PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO LV ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ASOCIADOS PARTICIPACIÓN Y ASISTENCIA
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- Veronica Vega Gómez
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1 PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO LV ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ASOCIADOS PARTICIPACIÓN Y ASISTENCIA 1. Participan en la Asamblea con derecho a voz y voto todos los asociados hábiles presentes, inscritos en la lista verificada por la Junta de Vigilancia. Igualmente participarán solo con voz, el Revisor Fiscal de la Cooperativa, los asesores contratados y los invitados especiales. 2. La gerente participará con voz y voto por su calidad de asociada hábil de la cooperativa. 3. El registro de asistentes a la Asamblea se suspenderá a la par con el cierre de elecciones, control que será efectuado por la Junta de Vigilancia y se informará en su momento al presidente de la Asamblea para que advierta el cierre mediante el anuncio a los asambleístas. 4. El presidente de la Asamblea decretará un receso a las 12:30 pm para el consumo del almuerzo. Una vez decretado lo anterior, los asociados que se registren a partir de esta hora no tendrán derecho al almuerzo por temas de logística. MESA DIRECTIVA Y COMISIONES 5. La Asamblea será instalada y presidida provisionalmente por el presidente del Consejo de Administración y en su ausencia por el vicepresidente. 6. Una vez aprobado el reglamento interno, la Asamblea elegirá de entre los asociados hábiles presentes que acepten la postulación, a un presidente, un vicepresidente y un secretario. La elección será por aclamación resultando elegidos aquellos que obtengan el mayor número de votos y se procurará la postulación de personas que tengan habilidad y experiencia en el manejo de Asambleas. 7. El presidente de la Asamblea será el encargado de coordinar las intervenciones de los asociados y el responsable del desarrollo de la misma. Designará a los miembros que integrarán las comisiones de Asamblea y las someterá a ratificación de la misma. 1
2 8. El vicepresidente de la Asamblea deberá suplir las funciones del presidente en caso de cualquier imprevisto, cuando éste se lo solicite o cuando se trate de asuntos que afecten la responsabilidad del presidente de la Asamblea. 9. El secretario será el encargado de dar lectura al orden del día, al reglamento y a los diversos documentos; registrar los sucesos importantes de la Asamblea, elaborar y firmar el acta de la misma. 10. La comisión de verificación y aprobación del acta la conformarán tres (3) asociados hábiles presentes designados por el presidente y ratificados por la Asamblea, su función es dar fe de que todos los hechos importantes y determinaciones tomadas fueron registrados fielmente en el acta e impartir su aprobación con responsabilidad y por delegación de la Asamblea. 11. La comisión de proposiciones y recomendaciones estará conformada por dos (02) asociados hábiles presentes designados por el presidente y ratificados por la Asamblea, quienes recibirán y redactarán en forma clara y precisa las proposiciones, en común acuerdo con el asociado proponente. 12. El veedor de las elecciones será elegido por la Asamblea de entre los asociados hábiles presentes para verificar la transparencia del proceso e integrar la comisión escrutadora. USO DE LA PALABRA 13. Tendrán derecho al uso de la palabra en la Asamblea los miembros del Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia, el Revisor Fiscal, el Gerente y los asociados hábiles presentes que deseen hacer su intervención. Todos deberán solicitar su turno para el uso de la palabra previamente a la presidencia quien la concederá en el orden que fue solicitada o de acuerdo con la prioridad si se tratare de moción o claridad. 14. El asesor jurídico y los otros asesores contratados si los hubiere, podrán hacer uso de la palabra en el momento que la mesa directiva los consulte y el presidente lo autorice. 15. Los terceros podrán hacer uso de la palabra solo si la Asamblea aprueba y autoriza. 2
3 16. Durante el desarrollo de la Asamblea cada asociado podrá intervenir una vez por cada tema tratado, con un tiempo máximo de tres (3) minutos para su intervención, de acuerdo con el orden de solicitud de la palabra. Cuando el tema requiera de un tiempo mayor, el presidente de la Asamblea lo autorizará, si lo considera conveniente. Las interpelaciones deben ceñirse al tema que se discute. 17. Se exceptúan de la norma anterior las intervenciones para presentar las correspondientes sustentaciones e informes generales por parte de los Órganos de Dirección y Control, asesor jurídico o comisiones de la Asamblea. 18. Después de cerrada la discusión sobre un tema y éste se encuentre en el punto de aprobación, el presidente no le concederá la palabra a ninguna persona, a no ser que sea para una moción de aclaración solicitada. 19. Mociones de aclaración, suficiente ilustración, orden y procedimiento priman sobre el uso de la palabra. VOTOS Y TOMA DE DECISIONES 20. Cada asociado hábil tiene derecho sólo a un voto cualesquiera que sea el número y valor de los aportes sociales que posea en la Cooperativa. 21. Las decisiones de carácter general se tomarán por mayoría absoluta, es decir, con el voto favorable de más de la mitad de los asistentes, de conformidad con el artículo 62º del Estatuto vigente. 22. Las decisiones sobre reformas del Estatuto, fijación de aportes extraordinarios, amortización de aportes, transformación, fusión, incorporación y disolución para liquidación; requerirán el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los asociados hábiles asistentes según artículo 32º de la ley 79 de 1988 en concordancia con el artículo 62º del Estatuto vigente. Queda claro que asistentes serán quienes estén presentes en el recinto donde se desarrolla la sesión al momento de efectuarse la votación. 23. Los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia y el Gerente, cuando sea asociado, no podrán votar en la Asamblea, cuando se decida sobre asuntos que afecten su responsabilidad personal. 3
4 24. Cuando se someta a consideración de la Asamblea asuntos que se consideren vitales, la Junta de Vigilancia hará el conteo de votos mediante mecanismos adecuados que impidan su fraude. VOTACIÓN Y ELECCIONES 25. Para efectuar las votaciones, el presidente de la Asamblea anunciará un receso por espacio de ciento cincuenta (150) minutos, los cuales iniciarían una vez termine el punto de presentación de aspirantes a Revisor Fiscal. Luego de este espacio se retorna al recinto para continuar con el desarrollo de la misma. Una vez agotado este tiempo, se decretará por parte del presidente de la Asamblea el cierre de las elecciones. 26. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, utilizando el sistema de tarjetón depositados en urnas selladas independientes. 27. La votación para la elección de los miembros que conformarán el Consejo de Administración y la Junta de Vigilancia, se hará por las planchas que fueron inscritas de acuerdo con la reglamentación expedida por el Consejo de Administración de la Cooperativa dentro del plazo establecido y que hayan cumplido con los requisitos exigidos estatutariamente. 28. La votación para elegir al Revisor Fiscal y su suplente personal, se efectuará entre los proponentes aceptados que presente el Consejo de Administración, después de estudiar las diferentes propuestas recibidas que cumplieron a la letra los requisitos de la resolución de convocatoria y publicada en el diario local. La votación será por el sistema de tarjetón. 29. Una vez cumplido el tiempo estipulado para la votación el presidente notificará el cierre de las votaciones e inmediatamente se iniciará el proceso de escrutinio en presencia de los asambleístas y a la par con el desarrollo de la Asamblea. El resultado del escrutinio deberá entregarse antes de culminar la Asamblea y quedará registrado en el acta de la misma. 30. Una vez efectuado el conteo de votos, se aplicará el sistema de cociente electoral para definir la elección de los miembros que conformarán el Consejo de Administración y la Junta de Vigilancia periodo En caso de presentarse empate entre dos o más candidatos se procederá a elegir al integrante de la plancha que se haya inscrito primero, en concordancia con el artículo 107º del Estatuto. 4
5 31. Saldrá elegido como revisor fiscal periodo el proponente, que una vez efectuado el escrutinio, obtenga el mayor número de votos. En caso de presentarse empate entre dos o más proponentes se elegirá a quien se haya inscrito primero, en concordancia con el artículo 107º del Estatuto. 32. La votación para la elección de los miembros que conformarán El Comité de Apelaciones periodo se realizará por aclamación (levantando la mano) por los asociados hábiles presentes en la Asamblea que acepten la postulación, en un punto específico del orden del día aprobado. Este Comité será integrado por tres (3) asociados hábiles y saldrán elegidos los que obtengan el mayor número de votos. PROPOSICIONES Y RECOMENDACIONES 33. Toda propuesta presentada por un asociado a la Asamblea en el punto de proposiciones y recomendaciones deberá ser firmada con número de cédula y sustentada personalmente ante la Asamblea, en concordancia con lo establecido en el artículo 65º literal p) del Estatuto vigente, de lo contrario no será considerada. INCENTIVOS O DONACIONES 34. Todos los Asociados hábiles presentes en la Asamblea participarán en las donaciones programadas por el Consejo de Administración. Todo ganador que no se haga presente en el escenario cuando se haga el respectivo conteo de uno (1) hasta tres (3), perderá el derecho al premio y se efectuará nuevamente el sorteo. Se exceptuará de esta norma a los empleados con calidad de asociados que se encuentren ejerciendo la labor de registro y logística de la organización de la asamblea. EXCUSA POR NO ASISTENCIA Y SANCIONES 35. Todo Asociado que resida dentro del Departamento de Santander y que no pueda asistir a la Asamblea por cualquier motivo, deberá presentar excusa de acuerdo con los términos de fecha informados en el comunicado Nº 01/2018 y enviado a cada asociado a su respectivo domicilio. Los asociados que no asistan ni se excusen de acuerdo con los plazos fijados deberán pagar con cargo al fondo de solidaridad de la cooperativa una sanción económica o multa equivalente a dos (2) salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a la suma de cincuenta y dos mil cien 5
6 ($52.100) pesos moneda legal colombiana, de acuerdo como se establece en los artículos 28º y 65º literal u) del Estatuto vigente. IDENTIFICACIÓN PARA LOS ASOCIADOS HABILES PARTICIPANTES 36. Con el fin de identificar a cada asociado participante en la Asamblea, se le colocará un distintivo de asistencia (manilla fija) al momento de registrarse como asistente, la cual deberá portar permanentemente mientras se desarrolla la Asamblea. En el evento que el asociado se retire el distintivo no se le permitirá el ingreso al recinto en donde se desarrolla la sesión ni se le permitirá votar. 37. Además de las normas contenidas en este reglamento, la Asamblea se sujetará en todo lo pertinente a lo establecido en la Legislación Cooperativa Colombiana, el Estatuto Vigente y los Reglamentos de la Cooperativa. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN NESTOR VECINO RUEDA Presidente HECTOR NAVAS HERRERA Secretario 6
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