RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala"

Transcripción

1 Digitally signed by MORALES MORANTE Carlos Guillermo FAU soft Date: COT Reason: Doy Conformidad al Presente Documento Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala Digitally signed by MIRANDA HURTADO Guillermo Julio (FAU ) Digitally signed by SALVATIERRA COMBINA Rolando (FAU ) EXPEDIENTE IMPUGNANTES : : ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA : : : SERVIR/TSC JORGE ARMANDO CHUNGUI BRAVO JESUS OMAR ANDRES PINTO ELERA RONALD RAFAEL BOCANEGRA DEL CASTILLO HOSPITAL CAYETANO HEREDIA DECRETO LEGISLATIVO Nº 276 ACCESO AL SERVICIO CIVIL CONCURSO PÚBLICO SUMILLA: Se declara la NULIDAD del Concurso Abierto Nº HCH, en el extremo referido a la plaza de Médico Especialista en Cirugía General, realizado por el Hospital Cayetano Heredia; por vulneración a las normas de acceso al servicio civil previstas en la Ley Marco del Empleo Público. Lima, 7 de marzo de 2018 ANTECEDENTES 1. Mediante Concurso Abierto Nº HCH, el Hospital Cayetano Heredia, en adelante la Entidad, realizó la convocatoria del proceso de concurso público para contratos por reemplazo de plazas vacantes sujetas al régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 276, encontrándose entre dichas plazas una (1) correspondiente a Médico Especialista en Cirugía General. 2. El 30 de octubre de 2017, la Entidad publicó los Resultados Finales del Concurso Abierto Nº HCH, en adelante el Concurso Público, declarándose ganador de la plaza de Médico Especialista en Cirugía General al señor A.A.P.M. TRÁMITE DEL RECURSO DE APELACIÓN 3. Al no encontrarse conforme con los Resultados Finales del Concurso Público dispuesto en la Resolución de Presidencia Nº SBPCH-P, los señores JORGE ARMANDO CHUNGUI BRAVO, JESUS OMAR ANDRES PINTO ELERA y RONALD RAFAEL BOCANEGRA DEL CASTILLO, postulantes del Concurso Público, en adelante los impugnantes, interpusieron recurso de apelación contra los citados Resultados, esencialmente bajo los siguientes argumentos: (i) El puntaje obtenido por el ganador dentro de la etapa curricular no es coherente a comparación de los postulantes JESUS OMAR ANDRES PINTO ELERA y RONALD RAFAEL BOCANEGRA DEL CASTILLO, quienes pertenecen a la 1

2 misma promoción; siendo que los reclamos efectuados en su oportunidad no han sido atendidos, lo que viciaría el procedimiento de calificación. (ii) El puntaje obtenido por el ganador se igual al puntaje obtenido por el postulante de iniciales V.E.R.R. siendo que dicho postulante egresó en el año 2012, cuenta con una maestría y es docente universitario; situación que es igual a la del ganador. 4. Con Oficios N os DG-OEGRRHH/CCAPP-Nº2203-HCH, DG- OEGRRHH-Nº2436-HCH y OEGRRHH-HCH, la Entidad remitió al Tribunal del Servicio Civil, en adelante el Tribunal, el recurso de apelación interpuesto por los impugnantes, así como los antecedentes que dieron origen al acto impugnado. 5. Mediante Oficios N os , , y SERVIR/TSC, se comunicó a la Entidad y a los impugnantes, respectivamente, la admisión del recurso de apelación sometido a conocimiento de este Tribunal. 6. Con Oficio Nº OEGRHH-HCH, del 6 de marzo de 2018, la Dirección Ejecutiva de la Unidad de Recursos Humanos de la Entidad, remitió al Tribunal el escrito presentado por el señor de iniciales A.A.P.M. en respuesta a lo solicitado mediante Oficio Nº SERVIR/TSC. ANÁLISIS De la competencia del Tribunal del Servicio Civil 7. De conformidad con el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº , modificado por la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final la Ley Nº Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal , el Tribunal tiene por 1 Decreto Legislativo Nº Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos Artículo 17º.- Tribunal del Servicio Civil El Tribunal del Servicio Civil - el Tribunal, en lo sucesivo - es un órgano integrante de la Autoridad que tiene por función la resolución de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema. El Tribunal es un órgano con independencia técnica para resolver en las materias de su competencia. Conoce recursos de apelación en materia de: a) Acceso al servicio civil; b) Pago de retribuciones; c) Evaluación y progresión en la carrera; d) Régimen disciplinario; y, e) Terminación de la relación de trabajo. El Tribunal constituye última instancia administrativa. Sus resoluciones podrán ser impugnadas únicamente ante la Corte Superior a través de la acción contencioso administrativa. Por decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, previa opinión favorable de la Autoridad, se aprobarán las normas de procedimiento del Tribunal. 2 Ley Nº Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES 2

3 función la resolución de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, en las materias: acceso al servicio civil, evaluación y progresión en la carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación de trabajo; siendo la última instancia administrativa. 8. Asimismo, conforme a lo señalado en el fundamento jurídico 23 de la Resolución de Sala Plena Nº SERVIR/TSC 3, precedente de observancia obligatoria sobre competencia temporal, el Tribunal es competente para conocer en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación que sean presentados ante las entidades a partir del 15 de enero de 2010, siempre y cuando, versen sobre las materias establecidas descritas en el numeral anterior. 9. Por tal razón, al ser el Tribunal el único órgano que resuelve la segunda y última instancia administrativa en vía de apelación en las materias de acceso al servicio civil, evaluación y progresión en la carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación de trabajo, con la resolución del presente caso asume dicha competencia, pudiendo ser sus resoluciones impugnadas solamente ante el Poder Judicial. 10. En ese sentido, considerando que es deber de todo órgano decisor, en cautela del debido procedimiento, resolver la controversia puesta a su conocimiento según el mérito de lo actuado; y, habiéndose procedido a la admisión del recurso de apelación y valoración de los documentos y actuaciones que obran en el expediente, corresponde en esta etapa efectuar el análisis jurídico del recurso de apelación. Sobre las reglas de acceso a la administración pública 11. En primer lugar, debemos señalar que el artículo 40º de la Constitución Política del Perú señala que: La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente. Sobre el particular, el Tribunal Constitucional ha precisado en la sentencia recaída en el expediente Nº PA/TC (Caso Huatuco Huatuco), que: el artículo 40º de la Constitución reconoce la carrera administrativa corno un bien jurídico constitucional, precisando que por ley se regularán el ingreso, los derechos, CENTÉSIMA TERCERA.- Deróguese el literal b) del artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. 3 Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de agosto de

4 deberes y las responsabilidades de los servidores. Por tanto, en rigor, estamos frente a un bien jurídico garantizado por la Constitución cuyo desarrollo se delega al legislador. (Exp. N.º PUTC FJ 44). 12. En esa línea, la Ley Nº Ley Marco del Empleo Público, aplicable a todas las personas que prestan servicios remunerados bajo subordinación para el Estado, establece en su artículo 5º que El acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidad de las personas, en un régimen de igualdad de oportunidades. 13. Por su parte, el artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 276 establece como un requisito para el ingreso a la carrera Administrativa: Presentarse y ser aprobado en el concurso de admisión ; mientras que el artículo 28º del Reglamento dicha ley señala que el ingreso a la Administración Pública en la condición de servidor de carrera o de servidor contratado para labores de naturaleza permanente se efectúa obligatoriamente mediante concurso. La incorporación a la Carrera Administrativa será por el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postuló. Es nulo todo acto administrativo que contravenga la presente disposición. A su vez, el artículo 32º del referido reglamento señala que: El ganador del concurso de ingreso es incorporado a la Administración Pública mediante resolución de nombramiento o contrato, en la que además se expresa el respectivo puesto de trabajo. 14. De modo tal que el ingreso a la administración pública bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 276, ya sea como servidor de carrera (nombrado) o servidor contratado por servicios personales para labores de naturaleza permanente (contrato), se produce siempre a través de concurso público. Aunque, en estricto, sólo se encontrará dentro de la Carrera Administrativa el personal que haya ingresado a la administración pública con nombramiento; pues de acuerdo al artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 276, los servidores contratados por servicios personales no están comprendidos en la Carrera Administrativa, pero sí en las disposiciones de la referida ley en lo que les sea aplicable. 15. Cabe agregar que el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente PI/TC, cuyas interpretaciones contenidas en ella son vinculantes para todos los poderes públicos y tienen alcances generales, afirmó en los fundamentos 27 y 30 que: En el caso del Decreto Legislativo N.º 276, que promulga la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, se advierte efectos de la presente sentencia, que el ingreso a la carrera pública está sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos (artículo 12º), tales como ser ciudadano en ejercicio; acreditar buena conducta y salud; reunir los requisitos propios del 4

5 respectivo grupo ocupacional; aprobar el concurso de admisión; así como los demás que señale la ley. Además, el ingreso a la Carrera Administrativa debe hacerse por el nivel inicial de cada grupo ocupacional, siendo necesario para ello la existencia de vacantes presupuestadas, pues de otro modo no podría entenderse lo expuesto en el artículo 13º cuando se dispone que Las vacantes se establecen en el presupuesto de cada entidad. ( ) De todo lo expuesto, se puede extraer, como segunda conclusión, que para ingresar al sector público, tanto en el régimen laboral público como en el privado, resulta necesario no solo la existencia de una plaza vacante, que debe encontrarse previamente presupuestada, sino además que no exista impedimento para que aquella sea cubierta a través del mecanismo idóneo para tal efecto. 16. Igualmente, en la sentencia recaída en el expediente Nº PA/TC (Caso Huatuco Huatuco), el Tribunal Constitucional ha precisado que: El Tribunal Constitucional ha puntualizado que los contenidos del derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad, son los siguientes: i) acceder o ingresar a la función pública; ii) ejercerla plenamente; iii) ascender en la función pública; y iv) condiciones iguales de acceso (Expediente N.º PUTC y otro, FJ 43). Asimismo, ha determinado que el derecho de acceso a la función pública tiene como principio consustancial el principio de mérito, el cual vincula plenamente al Estado y a toda entidad pública en general. Esto significa que este principio vincula positivamente al legislador a que la regulación sobre el acceso a toda función pública observe irrestrictamente el principio basilar del acceso por mérito; asimismo, que toda actuación de la administración del Estado y de toda entidad pública, en general, observe tal principio en todos sus actos en relación al acceso a la función pública de las personas (FJ 50). Teniendo en cuenta lo expuesto acerca de los mencionados contenidos de relevancia constitucional sobre funcionarios y servidores públicos, específicamente que el aspecto relevante para identificar a un funcionario o servidor público es el desempeño de funciones en las entidades públicas del Estado; a que la carrera administrativa constituye un bien jurídico constitucional; la prohibición de deformar el régimen específico de los funcionarios y servidores públicos; que el derecho de acceso a la función pública tiene como principio consustancial el principio de mérito; y que, conforme a sus competencias y a los mencionados contenidos constitucionales, el Poder Legislativo ha expedido la Ley N.º 28175, Marco del Empleo Público, en cuyo artículo 5º establece que el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, en base a los méritos y capacidad de las personas, el Tribunal Constitucional estima que existen suficientes y justificadas razones para asumir que el ingreso a la administración pública mediante un contrato a plazo indeterminado exige necesariamente un previo 5

6 concurso público de méritos para una plaza presupuestada y vacante de duración indeterminada. 10. En efecto, este Tribunal ha resaltado la importancia de la meritocracia (mérito personal y capacidad profesional) para el ingreso a la administración pública, estableciendo que ésta constituye un criterio objetivo fundamental en el ingreso y permanencia en la actividad estatal para la prestación de un servicio público (Expediente N.º PI/TC FJ 56). 17. Por lo que puede inferirse que el Tribunal Constitucional, haciendo un desarrollo de lo establecido en los artículos 12º y 13º del Decreto Legislativo Nº 276 y el artículo 5º de la Ley Nº 28175, considera que el acceso a la función pública se rige por el principio del mérito, por lo que el ingreso a la administración pública se debe realizar mediante concurso público abierto a una plaza previamente presupuestada. 18. Por otra parte, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº EF, señala en su Tercera Disposición Transitoria, que en la Administración Pública, en materia de gestión de personal, se tomará en cuenta lo siguiente: a) El ingreso de personal sólo se efectúa cuando se cuenta con la plaza presupuestada. Las acciones que contravengan el presente numeral serán nulas de pleno derecho, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario de la Entidad que autorizó tales actos, así como de su Titular. 19. De este modo, la Entidad convocó el Concurso Abierto Nº HCH, para contratos por reemplazo de plazas vacantes, en atención a la excepción contenida en el literal c) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal , por lo que corresponde evaluar si la Entidad ha cumplido de manera debida la evaluación curricular, según las alegaciones realizadas por los impugnantes en su recurso de apelación. 4 Ley Nº Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 Artículo 8º.- Medidas en materia de personal 8.1. Prohíbese el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: ( ) c) La contratación para el reemplazo por cese, ascenso o promoción del personal, o para la suplencia temporal de los servidores del Sector Público, en tanto se implemente la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, en los casos que corresponda. En el caso de los reemplazos por cese del personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2015, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos. En el caso del ascenso o promoción del personal las entidades deben tener en cuenta, previamente a la realización de dicha acción de personal, lo establecido en el literal b) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. En el caso de suplencia de personal, una vez finalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automáticamente. 6

7 De la Evaluación Curricular en marco del Concurso Abierto Nº HCH 20. En el presente caso, el recurso de apelación interpuesto por los impugnantes radica en evaluar si el resultado de la Evaluación Curricular realizado al señor de iniciales A.A.P.M. se ha realizado de manera debida. 21. Al respecto, los impugnantes han alegado que el puntaje obtenido por el ganador dentro de la etapa curricular no es coherente a comparación de los postulantes JESUS OMAR ANDRES PINTO ELERA y RONALD RAFAEL BOCANEGRA DEL CASTILLO, quienes pertenecen a la misma promoción; siendo que los reclamos efectuados en su oportunidad no han sido atendidos, lo que viciaría el procedimiento de calificación; asimismo, se ha señalado que el puntaje del ganador es igual al puntaje obtenido por el postulante de iniciales V.E.R.R. siendo que dicho postulante egresó en el año 2012, cuenta con una maestría y es docente universitario; situación que es igual a la del ganador. 22. Con la finalidad de realizar el análisis de la Evaluación Curricular del señor de iniciales A.A.P.M., quien resultó ganador de la plaza de Médico Especialista en Cirugía General, y de los impugnantes, esta Sala procede a revisar la documentación que obra en el expediente: (i) Los Resultados de la Evaluación Curricular, fueron los siguientes: a. El señor de iniciales A.A.P.M., postulante ganador, obtuvo 88 puntos. b. El señor JORGE ARMANDO CHUNGUI BRAVO obtuvo 73 puntos. c. El señor JESUS OMAR ANDRES PINTO ELERA obtuvo 66 puntos. d. El señor RONALD RAFAEL BOCANEGRA DEL CASTILLO obtuvo 64 puntos. (ii) Los puntajes antes señalados se obtuvieron de la Evaluación Curricular, que según la Ficha de cada uno de los postulantes, se puede apreciar lo siguiente: ASPECTOS Puntaje Máximo Puntaje del señor de iniciales A.A.P.M. Puntaje del señor CHUNGUI Puntaje del señor PINTO Puntaje del señor BOCANEGRA TÍTULO, GRADO UNIVERSITARIO Y ESPECIALIDAD (Máximo 60 puntos No Acumulables) A Título profesional universitario B Especialidad C Maestría 60 CAPACITACIONES (Máximo 35 puntos) A Cursos de 1 mes a 3 meses 6 6 7

8 B Cursos mayores de 3 meses y menor de 6 meses 9 9 C Cursos mayores de 6 meses y menor de 9 meses D Cursos mayores de 9 meses 14 E Acumulación de hasta 40 horas en cursillos (1 punto por c/u) MÉRITOS (Máximo 5 puntos) ( ) DOCENCIA (Máximo 5 puntos acumulables) ( ) REPRODUCCIÓN CIENTÍFICA (Máximo 5 puntos acumulables) ( ) TOTAL Ahora bien, de la revisión de los documentos que sustentan la Ficha Curricular del señor de iniciales A.A.P.M. se puede apreciar lo siguiente: (i) Sí le corresponde haber obtenido 60 puntos en el Aspecto de Título Profesional, Grado Universitario y Especialidad, puntaje que fue igualmente obtenido por los impugnantes. (ii) En el Aspecto de Capacitaciones, sí cuenta con siete (7) cursillos según el rubro E ; no obstante, no se puede apreciar la documentación que acredite los cursos previstos en los rubros B y C, conforme a las siguientes consideraciones: a. Obra un Certificado de un Curso de Actualización de Emergencias, Urgencias y Catástrofe Parorespiratorio, Cardiaca Crónica, RPC, EKG, que fue realizado durante los meses de diciembre de 2016 y enero de 2017; curso que no encajaría dentro de los rubros B o C, según el cuadro señalado en los párrafos que anteceden, toda vez que dicho curso duró aproximadamente un (1) mes, lo cual únicamente encajaría dentro del rubro A con un máximo de 6 puntos, y no de doce (12) puntos como se pretendió consignarle. b. Para efectos de la evaluación en el Aspecto de Capacitaciones se le ha tomado en consideración como parte del rubro B un Curso de Actualización en Computación e Informática, el mismo que tuvo una duración de aproximadamente cinco (5) meses, asignándole para tales efectos nueve (9) puntos; sin embargo, esta Sala discrepa con dicha puntuación, toda vez que según las Bases del Concurso Público se estableció de manera expresa que la Evaluación Curricular comprendía los siguientes aspectos: (i) Formación académica, (ii) Cursos o estudios de especialización, y; (iii) Conocimientos para el puesto según el perfil. 8

9 Dicho esto, de la lectura del Perfil de Puesto, para la plaza de Médico Especialista Cirujano General, se requerían cursos de especialización en cirugía general; razón por la cual esta Sala considera que la Entidad no podía haberle dado nueve (9) puntos al señor de iniciales A.A.P.M. por el Curso de Actualización en Computación e Informática, toda vez que éste no guarda relación con la especialización requerida en el Perfil de Puesto. 24. Estando a este punto, esta Sala debe precisar que indistintamente del régimen laboral al que se vincule un servidor público, se debe realizar necesariamente un concurso público de méritos bajo el principio de igualdad de oportunidades, salvo en el caso de los puestos de confianza conforme a los documentos de gestión interno de cada entidad. 25. La exigencia del ingreso a la administración pública mediante concurso público de méritos se encuentra establecida en el artículo 5º de la Ley Nº Ley Marco del Empleo Público, el mismo que debe basarse a los principios de mérito y capacidad de las personas, en un régimen de igualdad de oportunidades. Del mismo modo, en el artículo 9º de la citada Ley se establece que aquellos actos que contravengan las normas de acceso al servicio civil incurren en vicio de nulidad dado que se vulnera el interés general e impide la existencia de una relación válida, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales de quien lo promueve, ordene o permita. 26. Por su parte, la Gerencia de Políticas de la Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, a través de su Informe Nº SERVIR/GPGSC, del 29 de abril de 2015, ha señalado que ( ) las entidades deben establecer en la convocatoria y/o en las bases del proceso de selección para el acceso al servicio civil, el perfil mínimo que debe reunir el postulante en función al puesto a desempeñar, las etapas del proceso, así como los criterios mediante los cuales se asignarán los puntajes respectivos en cada una de estas y el puntaje mínimo que debe obtener el postulante para acceder a la siguiente etapa del proceso. Dichos criterios deben ser objetivos y razonables De esta manera, esta Sala estima que en el Concurso Abierto Nº HCH, en el extremo referido a la plaza de Médico Especialista en Cirugía General, se ha incurrido en un vicio de nulidad por contravenir las disposiciones de acceso al servicio civil, dado que el proceso de contratación de la Entidad debe ceñirse a los principios y normas que regula la Ley Marco del Empleo Público, en base a criterios objetivos y razonables, en estricto apego al principio de mérito, capacidad e igualdad de oportunidades, por lo que la inobservancia de los mismos genera la 5 Énfasis propio. 9

10 nulidad de dicho proceso, conforme lo previsto en el artículo 9º de la Ley Nº En consecuencia, corresponde a este cuerpo Colegiado declarar la nulidad del Concurso Abierto Nº HCH, en el extremo referido a la plaza de Médico Especialista en Cirugía General, debiendo retrotraerse el citado Concurso a la etapa en la que se incurrió el vicio, debiendo tener en cuenta lo previsto en el numeral 11.3 del artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº En ejercicio de las facultades previstas en el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1023, la Segunda Sala del Tribunal del Servicio Civil; RESUELVE: PRIMERO.- Declarar la NULIDAD del Concurso Abierto Nº HCH, en el extremo referido a la plaza de Médico Especialista en Cirugía General, realizado por el HOSPITAL CAYETANO HEREDIA; por vulneración a las normas de acceso al servicio civil previstas en la Ley Marco del Empleo Público, de conformidad con la parte considerativa de la presente resolución. SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a los señores JORGE ARMANDO CHUNGUI BRAVO, JESUS OMAR ANDRES PINTO ELERA y RONALD RAFAEL BOCANEGRA DEL CASTILLO, y al HOSPITAL CAYETANO HEREDIA, para su cumplimiento y fines pertinentes. TERCERO.- Devolver el expediente al HOSPITAL CAYETANO HEREDIA, debiendo la entidad aplicar lo señalado en el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº CUARTO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional ( Regístrese, comuníquese y publíquese. L14/CP4 10

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala Digitally signed by MORALES MORANTE Carlos Guillermo FAU 20477906461 soft Date: 2018.05.09 COT Reason: Doy Conformidad al Presente Documento 25308570022018 Decenio de la Igualdad de Oportunidades para

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Presidencia RESOLUCIÓN N2 00590-2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1039-2017 -SERVI R/TSC FLOR DE MARIA PAREDES QUISPE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02 SERVICIOS

Más detalles

A~oridéld Naáonal del ServláoCivil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

A~oridéld Naáonal del ServláoCivil. Año del Buen Servicio al Ciudadano ' Presidenda A~oridéld Naáonal del ServláoCivil RESOLUCIÓN N2 QQ (Ó 0 8-2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1074-2017-SERVIR/TSC ADA MARY FLORES ESPIN OZA UNIDAD

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano 1 Pres1denc1a del ConseJO de Mm1stros RESOLUCIÓN Nº C01-Cffa -2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 1410-2017-SERVIR/TSC HERMINIO TEODOSIO HEREDIA DONAYRE UNIDAD DE

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala Digitally signed by MORALES MORANTE Carlos Guillermo FAU 20477906461 soft Date: 2018.10.17 COT Reason: Doy Conformidad al Presente Documento 41058570022018 Decenio de la Igualdad de Oportunidades para

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Presiden da RESOLUCIÓN N2 000 33-207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 2927-206-SERVIR/TSC MARIA ROSARIO CISNEROS INFANTES UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 07 LEY

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N"202f> -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ la Y Gerente (e) de Políticas

Más detalles

Año del Buen Servicio al Ciudadano. RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Primera Sala

Año del Buen Servicio al Ciudadano. RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Primera Sala Digitally signed by PILOTTO CARREÑO Luigino (FAU20477906461) Date 2017.12.27 COT Reason Doy Conformidad al Presente Documento Location Lima/Perú 13712570012017 Año del Buen Servicio al Ciudadano RESOLUCIÓN

Más detalles

Presidenda Autoridad Nadonal. del Consejo de Ministros del Servido Crvil _. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Presidenda Autoridad Nadonal. del Consejo de Ministros del Servido Crvil _. Año del Buen Servicio al Ciudadano .~. ~-, Presidenda Autoridad Nadonal. del Servido Crvil _. RESOLUCIÓN N2 00) 2 3-207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 9-207-SERVIR/TSC CARLOS MARTIN CASTILLO VERA MINISTERIO

Más detalles

Autoridad Nadonal del Servido Civil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Autoridad Nadonal del Servido Civil. Año del Buen Servicio al Ciudadano Autoridad Nadonal RESOLUCIÓN Nº 00 '=t ~ 3-2017-SERVJR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE IMPUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1294-2017-SERVIR/TSC MARIA LUZ DEPAZ YANOC UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02

Más detalles

SERVIR/TSC-Segunda Sala

SERVIR/TSC-Segunda Sala Presidenda del Servicio Civil RESOLUCIÓN N2 006.30-207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 088-207 -SERVI R/TSC BERTHA OBDULIA JAUREGUI SAGASTEGUI SOCIEDAD DE BENEFICENCIA

Más detalles

R!<.:CU::>IUO De CYNTHIA SÚ LA Y Firrna...:... ~.~...:.. Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil

R!<.:CU::>IUO De CYNTHIA SÚ LA Y Firrna...:... ~.~...:.. Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO W lbs'b -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARlOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL PRES!f)f:Nf':tA.

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Presidenda RESOLUCIÓN Nº ()05'74-2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 1044-2017- SERVIR/TSC ENEDINO PALACIOS SANTIAGO UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DECRETO

Más detalles

3 1 MAR 2016 /i.f?.2.

3 1 MAR 2016 /i.f?.2. A De "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación de! Mar de Graun INFORME TÉCNICO N 5\ l -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIASÚ

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en e! Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau"

Decenio de las Personas con Discapacidad en e! Perú Año de la consolidación del Mar de Grau "Decenio de las Personas con Discapacidad en e! Perú" INFORME TÉCNICO N tf\1-2016-servir/gpgsc 1 8 JUL. 201fi :::: _:.t_ A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Primera Sala RAMIRO AMADOR FLORES EULOGIO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE METROPOLITANA

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Primera Sala RAMIRO AMADOR FLORES EULOGIO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE METROPOLITANA Digitally signed by PILOTTO CARREÑO Luigino (FAU20477906461) Date 2018.01.31 COT Reason Doy Conformidad al Presente Documento Location Lima/Perú 16499570012018 Decenio de la Igualdad de Oportunidades para

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO W!3l\~ -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia Fecha JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e)

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Presidencta del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN Nº 00 56 ~ -2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE IMPUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1008-2017-SERVIR/TSC LUZ MARINA VELASQUEZ CABALLERO VDA DE MARTINEZ

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO R.R. Nº R SE RESUELVE: 1º Ratificar, en vía de

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO R.R. Nº R SE RESUELVE: 1º Ratificar, en vía de UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA Lima, 24 de mayo del 2017 RECTORADO Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 02623-R-17 Visto el expediente, con Registro

Más detalles

0 0 3 :f:b SERVIR/TSC-Primera Sala

0 0 3 :f:b SERVIR/TSC-Primera Sala del CDnc;ejo de Ministros 11 Año del Bu en Servicio al Ci udadano" RESOLUCIÓN Nº 0 0 3 :f:b -2017-SERVIRTSC-Primera Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1415-2017-SERVIRTSC AGRIP INA VELASQU

Más detalles

Altoridad Nadonal del Servido Civil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Altoridad Nadonal del Servido Civil. Año del Buen Servicio al Ciudadano Presidenda Altoridad Nadonal RESOLUCIÓN N2 00 ~ q 6-2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 262-2017-SERVIR/TSC LIBIA LEONILA REYES SILVA HOSPITAL CAYETANO HEREDIA DECRETO

Más detalles

Autoridad Nacional del Servicio Civil. MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica

Autoridad Nacional del Servicio Civil. MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica Presidencia de Asesoría Jurídica A De Asunto Ref. Descriptor Fecha MANUEL MESONES CASTELO Jefe de la de Asesoría Jurídica Consulta sobre nombramiento de personal Oficio Nº 104-2010-A-MDP/T a) Competencia

Más detalles

1. Mediante documento de fecha 30 de diciembre de 2016, el señor LORENZO

1. Mediante documento de fecha 30 de diciembre de 2016, el señor LORENZO Presiden da RESOLUCIÓN N2 00 54 g -207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 054-207- SERVIR/TSC LORENZO JUSTINIANO TITO MERINO UNIVERSIDAD NACIONAL HERMI LIO VALDIZAN DECRETO

Más detalles

Gerencia General. " Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa"

Gerencia General.  Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa " Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME LEGAL N!! /t-< I -2009-AN SC/ OAJ A Abog. BEATRIZ ROBLES CAHUAS Gerente de Políticas de Gestión de Recursos Humanos De Asunto Ref. Descriptor

Más detalles

A~oridad Naóonal del Servicio Civil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano" 00 00'J SERVIR/TSC-Primera Sala

A~oridad Naóonal del Servicio Civil. Año del Buen Servicio al Ciudadano 00 00'J SERVIR/TSC-Primera Sala Presidenóa A~oridad Naóonal del Servicio Civil RESOLUCIÓN N2 00 00'J -207-SERVIRTSC-Primera Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 65-207-SERVIRTSC LUZ MARINA CUBAS M ONTOYA SEGURO SOCIAL DE

Más detalles

Autoridad Nadonal del Servido Civil

Autoridad Nadonal del Servido Civil Presidenda 11 Año del Buen Servicio al Ciudadano" RESOLUCIÓN N2 00 3 fo5-2017-servir/tsc-primera Sala EXPEDIENTE IMPUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1401-2017-SERVIR/TSC CLARABELLA SUSANA VEJARANO MARTINEZ

Más detalles

1. Objeto de la consulta

1. Objeto de la consulta 11 Año de!a consolidación del Mar de Grau" : '}/\ INFORME TÉCNICO Nº q1'2:j -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIASÚ LAV Gerente (e) de Políticas de Gestión

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" (/Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú (/Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" (/Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" INFORME TÉCNICO NQ 1 oo''>-2015-servir/gpgsc A JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo A De Asunto Referencia "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" 11 Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO N' J8fh -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente

Más detalles

Oficio N' /MDPN-PCH-RI/ A

Oficio N' /MDPN-PCH-RI/ A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO NQ '\rjj -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente

Más detalles

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2)

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2) CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N 006-2006- CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2) BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS COMITÉ DE SELECCIÓN DE PERSONAL ÍNDICE CAPÍTULO

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO N21Zfú-2016-SERVIR/GPGSC

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO N21Zfú-2016-SERVIR/GPGSC INFORME TÉCNICO N21Zfú-2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil Progresión en la Carrera Administrativa

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO W 2;1.'-\:2,. -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas

Más detalles

PreSidencia "déí Conse o dé Ministros

PreSidencia déí Conse o dé Ministros ~Y~I?r.,~ ~: ;$" l}'>: PreSidencia "déí Conse o dé Ministros Tribonaf del Servido RESOLUCIÓN Nº C Q :S: 0-2017-SERVIR/TSC-Primera Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 787-2017-SERVIR/TSC

Más detalles

.Presidenciá. ": ~ del 0pnsejo de Ministros

.Presidenciá. : ~ del 0pnsejo de Ministros ' "J J~ r ;,,,~;/,. ~.Presidenciá. ": ~ del 0pnsejo de Ministros "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" 11 Año de la consolidación del Mar de Grau" A De Asunto JUAN CARLOS CORTÉS CARCElÉN

Más detalles

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Lima, 1 7 ABR 2013 Nº 0 T ;z._ -2013-SERVIR-PE CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, disponiendo

Más detalles

Resolución Directoral Regional

Resolución Directoral Regional Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana Asesoría Jurídica Resolución Directoral Regional Nº -2018-DRELM Lima, VISTO: el Expediente N 18283-2018-DRELM, el Informe N 96-2018- MINEDU/VMGI-OPP-EPP

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala

RESOLUCIÓN Nº SERVIR/TSC-Segunda Sala 30300570022018 Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres RESOLUCIÓN Nº 001259-2018-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE : 1166-2018-SERVIR/TSC IMPUGNANTE : JAIME LUIS VILCA VARGAS ENTIDAD

Más detalles

Decenío de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenío de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 11 Decenío de las Personas con Discapacidad en el Perú" A INFORME TÉCNICO N \~:')'), JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo -2016-SERVIR/GPGSC 7 " 111! --._:...,;L. 2016 Jj;OJ De CYNTHIA SÚ LAY

Más detalles

J. Objeto de la consulta

J. Objeto de la consulta "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" A De Asunto INFORME TÉCNICO W J O"f& -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN -----~~... -~.~ - woe" -~-~~~ ~"., AUTOF~~~,f~U c~'f~~~c:,!:~-~~~~l

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" A De INFORME TÉCNICO N2 lo';c':zols-servir/gpgsc JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión

Más detalles

"Año del buen servicio al ciudadano" JUAN CARlOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Año del buen servicio al ciudadano JUAN CARlOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo INFORME TÉCNICO NQ r:t(:, -2017-SERVIR/GPGSC A JUAN CARlOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo De Asunto Referencia a) Estabilidad laboral de acuerdo a la Ley W 24041 b) Beneficios y acciones de desplazamiento

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación del Consejo a e!'yiinistros "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 INFORME TÉCNICO Nº92.-+

Más detalles

Autoridad Nadonal del Servido Civil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Autoridad Nadonal del Servido Civil. Año del Buen Servicio al Ciudadano RESOLUCIÓN Nº C 0 0 23-207-SERVIRTSC-Primera Sala EXPEDIENTE IMPUGNANTES ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 92-207-SERVIRTSC VALENTIN NOLASCO MAMANI, GERARDO CCOLQUE FARFAN Y VICENTE SANCHEZ QUISPE SEGURO SOCIAL

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO N q'z2. -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia Aplicación de Resolución de Sala Plena N" 01-2011-SERVIR-TSC sobre asignación por 25 y 30 años a docente de la Ley N" 24029 a) Oficio N"

Más detalles

DIRECTIVA Nº ESABAC/DG-DADM-UPER

DIRECTIVA Nº ESABAC/DG-DADM-UPER DIRECTIVA Nº 12-2015-ESABAC/DG-DADM-UPER Aprobado por RD Nº 352-2015-ESABAC/CE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PROCESO DE EVALUACION EN LA PROGRESION DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Más detalles

Suspensión del plazo de prescripción en el procedimiento disciplinario

Suspensión del plazo de prescripción en el procedimiento disciplinario Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO N2 g'o6-2016-servir/gpgsc A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Más detalles

Autoridid NaciOnal del Servido Civil

Autoridid NaciOnal del Servido Civil - ~~ 1 ~ Presidenoa Autoridid NaciOnal del Servido Civil RESOLUCIÓN N2 C05b 1- -2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 992-2017-SERVIR/TSC MIGUEL NICOLAS PERALTA ROSARIO

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Pres denc a del Conse o de M.nistros Civj! RESOLUCIÓN N2 00 ) 2{ -207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 2376-206-SERVI R/TSC AURORA JINEZ JINEZ SUPERINTENDENCIA NACIONAL

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano Presidenda RESOLUCIÓN N2 O O l 52. -207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 49-207-SERVIR/TSC NORMA MARITHZA RODRIGUEZ SANDON UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 02 DECRETO

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano//

Año del Buen Servicio al Ciudadano// Presidenda del Consejo de Ministros "Año del Buen Servicio al Ciudadano// RESOLUCIÓN N2 OO J ) 2._ -207-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 80-207 -SERVI R/TSC MARIA ASUNTA

Más detalles

El recurso de apelación interpuesto por don ALFONSO GUILLERMO MARTíNEZ LOARTE, Técnico Judicial de la Corte Superior de

El recurso de apelación interpuesto por don ALFONSO GUILLERMO MARTíNEZ LOARTE, Técnico Judicial de la Corte Superior de Lima, 3 oe1. Z.l06 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por don ALFONSO GUILLERMO MARTíNEZ LOARTE, Técnico Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima, contra el Acto Administrativo contenido

Más detalles

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos.

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos. EXP. N.º 02892-2009-PHD/TC LIMA FANNY RAMÍREZ QUIROZ SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 22 días del mes de enero de 2010, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los

Más detalles

MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD PROCESO CAS N CONADIS

MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD PROCESO CAS N CONADIS MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD PROCESO CAS N 002-2017-CONADIS BASES CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS Nº 002-2017-

Más detalles

BASES MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS Nº CONADIS

BASES MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS Nº CONADIS MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD PROCESO CAS N 005-2017-CONADIS BASES CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS Nº 005-2017-

Más detalles

Autoridad Nacional del Servido Civil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Autoridad Nacional del Servido Civil. Año del Buen Servicio al Ciudadano Presidenaa _,... _ del Conse o de Mmistros Autoridad Nacional del Servido Civil RESOLUCIÓN N2 QÜ 8 b~ -2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1539-2017-SERVIR/TSC ANA

Más detalles

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Lima, 2 1 í 2Q 1 Nº 1.3 J -2011-SERVIR/PE VISTO, el Memorandum Nº 034-2011-SERVIR/GG de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; CONSIDERANDO:

Más detalles

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA PAMPAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA PAMPAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA PAMPAS Segundo CONCURSO PUBLICO DE SELECCIÓN DE PERSONAL CONCURSO PÚBLICO PARA LA PLAZA DE EJECUTOR Y AUXILIAR COACTIVO Pampas, mayo de 2012 BASES DEL SEGUNDO CONCURSO

Más detalles

UNIDAD EJECUTORA N 402 HOSPITAL REGIONAL CUSCO

UNIDAD EJECUTORA N 402 HOSPITAL REGIONAL CUSCO UNIDAD EJECUTORA N 402 HOSPITAL REGIONAL CUSCO BASES ADMINISTRATIVAS PARA EL PROCESO DE CONCURSO INTERNO PARA ENCARGATURA DE JEFE DE DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA Y ASIGNACION DE FUNCIONES PARA JEFES DE LOS

Más detalles

Aprueban Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Electrónico del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido - RNSDD

Aprueban Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Electrónico del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido - RNSDD Aprueban Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Electrónico del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido - RNSDD RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-2007-PCM Lima, 18 de enero

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO Nº \~Ú\q.-2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia Fecha JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIASÚ lay Gerente (e)

Más detalles

BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO DE ASCENSO DE PROFESIONALES DE LA SALUD MEDICO CIRUJANOS

BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO DE ASCENSO DE PROFESIONALES DE LA SALUD MEDICO CIRUJANOS BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO INTERNO DE ASCENSO DE PROFESIONALES DE LA SALUD MEDICO CIRUJANOS -AGOSTO 2012- Comisión de concurso Interno de Ascenso Página 1 I. FINALIDAD Establecer los criterios y procedimientos

Más detalles

Firm!.\f~.~.~.~.. ~.?...

Firm!.\f~.~.~.~.. ~.?... "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" A De INFORME TÉCNICO w\u)o -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCElÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIASÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del

Más detalles

HOSPITAL SAN JOSE CALLAO

HOSPITAL SAN JOSE CALLAO BASES DEL CONCURSO INTERNO DE CAMBIO DE GRUPO OCUPACIONAL, PARA CUBRIR UNA (01) PLAZA VACANTE DE ASISTENTA SOCIAL, NIVEL REMUNERATIVO IV 1. Entidad Convocante: Hospital San José Callao 2. Objetivo: Establecer

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO N SERVIR/GPGSC

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO N SERVIR/GPGSC "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N 1319-2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ la Y Gerente (e) de Políticas

Más detalles

~:~etn~~a(!~di:;olíticas de Gestión del Servicio Civii ''nrn ; ~~-1 \~

~:~etn~~a(!~di:;olíticas de Gestión del Servicio Civii ''nrn ; ~~-1 \~ ------_.. _.,,------:' ~ ~ ~, "' "1~"'~ ~, 1;:, " '2'+".' ' ~ ' \ Presidencia '. :, : íiel ('29n~ejo é!~ l\lljtii~frp5' "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO Nº l'16'1-20ls-servir/gpgsc

Más detalles

Establecen etapas para la ejecución del beneficio de la reincorporación o reubicación laboral de la Ley Nº RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

Establecen etapas para la ejecución del beneficio de la reincorporación o reubicación laboral de la Ley Nº RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR Establecen etapas para la ejecución del beneficio de la reincorporación o reubicación laboral de la Ley Nº 27803 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2009-TR CONCORDANCIAS: R.M. N 122-2010-MIMDES (Disponen reincorporar

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N2 1'/J)D -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1 8 jijl 2015 ~ : -' De CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e)

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP N 01390 2013-PA/TC PELMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 14 días del mes de marzo de 2014 la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los señores magistrados Mesía

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Año del Buen Servicio al Ciudadano del ConseJO de Ministros!f!lbunal del Servido OVil RESOLUCIÓN N2 00 8.::f 1-2017-SERVIR/TSC-Primera Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD RÉGIMEN MATERIA 1413-2017-SERVIR/TSC YANIRA VANESSA RAMOS OLIVOS

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO Nº \C\ 4'b SERVIR/GPGSC /~.

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 Año de la consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO Nº \C\ 4'b SERVIR/GPGSC /~. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 11 INFORME TÉCNICO Nº \C\ 4'b -2016-SERVIR/GPGSC /~. (,!., '.; A JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo De CYNTHIASÚ LAY Gerente (e) de Políticas

Más detalles

RE e lts 1 v_~> De CYNTHIA SÚ LA Y Firma...

RE e lts 1 v_~> De CYNTHIA SÚ LA Y Firma... A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú'' INFORME TÉCNICO N2 ~0-2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL PRESIDENCIA EJECUTIVA

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL PUNO GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DIRECCION REGIONAL DE SALUD PUNO

GOBIERNO REGIONAL PUNO GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DIRECCION REGIONAL DE SALUD PUNO GOBIERNO REGIONAL PUNO GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DIRECCION REGIONAL DE SALUD PUNO GUÍA DEL POSTULANTE PARA EL CONCURSO INTERNO PARA ASCENSO EN EL AMBITO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD PUNO

Más detalles

TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL

TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Lima, 14 de julio de 2011 CONFORMACIÓN Y COMPETENCIA Órgano integrante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil encargado de la resolución

Más detalles

''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo A ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO WJSYt -2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo {''... ' " 1 2 AGO 2016 '.!'.:;; 1 -::)IV\... De CYNTHIASÚ

Más detalles

Autoridad Nadonal del Servido Civil. "Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Autoridad Nadonal del Servido Civil. Año del Buen Servicio al Ciudadano del ConseJo de Ministros Autoridad Nadonal RESOLUCIÓN N2 Q0fo3i -2017-SERVIR/TSC-Segunda Sala EXPEDIENTE 1M PUGNANTE ENTIDAD REGIMEN MATERIA 1104-2017-SERVIR/TSC SANDRO PERCY HARVEY PALOMINO MINISTERIO

Más detalles

~:~:n~~~=~d~a:olíticas de Gestión del Servicio Civil '

~:~:n~~~=~d~a:olíticas de Gestión del Servicio Civil ' "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO Nº 1202-2016-SERVJR/GPGSC A De Asunto Referencia Fecha JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo ~:~:n~~~=~d~a:olíticas de Gestión

Más detalles

BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN ADMIINISTRATIVA DE SERVICIOS DE DIEZ (10) PERSONAS

BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN ADMIINISTRATIVA DE SERVICIOS DE DIEZ (10) PERSONAS BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN ADMIINISTRATIVA DE SERVICIOS DE DIEZ (10) PERSONAS I. OBJETIVO: Establecer las Bases del Concurso Público de Méritos para la Contratación Administrativa

Más detalles

Decreto Supremo N EF

Decreto Supremo N EF Decreto Supremo N 021-17-EF DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29806, LEY QUE REGULA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO EN EL SECTOR PÚBLICO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES,

Más detalles

RECIBIDO /J O.. 7 :1(

RECIBIDO /J O.. 7 :1( . ". - - ~ - -... - f - - -,.- - - " Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad" INFORME LEGAL N2

Más detalles

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" CYNTHIA SÚ la Y Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil

Año del Buen Servicio al Ciudadano CYNTHIA SÚ la Y Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil "~ "';{"~"' 70 "0, "7 ' '~;,7;: ""~' ~ " '";r «07'c~'~~ 0 '" "'t, ;J, "'r:."' < t"/"~~)'' ~r'l - "-'- ''C '...,0.c-w'-' Pre:Sir.:lencia ',:",' ':.. i:lel Goqsejo de Mlnistros' "Año del Buen

Más detalles

BASES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL A PLAZO FIJO BAJO EL REGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO N 276 CAPITULO I

BASES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL A PLAZO FIJO BAJO EL REGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO N 276 CAPITULO I BASES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL A PLAZO FIJO BAJO EL REGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO N 276 CAPITULO I 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE: Hospital San José Callao 1.2 OBJETIVO: El presente proceso de selección

Más detalles

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION BASES PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) EJECUTOR COACTIVO Y UN (01) AUXILIAR COACTIVO DE LA MUNICIPALIDAD

Más detalles

\,1t(;11>U N.1.\ 1 _" :li. n : ~ rvillu (1vii. ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

\,1t(;11>U N.1.\ 1 _ :li. n : ~ rvillu (1vii. ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú ....... w, _ l ' '... ~ " ' 1t.J l... l. j',.z: 1.. -~ ' '. ; : j \,1t(;11>U N.1.\ 1 _" :li n : ~ rvillu (1vii ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" Of1c1na de Asesona Jurídica _. INFORME

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO N2 J&lfi.

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación del Mar de Grau INFORME TÉCNICO N2 J&lfi. "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N2 J&lfi.2016-SERVIR/GPGSC A JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo De CYNTHIASÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión

Más detalles

Resoluciones Administrativas en materia del Procedimiento Administrativo Disciplinario

Resoluciones Administrativas en materia del Procedimiento Administrativo Disciplinario Resoluciones Administrativas en materia del Procedimiento Administrativo Disciplinario Karina Rodriguez Vila Especialista del Tribunal del Servicio Civil Autoridad Nacional del Servicio Civil AGENDA Competencia

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo Presidencia del Consejo de Mini~lifos e, "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N2 l31.{l(_2016-servir/gpgsc A De JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA

Más detalles

Gerente de Políticas de Gestión de Recurs F tt~ ~ ~~-~~~k H o ~ MANUEL MESONES CASTELO. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica

Gerente de Políticas de Gestión de Recurs F tt~ ~ ~~-~~~k H o ~ MANUEL MESONES CASTELO. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica A De Presidencia Oficina de. Asesoría. Jurídica "Año de la Consolidación Económica y Social del,...r..,_o-r_io_f>_o_n_af-l-on_a_l_"_'.;_ n l'j.. ~ INFORME LEGAL Nº

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL UNAL CONSTITUCIONAL 1111111111111111111111111111111111111111111 ANILA EMÉRITA CIEZA GÁL VEZ ' SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 26 días del mes de mayo de 2015, la Sala Segunda del Tribunal

Más detalles

3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación

3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N 075-2017-MINDEF CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ABOGADO ESPECIALISTA EN MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL I. GENERALIDADES 1. Objeto

Más detalles

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO PROCESO CAS N 067-2014-SENCICO/07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN ABOGADO ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES DEL ESTADO Y DERECHO ADMINISTRATIVO PARA LA ASESORÍA LEGAL DEL SENCICO"

Más detalles

administrativo y de considerar fundada mi pretensión otorgarme el puntaje adicional correspondiente';

administrativo y de considerar fundada mi pretensión otorgarme el puntaje adicional correspondiente'; RESOLUCIÓN DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº 0011-2016-SERVIR/GG-OGAF Lima, 11 de febrero de 2016 VISTOS; El recurso impugnatorio contra el resultado de la Evaluación Curricular del

Más detalles

o 3 MAR 2016 a.~.'l2!

o 3 MAR 2016 a.~.'l2! A De Presidencia del Consejo cie Ministros "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú'' "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO Nº m5-2016-servir/gpgsc JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Más detalles