REGLAMENTO DE ESTRUCTURA, FUNCIONES Y COORDINACIÓN CORMUCENA

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1 REGLAMENTO DE ESTRUCTURA, FUNCIONES Y COORDINACIÓN CORMUCENA

2 CLÁUSULA PRIMERA: INTRODUCCIÓN. La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia es una institución de derecho privado sin fines de lucro, cuyo objeto es administrar y operar servicios en las áreas de educación, salud y atención de menores que haya tomado a su cargo la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, y que han sido traspasadas a esta Corporación, adoptando las medidas necesarias para su dotación, ampliación y perfeccionamiento. Asimismo, tiene por objeto difundir en la opinión pública el conocimiento de los objetivos que impulsa y las realizaciones que lleva a cabo. Mediante Decreto Nº 388 de 22 de Mayo de 1986 del Ministerio de Justicia se otorgó a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia personalidad jurídica y se aprobó sus Estatutos. La Corporación Municipal cuenta con un Directorio cuyas atribuciones son entre otras, dirigir la institución y administrar sus bienes, organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, contratar los servicios para ejecutar los planes y programas de cooperación al desarrollo social de la comuna y delegar en el Presidente o en el Secretario General las facultades económicas y administrativas de la entidad. Para llevar a cabo su misión la Corporación Municipal cuenta con una estructura organizacional la que requiere ser formalizada a través de un Manual de Organización y Funciones. El Manual de Organización y Funciones tiene como finalidad definir la estructura organizacional, las relaciones que se establecen entre las unidades que la conforman y fijar los propósitos y responsabilidades de cada una de estas unidades. Para cada uno de los niveles jerárquicos y unidades de línea, de apoyo y de asesoría el Manual contiene las siguientes partes: Estructura: Define las unidades que conforman la organización mediante un organigrama. Dependencia: Define las relaciones de dependencia entre las unidades y sus niveles jerárquicos. Objetivo General: Define los propósitos de cada área o unidad de negocio. Funciones: Define las responsabilidades para cada área o unidad de negocio, conforme a la naturaleza de cada una de ellas. Atribuciones: Es la facultad que se le otorga a una persona sobre algo que pasa a ser desde ese momento de su absoluta competencia. 2

3 El Manual de Organización y Funciones debe ser considerado como un instrumento dinámico, sujeto a los cambios que surgen de las necesidades propias de la organización y de revisión permanente para que logre mantener su utilidad. CLÁUSULA SEGUNDA: ORGANIGRAMA. ORGANIGRAMA CORMUCENA 3

4 CLAUSULA TERCERA: DIRECTORIO. La Corporación será administrada por un directorio compuesto de 4 miembros cuyos cargos serán concejiles, además del Presidente, que será el respectivo alcalde, quien ejercerá sus funciones por sí mismo o por intermedio de la persona que él lo estime conveniente. El Directorio será elegido conforme a los Estatutos de la Corporación. El Presidente del Directorio lo será también de la Corporación, la representará judicial y extrajudicialmente y tendrá las demás atribuciones que el Estatuto le señala. El Directorio, tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Corporación y administrar sus bienes. b) Citar a la Asamblea General Ordinaria de socios y a las Extraordinarias, cuando sea necesario o lo pidan por escrito las dos terceras partes de los socios acticos indicando su objeto. c) Interpretar los Estatutos y dictar los reglamentos que estime necesario para la mejor marcha de la Corporación. d) Organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos como también contratar los servicios de otras entidades públicas o privadas. Por medio de estos servicios la Corporación elaborará y llevará a ejecución los planes y programas de cooperación al desarrollo social de su comuna. e) Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria de Socios de la inversión de los fondos y de la marcha de la Corporación durante el periodo en que ejerza sus funciones; f) Delegar en el Presidente, en uno o más Directores, ya sea separada o conjuntamente, o en el Secretario General, las facultades económicas y administrativas de la Corporación y, entre ellas y sin que esta enumeración importe limitación a sus amplias facultades de administración, en virtud de lo señalado en los Estatutos. g) Requerir al Secretario General y al Co-Administrador que informen el estado administrativo y financiero de la Corporación, al primero por las áreas de salud y administración central y al segundo respecto del área de educación. 4

5 h) Todos y cada uno de los deberes y atribuciones señalados en los Estatutos. CLÚSULA CUARTA: DE LA SECRETARIA GENERAL. La Secretaría General está a cargo de un funcionario denominado Secretario General, designado por el Directorio de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia en lo sucesivo CORMUCENA, y quien será de su exclusiva confianza. Dependen del Secretario General las siguientes unidades: a) Jerárquica y Funcionalmente: Dirección de Planificación y Gestión Asesoría Legal Comunicaciones b) Objetivo General: La Secretaría General tiene como objetivo llevar a cabo las labores de planificación, organización, dirección y control de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia. c) Funciones: 1.- Dirigir las labores de carácter económico y administrativo que la Corporación lleve a cabo para dar cumplimiento a sus finalidades. 2.- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General de Socios que se le encomienden, como asimismo los acuerdos del Directorio. 3.- Informar trimestralmente al Directorio de su gestión administrativa. 4.- Proponer anualmente al Directorio para su aprobación, el presupuesto de ingresos y gastos, el Balance General y la Memoria de la Corporación. 5.- Supervigilar los ingresos y egresos de los recursos financieros de la Corporación y su contabilidad, sin perjuicio de la responsabilidad que a cada unidad le corresponda respecto de estas materias. 5

6 6.- Ejecutar las demás funciones que le hayan sido formalmente delegadas por el Directorio de la Corporación. CLÁUSULA QUINTA: DE LA DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN. La Dirección de Planificación y Gestión, depende directamente del Secretario General de la CORMUCENA. Las áreas dependientes de la Dirección Planificación y Gestión son las siguientes: A) Funcionalmente: Dirección de Salud Dirección Gestión Financiera Contraloría Interna Departamento de Recursos Humanos Unidad de Sistemas B) Objetivo General: Proponer al Secretario General de CORMUCENA, el modelo de administración de los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales; dirigirlo y coordinarlo y; el diseño y gestión de iniciativas de innovación y desarrollo estratégico en las áreas de su competencia. Asimismo, proponer al Secretario General la formulación y ejecución de los planes estratégicos y coordinar y/o desarrollar los estudios y proyectos definidos como necesarios por CORMUCENA, en conformidad a la normativa vigente, los objetivos estratégicos y las políticas corporativas. C) Funciones y atribuciones del Director de Planificación y Gestión. 1.Asesorar al Secretario General en la administración financiera, de recursos humanos de la CORMUCENA. 6

7 2. Dirigir y coordinar la formulación de los objetivos y demás definiciones estratégicas de CORMUCENA, proponiendo al Secretario General los planes y proyectos institucionales, en el marco de la normativa vigente y los lineamientos corporativos. 3. Dirigir, coordinar y controlar la correcta y oportuna generación de reportes, informes estadísticos u otra documentación que CORMUCENA debe remitir a dependencias corporativas y organismos externos. 4. Asesorar al Secretario General y demás Jefaturas de CORMUCENA, para la correcta ejecución y cumplimiento de los compromisos de gestión, aplicación de la política y generación o desarrollo de iniciativas de modernización de la gestión interna. 5. Dirigir, coordinar y organizar la gestión presupuestaria, administrativa y financiera de la Corporación Municipal conforme a la normativa legal vigente, las políticas institucionales. 6. Dirigir y coordinar el modelo de gestión de recursos humanos de CORMUCENA, conforme a la normativa vigente y objetivos estratégicos. 7. Dirigir la gestión de estandarización y documentación de los procesos de la institución, en coordinación con Contraloría Interna y Asesoría Legal, en el marco del mejoramiento continuo de la gestión 8. Revisar el proyecto de presupuesto anual, entregado por la Dirección de Gestión Financiera. 9. Monitorear la ejecución presupuestaria anual de CORMUCENA, analizando el nivel de cumplimiento de los objetivos propuestos y las oportunidades de optimización de los recursos. 10. Supervisar los estados financieros mensuales entregados por la Direción de Gestión financiera e informar de éstos al Secretario General. 11. Revisar y proponer a la Secretaría General de CORMUCENA la estructura orgánica y funciones de los Departamentos de su dependencia. 12. Otras funciones que el Secretario General le asigne, de conformidad a la legislación vigente. 13.Velar por el cumplimiento de todas y cada una de las funciones de la Contraloría interna. 14.Subrogar al Secretario General cuando éste lo requiera, firmando para ello mandato expreso. 15.Crear, dirigir, coordinar y supervisar los equipos y comités de trabajo de las áreas bajo su dependencia, según las necesidades de la Institución. 7

8 16.Participar en la definición de la estrategia institucional y proponer la Planificación Estratégica Institucional al Secretario General y al Directorio. 17.Proponer los compromisos asociados a los Programas de Mejoramiento de la Gestión. 18.Proponer estudios, planes y programas en el ámbito de las áreas operativas y de apoyo. 19.Proponer modificaciones al espacio físico para un mejor ordenamiento de las funciones del personal a su cargo. 20.Visar los informes y documentos emitidos por la Dirección y aquellos establecidos en la Delegación de Atribuciones del Secretario General. 21.Supervisar los departamentos y unidades a su cargo. CLÁUSULA SEXTA: DE LA UNIDAD DE GESTIÓN FINANCIERA. A) Las áreas dependientes del Departamento de Finanzas y Presupuesto son las siguientes: Unidad de Contabilidad Unidad de Tesorería Unidad de Adquisiciones e Inventario B) Objetivo General: Organizar, coordinar, evaluar y controlar la gestión financiera de CORMUCENA, asegurando el manejo y custodia eficiente de los recursos financieros, proporcionando información relevante para la administración presupuestaria y contable de la institución, que permitan el cumplimiento de los objetivos estratégicos definidos, en el marco de la normativa vigente e instrucciones que impartan la Contraloría General de la República y los demás organismos competentes. Asimismo, recaudar los ingresos y ejecutar los pagos de CORMUCENA, lo cual estará a cargo de un funcionario cuya denominación será Tesorero. Asimismo, organizar, coordinar, evaluar y controlar la gestión de los bienes muebles e inmuebles, equipos y/o herramientas de trabajo, así como los materiales de oficina u otros, que sean necesarios para un adecuado desempeño de las actividades asignadas al personal de la institución y de los servicios generales, incluyendo mantener en adecuadas condiciones la infraestructura de los recintos de CORMUCENA, ejecutando las reparaciones, mantenciones y construcciones necesarias para su óptimo funcionamiento. 8

9 C) Funciones y atribuciones del Director de Gestión Financiera. 1. Organizar, coordinar, evaluar y controlar las operaciones presupuestarias, contables y financieras de CORMUCENA, debiendo proponer a la Dirección de Planificación y Gestión las medidas correctivas o adecuaciones necesarias, en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. 2. Proporcionar mensualmente, y cada vez que le sea requerida por la Dirección de Planificación y Gestión, información presupuestaria y contable relevante para las decisiones institucionales. 3. Elaborar y proponer a la Dirección de Planificación y Gestión el anteproyecto de presupuesto anual de CORMUCENA, controlar su ejecución y proporcionar la información correspondiente a los organismos externos pertinentes. 4. Elaborar el Balance General de la Institución y entregarlo a la Secretaría General y a la Dirección de Planificación y Gestión para su gestión. 5. Preparar la información financiera contable de CORMUCENA y remitirla a los organismos competentes en las fechas predeterminadas o cuando sea requerida por éstos. 6. Administrar la inversión periódica de fondos propios y de terceros. 7. Elaborar y visar las Resoluciones de Pago. 8. Mantener actualizada la disponibilidad presupuestaria y de caja con relación a cada clasificador presupuestario. 9. Mantener el registro y control de los documentos que han dado origen a imputaciones contables y que constituyen el respaldo de estos. 10. Revisar el comportamiento real de los ingresos y los egresos, con relación al Presupuesto de Caja e informar a su Dirección. 11. Gestionar los recursos financieros necesarios que permitan cumplir oportuna y eficientemente con las funciones encomendadas a CORMUCENA. 12. Informar y difundir la política financiera vigente en CORMUCENA. 13. Realizar y controlar oportunamente y conforme a la normativa vigente los pagos a proveedores externos de CORMUCENA. Asimismo, el pago de remuneraciones, honorarios, impuestos y cotizaciones previsionales del personal. 14. Recaudar y percibir los ingresos que corresponda. 9

10 15. Mantener la custodia de los valores y garantías extendidas a favor de CORMUCENA, de los fondos recaudados y de las especies valoradas. 16. Revisar los formularios de ingresos y de gastos para la rendición de cuentas, tanto a la Contraloría Interna como a otras entidades externas cuando corresponda. 17. Manejar las cuentas bancarias de la Corporación Municipal. 18. Elaborar registros e informar periódicamente a los organismos que corresponda en materias que sean de su competencia. 19. Realizar las inversiones de los saldos estacionales de caja, en los casos que proceda. 20. Efectuar la cobranza administrativa de impuestos, derechos, concesiones y convenios cuando proceda. 21. Efectuar la rendición mensual de cuentas de la Caja Corporativa, con los ajustes y conciliaciones bancarias. 22. Proponer a la Dirección de Planificación y Gestión la estructura orgánica del Departamento o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. 23. Establecer y controlar el mejoramiento continuo de los procesos del Departamento. 24. Organizar, coordinar y controlar el uso de los bienes muebles e inmuebles del Instituto, velando por su uso adecuado y eficiente, conforme a la normativa vigente, las instrucciones de la Dirección de Planificación y Gestión y los objetivos estratégicos institucionales. 25. Definir la pertinencia y oportunidad de los requerimientos de bienes y servicios para las distintas dependencias de CORMUCENA y gestionar su provisión conforme a la normativa vigente, las instrucciones de la Dirección de Planificación y Gestión y los objetivos estratégicos institucionales, debiendo dictar y/o ejecutar los actos administrativos pertinentes, según corresponda a sus facultades. 26. Coordinar y controlar las acciones asociadas al registro de las operaciones de administración de bienes y materiales. 27. Coordinar y controlar la elaboración de guías, instructivos y manuales internos para el uso eficiente y adecuado de los recursos de la institución, conforme a la normativa vigente y en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. 28. Formular el programa anual de compras, evaluar y controlar su ejecución. 29. Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles propiedad de la CORMUCENA. 10

11 30. Administrar las bodegas y mantener actualizado el control de las existencias de equipos, repuestos y materiales en stock. 31. Administrar los servicios de vigilancia, aseo y seguridad de los recintos Corporativos. 32. Asesorar al Director de Planificación y Gestión en la adquisición, mantención y reparación de los bienes muebles de propiedad de la CORMUCENA. 33. Mantener vigentes los seguros de los bienes muebles e inmuebles que lo requieran. 34. Administrar los servicios de transporte requeridos por las distintas unidades. 35. Administrar los servicios de mantención de vehículos y los servicios de mantención de otros equipos o maquinarias en uso de las distintas unidades de la CORMUCENA. 36. Administrar los aspectos legales, de seguridad, aseo, ornato, mantención de las instalaciones y otros de los bienes inmuebles de CORMUCENA y proponer acciones para la optimización de su funcionamiento, de acuerdo a las políticas generales entregadas por el Director de cada Área. 37. Mantener actualizado el catastro de los bienes inmuebles. 38. Ejecutar las obras menores que se le encargue en coordinación técnica con la Dirección de Obras Municipales, si corresponde. 39. Mantener y efectuar las reparaciones menores de las obras de infraestructura de la Corporación Municipal. 40. Elaborar el Programa de Mantenimiento de la infraestructura de la CORMUCENA. 41. Otras funciones que el Secretario General o el Director de Planificación y Gestión le asigne, de conformidad con la legislación vigente. 42. Elaborar y proponer a la Secretaria General, el Balance General de CORMUCENA 43. Velar por la oportunidad, transparencia, eficiencia y eficacia de las operaciones contables y financieras de CORMUCENA. 44. Gestionar procesos de compras de bienes y servicios de CORMUCENA y la administración de los bienes muebles e inmuebles. Como así también, los servicios internos de aseo, vigilancia, transporte y servicios menores, requeridos por las distintas Direcciones dependientes de la CORMUCENA. 45. Recaudar y percibir los ingresos que correspondan. 46. Efectuar los pagos de CORMUCENA, administrar y controlar las cuentas bancarias respectivas y rendir cuenta a Contraloría Interna. 11

12 47. Mantener actualizado el valor de los activos y pasivos de la CORMUCENA, en conformidad a los inventarios del patrimonio, igualmente, el ajuste por regularizaciones y depreciaciones del mismo. 48. Elaborar y proponer a la Secretaría General el proyecto de presupuesto anual, controlar su ejecución y proporcionar la información correspondiente a los organismos externos pertinentes 49. Entregar estados financieros mensuales de cada una de las Direcciones dependientes de CORMUCENA, e informar de éstos al Secretario General. 50. Dirigir, gestionar y controlar la eficiencia, eficacia y transparencia de los procesos de compras de bienes y servicios de CORMUCENA y la administración de los bienes muebles e inmuebles. Como así también, los servicios internos de aseo, vigilancia, transporte y servicios menores, requeridos por las distintas Direcciones dependientes de la CORMUCENA. 51. Recaudar y percibir los ingresos que correspondan. 52. Efectuar los pagos de CORMUCENA, administrar y controlar las cuentas bancarias 54.- respectivas y rendir cuenta a Contraloría Interna. 53. Elaborar y proponer a la Secretaría General el proyecto de presupuesto anual, controlar su ejecución y proporcionar la información correspondiente a los organismos externos pertinentes 54. Confeccionar estados financieros mensuales de cada una de las Direcciones dependientes de CORMUCENA, e informar de éstos al Secretario General. CLÁUSULA SÉPTIMA: UNIDAD DE COMUNICACIONES La Unidad de Comunicación, es la encargada de instalar en común las informaciones, noticias y mensajes que nacen desde la Corporación, estructurándolos para ser enviados al público externo e interno, en diferentes formatos y soportes. a) Funciones y Atribuciones del Encargado de Comunicaciones. 1. Crear diversos mensajes que emanan desde la Corporación, en sintonía con la marca que ésta representa. Dentro de las funciones de esta Unidad, se cuenta la creación de una 12

13 2. política comunicacional, la cual plasme los valores, principios y misión de la Corporación. 3. Implementar un nuevo sitio web para la Corporación, acorde a los tiempos actuales y que responda a los estándares de usabilidad web vigentes. Que permita a los usuarios obtener datos y multimedia sobre los colegios y centros de salud de la Corporación. Además será función de ese departamento el nutrir de información semanal, en formato texto y video al sitio web. 4. Realizar de forma mensual una revista que informe a los usuarios sobre los esfuerzos y proyectos que la Corporación realiza en las áreas de salud y educación. En este sentido, la Unidad de Comunicaciones se hará cargo del diseño, fotografía y textos de la revista. 5. La Unidad de Comunicación desarrollará un boletín interno, de cara a mejorar las relaciones laborales al interior de la Corporación, fomentando el dialogo y la buena convivencia. 6. La Unidad de Comunicación estará a cargo de crear, definir y ejecutar todos los afiches, dípticos y gráficas en general, por medio de las cuales la Corporación realiza sus campañas internas y externas y en todos los soportes que ésta estime convenientes. 7. Mantener contacto permanente con la unidad de comunicaciones municipal a modo de informar, periodísticamente, avances en materia de salud y educación. CLÁUSULA OCTAVA: DE LA UNIDAD DE CONTRALORÍA INTERNA La Unidad de Contraloría Interna reporta al Director de Planificación y Gestión de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia. A) Objetivo General: Esta Unidad tiene como objetivo fiscalizar la gestión interna de la Corporación Municipal, en el marco de las normas legales vigentes y de los procedimientos administrativos establecidos. 13

14 B) Funciones: 1. Realizar en forma permanente auditorías operativas de la Corporación Municipal, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación, Controlar la ejecución financiera y del presupuesto de la Corporación Municipal. 2. Colaborar directamente con el Secretario General en el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio presupuestario. Asimismo, deberá informar también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios de los servicios de Educación y Salud y de los trabajadores que se desempeñan en la Administración Central. 3. Visar los proyectos de reglamentos, convenios, contratos y bases administrativas. Proponer modificaciones de procedimientos y procesos que permitan optimizar la gestión administrativa interna de la Corporación Municipal. 4. Cautelar el cumplimiento y la actualización de los convenios y contratos que comprometen la responsabilidad y/o los bienes municipales en los Servicios Incorporados. 5. Revisar y visar las solicitudes de fondos globales, que provengan de cada una de la Direcciones de CORMUCENA. 6. Revisar las rendiciones de Fondos Fijos y Fondos Globales. 7. Revisar y visar el pago de todo el personal a honorarios contratados por CORMUCENA. 8. Realizar auditorías, en el área de salud, en cuanto al control de asistencia, horas extraordinarias, horas trabajadas del personal a honorarios, y ejecución de horas de señaladas en los contratos del personal. 9. Revisar y visar el proceso de compras, de todas las áreas de CORMUCENA, de acuerdo al reglamento y a la normativa vigente, en esta materia. 10. Revisar y Visar los Decretos de Pago, elaborados por el Departamento de Administración y Finanzas. 11. Certificar la Recepción de Propuestas en Licitaciones 12. Participar en comisión de apertura de licitación conjuntamente con asesoría legal. 13. Revisar las solicitudes de pago de finiquitos anexos de finiquitos, devoluciones de descuentos de caja de compensación, coopeuch, entre otros. 14

15 14. Preparar informes de respuesta a observaciones emanadas por Contraloría General de la República. 15. Realizar auditorías, en bodega central de farmacia. 16. Realizar auditorías en la entrega efectiva de los beneficios de salud a los inscritos en la comuna. 18. Fiscalizar las rendiciones del FAGEM y SEP 19. Revisar el flujo de caja de CORMUCENA, preparado por el Departamento de Gestión Financiera. 20. Otras funciones que el Secretario General o el Director de Planificación y Gestión le asigne, de conformidad con la legislación vigente. 21. Control de la ejecución presupuestaria, administrativa y financiera de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia C) Funciones y atribuciones del Jefe de Contraloría Interna: 1. Velar por el cumplimiento de todas y cada una de las funciones de la Contraloría interna. 2. Proponer y desarrollar planes y programas, acorde a las necesidades de control interno establecidos por la dirección, aplicando criterios preventivos y de apoyo oportuno a la gestión. 3. Proponer y generar Planes y Programas de Auditoría acorde a las necesidades de control interno establecidos por la Jefatura del Servicio, aplicando criterios preventivos y de apoyo oportuno a la gestión. 4. Visar la opinión del proceso y los certificados, informes y documentos correspondientes a las auditorías de los estados financieros de los fondos institucionales. 5. Identificar y evaluar los posibles riesgos asociados a sus procesos, proponiendo las acciones pertinentes para subsanar aquellos que amenacen el cumplimiento de sus objetivos. 6. Informar al Director de Planificación y Gestión respecto de la gestión de la División. 7. Evaluar el sistema de control interno institucional, efectuando las recomendaciones pertinentes para su mejoramiento. 8. Proporcionar al Director de Planificación y Gestión el aseguramiento de la gestión de riesgo institucional. 15

16 9. Asesorar, colaborar y apoyar la gestión de la Secretaría General y a la Dirección de Planificación y Gestión. 10. Mantener coherencia entre lineamientos de auditorías gubernamentales, ministeriales e institucionales. 11. Verificar la existencia y operatividad de los sistemas de información, su seguridad, confiabilidad, oportunidad y disponibilidad operacional. 12. Velar por la legalidad, eficiencia y eficacia de los procesos desarrollados. 13. Proponer al Director de Planificación y Gestión los Planes y Programas de Auditoría de la Institución. 14. Requerir a las jefaturas, funcionarios y personal de toda la Institución colaboración para el desempeño de las funciones de la División Auditoría Interna, cada vez que sea necesario. 15. Proponer los Objetivos Departamentales Anuales al Director de Planificación y Gestión. 16. Proponer el anteproyecto de Presupuesto Anual de Gastos Extraordinarios de la División al Departamento de Finanzas. 17. Proponer modificaciones al espacio físico para un mejor ordenamiento de las funciones del personal a su cargo. 18. Visar las opiniones de auditoría, los informes y documentos emitidos por la División y aquellos establecidos en la Delegación de Atribuciones del Director de Planificación y Gestión. 19. Redistribuir el personal bajo su dependencia. 20. Participar en la definición del Plan de Desarrollo Estratégico Institucional. 21. Administrar y controlar el uso y asignación adecuada de los recursos asignados a la Corporación. 22. Controlar el cumplimiento de los procedimientos vigentes de la Corporación y que éstos se mantengan debidamente formalizados, actualizados y coherentes con las políticas tanto institucionales como de los organismos técnicos. 16

17 CLÁUSULA NOVENA: DE LA UNIDAD DE ASESORÍA LEGAL. La Unidad de Asesoría Legal reporta jerárquicamente al Secretario General y funcionalmente al Director de Planificación y Gestión de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia A) Objetivo General: La Unidad de Asesoría Legal tiene por objetivo asesorar al Secretario General y a los Directores de Área en todo lo relacionado con materias legales, con el fin de cautelar el respeto al principio de legalidad de los actos de CORMUCENA, ejercer la supervigilancia sobre los procedimientos disciplinarios administrativos cuando no los efectúe directamente y asumir ante los Tribunales de Justicia la defensa y representación de los intereses de la Corporación Municipal, toda vez que ello sea necesario, procedente y autorizado por la Ley. B) Funciones: 1.- Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del Secretario General, de todos aquellos juicios en que la Corporación Municipal sea parte o tenga interés. 2.- Informar en derecho todos los asuntos legales que el Secretario General o las respectivas Direcciones de área le planteen. 3.- Orientar al Secretario General y a todas las Direcciones de área respecto de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. 4.- Mantener al día los títulos de los bienes Corporativos. 5.- Efectuar, cuando el Secretario General lo ordene, las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier Departamento o Dirección, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a esta Unidad. 6.- Visar todos los contratos, anexos de contratos y finiquitos del personal de CORMUCENA. 7.- Visar todos los convenios o contratos de CORMUCENA con terceros (proveedores, alianzas estratégicas, comodato, entre otros). 17

18 8.- Mantener archivos de reglamentos, instructivos, convenios y contratos dictados y firmados por la Corporación Municipal a través de su Secretario General. 9.- Otras funciones que el Secretario General le asigne, de conformidad con la legislación vigente. C) Funciones y atribuciones del Jefe de Asesoría Legal: 1. Subrogar al Director de Planificación y Gestión en ausencia o impedimento legal de éste. 2. Asumir en calidad de apoderado, la representación judicial de la Corporación en los juicios en que ésta sea parte, ya sea como demandante, demandada o tercero. 3. Analizar los oficios e informes de tribunales y adoptar las medidas tendientes a darles cumplimiento. 4. Supervisar y controlar el funcionamiento de la Unidad de Control Legal, Unidad de Control de Responsabilidad Administrativa, Unidad Judicial y Unidad de Poderes. 5. Asesorar, colaborar y apoyar la gestión de la Corporación. 6. Distribuir el trabajo entre los profesionales abogados que se desempeñan en la Unidad Jurídica, sin perjuicio de las facultades de las jefaturas de cada Unidad que la componen. 7. Realizar informes en derecho de normas jurídicas de interés para la Corporación. 8. Redactar los cuerpos legales y reglamentarios que le sean encomendados. 9. Velar por la juridicidad de reglamentos, manuales e instructivos, sometidos a su consideración. 10.Visar y autorizar poderes. 11.Asignar los trabajos e informes al personal bajo su cargo. 12. Instruir a los funcionarios de su dependencia respecto de los trabajos que se les encomiendan, supervisando su correcta y oportuna ejecución. 13. Participar en la definición del Plan de Desarrollo Estratégico Institucional 14. Participar activamente en las reuniones de Directorio. 18

19 CLÁUSULA DÉCIMA: DE LA DIRECCIÓN DE SALUD La Dirección de Salud reporta jerárquicamente al Director de Planificación y Gestión de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia. Son dependientes de la Dirección de Salud los Centros de Salud Familiar, los Servicios de APS de Urgencia, Centro de Salud Mental y las siguientes unidades: Coordinación de Salud Promoción de Salud A) Objetivos: 1. Asesorar al Secretario General en la formulación de Políticas de Salud Comunal; 2. Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas de salud comunitaria; 3. Reforzar la estrategia de APS como una herramienta para el desarrollo local; 4. Organizar, coordinar, administrar y gestionar la APS Municipal en la Comuna de Cerro Navia enmarcándose en el Plan de Desarrollo Comunal, la Misión Municipal y la Planificación Estratégica. B) Funciones: 1. Elaborar y desarrollar el Plan de Salud Comunal de acuerdo a orientaciones del Ministerio de Salud y las indicaciones del Plan de Desarrollo Comunal. 2. Efectuar el diagnóstico de la situación de salud para realizar la programación y la ejecución de las actividades de los Centros de Salud, organizar, controlar y evaluar dichas actividades para obtener el cabal cumplimiento de los programas sobre las personas y el ambiente, de acuerdo con las políticas, planes y normas impartidos por el Ministerio de Salud. 3. Representar ante el Secretario General las necesidades de Recursos Humanos, financieros, físicos y demás elementos e insumos que requiera el adecuado funcionamiento de los Centros de Salud Municipal. 4. Agilizar el proceso de adquisiciones vinculado a las necesidades más urgentes y básicas que requiere el área para salvaguardar el servicio a la comunidad. 19

20 5. Optimizar el desempeño de los recursos humanos del área, mediante un adecuado sistema de calificaciones. 6. Promover mejoras de infraestructura mayores y menores en cada centro de salud, para cumplir con las Normas Sanitarias, de calidad (ISO 9001), Certificaciones NTB. 7. Impulsar proyectos con el fin de generar recursos adicionales a las fuentes de financiamiento tradicionales del área, tanto en el sector público como privado. 8. Promover una efectiva coordinación interna con otras Direcciones Corporativas con el objeto de hacer más eficiente y eficaz la gestión del área y su capacidad de respuesta interna y externa. 9. Efectuar análisis de costos en diversos ámbitos del área: stocks de medicamentos, laboratorio comunal, etc. 10. Velar por la eficiente coordinación entre las actividades del nivel primario con las de los establecimientos hospitalarios del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, que realizan actividades de nivel secundario y terciario, integrando la red. 11. Establecer los procedimientos necesarios para coordinarse con los organismos e instituciones que corresponda con el objeto de solucionar situaciones de salud, conforme a las normas, planes y programas del Ministerio de Saludo. 12. Promover el cumplimiento de procedimientos del área en cada centro y unidad institucional. 13. Promover que el personal del área cumpla con sus protocolos institucionales específicos. 14. Promover la efectiva participación e integración de la comunidad en las acciones de salud. 15. Fomentar las actividades de promoción de la salud en todas sus dimensiones psico-sociales, en coordinación con diversos estamentos comunales (Municipio, Corporación del Deporte, etc). 16. Fomentar el desarrollo de las actividades de promoción en toda la estructura organizacional del área. 17. Facilitar espacios de participación ciudadana en el marco de la institucionalidad del área. 18. Establecer mecanismos de dialogo institucionales con las asociaciones de funcionarios. 19. Asesorar al Secretario General en materias de Atención Primaria de Salud Municipal. 20. Preparar informes periódicos de gestión de salud para ser presentados por el Secretario General al Alcalde o al Concejo Municipal. 21. Elaborar reportes ejecutivos de gestión con valor agregado en materias específicas (Ejemplo, medicamentos, insumos, recursos humanos, etc,). 22. Establecer mecanismos de evaluación del desempeño pertinentes a nivel institucional e individual. 20

21 23. Efectuar análisis focalizados del sistema de APS en base a datos objetivos y estadísticos de la comuna. 24. Velar por el cumplimiento de la ley N , Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal y sus modificaciones. 25. Coordinar organizar y controlar la gestión presupuestaria asignada a su cargo y firmar los correspondientes decretos de pago. C) Funciones y atribuciones del Director de Salud. 1. Velar porque se cumplan todas y cada una de la Dirección de Salud señaladas precedentemente. 2. Estudiar y presentar iniciativas de proyectos con sus respectivos antecedentes que tiendan a ampliar y mejorar las acciones de salud, indicando su financiamiento en coordinación. 3. Estudiar, coordinar y comunicar a sus correspondientes autoridades las necesidades de recursos físicos, insumos y demás elementos que los establecimientos de salud municipal requieran. 4. Dirigir anualmente el proceso de Calificaciones. 5. Adoptar las providencias necesarias, en coordinación con el Jefe Técnico Administrativo, para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro de Transparencia y acceso a la Información Pública. 6. Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo o el Sr. Secretario General, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal 7. Supervisar, y coordinar a los Directores de CESFAM, Encargada de Personal 8. Proporcionar Asesoría Técnica en las actividades que se desarrollan en APS de acuerdo al Modelo de Salud Integral con Enfoque Familiar y Comunitario, incorporando las orientaciones de las Políticas públicas, en materia de pueblos originarios. 9. Mantener una relación laboral activa y fluida intersectorial, para potenciar redes funcionales de apoyo, colaborando activamente con el Consejo de Desarrollo Local de Salud y/o con los representantes de las Organizaciones Comunales. 10. Monitorear la calidad de los servicios de salud entregados a los beneficiarios del sistema por medio de Encuestas de Satisfacción del Usuario a nivel Local. 11. Fomentar acciones de mejoramiento de la Salud Rural, haciendo realidad la equidad, oportunidad de atención, acceso a la salud, promoción, prevención y participación comunitaria 21

22 real. 12. Gestionar y realizar seguimiento y evaluación de los Programas en Convenios celebrados con las distintas instituciones públicas y privadas, vinculadas al área de Salud. 13. Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro de Transparencia y acceso a la Información Pública. 14. Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo o el Sr. Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal. 15. Son funciones del Director de Salud además, coordinar, organizar y controlar la gestión presupuestaria, administrativa y financiera el presupuesto asignado a su área de la Corporación, conforme los Estatutos, políticas internas y legislación vigente. 16. Firmar los decretos de pago, del área correspondiente. D) Funciones y Atribuciones de los Directores de CESFAM El Director (a) del Centro de Salud Familiar es el responsable directo del funcionamiento de éste. Entre sus funciones tendrá las siguientes: 1. Administrar las actividades realizadas en el centro de Salud. 2. Gestionar Recursos externos, servicios y bienes con el fin de mejorar la calidad de la Atención Primaria de Salud. 3. Desarrollar y analizar la información y estadísticas de salud para la programación de actividades asistenciales anuales de cada profesional. 4. Dirigir y orientar el diseño del Plan de Salud Anual del Centro de Salud. 5. Representar al Centro de Salud en reuniones técnico-administrativas en los distintos niveles internos y externos, con las autoridades que Corresponda. 6. Efectuar precalificación del personal de dependencia Directa y participar de la Comisión de Calificaciones anual. 7. Responder efectivamente a las inquietudes y sugerencias de los Usuarios con respecto al funcionamiento y calidad de la atención otorgada por los integrantes del Centro de Salud Familiar. 8. Impulsar y fomentar en el personal una actitud de servicio permanente al usuario basada en: Buen trato, igualdad de oportunidades y eficiencia en la Atención. 9. Informar y sugerir la realización de Investigaciones Sumariales, y solicitar anotación de mérito o demerito en hoja de vida funcionaria según corresponda. 22

23 10. Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro de Transparencia y acceso a la Información Pública. 11. Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal. 12. Propender el buen funcionamiento del servicio. 13. Cumplir, difundir y hacer cumplir fielmente las normas legales, reglamentarias y disposiciones internas e instrucciones de la Dirección de Salud de la Corporación, en lo referente a la administración del personal, financiera y recursos físicos a nivel del Consultorio. 14. Supervisar, coordinar administrar y comunicar todas las acciones al interior del Consultorio, con el objetivo de permitir la atención en salud en forma ininterrumpida, durante el horario de atención establecido para el establecimiento. 15. Supervisar, controlar y evaluar permanentemente las atenciones y actividades diarias del equipo de salud, asegurando el registro y envío de la información estadística den fecha oportuna. 16. Respetar el conducto regular y buscar soluciones a problemas emergentes del sistema. 17. Programar coordinar y comunicar oportunamente a la Dirección de Salud Municipal la solicitud de feriados legales, permisos administrativos y ausencias del personal a cargo, así como también dar aviso respecto a las licencias médicas, velando para que la atención del establecimiento permanezca en forma ininterrumpida durante el horario de atención, aunque para esto deba negar algún permiso o feriado legal en la fecha solicitada. 18. Efectuar informes de resultados de diferentes programas, reuniones y otros que solicite la Dirección de Salud Municipal. 19. Desempeñar las demás funciones y tareas que le encomiende la Dirección de Salud Municipal en las materias de su competencia. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS. Las áreas dependientes del Departamento de Recursos Humanos son las siguientes: Unidad de Gestión y Remuneraciones Unidad de Desarrollo y Calidad de Vida Unidad de Prevención de Riesgos 23

24 A) Objetivo General: Coordinar, operar y controlar el modelo de gestión de recursos humanos con el objeto de generar las condiciones necesarias para contar con funcionarios competentes y motivados que desarrollen sus funciones con los estándares de servicio definido por CORMUCENA. Asimismo, la administración del proceso de ingreso, destinación, promoción, cálculo de remuneraciones, capacitación y egreso del personal de la Corporación Municipal. Para dicho propósito, debe mantener actualizado el registro e información de las condiciones contractuales de cada funcionario que labora en la institución, llevando a cabo el pago de remuneraciones y el cumplimiento de las leyes sociales, en el marco de las disposiciones legales pertinentes. B) Funciones: 1. Coordinar y controlar la ejecución y cumplimiento del Modelo de Gestión de Recursos Humanos en el marco de las buenas prácticas laborales y objetivos estratégicos de la organización e implementar mejoras o adecuaciones a éste, en el contexto del mejoramiento continuo de la gestión. 2. Gestionar, controlar y evaluar los procesos de vinculación, promoción, destinación, mantención, desarrollo y desvinculación de funcionarios, ausentismo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, asignaciones familiares, recepción de solicitudes y entrega de certificados a funcionarios y el cálculo, pago y registro de remuneraciones, asegurando el estricto cumplimiento de la normativa vigente y de los estándares de calidad de servicio definidos institucionalmente, debiendo dictar y/o ejecutar los actos administrativos pertinentes, según corresponda a sus facultades. 3. Confeccionar y actualizar los escalafones de mérito del personal, asegurando el estricto cumplimiento de la normativa vigente en esta materia. 4. Mantener actualizados las carpetas y hojas de vida con toda la documentación de contratos y sus anexos, cuando correspondan, y los registros con los antecedentes e información referida al personal dependiente de CORMUCENA. 5. Controlar y registrar la asistencia y la jornada laboral, sin perjuicio del control obligatorio que debe realizar cada Dirección de CORMUCEMA. 24

25 6. Proponer a la Dirección de Planificación y Gestión los proyectos y programas de desarrollo organizacional y humano orientados a mejorar el desempeño, calidad y motivación de los funcionarios de las distintas dependencias de CORMUCENA; ejecutarlos, evaluarlos y controlarlos. 7. Proponer a la Dirección de Planificación y Gestión la ejecución de programas, iniciativas, servicios, beneficios e incentivos que contribuyan al mantenimiento y mejoramiento del bienestar laboral; gestionarlos, coordinarlos, evaluarlos y controlarlos. 8. Planificar, gestionar y controlar la dotación institucional, conforme a la normativa vigente y los objetivos estratégicos definidos, velando por la oportuna y adecuada provisión de personal. Asimismo, será parte del comité de selección de personal. 9. Supervisar y controlar la gestión de los recursos presupuestarios asociados al Departamento con criterios de transparencia y eficiencia. 10. Supervisar las dependencias de las salas cunas, jardines infantiles u otras, si existieran o fueran contratadas para prestar servicios. 11. Supervisar las labores de la Unidad de Prevención de riesgo de accidentes laborales y enfermedades profesionales. 12. Proponer a la Dirección de Planificación y Gestión, la estructura orgánica del departamento o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. 13. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia en base al logro de objetivos estratégicos y al cumplimiento de las metas del Departamento, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. 14. Proporcionar a la Dirección de Planificación y Gestión cada vez que le sea requerida, la información en materia de personas, relevante para las decisiones institucionales. 15. Asesorar a directivos y jefaturas de las distintas dependencias de CORMUCENA, en todas las materias relativas a gestión de personas, conforme a la normativa vigente y objetivos estratégicos institucionales. 16. Otras funciones que el Secretario General o el Director de Planificación y Gestión le asigne, de conformidad con la legislación vigente. 25

26 C) Funciones y atribuciones del Jefe de Recursos Humanos. 1. Velar porque se cumplan todas y cada una de las funciones del departamento de recursos humanos señaladas precedentemente. 2. Supervisar y controlar la aplicación de políticas y normas institucionales, así como la gestión de la División, para el cumplimiento de sus objetivos y metas comprometidas. 3. Administrar y dirigir los departamentos, Subdepartamento y unidades dependientes de la División velando por el buen clima laboral. 4. Controlar que se dé cumplimiento a los procedimientos administrativos vigentes de la División y que éstos se mantengan debidamente formalizados, actualizados y coherentes con las políticas institucionales. 5. Asesorar a las jefaturas de la Institución en materias propias de su competencia, para facilitar el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la institución. 6. Administrar y controlar el uso y asignación adecuada de los recursos financieros y bienes de activo fijo bajo la responsabilidad de la División. 7. Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual para la División, de acuerdo con las necesidades definidas por la Institución y de conformidad con la planificación estratégica vigente. 8. Supervisar la correcta elaboración del escalafón de Mérito, si existiese. 9. Proponer directrices, políticas y normas orientadas a la administración y desarrollo del personal de la Institución a las instancias pertinentes. 10. Proponer la rotación del personal necesario para el mejor funcionamiento y desarrollo institucional. 11. Proponer al Director de Planificación y Gestión las ternas de organismos ejecutores de actividades de capacitación, de acuerdo a la normativa legal vigente que se requieran. 12. Autorizar permisos y feriado legal del personal de la División. 13. Firmar comprobantes de Egreso e Ingresos de responsabilidad de la División. 14. Firmar las notificaciones de medidas disciplinarias. 15. Firmar convenios con instituciones educacionales para la provisión de alumnos en práctica en la Institución. 16. Delegar en los Jefes de Subdepartamento y Unidades, la facultad de firma de documentos. 17. Proponer modificaciones al espacio físico para un mejor ordenamiento de las funciones del personal a su cargo. 26

27 18. Visar los informes y documentos emitidos por el departamento. 19. Redistribuir el personal bajo su dependencia. Se exceptúan los casos de funcionarios pertenecientes a la planta directiva de la Institución que se desempeñen como Jefes de Departamento. CLÁUSULA DUDÉCIMA: DE LA UNIDAD DE SISTEMAS. A) Objetivos generales. 1. Brindar apoyo de manera eficaz y eficiente a los usuarios tanto en función de asesoramientos o en las áreas de software y hardware. 2. Garantizar la funcionalidad de las redes locales, como así mismo de servicios que se entregan a través de ellas. 3. Satisfacer los crecientes requerimientos de información, a través del uso de herramientas de calidad que permitan el desarrollo, soporte y mantenimiento de sistemas automatizados de información. B) Funciones y atribuciones del Jefe de Sistemas. 1. Organizar, supervisar y aplicar la reglamentación, normas y políticas para la utilización de equipos informáticos y lograr su óptimo aprovechamiento. 2. Diseñar, implementar y aplicar los elementos de control de los servicios informáticos, procurando la eficiencia y eficacia de los mismos, debiendo proponer los programas de mantenimiento correctivo y preventivo correspondientes. 3. Realizar asesoramientos en aspectos informáticos, para la realización de actividades que contribuyan al proceso y ejecución de funciones dentro de CORMUCENA. 4. Detectar, organizar, supervisar y controlar los programas de adquisición y actualización de bienes informáticos y solicitar los recursos de Software y Hardware que sean necesarios, para el desarrollo de actividades administrativas de la Corporación. 5. Mantener el control, actualización y seguridad de las distintas plataformas de información con las que cuenta CORMUCENA, tanto interna como externamente. (Páginas web, correos corporativos, etc.) 27

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