Tema 5. La participación de los trabajadores en la empresa. El derecho de huelga.

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1 Tema 5. La participación de los trabajadores en la empresa. El derecho de huelga. 1. LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES. La Constitución Española de 1978 recoge el derecho de los trabajadores a participar en la empresa (art. 129). Esta participación se puede hacer mediante el derecho de reunión o a través de los representantes de los trabajadores. Hay dos tipos de representación de los trabajadores en la empresa: -La representación unitaria: son los representantes de todos los trabajadores de la empresa y son elegidos por todos ellos en elecciones cada cuatro años. Son los Delegados de Personal y los miembros del Comité de Empresa. Vienen regulados en el Estatuto de los Trabajadores. -La representación sindical: son los representantes de los trabajadores afiliados a un mismo sindicato de una empresa y son elegidos por todos ellos. Son las Secciones Sindicales y los Delegados Sindicales. Vienen regulados en la Ley Orgánica de Libertad Sindical. 2. LOS REPRESENTANTES SINDICALES 2.1. LOS SINDICATOS Los sindicatos son organizaciones que buscan mejorar las condiciones de trabajo de sus asociados y de los trabajadores en general. Se estructuran por actividades (metal, ferroviario, limpieza, oficinas y despachos...) y por zonas geográficas (estatales, de una comunidad autónoma, de una comarca...). Los sindicatos han tenido históricamente un papel fundamental en el Derecho del Trabajo. Cuando aparecieron las primeras fábricas, en el siglo XIX, las condiciones laborales de los obreros eran tan malas que lo que ganaban apenas les daba para comer y si tenían un accidente de trabajo estaban condenados a mendigar. Cuando la clase obrera empezó a unirse para defender sus derechos aparecieron los sindicatos, que consiguieron que el Estado protegiera a los trabajadores, dándoles más derechos (salario digno, baja por enfermedad, asistencia médica, jubilación...). En España los sindicatos han estado prohibidos durante toda la dictadura. Gracias a la Constitución Española tenemos libertad sindical, con lo que podemos: fundar libremente sindicatos o afiliarnos y darnos de baja en el que más nos convenga. Todos los trabajadores, también los funcionarios, podemos afiliarnos a un sindicato (exceptuando los militares, jueces, magistrados y fiscales). Los sindicatos más conocidos a nivel Estatal son: -Unión General de Trabajadores (U.G.T) -Comisiones Obreras (CC.OO.) -Confederación General del Trabajo (C.G.T.) -Unión Sindical Obrera (U.S.O.) -Confederación Sindical Independiente (C.S.I.-C.S.I.F.)

2 También podemos encontrar los "sindicatos amarillos", que se crean por los dirigentes de una empresa para frenar las reivindicaciones de los trabajadores. Esta práctica es ilegal y tampoco pueden promover el voto por un sindicato en concreto. Por su parte, los empresarios tienen derecho a tener sus propias asociaciones (conocidas como patronales). Las más importantes son: -Confederación Española de Organizaciones Empresariales (C.E.O.E.) -Confederación Empresarial Valenciana (C.E.V.) -Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Valenciana (CEPYMEV) 2.3. LOS SINDICATOS DENTRO DE LA EMPRESA. Los representantes sindicales dentro de la empresa son: -Las SECCIONES SINDICALES, que son el grupo de trabajadores de una misma empresa afiliados a un mismo sindicato. Si han obtenido representación en las elecciones de la empresa, tendrán derecho a un tablón de anuncios y a participar en la negociación colectiva. Si la empresa tiene más de 250 trabajadores, tendrán derecho a utilizar un local dentro de la empresa. -En las empresas de más de 250 trabajadores, además, los sindicatos que hayan obtenido más de un 10% de la representación de los trabajadores, podrán tener un DELEGADO SINDICAL, que será una persona elegida por y entre los afiliados a ese sindicato. Estos delegados, aunque sólo representan a los afiliados a su sindicato, tienen los mismos derechos y garantías que los representantes unitarios (que ahora estudiaremos). -B usca una noticia en el periódico o la televisión en la que aparezca un sindicato. Explica de qué sindicato se trataba, en qué ámbito actuaba y en qué ha consistido su actuación. -Pasa por el local o edificio de los sindicatos que haya en tu localidad (o búscalo en Internet) y analiza alguna revista o folleto que hayan publicado. Comenta qué reivindicaciones y quejas exponen. -Pregunta a algún trabajador que conozcas de una empresa grande qué sindicatos existen en su empresa. Qué empresa es? Cuántos trabajadores tiene? Tienen Secciones Sindicales? Tienen local? Tienen Delegados Sindicales? De qué sindicatos? 3. LOS REPRESENTANTES UNITARIOS Los representantes unitarios, como ya hemos visto, se llaman así porque representan a todos los trabajadores de la empresa. Pueden, o no, pertenecer a un sindicato, y son elegidos por los trabajadores en unas elecciones que se realizan dentro de la empresa cada cuatro años. DELEGADOS DE PERSONAL: Se encuentran en aquellas empresas que tienen entre 10 y 49 trabajadores, aunque también pueden nombrarse en empresas de entre 6 y 10 trabajadores si éstos lo acuerdan por mayoría. MIEMBROS DEL COMITÉ DE EMPRESA: Se encuentran en aquellas empresas que tienen 50 o más trabajadores. Si una misma empresa tiene varios centros de trabajo en la misma provincia o en municipios limítrofes, puede constituir un comité de empresa conjunto. 2

3 Además, estos mismos representantes nombrarán, entre uno de ellos, quién hará de Delegado de Prevención, es decir, quien se centrará en las tareas de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa y defenderá los derechos de todos los trabajadores a la Salud Laboral. Todos estos representantes disponen de un crédito horario, es decir, de unas horas que pueden usar libremente para ejercer sus funciones. Se trata de horas de trabajo que, en lugar de ocupar su puesto habitual, dedicarán a tareas de representación. Por tanto, son horas retribuidas, que el trabajador va a cobrar igual, a pesar de no ser productivo para la empresa. Estas horas, que corresponden a cada uno de los representantes, pueden ser acumuladas en sólo uno de ellos, con lo que aparece la figura del "liberado". Número de trabajadores Representantes Crédito Horario 10 a 30 1 Delegado de Personal = Delegado de Prevención 15 h/mes 31 a 49 3 Delegados de Personal, de ellos 1 Delegado de Prevención 15 h/mes 50 a miembros de Comité de Empresa, de ellos 2 Delegados de Prevención 15 h/mes 101 a miembros de Comité de Empresa, de ellos 3 Delegado de Prevención 20 h/mes 251 a miembros de Comité de Empresa, de ellos 3 Delegados de Prevención 30 h/mes 501 a miembros de Comité de Empresa, de ellos 4 Delegados de Prevención 35 h/mes 751 a miembros de Comité de Empresa, de ellos 4 Delegados de Prevención 40 h/mes más de miembros de Comité de Empresa por cada 1000 o fracción (máximo 75), de ellos 1 Delegados de Prevención por cada 1000 o fracción (máximo 8 ) 40 h/mes 3.1. FUNCIONES DE LOS REPRESENTANTES UNITARIOS Los representantes unitarios dedican sus horas de representación a desarrollar las siguientes tareas: Recibir información sobre la situación de la empresa (producción, ventas, previsiones, cuentas anuales...) y sobre la evolución del empleo en la misma. Recibir la copia básica de los contratos de trabajo que se firmen en la empresa. Emitir informes si la empresa quiere reducir jornadas de trabajo o reestructurar la plantilla y también respecto a los planes de formación profesional. Conocer los modelos de contrato de trabajo que se usen en la empresa. Ser informados de todas las sanciones por faltas muy graves que la empresa haya impuesto a los trabajadores. Conocer las estadísticas sobre absentismo laboral en la empresa, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, estudios sobre ambiente laboral y mecanismos de prevención de accidentes que se utilicen. Vigilar que la empresa cumpla la normativa laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Informar a los trabajadores de todos los temas de su competencia, siempre respetando el deber de guardar secretos que puedan perjudicar a la empresa GARANTÍAS DE LOS REPRESENTANTES UNITARIOS Pero como al actuar en defensa de los trabajadores muchas veces van a ir en contra de los intereses del empresario, el Estatuto de los Trabajadores establece unos sistemas de protección o garantías para estos representantes: Si la empresa acusa a un representante de los trabajadores de haber cometido una falta grave o muy grave, se deberá escuchar al acusado y podrán intervenir en su defensa, también, los demás representantes de los trabajadores de esa empresa. Si la empresa va a despedir a varios trabajadores por causas económicas o tecnológicas, los representantes de los trabajadores serán los últimos en ser despedidos 3

4 Un representante de los trabajadores no podrá ser despedido ni sancionado mientras lo sea ni durante el año siguiente, excepto por motivos disciplinarios. Pueden expresar con libertad sus opiniones en materias relacionadas con sus tareas de representación. -C alcula, para las siguientes empresas, el número de representantes unitarios que les corresponderá, de qué tipo y cuántos de ellos serán Delegados de Prevención. Di, además, de cuántas horas dispondrán y si puede aparecer o no algún "liberado". Maggie S.L., que tiene 537 trabajadores Pataqueta S.A., de 215 trabajadores Industrias Cárnicas Levante, de 1021 trabajadores Sant Hilari Embotelladora, de 75 trabajadores Conte Music, de 23 trabajadores Shocked Transportes, de 895 trabajadores Bluetown Logística, de 3042 trabajadores -Explica, en la siguiente tabla, las diferencias que hay entre: delegado de personal miembro del comité de empresa delegado de prevención delegado sindical A quién representa? Quién lo nombra? En qué empresas existe? - Qué es un sindicato más representativo? Para qué se han creado? Qué ventajas tienen sobre el resto de sindicatos? - En qué casos se puede sancionar o despedir a un representante de los trabajadores? 4. EL DERECHO DE REUNIÓN Otra de las formas que tienen los trabajadores de participar en la empresa es a través de las reuniones. Los trabajadores de una empresa tienen derecho a reunirse en el centro de trabajo siempre que se cumplan unos requisitos. La reunión deben convocarla o los representantes de los trabajadores o bien un mínimo de un tercio de la plantilla. La convocatoria, que debe tener incluido el orden del día, se le debe entregar al empresario, al menos, 48 horas antes de la reunión. En la reunión sólo podrán tratarse los temas que incluya el orden del día y si asiste alguna persona que no pertenezca a la empresa, debe saberlo el empresario. Para que los acuerdos de la reunión sean válidos deben votar a su favor más de la mitad de los trabajadores de la empresa. La reunión deberá celebrarse fuera de las horas de trabajo. 4

5 El empresario sólo puede negar su autorización para que se celebre la reunión: -Si no se cumplen los anteriores requisitos. -Si han pasado menos de dos meses desde la última reunión. -Si no se han pagado los daños producidos en anteriores reuniones. - Q ué competencias o funciones tienen los representantes de los trabajadores respecto a la contratación laboral? Sobre qué temas deben ser informados? Sobre qué temas deben informar? -Los trabajadores de Gestiones Informáticas SL han decidido reunirse este miércoles. Uno de ellos, Lolo, que tiene mucha iniciativa, convenció a los demás para que, ya que son 9 trabajadores, reunirse y, si todos estaban de acuerdo, nombrar un delegado de personal. Recogieron las firmas de 4 trabajadores y le presentaron el pasado viernes al empresario la convocatoria con el orden del dia, que detallaba los temas que iban a tratar. Su empresario, Gerardo, muy enfadado por las pretensiones de los trabajadores, les dijo que no les dejaba reunirse en la empresa y que no tenían derecho a tener delegado de personal. Tienen derecho a tener delegado de personal? Estaba bien realizada la convocatoria de la reunión? Explica tu respuesta. Podía su jefe negarse a que se reunieran? Explica en qué casos se podría negar. Si finalmente se celebrara la reunión Cuántos votos serían necesarios para acordar que se eligiera a un delegado de personal? Podrían, en esa misma reunión, acordar la convocatoria de elecciones? 5. EL DERECHO DE HUELGA En la relación entre empresarios y trabajadores pueden surgir conflictos, debido al trabajo que unos desarrollan para los otros. Los conflictos pueden afectar muy negativamente al día a día en el puesto de trabajo. Tener conflictos es siempre inevitable, ya que en cualquier relación pueden surgir roces. Lo que debe evitarse es que los conflictos queden latentes (que no se manifiesten), ya que en este caso se gestará un conflicto mayor. Los conflictos es más conveniente que se exterioricen, ya que de plantearse abiertamente se pueden buscar soluciones y aprender de los errores cometidos. La exteriorización puede hacerse de diversas maneras: FORMAS DE EXTERIORIZACIÓN DE LOS CONFLICTOS LABORALES Sin suspensión del trabajo.manifestaciones.trabajo lento ( brazos caídos o de reglamento).trabajo rápido (japonesa).concentraciones.encierros.folletos, pancartas, carteles Con suspensión del trabajo.huelga (trabajadores).cierre Patronal (empresario) 5.1. LA HUELGA La huelga es un derecho fundamental de los trabajadores, que viene protegido en el artículo 28.2 de la Constitución Española. 5

6 La huelga consiste en una suspensión colectiva y concertada del trabajo prestado por los trabajadores. Estaremos ante una huelga legal cuando al ejercerla se respetan todos los requisitos que exige la ley para poder realizarla. La huelga puede ser ilegal si: - Se inicia por motivos políticos que no tengan nada que ver con el interés profesional de los trabajadores. - Se inicia por solidaridad o apoyo con otra causa que no tenga nada que ver con el interés profesional de los trabajadores. -Tiene la intención de alterar lo pactado en el convenio colectivo vigente. -Vulnera la ley o incumple algunos de los requisitos para convocarla o ejercerla. Para convocar una huelga hay que cumplir los siguientes requisitos: 1º CONVOCATORIA: - Los propios trabajadores que van a hacer la huelga - Sus representantes, por acuerdo mayoritario - Los sindicatos con representación en ese campo (empresa o sector) 2º COMUNICACIÓN POR ESCRITO: Los convocantes deben comunicar por escrito a la autoridad laboral y al empresario su decisión de hacer huelga. 3º PLAZO DE PREAVISO: La huelga debe convocarse con un mínimo de preaviso de 5 días (o 10 si se trata de servicios públicos) 4º COMITÉ DE HUELGA: Debe constituirse un comité de huelga, que será de un máximo de 12 trabajadores de la empresa. Sirve para negociar con el empresario una solución al conflicto y para garantizar los servicios mínimos y la seguridad durante el desarrollo de la huelga. Los trabajadores de la empresa o sector en que se haya convocado la huelga tienen completa libertad para sumarse o no a ella. Es decir, que nadie les puede coaccionar ni presionar para unirse a la huelga. A los que no se suman a la huelga (porque priman antes su interés personal de cobrar ese día de trabajo que el interés colectivo de conseguir lo que piden al empresario) se les conoce como esquiroles. Los trabajadores que si se suman a la huelga y los sindicatos tienen el derecho a hacer publicidad para defender su causa. A esto se le conoce como piquetes informativos. Estos piquetes van a ser legales siempre que respeten el derecho de quienes no quieran sumarse a la huelga y no usen violencia o coacción con ninguna de las partes. Consecuencias de la huelga: Si se trata de una huelga legal: el trabajador no irá a trabajar ni le pagarán el salario, no le pueden despedir ni castigar por ello. El contrato queda en suspenso hasta la finalización de la huelga. Si se trata de una huelga ilegal: como el trabajador deja de ir a trabajar sin motivo, el empresario puede castigarle o despedirle por motivos disciplinarios, y no deberá pagarle esos días de salario. 6

7 5.2 EL CIERRE PATRONAL El empresario puede cerrar el centro de trabajo, pero sólo en casos muy justificados: -Si se produce una huelga con violencia sobre las personas o daño sobre las cosas. -Si ha habido ocupación ilegal del centro de trabajo. -Si se da alguna alteración colectiva en la prestación del trabajo (huelgas intermitentes, huelgas estratégicas, rotatorias o abusivas). El cierre del centro de trabajo debe limitarse al tiempo indispensable. El empresario debe comunicar el cierre patronal a la autoridad laboral en un plazo máximo de 12 horas. Consecuencias del cierre patronal: Se suspenderá la relación de trabajo (no se trabajará ni se cobrará el salario). Si la autoridad laboral declara el cierre ilegal, los trabajadores tendrán derecho a cobrar los salarios que no les pagaron durante el cierre. -Señala, para las siguientes empresas, el plazo de preaviso necesario para convocar una huelga: Cárnicas Pérez, S.L. Ferrocarrils de la Generalitat Ayuntamiento de Navacerrada Floristería Antoñito Quién podrá convocar la huelga? A quien deben comunicar su decisión? Qué es el comité de huelga? -Los trabajadores de Gestiones Informáticas SL han decidido convocar una huelga para quejarse de que trabajan demasiadas horas extras y quieren que se las paguen mejor. De paso, quieren protestar porque no les gusta el artículo 8 del Convenio Colectivo y quieren que su empresa no se lo aplique y también solidarizarse con las víctimas del tsunami en Asia. Son estas causas de huelga legales? Qué consecuencias tendría para el trabajador que hiciera huelga sólo por la primera causa de las enumeradas? Y por la segunda? Y por la tercera? -Silvia trabaja en una empresa de plásticos. Los sindicatos han convocado una huelga en su sector para protestar por los bajos salarios, y ella la va a hacer. Con su compañera Mª José ha decidido constituir un piquete informativo.intentarán convencer a los esquiroles de las oficinas que el problema también les afecta a ellos y deben sumarse a la huelga. Qué es un piquete informativo? Cuándo podríamos considerarlo ilegal? Qué es un esquirol? Qué actuaciones pueden hacer Silvia y Mª José para convencer a sus compañeros? -La empresa Frichettone S.r.l. ha decidido cerrar sus puertas. Esta mañana han ido sus trabajadores a las 9 y tenían un cartel en la puerta. Se puede considerar esto un cierre patronal? Qué requisitos debería cumplir? Qué consecuencias tendría? 7

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