MEZQUITAL DEL ORO, ZAC.

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1 Paginas 1 de 65 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: MEZQUITAL DEL ORO, ZAC. 2012

2 Paginas 1 de 65 Índice RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER... 1 CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL... 2 RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA... 3 INGRESOS... 3 EGRESOS... 5 RESULTADO DEL EJERCICIO BANCOS DEUDORES DIVERSOS... Error! Marcador no definido. ANTICIPO A PROVEDORES... Error! Marcador no definido. ACTIVO FIJO... Error! Marcador no definido. DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)... Error! Marcador no definido. PROVEDORES... Error! Marcador no definido. ACREEDORES DIVERSOS... Error! Marcador no definido. APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)... Error! Marcador no definido. PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES FONDO DE PAVIMENTACION... Error! Marcador no definido. PROGRAMA PESO POR PESO INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA... Error! Marcador no definido. INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS... Error! Marcador no definido. RELLENO SANITARIO RASTRO MUNICIPAL RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS... 63

3 Paginas 1 de 65 RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER Administración TIPO DE ACCIÓN Acciones Correctivas Denuncia de Hechos - Pliego de observaciones 3 Promoción del Fincamiento de 11 Responsabilidades Administrativas Informe a la Auditoría Superior de la - Federación Solicitud de Intervención del Órgano 25 Interno de Control 1 Hacer conocimiento del SAT 2 Promoción para el Ejercicio de la - Facultad de Comprobación Fiscal Solicitud de Aclaración - Subtotal Acciones Preventivas Recomendación 2 15 Seguimiento para ejercicios posteriores 1 16 TOTAL Subtotal Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

4 Paginas 2 de 65 CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL LA Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado: Revelación Suficiente: En virtud de que no registró contablemente el Fondo Fijo en el rubro de Caja, detectando además omisión en el registro de pasivos, por lo que los estados financieros no presentan la situación real en dichos rubros. Situación que se describe en forma pormenorizada en los Resultados: AF-04 y AF-07, Observación AF-04 y Observación AF-06.

5 Paginas 3 de 65 RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA INGRESOS ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2012 por un monto total de $21,391,701.19, los cuales se encuentran conformados por $12,578, de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 96.21%. Además de $3,212, de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $5,601, de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados Programas Federales-Revisión Documental y Obra Pública-Revisión Física. El resultado obtenido de la revisión a Ingresos es el siguiente: Resultado AF-01, Observación AF-01 Derivado a la revisión al rubro de Ingresos, específicamente al Impuesto Predial, se verificó que el ente auditado cuenta con 355 contribuyentes morosos, de los cuales 81 corresponden al impuesto urbano y 274 a impuesto rústico, al respecto se detectó que el ente auditado no ha implementado las acciones legales necesarias que permitan abatir dicho rezago, consistente en el procedimiento administrativo de ejecución. En proceso de solventación de observaciones del Acta de Confronta, el ente auditado presentó oficio número 053 de 18 de abril de 2013 suscrito por el C. Profr. Uriel Luna Pérez, Tesorero Municipal, en el cual menciona lo siguiente: " por medio de este conducto le informo sobre las actividades realizadas en el año 2012 referente a lo recaudado es lo siguiente respecto a los morosos se anexa relación de los mismos, se adjunta carta invitación sin firma de recibido del contribuyente. En virtud de que aun cuando el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presenta evidencia consistente en una carta invitación a un contribuyente moroso, esta no se considera como requerimiento de pago, por lo que esta observación persiste hasta el momento en que el ente auditado exhiba evidencia documental de las gestiones de cobro coactivo que implemente, así como prueba fehaciente que permita corroborar la disminución de las cuentas por cobrar en el rubro de Impuesto Predial. AF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012 a los(as) CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Profra. Josefina Rosales García, Profr. Uriel Luna Pérez, C. Francelia Jiménez Espitia, C. José Manuel Rojas Moreno, C. Bertha Donate Hernández, C. Juan Carlos Torres Ávila, C. Pedro Gómez Gutiérrez, C. Berenice Jiménez Castro, C. Martha Robles Bañuelos, C. Alberto Muñoz Núñez, C. Ma. de la Luz Ezquivel Haro y C. Raúl Valdez Soriano, Presidente, Síndico y Tesorero Municipales, así como Regidores y Regidoras del H. Ayuntamiento, durante el período el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de Lo anterior en virtud de que el municipio cuenta con 355 contribuyentes morosos del impuesto predial y la entidad fiscalizada no mostró evidencia de haber realizado gestiones de cobro. Lo anterior con fundamento en los artículos 29 primer párrafo, 74 primer párrafo Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondient es según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna Gobierno Estado. de del

6 Paginas 4 de 65 RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA INGRESOS fracciones III, V, VII y X, 79 primer párrafo, fracciones V y VII, 80 primer párrafo fracción II, 90 segundo párrafo, fracción II, 93 primer párrafo, fracciones II y IV, 96 primer párrafo fracciones I, III, IX y XXI de la Ley Orgánica del Municipio aplicable en el Estado de Zacatecas, 1 y 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas y 5 numeral 1, primer párrafo, fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipio de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal efectué las gestiones administrativas y/o legales para la recuperación de la cartera de morosos del Impuesto Predial, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado de conformidad con los artículos 103 primer párrafo y 105 primer párrafo, fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Se solventa y se le dará seguimiento.

7 Paginas 5 de 65 RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS LA El presupuesto ejercido por el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, fue por $22,709,966.17, los cuales se encuentran conformados por $10,845, de Gasto Corriente y Deuda Pública, con un alcance de revisión de 44.21%. Además de $981, de Obra Pública, $2,679, de Aportaciones Federales y $8,202, de Otros Programas. Los resultados de estos últimos tres rubros se tratarán en los apartados Programas Federales-Revisión Documental y Obra Pública.- Revisión Física. Resultado AF-02, Observación AF-02 Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el ente auditado realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por un importe de $144,600.00; el cual se detalla a continuación: 1. El municipio realizó erogaciones mediante los cheques números 2395 de fecha 24 de enero de 2012 por $81,000.00, 2662 de fecha 24 de agosto de 2012 por $15, y 2713 de fecha 31 de agosto de 2012 por $25,000.00, que totalizan el importe de $121,200.00; todos a favor del C. Abel Salazar Medrano, por concepto de honorarios por la demanda mercantil número 59/2011, cuyas erogaciones fueron autorizadas en la 25 reunión de Cabildo Extraordinaria Séptima, los cheques fueron cobrados los días 24 de enero de 2012, 28 de agosto de 2012 y 1 de noviembre de 2012 respectivamente, por persona física con Registro Federal de Contribuyentes SAMA630410G31, según estado de cuenta número del Banco Mercantil del Norte, S.A., asimismo el cargo contable se realizó a la partida presupuestal Honorarios y Comisiones, exhibiendo únicamente como soporte documental recibos de egresos del municipio, los cuales no son evidencia para respaldar las erogaciones realizadas, debido a que no se presentaron los recibos de honorarios que reúnan los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, copia simple de la demanda y documento que demuestre el estado del procedimiento de la misma. Cabe señalar que es una obligación del municipio exigir el comprobante que reúna requisitos AF-12/ Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $121, relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por concepto de honorarios por la demanda mercantil número 59/2011, de las cuales únicamente se exhibió como soporte documental recibos de egresos del municipio, sin haber presentado los recibos de honorarios que reúnan los requisitos fiscales, copia simple de la demanda y documento que demuestre el estado del procedimiento de la misma. Lo anterior con fundamento en los artículos 102 primer y segundo párrafo y 133 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2012 y 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas, en relación con el Artículo Tercero Transitorio de la misma Ley, reformado en la Fe de Erratas al Decreto 211 relativo a Reformas y Adiciones de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 15 de diciembre de AF-12/ Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $23, relativo a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no fueron presupuestadas a favor de los miembros del Ayuntamiento adicionales a sus dietas y que además corresponden a prestaciones exclusivas para los trabajadores por concepto de bono bimestral o trimestral, por la cantidad de $7, a cada Regidor(a). Lo anterior con fundamento en los artículos 50 primer párrafo, fracción IV, 177, 179, 181 Se solventa. Se solventa.

8 Paginas 6 de 65 fiscales de conformidad con el artículo 102 primer y segundo párrafos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2012, observándose que el prestador del servicio se encuentra obligado a expedir comprobantes fiscales conforme a lo dispuesto en el artículo133 fracción III de la citada Ley del Impuesto Sobre la Renta. 2. De igual manera el municipio realizó erogación mediante el cheque número 2765 en fecha 24 de diciembre de 2012 por $23, a favor del C. Uriel Luna Pérez (Tesorero Municipal), por concepto de pago de nómina especial a 3 Regidores(as), que corresponde del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, dicho cheque fue cobrado el mismo día de su emisión según estado de cuenta número del Banco Mercantil del Norte, S.A., asimismo el cargo contable se realizó a la partida presupuestal Bono Bimestral o Trimestral, sin presentar la nómina respectiva en original debidamente firmada por cada uno de los(as) Regidores(as), de igual manera la partida no fue presupuestada, además de que dicho gasto es improcedente, en virtud de que el artículo 50 primer párrafo, fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas señala que los Ayuntamientos no podrán: " Conceder a sus servidores públicos, gratificaciones, compensaciones o sobresueldos que no estén asignados o establecidos en los presupuestos de egresos o fijarles sueldos con base a porcentaje sobre los ingresos y excederse en los pagos por remuneraciones personales que por el desempeño de un empleo, cargo o comisión estén fijadas en dicho presupuesto de egresos;". Al respecto en ente auditado manifestó: hago de su conocimiento que por error afecté a la cuenta , como bono trimestral cuando la correcta es bono especial la ,, sin embargo esto es de igual manera improcedente debido a que los(as) Regidores(as) por Ley no se encuentran RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS y 184, de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. AF-12/ Hacer del conocimiento del Servicio de Administración Tributaria los hechos que pueden entrañar el incumplimiento de las disposiciones fiscales Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT) las erogaciones observadas al municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, por $121, pagadas al C. Lic. Abel Salazar Medrano, por concepto de honorarios por servicios profesionales de los cuales no expidió comprobantes fiscales. Lo anterior con fundamento en los 133 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2012 y 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar operaciones con personas físicas o morales inscritos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asimismo alentar, en su caso, a los negocios del municipio a tramitar su inscripción al Servicio de Administración Tributaria con el objeto de no propiciar la evasión fiscal. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, II y III, primer párrafo inciso c) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT) Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

9 Paginas 7 de 65 facultados para percibir otra prestación distinta a su dieta, ya que ellos no encuadran en ninguna figura jurídica tipificada en la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas. Resultado AF-03, Observación AF-03 De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los funcionarios de primer nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas al Presidente y Síndico Municipales, por un monto de $515,422.00, ya que de acuerdo a dicho Decreto los montos autorizados serían de $437,192.00, habiendo percibido un importe por un total de $999, por el periodo de enero a diciembre de Es conveniente señalar que la observación se está realizando por el excedente que es pagado adicionalmente por el municipio vía nómina, respetando siempre su percepción como docentes, por lo que existe una diferencia de $46, que corresponde a montos superiores a los establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, que se origina de las percepciones como maestros comisionados. Aunado a lo anterior se observa pago excedente al Profr. José Rodríguez Haro, Secretario de Gobierno Municipal, ya que el artículo 160 fracción II segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, indica En las administraciones municipales, ningún regidor, síndico, funcionario, director o coordinador paramunicipal, consultor o asesor, podrá recibir remuneración mayor a la establecida en el presupuesto correspondiente para quien sea Titular de la Presidencia Municipal, por lo que se detectó que el ente auditado erogó la cantidad de $96, que no se justifica, en virtud de que supera el sueldo y demás prestaciones otorgadas al Presidente RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS AF-12/ Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por el excedente en las percepciones otorgadas, derivado de no atender las disposiciones contenidas en la reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número 75 de fecha 11 de diciembre de 2010, lo que cita por $612, Lo anterior con fundamento en el artículo 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, en relación con los Transitorios Tercero, Sexto y Séptimo del Decreto No. 75 que contiene Reformas y Adiciones a Diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas de fecha 11 de diciembre de 2010, en el suplemento 99. AF-12/ Hacer del conocimiento del Servicio de Administración Tributaria los hechos que pueden entrañar el incumplimiento de las disposiciones fiscales Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, con relación a los ingresos percibidos por los CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal y Profr. José Rodríguez Haro, Secretario de Gobierno Municipal, por el orden de $666, y $433, respectivamente, relativos al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, lo anterior a efecto de comprobar el cumplimiento de la presentación de la declaración anual de cada uno de ellos correspondiente al ejercicio fiscal 2012, de conformidad con el artículo 117 primer LA No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias. Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

10 Paginas 8 de 65 Municipal, incumpliendo así con lo antes citado. Es conveniente señalar que la observación se está realizando por el excedente que es pagado adicionalmente por el municipio vía nómina, respetando siempre su percepción como docente, como a continuación se detalla: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS párrafo, fracción III inciso e) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal LA Nombre del Funcionario Puesto Profr. Ramón Moreno Castro Presidente Municipal Profra. Josefina Rosales García Síndico Municipal Profr. José Rodríguez Haro Secretario de Gobierno Municipal Por su parte el ente auditado en proces manifestó: (Profr. Ramón Moreno C Municipal) la cantidad que se maneja h ningún momento la he visto en mis m cheque maneja la cantidad de $11,874.7 sólo cobro $4, en promedio. m con la aplicación de esta ley es de $9,5 completo a cubrir los gastos más elem debe a que de acuerdo a la ley de sal presidente municipal de Mezquital del Or con un sueldo quincenal de $4,782.61, qu una percepción que no alcanza para na una manera muy respetuosa y me dirijo sea revisado mi caso ". (Profra. Josefina Rosales García.- S el decreto 75 no fue aprobado por el contradictorio a la Constitución Política ninguno gana más que el Presidente además con la nueva minuta de De diciembre del 2012 aumenta a 536 salario titular de la presidencia del municipio.. s artículo 160 de la Constitución del estado de Zacatecas En las administraciones m regidor, síndico, funcionario, director

11 Paginas 9 de 65 paramunicipal, consultor o asesor, podrá recibir remuneración mayor a la establecida en el presupuesto correspondiente para quien sea Titular de la Presidencia Municipal, por lo tanto dicha servidora no rebasa dicho tope.el cálculo que se menciona está mal realizado, y aun con el nuevo decreto el cual deroga las disposiciones del decreto anterior, hay controversia, pues como se menciona nadie gana más que el Ejecutivo Federal y dichas disposiciones violan la autonomía del municipio ". (Profr. José Rodríguez Haro.- Secretario de Gobierno) en materia de leyes puedo comentarle que según la observación realizada se está tomando en cuenta el Decreto 75, que habla lo que se conoce coloquialmente como ley de salarios máximos, y que en fecha 11 de diciembre de 2012, se presentó en la LX Legislatura una minuta de decreto que pretende derogarlo por considerarlo contradictorio a la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos. solicitó a usted una revisión de mi caso y que se me notifique a la brevedad posible sobre lo que procedería.". Sin embargo la observación prevalece, en virtud de que aún cuando los funcionarios municipales manifiestan sus razonamientos respecto a la improcedencia de la presente observación, el actuar de la Entidad de Fiscalización, está dentro del Marco Legal que la regula, ya que una de sus facultades tal y como lo establece el artículo 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas es fiscalizar los ingresos y egresos de las Cuentas Públicas Municipales; el manejo, la custodia y la aplicación de los fondos y los recursos de los poderes del Estado y municipios y sus entes públicos paraestatales y paramunicipales, así como los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos, establecidos conforme a las bases señaladas en el artículo 160 del propio ordenamiento legal; por lo tanto al entrar en vigor el Decreto Legislativo número 75 (12 de diciembre de 2010), la Auditoría Superior del Estado tiene la obligación legal de verificar el cumplimiento del mismo, ya que dentro del apartado Sexto Transitorio del mencionado Decreto se establece hasta cuantas cuotas de salario mínimo deben de percibir cada uno de los miembros del Ayuntamiento. Por lo que si un servidor público recibe una percepción que sobrepasa el límite máximo establecido, incumple con lo señalado en la Constitución Estatal, ocasionando con esto un daño a la Hacienda Pública al percibir una cantidad que RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS LA

12 Paginas 10 de 65 es improcedente, siendo con esto objeto de observación por parte de este Ente Fiscalizador, en base a sus facultades ya mencionadas. Cabe hacer mención que el Decreto No. 75 de fecha 11 de diciembre de 2010, donde se establecen los topes salariales, no fue derogado, sino que el nuevo decreto no. 574 de fecha 6 de abril de 2013, reforma a partir del día 7 de dicho mes y año el párrafo primero de la fracción II del artículo 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; sin embargo el segundo párrafo de dicha fracción, no sufrió cambio alguno. Además esta Auditoría Superior del Estado no tiene facultades para determinar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del Decreto Legislativo No. 75. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS LA

13 Paginas 11 de 65 RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA RESULTADO DEL EJERCICIO LA El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó como resultado del ejercicio 2012 un Déficit de $1,318,264.98, lo anterior en virtud de que sus egresos fueron superiores a los ingresos, situación que se explica por la existencia al inicio del ejercicio.

14 Paginas 12 de 65 Resultado AF-04, Observación AF-04 El importe del saldo en Caja al 31 de diciembre de 2012 ascendió a $6, Derivado del análisis se observó que lo informado en este rubro corresponde únicamente al saldo en caja, sin embargo no refleja el importe del Fondo Fijo con que cuenta la Tesorería Municipal por la cantidad de $20,000.00, y que para efectos de transparencia y atendiendo al Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental de Revelación Suficiente, todos los movimientos, tanto de Caja General como de Fondo Fijo, deben registrarse con el fin de presentar la situación financiera real en su Estado de Posición Financiera. CUENTAS BALANCE CAJA AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo llevar a cabo el adecuado registro del monto autorizado del Fondo Fijo y los movimientos ordinarios de Caja General, así como sus registros contables generados durante el ejercicio fiscal correspondiente, según su naturaleza, con el fin de que sus Estados Financieros reflejen la situación financiera real. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, III, primer párrafo incisos a) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

15 Paginas 13 de 65 Resultado AF-05, Sin Observación El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó saldo en Bancos por $3,823, al 31 de diciembre de 2012 según su Estado de Posición Financiera, importe integrado por 14 cuentas bancarias, mismas que al ser revisadas se observó que están bajo el cuidado y custodia del Tesorero Municipal, las chequeras se encuentran debidamente resguardadas en la caja fuerte del municipio. Además se apreció que existe un adecuado control en el manejo de las cuentas bancarias en virtud de que no se detectaron cheques firmados en blanco ni posfechados y se lleva un orden cronológico en la emisión de los mismos, no detectando observaciones relevantes que hacer constar. CUENTAS BALANCE BANCOS LA

16 Paginas 14 de 65 Resultado AF-06, Observación AF-05 El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó al 31 de diciembre de 2012 en la cuenta de Deudores Diversos, un saldo por $677,615.55, mismo que corresponde a préstamos internos de Fondo IV y Tesorería, cabe señalar que de estos saldos 2 corresponden a administraciones anteriores. Cabe mencionar que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior, existe una observación similar, para lo cual se emitió la acción número AF-11/ consistente en una Recomendación, la cual no fue atendida. CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS AF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a los C.C. Profr. Ramón Moreno Castro y Profr. Uriel Luna Pérez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1º de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2012, por no haber exhibido evidencia documental de las acciones realizadas orientadas a saldar los préstamos motivo de la observación, o en su caso, el reintegro de los recursos o depuración debidamente documentada y autorizada por el H. Ayuntamiento, así como por desatender la recomendación AF-11/ emitida en el ejercicio fiscal 2011 por una observación similar. Lo anterior con fundamento a los artículos 74 primer párrafo, fracciones III, V, VIII, X y XII, 93, primer párrafo, fracciones III y IV, 96 primer párrafo, fracciones I y II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas, así como el artículo 5 numeral 1, fracciones I, III y XX de la Ley de Responsabilidades de los LA Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

17 Paginas 15 de 65 CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal efectué las gestiones orientadas a saldar los préstamos o en su caso, el reintegro de los recursos o depuración debidamente documentada y autorizada por el H. Ayuntamiento e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado de conformidad con los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones I, III incisos a) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Se solventa y se le dará seguimiento.

18 Paginas 16 de 65 Resultado AF-07, Observación AF-06 El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2012 fue por $6,327,130.09, el cual incluye un importe de $272, correspondiente a incorporaciones del ejercicio Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $801, de las cuales $546, (68.20%) se realizaron con Recursos Propios, $176, (21.96%) con Recursos Federales y $78, (9.84%) con Otros Programas, cabe señalar que los bienes fueron incorporados en su totalidad en el ejercicio Se registraron adquisiciones pagadas con recursos propios por un importe total de $546,700.62, de las cuales se omitió contabilizar su incorporación al Activo Fijo y Patrimonio del Municipio, mismas que se detallan a continuación: Cuenta Póliza Cheque Importe Tipo de Bien Equipo de Computo y Comunicación Eq. y aparatos de com. y telecom. Maquinaria y Eq. Electrónico E Telefono Fijo ( Factura #2 y notas de venta #46061 y 7635) E00827 Efectivo 8, Mezcladora de sonido E00021 Efectivo 3, Bomba sumergible /Factura # 1346 Vehículos y Eq. Terrestre E00371, , Caimoneta Explorer 2002 Vehículos y Eq. Terrestre E00372, , Camioneta Colorado 2010 Vehículos y Eq. Terrestre E , Liquidación de pipa adquirida en 2011, el costo total del vehículo fue de Total Adquisiciones Recursos Propios $ 546, $966,436.60, del cual se pago $741, en 2011 (E01084/ ch 727- cuenta bancarua ramo 33) omitiendo su incorporación por el costo total. El ente auditado presenta pólizas de diario número D00033 a la D00038, donde se registra la incorporación de los bienes observados, sin embargo la póliza de diario D00035, incorpora erróneamente en las cuentas de activo fijo una mezcladora de sonido por un importe de $8,138.62, ya que se registró en la denominada Nombre de equipo A, debiendo ser en la clasificación en Equipo de sonido, según evidencia presentada por el municipio durante la revisión de la Cuenta Pública, quedando pendiente únicamente reclasificar el importe de $8,138.62, ya que su incorporación fue realizado en cuentas incorrectas del Activo Fijo. De las adquisiciones realizadas con Recursos Propios durante el ejercicio sujeto a revisión las más relevantes fueron 1 automóvil marca Toyota, 1 camioneta marca 3.00 Ford Explorer y 1 pipa marca International, para las áreas de Presidencia, DIF y Obras Públicas, CUENTAS BALANCE ACTIVO FIJO AF-12/ Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar los registros contables que muestren la reclasificación del bien con valor de $8, incorporado erróneamente en la cuenta de activo fijo denominada Nombre de equipo A, debiendo ser en la de Equipo de sonido, asimismo los relativos a la desincorporación al Activo Fijo y Patrimonio del municipio por un importe de $116, derivados de la duplicidad de registros por las adquisiciones realizadas con recursos propios del ejercicio 2011 consistentes en una revolvedora y un bien denominado Nombre del equipo A, exhibiendo evidencia documental de las acciones realizadas a esta Auditoría Superior del Estado. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, III, primer párrafo incisos a) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

19 Paginas 17 de 65 respectivamente. Derivado de la revisión física a dichos bienes, se corroboró que cuentan con su soporte documental y están al servicio de las actividades propias del ente auditado. CUENTAS BALANCE ACTIVO FIJO LA En relación al importe de $272, relativo a la incorporación de bienes adquiridos en el ejercicio fiscal 2011, fue duplicada la cantidad de $132,149.53, el municipio durante el proceso de revisión de la Cuenta Pública realizó ajustes por la cantidad de $16,149.53, sin embargo aún quedó pendiente de efectuar los relativos a los importes de $16,000.00, de una revolvedora y un bien denominado Nombre del equipo A por $100,000.00, los cuales se detallan a continuación: Adquisiciones 2011, incorporadas Nombre de la Subcuenta No. Cuenta Importe Póliza/ duplicidad en la incorporación Revolvedora , PD00045 Nombre del Equipo "A" , PD00080 Total $ 116, Resultado AF-08, Observación AF-07 De la revisión practicada a los activos fijos propiedad del municipio en el ejercicio 2012, se observó que cuenta con 10 bienes inmuebles, de los cuales solamente 2 cuentan con escritura y se encuentra en trámite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio, 8 no están escriturados y en consecuencia tampoco están inscritos ante dicho Registro. Dichos bienes inmuebles se describen a continuación: AF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a los CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Profra. Josefina Rosales García y Profr. José Rodríguez Haro, quienes se desempeñaron como Presidenta, Síndico y Secretario de Gobierno Municipales, respectivamente, durante el período del 1º de Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

20 Paginas 18 de 65 N o. D ESC R IPC IÓN U B IC A C IÓN SU PER F IC IE 1 Presidencia M unicipal Niños Héroes No m2 2 Torre del Reloj Niños Héroes s/n 8,4 m2 3 Casa de Seguridad Pública Hill Olvera s/n 640 m2 4 Biblioteca Pública Juana de Asbaje Calle M orelos s/n 242,50 m2 5 Oficinas Administrativas del DIF M unicipal. Calle M orelos No m2 6 Rastro M unicipal Boulevard Sur s/n 900 m2 7 Panteón M unicipal Camino al Panteón s/n 10,000 m2 8 Unidad Deportiva Hacienda del Real s/n 2 Hectáreas 9 Plaza principal Entre Hidalgo y Niños Héroes 699 m2 10 Sitio para perforar un pozo El Ranchito 100 m2 C uent a co n Escrit uras? SI NO SI NO X X X X X X X X X X Se encuent ra Inscrit o en el R eg ist ro Púb lico de la Propiedad? Cabe mencionar que en los Informes de Resultados de los ejercicios 2010 y 2011, existen observaciones similares, para lo cual se emitieron las acciones números AF-10/ y AF-11/ respectivamente, consistentes en Recomendaciones, las cuales no fueron atendidas. En proceso de solventación del Acta de Confronta, el municipio menciona lo siguiente: " nos comprometimos a tomar en cuenta la observación, sin embargo la deuda heredada, las demandas mercantiles y laborales que no quisieron ser negociadas por los demandantes.. así como las reducciones al presupuesto de gasto corriente año con año, ha dado como resultado una pobre economía que solamente alcanza para el pago de nómina y gastos urgentes del municipio.. no se han dado las condiciones para empezar con la escrituración, no es falta de voluntad si no (sic) economía...". La observación subsiste en virtud de que aun cuando el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, manifiesta su intención de escriturarlos, no presenta documentación alguna que demuestre el haber iniciado los trámites para la escrituración e inscripción de los bienes inmuebles ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio. X X X X X X X X X X CUENTAS BALANCE ACTIVO FIJO enero al 31 de diciembre del ejercicio sujeto a revisión, por no llevar a cabo acciones tendientes a regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles, en relación con la propiedad de los mismos, así como por no atender las recomendaciones AF-10/ y AF-11/ realizadas en los ejercicios 2010 y Lo anterior con fundamento en los artículos 74 primer párrafo, fracciones III, V y X 78 primer párrafo, fracción V, 92, primer párrafo, fracción XVII y 152 de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable a Estado de Zacatecas, 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas y 5 numeral 1 primer párrafo fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal efectué acciones tendientes a regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado de conformidad con los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Se solventa y se le dará seguimiento.

21 Paginas 19 de 65 Resultado AF-09, Sin Observación El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó saldo al 31 de diciembre de 2012 en el rubro de Pasivos por la cantidad de $2,431, según el Estado de Posición Financiera, el cual está integrado por $812, de Proveedores, $1,509, de Acreedores Diversos, $38.08 de Impuestos y Retenciones por Pagar y $109, de Deuda Pública a Largo Plazo, observándose un decremento del 34.21% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, derivado fundamentalmente de las amortizaciones efectuadas al rubro de Acreedores Diversos. Resultado AF-10, Observación AF-08 Del análisis efectuado a la cuenta contable GODEZAC, se observó que el H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zacatecas, celebró un convenio en el mes de diciembre de 2012 con la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, por adelanto de participaciones, por la cantidad de $825,000.00, mismos que no fueron provisionados dentro del pasivo, así mismo no fueron registradas las amortizaciones efectuadas por dicho préstamo, por lo que el Estado de Posición Financiera no presenta la situación financiera real. Resultado AF-11, Observación AF-09 De la revisión practicada a la cuenta de Pasivos, específicamente a las cuentas Proveedores y CUENTAS BALANCE DEUDA PUBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, registrar dentro de su pasivo el empréstito otorgado por la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, así como las amortizaciones no consideradas por el ente auditado, con el propósito de que los Estados Financieros presenten la situación financiera real. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, III, primer párrafo inciso a) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar la LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento. Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la

22 Paginas 20 de Acreedores Diversos se corroboró que no tuvieron afectación contable durante el ejercicio 2012, por las cantidades de $812, y $680, respectivamente, sin embargo no se exhibió evidencia documental de las acciones de la confirmación de los saldos con los proveedores, a fin de que el municipio programara los pagos de acuerdo sus posibilidades financieras, o en su caso, la depuración procedente previo análisis documental y autorización del H. Ayuntamiento. Resultado AF-12, Observación AF-10 De la revisión practicada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el ente auditado, efectúo retenciones del Impuesto al Valor Agregado al momento de realizar pagos por honorarios o servicios prestados al municipio, lo cual es improcedente, tal y como se demuestra en la pólizas de egresos E01006 y E01133, así como los recibos de honorarios número 0664 Z y 0667 Z, expedidos por el C. Arnulfo Rayas González y verificados en la página del Servicio de Administración Tributaria, comprobando su autenticidad, por otra parte además realizó la retención correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, la cual no fue registrada contablemente, ni enterada al fisco federal. CUENTAS BALANCE DEUDA PUBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) circularización con Proveedores y Acreedores Diversos, asimismo con base en los resultados programar el pago correspondiente y proponer en su caso la cancelación de aquellos que no sean procedentes, previa autorización del H. Ayuntamiento, a fin de depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones I, III inciso a) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, apegarse a lo establecido por el artículo 3, antepenúltimo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, donde libera a los municipios de efectuar la retención de dicho impuesto, así mismo realizar los registros contables procedentes y el entero al Servicio de Administración Tributaria, del Impuesto Sobre la Renta. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su LA recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento. Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

23 Paginas 21 de 65 Resultado AF-13, Observación AF-11 De la revisión efectuada al rubro de Pasivos, específicamente a la subcuenta % UAZ, se observó que el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, recaudó ingresos por concepto de derechos por consumo de bebidas alcohólicas por un importe de $61,568.00; sin embargo no realizó el registro del pasivo del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas por la cantidad de $3, Cabe aclarar que dicho impuesto fue pagado a la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, en fecha 04 de abril de 2013 según recibo número B CUENTAS BALANCE DEUDA PUBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones I, III incisos a) y c) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo sucesivo realice el registro del pasivo al momento de su cobro, con el propósito de presentar la situación financiera real en su Estado de Posición Financiera. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, III, primer párrafo inciso a) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

24 Paginas 22 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE LA Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma. Resultado AF-14, Observación AF-14 El presupuesto de Ingresos y Egresos autorizado para el ejercicio 2012 según consta en Acta de Cabildo de Sesión Ordinaria No. 26, de fecha 27 de enero del 2012 fue por un monto de $17,026, Se registraron incrementos para ambos presupuestos, los cuales fueron aprobados en Actas Ordinarias números: 26 del 22 de octubre y 27 del 30 de noviembre de 2012, quedando registrado por un importe de $22,323, Aún con las modificaciones realizadas, se puede observar que durante el ejercicio 2012 el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó un decremento en sus ingresos reales, ya que de conformidad con los ingresos presupuestados que fueron por $22,323,426.92, únicamente recaudo la cantidad de $21,391,701.19, registrándose un decremento del 4.17%, registrándose los más importantes en las cuentas en Derechos y Agua Potable. Derivado de las modificaciones presupuestales a los egresos, al cierre del ejercicio se registró sobreejercicio del 1.73%, con relación a lo presupuestado, siendo el más relevante en los Capítulos de Servicios Generales, Ayudas, Subsidios y Transferencias y Obras Públicas. AF-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo sucesivo observe la normatividad aplicable en cuanto al manejo de sus presupuestos. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, II y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento. Al respecto se observa que el ente fiscalizado no realizó una vigilancia adecuada al comportamiento de sus presupuestos que le permita llevar a cabo un adecuado control presupuestal, en desapego a los artículos 177, 179, 181, 185 y 186, de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. Resultado AF-15, Observación AF-13 AF-12/ Promoción para el Esta acción se promoverá

25 Paginas 23 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE El H. Ayuntamiento Constitucional de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó extemporáneamente el día 20 de febrero de 2013, ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2012, según oficio LX/VIG/400/2013 de fecha 20 de febrero de 2013, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala lo siguiente:... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la cuenta pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura.... Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, como miembros del H. Ayuntamiento Profr. Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal, Profra. Josefina Rosales García, Síndico Municipal, CC. Francelia Jiménez Espitia, C. José Manuel Rojas Moreno, C. Bertha Donate Hernández, C. Juan Carlos Torres Ávila, C. Pedro Gómez Gutiérrez, C. Berenice Jiménez Castro, C. Martha Robles Bañuelos, C. Alberto Muñoz Núñez, C. Ma. de la Luz Ezquivel Haro y C. Raúl Valdez Soriano, Regidores(as); asimismo al Profr. Uriel Luna Pérez, Tesorero Municipal, por no haber entregado en tiempo ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio Infringiendo así los artículos 121 segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 29, 49 primer párrafo, fracción XVI cuarto párrafo, 78 primer párrafo, fracción VII y 96 primer párrafo, fracciones XV y XXII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas, 5 numeral 1, primer párrafo fracciones I y V de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, así como los artículos 7 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado LA ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

26 Paginas 24 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Resultado AF-16, Observación AF-14 De la revisión efectuada al expediente del Presupuesto de Egresos presentado por el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, se detectó que no contiene el Tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos, de conformidad a lo establecido en el artículo 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, en relación con los Transitorios Tercero, Sexto y Séptimo del Decreto No. 75 que contiene Reformas y Adiciones a Diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas de fecha 11 de diciembre de 2010, en el suplemento 99. Cabe mencionar que en el Informe de de Zacatecas, en relación con el Artículo Tercero Transitorio de la misma Ley, reformado en la Fe de Erratas al Decreto 211 relativo a Reformas y Adiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 15 de diciembre de AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal entregue en tiempo ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal de cada ejercicio fiscal que corresponda e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones III y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. AF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a los CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Profra. Josefina Rosales García y Profr. Uriel Luna Pérez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, como Presidente, Síndico y Tesorero Municipales respectivamente, así como a los(as) CC. Francelia Jiménez Espitia, C. José LA Se solventa y se le dará seguimiento. Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

27 Paginas 25 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Resultados del ejercicio inmediato anterior, existe una observación similar, para lo cual se emitió la acción número AF-11/ consistente en una Recomendación, la cual no fue atendida. Manuel Rojas Moreno, C. Bertha Donate Hernández, C. Juan Carlos Torres Ávila, C. Pedro Gómez Gutiérrez, C. Berenice Jiménez Castro, C. Martha Robles Bañuelos, C. Alberto Muñoz Núñez, C. Ma. de la Luz Ezquivel Haro y C. Raúl Valdez Soriano, Regidores(as); por no incluir dentro del presupuesto de egresos el tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos, de conformidad a los preceptos establecidos en el Decreto número 75 publicado en el Periódico Oficial del día 11 de diciembre de 2010, que contiene las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, desatendiendo la acción a promover número AF-11/28-016, emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el ejercicio fiscal Infringiendo así los artículos 29 primer párrafo, 49 primer párrafo, fracción XVI segundo párrafo, 74 primer párrafo fracciones I y V, 96 primer párrafo fracción II, 147 fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas, articulo 65 primer párrafo, fracción XII, 119 fracción III y 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 5 numeral 1, primer párrafo fracciones I,V y XX de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, así como los artículos 7 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, en relación con el Artículo Tercero Transitorio de la misma Ley, reformado en la Fe de Erratas al Decreto 211 relativo a Reformas y Adiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 15 de diciembre de LA

28 Paginas 26 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Resultado AF-17, Observación AF-15 Derivado de los trabajos efectuados durante la visita de campo al municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, se detectó que el municipio no realiza pago alguno al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y/o otra institución de Seguridad Social por concepto de cuotas obrero patronales, motivo por el cual, el personal no se encuentra inscrito ante dicho Instituto, incumpliendo lo señalado en Ley, lo que provocaría posibles créditos fiscales y multas por parte de las Instituciones de Seguridad Social. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal considere dentro del presupuesto de egresos el tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos, de conformidad a los preceptos establecidos en el Decreto número 75 publicado en el Periódico Oficial del día 11 de diciembre de 2010, que contiene las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones I, III inciso b) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. AF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, como miembros del H. Ayuntamiento Profr. Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal, Profra. Josefina Rosales García, Síndico Municipal; C. Francelia Jiménez Espitia, C. José Manuel Rojas Moreno, C. Bertha Donate Hernández, C. Juan Carlos LA Se solventa y se le dará seguimiento. Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

29 Paginas 27 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Torres Ávila, C. Pedro Gómez Gutiérrez, C. Berenice Jiménez Castro, C. Martha Robles Bañuelos, C. Alberto Muñoz Núñez, C. Ma. de la Luz Ezquivel Haro y C. Raúl Valdez Soriano, Regidores(as); asimismo al Profr. Uriel Luna Pérez, Tesorero Municipal,, por no haber afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y/o otra institución de Seguridad Social a todas las personas con las que tenga relación laboral con el municipio, ya sean de base, contrato o eventuales, incumpliendo así con lo establecido en los artículos 29 primer párrafo, 49 primer párrafo, fracción XX, 74 primer párrafo, fracciones V y X, 93, primer párrafo, fracciones IV y V, 96, primer párrafo, fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas, 12, primer párrafo, fracción I y 15, primer párrafo, fracción I de la Ley del Seguro Social y 5, numeral 1, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipio de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal afilie al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y/o otra institución de Seguridad Social a todas las personas con las que tenga relación laboral con el municipio, ya sean de base, contrato o eventuales e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Se solventa y se le dará seguimiento.

30 Paginas 28 de 65 CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE Resultado AF-18, Observación AF-16 Derivado de la revisión a las nóminas del municipio se observó que el ente auditado no realizó el cálculo, retención y entero del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a sueldos, salarios y conceptos asimilables, incumpliendo consecuentemente con la presentación de las declaraciones a que se encuentra obligado como retenedor, debiendo realizar el cálculo del Impuesto Sobre la Renta a sus trabajadores, generando y registrando los asientos contables, además de realizar el entero correspondiente al Impuesto Sobre la Renta y presentar las declaraciones informativas y pagos provisionales que correspondan. AF-12/ Recomendación Se recomienda la Administración Municipal, en lo sucesivo realizar el cálculo, retenciones y entero del Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.) a sueldos, salarios y conceptos asimilables, así como el cálculo del Subsidio al Empleo, además de presentar las declaraciones informativas a que se encuentre obligado el ente auditado, asimismo efectuar los asientos contables respectivos. AF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones I, III inciso b) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

31 Paginas 29 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) LA El presupuesto total asignado al municipio del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2012 fue por la cantidad de $2,030, mismo que fue distribuido de la siguiente manera: el 95.00% se aplicó para Infraestructura Básica de Obras por un importe de $1,928,584.55, el 3.00% se aplicó para Gastos Indirectos por la cantidad de $60, y el 2.00% restante por la cantidad de $40, fue para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2012 los recursos fueron aplicados en un 93.60%, según lo registrado en el Informe de Avance Físico - Financiero correspondiente al mes de diciembre 2012 y con base a la documentación comprobatoria presentada por el municipio, la cual fue revisada en su totalidad. De igual forma, el municipio recibió un monto de $1, derivado de Rendimientos Financieros del año 2011, recurso que la fecha de revisión no había sido ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican: Resultado PF-02, Observación PF-01 Esta acción se Como resultado al seguimiento del flujo de efectivo del Fondo III por el ejercicio fiscal promoverá autoridades ante las 2012, de la cuenta bancaria número correspondientes del Banco Mercantil del Norte, según sea el caso, S.A. aperturada a nombre del municipio de siendo estas la Mezquital del Oro, Zac., y denominada Ramo 33, se conoció que el ente fiscalizado Legislatura del Estado o la Contraloría Interna operó en la misma cuenta bancaria de Gobierno del correspondiente a los recursos del ejercicio Estado. 2011, los recursos relativos al ejercicio de 2012, lo anterior se observa en virtud de que el municipio debió de aperturar una cuenta bancaria para el manejo de los recursos provenientes del Fondo III por el ejercicio fiscal que nos ocupa, tal y como lo establecen los artículos 10 primer párrafo, fracción III, párrafo tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, 82 primer párrafo fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con la finalidad de transparentar la correcta aplicación de los recursos. Respecto a lo anterior el municipio presentó copia fotostática del oficio número 023, de fecha 02 de abril de 2013, suscrito por el C. Profr. Julio Flores Ibarra, Director de Desarrollo Económico y Social, mediante el cual le solicita al Presidente, Síndico y Tesorero Municipales que tengan a bien aperturar cuentas bancarias nuevas para el ejercicio fiscal 2013, correspondientes a los PF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a los CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Profr. Uriel Luna Pérez y Profr. Julio Flores Ibarra, quienes se desempeñaron durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012 como Presidente Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, en virtud de no haber atendido la Recomendación realizada en el ejercicio fiscal 2011 identificada con el número de Acción a Promover PF-11/ relativa a la apertura de una cuenta bancaria independiente por cada Fondo y ejercicio fiscal para la ministración y aplicación de los Recursos Federales provenientes del Fondo III, a fin de transparentar los movimientos realizados y la correcta erogación de los recursos. Con fundamento en los artículos 10 primer párrafo, fracción III, párrafo tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, 82 primer párrafo fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 62, 74 primer párrafo, fracciones III y X, 93 primer párrafo,

32 Paginas 30 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) Fondos Federales III y IV, esto con el fin de dar cumplimiento a la ley. Sin embargo dicho oficio hace mención al ejercicio fiscal 2013 y no al ejercicio 2012, motivo de esta revisión. Cabe mencionar que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior, existe una observación similar, para lo cual se emitió la Acción a Promover número PF- 11/ consistente en una Recomendación, la cual no fue atendida, por lo que la observación es reincidente. Resultado PF-03, Observación PF-02 El Municipio realizó una transferencia de la cuenta operativa de Fondo III número del Banco Mercantil del Norte, S.A. aperturada a nombre del municipio de Mezquital del Oro, Zac., denominada Ramo 33 a la cuenta de Gasto Corriente número de la misma Institución Bancaria por el orden de $55, en fecha 28 de junio de 2012 y reintegrado el 06 de agosto del mismo año, así como préstamo para la aportación de beneficiarios a obra del Programa 3x1 para Migrantes por la cantidad de $25, en fecha 07 de junio y reintegrado el 17 de agosto de Derivado de lo anterior, se realizó el cálculo de los intereses que se generaron por la no aplicación de los recursos para las metas y objetivos que fueron autorizados, aplicándose al importe del préstamo una tasa del 1.50% mensual de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Ingresos del Municipio de Mezquital del Oro, Zac., determinándose un monto total de $1,960.69, motivo por el cual, el municipio fracción IV y 96 primer párrafo, fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas y 5 numeral 1 primer párrafo, fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal PF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal aperture una cuenta bancaria para el manejo de los recursos provenientes del Fondo III por para cada ejercicio fiscal e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. PF-12/ Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que con relación a los recursos transferidos a la cuenta operativa del Fondo III número del Banco Mercantil del Norte S.A., denominada Ramo 33 y aperturada a nombre del Municipio de Mezquital del Oro, Zac., por un importe de $1, que corresponde al pago de los intereses generados por la no aplicación de los recursos para metas y objetivos que fueron autorizados, que éstos sean destinados conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de transparentar la correcta aplicación de los recursos, asimismo evitar las transferencias de recursos del Fondo III a otras cuentas bancarias. PF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado, de LA Se solventa y se le dará seguimiento. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la

33 Paginas 31 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) presentó reporte de traspasos de la cuenta de Gasto Corriente número a la cuenta operativa de Fondo III número del Banco Mercantil del Norte, S.A., denominada Ramo 33 por el monto de $1,960.64, por concepto de pago de intereses del Fondo III, así como consulta de cuenta de cheques del período del 16 al 17 de abril de 2013 donde se refleja el traspaso, mismo que corresponde a los intereses que se generaron de los préstamos entre cuentas propias del municipio, aclarándose la observación para efectos resarcitorios al haberse realizado el pago de los intereses generados, por lo que se le dará seguimiento durante la revisión a la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2013 a la aplicación de los recursos por concepto de intereses generados en obras y acciones autorizadas para el Fondo III. conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, III primer párrafo incisos a) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio. LA Recomendación y se le dará seguimiento.

34 Paginas 32 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento Municipal) LA Por lo que respecta a los recursos asignados al municipio del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por la cantidad de $1,154,235.00, mismos que fueron distribuidos de la siguiente manera: el 52.57% se aplicó en el rubro de Obligaciones Financieras por la cantidad de $606,734.73, el 12.02% se aplicó para Seguridad Pública por la cantidad de $138,796.48, el 31.85% se aplicó para Infraestructura Social Básica de Obras y Acciones por la cantidad de $367, y en Adquisiciones el 3.56% restante por la cantidad de $41, Al 31 de diciembre del 2012 los recursos fueron aplicados en un 54.16%, según lo registrado en el Informe de Avance Físico - Financiero correspondiente al mes de diciembre 2012 y con base a la documentación comprobatoria presentada por el municipio, la cual fue revisada en su totalidad. De igual forma, el municipio recibió un monto de $ por concepto de Rendimientos Financieros del ejercicio 2011, recursos que a la fecha de revisión no habían sido ejercidos. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican: Resultado PF-04, Observación PF-03 PF-12/ Promoción para el Esta acción se Como resultado de la revisión al Informe Fincamiento de Responsabilidades promoverá ante las Físico Financiero del Fondo IV al mes de Administrativas autoridades diciembre de 2012, se conoció que del techo La Auditoría Superior del Estado, promoverá correspondientes financiero autorizado al municipio para el ante las autoridades competentes, el inicio y según sea el caso, ejercicio 2012 por la cantidad de trámite del procedimiento conducente para que siendo estas la $1,154,235.00, solo fue ejercido al 31 de se apliquen una o más de las sanciones Legislatura del Estado diciembre de 2012 en un 54.16% del total de previstas en el artículo 44 de la Ley de o la Contraloría Interna los recursos obtenidos, lo que refleja un Responsabilidades de los Servidores Públicos de Gobierno del inadecuado manejo programático y del Estado y Municipios de Zacatecas vigente Estado. presupuestal, toda vez que no se dió en el ejercicio fiscal 2012, a los CC. Profr. cumplimiento con las metas y los objetivos Ramón Moreno Castro, Profr. Uriel Luna Pérez del Fondo IV, al no ejercer los recursos en el y Profr. Julio Flores Ibarra, quienes se ejercicio fiscal para los cuales fueron desempeñaron durante el periodo del 01 de autorizados. Asimismo, se conoció que de enero al 31 de diciembre de 2012 como los recursos autorizados para el rubro de Presidente Municipal, Tesorero Municipal y Obligaciones Financieras por la cantidad de Director de Desarrollo Económico y Social $606, el municipio no realizó el pago respectivamente, toda vez que no dió prioridad total correspondiente a dicho concepto al cumplimiento de sus obligaciones contando con los recursos disponibles en la financieras, en virtud de haber autorizado y cuenta bancaria operativa del Fondo IV aplicado recursos en los rubros de Seguridad número del Banco Mercantil Pública, Infraestructura Social Básica para del Norte, S.A., determinando por lo tanto Obras y Acciones y Adquisiciones, aún y que no se aplicaron los recursos en el cuando el municipio informó adeudos por un ejercicio fiscal para lo que fueron importe de $2,431,269.97, del cual la cantidad autorizados. de $1,015, corresponde a deuda del Aunado a lo anterior, derivado de la revisión ejercicio anterior, misma que debió de haber al análisis de pasivos del ejercicio 2012, el sido cubierta con recursos del Fondo IV dentro municipio informó adeudos por un importe de la vertiente de Obligaciones Financieras, de $2,431,269.97, del cual la cantidad de incumpliendo por lo tanto con lo establecido en $1,015, corresponde a deuda del el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal ejercicio anterior, misma que debió de haber al no aplicar los recursos conforme a lo sido cubierta si la misma resulta procedente, señalado en el citado ordenamiento legal; con recursos del Fondo IV dentro del rubro aunado a lo anterior no se estableció un

35 Paginas 33 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento Municipal) de Obligaciones Financieras, y de cuya revisión se conoció que se autorizaron y aplicaron recursos para otros rubros como son Seguridad Pública, Infraestructura Social Básica para Obras y Acciones y Adquisiciones, no dando prioridad a las obligaciones financieras tal y como lo estable el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, que señala que: Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.... Cabe señalar que el municipio presentó el oficio número 061, de fecha 18 de abril de 2013, suscrito por el C. Profr. Julio Flores Ibarra, Director de Desarrollo Económico y Social, en el cual hace del conocimiento al L.C. Raúl Brito Berumen, Auditor Superior del Estado, lo siguiente: "...este H. Ayuntamiento se compromete a ejercer los recursos autorizados en el ejercicio que fueron autorizados y evitar caer en esta irregularidad". Sin embargo lo anterior no justifica que los recursos autorizados para el ejercicio 2012 no hayan sido aplicados conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal señalado con antelación. sistema de control programático y presupuestal que permitiera el cumplimiento de metas y objetivos del Fondo IV, realizando la totalidad de las obras y acciones dentro del ejercicio fiscal para el cual fueron aprobadas, observándose un subejercicio del 45.84% respecto del techo financiero autorizado para el ejercicio fiscal 2012, al mantener los recursos en la cuenta bancaria operativa del Fondo IV número del Banco Mercantil del Norte, S.A. Con fundamento en los artículos 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, 62 y 74 primer párrafo, fracciones III y X, 93 primer párrafo, fracción IV, 96 primer párrafo, fracciones I y II y 182 de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas y 5 numeral 1 primer párrafo, fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal PF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal respecto a la programación y aplicación de los recursos del Fondo IV e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones I, II, III incisos a) c) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. PF-12/ Seguimiento en Ejercicios Posteriores La Auditoría Superior del Estado, a través de las Direcciones de Auditoría a Programas Federales y de Obra Pública, durante la revisión a la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2013 realizará las acciones de seguimiento al subejercicio del 45.84% respecto del techo financiero autorizado para el ejercicio fiscal 2012 del Fondo IV, al mantener LA Se solventa y se le dará seguimiento. No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

36 Paginas 34 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento Municipal) Resultado PF-05, Observación PF-04 Como resultado del seguimiento del flujo de efectivo del Fondo IV por el ejercicio fiscal 2012, de la cuenta bancaria número del Banco Mercantil del Norte, S.A. aperturada a nombre del municipio de Mezquital del Oro, Zac., y denominada Fondo IV, se conoció que el ente fiscalizado operó en la misma cuenta bancaria correspondiente a los recursos del ejercicio 2011, los recursos relativos al ejercicio de 2012, lo anterior se observa en virtud de que el municipio debió de aperturar una cuenta bancaria para el manejo de los recursos provenientes del Fondo IV por el ejercicio fiscal que nos ocupa, tal y como lo establecen los artículos 10 primer párrafo, fracción III, párrafo tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, 82 primer párrafo fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con la finalidad de transparentar la correcta aplicación de los recursos. Respecto a lo anterior el municipio presentó copia fotostática del oficio número 023, de fecha 02 de abril de 2013, suscrito por el C. Profr. Julio Flores Ibarra, Director de Desarrollo Económico y Social, mediante el cual le solicita al Presidente, Síndico y Tesorero los recursos pendientes de ejercer y/o aplicar en la cuenta bancaria número del Banco Mercantil del Norte, S.A operativa del mismo, emitiendo los resultados y observaciones que de ello emanen. Lo anterior con fundamento en el artículo 17 primer párrafo, fracciones II, V, VI, VII y XII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas en relación con el Artículo Tercero Transitorio de la misma Ley, reformado en la Fe de Erratas al Decreto 211 relativo a Reformas y Adiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 15 de diciembre de PF-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a los CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Profr. Uriel Luna Pérez y Profr. Julio Flores Ibarra, quienes se desempeñaron durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012 como Presidente Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, en virtud de no haber atendido la Recomendación realizada en el ejercicio fiscal 2011 identificada con el número de Acción a Promover PF-11/ relativa a la apertura de una cuenta bancaria independiente por cada Fondo y ejercicio fiscal para la ministración y aplicación de los Recursos Federales provenientes del Fondo IV, a fin de transparentar los movimientos realizados y la correcta erogación de los recursos. Con fundamento en los artículos 10 primer párrafo, fracción III, párrafo tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para LA Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

37 Paginas 35 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento Municipal) Municipales que tengan a bien aperturar cuentas bancarias nuevas para el ejercicio fiscal 2013, correspondientes a los Fondos Federales III y IV, esto con el fin de dar cumplimiento a la ley. Sin embargo dicho oficio hace mención al ejercicio fiscal 2013 y no al ejercicio 2012, motivo de esta revisión. Cabe mencionar que en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior, existe una observación similar, para lo cual se emitió la Acción a Promover número PF- 11/ consistente en una Recomendación, la cual no fue atendida, por lo que la observación es reincidente. Resultado PF-06, Observación PF-05 El municipio realizó transferencia de la cuenta operativa de Fondo IV número del Banco Mercantil del Norte, S.A. aperturada a nombre del municipio de Mezquital del Oro, Zac., denominada Fondo IV a la cuenta de Gasto Corriente número de la misma Institución Bancaria por el orden de $219, en diversas fechas y reintegrado el 26 de diciembre de Derivado de lo anterior, se realizó el cálculo de los intereses que se generaron por la no aplicación de los recursos para las metas y objetivos que fueron autorizados, aplicándose al importe de los préstamos una tasa de 1.50% mensual de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Ingresos del Municipio de Mezquital del Oro, Zac., determinándose un monto total de $11, motivo por el cual, el municipio el Ejercicio Fiscal 2012, 82 primer párrafo fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 62, 74 primer párrafo, fracciones III y X, 93 primer párrafo, fracción IV y 96 primer párrafo, fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas y 5 numeral 1 primer párrafo, fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal PF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes a corroborar que la Administración Municipal aperture una cuenta bancaria para el manejo de los recursos provenientes del Fondo IV por para cada ejercicio fiscal e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo fracciones I y VIII de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas. PF-12/ Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que con relación a los recursos transferidos a la cuenta operativa del Fondo IV número del Banco Mercantil del Norte, S.A. aperturada a nombre del municipio de Mezquital del Oro, Zac., denominada Fondo IV, por un importe de $11, que corresponde al pago de los intereses generados por la no aplicación de los recursos para metas y objetivos que fueron autorizados, que éstos sean destinados conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de transparentar la correcta aplicación de los recursos, asimismo evitar las transferencias de recursos del Fondo IV a otras cuentas bancarias. PF-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones LA Se solventa y se le dará seguimiento. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. Se solventa y se le dará seguimiento.

38 Paginas 36 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento Municipal) exhibe reporte de traspasos de la cuenta de Gasto Corriente número a la cuenta operativa de Fondo IV número del Banco Mercantil del Norte S.A., por el monto de $11,599.58, por concepto de pago de intereses del Fondo IV, así como consulta de cuenta de cheques del período del 16 al 17 de abril de 2013 donde se refleja el traspaso, el cual corresponde a los intereses que se generaron de los préstamos entre cuentas propias del municipio, aclarándose la observación para efectos resarcitorios al haberse realizado el pago de los intereses generados, por lo que se le dará seguimiento durante la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2013 a los recursos por concepto de intereses generados en obras y acciones autorizadas para el Fondo IV. Además, se observó que dichos traspasos no se justifican ya que la cuenta bancaria de Gasto Corriente contaba con recursos al momento de la trasferencia. de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado, de conformidad con los artículos 103 y 105, primer párrafo, fracciones I, III primer párrafo incisos a) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio. LA

39 Paginas 37 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Del Programa 3x1 para Migrantes se revisó documentalmente recursos por un monto total de $900,000.00, que corresponde a la muestra de una obra, misma que fue aprobada en el rubro de Infraestructura, equipamiento y servicios comunitarios en materia de comunicaciones, caminos y carreteras. La aplicación de los recursos se realizó en un 75.98% al 31 de diciembre de 2012, y revisados documentalmente al %. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar de la siguiente obra: Construcción de concreto ecológico para la comunidad de El Roble.

40 Paginas 38 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL FONDO DE PAVIMENTACION, ESPACIOS DEPORTIVOS, ALUMBRADO PÚBLICO Y REHABILITACION DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA PARA MUNICIPIOS. ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Del Fondo de Pavimentación, Espacios Deportivos, Alumbrado Público y Rehabilitación de Infraestructura Educativa para Municipios (FOPEDEM) se revisó documentalmente recursos por un monto total de $2,785,587.00, que corresponden a la muestra de cinco obras, mismas que fueron aprobadas en el rubro de Pavimentación. La aplicación y revisión documental de los recursos se realizó en un % al 31 de diciembre de De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar de las siguientes obras: Pavimentación con concreto hidráulico en la calle Nicolás Bravo ; Pavimentación con concreto hidráulico en el corredero, Mezquital del Oro ; Pavimentación con concreto hidráulico en calle camino al Agua Caliente, Agua Caliente ; Pavimentación con concreto hidráulico en calles Mixcontlis y Ofebris, Col. Alfareros y Pavimentación con concreto hidráulico en la calle Vicente Guerrero, Mezquital del Oro.

41 Paginas 39 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Del Programa Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de Entidades Federativas (FAFEF) se revisó documentalmente recursos por un monto total de $798,802.00, que corresponden a la muestra de tres obras, mismas que fueron aprobadas en la inversión de infraestructura física. La aplicación de los recursos se realizó en un 95.85% al 31 de diciembre de 2012, y revisando documentalmente el % de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar de las siguientes obras: Construcción de baños completos en las localidades Magueyes, Anona, Mezquital del Oro, Agua Caliente, La Silleta, El Calabozo y suministro e instalación de biodigestores en Ánimas, Anona y Silleta ; Ampliación red eléctrica Los Magueyes y Ampliación de red eléctrica El Carnicero, Agua Caliente.

42 Paginas 40 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias se revisó documentalmente recursos por un monto total de $78,944.00, que corresponde a la muestra de una obra, misma que fue aprobada en el rubro de Infraestructura Social y de Servicios, para Sistemas de Comunicación. La aplicación y revisión documental de los recursos se realizó en un % al 31 de diciembre de De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar de la siguiente obra: Suministro y colocación de antena satelital para centro comunitario de aprendizaje en dos localidades, Mezquital del Oro y los Guajes.

43 Paginas 41 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO 12 SECTOR SALUD ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Del Programa Ramo 12 Sector Salud se revisó documentalmente recursos por un monto total de $2,000,000.00, que corresponde a la muestra de una obra, misma que fue aprobada en el rubro de Dignificación, Conservación y Mantenimiento de la Infraestructura y Equipamiento en Salud. La aplicación y revisión documental de los recursos se realizó en un % al 31 de diciembre de De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar de la siguiente obra: Construcción de Centro de Salud, Mezquital del Oro.

44 Paginas 42 de 65 PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL ROMO 23 APORTACIONES FEDERALES ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA Del Programa Ramo 23 Aportaciones Federales se revisó documentalmente recursos por un monto total de $1,500, que corresponden a la muestra de dos obras, mismas que fueron aprobadas a través de Programas y Proyectos de Inversión para Impulsar el Desarrollo Regional equilibrado mediante Infraestructura Pública y su Equipamiento. La aplicación y revisión documental de los recursos se realizó en un % al 31 de diciembre de De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar de las siguientes obras: Construcción de muro de contención en la colonia Alfareros, Mezquital del Oro y Construcción de Aula de usos múltiples en la supervisión escolar, Mezquital del Oro.

45 Paginas 43 de 65 Resultado OP-01, Observación OP-01 Para el Programa Municipal de Obras del ejercicio 2012, se reportó un monto de $804, para la ejecución de 11 mantenimientos y 3 obras, según consta en el Presupuesto de Egresos y en la Cuadragésima Quinta reunión de Cabildo extraordinaria, décimo quinta en su tipo, de fecha 13 de febrero de 2013 en la que se aprueba la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2012; al 31 de diciembre de 2012 el informe de avance físico financiero presentado por el municipio registró una inversión aprobada de fiscal 2012, $685, y un ejercido de $1,083,025.48, derivando en un sobre ejercicio del 58.00%, observando que 11 mantenimientos y 2 obras fueron realizados y terminados, por lo que se determina incumplimiento en su ejecución. En lo referente al Presupuesto se observa que no se realizó por parte de la Dirección de Obras y Servicios Públicos Municipales y la Tesorería Municipal las modificaciones correspondientes a los montos aprobados con los ejercidos. Durante el proceso de solventación la entidad fiscalizada mediante el oficio No. 007 expediente 2013 de fecha 18 de abril de 2013 firmado por el Profesor Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal manifiesta: " este H. Ayuntamiento através de Obras Públicas realizo dichos mantenimientos y obras, mas sin embargo cabe aclarar que estas no cuentan con proyecto, presupuesto, programa y factibilidad. Debido a que fueron ejecutadas indirectamente con el recurso mencionado, ya que dicho recurso es aplicado en la reparación de maquinaria, gastos de combustible y demás consumibles que se le aplican a las maquinarias propiedad del municipio " (sic). Del análisis a la información y documentación presentada, no solventa la observación notificada, en virtud de que no comprobó haber realizado las modificaciones al presupuesto, en relación con los montos ejercidos. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS OP-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente para el ejercicio a los CC. Profr. Ramón Moreno Castro, Profra. Josefina Rosales García, Profr. Uriel Luna Pérez, C. C. Jaime Bañuelos Castro, Francelia Jiménez Espitia, C. José Manuel Rojas Moreno, C. Bertha Donate Hernández, C. Juan Carlos Torres Ávila, C. Pedro Gómez Gutiérrez, C. Berenice Jiménez Castro, C. Martha Robles Bañuelos, C. Alberto Muñoz Núñez, C. Ma. de la Luz Ezquivel Haro y C. Raúl Valdez Soriano, Presidente Municipal, Síndico Municipal, Tesorero Municipal y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales así como Regidores y Regidoras del H. Ayuntamiento, durante el período el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de 2012, debido de que al cierre del ejercicio fiscal 2012 el Capítulo 6000 Obras Públicas presentó un sobre ejercicio presupuestal del 58.00% y no se realizaron las modificaciones presupuestales periódicas correspondientes a los montos aprobados respecto a los ejercidos, sometiéndolas a la autorización de Cabildo. Lo anterior con fundamento con lo establecido en los artículos 20 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 29 primer párrafo, 41, 49 fracción VI segundo LA Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

46 Paginas 44 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS párrafo, 74 primer párrafo, fracciones II, III, VIII y XXVI, 78 primer párrafo, fracción I, 79 primer párrafo fracciones II y VI, 93 primer párrafo, fracciones I y III, 96 primer párrafo, fracciones I y II,100, 102 primer párrafo fracción V, 177,179,180,181,185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas y 5 numeral 1 fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente Zacatecas vigente para el ejercicio fiscal OP-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo de seguimiento al Programa Municipal de Obras para que verifique el cumplimiento de las inversiones aprobadas, ejercidas y su ejecución, así mismo realice por parte de la Dirección de Obras y Servicios Públicos Municipales y la Tesorería Municipal las modificaciones correspondientes a los montos aprobados y ejercidos que sean necesarias en el Presupuesto de Egresos y que se presente ante el Cabildo para su autorización. OP-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados a esta Auditoría Superior del Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones I, III incisos c) y d), y VIII de la Ley Orgánica del Municipio aplicables al Estado de Zacatecas. LA Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. Se solventa y se le dará seguimiento.

47 Paginas 45 de 65 Resultado OP-02, Sin Observación OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA LA Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, las cuales se listan a continuación: 1.-Mantenimiento y Conservación de Caminos, Comunidades 2.-Estudios y proyectos, Cabecera Municipal y Comunidades No se desprenden observaciones que hacer constar.

48 Paginas 46 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) Resultado OP-03, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 7 (siete) obras que constituyeron la muestra seleccionada, las cuales se listan a continuación: 1.- Aportación para la construcción de camino ecológico El Roble programa 3x1 2012, El Roble. 2.- Construcción de calles ecológicas, Los Guajes. 3.- Aportación para la adquisición de 350 toneladas de cemento Peso x Peso, varias comunidades. 4.- Construcción de camino ecológico, Agua Caliente. 5.- Construcción de camino ecológico, La Silleta etapa IV. 6.- Construcción de camino ecológico, Los Magueyes etapa II. 7.- Construcción de camino ecológico, Los Bajíos Etapa II. No se desprenden observaciones que hacer constar. LA

49 Paginas 47 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento Municipal) Resultado OP-04, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, la cual se lista a continuación: 1.- Rehabilitación de planta potabilizadora, Los Guajes. No se desprenden observaciones que hacer constar. LA

50 Paginas 48 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE ENTIDADES FEDERATIVAS (FONDO VIII FAFEF) Resultado OP-05, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, las cuales se listan a continuación: 1.- Construcción de baños completos en las localidades Magueyes, Anona, Mezquital del Oro, Agua Caliente, La Silleta, El Calabozo y Suministro e Instalación de biodigestores en Ánimas, Anona y Silleta. 2.- Ampliación red eléctrica Los Magueyes 3.- Ampliación de red eléctrica El Carnicero, Agua Caliente Se desprenden las siguientes observaciones: Resultado OP-06, Observación OP-02 Las obras "Ampliación red eléctrica Los Magueyes" y "Ampliación red eléctrica El Carnicero, Agua Caliente" se aprobaron con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de Entidades Federativas (FAFEF) mediante el oficio número PLA- AP/2139/11 de fecha 21 de diciembre de Los resultados de las obras en mención se detallan a continuación: "Ampliación red eléctrica Los Magueyes" El monto presupuestado para la obra en mención fue de $111,040.00, destinándose principalmente en los conceptos de suministro y colocación de 3 postes octogonales , 3 lámparas VSAP 0V15 de 70 W en 120 V, incluyendo planos, proyecto y libranza, según presupuesto base. Derivado de la revisión documental se observó que la obra fue asignada por Adjudicación Directa al contratista Ing. Arturo Valenzuela Flores, para lo cual se suscribió el Contrato número MMOZ-FAFEF de fecha 30 de octubre del 2012, por un monto de $111,040.00, sin anticipo. Se constató la liberación total de los recursos por el orden de $110, mediante el cheque número 8, de la cuenta bancaria número , cuyo registro contable se realizó mediante cheque póliza OP-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo en lo referente a la ejecución de obras se cumpla con los plazos establecidos en los convenios y/o contratos de obra pública, para que éstas se concluyan en tiempo y forma en el ejercicio fiscal para el cual fueron programadas y así presten el servicio con oportunidad para el cual fueron aprobadas. OP-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados a esta Auditoría Superior del Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones I, III incisos c) y d) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. LA Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. Se solventa y se le dará seguimiento.

51 Paginas 49 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE ENTIDADES FEDERATIVAS (FONDO VIII FAFEF) número 1 de fecha 14 de enero de 2013 en la partida presupuestal Infraestructura Social Básica (FAFEF), amparados con las facturas números 2202 y 2203, ambas de fecha 24 de diciembre de 2012 por un monto de $63, y $47, respectivamente, expedidas por Arturo Valenzuela Flores. Durante la revisión física realizada el día 2 de abril de 2013, en compañía del representante de la entidad fiscalizada la obra se encontró inconclusa con un avance físico del 95.00% faltando por realizar el trámite de la libranza ante Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que la obra sea puesta en operación por un monto de $7,785.05, de los cuales corresponden $5, a la elaboración de planos, proyecto y trámite y $2, a la libranza. Durante el proceso de solventación la entidad fiscalizada mediante el oficio número 153, expediente 2013 de fecha 19 de abril de 2013 firmado por el C. Profesor Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal presentó: finiquito de obra, reporte fotográfico, oficio de aprobación del proyecto de fecha 8 de mayo de 2012 emitido por la Comisión Federal de Electricidad, bitácora, plano de obra, cheque número 15 por importe de $478.62, de la cuenta bancaria número , cuyo registro contable se realizó mediante cheque póliza número 8 de fecha 31 de enero de 2013 en la partida presupuestal Infraestructura Social Básica (FAFEF), amparada con el recibo oficial número B de fecha 15 de febrero de 2013 de la Secretaría de Finanzas relativo al pago del 5 al millar y comprobante de pago de libranzas de la CFE número 99DP58H de fecha 05 de abril de 2013 por la cantidad de $1, Del análisis a la información y documentación presentada por el ente auditado, solventa el monto observado ya que exhibió la documentación faltante que permite corroborar que la obra se encuentra terminada y operando, sin embargo ésta no fue finalizada a más tardar el día 30 de noviembre de 2012, según consta en el Contrato número MMOZ- FAFEF de fecha 30 de octubre del 2012, LA

52 Paginas 50 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE ENTIDADES FEDERATIVAS (FONDO VIII FAFEF) por lo anterior se observa que la obra no se concluyó en tiempo y forma en el ejercicio fiscal para el cual fue programada, no cumpliendo con la finalidad de prestar el servicio con oportunidad para el cual fue aprobada. "Ampliación red eléctrica El Carnicero, Agua Caliente" El monto presupuestado para la obra en mención fue de $101,301.03, destinándose principalmente en los conceptos suministro y colocación de: 3 postes octogonales , 3 lámparas VSAP 0V15 de 70 W en 120 V, incluyendo planos, proyecto y libranza, según presupuesto base. Derivado de la revisión documental se observó que la obra fue asignada por Adjudicación Directa al contratista Ing. Arturo Valenzuela Flores, para lo cual se suscribió el contrato número MMOZ-FAFEF de fecha 30 de octubre del 2012, por un monto de $101,301.00, sin anticipo. Se constató la liberación total de los recursos por el orden de $101, mediante el cheque número 9 de la cuenta bancaria número , cuyo registro contable se realizó mediante póliza de egresos No. 2 de fecha 14 de enero de 2013 en la partida presupuestal , amparados con la factura 2204 de fecha 24 de diciembre de 2012, por un monto de $100, expedidas por el C. Arturo Valenzuela Flores. Durante la revisión física realizada el día 2 de abril de 2013, en compañía del representante de la entidad fiscalizada la obra se encontró inconclusa con un avance físico del 95.00% faltando por realizar el trámite de la libranza ante Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que la obra sea puesta en operación, por un monto de $9, de los cuales corresponden $7, a la elaboración de planos, proyecto y trámite y $2, de libranza. Durante el proceso de solventación la entidad fiscalizada mediante el oficio número 153, expediente 2013 de fecha 19 de abril de 2013 firmado por el C. Profesor Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal LA

53 Paginas 51 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE ENTIDADES FEDERATIVAS (FONDO VIII FAFEF) presentó: finiquito de obra, reporte fotográfico, oficio de aprobación del proyecto de fecha 8 de mayo de 2012 emitido por la Comisión Federal de Electricidad, bitácora, plano de obra, cheque número 13 por importe de $436.64, de la cuenta bancaria número , cuyo registro contable se realizó mediante cheque póliza número 6 de fecha 31 de enero de 2013 en la partida presupuestal Infraestructura Social Básica (FAFEF), amparada con el recibo oficial número. B de fecha 15 de febrero de 2013 de la Secretaría de Finanzas relativo al pago del 5 al millar y comprobarte de pago de libranzas de la CFE número 99DP58H de fecha 05 de abril de 2013 por la cantidad de $1, Del análisis a la información y documentación presentada por el ente auditado, solventa el monto observado ya que exhibió la documentación faltante que permite corroborar que la obra se encuentra terminada y operando, sin embargo ésta no fue finalizada a más tardar el día 30 de noviembre de 2012, según consta en el Contrato número MMOZ- FAFEF de fecha 30 de octubre del 2012, por lo anterior se observa que la obra no se concluyó en tiempo y forma en el ejercicio fiscal para el cual fue programada, no cumpliendo con la finalidad de prestar el servicio con oportunidad para el cual fue aprobada. LA

54 Paginas 52 de 65 Resultado OP-07, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, la cual se lista a continuación: 1.- Construcción de concreto ecológico para la comunidad El Roble. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES LA No se desprenden observaciones que hacer constar.

55 Paginas 53 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS Resultado OP-08, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, la cual se lista a continuación: 1.- Suministro y colocación de antena satelital para centro comunitario de aprendizaje en dos localidades, Mezquital del Oro y Los Guajes. No se desprenden observaciones que hacer constar. LA

56 Paginas 54 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDO DE PAVIMENTACIONES, ESPACIOS DEPORTIVOS, ALUMBRADO PUBLICO Y REHABILITACION DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA (FOPEDEM) Resultado OP-09, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, las cuales se listan a continuación: 1.- Pavimentación con concreto hidráulico en la calle Nicolás Bravo, Mezquital del Oro. 2.- Pavimentación con concreto hidráulico en el Corredero, Mezquital del Oro. 3.- Pavimentación con concreto hidráulico en calle camino al Agua Caliente, Agua Caliente. 4.- Pavimentación con concreto hidráulico en calles Mixcontlis y Ofebris, colonia Alfareros. 5.- Pavimentación con concreto hidráulico en la calle Vicente Guerrero, Mezquital del oro. No se desprenden observaciones que hacer constar LA

57 Paginas 55 de 65 Resultado OP-10, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, las cuales se listan a continuación: 1.- Construcción de muro de contención en la colonia alfareros, Mezquital del Oro. 2.- Construcción de aula de usos múltiples en la supervisión escolar, Mezquital del Oro. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA APORTACIONES FEDERALES LA No se desprenden observaciones que hacer constar.

58 Paginas 56 de 65 Resultado OP-11, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyeron la muestra seleccionada, la cual se lista a continuación: 1.- Construcción de centro de salud, Mezquital del Oro. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA SECTOR SALUD LA No se desprenden observaciones que hacer constar.

59 Paginas 57 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA PESO POR PESO CONVENIDO CON LA SECRETARIA DE OBRAS (SECOP) Resultado OP-12, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, las cuales se listan a continuación: 1.-Construcción de concreto ecológico etapa IV, La Silleta 2.- Construcción de camino ecológico II, Agua Caliente 3.- Construcción de camino ecológico etapa II, Los Magueyes 4.- Construcción de camino ecológico, Los Guajes 5.- Construcción de camino ecológico etapa II, Los Bajíos II No se desprende observaciones que hacer constar. LA

60 Paginas 58 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS, FONDO III, FONDO IV, FONDO VIII, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PDZP, FOPEDEM, APORTACIONES FEDERALES, SECTOR SALUD. Resultado OP-13, Observación OP-03 Derivado de la revisión documental de 28 (veintiocho) obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó en 23 (veintitrés) obras, de las cuales corresponden 2 (dos) al PMO, 7 (siete) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV, 1 (una) al Programa 3x1 para Migrantes, 5 (cinco) al FOPEDEM, 3 (tres) al FAFEF, 1 (una) al PDZP, 1 (una) al Sector Salud y 2 (dos) a Aportaciones Federales, la falta de integración en los expedientes unitarios de documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de ejecución de la obra pública, tales como presupuestos base, estudios de la obra, permisos de la obra, programas de obra, acuerdos de modalidad de ejecución, catálogo de conceptos contratados, convenios de colaboración, programas de ejecución de la obra, estimaciones, generadores, bitácoras, pruebas de laboratorio, fianzas de vicios ocultos y finiquitos. OP-12/ Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal 2012, a quienes se desempeñaron durante el periodo de 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 como Presidente Municipal, Arq. Rafael Márquez Saldaña y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales y Director de Desarrollo Económico y Social C. Rafael Álvarez, por no integrar en los expedientes unitarios la documentación técnica y social siguiente: proyectos, estudios de la obra, permiso de obra, bitácoras, reportes de supervisión, fianzas de vicios ocultos, y finiquitos no cumpliendo con lo establecido en los artículos 27 primer párrafo fracciones I, IV, VI, VIII, XII, 30 primer párrafo fracciones I, II, IV, V inciso a), 31, 39 primer párrafo, 41 fracciones II y IV, 59 primer párrafo fracción III, 65, 66, 85 primer párrafo fracciones I y II, 91, 110, 111, 114 y 127 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas para el Estado de Zacatecas. Así como artículos 18 primer párrafo fracción I inciso a), 26, 86 fracciones V y XI, 88 primer párrafo fracciones II incisos d), e), f) y g) y IV, VIII y XIII y 102 primer párrafo fracciones I, III y IV de su Reglamento, así como artículos 14, 19, 20 y 21 primer párrafo fracciones I, VIII, IX, X, XI y XIV, 31, 35, 37, 48 fracción I y LA Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

61 Paginas 59 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS, FONDO III, FONDO IV, FONDO VIII, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PDZP, FOPEDEM, APORTACIONES FEDERALES, SECTOR SALUD. II, 54, 56, 57, 59 y 64 párrafo I y IV y 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas del orden Federal, así como artículos 21 segundo párrafo fracción II, 45 primer párrafo inciso a) fracción IX, 46 párrafo segundo 113 primer párrafo fracción V y IX, 115 primer párrafo fracción IV inciso d), e), f) y g) y 132 primer párrafo fracciones I, II, III y IV, 164, 166 y 168 de su Reglamento; así como por no cumplir sus obligaciones a su cargo previstas en los artículos 74 primer párrafo fracción XXVI, 99 primer párrafo fracción VI, 100, 102 primer párrafo fracción V y 167 de la Ley Orgánica del Municipio, aplicable al Estado de Zacatecas y artículo 17 primer párrafo, fracción X y 22 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas, en relación con el artículo Tercero Transitorio de la misma Ley, reformado en la Fé de Erratas al Decreto 211 relativo a Reformas y Adiciones de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 15 de diciembre de 2012 y el artículo5 numeral 1 fracciones I, II, III y V de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas vigente en el ejercicio fiscal OP-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes a corroborar que en los expedientes unitarios de las obras se integre la documentación técnica y social correspondiente e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, conforme a lo LA Se solventa y se le dará seguimiento.

62 Paginas 60 de 65 OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS, FONDO III, FONDO IV, FONDO VIII, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PDZP, FOPEDEM, APORTACIONES FEDERALES, SECTOR SALUD. dispuesto en los artículos 103 y 105 primer párrafo fracción I, III incisos a) y c), y VIII de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. LA

63 Paginas 61 de 65 Resultado OP-14, Observación OP-04 Se observa que el Relleno Sanitario del Municipio cumple en un 63.1% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un tiradero (basurero) a cielo abierto, ubicado a 0.5 km del área urbana, ocupando 1.0 hectárea aproximadamente, no se realizaron estudios topográficos y geotécnicos, evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con: cerco perimetral adecuado, caseta de vigilancia, franja de amortiguamiento, manuales de operación, controles de acceso del personal, vehículos y materiales, asimismo no se cuida que los residuos que ingresan al sitio hayan sido previamente separados. SERVICIOS PÚBLICOS RELLENO SANITARIO OP-12/ Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal establezca las acciones que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de que el Relleno Sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los deshechos provenientes del servicio de recolección de basura, y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible. OP-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados a esta Auditoría Superior del Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones inciso a) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

64 Paginas 62 de 65 Resultado OP- 15, Observación OP- 05 El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 46.1% de las normas antes descritas. El municipio cuenta con un Rastro el cual carece de certificado Zoosanitario o guía de traslado de ganado, aviso de funcionamiento sanitario del establecimiento, acreditación de medico sanitario, certificado de salud, autorización operativa del impacto ambiental, reglamento interior del rastro, certificado o constancia de control de fauna nociva, actas informativas, rampa de desembarque, corral de recepción con bascula, corrales antemortem, cajón de insensibilización, riel con altura y solidez suficiente para sostener en el aire a los animales, cabe hacer mención que los productos cárnicos los traen de otros lugares para el consumo necesario, ya que el establecimiento se utiliza esporádicamente. SERVICIOS PÚBLICOS RASTRO MUNICIPAL OP-12/ Recomendación Es necesario que la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos necesarios para incrementar las condiciones de sanidad e higiene, ponga especial atención en cuanto a la implementación del equipo, herramientas e implementos de operación e higiene; para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, dando cumplimiento la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia. OP-12/ Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados a esta Auditoría Superior del Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 103 y 105 primer párrafo fracciones inciso a) y VIII de la Ley Orgánica del Municipio aplicable al Estado de Zacatecas. LA Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes. Se solventa y se le dará seguimiento.

65 Paginas 63 de 65 RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ADMINISTRACIÓN TIPO DE ACCIÓN Correctivas Pliego de Observaciones Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control. Preventivas Recomendación SEP DETERMINADAS EN REVISIÓN SOLVENTADAS 3 2 DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN Cantidad Tipo SUBSISTENTES 1 PFRR 1 1 PFRA N/A N/A N/A PFRA REC SEP 1 TOTAL Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2012 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

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