Compatibilidad entre la pensión de Jubilación y el trabajo

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Compatibilidad entre la pensión de Jubilación y el trabajo"

Transcripción

1 Resumen comentado de los contenidos más importantes del Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. Entrada en vigor 17 marzo de 2013 Se aprueba este Real Decreto Ley, con el objetivo de abordar la transición entre la vida activa y la jubilación, para reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones, impulsar el envejecimiento activo y luchar contra la discriminación por razón de edad en el empleo. Se adoptan de manera conjunta medidas en el ámbito de la Seguridad Social y de las políticas de empleo para fomentar el envejecimiento activo. Se fijan criterios distintos de edad de acceso a la jubilación, en función de si es voluntaria o forzosa. Se aclara la figura de la jubilación parcial para evitar situaciones de fraude en la contratación del trabajador que releva al empleado pensionista. Por primera vez todos los trabajadores podrán seguir trabajando y cobrar, a la vez, la mitad de su pensión. Se rediseñan las medidas para desincentivar los despidos colectivos de mayores de 50 años. 1

2 Compatibilidad entre la pensión de Jubilación y el trabajo Aquellos trabajadores que han accedido a la jubilación al alcanzar la edad legal, por tanto, no para jubilaciones anticipadas, y que tienen derecho al 100% de la Base Reguladora, es decir que acreditan las denominadas carreras completas, puedan compatibilizar el empleo a tiempo completo o parcial con el cobro del 50 % de la pensión. Cotización; cuotas por Incapacidad Temporal y por Contingencias Profesionales, además de una cuota de un 8%, el cual se distribuirá en los trabajadores por cuenta ajena en el 6% cuota empresarial y el 2% cuota obrera. Establece además las siguientes condiciones. El desempeño de un puesto de trabajo o alto cargo en el sector público, es incompatible con la percepción de la pensión de jubilación. Es decir, se podrá compatibilizar la pensión con trabajos en el sector privado, no en el público. La compatibilidad trabajo-pensión se extiende tanto a los distintos regímenes de Seguridad Social como al de Clases Pasivas, en este caso para pensiones reconocidas a partir del Se permitirá compatibilizar la pensión con actividad en el sector privado y si la jubilación es a la edad ordinaria y con el 100% de la Base Reguladora o Haber Regulador, según hablemos de Seguridad Social Clases Pasivas, respectivamente. La cuantía de la pensión se verá reducida es de un 50% de la pensión, (con independencia de la jornada establecida en el contrato laboral pactado) y no tendrán derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima durante el tiempo que se compatibilice la pensión con el trabajo. El beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos Las empresas en las que se compatibilice la prestación de servicios con el disfrute de la pensión de jubilación, no deberán haber adoptado decisiones extintivas improcedentes en los 6 meses anteriores a dicha compatibilidad y para la cobertura de aquellos puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por las extinciones. Debiendo mantener, durante la vigencia del contrato con el trabajador pensionista, el nivel de empleo existente antes de su inicio (no se tendrán en cuenta los ceses por causas objetivos, disciplinario procedente, o extinciones por dimisión, muerte, jubilación o Incapacidad Permanente, así como los ceses por expiración de la duración de los contratos eventuales). 2

3 *Por cese involuntario en el empleo; Requisitos; Jubilación anticipada Edad; 4 años máximo de anticipo, es decir 61 para personas que llegados los 65 años tuvieran cotizados 38 años y medio (aplicación paulatina hasta el año 2027, que serán 63 años de edad para el acceso a la jubilación anticipada) Jubilación a partir del 1 abril de 2013; 61 años de edad con 35 años y 3 meses cotizados, 61 años y 1 mes con menos de 35 años y 3 meses cotizados. Cotización mínima; se exigen 33 años cotizados para acceder (se podrá computar 1 año máximo de servicio militar o prestación social sustitutoria). Causas del cese en el trabajo; -Despidos Objetivos o Despidos Colectivos; por causas económicas, técnicas, productivas, organizativas o de producción. - La extinción de contrato por resolución judicial según articulo 64 de la Ley 22/2003, Concursal. - La muerta, jubilación o incapacidad permanente del empresario individual, o la extinción de la personalidad jurídica del contratante. - La extinción del contrato motivada por fuerza mayor según artículo 51.7 del E.T. Inscritos en el desempleo al menos durante un plazo de 6 meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de jubilación. Indemnización; será necesario que se acredite haber percibido la indemnización derivada del cese o haber interpuesto demanda judicial en reclamación de dicha indemnización o de impugnación decisión extintiva. Coeficientes reductores; por cada trimestre o fracción que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso correspondiese; 1.- Coeficiente del 1.875% por trimestre, si acredita cotización inferior a 38 años y 6 meses 2.- Coeficiente del 1.750% por trimestre si acredita cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses. 3.- Coeficiente del 1.625% por trimestre si acredita cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses 4.- Coeficiente del 1.500% por trimestre si acredita cotización igual o superior a 44 años y 6 meses. 3

4 *Jubilación anticipada por voluntad del interesado Requisitos; Edad; Inferior a 2 años a la edad ordinaria de jubilación, es decir a los 63 años cuando se tengan cotizados al menos 38 años y 6 meses; 4 años (aplicación paulatina hasta el año 2027). Jubilación a partir del 1 abril de 2013; 63 años de edad con 35 años y 3 meses cotizados, 63 años y 1 mes con menos de 35 años y 3 meses cotizados A los solos efectos de esta modalidad de jubilación, se considerará la que hubiera correspondido de haber seguido cotizando de haber cumplido la edad legal de jubilación ordinaria. Cotización mínima; se exigen 35 años de cotización (se podrá computar como máximo 1 año por servicio militar o servicio social sustitutorio) Importe pensión; el importe a percibir ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería al cumplimiento de la edad ordinaria. Coeficientes reductores; por cada trimestre o fracción que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso correspondiese; 1.- Coeficiente del 2% por trimestre, si acredita cotización inferior a 38 años y 6 meses 2.- Coeficiente del 1.875% por trimestre si acredita cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses. 3.- Coeficiente del 1.750% por trimestre si acredita cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses 4.- Coeficiente del 1.625% por trimestre si acredita cotización igual o superior a 44 años y 6 meses. 4

5 Jubilación parcial Entrada en vigor 1 abril 2013 Edad jubilación según periodos cotización 63 años con periodos de cotización mínimo 36 años y 6 meses 65 años con periodos de cotización mínimo 33 años Periodo transitorio de 01/04/2013 al 31/12/2026 Año del hecho causante Edad exigida según periodos cotizados en el momento del hecho causante Edad exigida con solo 33 años cotizados años y 1 mes 33 años y 3 meses o mas 61 año y 2 meses años y 2 meses 33 años y 6 meses o mas 61 años y 4 meses años y 3 meses 33 años y 9 meses o mas 61 años y 6 meses años y 4 meses 34 años o mas 61 años y 8 meses años y 5 meses 34 años y 3 meses o mas 61 años y 10 meses años y 6 meses 34 años y 6 meses o mas 62 años años y 8 meses 34 años y 9 meses o mas 62 años y 4 meses años y 10 meses 35 años o mas 62 años y 8 meses años 35 años y 3 meses o mas 63 años años y 2 meses 35 años y 6 meses o mas 63 años y 4 meses años y 4 meses 35 años y 9 meses o mas 63 años y 8 meses años y 6 meses 36 años o mas 64 años años y 8 meses 36 años y 3 meses o mas 64 años y 4 meses años y 10 meses 36 años y 6 meses o mas 64 años y 8 meses 2027 y siguientes 63 años 36 años y 6 meses 65 años Reducción Jornada Se hallara comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, si el contrato de relevo se realiza a tiempo completo y de duración indefinida, la reducción podrá ser del 75%, (exigiendo que este contrato de relevo se mantenga hasta al menos 2 años después de la jubilación definitiva del trabajador relevado, de no ser así la empresa devolverá el importe de la pensión que cobró el jubilado parcial durante esa situación). Cotización Tanto la empresa como el trabajador jubilado parcial, cotizarán por el 100% de la base de cotización que le hubiera correspondido de haber mantenido su jornada a tiempo completa. Régimen transitorio; Durante el año 2013, la base de cotización será equivalente al 50% que le hubiera correspondido a jornada completa. 5

6 Por cada año a partir del 2014, se irá incrementando en un 5% hasta alcanzar el en el año 2022 el 100% de la base de cotización del trabajador jubilado. Socios cooperativa Podrán acogerse a la jubilación parcial, los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, siempre que estén incluidos en la seguridad social asimilados por cuenta ajena, y cuando la cooperativa concierte con un socio de duración determinado de la misma o con un desempleado la realización, en calidad de socio de trabajador o de socio de trabajo, de la jornada dejada vacante. Contrato de Relevo Se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada. La jornada mínima será la que deje vacante el jubilado parcial, pudiéndose realizar a jornada completa. El horario de trabajo del relevista podrá completar la jornada del relevado o simultanearse con él. La duración podrá ser indefinida o como mínimo, igual al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad establecida legalmente para acceder a la jubilación ordinaria. Si el trabajador relevo continuase en la empresa, el contrato podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por periodos anuales, extinguiéndose al finalizar el período correspondiente al año en que se produzca la jubilación total del trabajador relevado. Si el contrato se realiza a tiempo completo e indefinido, para que el jubilado parcial pueda reducir su jornada hasta un 75%, este contrato deberá alcanzar al menos una duración igual al resultado de sumar 2 años al tiempo que le falta al trabajador relevado para alcanzar la edad para acceder a la jubilación total. La base de cotización del relevista, no podrá ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los 6 últimos meses del periodo de base reguladora de la pensión de jubilación parcial. Despidos Colectivos de empresas con beneficios, que afecten a trabajadores de cincuenta años o más. Aportaciones económicas al Tesoro Público, por despidos colectivos Los despidos colectivos sean realizados por empresas de más de 100 trabajadores o que formen parte de grupos de empresas que empleen ese número de trabajadores. El porcentaje de trabajadores despedidos de 50 o más años, sobre el total de despidos sea superior al porcentaje de que los trabajadores de esa edad representan sobre el total de la plantilla (se tendrá en cuenta la plantilla de la empresa a la fecha de inicio del procedimiento del despido colectivo), este 6

7 porcentaje se calculara año a año, dentro del periodo previsto para la realización de los despidos que figure en el expediente. Que aun concurriendo las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; las empresas o grupos de empresas; a) Hubieran obtenido beneficios en los 2 años anteriores a aquél que se inicia el procedimiento. b) Que obtengan beneficios al menos en 2 ejercicios económicos consecutivos dentro del período comprendido entre el ejercicio anterior al inicio del procedimiento del despido colectivo y los 4 ejercicios económicos posteriores a dicha fecha. La cuantía a abonar se eleva a la suma del importe de las prestaciones por desempleo, subsidios y cotizaciones sociales correspondientes a los trabajadores de más de 50 años afectados por las medidas de regulación de empleo. Incluyendo el coste derivado de extinciones ajenas a la voluntad del trabajador, salvo finalización de contratos temporales, en los tres años previos y el año posterior a la adopción de las medidas de regulación de empleo. En el caso del subsidio, la cuantía será un canon derivado de totalizar seis años de prestación más sus cotizaciones sociales. Por otra parte, la cuantía a abonar resultante será un porcentaje de entre el 60% y el 100% de la cifra total, atendiendo al número de trabajadores de la empresa, su porcentaje de beneficios sobre los ingresos y, finalmente, el porcentaje de personas de más de 50 años que, sobre el total de despidos, extinguen su relación laboral. Sólo se eludirá el pago de esas cuantías en el caso de aquellos trabajadores mayores de 50 años que sean recolocados en los seis meses siguientes a la extinción de su relación laboral. Requisito de estar al corriente en el pago de las cuotas a la seguridad social a efecto de las prestaciones. Los trabajadores que sean responsables del ingreso de cotizaciones, para el reconocimiento de las prestaciones, será necesario que se encuentren al corriente en el pago de las cotizaciones a la seguridad social, aunque dicha prestación sea reconocida como consecuencia del cómputo reciproco de cotizaciones en un régimen por cuenta ajena. 7

8 Subsidios por desempleo para mayores de 55 años A partir del 17 marzo 2013, se exige, para tener por cumplido el requisito de carencia de rentas a efectos del subsidio, que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. 8

JUBILACIÓN. La edad de jubilación y el periodo de cotización se aplicara de forma gradual, en los términos que resultan del siguiente cuadro:

JUBILACIÓN. La edad de jubilación y el periodo de cotización se aplicara de forma gradual, en los términos que resultan del siguiente cuadro: Boletín informativo 1/2015 Última revisión noviembre/2.015 JUBILACIÓN En el B.O.E. de 2 de agosto de 2011, se publicó la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del

Más detalles

MODIFICACIONES EN MATERIA DE JUBILACIÓN EN LA SEGU- RIDAD SOCIAL

MODIFICACIONES EN MATERIA DE JUBILACIÓN EN LA SEGU- RIDAD SOCIAL FSIE- CV SA 39 de 12/13 20-03-13 Real Decreto Ley 5/2013, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. MODIFICACIONES

Más detalles

Haber cumplido la edad de jubilación ordinaria (quedan excluidas jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación).

Haber cumplido la edad de jubilación ordinaria (quedan excluidas jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación). Madrid, 24 de abril de 2013 Alerta Informativa Departamento Laboral REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD

Más detalles

REAL DECRETO-LEY 5/2013: MEDIDAS PARA FAVORECER LA

REAL DECRETO-LEY 5/2013: MEDIDAS PARA FAVORECER LA MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO 1.- COMPATIBILIDAD ENTRE TRABAJO Y PENSIÓN DE JUBILACIÓN. Es una compatibilidad diseñada

Más detalles

SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo

SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo Resumen de las modalidades de jubilación anticipada y parcial

Más detalles

Rambla Catalunya, 47 3r Barcelona Tel Fax

Rambla Catalunya, 47 3r Barcelona Tel Fax RD-Ley 5/2013 de 16 de Marzo, de medias para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo Rambla Catalunya, 47 3r 08007 Barcelona Tel.

Más detalles

NUEVA NORMATIVA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y OTRAS DISPOSICIONES

NUEVA NORMATIVA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y OTRAS DISPOSICIONES CIRCULAR INFORMATIVA. NUEVA NORMATIVA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y OTRAS DISPOSICIONES Previamente a la entrada en vigor de la Ley 27/2011 el día 1 de enero de 2013, publicada en el BOE del 2 de agosto

Más detalles

SUMARIO II.- JUBILACIÓN ANTICIPADA III.- JUBILACIÓN PARCIAL. IV.- NORMAS TRANSITORIAS EN MATERIA DE JUBILACIÓN (Art. 8)

SUMARIO II.- JUBILACIÓN ANTICIPADA III.- JUBILACIÓN PARCIAL. IV.- NORMAS TRANSITORIAS EN MATERIA DE JUBILACIÓN (Art. 8) PRINCIPALES NOVEDADES DEL REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO. Tomás

Más detalles

Breve comentario del Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo

Breve comentario del Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo 123 Breve comentario del Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo El pasado

Más detalles

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral. Principales modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 5/2013 (en vigor el 17/03/2013) Nº 4/2013 1 MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD

Más detalles

1. Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo

1. Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo Tras la publicación en el Boletín

Más detalles

Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. EMPLEO Vida laboral Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. Julia de Benito Langa Especialista en Derecho administrativo

Más detalles

MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO

MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO CIRCULAR 07/2013 MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL Y PROMOVER EL Resumen de las principales novedades introducidas por el Real Decreto Ley 5/2013 que entra en vigor el día 16 de

Más detalles

Barcelona, abril de Apreciados clientes,

Barcelona, abril de Apreciados clientes, Novedades en materia de jubilación introducidas por el Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre y el Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral

Más detalles

JEFATURA DE ESTADO. (B.O.E. de 16 de marzo de 2013)

JEFATURA DE ESTADO. (B.O.E. de 16 de marzo de 2013) AREA JURIDICA CIRCULAR Nº 3-T/2013 JEFATURA DE ESTADO REAL DECRETO-LEY 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el

Más detalles

REFORMA DE LAS PENSIONES

REFORMA DE LAS PENSIONES REFORMA DE LAS PENSIONES Con fecha 31 de diciembre del pasado año 2012, fue publicado en el BOE, el Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre, por el que se desarrollaba las disposiciones establecidas

Más detalles

Reforma de la Seguridad Social

Reforma de la Seguridad Social Reforma de la Seguridad Social Modificaciones introducidas en el RDL 1/1994 (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social), por la Ley 27/2011 (sobre actualización, adecuación y modernización

Más detalles

A VUELTAS CON LA REFORMA DE LAS PENSIONES

A VUELTAS CON LA REFORMA DE LAS PENSIONES Con apoyo en las bajas tasas de natalidad y en el alargamiento de la esperanza de vida, el Gobierno vuelve a modificar nuestro sistema de pensiones, ya alterado mediante la Ley 27/2011, de 1 de agosto

Más detalles

JUBILACIÓN PARCIAL. Cuando se realice un contrato relevo, se podrá acceder a la jubilación parcial, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

JUBILACIÓN PARCIAL. Cuando se realice un contrato relevo, se podrá acceder a la jubilación parcial, cuando se cumplan los siguientes requisitos: JUBILACIÓN PARCIAL Cuando se realice un contrato relevo, se podrá acceder a la jubilación parcial, cuando se cumplan los siguientes requisitos: Edad de jubilación: A. Si el trabajador tuviera la condición

Más detalles

Asimismo, además, se introducen reglas transitorias no previstas hasta ahora para la aplicación de la jubilación parcial.

Asimismo, además, se introducen reglas transitorias no previstas hasta ahora para la aplicación de la jubilación parcial. CLAVES DE LA NUEVA REGULACIÓN DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL Desde el pasado 17 de marzo, entre otras novedades introducidas por el Real Decreto-ley 5/2013, se modifica la nueva modalidad de jubilación

Más detalles

DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL BLÁZQUEZ AGUDO, E.M. QUINTERO LIMA, M.G.

DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL BLÁZQUEZ AGUDO, E.M. QUINTERO LIMA, M.G. DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL BLÁZQUEZ AGUDO, E.M. QUINTERO LIMA, M.G. La protección por vejez: la pensión de jubilación TEMA 12 Derecho a descanso Problema envejecimiento sociedad Cese actividad laboral

Más detalles

LEGISLACIÓN SOCIAL BÁSICA (31.ª edición, 2012)

LEGISLACIÓN SOCIAL BÁSICA (31.ª edición, 2012) LEGISLACIÓN SOCIAL BÁSICA (31.ª edición, 2012) 3.1 bis. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Actualizado a: 4-4-2013 Artículo 4,

Más detalles

PENSIÓN DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 1/1/2013

PENSIÓN DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 1/1/2013 PENSIÓN DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 1/1/2013 JUBILACIÓN ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 27/2011 (RDL 5/2013) DTª 4º.5 LGSS Se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación, en sus diferentes modalidades,

Más detalles

CONTRATO DE RELEVO. Duración

CONTRATO DE RELEVO. Duración CONTRATO DE RELEVO Es el que se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que tuviera concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir parcialmente a un trabajador

Más detalles

Agulló & Millanes Abogados ACTUALIDAD LABORAL

Agulló & Millanes Abogados ACTUALIDAD LABORAL A continuación destacamos las novedades más significativas contenidas en el Real Decreto-Ley 4/2013 y en el Real Decreto-Ley 5/2013, recientemente aprobados. I.- Real Decreto-Ley 4/2013 En el Boletín Oficial

Más detalles

REGULACION NORMATIVA EN MATERIA DE PENSIONES TRAS EL REAL DECRETO LEY 5/2013

REGULACION NORMATIVA EN MATERIA DE PENSIONES TRAS EL REAL DECRETO LEY 5/2013 REGULACION NORMATIVA EN MATERIA DE PENSIONES TRAS EL REAL DECRETO LEY 5/2013 El Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de Marzo completa la reforma de pensiones introducida por la Ley 27/2011 de 2 de Agosto. Conforme

Más detalles

Jubilación anticipada por tener la condición de mutualista

Jubilación anticipada por tener la condición de mutualista Tipos de jubilación Jubilación anticipada por tener la condición de mutualista Podrán causar derecho a la pensión contributiva de jubilación a partir de los 60 años, con aplicación de coeficientes reductores,

Más detalles

Es compatible la jubilación y la realización de un trabajo por cuenta ajena?

Es compatible la jubilación y la realización de un trabajo por cuenta ajena? CIRCULAR INFORMATIVA 14/2014 Palencia, a 19 de septiembre de 2014 Es compatible la jubilación y la realización de un trabajo por cuenta ajena? La normativa laboral permite al trabajador compatibilizar

Más detalles

La pensión de jubilación parcial

La pensión de jubilación parcial La pensión de jubilación parcial 3 de octubre de 2013 Antonio V. Sempere Navarro Gómez Acebo & Pombo 2012. ÍNDICE 1. REGULACIÓN VIGENTE 2. RÉGIMEN JURÍDICO ACTUAL (DESDE 01/05/13) 2.1. JUBILACIÓN PARCIAL

Más detalles

JUBILACIÓN (ley 27/2011)

JUBILACIÓN (ley 27/2011) JUBILACIÓN (ley 27/2011) Setembre 2011 CONDICIONES ACTUALES DE LA JUBILACIÓN JUBILACIÓN Tendrán derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, las personas incluidas en su Régimen General,

Más detalles

Jubilación Parcial Compatibilidad pensión y jubilación Jubilación Anticipada: Involuntaria Voluntaria Jubilación ordinaria

Jubilación Parcial Compatibilidad pensión y jubilación Jubilación Anticipada: Involuntaria Voluntaria Jubilación ordinaria Jubilación Parcial Compatibilidad pensión y jubilación Jubilación Anticipada: Involuntaria Voluntaria Jubilación ordinaria Antigüedad: 6 años Cotización: 33 años o 25 años si es una persona discapacitada

Más detalles

COMISIÓN EJECUTIVA REGIONAL Secretaría de Políticas de Protección Social y Dependencia

COMISIÓN EJECUTIVA REGIONAL Secretaría de Políticas de Protección Social y Dependencia Secretaría de Políticas de Protección Social y Dependencia Ante las dudas surgidas tras la suspensión de las reglas sobre jubilación anticipada y jubilación parcial contenidas en la ley 27/2011, de 1 de

Más detalles

Dossier Informativo (05 de abril 2013)

Dossier Informativo (05 de abril 2013) Dossier Informativo (05 de abril 2013) 23 NOVEDADES LEGISLATIVAS: I.- REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES: REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL

Más detalles

PENSIÓN DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 1/1/2013

PENSIÓN DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 1/1/2013 PENSIÓN DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 1/1/2013 JUBILACIÓN ORDINARIA 1. EDAD DE JUBILACIÓN Artículo 161.1,a) LGSS: - 65 años si se acreditan 38 años y 6 meses de cotización. - 67 años en el resto de los casos.

Más detalles

A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO

A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO REAL DECRETO-LEY 5/213 DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO. A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION

Más detalles

MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL En el Boletín Oficial del Estado de 2 de agosto se publicó la Ley 27/2011, del día anterior, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema

Más detalles

LEY 27/2011 DE 1 DE AGOSTO, SOBRE ACTUALIZACION, ADECUACIÓN Y MODERNIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

LEY 27/2011 DE 1 DE AGOSTO, SOBRE ACTUALIZACION, ADECUACIÓN Y MODERNIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. CIRCULAR DE 1 DE AGOSTO, SOBRE ACTUALIZACION, ADECUACIÓN Y. A continuación detallamos las principales modificaciones introducidas por esta Ley. 1.- JUBILACION ORDINARIA REQUISITOS: a) EDAD: Se fija la

Más detalles

[ Contexto de situación ]

[ Contexto de situación ] 15 de marzo de 2013 [ Contexto de situación ] El Sistema de Seguridad Social garantiza el pago de unas pensiones adecuadas a pesar de las tensiones derivadas de la crisis. La caída de la afiliación es

Más detalles

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Actualización de la 27.ª edición Fecha de última revisión: 15 de abril de 2013

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Actualización de la 27.ª edición Fecha de última revisión: 15 de abril de 2013 ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Actualización de la 27.ª edición Fecha de última revisión: 15 de abril de 2013 ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Ley 13/2012, de 26 de diciembre, de lucha contra el empleo irregular

Más detalles

Antonio Benavides Vico

Antonio Benavides Vico Antonio Benavides Vico Requisitos carencia Carencia genérica 15 años En toda su vida laboral Carencia específica 2 años 15 últimos años 2 años 15 últimos años Situación Asimilada Sin cotizar STS 10 de

Más detalles

REFORMA DE LAS PENSIONES: PREGUNTAS FRECUENTES

REFORMA DE LAS PENSIONES: PREGUNTAS FRECUENTES REFORMA DE LAS PENSIONES: PREGUNTAS FRECUENTES Informe OCU La Ley de actualización, modernización y adecuación del sistema de Seguridad Social, con la famosa reforma de las pensiones, entró en vigor en

Más detalles

LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Modificaciones operadas por el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

Más detalles

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2013

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2013 PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2013 BASES DE COTIZACIÓN PARA EL 2013 Grupo de cotización Categorías profesionales 1 Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo

Más detalles

NOVEDADES EN MATERIA DE JUBILACIÓN

NOVEDADES EN MATERIA DE JUBILACIÓN NOVEDADES EN MATERIA DE JUBILACIÓN Las principales novedades se contienen en la Ley 27/2011 de 1 de agosto y en el Real Decreto-Ley 5/2013 de 25 de Marzo y se refieren a las siguientes materias: Jubilación

Más detalles

Información sobre prestaciones

Información sobre prestaciones í ' \.9U'-' v- ( r -- ( 1/ Información sobre prestaciones de 1a Seguridad Social LEY 27 /2011, de 1 d~ agosto,:::m~-~~~:;~:::::=::::: ;: o:;~::r:~ ::::ma de Segundad ::::;~~~ ~ ;: ~:'.:"::asto 2011~~ ROL

Más detalles

[ Contexto de situación ]

[ Contexto de situación ] 15 de marzo de 2013 Real Decreto-ley de Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo [ Contexto de situación ] El Sistema

Más detalles

PLAN DE PREJUBILACIÓN ASEA BROWN BOVERI

PLAN DE PREJUBILACIÓN ASEA BROWN BOVERI PLAN DE PREJUBILACIÓN ASEA BROWN BOVERI Madrid, 14 de Julio de 2016 Índice Introducción: en que consiste un plan de prejubilación. Fases del plan de prejubilación: 1. Fase de desempleo 2. Fase desde fin

Más detalles

67 años o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.

67 años o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización. A partir de 1-1-2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de:

Más detalles

Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. 1 Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. 1 Reducciones y bonificaciones de cuotas aplicables a jóvenes trabajadores

Más detalles

Información MUY IMPORTANTE

Información MUY IMPORTANTE Información MUY IMPORTANTE NUEVA NORMATIVA Y MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN LA PENSION DE JUBILACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL: PRIMERA PARTE.- En la constante sucesión de disposiciones que modifican, siempre

Más detalles

1. Jubilación Anticipada: la voluntaria, la no voluntaria y la residual de los mutualistas

1. Jubilación Anticipada: la voluntaria, la no voluntaria y la residual de los mutualistas QUÉ NOVEDADES HAY PARA JUBILACIÓN PARCIAL Y ANTICIPADA EN 2013? Con la entrada en vigor, el pasado 1 de enero de 2013, de la Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad

Más detalles

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral Actualidad Jurídico Laboral Número 19/2013 Marzo 2013 REFORMAS LEGALES CUADRO COMPARATIVO DE LA LEGISLACIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL TRAS EL RDL 5/2013. DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD

Más detalles

Jubilación anticipada:

Jubilación anticipada: CIRCULAR INFORMATIVA MODIFICACIONES EN MATERIA DE JUBILACIONES En Madrid, a 20 de marzo de 2013 A partir del 1 de abril, las condiciones para jubilarse de forma anticipada y parcial cambian, después de

Más detalles

I. Modificaciones relativas al acceso, cálculo de la base reguladora y cuantía de la pensión de jubilación ordinaria.

I. Modificaciones relativas al acceso, cálculo de la base reguladora y cuantía de la pensión de jubilación ordinaria. ÚLTIMAS MEDIDAS SOBRE LA REFORMA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL En el Boletín Oficial del Estado de 16 de marzo de 2013 se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2013, modificando

Más detalles

1. Jubilación Anticipada: la voluntaria, la no voluntaria y la residual de los mutualistas

1. Jubilación Anticipada: la voluntaria, la no voluntaria y la residual de los mutualistas CAMBIOS EN LA JUBILACIÓN PARCIAL Y ANTICIPADA PARA 2013 Con la entrada en vigor, el pasado 1 de enero, de la Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social,

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (17.ª edición, 2012)

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (17.ª edición, 2012) TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (17.ª edición, 2012) Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Actualizado

Más detalles

DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO

DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO 1. ANTECEDENTES. El artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores que reúnan las condiciones exigidas para

Más detalles

REFORMA DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL.

REFORMA DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL. BOLETÍN INFORMATIVO Nº 74 Información Colectivo de Prejubilados REFORMA DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL. Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida

Más detalles

La jubilación a partir de 2013

La jubilación a partir de 2013 La jubilación a partir de 2013 Actualizado a 21 de marzo de 2013 El 1 de enero de 2013 entraron en vigor los cambios en el sistema público de pensiones que derivan de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre

Más detalles

Sª Acción Sindical, Comunicación y Relaciones Internacionales Gabinete Técnico

Sª Acción Sindical, Comunicación y Relaciones Internacionales Gabinete Técnico REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO (BOE Núm. 65, de 16 de marzo)

Más detalles

Real Decreto-ley de Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo

Real Decreto-ley de Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo 15 de marzo de 2013 Real Decreto-ley de Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo [ Contexto de situación ] El Sistema

Más detalles

Conoce los tipos y modalidades de JUBILACIÓN?

Conoce los tipos y modalidades de JUBILACIÓN? Nº 52 Mayo 2016 www.ceconsulting.es Conoce los tipos y modalidades de JUBILACIÓN? I. JUBILACIÓN ORDINRIA II. JUBILACIÓN FLEXIBLE III. JUBILACIÓN ACTIVA En nuestro actual Sistema de Seguridad Social se

Más detalles

Què he de tenir en compte per a la jubilació?

Què he de tenir en compte per a la jubilació? 9 de marzo de 2017 Què he de tenir en compte per a la jubilació? A càrrec de: Juan Carlos Pérez La nostra funció és ajudar al professional Cuándo me puedo jubilar?? Cuándo me puedo jubilar? CARENCIA MÍNIMA(tiempo

Más detalles

LA REFORMA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN

LA REFORMA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN LA REFORMA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN -Ley 27/2011, de a de Agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social. - Real Decreto 1716/2012, de 28 de Diciembre. - Real

Más detalles

JORNADA PEDAGÓGICA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES

JORNADA PEDAGÓGICA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES JORNADA PEDAGÓGICA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES Madrid, 22 de noviembre de 2013 JUBILACIÓN ORDINARIA 1.- REQUISITOS DE ACCESO: A)-Edad: 67 años ó 65 años cuando se acredite tener cotizados 38 años

Más detalles

Artículo 7. Objeto de la protección

Artículo 7. Objeto de la protección Artículo 7. Objeto de la protección 1. Estarán comprendidos en el Sistema de la Seguridad Social, a efectos de las prestaciones de modalidad contributiva, cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión,

Más detalles

La pensión de jubilación a partir del de enero de 2013

La pensión de jubilación a partir del de enero de 2013 La pensión de jubilación a partir del de enero de 2013 Rafael Laraña Subdirector de jubilación Dirección Provincial de Barcelona Instituto Nacional de Seguridad Social JUBILACIÓN ORDINARIA 1. EDAD DE JUBILACIÓN

Más detalles

CP Cómo obtener la mayor jubilación para un autónomo 20 de septiembre de 2016

CP Cómo obtener la mayor jubilación para un autónomo 20 de septiembre de 2016 CP Cómo obtener la mayor jubilación para un autónomo Página 1 CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA VIDEOCONFERENCIA PRÓXIMOS CURSOS YA DISPONIBLES PARA RESERVA Novedades nueva ley procedimiento administrativo

Más detalles

La progresiva reforma de la jubilación

La progresiva reforma de la jubilación I La progresiva reforma de la jubilación J. Eduardo López Ahumada Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social 3 de Mayo de 2017 SUMARIO 1. PRESUPUESTO GENERAL: PUNTO DE PARTIDA. 2. ÚLTIMAS

Más detalles

Circular Laboral número 4/2011 Novedades Legales. Distinguidos clientes,

Circular Laboral número 4/2011 Novedades Legales. Distinguidos clientes, Circular Laboral número 4/2011 Novedades Legales Distinguidos clientes, Este verano ha sido pródigo en novedades legislativas de contenido laboral, entre las que destacan, muy especialmente, la Ley 27/2011

Más detalles

Donación de AGERS al Centro de Documentación de Fundación MAPFRE EL IMPACTO DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES EN LOS PLANES DE PREJUBILACIÓN

Donación de AGERS al Centro de Documentación de Fundación MAPFRE EL IMPACTO DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES EN LOS PLANES DE PREJUBILACIÓN EL IMPACTO DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES EN LOS PLANES DE PREJUBILACIÓN Índice 1. La nueva Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 16 de marzo de 2013

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 16 de marzo de 2013 Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 154, de 29 de junio

Más detalles

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE ACTUALIZACIÓN, ADECUACION Y MODERNIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE ACTUALIZACIÓN, ADECUACION Y MODERNIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL GRUPO DE TRABAJO LABORAL del ICAM PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE ACTUALIZACIÓN, ADECUACION Y MODERNIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL El Sistema de Seguridad Social

Más detalles

LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio)

LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio) LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE Artículo 4. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.

Más detalles

JUBILACION. Normativa en materia de jubilación

JUBILACION. Normativa en materia de jubilación JUBILACION Normativa en materia de jubilación 18 de noviembre de 2016 JUBILACION Normativa en materia de jubilación El objeto del presente documento es dar a conocer los requisitos exigibles para acceder

Más detalles

AÑO 2013 DESDE

AÑO 2013 DESDE AÑO 2013 DESDE 01-04-2013 JUBILACIÓN ORDINARIA Un período de 16 65 35 y 3 o más 192/224 12.867 días 65 y 1 mes Menos de 35 y 3 426 35 y 6 En caso de baja forzosa, a partir de los 55 y que durante 24 al

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN Ref: 09/182658.9/15 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE LA JUBILACIÓN PARCIAL SIMULTANEADA

Más detalles

Ofrecemos a continuación un breve resumen de los aspectos más importantes de la medida:

Ofrecemos a continuación un breve resumen de los aspectos más importantes de la medida: Derecho Laboral Nazaret Clemente y Xavier Pallarés 21 de marzo de 2013 Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad

Más detalles

Dossier Informativo (05 de abril 2013)

Dossier Informativo (05 de abril 2013) Dossier Informativo (05 de abril 2013) 23 NOVEDADES LEGISLATIVAS: I.- REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES: REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL

Más detalles

JUBILACIÓN ANTICIPADA

JUBILACIÓN ANTICIPADA JUBILACIÓN ANTICIPADA Redacción Social EFL Dolores Carrascosa Bermejo Contenido Jubilación anticipada 3 Nueva modalidad de jubilación anticipada por cese involuntario en el trabajo Nueva modalidad de jubilación

Más detalles

LAS CLAVES DEL NUEVO SISTEMA DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 2013

LAS CLAVES DEL NUEVO SISTEMA DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 2013 LAS CLAVES DEL NUEVO SISTEMA DE JUBILACIÓN A PARTIR DE 2013 La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, ha aprobado finalmente la

Más detalles

RDL 5/2013, 15 DE MARZO CAROLINA GALA DURÁN UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA ABRIL 2013

RDL 5/2013, 15 DE MARZO CAROLINA GALA DURÁN UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA ABRIL 2013 RDL 5/2013, 15 DE MARZO CAROLINA GALA DURÁN UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA ABRIL 2013 ASPECTOS GENERALES MÁS REFORMAS?? Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del

Más detalles

Article 12 de l Estatut dels Treballadors.

Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo. 1. El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Sección 4. Lesiones permanentes no invalidantes Artículo 150. Indemnizaciones por baremo. Las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, causadas por accidentes de trabajo o enfermedades

Más detalles

JUBILACIÓN PARCIAL 0 PREJUBILACIÓN Y EL CAMBIO NORMATIVO CON ESPECIAL INCIDENCIA EN LOS CUADROS INTERMEDIOS

JUBILACIÓN PARCIAL 0 PREJUBILACIÓN Y EL CAMBIO NORMATIVO CON ESPECIAL INCIDENCIA EN LOS CUADROS INTERMEDIOS JUBILACIÓN PARCIAL 0 PREJUBILACIÓN Y EL CAMBIO NORMATIVO CON ESPECIAL INCIDENCIA EN LOS CUADROS INTERMEDIOS Con la aprobación del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad

Más detalles

Atención! Se establece el mantenimiento de la regulación de la pensión de jubilación en los siguientes supuestos:

Atención! Se establece el mantenimiento de la regulación de la pensión de jubilación en los siguientes supuestos: QUEROL & QUEROL ASSESSORS, S.L MORELLA FORCALL VILLAFRANCA - CANTAVIEJA C/ VIRGEN DEL ROSARIO Nº 15 12300 MORELLA (CASTELLÓN) TELF. 964.160.958 FAX 964.173.290 LEY 27/2011, DE 1 DE AGOSTO, SOBRE ACTUALIZACIÓN,

Más detalles

NOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012

NOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012 1-2013 Enero, 2013 NOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012 El pasado día 31 de diciembre de 2012, se publicaron en el BOE, dos

Más detalles

3.1 LEY 27/2011, DE 1 AGOSTO. ACTUALIZACIÓN, ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

3.1 LEY 27/2011, DE 1 AGOSTO. ACTUALIZACIÓN, ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. 3.1 LEY 27/2011, DE 1 AGOSTO. ACTUALIZACIÓN, ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. (BOE núm. 184, de 2 agosto; rect. BOE núm. 240, de 5 octubre [RCL 2011, 1518 y 1808]) Artículo 3.

Más detalles

Seguridad Social. Cotizaciones 2015

Seguridad Social. Cotizaciones 2015 MADRID 4 FEBRERO 2015 Seguridad Social. Cotizaciones 2015 Estimado asociado: El B.O.E. de 31 de Enero de 2015 publica la Orden ESS/86/2015, de 30 de Enero, por la que se desarrollan las normas legales

Más detalles

REAL DECRETO LEY 5/2013 SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA JUBILACIÓN PARCIAL SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL

REAL DECRETO LEY 5/2013 SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA JUBILACIÓN PARCIAL SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL 4 REAL DECRETO LEY 5/2013 SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA JUBILACIÓN PARCIAL REAL DECRETO LEY 625/2014 SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL REAL DECRETO LEY 5/2013, SOBRE LA MODIFICACIÓN

Más detalles

ENCUENTRO DIGITAL PRESTACIÓN POR DESEMPLEO Emilia Sánchez Quiles Abogada del Área de Laboral

ENCUENTRO DIGITAL PRESTACIÓN POR DESEMPLEO Emilia Sánchez Quiles Abogada del Área de Laboral ENCUENTRO DIGITAL PRESTACIÓN POR DESEMPLEO Emilia Sánchez Quiles Abogada del Área de Laboral La situación de desempleo no genera intrínsecamente la cobertura que ahora se analiza, lo que realmente quiere

Más detalles

MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO

MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO - resumen principales novedades del RD-LEY 5/2013 de BOE 16-03-2013 - Relación

Más detalles

Condiciones para acceder a la jubilación, a partir del 1 de abril de 2013 y antes o después del 1 de enero de 2019

Condiciones para acceder a la jubilación, a partir del 1 de abril de 2013 y antes o después del 1 de enero de 2019 27 de marzo de 2014 Condiciones para acceder a la jubilación, a partir del 1 de abril de 2013 y antes o después del 1 de enero de 2019 ANTECEDENTES Las condiciones de acceso a la jubilación anticipada

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA

CIRCULAR INFORMATIVA 87/2013 CIRCULAR INFORMATIVA ASUNTO: MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO Adjunto se remite el Real Decreto ley

Más detalles

I. Incentivos a la contratación a tiempo parcial con. vinculación formativa.

I. Incentivos a la contratación a tiempo parcial con. vinculación formativa. Novedades introducidas por el Real Decreto-Ley4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en materia de contratación. I. Incentivos

Más detalles

Las nuevas jubilaciones. ahora en la Ley General de Seguridad

Las nuevas jubilaciones. ahora en la Ley General de Seguridad Las nuevas jubilaciones en la Ley General de Seguridad Social Lourdes López Cumbre Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria Consejera académica de Gómez-Acebo

Más detalles

1º.- COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLE A JÓVENES

1º.- COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLE A JÓVENES MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTIMULO DEL CRECIMEINTO Y DE LA CREACION DE EMPLEO. R.D. Ley 4/2013 de 22 de Febrero Mediante el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, el Gobierno aprueba una

Más detalles

(BOE núm. 65, de 16 de marzo de 2013; corrección de errores y erratas BOE núm. 81, de 4 de abril de 2013)

(BOE núm. 65, de 16 de marzo de 2013; corrección de errores y erratas BOE núm. 81, de 4 de abril de 2013) Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. (BOE núm. 65, de 16 de marzo

Más detalles

SÍNTESIS DE LA CONTESTACIÓN:

SÍNTESIS DE LA CONTESTACIÓN: Nº DOCUMENTO: C27/ 8_3 FECHA: 03/10/2013 CUESTIÓN PLANTEADA: Procedencia de aplicar las medidas de jubilación voluntaria y parcial introducidas por el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, al personal

Más detalles