas en un banco distinto de aquel a cuyo cargo fue librado. En caso de que pague con cheque personal, anote en el mismo lo siguiente: En el anverso: Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación. En el reverso: Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con Registro Federal de Contribuyentes (clave del RFC del contribuyente). Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación. 14

14 CASO PRÁCTICO A continuación desarrollamos un caso práctico en el que efectuamos el cálculo del impuesto y le indicamos las cantidades que debe anotar en el formato. Asimismo, se inserta la parte del formato que debe llenar en cada paso. Usted debe seguir el mismo procedimiento, pero en su forma fiscal anotando sus propias cantidades. Debe considerar los datos contenidos en la constancia que proporciona el patrón, así como las constancias de retenciones que expidan las instituciones que le paguen intereses, como los siguientes: Datos DATOS DEL CONCEPTO EJEMPLO Sueldos y salarios 84, Ingresos obtenidos por sueldos Ingresos exentos 6 2, Proporción del subsidio (dato proporcionado por el patrón) Subsidio no acreditable por salarios 7 2, Retenciones de ISR 11, Ingresos por intereses percibidos de bancos 8 Interés nominal 30, Interés real 29, Retención de ISR 1, Ingresos por intereses percibidos de sociedades de inversión Interés nominal Interés real Retención 45, , , Total de retenciones 21, SUS DATOS Deducciones personales 5, Este dato lo toma de la constancia que le expida el patrón. Los ingresos exentos que puede considerar para calcular el impuesto son 30 días por aguinaldo, 15 días por prima vacacional y 15 días por PTU. Todas estas cantidades deben calcularse tomando en cuenta el salario mínimo del área geográfica que le corresponda. 7 Para determinar el monto del subsidio no acreditable consulte la página 39 de esta guía (anexo: ingresos por sueldos y salarios). 8 Las instituciones bancarias y demás personas que hagan pagos por intereses, deben expedir una constancia que entre otros datos contenga el monto de los intereses nominales y el monto de los intereses reales pagados en el año, así como el monto del impuesto retenido por dichos conceptos. 15

15 Ingresos por sueldos y salarios con Intereses Datos de la constancia de retenciones por sueldos y salarios CONSTANCIA DE SUELDOS, SALARIOS, CONCEPTOS ASIMILADOS Y CRÉDITO AL SALARIO (INCLUYE INGRESOS POR ACCIONES) PERIODO QUE AMPARA LA CONSTANCIA: MES INICIAL MES FINAL EJERCICIO 1 DATOS DEL TRABAJADOR O ASIMILADO A SALARIOS ESTA CONSTANCIA DEBERÁ SER CONSERVADA POR EL TRABAJADOR. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S) MARQUE CON X EL RECUADRO QUE CORRESPONDA Y/O CONTESTE LO QUE SE SOLICITA: ÁREA GEOGRÁFICA DEL SALARIO MÍNIMO ( 1 ) PROPORCIÓN DEL SUBSIDIO: CALCULADA CONFORME A LAS DISPOSICIONES VIGENTES EN EL EJERCICIO QUE DECLARA ( * ) MARQUE CON X SI EL TRABAJADOR ES SINDICALIZADO RFC DEL(LOS) OTRO(S) PATRÓN(ES) ( 6 ): RUMR770322LS3 RUMR770322HDFNRR08 RUÍZ MARTÍNEZ RODRIGO A SI EL PATRÓN REALIZÓ CÁLCULO ANUAL SI ES ASIMILADO A SALARIOS, SEÑALE LA CLAVE CORRESPONDIENTE ( 4 ) TARIFA UTILIZADA DEL EJERCICIO QUE DECLARA ANVERSO 1991 (Actualizada) CLAVE DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DONDE PRESTÓ SUS SERVICIOS ( 5 ) 37 I ( 2 ) II ( 2 ) CALCULADA CONFORME A DISPOSICIONES VIGENTES. EN 1991 ( * ). FRACCIÓN. FRACCIÓN. APLICADA ( 3 ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA TOTAL DE INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS (Campo O, más el A. campo P de esta página, más los campos a, más i, más m de la página 2, más el campo S1 de la página 3) 84, H. SUBSIDIO NO ACREDITABLE IMPUESTO LOCAL A LOS INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y EN GENERAL POR LA B. PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO ( 7 ) INGRESOS EXENTOS C. (Campo T de esta página, más el campo c de la página 2, más el campo R1 de la página 3) 2, I. J. MONTO DEL SUBSIDIO ACREDITABLE FRACCIÓN III ( 2 ) MONTO DEL SUBSIDIO ACREDITABLE FRACCIÓN IV ( 2 ) INGRESOS NO ACUMULABLES D. (Campo W de esta página, más el campo g de la página 2) INGRESOS ACUMULABLES E. ( A - B - C - D ) F. ISR CONFORME A LA TARIFA ANUAL 81, K. IMPUESTO SOBRE INGRESOS ACUMULABLES L. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO EN EL M. EJERCICIO QUE DECLARA ( K + L ) IMPUESTO RETENIDO AL CONTRIBUYENTE (Campo X de esta página, más los campos h, mas j, G. SUBSIDIO ACREDITABLE 2, N. más n de la página 2, más los campos U1, más V1 de la página 3) 3 PAGOS POR SEPARACIÓN 11, JUBILACIONES, PENSIONES O HABERES DEL RETIRO MONTO TOTAL DEL PAGO EN UNA SOLA O. EXHIBICIÓN (No deberá hacer anotación alguna en P, Q y R) P. Q. R. S. INGRESOS TOTALES POR PAGO EN PARCIALIDADES (No hacer anotación alguna en O) MONTO DIARIO PERCIBIDO POR JUBILACIONES, PENSIONES O HABERES DE RETIRO EN PARCIALIDADES (No hacer anotación alguna en O) CANTIDAD QUE SE HUBIERA PERCIBIDO EN EL PE- RIODO DE NO HABER PAGO ÚNICO POR JUBILACIO- NES, PENSIONES O HABERES DE RETIRO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN (No hacer anotación alguna en O) NÚMERO DE DÍAS ( 8 ) T. INGRESOS EXENTOS U. INGRESOS GRAVABLES V. INGRESOS ACUMULABLES W. INGRESOS NO ACUMULABLES X. IMPUESTO RETENIDO ( * ) Es obligatorio requisitar estos campos. ( 1 ) Anotará A, B o C, según corresponda al área geográfica que señala la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. ( 2 ) Únicamente para constancias de 2001, de conformidad con el Art. Segundo Transitorio, del Decreto por el que se reforma el Art. 80-A de la LISR, publicado en el DOF el 29 de noviembre de ( 3 ) Deberá utilizar este campo, cuando el patrón haya realizado cálculo anual de ISR y al trabajador le corresponda una proporción distinta a la de los demás trabajadores. ( 4 ) A. Miembros de las sociedades cooperativas de producción, B. Integrantes de sociedades y asociaciones civiles, C. Miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o comisarios; D. Actividad empresarial (comisionistas), E. Honorarios asimilados a salarios, F. Ingresos en acciones o títulos valor, G. Otros. ( 5 ) 01 Aguascalientes, 02 Baja California, 03 Baja California Sur, 04 Campeche, 05 Coahuila, 06 Colima, 07 Chiapas, 08 Chihuahua, 09 Distrito Federal, 10 Durango, 11 Guanajuato, 12 Guerrero, 13 Hidalgo, 14 Jalisco, 15 México, 16 Michoacán, 17 Morelos, 18 Nayarit, 19 Nuevo León, 20 Oaxaca, 21 Puebla, 22 Querétaro, 23 Quintana Roo, 24 San Luis Potosí, 25 Sinaloa, 26 Sonora, 27 Tabasco, 28 Tamaulipas, 29 Tlaxcala, 30 Veracruz, 31 Yucatán, 32 Zacatecas. ( 6 ) En caso de que el trabajador haya tenido más de un patrón en el ejercicio, deberá señalar el (los) RFC del(los) otro(s) patrón(es). ( 7 ) Aplicable a partir del ejercicio ( 8 ) Tratándose de pagos en parcialidades, número de días del periodo. En caso de pago de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en una sola exhibición, número de días comprendidos entre la fecha en que se realizó el pago y el 31 de diciembre del año de que se trate. 16

16 2 REVERSO 37 3 PAGOS POR SEPARACIÓN (Continuación) OTROS P AGO S 1 ) POR SEPARACIÓN ( a. MONTO TOTAL PAGADO b. NÚMERO DE AÑOS DE SERVICIO DEL TRABAJADOR c. INGRESOS EXENTOS d. INGRESOS GRAVADOS e. f. INGRESOS ACUMULABLES (Último sueldo mensual ordinario ) ( 2 ) IMPUESTO CORRESPONDIENTE AL ÚLTIMO SUELDO MENSUAL ORDINARIO g. INGRESOS NO ACUMULABLES h. IMPUESTO RETENIDO 4 INGRESOS ASIMILADOS A SALARIOS (Sin incluir ( 3 )) i. INGRESOS ASIMILADOS A SALARIOS j. IMPUESTO RETENIDO DURANTE EL EJERCICIO 4.1 INGRESOS EN ACCIONES O TÍTULOS VALOR QUE REPRESENTAN BIENES (Por ejercer la opción otorgada por el empleador) k. l. VALOR DE MERCADO DE LAS ACCIONES O TÍTULOS VALOR AL EJERCER LA OPCIÓN ( 4 ) PRECIO ESTABLECIDO AL OTORGARSE LA OPCIÓN DE INGRESOS EN ACCIONES O TÍTULOS VALOR INGRESO ACUMULABLE m. ( k - l siempre que k sea mayor ) n. IMPUESTO RETENIDO 5 PAGOS DEL PATRÓN EFECTUADOS A SUS TRABAJADORES (Incluyendo ( 3 )) GRAVADO EXENTO o. SUELDOS, SALARIOS, RAYAS Y JORNALES 75, p. GRATIFICACIÓN ANUAL 3, q. VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE r. TIEMPO EXTRAORDINARIO s. PRIMA VACACIONAL 1, t. PRIMA DOMINICAL u. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (PTU) v. REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS, DENTALES Y HOSPITALARIOS w. FONDO DE AHORRO x. CAJA DE AHORRO y. VALES PARA DESPENSA z. AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL CONTRIBUCIONES A CARGO DEL A1. TRABAJADOR PAGADAS POR EL PATRÓN B1. PREMIOS POR PUNTUALIDAD C1. PRIMA DE SEGURO DE VIDA D1. SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES E1. VALES PARA RESTAURANTE ( 1 ) Incluyendo, entre otros, prima de antigüedad e indemnizaciones. ( 2 ) Si el pago por separación es menor al último sueldo mensual ordinario, deberá anotar el pago por separación. ( 3 ) Funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como miembros de las fuerzas armadas. ( 4 ) Si la opción para adquirir acciones o títulos valor se otorgó antes del 1 de enero de 2005, se anotará el valor de mercado que tenían dichas acciones o títulos valor al 31 de diciembre de

17 5 3 PAGOS DEL PATRÓN EFECTUADOS A SUS TRABAJADORES (Incluyendo ( 1 )) (Continuación) GRAVADO EXENTO ANVERSO 37 F1. VALES PARA GASOLINA G1. VALES PARA ROPA H1. AYUDA PARA RENTA I1. AYUDA PARA ARTÍCULOS ESCOLARES J1. DOTACIÓN O AYUDA PARA ANTEOJOS K1. AYUDA PARA TRANSPORTE CUOTAS SINDICALES PAGADAS POR L1. EL PATRÓN M1. SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD BECAS PARA TRABAJADORES Y/O SUS N1. HIJOS PAGOS EFECTUADOS POR OTROS O1. EMPLEADORES ( 2 ) ( 3 ) P1. OTROS INGRESOS POR SALARIOS 6 SUMA DEL INGRESO GRAVADO POR SUELDOS Y Q1. SALARIOS (Suma de los campos o al P1 de la columna gravado ) SUMA DEL INGRESO EXENTO POR SUELDOS Y R1. SALARIOS (Suma de los campos o al P1 de la columna exento ) SUMA DE INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS S1. ( Q1 + R1 ) MONTO DEL IMPUESTO LOCAL A LOS INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y EN GENERAL POR LA T1. PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO RETENIDO ( 4 ) U1. IMPUESTO RETENIDO DURANTE EL EJERCICIO V1. IMPUESTO RETENIDO POR OTRO(S) PATRÓN(ES) DURANTE EL EJERCICIO ( 2 ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR SUELDOS Y SALARIOS 81, SALDO A FAVOR DETERMINADO EN EL EJERCICIO QUE DECLARA, QUE EL PATRÓN W1. COMPENSARÁ DURANTE EL SIGUIENTE EJERCICIO O SOLICITARÁ SU DEVOLUCIÓN SALDO A FAVOR DEL EJERCICIO ANTERIOR NO X1. COMPENSADO DURANTE EL EJERCICIO QUE AMPARA LA CONSTANCIA SUMA DE LAS CANTIDADES QUE POR Y1. CONCEPTO DE CRÉDITO AL SALARIO LE CORRESPONDIÓ AL TRABAJADOR ( 5 ) CRÉDITO AL SALARIO ENTREGADO EN Z1. EFECTIVO AL TRABAJADOR DURANTE EL EJERCICIO ( 6 ) MONTO TOTAL DE INGRESOS OBTENIDOS POR a1. CONCEPTO DE PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL SUMA DE INGRESOS EXENTOS POR b1. CONCEPTO DE PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL 7 REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S) O DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL BARRERA CRUZ RODOLFO DATOS DEL RETENEDOR CLAVE REGISTRO ÚNICA DE DE BACR510423T59 BACR510423HDFNRE09 POBLACIÓN * DATOS DEL R EPRESENT ANT E LEGAL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S) CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN FIRMA DEL RETENEDOR O REPRESENTANTE LEGAL SELLO DEL RETENEDOR (EN CASO DE TENERLO) FIRMA DE RECIBIDO POR EL CONTRIBUYENTE * Sólo personas físicas. ( 1 ) Funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como miembros de las fuerzas armadas. ( 2 ) Sólo si el patrón que expide la constancia realizó cálculo anual. ( 3 ) No deberá duplicar los conceptos exentos que se resten una sola vez por ejemplo: gratificación anual, prima vacacional, entre otros. ( 4 ) Aplicable a partir de ( 5 ) Se deberá anotar la suma del crédito al salario determinado conforme a la tabla de la LISR correspondiente. ( 6 ) Suma de las diferencias que durante el ejercicio se entregaron en efectivo al trabajador conforme a las disposiciones fiscales vigentes. 18

18 En esta constancia el retenedor que la expida debe asentar una leyenda con los siguientes datos: 8 Fecha en que se presentó ante el SAT la declaración informativa múltiple de los pagos de las citadas remuneraciones; 8 Número de folio o de operación que se asignó a dicha declaración, y 8 Manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que le entrega la constancia. Deducciones personales Antes de iniciar el cálculo del impuesto le sugerimos llenar el anexo 1, página 6, de la forma fiscal 13, en el que debe anotar la suma de sus deducciones personales, y la clave de cada tipo de deducción conforme a la relación que se señala en el cuadro de la izquierda de dicha página, así como el RFC de quien expide el comprobante y el importe del gasto. También debe anotar el importe total de las deducciones, y en su caso, la cantidad recuperada de los gastos. En el ejemplo se hicieron los siguientes gastos: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios 3, Donativos a instituciones autorizadas 2, Suma de deducciones anotadas en esta hoja 5, Menos: Cantidad recuperada de los gastos efectuados SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL (11-A) Anexo 1, página 6, columna III (11-B) Anexo 1, página 6, columna III (11-C) Anexo 1, página 6, columna III campo a (11-D) Anexo 1, página 6, columna III campo c Total de deducciones personales 5, (11) Anexo 1, página 6, columna III campo d En caso de que los renglones sean insuficientes, puede utilizar mas hojas del anexo 1. En ese caso debe anotar la suma de otras hojas en el campo b de la página 6. Para obtener el total de deducciones personales, anote en el campo d el resultado de: (a + b c). 19

19 Llenado de la página 6 de la forma fiscal 13 Desglose de deducciones personales RUMR770322LSE RUMR770322DDFNRR08 A C REMI541010J10 EPN791120LKG (11-A) 3300 (11-B) 2000 (11-C) 5300 (11)

20 Datos informativos de los retenedores Desglose de retenciones y pagos efectuados por terceros En el anexo 1, página 5, de la forma fiscal, debe anotar los datos de las retenciones que en su caso le hayan efectuado: 8 En la columna I, Tipo de ingreso, el número del capítulo que corresponda a sus ingresos según la relación que se incluye en la parte inferior de la página 5 de la forma fiscal; para este caso le corresponde el 1 que es sueldos y salarios y el número 8, intereses. 8 En la columna II el RFC del retenedor (patrón y banco o institución que pague los intereses). 8 En la columna III el monto de los sueldos e intereses nominales recibidos. 8 En la columna IV proporción de subsidio. 8 En la columna V el monto del ISR retenido. Si tiene varios retenedores y los renglones son insuficientes, utilice las hojas que sean necesarias. 8 En la columna V, campo A, anote la suma de ISR de esta hoja. 8 En la columna V, campo B, anote la suma de ISR de las otras hojas. 8 En la columna V, campo C, anote la suma total de ISR retenido. 21

21 Llenado del anexo 1, página 5 de la forma fiscal RUMR770322LSE RUMR770322DDFNRR JIIT690411PT6 8 SEL AES791022LKB

22 Información de copropietarios, sociedad conyugal o sucesión Este recuadro sólo lo utilizará si percibe ingresos en copropiedad, en sociedad conyugal o en sucesión. Los datos que debe anotar en este caso son: 8 El RFC de cada copropietario, socio o heredero. 8 El porcentaje que tiene cada uno de ellos. 8 El monto de ingresos que le corresponde. 8 Los ingresos gravados con IVA y el porcentaje que les corresponde de estos ingresos. En nuestro ejemplo los ingresos no se obtienen bajo ninguna de estas modalidades Anexo 1, segundo recuadro: Información de copropietarios, sociedad conyugal o sucesión 23

23 Cálculo del impuesto Ingreso acumulable por salarios CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL Total de ingresos por salarios (monto señalado en la página 15 de esta guía) 84, (1) Pág. 7, campo A Menos: Ingresos exentos (2) Pág. 7, campo B Ingresos acumulables por salarios 81, (3) Pág. 7, campo C Llenado del cuadro Ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado de la página 7 de la forma fiscal RUMR770322LSE RUMR770322DDFNRR08 (1) (2) 2920 (3)

24 Ingresos acumulables por intereses Intereses nominales CONCEPTO Intereses nominales pagados por bancos (monto señalado en la pág. 15 de esta guía) DATOS DEL EJEMPLO 30, SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL ( 4) Pág. 7, campo m, columna I Intereses nominales pagados por sociedades de inversión (monto señalado en la pág. 15 de esta guía) 45, ( 6) Pág. 7, campo m, columna II Total de ingresos por intereses nominales 75, Intereses reales CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL Intereses reales pagados por bancos (monto señalado en la pág. 15 de esta guía) 29, ( 5) Pág. 7, campo n, columna I Intereses reales pagados por sociedades de inversión (monto señalado en la pág. 15 de esta guía) 44, ( 7) Pág. 7, campo n, columna II Total de ingresos acumulables por intereses reales 74,

25 Llenado del cuadro Intereses de la pág. 7 de la forma fiscal (4) (5) (6) (7) En caso de tener pérdidas por concepto de intereses, recuerde que no las puede restar de sus ingresos por sueldos y salarios. Cálculo de la base gravable Más: Menos: DATOS DEL CONCEPTO EJEMPLO Ingresos acumulables por sueldos y salarios (monto señalado en la página 24) 81, Ingresos acumulables por intereses reales (monto señalado en la página 25) Ingresos o utilidades acumulables Pérdidas o diferencias por exceso de deducciones que se pueden aplicar 74, , Total de ingresos acumulables 156, Menos: 5, Deducciones personales Base gravable 150, SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA (3) Pág. 7, campo c (5)-(7) Pág. 7, campo n, columnas I y II (8) Pág. 3, campo A (9) Pág. 3, campo B (10) Pág. 3, campo C (11) Pág. 3, campo D (12) Pág. 3, campo E 26

26 Llenado del primer cuadro de la página 3 de la forma fiscal hasta la base gravable 3 REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES RUMR770322LSE CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN RUMR770322DDFNRR08 ANVERSO 13 13P3A05D INGRESOS O UTILIDADES A. ACUMULABLES B. PÉRDIDAS ( Sin exceder de A ) ( 1 ) TOTAL DE INGRESOS C. ACUMULABLES ( A - B ) DEDUCCIONES PERSONALES D. ( Campo d de la página 6 ) E. BASE GRAVABLE ( C - D ) F. ISR CONFORME A TARIFA ANUAL G. SUBSIDIO ACREDITABLE IMPUESTO SOBRE INGRESOS H. ACUMULABLES ( F - G ) I. J. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES REDUCCIONES DE ISR ( Sin exceder de H + I ) K. IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO ( H + I - J ) DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (8) (9) 0 (10) (11) 5300 (12) ESTÍMULOS FISCALES APLICADOS L. DURANTE EL EJERCICIO ( Sin exceder de K ) M. PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS IMPUESTO RETENIDO AL CONTRIBUYENTE N. O PAGADO POR TERCEROS ( Campo C ( columna V ) p gina 5 ) IMPUESTO ACREDITABLE PAGADO O. EN EL EXTRANJERO P. Q. OTRAS CANTIDADES A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE DIFERENCIA ( K - L - M - N - O + P - Q ) T. OTRAS CANTIDADES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE R. ISR A CARGO S. ISR PAGADO EN EXCESO ISR PAGADO EN EXCESO APLICADO CONTRA EL IMPAC ( Sin exceder de S ni de t de la página 4 ) U. SALDO A FAVOR ( S - T ) E UN DELITO EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES 27

27 Cálculo del impuesto con la tarifa anual Para calcular el impuesto se utiliza la tarifa del artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta la cual se inserta a continuación. Tarifa del artículo Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior % , , , , , , , , , , En adelante 14, En esta tarifa debe localizar la base del impuesto o base gravable entre las columnas del límite inferior y el límite superior; posteriormente, debe tomar las cantidades del renglón que corresponda y efectuar las operaciones que se señalan a continuación: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13 Base gravable (monto determinado en la pág. 26 de esta guía) 150, (12) Pág. 3, campo E Menos: Límite inferior 103, Excedente del límite inferior 47, Por: Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 29% Más: Impuesto marginal 13, Cuota fija 14, ISR conforme a tarifa anual 28, (13) Pág. 3, campo F 9 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de

28 Cálculo del subsidio acreditable Para calcular el subsidio se utiliza la tabla del artículo 178 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tabla del artículo Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento de subsidio sobre el impuesto marginal % , , , , , , , , , , , , , , , , , , , En adelante 37, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de

29 En esta tabla también debe localizar la base del impuesto o base gravable entre las columnas del límite inferior y el límite superior; posteriormente, debe tomar las cantidades del renglón que corresponda y efectuar las operaciones que se señalan a continuación: Menos: Por: CONCEPTO Base gravable (monto determinado en la pág. 26 de esta guía) Límite inferior (tabla art. 178, LISR) DATOS DEL EJEMPLO 150, , Excedente del límite inferior 27, Porcentaje correspondiente en la tarifa del art % SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13 (12) Pág. 3, campo A Impuesto marginal 7, Por: Más: Por ciento de subsidio sobre impuesto marginal (tabla art. 178, LISR) 40% Subsidio sobre impuesto marginal 3, Cuota fija del subsidio (tabla art. 178, LISR) 10, Menos: Total del subsidio 13, Subsidio no acreditable por salarios (monto determinado en la pág. 40 de esta guía) 2, Subsidio acreditable 10, (14) Pág. 3, campo G 30

30 Cálculo del impuesto a cargo o a favor DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL ISR conforme a tarifa anual (monto determinado en la pág. 28 de esta guía) 28, (13) Pág. 3, primer recuadro, campo F Menos: Subsidio acreditable (monto determinado en la pág. 30 de esta guía) 10, (14) Pág. 3, primer recuadro, campo G Menos: Impuesto sobre ingresos acumulables o Impuesto sobre la renta causado en el ejercicio 17, (15) y (16) Pág. 3, primer recuadro, campos H y K Impuesto retenido al contribuyente o pagado por terceros (monto señalado en la pág. 15 de esta guía) 21, (17) Pág. 3, primer recuadro, campo N ISR pagado en exceso 3, Saldo a favor 11 3, (18) Pág. 3, campo S (18-A) Pág. 3, campo U 11 Cuando obtenga saldo a favor, en ningún caso podrá ser superior al total del ISR acreditable (retenciones + pagos provisionales). 31

31 En nuestro ejemplo resultó ISR pagado en exceso o saldo a favor. Si en su caso le resultó impuesto a cargo, anótelo en el campo R, ISR a cargo, en la forma fiscal. Llenado de la página 3, forma fiscal 13, Determinación del impuesto sobre la renta del ejercicio 3 REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN ANVERSO 13 13P3A05D DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA INGRESOS O UTILIDADES A. ACUMULABLES B. PÉRDIDAS ( Sin exceder de A ) ( 1 ) (8) (9) 0 ESTÍMULOS FISCALES APLICADOS L. DURANTE EL EJERCICIO ( Sin exceder de K ) M. PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS TOTAL DE INGRESOS C. ACUMULABLES ( A - B ) (10) IMPUESTO RETENIDO AL CONTRIBUYENTE N. O PAGADO POR TERCEROS ( Campo C ( columna V ) p gina 5 ) (17) DEDUCCIONES PERSONALES D. ( Campo d de la página 6 ) E. BASE GRAVABLE ( C - D ) F. ISR CONFORME A TARIFA ANUAL G. SUBSIDIO ACREDITABLE IMPUESTO SOBRE INGRESOS H. ACUMULABLES ( F - G ) I. J. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES REDUCCIONES DE ISR ( Sin exceder de H + I ) K. IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO ( H + I - J ) (11) 5300 (12) (13) (14) (15) (16) IMPUESTO ACREDITABLE PAGADO O. EN EL EXTRANJERO P. Q. OTRAS CANTIDADES A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE DIFERENCIA ( K - L - M - N - O + P - Q ) T. OTRAS CANTIDADES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE R. ISR A CARGO S. ISR PAGADO EN EXCESO ISR PAGADO EN EXCESO APLICADO CONTRA EL IMPAC ( Sin exceder de S ni de t de la página 4 ) U. SALDO A FAVOR ( S - T ) (18) 3391 (18 A) 3391 E UN DELITO EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES 32

32 DATOS COMPLEMENTARIOS DE LA DECLARACIÓN Una vez que realizó los cálculos, anote en la carátula de la forma fiscal 13 en el recuadro con la referencia (19), campo A, señalado en la página 34 el monto del saldo a cargo que haya determinado. En caso de que le haya resultado saldo a favor, anote cero (0). CONCEPTO DATOS DEL EJEMPL0 A. Impuesto sobre la renta 0 SUS DATOS REFERENCIA FORMA FISCAL (19) Carátula campo A Si le resulta cantidad a cargo y presenta en tiempo la declaración, no debe actualizar el impuesto ni pagar multas o recargos. Por eso, anote la misma cantidad a pagar en la referencia (20), campo E, de la carátula de la forma fiscal. Si no efectúa disminuciones de crédito al salario, compensaciones u otros estímulos, anote 0 (cero) en la referencia (IV), campo L. También anote la misma cantidad a cargo en la referencia ( 21 ), campo N, y en la ( 22 ), campo R, de la carátula de la forma fiscal. Compensación de saldos a favor anteriores y otros conceptos que se pueden restar del saldo a cargo Si obtuvo saldo a cargo y desea compensar saldos a favor del ISR por lo que no haya solicitado devolución, actualícelos y súmelos con otras aplicaciones, tales como crédito al salario pagado a sus trabajadores que en su caso pueda disminuir, y otros estímulos fiscales a los que tenga derecho. Estas cantidades las debe anotar en las referencias de la I a la III, y la suma total en la referencia IV del cuadro de la página 34; en caso de que no tenga cantidad alguna, anote 0 (cero) en esta última referencia. Pago en parcialidades Si le resultó impuesto a cargo puede pagarlo hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, sin autorización previa y sin tener que garantizar el interés fiscal, para ello debe hacer lo siguiente: 8 Presente la declaración anual a más tardar en abril cubriendo la primera parcialidad. 8 Presente el aviso de pago en parcialidades mediante escrito libre 12 dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se presentó la declaración. 12 El escrito libre debe estar dirigido a la administración local de recaudación que le corresponda, y contener su nombre, RFC, domicilio fiscal, el señalamiento de que opta por pagar en parcialidades y el número de ellas, así como su firma autógrafa. 33

33 8 Pague la segunda parcialidad y posteriores con la forma fiscal FMP-1 que debe solicitar en la administración local de asistencia que le corresponda en la que ya se incluirán la actualización y recargos correspondientes. En este caso, llene los siguientes campos de la forma fiscal: 8 Anote en la referencia (21), campo O, el importe de la primera parcialidad, que resulta de dividir la cantidad total a cargo entre el número de parcialidades que haya elegido. 8 Anote en la referencia (21-B), campo P, la cantidad que resulte de restar a su cantidad a cargo, el importe de la primera parcialidad. 8 Anote en la referencia (21-C), campo R, la cantidad a pagar que resulta de la cantidad a cargo menos la cantidad señalada en el campo P. Ejemplo: Como en el caso práctico no resultó saldo a cargo utilizaremos otras cantidades para orientarle sobre la manera en que debe llenar la carátula cuando pague en parcialidades. CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS Cantidad a cargo 2, Importe de la primera parcialidad (2, ) Diferencia a cargo descontada la primera parcialidad (2, ) Cantidad a pagar (importe de la primera parcialidad) , REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13 ( 21 ) Carátula, campo N ( 21-A) Carátula, campo O ( 21-B ) Carátula, campo P ( 21-C ) Carátula, campo R 34

34 Llenado del recuadro 1 de la forma fiscal 13, Pago del impuesto sobre la renta, cuando se opte por pagar en parcialidades (19) 2250 III IV 0 (20) 2250 I II (21) 2250 (21-A) 375 (21-B) 1875 (21-C) (22) 375 Si le resultó saldo a favor puede elegir alguna de las siguientes opciones: 8 Solicitar Devolución. Sólo marque X en la referencia (H 1 ). En este caso, sólo señale el nombre del banco en la referencia (H 3 ), así como el número de cuenta Clabe para transferencia electrónica a 18 dígitos, en la referencia (H 4 ) (se encuentra en el estado de cuenta que le envía el banco ), para efectos de que le hagan el depósito correspondiente. Si el monto de su saldo a favor es de 25,000 pesos o más para obtener la devolución autómatica debe enviar su declaración por Internet utilizando su firma electrónica avanzada. 8 Compensar el saldo a favor contra pagos posteriores. También en este caso, marque con una X el recuadro de referencia (H 2 ) de la misma página 3 de la forma. Llenado de la página 3, segundo recuadro de la forma fiscal 13 V. EN EL CASO DE OBTENER SALDO A FAVOR DEL ISR, MARQUE CON (X) SI OPTA POR: DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE ES MI VOLUNTAD COMO CONTRIBUYENTE BENEFICIARME DE LA DEVOLUCIÓN COMPENSACIÓN DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A QUE TENGO DERECHO CONFORME AL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, Y QUE ÉSTA SEA DEPOSITADA EN: H 1 H 2 NOMBRE DEL BANCO NÚMERO DE H CUENTA (CLABE) 3 H 4 FORMA FISCAL CONSTITUYE 35

35 Qué hacer si resulta impuesto a cargo y compensa un saldo a favor de declaraciones anteriores En este caso, debe presentar ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda el aviso de compensación (forma fiscal 41), de acuerdo con los siguientes plazos, según corresponda: Sexto dígito numérico de la clave del RFC Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieran efectuado la compensación 1 y 2 Sexto y séptimo día hábil siguiente 3 y 4 Octavo y noveno día hábil siguiente 5 y 6 Décimo y décimo primer día hábil siguiente 7 y 8 Décimo segundo y décimo tercer día hábil siguiente 9 y 0 Décimo cuarto y décimo quinto día hábil siguiente Qué otros datos del impuesto sobre la renta debe informar En esta declaración debe informar, en su caso, los ingresos que haya percibido por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación, aun cuando ya haya pagado con anterioridad el o los impuestos correspondientes. Los conceptos y montos son los siguientes: 8 Ingresos por préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de un millón de pesos. 8 Ingresos exentos del impuesto sobre la renta por concepto de herencias o legados y por enajenación de casa habitación, siempre que la suma de los ingresos por dichos conceptos, sea superior a 500,000 pesos. 8 En el caso de los ingresos por viáticos, debe informarlos en su declaración anual siempre que el monto que haya percibido en el año por este concepto exceda de 500,000 pesos y represente más de 10% de los ingresos por sueldos. Si no tiene ingresos por los conceptos citados, debe anotar 0 (cero) en la forma fiscal en cada uno de dichos conceptos. Llenado de la página 3, tercer recuadro: Datos informativos obligatorios a. PRÉSTAMOS RECIBIDOS b. PREMIOS OBTENIDOS c. DONATIVOS OBTENIDOS d. VIÁTICOS COBRADOS ( EXENTOS ) DATOS INFORMATIVOS OBLIGATORIOS e. f. INGRESOS EXENTOS POR ENAJENACIÓN DE CASA HABITACIÓN DEL CONTRIBUYENTE INGRESOS EXENTOS POR HERENCIAS O LEGADOS g. INTERESES PERCIBIDOS h. INTERESES REALES POR RETIROS PARCIALES EPRODUCCIÓN NO AUTORIZADA DE ESTA FORM 36

36 DATOS PERSONALES DEL CONTRIBUYENTE Para completar el llenado de la declaración anual, es necesario anotar la siguiente información en la forma fiscal, en el renglón o recuadro correspondiente, de acuerdo con la letra de referencia. 8 Registro Federal de Contribuyentes (a 13 posiciones) en la parte superior izquierda de todas las páginas de la forma fiscal y de los anexos. 8 Clave Única de Registro de Población (a 18 posiciones) en la parte superior izquierda de todas las páginas de la forma fiscal y de los anexos. 8 Ejercicio (el año que declara) Marque X en los anexos que presenta. 8 Apellido paterno, materno y nombre(s). Anótelos completos, sin abreviaturas. 8 Anote la letra correspondiente al tipo de declaración que presenta x x Declaración N 8 Fecha de presentación de declaración complementaria, en su caso, y número de operación o folio de la declaración presentada anteriormente. 8 Su domicilio fiscal. Debe anotar las palabras completas, sin abreviaturas. 8 Datos de su representante legal, en caso de tenerlo. 8 Su firma o la de su representante legal, en caso de tenerlo. ( A ) Carátula ( B ) Carátula ( C ) Carátula ( D ) Carátula ( E ) Carátula ( F ) Carátula ( G ) Carátula ( K ) Pág. 3 ( L ) Pág. 4 ( M ) Pág. 4 37

37 13 Referencia en la página 3 de la forma fiscal (C) 2006 X X (D) RUMR770322LSE RUMR770322DDFNRR08 (A) (B) RUIZ MARTÍNEZ (E) RODRIGO (F) (N) (G) (H) 0 13 Referencia en la página 3 de la forma fiscal CALLE ENTRE LAS CALLES DE COLONIA LOCALIDAD CORREO ELECTRÓNICO HIDALGO DOMICILIO FISCAL Y DE BELISARIO DOMÍNGUEZ JUÁREZ GUERRERO MÉXICO MUNICIPIO O DELEGACIÓN EN EL D.F. ENTIDAD FEDERATIVA CUAUHTÉMOC (K) DISTRITO FEDERAL NO. Y/O LETRA EXTERIOR 77 TELÉFONO NO. Y/O LETRA INTERIOR CÓDIGO POSTAL LA REP ( 1 ) Incluyendo exceso de deducciones sobre ingresos. 13 Página 4 de la forma fiscal DATOS DEL REPRESENT ANT E LEGAL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S) (L) INSTRUCCIONES DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTA DECLARACIÓN SON CIERTOS FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL CONTRIBUYENTE O BIEN, DEL REPRESENTAN- TE LEGAL QUIEN MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE A ESTA FECHA EL MANDATO CON EL QUE SE OSTENTA NO LE HA SIDO MODIFICADO O REVOCADO O DUCCIÓN NO AUTO RIZADA DE ESTA FORMA FI S 38

38 ANEXO: INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS Cálculo del subsidio acreditable y no acreditable por sueldos Ingresos acumulables DATOS DEL EJEMPLO CONCEPTO Total de ingresos (cantidad señalada en la página 15 de esta guía) 84, SUS DATOS Menos: Ingresos exentos (monto señalado en la página 15 de esta guía) 2, Ingresos acumulables 81, Cálculo del subsidio a 100% con la tabla del artículo 178 Menos: Por: Por: Más: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO Ingreso acumulable 81, Límite inferior (tabla del artículo 178, LISR ver pág. 29) 50, Excedente del límite inferior 30, Porcentaje para aplicarse sobre excedente del límite inferior (porcentaje de la tarifa del art.177, ver pág. 28) 17% Impuesto marginal 5, Porcentaje del subsidio sobre impuesto marginal (Tabla art. 178) 50% Subsidio sobre impuesto marginal 2, Cuota fija del subsidio (Tabla art. 178) 2, Subsidio a 100% 4, SUS DATOS 39

39 Cálculo del porcentaje del subsidio acreditable Una vez que determinó el subsidio a 100%, para conocer la cantidad del subsidio no acreditable debe efectuar los pasos siguientes: Paso 1: proporción del subsidio no acreditable Calcule la proporción del subsidio no acreditable; para ello, a la unidad (1.00) reste la proporción del subsidio que le corresponda señalada en la constancia que le entrega el patrón; y efectúe las operaciones siguientes: Menos: Por: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS Unidad 1.00 Proporción del subsidio (dato señalado en la pág.15 de esta guía) Resultado Dos Proporción del subsidio no acreditable Paso 2: monto del subsidio no acreditable Multiplique el subsidio a 100% que obtuvo al aplicar la tabla del artículo 178 por la proporción del subsidio no acreditable: el resultado es el monto del subsidio no acreditable. CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS Subsidio de 100% (monto determinado en la página anterior ) 4, Por: Proporción del subsidio no acreditable Monto del subsidio no acreditable 2,

40 SALARIOS MÍNIMOS Salarios mínimos vigentes en el Área geográfica Diario Anual 30 días 15 días 5 Salarios mínimos anuales A , , , B , , , C , , , Áreas geográficas para efectos del salario mínimo general Área geográfica A integrada por: todos los municipios de los estados de Baja California y Baja California Sur; los municipios de Guadalupe, Juárez y Praxedis G. Guerrero, del estado de Chihuahua; el Distrito Federal; el municipio de Acapulco de Juárez, del estado de Guerrero; los municipios de Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz y Tultitlán, del Estado de México; los municipios de Agua Prieta, Cananea, Naco, Nogales, General Plutarco Elías Calles, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado y Santa Cruz, del estado de Sonora; los municipios de Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Matamoros, Mier, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, San Fernando y Valle Hermoso, del estado de Tamaulipas, y los municipios de Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Las Choapas, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Moloacán y Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Área geográfica B integrada por: los municipios de Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, del estado de Jalisco; los municipios de Apodaca, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina, del estado de Nuevo León; los municipios de Altar, Atil, Bácum, Benito Juárez, Benjamín Hill, Caborca, Cajeme, Carbó, La Colorada, Cucurpe, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo, Huatabampo, Imuris, Magdalena, Navojoa, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, San Ignacio Río Muerto, San Miguel de Horcasitas, Santa Ana, Sáric, Suaqui Grande, Trincheras y Tubutama, del estado de Sonora; los municipios de Aldama, Altamira, Antiguo Morelos, Ciudad Madero, Gómez Farías, González, El Mante, Nuevo Morelos, Ocampo, Tampico y Xicoténcatl del estado de Tamaulipas, y los municipios de Coatzintla, Poza Rica de Hidalgo y Túxpam, del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Área geográfica C integrada por: todos los municipios de los estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro de Arteaga, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; todos los municipios del estado de Chihuahua excepto Guadalupe, Juárez y Praxedis G. Guerrero; todos los municipios del estado de Guerrero excepto Acapulco de Juárez; todos los municipios del estado de Jalisco excepto Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan; todos los municipios del Estado de México excepto 13 Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de

41 Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz y Tultitlán; todos los municipios del estado de Nuevo León excepto Apodaca, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina; los municipios de Aconchi, Álamos, Arivechi, Arizpe, Bacadéhuachi, Bacanora, Bacerac, Bacoachi, Banámichi, Baviácora, Bavispe, Cumpas, Divisaderos, Fronteras, Granados, Huachinera, Huásabas, Huépac, Mazatán, Moctezuma, Nácori Chico, Nacozari de García, Onavas, Quiriego, Rayón, Rosario, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Javier, San Pedro de la Cueva, Soyopa, Tepache, Ures, Villa Hidalgo, Villa Pesqueira y Yécora, del estado de Sonora; los municipios de Abasolo, Burgos, Bustamante, Casas, Cruillas, Güémez, Hidalgo, Jaumave, Jiménez, Llera, Mainero, Méndez, Miquihuana, Padilla, Palmillas, San Carlos, San Nicolás, Soto la Marina, Tula, Victoria y Villagrán, del estado de Tamaulipas, y todos los municipios del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, excepto Agua Dulce, Coatzacoalcos, Coatzintla, Cosoleacaque, Las Choapas, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Poza Rica de Hidalgo y Túxpam. 42

42 Servicios gratuitos y confidenciales Para información fiscal: Consulte: Escriba: asisnet@sat.gob.mx Llame a INFOSAT: Para denunciar posibles actos de corrupción: Escriba: denuncias@sat.gob.mx Llame:

43 Guía para presentar la Declaración Anual de Ingresos por Sueldos y Salarios con Intereses. Personas Físicas. Esta edición, preparada en el Servicio de Administración Tributaria por la Administración General de Asistencia al Contribuyente, a través de la Administración Central de Relaciones y Comunicación, consta de 55,000 ejemplares y se terminó de imprimir en el mes de febrero de Servicio de Administración Tributaria, AGAC, ACRC. Se prohíbe la reproducción total o parcial de esta obra con fines de lucro. Este documento no establece obligaciones ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.

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