Manual de Organización Específico UNIDAD GENERAL DE TRANSPARENCIA Y SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN JUDICIAL

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1 Manual de Organización Específico UNIDAD GENERAL DE TRANSPARENCIA Y SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN

2 PÁGINA 2 DE 32 ÍNDICE I. Introducción 3 II. Antecedentes 5 III. Marco Normativo Administrativo 9 IV. Atribuciones 11 V. Estructura Orgánica 13 VI. Organigrama 14 VII. Objetivos y Funciones Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial Subdirección General de Transparencia y Acceso a la 17 Información Dirección de Acceso a la Información 19 Dirección de Módulos y Protección de Datos 20 Subdirección del Módulo de Acceso a la Información 21 Bolívar y Atención de Solicitudes de Presos Subdirección del Módulo de Acceso a la Información San 22 Lázaro Subdirección del Módulo de Acceso a la Información 22 Revolución Las Flores Subdirección de Publicación de Información 23 Dirección de Estadística Judicial 25 Subdirección de Análisis Jurisdiccional 26 Departamento de Sistematización de la Información 26 Dirección de Análisis de Expedientes 28 Dirección de Atención Ciudadana 29 Departamento de Atención a Solicitudes 30 Coordinación Administrativa II 31 Pág. 15

3 PÁGINA 3 DE 32 I. INTRODUCCIÓN El Plan de Desarrollo Institucional del Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales, tiene entre sus propósitos la consolidación de una administración basada en la eficacia y eficiencia, que incorpore las más modernas y mejores prácticas en la gestión de recursos. Para su materialización, se elaboró el Plan Cuatrienal Estratégico Administrativo, mismo que estructura y ordena las acciones que todos los órganos y áreas de esta Suprema Corte deben seguir para la consecución de la optimización de recursos públicos, a través de tres objetivos, cinco políticas administrativas y siete líneas estratégicas. Destaca el segundo objetivo administrativo relativo a generar condiciones organizacionales, normativas, metodológicas y procedimentales que contribuyan a optimizar las cargas administrativas, los costos, los requisitos y el tiempo en los procesos, trámites y servicios, para propiciar una gestión moderna, eficiente y transparente. Lo anterior tiene resonancia con la política institucional de generar una cultura institucional que considere el conjunto de obligaciones legales derivadas de la transparencia y la rendición de cuentas, como componentes insoslayables de un servicio público dentro de una sociedad democrática. En este contexto, la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial, a través de este Manual de Organización Específico, plantea una estructura orgánica-funcional que responde a los cambios y necesidades, así como a la evolución administrativa en su proceso de mejora continua, planteados en el Plan Cuatrienal Estratégico Administrativo. El fin de este Manual es consolidar, a través de una estructura determinada e identificada, las tareas y obligaciones que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales, sistematización de la información judicial y atención ciudadana. Por tanto, el objeto central del presente documento es la descripción detallada de las funciones específicas de cada una de las áreas que conforman la estructura organizacional aprobada a la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial, misma que responde a las siguientes líneas de acción:

4 PÁGINA 4 DE 32 Protección y garantía de los derechos humanos de acceso a la información y protección de datos personales. Fortalecimiento de la cultura de la transparencia y acceso a la información, la legalidad y los derechos humanos. Generación de bases de datos para el análisis estadístico de los asuntos que resuelve la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Atención directa y continua a las personas que solicitan información, servicios y asesorías, a través de distintos canales de comunicación (presencial, telefónico o digital). Así, el presente Manual de Organización constituye una herramienta administrativa de apoyo, tanto del personal adscrito a la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial como guía en la realización de sus actividades para el cumplimiento de objetivos y metas del área, como del resto de actores institucionales en su calidad de insumo de consulta para conocer su esquema funcional, validado como un instrumento vigente y acorde a su operación real. Como contexto y justificación, el documento integra los antecedentes más relevantes de la función de transparencia, estadística judicial y atención ciudadana de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el marco normativo que regula esta materia; las atribuciones del titular estipuladas en la reglamentación interna; la estructura orgánica que conforma la propia Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial; y, finalmente, los objetivos y funciones específicas de cada una de las áreas funcionales que la conforman, hasta nivel de jefatura de departamento.

5 PÁGINA 5 DE 32 II. ANTECEDENTES El derecho de acceso a la información pública es el derecho fundamental de las personas a conocer la información y documentos bajo resguardo de las entidades públicas, y a ser informados oportuna y verazmente por éstas, dotándolas del conocimiento necesario para el ejercicio de otros derechos. El ejercicio de este derecho se ha convertido en un requisito indispensable para la consolidación de la democracia, ya que promueve el ejercicio de las libertades de las personas y la rendición de cuentas de las autoridades. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, como cabeza de uno de los Poderes de la Unión, ha sido pionera en materia de transparencia y acceso a la información. Desde 1870 ha realizado la difusión de sus sentencias y criterios jurisprudenciales a través del Semanario Judicial de la Federación, medio oficial para dar a conocer el trabajo del Poder Judicial de la Federación a la comunidad jurídica y al público en general. Aunque el derecho a la información ha sido reconocido en el artículo 6 constitucional desde 1977, transcurrieron un par de décadas para que se desarrollara conceptual y normativamente, aproximándose entonces a un derecho fundamental de las personas, desde su beta de acceso a la información pública Después de diversos criterios de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el año 2002 se publicó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, instrumento jurídico que reglamentaba el artículo 6o. constitucional y que estableció los criterios para acceder a la información de la Administración Pública Federal, además de señalar algunas obligaciones para otros órganos del Estado, entre los que se encontraba la Suprema Corte de Justicia de la Nación como sujeto indirecto. Derivado de estas obligaciones, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación creó los órganos, criterios y procedimientos institucionales para instrumentar la transparencia y el acceso a la información pública en este Alto Tribunal, mediante el Acuerdo Plenario 9/2003 que entró en vigor el 12 de junio de Asimismo, el 2 de junio de ese mismo año se expidieron los Lineamientos de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativos a la organización, catalogación, clasificación y conservación de

6 PÁGINA 6 DE 32 la documentación de este Alto Tribunal, con el objeto de regular de manera específica algunas cuestiones establecidas en dicho Acuerdo. Derivado de lo anterior, en ese mismo año 2003, mediante el Acuerdo General de Administración X/2003 del Comité de Gobierno y Administración, se creó, por un lado, la Dirección General de Difusión, que se estructuró a partir de la necesidad de contar con la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información y ser el área que se dedicara a difundir la integración y funcionamiento de este Máximo Tribunal y, por otro lado, se creó la otrora Dirección General de Planeación de lo Jurídico, área a la que de conformidad con lo acordado por el comité de Gobierno y Administración en su sesión del 25 de octubre de 2004, se le otorgó la facultad para realizar estudios de carácter estadístico sobre las actividades que realiza esta Suprema Corte de Justicia. En el año de 2006 se publicó el Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (reformado en el año 2008), que disponía que la Dirección General de Difusión tenía la facultad de fungir como Unidad de Enlace en materia de transparencia y acceso a la información pública, así como coordinar las acciones y procedimientos de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales en todos los módulos instalados para ese efecto; también dispuso como una facultad de la Dirección General de Planeación de lo Jurídico proponer estrategias para que el acceso a la estadística judicial que se generaba en la Suprema Corte se estuviera disponible de manera inmediata y confiable, para cualquier solicitante. En la consolidación de la materia a nivel constitucional, en el año de 2007 se añadió un apartado al artículo 6 de la Constitución, en donde se reconocían los principios y bases que debían regir el derecho de acceso a la información a nivel nacional. La intención de esta reforma era mitigar una problemática: no todas las leyes en nuestro país cumplían con el contenido de dicho artículo, pero sobre todo, existían asimetrías e incongruencias en la regulación del acceso a la información. Derivado de la reforma anterior, en los meses de mayo y julio de 2008, se estableció la regulación de la Red Jurídica del Poder Judicial de la Federación como la vía para el acceso a la información de los órganos judiciales, y se adecuó el marco normativo interno con la expedición del Acuerdo General relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito del Máximo Tribunal, los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados por el Artículo 6o. Constitucional, por parte de la Comisión

7 PÁGINA 7 DE 32 para la Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Otros momentos históricos para la actividad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se dieron en los años 2009 y En 2009 se adicionó un segundo párrafo al artículo 16 constitucional en donde se reconocía por primera vez el derecho fundamental a la protección de datos personales, a través del acceso, rectificación, cancelación y oposición. En 2011, ante un momento histórico de reformas constitucionales en materia de Amparo y Derechos Humanos en el país y de nuevas responsabilidades como Tribunal Constitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación adoptó un modelo administrativo de desarrollo para consolidarse como institución fundamental del Estado Mexicano y se expidió el Acuerdo General de Administración 01/2011 del 3 de enero de 2011, por el cual la Suprema Corte se reestructuró orgánica y funcionalmente. Ante estos cambios, se fusionaron las direcciones generales de Comunicación Social y de Difusión, y se crea la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social, área a la que dentro de sus atribuciones le fueron incorporadas las relacionadas con la transparencia y el acceso a la información. Asimismo, mediante el Acuerdo General de Administración 02/2011 se creó la Unidad de Relaciones Institucionales, como fusión de las direcciones de Planeación de lo Jurídico y de Relaciones Públicas Nacionales e Internacionales, que dentro de sus atribuciones le correspondía generar determinada estadística judicial. En febrero de 2014 se reforma nuevamente el artículo 6 constitucional para dotarlo de mayor alcance y reconocer nuevos parámetros de regulación en la materia. Entre las implicaciones más destacadas se encuentra la ampliación del catálogo de los sujetos obligados, entre los que se reconocen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como sujeto obligado directo. Esta reforma tuvo como finalidad renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implantación de un sistema integral en la materia que garantice, de manera homogénea, el ejercicio pleno de tales derechos. Un año más tarde se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, misma que concreta los cambios planteados para el nuevo

8 PÁGINA 8 DE 32 régimen de la materia. Con esta Ley se da paso a un sistema nacional de transparencia y acceso a la información, con la finalidad de lograr la homogeneidad en la regulación de la materia y ejercicio de este derecho. Asimismo, en la Ley General se dispuso establecer estructuras administrativas y/o funcionales básicas en los sujetos obligados, modificando la dependencia jerárquica de la Unidad de Transparencia, para que ésta se desprenda, en el caso de la Suprema Corte, directamente de la Presidencia de este Alto Tribunal. Derivado de lo anterior, mediante el Acuerdo General de Administración 03/2015 se creó la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial. Para su operación y funcionamiento se le adscribieron los recursos humanos de las áreas de este Alto Tribunal que atendían funciones relativas a la transparencia y acceso a la información, así como de la estadística judicial desde la perspectiva de la sistematización de la información, antes citadas. Adicionalmente, y conforme a las atribuciones establecidas en el Reglamento Orgánico, a esta área se le incorporó la labor de atender las solicitudes ciudadanas enviadas por correspondencia o correo electrónico a la Presidencia de este Tribunal Constitucional. Posteriormente, el veintiséis de agosto de dos mil quince, mediante el Acuerdo General de Administración 4/2015 el Comité de Acceso a la Información y de Protección de Datos Personales cambió su denominación a Comité de Transparencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como su integración. Finalmente, mediante el Acuerdo General de Administración 05/2015, del tres de noviembre de dos mil quince y considerando la vigencia de un régimen transitorio que supone la eventual aprobación de leyes en materia de acceso a la información y protección de datos personales, se emitieron los Lineamentos Temporales para regular el Procedimiento Administrativo Interno de Acceso a la Información Pública, así como el funcionamiento y atribuciones del Comité de Transparencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desde la perspectiva administrativa, alineando los procedimientos internos para gestionar solicitudes de acceso a la información y precisando el funcionamiento y atribuciones del Comité de Transparencia, acorde con los postulados de la Ley General.

9 PÁGINA 9 DE 32 III. MARCO NORMATIVO ADMINISTRATIVO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS. LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN. REGLAMENTO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL. ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN 05/2015, DEL TRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMENTOS TEMPORALES PARA REGULAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INTERNO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EL FUNCIONAMIENTO Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. ACUERDO GENERAL DE LA COMISIÓN PARA LA TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DEL NUEVE DE JULIO DE DOS MIL OCHO, RELATIVO A LOS ÓRGANOS Y PROCEDIMIENTOS PARA TUTELAR EN EL ÁMBITO DE ESTE TRIBUNAL LOS DERECHOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN, A LA PRIVACIDAD Y A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES GARANTIZADOS EN EL ARTÍCULO 6O. CONSTITUCIONAL. ACUERDO DEL COMITÉ ESPECIALIZADO DE MINISTROS RELATIVO A LA SUSTANCIACIÓN DE LOS RECURSOS DE REVISIÓN QUE SE INTERPONEN EN CONTRA DEL TRÁMITE DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, EN POSESIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. ACUERDOS GENERALES CONJUNTOS DE LOS PLENOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVOS

10 PÁGINA 10 DE 32 A LA DIGITALIZACIÓN, DEPURACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LOS EXPEDIENTES GENERADOS EN LOS DISTINTOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL PAÍS. LINEAMIENTOS EMITIDOS POR EL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA DERIVADOS DE LAS DISTINTAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

11 PÁGINA 11 DE 32 IV. ATRIBUCIONES Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Diario Oficial de la Federación del 15 de mayo de Artículo 42. La Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial tendrá las siguientes atribuciones: I. Administrar, recibir, y difundir la información que involucre a la Suprema Corte en el ámbito de las obligaciones de transparencia, comunes y específicas, así como propiciar su actualización conforme a la normativa aplicable; II. Promover e implementar, previa aprobación del Presidente, las políticas y acciones de transparencia proactiva y de gobierno abierto; III. Administrar el portal de transparencia de la Suprema Corte, así como implementar y mantener los sistemas electrónicos que de acuerdo a la normativa aplicable permitan cumplir con las obligaciones y políticas en la materia; IV. Recibir, dar trámite y desahogar las solicitudes de acceso a la información, así como las de acceso, rectificación, cancelación u oposición a la publicación de datos personales que obren en los archivos de la Suprema Corte, además de notificar a los solicitantes cualquier determinación adoptada en los procedimientos y, en su caso entregar la información requerida; V. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información, así como las de acceso, rectificación, cancelación u oposición a la publicación de datos personales y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados que pudieran tener la información requerida; VI. Proponer al Comité respectivo los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, así como las de acceso, rectificación, cancelación u oposición a la publicación de datos personales; VII. Llevar un registro de las solicitudes, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío; VIII. Administrar y coordinar las acciones y procedimientos de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales en todos los módulos

12 PÁGINA 12 DE 32 instalados para ese efecto, y supervisar sus actividades mediante visitas técnicas en las sedes donde se encuentren establecidos; IX. Asesorar a los órganos de la Suprema Corte para la clasificación, conservación y resguardo de cualquier documento que contenga información reservada o confidencial; X. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en las disposiciones aplicables; XI. Proponer a los servidores públicos que se requieran para dar cumplimiento a sus atribuciones; XII. Fungir como vínculo o enlace respecto de otros sujetos en la materia de transparencia y acceso a la información; XIII. Proponer planes de capacitación en la materia de transparencia y acceso a la información; XIV. Generar información cuantitativa y cualitativa sistematizada, exhaustiva y confiable sobre los asuntos jurisdiccionales y la actividad institucional de la Suprema Corte; XV. Generar, administrar y resguardar la información de los asuntos de la Suprema Corte; XVI. Generar informes y reportes estadísticos a solicitud de la Presidencia y/o de los Ministros de la Suprema Corte; XVII. Desarrollar y mantener actualizado un portal interactivo de sistematización de la información judicial accesible a la ciudadanía; XVIII. Publicar en el portal de estadística la información sobre seguimiento de casos, indicadores de gestión jurisdiccional y actividad institucional de la Suprema Corte; XIX. Dirigir el servicio de atención ciudadana respecto de cualquier petición formulada al Presidente por el público en general; y XX. Las demás que le confieran las disposiciones aplicables, así como las que le sean encomendadas por el Presidente, el Pleno o los Comités de Ministros.

13 PÁGINA 13 DE 32 V. ESTRUCTURA ORGÁNICA Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial Subdirección General de Transparencia y Acceso a la Información Dirección de Acceso a la Información Dirección de Módulos y Protección de Datos Subdirección del Módulo de Acceso a la Información Bolívar y Atención de Solicitudes de Presos Subdirección del Módulo de Acceso a la Información San Lázaro Subdirección del Módulo de Acceso a la Información Revolución Las Flores Subdirección de Publicación de Información Dirección de Estadística Judicial Subdirección de Análisis Jurisdiccional Departamento de Sistematización de la Información Dirección de Análisis de Expedientes Dirección de Atención Ciudadana Departamento de Atención a Solicitudes Coordinación Administrativa II

14 PODER DE LA FEDERAi: ion 11'!-l-f) 'o ~ 1 f I 11< MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO _L- Vl Página 14 de 32,. VI. ORGANIGRAMA DICTAMINADOR 1 UNIDAD GE NERAL DE TRANSPARENCIA Y SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN SECRETARIO DE DIRECTOR GENERA,,.. '-",,,... ASESOR 11 SECRETARIO AUXILIAR 11 1 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 DIRECCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN T DIRECCIÓN DE MÓDULOS Y PROTECCIÓN DE DATOS DIRECCIÓN DE ESTADISTICA DIRECCIÓN DE ANÁUSISDE EXPEDIENTES DIRECCIÓN DE ATENCIÓN CIUDADANA r 1- SUBDIRECCIÓN DEL MÓDULO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN BOLÍVAR Y ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE PRESOS SUBDIRECCIÓN DEL MÓDULO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN SAN LÁZARO 1 SUBDIRECCIÓN DEL MÓDULO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN REVOLUCIÓN - LAS FLORES SUBDIRECCIÓN DE PUBLICACIÓN DE IN FORMACIÓN 1 SUBDIRECCIÓN DE ANÁLISIS JURISDICCIONAL COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA 11 DEPARTAMENTO DE SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES

15 PÁGINA 15 DE 32 VII. OBJETIVOS Y FUNCIONES SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN OBJETIVO Consolidar la imagen de la función judicial transparente, abierta y comprometida con la rendición de cuentas, a través del diseño y coordinación de acciones destinadas a garantizar el ejercicio de los derechos humanos relativos al acceso a la información y de protección de datos personales; la atención de solicitudes ciudadanas y la generación de bases de datos que faciliten el análisis estadísticos de los asuntos que resuelve la Suprema Corte de Justicia de la Nación. FUNCIONES - Establecer los mecanismos de transparencia proactiva y de gobierno abierto, así como mejora de la interacción y accesibilidad al portal institucional. - Definir la implementación de estrategias, lineamientos y acciones institucionales para la publicación de información en los medios de consulta establecidos por la normativa, relacionada con el quehacer jurisdiccional y administrativo de la Suprema Corte. - Validar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia en las distintas herramientas tecnológicas institucionales previstas para ello. - Supervisar las asesorías que se brindan a los órganos y áreas de la Suprema Corte referentes a la clasificación y conservación de documentos que contienen información reservada o confidencial. - Fungir como vínculo con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); y supervisar la administración de los sistemas de la Plataforma Nacional de Transparencia. - Coordinar los procedimientos de acceso a la información y de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales y supervisar los servicios de los Módulos de Información y Acceso a la Justicia que operen en la Ciudad de México y Entidades Federativas.

16 PÁGINA 16 DE 32 - Proponer la armonización de políticas internas relacionadas con las medidas para proteger y garantizar el acceso a la información, la protección de datos personales, así como los mecanismos de transparencia. - Turnar a las instancias competentes los casos en que se configure una hipótesis de responsabilidad por el incumplimiento a las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información. - Supervisar las actividades para la sustanciación de los medios de impugnación tramitados ante el Comité Especializado de Ministros y el INAI. - Coordinar las actividades de colaboración y difusión con otros sujetos obligados, instituciones de acceso a la información u organizaciones de la sociedad civil, para fortalecer el conocimiento y pleno ejercicio de los derechos contenidos en los artículos 6, 8 y 16 constitucionales. - Dirigir los programas de capacitación en la materia autorizados por el Comité de Transparencia y supervisar su implementación. - Determinar las actividades de generación y resguardo de la información cualitativa y cuantitativa sobre la actividad jurisdiccional de la Suprema Corte. - Emitir informes y reportes estadísticos sobre la actividad jurisdiccional de la Suprema Corte y su relación con la acción administrativa. - Coordinar el desarrollo de nuevos elementos comparativos de medición estadística y su incorporación en el Portal desarrollado para el efecto e informes al interior de la institución y hacia la ciudadanía, con indicadores de gestión que permitan mejorar la actividad sustantiva de la Suprema Corte. - Definir las actividades de coordinación y trámite del servicio de atención ciudadana, así como de personas privadas de su libertad.

17 PÁGINA 17 DE SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN OBJETIVO Garantizar a las personas el ejercicio de sus derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, mediante procedimientos eficaces, ágiles, expeditos y sencillos, así como colaborar en la instrumentación institucional de las obligaciones de transparencia, para dar cumplimiento a las disposiciones normativas vigentes en la materia. FUNCIONES Verificar que se cumplan las obligaciones de transparencia conforme a los parámetros determinados en el marco normativo, para que la información que se publica tanto en el Portal de Transparencia, como en la Plataforma Nacional de Transparencia esté actualizada. Organizar la administración y gestión de publicación de contenidos del portal de transparencia institucional. Supervisar la elaboración de informes que den cuenta del cumplimiento de las obligaciones de transparencia en el portal institucional y en la herramienta tecnológica nacional. Implementar los mecanismos de transparencia proactiva, gobierno abierto y de mejora y acceso a las distintas herramientas tecnológicas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Supervisar la operación de los sistemas informáticos que componen la Plataforma Nacional de Transparencia. Coordinar el trámite de las solicitudes de acceso a la información, mediante los procedimientos sumario y ordinario, así como tramitar las solicitudes presentadas por los particulares en el ejercicio de los derechos de protección de datos personales. Dictaminar las respuestas a las solicitudes de información que realicen los órganos y áreas de la Suprema Corte. Validar las respuestas y las notificaciones a los particulares sobre el estado que guarda el trámite de solicitud de acceso a la información o de protección de

18 PÁGINA 18 DE 32 datos personales, así como la entrega de información mediante el procedimiento sumario. Dirigir los servicios de asesoría y orientación que se brindan en los módulos de Información y Acceso a la Justicia, así como proponer las posibles áreas de oportunidad respecto de la capacitación y actualización del personal que labora en dichos espacios. Detectar aspectos de mejora regulatoria en las políticas y lineamientos que establezcan medidas para la protección de los datos personales. Asesorar a todos los órganos y áreas de la Suprema Corte para la elaboración de versiones públicas de cualquier documento que contenga información reservada o confidencial y de los listados de sistemas de datos personales e índices de información reservada y confidencial. Proponer mejoras a los procesos en el trámite de las solicitudes de acceso a la información y de acceso, rectificación, cancelación u oposición a la publicación de datos personales. Coordinar las actividades de divulgación y fomento de la cultura de la transparencia, acceso a la información y la protección de datos personales, mediante la realización de eventos de tipo académico y la publicación obras bibliohemerográficas impresas y electrónicas. Instrumentar la sustanciación de los medios de impugnación que se tramiten ante el Comité Especializado de Ministros y el órgano garante nacional. Revisar el sistema de gestión de medios de impugnación de la plataforma nacional de transparencia. Coordinar la integración de datos estadísticos de gestión en la materia para la generación de reportes e informes a las distintas instancias internas y externas. - Colaborar en la supervisión del programa de servicio social de consolidación de los sistemas de acceso a la información y estratégico de vinculación con la comunidad jurídica en los distintos ámbitos.

19 PÁGINA 19 DE DIRECCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN OBJETIVO Fungir como órgano operativo y de enlace con las distintas áreas y órganos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para atender oportunamente todas las solicitudes de acceso a la información pública que se tramiten mediante procedimiento ordinario. FUNCIONES Dar seguimiento al trámite de solicitudes de acceso a la información que se atiendan mediante el procedimiento ordinario. Supervisar la operación del sistema de solicitudes de acceso a la información y de comunicación entre organismos garantes de la transparencia y los sujetos obligados. Realizar las gestiones necesarias ante los distintos órganos y áreas de la Suprema Corte, a efecto de dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información. Turnar los asuntos que corresponda al Comité de Transparencia para confirmar, modificar o revocar las respuestas otorgadas por los órganos y áreas de la Suprema Corte a las solicitudes de acceso a la información. Elaborar las respuestas y notificaciones a los particulares respecto del estado que guarda el trámite de su solicitud de acceso a la información, así como la entrega de la misma. Desarrollar propuestas que mejoren los procesos involucrados en el trámite de las solicitudes de acceso a la información, mediante procedimiento ordinario. Integrar los expedientes de trámite de solicitudes, así como su conservación y transferencia de conformidad con la normativa en materia archivística.

20 PÁGINA 20 DE DIRECCIÓN DE MÓDULOS Y PROTECCIÓN DE DATOS OBJETIVO Garantizar el correcto funcionamiento de los Módulos de Información y Acceso a la Justicia en los cuales se otorga acceso a la información pública mediante el procedimiento sumario, así como realizar las acciones necesarias para asegurar la protección de datos personales. FUNCIONES Dar seguimiento al trámite de solicitudes de acceso a la información que se atiendan mediante el procedimiento sumario. Tramitar las solicitudes presentadas por los particulares en el ejercicio de los derechos de protección de datos personales. Colaborar con las áreas para la conformación del inventario de datos personales y de los sistemas de tratamiento, así como participar en el análisis del cumplimiento de políticas y lineamientos internos de la normativa general vigente en la materia. Asesorar en la elaboración de versiones púbicas de documentos a publicar en las herramientas tecnológicas de transparencia o en la entrega de información mediante solicitud de acceso. Supervisar la operación de los Módulos de Información y Acceso a la Justicia ubicados en la Ciudad de México y en las distintas Entidades Federativas. Proveer de las herramientas y conocimientos necesarios a los asesores de los Módulos de Información y Acceso a la Justicia, con la finalidad de otorgar un servicio de excelencia a los peticionarios de información de la Suprema Corte. Realizar visitas técnicas de supervisión a los Módulos de Información y Acceso a la Justicia y rendir el informe de resultados. Desarrollar propuestas que mejoren la efectividad y eficiencia en el los procesos involucrados en el trámite de las solicitudes de acceso a la información y de acceso, rectificación, cancelación u oposición a la publicación de datos personales. Coordinar la integración de expedientes de trámite de solicitudes, así como su conservación y transferencia de conformidad con la normativa en materia archivística.

21 PÁGINA 21 DE SUBDIRECCIÓN DEL MÓDULO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN BOLÍVAR Y ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE PRESOS OBJETIVO Asegurar la entrega de información pública mediante el procedimiento sumario y, en su caso, orientar al peticionario sobre el órgano o dependencia que pudiera tener bajo resguardo la información requerida; recibir y turnar aquellas solicitudes que se tramiten por procedimiento ordinario; así como asesorar al público sobre los servicios que ofrece el Poder Judicial de la Federación y gestionar las solicitudes de personas privadas de su libertad, en el ámbito de competencia de la Unidad General. FUNCIONES - Dar trámite a las solicitudes de información presentadas mediante procedimiento sumario y turnar a la instancia correspondiente aquellas solicitudes presentadas por los particulares en el ejercicio del derecho de protección de datos personales. - Asesorar y orientar a los solicitantes, respecto de los procedimientos de acceso a la información, de los lugares y medios disponibles para solicitar información pública gubernamental y de los procedimientos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición a la publicación de datos personales. - Asesorar y orientar al ciudadano, respecto de los medios de defensa establecidos en el marco normativo, en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos. - Brindar asesoría a los órganos y áreas administrativos que integran este Alto Tribunal, respecto de aquellas solicitudes de acceso a la información que les correspondan desahogar. - Llevar el control de los recursos monetarios que ingresan al módulo por concepto de derechos por las cuotas de acceso a la información.

22 PÁGINA 22 DE SUBDIRECCIÓN DEL MÓDULO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN SAN LÁZARO OBJETIVO Asegurar la entrega de información pública mediante el procedimiento sumario y, en su caso, orientar al peticionario sobre el órgano o dependencia que pudiera tener bajo resguardo la información requerida; recibir y turnar aquellas solicitudes que se tramiten por vía del procedimiento ordinario; así como asesorar al público sobre los servicios que ofrece el Poder Judicial de la Federación. FUNCIONES - Dar trámite a las solicitudes de información presentadas mediante procedimiento sumario y turnar a la instancia correspondiente aquellas solicitudes presentadas por los particulares en el ejercicio del derecho de protección de datos personales. - Asesorar y orientar a los solicitantes, respecto de los procedimientos de acceso a la información, de los lugares y medios disponibles para solicitar información pública gubernamental y de los procedimientos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición a la publicación de datos personales. - Asesorar y orientar al ciudadano, respecto de los medios de defensa establecidos en el marco normativo, en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos. - Brindar asesoría a los órganos y áreas administrativos que integran este Alto Tribunal, respecto de aquellas solicitudes de acceso a la información que les correspondan desahogar. - Llevar el control de los recursos monetarios que ingresan al módulo por concepto de derechos por las cuotas de acceso a la información.

23 PÁGINA 23 DE SUBDIRECCIÓN DEL MÓDULO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN REVOLUCIÓN LAS FLORES OBJETIVO Asegurar la entrega de información pública mediante el procedimiento sumario y, en su caso, orientar al peticionario sobre el órgano o dependencia que pudiera tener bajo resguardo la información requerida; recibir y turnar aquellas solicitudes que se tramiten por vía del procedimiento ordinario; así como asesorar al público sobre los servicios que ofrece el Poder Judicial de la Federación. FUNCIONES - Dar trámite a las solicitudes de información presentadas mediante procedimiento sumario y turnar a la instancia correspondiente aquellas solicitudes presentadas por los particulares en el ejercicio del derecho de protección de datos personales. - Asesorar y orientar a los solicitantes, respecto de los procedimientos de acceso a la información, de los lugares y medios disponibles para solicitar información pública gubernamental y de los procedimientos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición a la publicación de datos personales. - Asesorar y orientar al ciudadano, respecto de los medios de defensa establecidos en el marco normativo, en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos. - Brindar asesoría a los órganos y áreas administrativos que integran este Alto Tribunal, respecto de aquellas solicitudes de acceso a la información que les correspondan desahogar. - Llevar el control de los recursos monetarios que ingresan al módulo por concepto de derechos por las cuotas de acceso a la información SUBDIRECCIÓN DE PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN OBJETIVO Verificar la actualización de los contenidos del portal de transparencia institucional, proponer alternativas de usabilidad y de accesibilidad, así como colaborar en el monitoreo de cumplimiento de las obligaciones de transparencia.

24 PÁGINA 24 DE 32 FUNCIONES - Verificar que la información relacionada con obligaciones de transparencia, esté actualizada conforme a los parámetros determinados en el marco normativo, tanto en el portal de transparencia institucional como en la plataforma tecnológica nacional. - Administrar los contenidos del portal de transparencia institucional en la página de la Suprema Corte y en su caso, gestionar publicaciones solicitadas por los órganos y áreas para su incorporación a dicho portal. - Elaborar informes sobre el cumplimiento en la publicación de las obligaciones de transparencia, así como los resultados en la gestión de incorporaciones. - Realizar actividades de apoyo con las áreas que corresponda, para la mejora de la interacción, usabilidad y accesibilidad del portal de transparencia institucional. - Identificar y vincular las distintas herramientas de consulta y bases de datos que contengan datos e información relacionada con obligaciones de transparencia. - Proponer alternativas de automatización que garanticen que la información publicada en el portal de transparencia institucional, cumplan con los principios determinados por los instrumentos jurídicos aplicables.

25 PÁGINA 25 DE DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA OBJETIVO Mantener actualizada y procesar cualitativamente la información estadística de los asuntos jurisdiccionales de los que conoce la Suprema Corte y verificar su óptima difusión a través del portal en línea de destinado para tal fin. FUNCIONES - Coordinar el análisis de expedientes de los asuntos que conoce la Suprema Corte. - Desarrollar y coordinar la captura y generación de información estadística de los procesos jurisdiccionales de los que conoce la Suprema Corte. - Analizar y validar la información estadística generada por esta Unidad General. - Definir el grado de error en las bases de datos de los distintos asuntos jurisdiccionales, basados en una muestra probabilística representativa. - Organizar las actividades tendentes para la generación de información estadística judicial, así como garantizar la eficiente administración de las bases de datos y su resguardo. - Desarrollar productos de investigación eligiendo la metodología adecuada y los datos requeridos para satisfacer las necesidades de información de la Presidencia y los Ministros. - Dirigir y coordinar la actualización y mantenimiento del portal en línea destinado a la difusión de información estadística, así como promover su difusión y proponer mejoras para su desarrollo. - Elaborar propuestas e implementación de estrategias para el acceso a la estadística judicial. - Generar documentos de análisis que revelen y promuevan la utilización, explotación y sistematización de información relacionada con los asuntos jurisdiccionales. - Dirigir el programa de servicio social de apoyo continuo para la actualización y mantenimiento de las bases de datos de la actividad jurisdiccional de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

26 PÁGINA 26 DE SUBDIRECCIÓN DE ANÁLISIS JURISDICCIONAL OBJETIVO Analizar los mejores escenarios de explotación de datos de los expedientes jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte, cuyos resultados constituyan una herramienta eficaz para la toma de decisiones institucionales estratégicas y enriquezcan la difusión de su actividad. FUNCIONES - Analizar los expedientes jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la finalidad obtener información cuantitativa y cualitativa para la generación de estadística judicial. - Garantizar que exista consistencia en la información estadística que se genere del análisis de expedientes de los procesos jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte. - Verificar que exista consistencia en la información estadística que se genere del análisis de expedientes de los procesos jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte. - Proponer criterios de clasificación de los expedientes de procesos jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte. - Elaborar propuestas e implementación de estrategias para el acceso a la estadística judicial DEPARTAMENTO DE SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN OBJETIVO Sistematizar la información de los procesos jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte, para difundir los datos y estadísticas más relevantes y garantizar la confiabilidad de la información estadística que se emita a través del portal en línea destinado para tal fin.

27 PÁGINA 27 DE 32 FUNCIONES - Analizar los expedientes de los asuntos que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación para obtener información cuantitativa y cualitativa. - Controlar la uniformidad de los criterios que prevalezcan respecto de la revisión de expedientes judiciales para su incorporación en las bases de datos. - Desarrollar productos de investigación eligiendo la metodología adecuada y los datos requeridos satisfaciendo las necesidades de información de la Presidencia y los Ministros de la SCJN. - Coordinar la actualización y mantenimiento del portal en línea destinado a la difusión de información estadística, así como promover su difusión y proponer mejoras para su desarrollo. - Verificar la consistencia en la información estadística generada por la Unidad General.

28 PÁGINA 28 DE DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE EXPEDIENTES OBJETIVO Generar datos confiables de la revisión de los expedientes de los procesos jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte y elaborar un análisis cualitativo, que sirva de base para la toma de decisiones y difusión de la actividad sustantiva de este Alto Tribunal. FUNCIONES - Supervisar el correcto análisis y captura de los expedientes de los asuntos que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación para obtener información cuantitativa y cualitativa. - Establecer los parámetros que determinarán la forma en que se revisarán los expedientes de los procesos jurisdiccionales que conoce este Alto Tribunal. - Proponer y desarrollar productos de investigación eligiendo la metodología adecuada y los datos requeridos satisfaciendo las necesidades de información de la Presidencia y los Ministros de la SCJN, respecto de los tipos de asuntos que son integrados en su área. - Coordinar la actualización y mantenimiento de la información del portal en línea destinado a la difusión de información estadística. - Dirigir el programa de servicio social de apoyo continuo para la actualización y mantenimiento de las bases de datos de la actividad jurisdiccional de la institución.

29 PÁGINA 29 DE DIRECCIÓN DE ATENCIÓN CIUDADANA OBJETIVO Supervisar el trámite de las solicitudes de atención ciudadana, así como colaborar en la integración y desarrollo de productos de los procesos jurisdiccionales que conoce la Suprema Corte. FUNCIONES - Verificar que se atiendan, orienten, apoyen y asesoren a las personas que acudan a solicitar información, audiencias, sugerencias o peticiones al Ministro Presidente. - Coordinar el desahogo de las solicitudes de atención ciudadana que se presenten a través de correspondencia dirigidas a la Presidencia de este Alto Tribunal. - Resolver el trámite que deben seguir las solicitudes de información, audiencias, sugerencias o peticiones y remitirlas a la Presidencia de esta Suprema Corte para su conocimiento. - Colaborar en la supervisión del análisis y captura de los expedientes de los asuntos que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación para obtener información cuantitativa y cualitativa. - Proponer y desarrollar productos de investigación respecto de los tipos de asuntos que son integrados en su área. - Apoyar en la revisión del proceso de la actualización y mantenimiento de la información del portal en línea destinado a la difusión de información estadística. - Colaborar en la supervisión del programa de servicio social de apoyo continuo para la actualización y mantenimiento de las bases de datos de la actividad jurisdiccional de la institución. - Supervisar que se lleve un registro de las solicitudes, sugerencias y peticiones dirigidas al Ministro Presidente.

30 PÁGINA 30 DE DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES OBJETIVO Brindar la atención debida a todas las solicitudes ciudadanas dirigidas al Ministro Presidente, que se presenten por correo postal, correo electrónico, vía telefónica o a través de los distintos programas de acercamiento con la comunidad. FUNCIONES - Orientar, apoyar y asesorar a las personas que acudan a solicitar información, audiencias, sugerencias o peticiones al Ministro Presidente. - Atender las solicitudes que presente la ciudadanía, a través de correspondencia dirigidas a la Presidencia de este Alto Tribunal. - Recibir, tramitar y valorar, las solicitudes de información, audiencias, sugerencias o peticiones y en su caso remitirlas a la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su conocimiento. - Gestionar el envío de los documentos con los que se dé respuesta a las diversas solicitudes ciudadanas, a través de correo postal, correo electrónico o paquetería especial que para el caso la Suprema Corte tiene contratada. - Llevar un registro sistematizado de las solicitudes, sugerencias y peticiones realizadas al Ministro Presidente.

31 PÁGINA 31 DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA II OBJETIVO Administrar, programar y gestionar de manera oportuna conforme a la normatividad y disposiciones de austeridad y disciplina presupuestal vigentes, los recursos y servicios que requieran las áreas que integran la Unidad General, para contribuir en el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales autorizados, así como colaborar en el análisis e instrumentación de proyectos sustantivos que le sean encomendados. FUNCIONES - Coordinar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros para el funcionamiento de la Unidad General. - Coordinar la elaboración del Programa de Trabajo; Programa Anual de Necesidades y Anteproyecto de Presupuesto de la Unidad General, así como revisar su adecuada alineación y congruencia entre ellos. - Controlar, conciliar y ejercer el presupuesto asignado, optimizando los recursos asignados y vigilar el logro de los objetivos planteados. - Coordinar el control, registro y actualización del inventario de mobiliario y equipo asignado a la Unidad General, a fin de lograr el óptimo aprovechamiento de los bienes. - Coordinar los programas de formación, capacitación, becas, desarrollo de personal y servicio social de la Unidad General. - Atender los procesos de auditoría que implemente el Órgano Interno de Control, Auditoría Superior de la Federación y despachos de auditores externos, para evaluar la gestión de la Unidad General. - Apoyar en los proyectos de transparencia y de divulgación que realice el área, de forma interna y externa. - Colaborar como enlace ante distintas áreas de la Suprema Corte en acciones de divulgación y materia archivística

32 MOE/DGCVS- Página 32 de 32 VALIDA CONTENIDO MTRO. ALFREDO DELGADO AHUMADA TITULAR DE LA DE SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN Art. 9, fracción VI, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación VALIDA Y APRUEBA MINISTRO LUIS MARÍA AGUILAR MORALES PRESIDENTE Art. 4, fracción XVI, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación VALIDA Y REGISTRA LIC. MARÍA EUGENIA CORRALES ESCALANTE DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS E INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA Art. 22, fracciones XXV y XXIX, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación APRUEBA LIC. RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE OFICIAL MAYOR Art. 20, fracción XII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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