COLEGIO DE BACHILLERATO FISCOMISIONAL- DANIEL ÁLVAREZ BURNEO NORMATIVA
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- Ernesto Bustamante Cabrera
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1 COLEGIO DE BACHILLERATO FISCOMISIONAL- DANIEL ÁLVAREZ BURNEO NORMATIVA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL, SU REGLAMENTO GENERAL Y PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Teniendo en cuenta que la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana y se apoya en la filosofía marista; la Institución reconoce los derechos de los estudiantes y padres de familia contemplados en la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Educación Intercultural en los artículos 7 12, los señalados en el Código de la niñez y adolescencia, al igual que en su Proyecto Educativo. Para dar cumplimiento al artículo 330 del Reglamento General, que textualmente dice: al inicio del año lectivo, los estudiantes y sus representantes legales deberán firmar una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no cometerá actos que las violenten. 1. OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES 1.1 Ley Orgánica de Educación Intercultural (art. 8) 1. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo con la reglamentación correspondiente y de conformidad con la modalidad educativa, salvo los casos de situación de vulnerabilidad en los cuales se pueda reconocer horarios flexibles; 2. Participar en la evaluación de manera permanente, a través de procesos internos y externos que validen la calidad de la educación y el inter aprendizaje; 3. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones; 4. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las instituciones educativas; 5. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa; 6. Participar en los procesos de elección del gobierno estudiantil, de los consejos de curso, consejo estudiantil, de las directivas de grado y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable; 7. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás; 8. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la solución pacífica de conflictos; 9. Hacer buen uso de becas y materiales que recibe; 10. Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos y demás normas que regulen el Sistema Nacional de Educación en general y a las instituciones educativas en particular; 11. Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de la comunidad educativa;
2 12. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violación de sus derechos y actos de corrupción, cometidos por y en contra de un miembro de la comunidad educativa; y, 13. Reportar de manera oportuna de cualquier acto de deshonestidad académica de la que tengan conocimiento, artículo 225 RG. 1.2 Normativa Institucional (P.E.I) 1. Reconocer que el Colegio es una Institución educativa fiscomisional marista y comprometerse con su estilo educativo; 2. Asistir con el uniforme determinado por la Institución y correctamente presentado; sin maquillaje excesivo y para los varones el cabello demasiado largo; 3. Comportarse conforme a la moral y a las buenas costumbres, dentro y fuera del Colegio, especialmente, vistiendo el uniforme o cuando ejerza una representación oficial; 4. Informar, oportunamente, a profesores o directivos de situaciones que puedan resultar irregulares o que amenacen a la seguridad institucional; 5. Solicitar a su inspector o director de sección el permiso para salir del Instituto en horas de clase, por motivos de fuerza mayor; 6. Entregar oportunamente a sus padres o representantes los documentos o comunicaciones enviados por el Instituto y acusar recibo en la inspectoría correspondiente; 7. Disponer de los útiles escolares personales necesarios en cada una de las clases y ambientes; 8. Propender a la conservación de una sana convivencia, evitando el vocabulario soez y obsceno; desterrando peleas, dentro o fuera del Instituto, ofensas verbales, agresiones físicas, comentarios tendenciosos; 9. Desterrar el acoso físico, psicológico y amenazas a los compañeros a otros miembros de la Comunidad Educativa; 10. Cuidar las propias pertenencias, las de los demás y la higiene personal; 11. Convertirse en los primeros interesados en superar las situaciones conflictivas personales y estar al día en sus responsabilidades académicas; 12. Participar responsable y activamente en todas las actividades programadas por la Institución: deportivas, académicas, religiosas, científicas, culturales, artísticas, entre otras; 13. Acatar las exhortaciones de autoridades y docentes; 14. Utilizar adecuadamente el tiempo de descanso y recreación en los espacios señalados y fuera de las aulas de clase, laboratorios, centros de computación u otros; y, 15. Presentar justificación y la autorización correspondiente para que pueda presentarse a evaluaciones y actividades re recuperación programadas por el docente o la Institución. 2 FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Las faltas de los estudiantes son las que se establecen en el artículo 134 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, los artículos 224 y 330 del Reglamento General y el Proyecto Educativo Institucional. Estas faltas pueden ser leves, graves o muy graves: 1. Alterar la paz, la convivencia armónica o irrespetar los Códigos de Convivencia del Centro Educativo. 2. Cometer actos de violencia de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, autoridades, ciudadanos y colectivos sociales. 3. Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes públicos y privados. 4. Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades académicas y culturales de la institución. 5. Cometer fraude o deshonestidad académica. 6. No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en la presente Ley y en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. 7. Normativa Institucional del Proyecto Educativo Institucional.
3 2.1 FALTAS LEVES: (El primer número, que se asigna en las faltas, guarda correlación los antecedentes) con 1.1 Usar el teléfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativa que distrajere su atención durante las horas de clase o actividades educativas; 1.2 Ingerir alimentos o bebidas durante las horas de clase o actividades educativas, a menos que esto se hiciere como parte de las actividades de enseñanza aprendizaje; 1.3 No utilizar el uniforme de la institución o portarle rayado con palabras o signos; 1.4 Abandonar cualquier actividad educativa sin autorización; 1.5 Realizar ventas o solicitar contribuciones económicas, a excepción de aquellas con fines benéficos, expresamente permitidas por las autoridades del Establecimiento; 3.1 Dar mal uso a las instalaciones físicas, equipamiento, materiales, bienes o servicios de las instituciones educativas; 5.1 Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explícitamente la fuente; 5.2 Incluir en un trabajo académico ideas, opiniones, teorías, datos, estadísticas, gráficos, dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aún cuando hayan sido parafraseados o modificados; 5.3 Presentar el mismo trabajo académico, aun con modificaciones, en dos o más ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo. 7.1 Interrumpir las clases sin causas debidamente justificadas; 7.2 Realizar actividades diferentes a la asignatura desarrollada en clase, sin autorización del profesor; 7.3 Retener, destruir u ocultar la información oficial enviada y dirigida por el Colegio al representante legal o enviada por éstos al colegio; 7.4 No asistir a las convocatorias dispuestas por directivos o docentes; 7.5 Incumplir con tareas, deberes y compromisos académicos; 7.6 Impuntualidad a la jornada escolar, horas de clase intermedias o a cualquier otra actividad programada; 7.7 Utilizar vocabulario soez y obsceno en las relaciones interpersonales; 7.8 No portar los útiles escolares necesarios para desarrollar el trabajo académico; 7.9 Incumplir las normas establecidas o de seguridad en la biblioteca, talleres, salas de informática, audiovisuales, laboratorios, piscina, espacios deportivos, capilla y otros; 7.10 Jugar naipes, practicar deportes en lugares no apropiados y participar en juegos que pongan en riesgo la integridad física; 7.11 Arrojar basura al piso o en lugares no apropiados; 7.12 Comprar o permanecer en el bar o kioscos en horas de clase o actos institucionales; 7.13 Demostraciones amorosas dentro de la Institución o fuera de ella portando el uniforme; y, 7.14 Dañar jardines, plantas, árboles, monumentos y demás espacios ornamentales. 2.2 FALTAS GRAVES 1.1 Participar activa o pasivamente en acciones de discriminación en contra de miembros de la comunidad educativa; 1.2 Participar activa o pasivamente en acciones que vulneren el derecho a la intimidad personal de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa; 1.3 Consumir o promover el consumo de alcohol, de tabaco, de sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales dentro de la institución
4 educativa o presentarse bajo efectos de los mismos; 1.4 Salir del establecimiento educativo sin la debida autorización; 1.5 Generar situaciones de riesgo o conflictos dentro y fuera de la institución, de conformidad con lo señalado en el Código de Convivencia del establecimiento educativo; 1.6 Realizar, dentro de la institución educativa, acciones proselitistas relacionadas con movimientos o partidos políticos de la vida pública local o nacional; 2.1 Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la dignidad de miembros de la comunidad educativa; 2.2 Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad física o psicológica de los miembros de la comunidad educativa; 2.3 Participar activa o pasivamente en acciones de acoso escolar, es decir, cualquier maltrato psicológico, verbal o físico producido en contra de compañeros de manera reiterada; 2.4 No denunciar ante las autoridades educativas cualquier acto de violación de los derechos de sus compañeros u otros miembros de la comunidad educativa, así como cualquier acto de corrupción que estuviere en su conocimiento; 5.1 Presentar como propio un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio; 5.2 Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo académico o examen. 5.3 Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa; 5.4 Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa persona no participó en la elaboración del trabajo; 5.5 Interferir en el trabajo de otras personas mediante la sustracción, acaparamiento, eliminación, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo académico. 7.1 Ingresar o salir del Colegio por lugares diferentes a los accesos habilitados; 7.2 Introducir al colegio pornografía u otros elementos que atenten contra la dignidad y las sanas costumbres; 7.3 Realizar juegos de azar, apuestas u otras dentro de la Institución; 7.4 Grabar, filmar o fotografiar a profesores y demás integrantes de la Comunidad Educativa sin su consentimiento, así como la difusión de estos contenidos en las redes sociales; 7.6 Utilizar apodos o burlas que ridiculizan y humillan a las personas; 7.7 Oposición sistemática e irrespetuosa a la identidad Institucional; 7.8 El desacato a las disposiciones de los profesores y autoridades; 7.9 Irrespetar los símbolos religiosos, patrios o de la Institución; 7.10 Impuntualidad reiterada y ausencias al colegio, sin la debida justificación de los padres; 7.11 Escribir leyendas en pupitres, paredes, baños y otros lugares del Colegio; 7.12 Utilizar el uniforme para asistir a establecimientos o espectáculos públicos, cuando éstos atenten contra las sanas costumbres, la moral o la dignidad de las personas; 7.13 Observar un comportamiento inadecuado en actividades en donde se esté representando a la Institución, portando o no el uniforme; y, 7.14 Permanecer en la piscina sin la compañía del profesor correspondiente. 2.3 FALTAS MUY GRAVES
5 1.1 Faltar a clases por dos (2) o más días consecutivos sin justificación; 1.2 Comercializar dentro de la institución educativa alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales; 1.3 Portar armas de cualquier naturaleza; 2.1 Socavar la dignidad de un miembro de la comunidad educativa a través de publicaciones difamatorias; 2.2 Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad sexual de los miembros de la comunidad educativa o encubrir a los responsables; 3.1 Ocasionar daños a la infraestructura física y al equipamiento del establecimiento educativo; 3.2 Ocasionar daños a la propiedad pública o privada; 4.1 Realizar actos tendientes a sabotear los procesos electorales del Gobierno escolar, del Consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa; 4.2 Intervenir en actividades tendientes a promover la paralización del servicio educativo; 5.1 Incluir en trabajos académicos citas, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones; 5.2 Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas; 5.3 Modificar las propias calificaciones olas de otra persona; 5.4 Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes académicos propios o de otra persona; 5.5 Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen; 6.1 No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en la presente Ley y en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. 7.1 Sustraer, modificar o dañar la documentación oficial del Colegio; 7.2 Pertenecer a pandillas; a organizaciones que promuevan la violencia, el racismo, la discriminación, el suicidio, etc.; 7.3 Sustraer o apropiarse de bienes ajenos; 7.4 Incurrir en amenazas o coacción indebida, intromisión en la vida privada de los demás en forma personal, telefónica, mediante anónimos, vía Internet o a través de cualquier otro medio; 7.5 Crear o reinventar archivos o comentarios que lesionen la imagen de miembros de la Comunidad Educativa o del Colegio. 7.6 Sacar fotos al personal de la Institución de connotación sexual; 7.7 Mostrar imágenes con contenido sexual, constantes en fotos, películas, revistas u otros medios que se alejen del propósito educativo; y, 7.8 Realización de gestos, ademanes o cualquier otra conducta no verbal de naturaleza o connotación sexual. La acumulación de faltas tendrá como consecuencia la aplicación de acciones educativas disciplinarias de mayor gravedad, según la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. 3. ACCIONES EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS (Art. 331 RG)
6 3.1 Para faltas leves. Se aplicará la amonestación verbal, por parte de los docentes o autoridades, que irá acompañada de: - Advertencia de las consecuencias que tendría el volver a cometer las respectivas faltas; - será registrada en el expediente académico del estudiante y en su informe de aprendizaje, (ficha de atención del docente a los padres de familia u hoja de vida de inspectoría con la firma respectiva); - serán informados del particular sus representantes legales, si no asiste luego de tres llamadas, el director de sección notificará a la Junta Cantonal de la Niñez y Adolescencia; - el estudiante deberá suscribir, junto con sus representantes legales, una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no volverá a cometer actos que las violenten. Se determinará un parcial del quinquemestre como plazo para el cumplimiento de los compromisos; y, - deberá cumplir actividades de trabajo formativo en la institución relacionado con la falta cometida y conducente a reparar el daño ocasionado, si el acto cometido causó perjuicio a otras personas o daño a bienes materiales. 3.2 Para faltas graves. Además de las acciones establecidas en el literal anterior, para este tipo de faltas, la máxima autoridad del establecimiento educativo debe aplicar, según la gravedad de la falta, la suspensión temporal de asistencia a la institución educativa, por un máximo de quince (15) días, durante los cuales el estudiante deberá cumplir con actividades educativas dirigidas por la institución educativa y con seguimiento por parte de los representantes legales, previo informe del Consejo de Convivencia. 3.3 Para faltas muy graves. Para las faltas muy graves, además de aplicar las acciones establecidas en los literales anteriores, la máxima autoridad del establecimiento debe sustanciar el proceso disciplinario y remitir el expediente a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos para la aplicación, según la gravedad de la acción, de una de las siguientes acciones: 3.1 Suspensión temporal de asistencia a la institución educativa por un máximo de treinta (30) días, con acciones educativas dirigidas. Esta medida conlleva la participación directa de los representantes legales en el seguimiento del desempeño del estudiante suspendido; o, 3.2 Separación definitiva de la institución educativa, lo que implica que el estudiante debe ser reubicado en otro establecimiento. La reubicación en otro establecimiento educativo no implica perder el año lectivo. 3.4 Para faltas de deshonestidad académica En caso de deshonestidad académica, en todas sus formas, establecidas en los artículos 223 y 224, y especialmente en copia de trabajos, exámenes o pruebas, el docente calificará con 0/10 y levantará un informe dirigido al vicerrector académico en el que detallará la deshonestidad cometida y las evidencias. En caso de deshonestidad verbal, dictar respuestas de evaluación, el docente gozará de toda credibilidad. Para su defensa, en los instrumentos de evaluación debe colocar una instrucción que prohíba la deshonestidad verbal o escrita, además debe constar un espacio
7 para la firma del estudiante. En el caso de faltas muy graves por deshonestidad académica, se debe proceder directamente a la separación definitiva de la institución educativa. 4. OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA 4.1 Ley Orgánica de Educación Intercultural (art. 13) 1 Cumplir la Constitución de la República, la Ley y la reglamentación en materia educativa; 2. Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos, durante el período de educación obligatoria, de conformidad con la modalidad educativa; 3. Apoyar y hacer seguimiento al aprendizaje de sus representados y atender los llamados y requerimientos de las y los profesores y autoridades de los planteles; 4. Participar en la evaluación de las y los docentes y de la gestión de las instituciones educativas; 5. Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relación con las instituciones educativas; 6. Propiciar un ambiente de aprendizaje adecuado en su hogar, organizando espacios dedicados a las obligaciones escolares y a la recreación y esparcimiento, en el marco del uso adecuado del tiempo; 7. Participar en las actividades extracurriculares que complementen el desarrollo emocional, físico y psico- social de sus representados y representadas; 8. Reconocer el mérito y la excelencia académica de las y los profesores y de sus representados y representadas, sin que ello implique erogación económica; 9. Apoyar y motivar a sus representados y representadas, especialmente cuando existan dificultades en el proceso de aprendizaje, de manera constructiva y creativa; 10. Participar con el cuidado, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas de las instituciones educativas, sin que ello implique erogación económica; y, 11. Contribuir y participar activamente en la aplicación permanente de los derechos y garantías constitucioales. 4.2 Normativa Institucional (P.E.I.) 1. Comprometerse en un proceso que permita asumir los valores humanos y cristianos, en su dimensión personal, familiar y social, mostrando lealtad y respeto a la filosofía, carisma y principios institucionales; 2. Colaborar estrechamente con las autoridades, personal docente y demás integrantes de la Institución para lograr una educación integral; 3. Asistir puntualmente a las reuniones convocadas y atender oportunamente al llamado que realicen las autoridades y profesores; 4. Justificar personalmente las ausencias del representado, hasta por 2 (dos) días posteriores a las mismas y dejar constancia por escrito ante el inspector; recibir una certificación que permita al alumno presentar tareas, lección y evaluaciones solicitados en su ausencia; 5. Responsabilizarse de la buena presentación y uso correcto del uniforme; 6. Responder por los daños, perjuicios y lesiones que sus hijos causen a la Institución, compañeros, docentes y demás integrantes de la comunidad educativa, tanto en la integridad personal cuanto en las pertenecías materiales, debidamente comprobadas; 7. Retirar personalmente los resultados de las evaluaciones en las fechas señaladas en el cronograma del Instituto. Si por alguna causa no pudieran asistir a dichas reuniones,
8 deberán justificar por escrito su inasistencia ante el Director de Sección, máximo en los tres días laborables siguientes; 8. Dirigirse, con respeto, a las autoridades, profesores, y personal administrativo y de servicio, para cualquier sugerencia, información o reclamo; 9. Controlar que sus hijos cumplan las tareas, deberes y demás responsabilidades académicas encargadas por los profesores y autoridades; 10. Estar pendientes y responder a las novedades institucionales publicadas en la página web (istdab.edu.ec) y, de ser necesario, concurrir al Instituto, por lo menos una vez al mes, para informarse sobre el proceso educativo de sus hijos en los ámbitos académico, disciplinario y de asistencia, en los horarios de atención a padres de familia; 11. Dotar a sus hijos de los implementos y materiales necesarios para un buen desenvolvimiento en el proceso educativo; 12. Controlar el portar celulares, objetos de valor y otros elementos prohibidos en la institución; Existe la posibilidad de ocupar la silla vacía en las Juntas de Curso, por parte de de alumnos y padres de familia, a través de sus representantes. Hno. Mariano Morante Montes RECTOR
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