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Inscripción a primer Ingreso.

Transcripción:

Qué es una pensión? Es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral para ti, contar con ella ofrece tranquilidad y seguridad para poder disponer mensualmente de una pensión que te permitirá vivir con dignidad a ti o a tu familia en caso que tú faltes.

La pensión: Es una Prestación Económica que se te otorgará como trabajador asegurado o a tus beneficiarios cuando cumplas las condiciones para solicitarla, descritas en la Ley del Seguro Social.

La pensión la podrás obtener por: a) Incapacidad Permanente b) Invalidez c) Cesantía en edad avanzada o vejez d) Retiro e) Viudez f) Orfandad g) Ascendientes

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

El derecho al goce de la pensión de cesantía en edad avanzada se da cuando el asegurado quede privado de trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad. Tratándose de la pensión de vejez cuando el asegurado haya cumplido 65 años de edad.

Requisitos: Ley del Seguro Social 1973 Pensión de Cesantía en Edad Avanzada (A elección del asegurado de haber sido inscrito antes del 01 de julio de 1997) Tener cumplidos 60 años al momento de causar baja ante el IMSS. Haber cotizado ante el IMSS 500 semanas, como mínimo..

Estar dado de baja ante el IMSS al momento de realizar la solicitud. Encontrarse privado de trabajo remunerado. En su caso estar dentro del periodo de conservación de derechos (son una cuarta parte del tiempo de cotización reconocido por el IMSS)

Pensión de Vejez (A elección del asegurado de haber sido inscrito antes del 01 de julio de 1997): Que el asegurado haya cumplido 65 años de edad. Haber cotizado ante el IMSS 500 semanas, como mínimo.

Que haya causado baja como asegurado en el IMSS. En su caso estar dentro del periodo de conservación de derechos (son una cuarta parte del tiempo de cotización).

Requisitos: Ley del Seguro Social 1997 Pensión de Cesantía en Edad Avanzada (A elección del asegurado de haber sido inscrito antes o después del 01 de julio de 1997): Tener cumplidos 60 años al momento de causar baja ante el IMSS.

Haber cotizado ante el IMSS 1250 semanas, como mínimo. Estar dado de baja ante el IMSS al momento de realizar la solicitud. Encontrarse privado de trabajo remunerado.

Pensión de Vejez (A elección del asegurado de haber sido inscrito antes o después del 01 de julio de 1997): Que el asegurado haya cumplido 65 años de edad. Haber cotizado ante el IMSS 1250 semanas, como mínimo. La previa baja como asegurado en el IMSS.

En la Ley del Seguro Social 1997 no se considera la conservación de derechos para el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, por lo que el asegurado que haya cotizado con esta Ley podrá solicitar su pensión en cualquier momento, cumplidos los requisitos.

En caso que el trabajador asegurado tenga sesenta o más años y no reúna las semanas de cotización, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión, si cuenta con un mínimo de 750 semanas cotizadas tendrá derecho a prestaciones de servicio médico y maternidad.

Los documentos que deberá presentar el asegurado solicitante para el trámite de cesantía en edad avanzada o vejez en Ley 1973 o 1997 son los siguientes:

Identificación oficial con fotografía y firma: Credencial para votar o Cartilla del Servicio Militar Nacional o Pasaporte o Cédula profesional o Credencial ADIMSS pasaporte o Forma Migratoria Original y copia para cotejo.

Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, no necesario cuando presente la Credencial ADIMSS, original y copia para cotejo.

Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento este documento se queda en el expediente.

Comprobante de domicilio de reciente expedición, no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: derechos de agua, luz, teléfono (excepto celular), recibo de gas, certificación de la presidencia municipal (anual) o boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente), no es necesario que el comprobante esté a nombre del solicitante, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.

Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.

Documento de AFORE: Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses previos a la fecha de la solicitud o Contrato firmado con la AFORE, solo si el asegurado cotizó a partir del 01 de julio de 1997, original y copia para cotejo.

De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar el trámite. El solicitante presentará personalmente la solicitud de pensión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, en días hábiles para el Instituto, en horario de 8:00 a 15:00 horas.

Si cuenta con beneficiarios, esposa, hijos, o a falta de estos los padres consulte: Asignaciones Familiares MAYOR INFORMACIÓN Lic. Olga Luz Pinot Juárez Asesora Jurídica del SUICOBACH Olgapinot@hotmail.com