A C U E R D O N U M E R O V E I N T I U N O.



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A C U E R D O N U M E R O V E I N T I U N O. En Corrientes, a los trece días del mes de agosto del año dos mil quince, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. EDUARDO GILBERTO PANSERI, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN y el señor Fiscal General Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones: I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24, inc. e) del Decreto Ley N 26/00 LOAJ: N 261 CORRIENTES, 6 de Agosto de 2015. VISTO: El Expte. 09-E-3032/2015 de la Dirección General de Administración de este Poder Judicial, CENTRO JUDICIAL DE MEDIACION S/PLANILLA DE HONORARIOS N 4/15 PAGO A MEDIADORES POR INCOMPARENCIA DE PARTES; CONSIDERANDO: QUE el gasto se considera necesario e indispensable. QUE se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes (Ley de Administración Financiera Provincial Nro. 5571, Ley de Autarquía Nro. 4420, Ley Nro. 5487 del Fondo del Centro Judicial de Mediación y Reglamento de Administración Financiera del Poder Judicial (RAF). QUE existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin en FUENTE 14- Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Centro Judicial de Mediación. POR ELLO: EL SEÑOR PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA RESUELVE: Art. 1 Autorizar el gasto referente a la liquidación de Honorarios a Mediadores del Centro Judicial de Mediación, conforme a la Planilla Nro. 04/15, que asciende a la suma total de $ 1.756,35 (pesos un mil setecientos cincuenta y seis con treinta y cinco centavos).-

Art. 2 IMPUTAR dicha suma en la partida 01-00-00-08-3.4.3. de Fuente 14 Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Centro Judicial de Mediación. Art. 3 PROCEDER a su liquidación y oportuno pago por Tesorería Jurisdiccional de acuerdo a la Planilla Nro. 04/15 confeccionada por el Centro Judicial de Mediación. Art. 4 COMUNICAR, librar copias a sus efectos y, oportunamente, archivar. Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Aprobarla. II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3, ap. a), Régimen aprobado por Acdo. N 27/13, pto. 19 : Resolución N 262/2015 (Expte. E-2611-2015): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, para la provisión de una PC Core I5-4460 HD 2T Mem. 4G y una notebook HP Pavilion 14-V203LA, para el Centro Judicial de Mediación de esta ciudad y adjudica a la firma Luis Ángel Cuadrado, por un total de $ 38.749,50 (pesos treinta y ocho mil setecientos cuarenta y nueve con cincuenta centavos). Resolución N 263/2015 (Expte. E-2964-2015): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, para la provisión de 2 -dos- lockers metálicos con cerraduras y llaves, destinados a las Secretarías Correccional y Prevencional del Juzgado de Menores N 1 y adjudica a la firma Seoane Riera y Cía S.R.L., por un total de $ 7.062 (pesos siete mil sesenta y dos). Resolución N 264/2015 (Expte. E-2811-2015): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, para la adquisición de elementos de protección para el personal fotocopista, dependiente de la Dirección de Arquitectura y adjudica a la firma Indumentaria Laboral S.R.L, por la suma de $ 4.076,28 (pesos cuatro mil setenta y seis con veintiocho centavos). Resolución N 265/2015 (Expte. E-2539-2015): Aprueba la Contratación Directa, para la realización de los trabajos de refacción en la Mesa de Entrada de la Fiscalía de Tribunal Oral Penal Nº 2, ubicado en el edificio sito en calle Plácido Martínez Nº 1056 de esta ciudad y adjudica a la firma Conobra S.R.L, por un total de $ 26.582,63 (pesos veintiséis mil quinientos ochenta y dos con sesenta y tres centavos). Resolución N 266/2015 (Expte. E-2984-2015): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, para la provisión de 20 -veinte- tintas Duplo INK ND 244, con destino a la Oficina de Encuadernación y adjudica a la firma M. A. Seoane Riera

Sistemas Gráficos de Miguel Ángel Seoane, por un total de $ 8.800 (pesos ocho mil ochocientos). Resolución N 267/2015 (Expte. E-2998-2015): Aprueba la Compra Directa, previo concurso de precios, para la provisión de una hidrolavadora Annovi Rever 120 bar 610 2300 W destinada a la limpieza de vehículos del Poder Judicial y adjudica a la firma Casa Gabardini S.A., por un total de $ 6.190 (pesos seis mil ciento noventa). SE RESUELVE: Tener presente. SEGUNDO: Visto: Las disponibilidades presupuestarias, la necesidad de cubrir los cargos vacantes y asignación de cargos pertinentes, generados por ascensos, traslados, renuncias. Y Considerando: Que, se dio cumplimiento al nuevo procedimiento establecido en el punto 2 del resolutorio 1) del Acuerdo N 10/15: 1) Expte. E-170-2015; propuesta formulada por el Sr. Juez Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, vacante producida por Acdo. N 22/14 pto. 2, lista aprobada por Acdo. N 1/15 pto. 5 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Escribiente (Clase 307) al Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes. 2) Designar Escribiente (Clase 307), provisoria, en el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, a Stefanía Beatriz ZARATE, M.I. N 36.195.363. 2) Expte. E-1935-2015; propuesta formulada por la Sra. Juez Civil y Comercial de Santo Tomé Sustituta-, vacante producida por Acdo. N 18/15, lista aprobada por Acdo. N 29/14 pto. 11 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de Escribiente (Clase 307) al Juzgado Civil y Comercial de Santo Tomé. 2) Designar Escribiente (Clase 307), provisoria, en el Juzgado Civil y Comercial de Santo Tomé, a María Constanza PEREZ CABRERA, M.I. N 33.856.023. 3) Expte. E-2568-2015; referente al Acdo. N 11 de fecha 5/08/2015 de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la Primera Circunscripción Judicial, a través del cual se dispuso la cobertura del cargo de Ayudante en virtud de la vacante producida en el pto. 6 del

Acdo. N 16/15, con el traslado de la agente Lorena Isabel Francisca BOJANOVICH, M.I. N 29.441.126, quien actualmente es Ayudante en la Dirección de Arquitectura y teniendo presente la conformidad prestada por la Directora del Área, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Tener presente el traslado de la Ayudante (Clase 508) Lorena Isabel Francisca BOJANOVICH, M.I. N 29.441.126, de la Dirección de Arquitectura, a la Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial con asiento en esta Ciudad. 2) Reservar un cargo de Ayudante (Clase 508) a la Dirección de Arquitectura. 4) Los designados en los apartados 1) y 2) deberán cumplir con el examen médico preocupacional reglamentario y la documentación requerida por la Dirección General de Administración Departamento de Liquidaciones- y la Dirección de Personal y Licencias, antes de la toma de posesión del cargo. TERCERO: Visto: El Expte. E-3132-2015. Considerando: La nota de la Sra. Juez Civil y Comercial N 6 con asiento en Capital, solicitando la designación de un Secretario Sustituto- en virtud de la designación del Dr. Diego Rosendo Monferrer como Juez Sustituto del Juzgado Civil y Comercial N 13 (Acdo. N 20/15 pto. 3 ), proponiendo a la Dra. María Virginia Carbajal, quién integra la lista aprobada por Acdo. N 20/14, pto. 13 ; SE RESUELVE: Designar Secretaria Sustituta- en el Juzgado Civil y Comercial N 6 con asiento en Capital, a la Dra. María Virginia CARBAJAL, M.I. Nº 25.621.770, quien deberá prestar juramento por ante este Superior Tribunal de Justicia y deberá cumplir o actualizar, en su caso, el examen médico preocupacional reglamentario y la documentación requerida por la Dirección General de Administración Departamento de Liquidaciones- y la Dirección de Personal y Licencias, antes de la toma de posesión del cargo. CUARTO: Visto: El Expte. E-3244-2015; Considerando: La necesidad de cubrir los servicios de Médico Forense en la Delegación Ituzaingó del Instituto Médico Forense. Y CONSIDERANDO: Estrictas razones de servicio, especialidad de las tareas, posibilidades presupuestarias, teniendo presente el orden de mérito para cubrir cargos en el Instituto Médico Forense, aprobado en el punto 11 del Acdo. N 32/14 y

lo dispuesto en el Régimen de Contrataciones del Personal Judicial Transitorio aprobado por Acdo. N 29/13, pto. 10 Anexo- y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Contratar a la Dra. Nilda Silvia Mabel GARRIDO, M.I. N 11.719.318, por el término de 6 (seis) meses, bajo el Régimen de Contrataciones del Personal Judicial Transitorio Aprobado por Acdo. N 29/13, pto. 10 -, para cumplir funciones de Médico Forense en la delegación Ituzaingó del Instituto Médico Forense. 2) La retribución mensual se fija en la que percibe el Médico Junior (Clase 202). 3) Cumplirá el horario habitual de trabajo, sin perjuicio del que le indique el superior jerárquico de acuerdo al art. 4º de RAL. 4) La contratada deberá previamente cumplir con el examen médico preocupacional reglamentario y la documentación requerida por la Dirección General de Administración Departamento de Liquidaciones- y la Dirección de Personal y Licencias, antes de iniciar su relación laboral. 5) Remitir a la Dirección de Administración para su instrumentación. QUINTO: Visto y Considerando: El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1352 de fecha 2 de junio de 2015, por el cual se designa en el cargo de Juez de Menores N 3, de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en esta Ciudad, a la Dra. Pierina Itatí de los Ángeles RAMÍREZ, M.I. N 24.060.727 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Disponer que la Dra. Pierina Itatí de los Ángeles RAMÍREZ, preste juramento de ley por ante este Superior Tribunal de Justicia el día 18 de agosto del corriente año. 2) Autorizar a la Señora Juez a realizar todas las actividades de gestión y medidas internas necesarias tendientes a la integración del Plantel del Juzgado y las indispensables para la puesta en marcha de su Tribunal. 3) Establecer que el día 1 de septiembre de 2015 se constituirá y comenzará a funcionar el Juzgado de Menores N 3, en el edificio sito en calle Carlos Pellegrini N 960 con asiento en esta Ciudad, para atender los asuntos de competencia material y territorial que se le ha conferido por la ley de su creación. 4) Disponer que, a partir de la puesta en funcionamiento del Juzgado de Menores N 3, los Juzgados de Menores entrarán en turno -con carácter rotativo- por el término de diez (10) días, iniciando el Juzgado de Menores N 3, a partir del 1 de septiembre, continuando el Juzgado de Menores N 1 y luego el Juzgado de Menores N 2, debiendo la Fiscalía General establecer los turnos y competencias de las Fiscalías y demás dependencias del Ministerio Público que intervendrán con cada uno de los Juzgados. Deróguese toda norma reglamentaria que se oponga a la presente.

SEXTO: Visto y Considerando: El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 1652 de fecha 9 de junio de 2014, por el cual se designa en el cargo de Juez de Familia con asiento en Paso de los Libres correspondiente a la Cuarta Circunscripción Judicial, a la Dra. Marta Rut LEGARRETA, M.I. N 28.591.097 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Disponer que la Dra. Marta Rut LEGARRETA, preste juramento de ley por ante este Superior Tribunal de Justicia el día 18 de agosto del corriente año. 2) Autorizar a la Señora Juez, a realizar todas las actividades de gestión y medidas internas necesarias tendientes a la integración del Plantel del Juzgado y las indispensables para la puesta en marcha de su Tribunal. 3) Establecer que el día 1 de septiembre de 2015 se constituirá y comenzará a funcionar el Juzgado de Familia con asiento en Paso de los Libres, en el edificio sito en calle Yatay N 1138, para atender los asuntos de competencia material y territorial que se le ha conferido por la ley de su creación. SEPTIMO: Visto: Los Expedientes referidos a las siguientes agentes: E-3081-2015 (Adriana Natalia Itatí RIOS, M.I. N 26.111.101, Escribiente del Depósito de Elementos Secuestrados) y E-3003-2015 (María Florencia BENITEZ GRACCO, M.I. N 24.206.511, Escribiente del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N 1 de esta Ciudad); quienes han cumplido el período de prueba en el ejercicio de sus cargos, sin observación de sus superiores (Art. 19º del RIAJ) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Confirmarlas en el cargo y funciones para el que han sido designadas. OCTAVO: Visto: El Expte. E-3185-2015; referente a la confirmación en el cargo de Secretario del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes del Dr. Sergio Marcelo Luchessi. Que, el citado funcionario ha sido designado por Acdo. N 22/14 pto. 2 ap. 4). Que, en el Expte E-334-2015 el Sr. Juez Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, solicitó oportunamente prórroga para la confirmación del Funcionario en el cargo de Secretario, en virtud de la denuncia penal incoada contra su persona por la agente Ramona Cristina Reguera. Que, por Acdo. N 8/15 pto. 2, este Tribunal resolvió extender el período de provisoriedad del Dr. Sergio Marcelo Luchessi en el cargo de Secretario del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes. Que, el Sr. Juez Dr. Gustavo René Buffil, pone en conocimiento de este Tribunal que el citado funcionario fue sobreseído en la causa que se iniciara en su contra (Expte PXR 5882/15), por lo

que teniendo presente además que el Dr. Sergio Marcelo Luchessi antes de su designación como Secretario se desempeñaba como escribiente de ese mismo Tribunal, en atención a lo expresado por el Señor Juez y lo normado en el artículo 16 del RIAJ cuando dice: Los nombramientos por ascenso no afectan la estabilidad del Funcionario y tienen carácter definitivo, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Confirmar en el cargo de Secretario del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, al Dr. Sergio Marcelo Luchessi, M.I. N 26.493.515. NOVENO: Visto: Los Expedientes donde se solicita la designación y renovación de pasantes; y Considerando: Que los propuestos han cumplido con los requisitos previstos en el Régimen aprobado por Acdo. N 25/04, pto. 30 y sus modificacionesy oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Designar en calidad de pasantes: En el Juzgado Civil y Comercial N 4, a la Abogada Silvana Melisa MORALES, M.I. N 36.461.525 (Expte. E-3123-2015) y a la Estudiante Jaqueline Cecilia Beatriz FRETTES, M.I. N 34.825.563 (Expte. E-3126-2015); en el Juzgado Civil y Comercial N 8, al Estudiante Luciano Gabriel GOMEZ, M.I. N 34.681.256 (Expte. E-3195-2015); en el Juzgado Civil y Comercial N 12, a la Abogada Gisela Romina MONTENEGRO, M.I. N 33.948.312 (Expte. E-3241-2015); en el Juzgado Civil y Comercial N 13, a la Estudiante María Adela CARDOSO, M.I. N 36.674.651 (Expte. E-3103-2015). 2) Renovar la pasantía: en el Juzgado de Menores N 1 de esta Ciudad, a la Abogada Gisella Paola BARUZZO, M.I. N 32.874.668 (Expte. E-3122-2015). DECIMO: Visto: El Expte. E-3147-2015, en el que la Señora Inspectora General y de Control Interno, Dra. Ingrid Lissy Factor de Tosi, solicita se reglamente la subrogación de los Jueces de Paz, luego de agotado el orden previsto legalmente, en razón de las distintas situaciones que se presentan principalmente cuando los Jueces piden licencias. Que, el artículo 4 de la Ley 5907 De la Organización y Competencia de la Justicia de Paz en lo que aquí interesa prevé que En caso de impedimento, excusación, recusación o licencia ordinaria el Juez de Paz será subrogado en primer término por el Secretario del Juzgado de Paz o en su defecto por el Juez de Paz del asiento territorial más próximo. Que, la norma con claridad prevé expresamente que el Juez de Paz en primer término es subrogado por el Secretario y luego por el Juez de Paz del asiento territorial más próximo, debiendo entenderse en este último caso que, será el Juez más cercano de acuerdo a la distancia entre los distintos Tribunales,

sin considerar la circunscripción al que pertenezca. Que, en consecuencia, a fin de dar seguridad, transparencia y resguardar debidamente el servicio en cada uno de los Juzgados de Paz, oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1 ) Establecer que, cuando el artículo 4 de la ley 5907 De la Organización y Competencia de la Justicia de Paz refiere que el Juez de Paz será subrogado...por el Juez de Paz del asiento territorial más próximo, debe entenderse que refiere al Juez más cercano de acuerdo a la distancia entre los distintos Tribunales, sin considerar la circunscripción al que pertenezca. Para el supuesto de ausencia o impedimento del Juez del territorio más próximo no corresponderá la subrogación del Secretario de dicho Tribunal sino tendrá que intervenir el Juez que le sigue en proximidad. 2 ) Disponer que, la Inspectoría de Justicia de Paz confeccione el orden de subrogación para cada Juzgado, siguiendo el criterio aquí sentado, el que deberá ser debidamente publicado y comunicado a este Superior Tribunal de Justicia y a las autoridades correspondientes. 3 ) Las concesiones de las licencias o autorizaciones para ausentarse de la jurisdicción de los Jueces de Paz que no impliquen razones de urgencia, salud o familiares impostergables, serán analizadas y otorgadas con carácter restrictivo, bajo la pauta interpretativa siempre que el servicio lo permita y formalizarse el pedido ante la Inspectoría de Justicia de Paz, con la debida antelación, no menor a 5 (cinco) días, debiendo además el Juez dar aviso al subrogante legal por el medido más idóneo y comunicar fehacientemente a las autoridades públicas locales con todos los datos de individualización y ubicación del Subrogante legal que le correspondiere intervenir. 4 ) Recordar a los Señores Jueces de Paz que, se encuentra vigente el artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia (LOAJ) que expresamente establece que los Jueces de Paz: Deberán residir en el territorio en el que hubieren sido nombrados. UNDECIMO: Visto: La visita e inspección realizada por el Señor Ministro Doctor Eduardo Gilberto Panseri, conjuntamente con la Dra. María Carolina Tuñón (Prosecretaria Relatora fuero Civil- del STJ) y la Dra. María Belén Herrmann (Prosecretaria Relatora -fuero penal- del STJ), los días 22 y 23 de junio del año 2015, al Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Ituzaingó (Expte. E-2766-2015); al Juzgado de Instrucción y Correccional (Expte. E-2767-2015) y las delegaciones del Cuerpo de Psicología Forense y del Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses de la mencionada localidad. Y Considerando: Que, el Señor Ministro señala que, al llegar a

la localidad programó una reunión con todo el personal en el Centro Cultural Municipal, siguiendo la misma línea que en las otras inspecciones realizadas en el presente año. En la reunión, se puso a consideración a través de la exposición y conversaciones con el personal, temas relacionados a la imagen del Poder Judicial en directa relación con la comunidad, gestión y herramientas administrativas, de interrelación interna dentro de cada oficina -entre los funcionarios y empleados-; como así también con las otras oficinas judiciales e igualmente la relación con los organismos sociales, políticos y culturales de la localidad. El Sr. Ministro dice que además, expuso sobre responsabilidad, solidaridad y cooperación que deben asumir los Magistrados, los Secretarios y empleados para el máximo aprovechamiento de los recursos intelectuales y materiales de la localidad. Refiere también que se trató temas relacionados con el sistema informático y el proyecto de la nueva informatización del Poder Judicial, las ideas sobre posibles emprendimientos edilicios y la implementación a corto plazo del nuevo escalafón, destacándose sus ventajas en función del viejo esquema escalafonario. La reunión se desarrolló por varias horas, con la participación activa de los presentes. Señala que al día siguiente, procedió a inspeccionar al Juzgado Civil, Comercial y Laboral y al Juzgado Instrucción y Correccional, donde constató un ambiente de cordialidad entre sus integrantes como así también cooperación e integración con las otras oficinas del Poder Judicial, principalmente con el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa. Resalta el Sr. Ministro, la necesidad de designar un médico forense, para cubrir las necesidades del servicio en forma coordinada y habitual con la localidad de Virasoro. Destaca igualmente, que visitó las oficinas auxiliares donde pudo constatar un adecuado ambiente laboral. En relación con el Ministerio Público Fiscal, destaca su integración con el Juzgado de Instrucción, advirtiendo una verdadera división de trabajo que garantiza un buen servicio de justicia, resaltando que el Sr. Fiscal asumió el compromiso de hacer visitas mensuales a los detenidos y encargarse de realizar la calificación de los hechos delictivos, bajo su entera responsabilidad. Expresa el Dr. Panseri, la apreciación negativa de todo el personal, respecto de los broches metálicos, queja que dice haberse replicado en las localidades de Virasoro y Santo Tomé, como así también en Mercedes y Curuzú Cuatiá. Respecto del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Ituzaingó, afirma que los dos baños, además de cumplir su destino, son utilizados como archivo del Juzgado, por lo que propuso se remitan las causas que se encuentran en ese estado, a la Capital o a la ciudad de Santo Tomé cuando se terminen las obras de los nuevos

edificios. Destaca la necesidad de cerrar o hacer un cerramiento del actual garaje para un mejor confort de la Oficina de Notificaciones y Mandamientos, para de ese modo mejorar la vinculación del ambiente con la mesa de entradas y salidas, conforme propuesta del personal y secretariado. Continúa el Sr. Ministro expresando que, observó el uso racional del sistema informático y el cumplimento de las actividades judiciales de la esfera de competencia del Tribunal, dentro de plazos razonables. Entiende como positivo, el mecanismo de trabajo adoptado por el Secretariado, en cuanto asumen desde el ingreso del expediente la función actuarial y de relatoría, dividiéndose por materia y especialidad, contando cada secretaría con un administrativo, con quien se encarga del seguimiento del expediente y la realización de las audiencias. Destaca que la Secretaría Prevencional, en varias oportunidades se trasladó hasta la casa de la víctima conjuntamente con el Trabajador Social, en razón de tener que realizar diligencias a domicilios alejados y de difícil acceso, como por ejemplo en la Isla Apipé, todo lo cual implica poner el servicio al alcance del justiciable. Señala el Sr. Ministro además, que se constató a su vez un liderazgo importante en el secretariado en las tareas propias y de gestión del Tribunal, no obstante haberse detectado cargas incorrectas de los códigos en el manejo del Iurix, por lo que se aconsejó utilizar el Aula Virtual de la Dirección de Informática. En relación al Juzgado de Instrucción, señala el Sr. Ministro que, no cuenta con un espacio para ser utilizado como depósito de objetos secuestrados, por lo que dispuso llevar los elementos secuestrados en lugares correspondientes a la policía local, con la recomendación de que los objetos no se encuentran disponibles para el uso del personal policial. En ese marco, se sugirió avanzar con los procedimientos para el destino final de los bienes, ya sea disponiendo el decomiso o la donación, en su caso. Expresa que se lleva correctamente la carga e impacto en el sistema Iurix, sin perjuicio de advertirse algunos defectos en los listados de detenidos y el cumplimiento de requisitos vinculados con la elevación de las causas a juicio que se remiten al Tribunal Oral Penal de Santo Tomé. Resalta, el alto compromiso a la gestión judicial por parte de los integrantes del Poder Judicial de la localidad, quienes asumen algunos errores, comprometiéndose a trabajar para intentar corregirlos, por lo que se aconsejó utilizar todas las herramientas indispensables para un mejor desempeño. Al efecto, sugirió el Dr. Panseri, a modo de ejemplo, que en los juicios a prueba, sean los propios imputados los responsables de arrimar los certificados que comprueben las conductas ordenadas por el Juez. Hace saber que el Sr. Juez de Instrucción y Correccional

ejerce un buen liderazgo en la gestión de su Tribunal, con buena respuesta del secretariado y el personal, teniendo además una correcta relación con el Ministerio Público Fiscal; se sugirió trabajar en horario vespertino en los expedientes para archivo, medidas sobre los objetos secuestrados y una adecuada registración de los sumarios de violencia familiar, a fin de permitir la distinción de los distintos delitos como lo requiere la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Concluye el Dr. Panseri, que los reportes del Tribunal son correctos, no obstante que se llevan todavía registros manuales y si bien se observó el dictado de varios procesamientos, se aconsejó utilizar un sistema de control de calidad, a efectos de evitar ciertos olvidos que podrían desmerecer el esfuerzo del Tribunal. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Expresar a los Magistrados, Funcionarios y Empleados de los Tribunales de Ituzaingó, el reconocimiento por el rendimiento de las labores de sus Tribunales, invitándolos a seguir por la buena senda y poner diariamente el máximo de los esfuerzos, compromiso por el servicio, colaboración, principalmente a través del trabajo en equipo, para seguir alcanzando objetivos positivos en la prestación del servicio de justicia y en beneficio de los ciudadanos de esa localidad. 2) Dar intervención a la Dirección de Arquitectura, respecto del pedido de cerramiento del garaje y vinculación con la Mesa de Entradas y Salidas del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Ituzaingó. 3) Por Secretaría, ordenar formar actuaciones, para la designación de un profesional médico a fin de desempeñarse en las localidades de Ituzaingó y Gobernador Virasoro. DUODECIMO: Visto: Que en el punto 11 del Acdo. N 20/15 se propuso por la Presidencia del Cuerpo la conformación de una Comisión compuesta por miembros del Superior Tribunal de Justicia y representantes del Ministerio Público, con el objeto de elaborar un proyecto que cumpla con los estándares nacionales e internacionales del debido proceso constitucional penal, de la acusación, defensa, prueba, alegatos y sentencia, con el objeto de dar respuesta a los hechos ilícitos cometidos en la Provincia de Corrientes, realizados in flagrancia y que constituyen pequeñas causas: arrebatos, robos, hurtos, amenazas, lesiones leves. Que, habiéndose pasado a estudio de los Sres. Ministros y del Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Encomendar al Sr. Ministro Dr. Alejandro Alberto Chaín, al Sr. Secretario Relator del Fuero Penal del Superior Tribunal de Justicia Dr. Horacio

Alberto Pisarello, a la Sra. Fiscal de Instrucción N 3 Dra. Mónica Inés Espíndola y al Sr. Fiscal de Instrucción N 6 Dr. Gustavo Alejandro Robineau, la elaboración de un Proyecto referente a los casos de ilícitos cometidos en flagrancia, conforme los parámetros expresados ut supra, para ser considerado por el Superior Tribunal de Justicia. DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-2556-2015; a través del cual la Lic. María Candelas Carvajal, quien figura en el orden de mérito de la lista de aspirantes a ingresar en el cargo de Psicóloga aprobada por Acdo. N 19/12 pto. 11 (Goya, Curuzú Cuatiá, Paso de los Libres, Monte Caseros y Gdor. Virasoro), solicita su inclusión en la nómina aprobada por Acdo. N 41/10 pto. 2 perteneciente a la 5º Circunscripción Judicial (Santo Tomé), en razón de tener su domicilio real y desempeñar su actividad familiar, social y laboral en dicha localidad. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Incluir a la Lic. María Candelas Carvajal, en la lista de aspirantes a ingresar a la Administración de Justicia en el cargo de Psicólogo de la localidad de Santo Tomé al final del orden de mérito aprobado por Acdo. N 41/10, pto. 2. 2) Excluirla de la lista aprobada por Acdo. N 19/12, pto. 11. DECIMO CUARTO: Visto: El Expte. E-2577-2015; referente a la comunicación realizada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Corrientes, de creación de un Registro de Femicidios en el ámbito de dicho Ministerio, con el objeto de contar con estadísticas certeras, información centralizada, diagnósticos y asistencias a familiares de las víctimas. Se establece que dicho registro trabajará de manera conjunta con la Policía de la Provincia, a través de la Comisaría de la Mujer y el Menor, solicitándose la colaboración de los Juzgados de Instrucción y Juzgados de Menores de la Provincia. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Pasar a estudio de los Señores Ministros y del Señor Fiscal General. DECIMO QUINTO: Visto: El Expte. E-3277-2015; referente al pedido del Señor Fiscal General, para que se declare de interés las XXVIII JORNADAS NACIONALES DE LOS MINISTERIOS PÚBLICOS en el que se abordará sobre TEMAS VINCULADOS A LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS, a realizarse en la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, los días 2, 3 y 4 de septiembre del corriente año, en las

instalaciones de la Universidad Nacional del Litoral. Evento que ha sido organizado por el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina. Por ello; SE RESUELVE: 1) Declarar de interés las XXVIII JORNADAS NACIONALES DE LOS MINISTERIOS PÚBLICOS. 2) Disponer su difusión por Secretaria y en la página web del Poder Judicial. DECIMO SEXTO: Visto: El Expte. E-3188-2015; referente a la presentación del Señor Director Académico de la Maestría en Ciencias Penales de la Facultad de Derecho, Dr. Jorge Eduardo Buompadre, solicitando la difusión del 5to. SEMINARIO INTERNACIONAL PROFUNDIZADO DE DERECHO PENAL, que se celebrará en nuestra ciudad los días 15, 16 y 17 de octubre del año 2015, con la presencia de destacados juristas europeos y latinoamericanos, peticionando asimismo, autorización para la promoción del mencionado evento a través de un banner y entrega de panfletos en el acceso de los Edificios donde funcionan los Juzgados de Instrucción y Juzgados Civiles de esta ciudad Capital. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: Disponer su difusión por Secretaría y conceder la autorización solicitada. DECIMO SEPTIMO: Visto: El Expte. E-3272-2015; referente a la presentación de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA), para que se declare de interés el XXII ENCUENTRO NACIONAL DE AMJA, en el que se abordará sobre EL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION Y LAS CUESTIONES DE GENERO, a realizarse del 26 al 28 de agosto de 2015 en la Ciudad de La Rioja. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: Declarar de interés la actividad académica e Institucional organizada por la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA) conforme lo solicitado. DECIMO OCTAVO: Visto: La presentación efectuada por el Dr. José María González, en su calidad de Decano Organizador Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de la Cuenca del Plata, solicitando la difusión del evento de extensión denominado: DESAFIOS ACTUALES DEL SISTEMA JUDICIAL: El acceso a la Justicia en el Siglo XXI, que se llevará a cabo el día 14 de Agosto del presente año a las 17 horas en el Salón Auditorio de la citada Casa de Altos Estudios, con el objeto de poner en debate los desafíos actuales que se presentan al sistema judicial.

Asimismo destaca que, en el marco de la citada actividad académica, la Facultad presentará a la comunidad jurídica la Diplomatura en Gestión Judicial y la Diplomatura en Recursos, Acciones y Procesos Constitucionales, posgrados que estarán bajo la dirección de los Dres. Mario Silvio Fera y Roberto Miguel Ángel Saggese, respectivamente. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: Dar a publicidad por Secretaría y en la página web del Poder Judicial. DECIMO NOVENO: Visto: El Expte. E-3248-2015; referente al pedido del Área de Capacitación del Poder Judicial, de aprobación y publicación de la actividad PRINCIPALES INCIDENCIAS DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL EN LAS NORMAS DE FONDO Y FORMA APLICABLES A LOS PROCESOS DE CONOCIMIENTO que presentara la Dra. Maria Eugenia Herrero, Juez Civil y Comercial N 3 de esta Ciudad y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría. VIGESIMO: Visto: El Expte. E-3250-2015; referente al pedido del Área de Capacitación del Poder Judicial, de aprobación y publicación de la actividad TALLER: GESTION DE LA FISCALIA DE INSTRUCCIÓN N 1. ORGANIZACIÓN. CAPACITACION que presentara el Dr. Buenaventura Duarte, Fiscal de Instrucción N 1 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría. VIGESIMO PRIMERO: Visto: El Expte. E-3235-2015; referente al pedido del Área de Capacitación del Poder Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: TALLER: EL PROCESO DE APREMIO. LA PRUEBA que presentara el Dr. Daniel Edgardo Borches, Juez Civil y Comercial N 1 de esta Ciudad y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría. VIGESIMO SEGUNDO: Visto: El Expte. E-1629-2015; referente al pedido de aprobación y publicación de la actividad SISTEMA IURIX PROFUNDIZADO - LIBROS REGLAMENTARIOS Y ESTADISTICA, que presentara la Dra. Marisa Spagnolo, Secretaria Jurisdiccional N 2 de este Superior Tribunal de Justicia, en coordinación con la Dirección de Informática del Poder Judicial. Por ello y oído el Sr. Fiscal General;

SE RESUELVE: Aprobarla, dar a publicidad por Secretaría y remitir al Área de Capacitación del Poder Judicial para que tome la intervención que le compete. VIGESIMO TERCERO: Visto: Las solicitudes de licencias: 1) Sr. Walter Gustavo ALEGRE, 29 días desde el 04/07/15: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 2) Sra. Blanca Sinforosa AMARILLA DE QUIROZ, 45 días desde el 14/06/15: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 3) Sra. María de los Milagros ANTORENA, 13 días desde el 29/06/15: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 4) Sra. María de las Mercedes FARIÑA NUÑEZ, 29 días desde el 02/08/15: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 5) Sra. Sofía Elisabeth ALONSO, 75 días desde el 01/06/15: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 6) Sr. Juan Heriberto LUGO, 34 días desde el 11/07/15: SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I. sin goce de haberes). 7) Dra. Analía I. DURAND DE CASSIS, 2 días desde el 06/08/15: SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional -con goce de haberes y sin afectación del Adicional por Presentismo- (Art. 63º in fine del R.I.) con autorización para ausentarse de la jurisdicción desde el 05/08/15 en horario vespertino hasta el 09/08/15, inclusive. 8) Dra. Luz Gabriela MASFERRER, 2 días desde el 06/08/15: SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional -con goce de haberes y sin afectación del Adicional por Presentismo- (Art. 63º in fine del R.I.) con autorización para ausentarse de la jurisdicción desde el 05/08/15 en horario vespertino hasta el 09/08/15, inclusive. VIGESIMO CUARTO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo. Dres. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), EDUARDO GILBERTO PANSERI, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAÍN (Ministros) y Dr. CÉSAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario Administrativo. ES COPIA

COMUNICADOS DE SECRETARIA 1.- AREA DE CAPACITACION JUDICIAL: Comunica la realización de las siguientes actividades I- CAPACITACION DEL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N 3 PRINCIPALES INCIDENCIAS DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL EN LAS NORMAS DE FONDO Y FORMA APLICABLES A LOS PROCESOS DE CONOCIMIENTO COORDINADORA: DRA. MARÍA EUGENIA HERRERO INSTRUCTORES: Dres. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ JUNIOR MARIA FLORENCIA BRANCHI GRACIELA PATRICIA DEL CORAZON DE JESUS ARGUELLO CYNTHIA TADDEY SILVA MIRIAM ILEANA RODRIGUEZ MARIA CONSTANZA WAISBLATT ANGELES DENISE PORTO PROGRAMA: MODULO I: Introducción. Metodología. Los principios rectores de la reforma. Los roles de los Magistrados en el nuevo Código civil y Comercial. Metodología del nuevo C.C.C. título Preliminar. Libro Primero. Parte General. Libro Segundo. Relaciones de Familia. Libro Tercero. Derechos Personales. Libro Cuarto. Derechos Reales. Libro Quinto. Transmisión de Derechos por causa de muerte. Libro Sexto. Disposiciones comunes de los Derechos Reales y Personales. MODULO II: La capacidad de las personas (arts. 31/50 del C.C.C.) Capacidad y restricciones a la capacidad de las personas. Reglas comunes. Significado de la reforma. Diferencias sustanciales entre personas con capacidad restringida, con incapacidad y los inhabilitados (art. 48). Representación. El proceso judicial sobre capacidad de las personas a la luz de los acmbios introducidos por el nuevo C.C.C. competencia. Legitimación. Intervención de la persona sujeta al proceso en calidad de parte. Análisis de la figura de los denominados sistemas de apoyos al ejercicio de la capacidad (art. 43). El curador. Los deberes del Juez. Medidas cautelares. Principio de inmediatez. Entrevista personal. Sentencia. Aspectos necesarios. Alcances. Registración. Revisión. Internación. El nuevo sistema de Salud Mental basado en un tripode legal: el C.C.C. ley de Salud Mental N 26.657 y la convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Cese de la incapacidad y de las restricciones a la capacidad. MODULO III: Incidencias del Código Civil y Comercial en el Derecho de las Obligaciones y los Contratos. Principales modificaciones. Obligaciones concurrentes. Obligaciones de dar dinero. Extinción de las obligaciones. El pago por consignación judicial y extrajudicial y la prescripción liberatoria en el nuevo C.C.C. Incidencias del Código Civil y Comercial en la Teoría General de los Contratos. Contratos de consumo: principios generales establecidos en el nuevo C.C.C. y su complementación con la Ley de Defensa del Consumidor N 24.240. cláusulas abusivas.

Contratos en particular: unificación de los contratos civiles y comerciales. Compraventa. Locación de inmueble. Contratos bancarios. MODULO IV: Responsabilidad Civil. Introducción de las figuras de la función preventiva y punitiva de la responsabilidad civil, mediante la acción preventiva y la punición excesiva. Ampliación y limitación de las normas generales sobre responsabilidad civil. La responsabilidad del Estado y la vigencia de la Ley N 26.944. MODULO V: Principales modificaciones en materia de Derechos Reales. Libro IV del C.C.C.: Derechos Reales. Dominio. Condominio. Propiedad horizontal. Conjuntos Inmobiliarios. Cementerios Privados. Tiempo Compartido. Modificaciones a la Ley N 17.801. Libro VI del C.C.C.: Disposiciones comunes de los Derechos Reales y Personales. Prescripción y Caducidad. Privilegios. Derecho de retención. Disposiciones de Derecho Internacional Privado. MODULO VI: Prescipción adquisitiva. Concepto. Naturaleza Jurídica. Fundamento. Elementos. La posesión: tiempo, continua e ininterrumpida, pública y pacífica. Sujetos. Suspensión e interrupción del curso de la prescripción. Sentencia. Carácter de la sentencia. Ley N 14.159. Cuestiones procesales. MODULO VII: Acciones Posesorios y Acciones Reales. Defensa de la posesión y la tenencia. Finalidad de las aciones posesorias. Acciones para adquirir la posesión o la tenencia. Acción de despojo. Acción de mantener la tenencia o la posesión. Prueba. Legitimación. Conversión. Proceso. MODULO VIII: El nuevo C.C.C. en el Proceso Sucesorio. Nociones Generales. Metodología (Libro V del C.C.C.). Nociones preliminares: Apertura de la sucesión. Personas que pueden suceder. Situación de los herederos. Ley aplicable: reglas generales y específicas del nuevo C.C.C. aplicación de la ley en las sucesiones ab- intestato y testamentarias. El proceso sucesorio. Su carácter de proceso voluntario. Aspectos procesales de la reforma en materia sucesoria. Su adecuación al C.P.C. y C. análisis de los arts. 2335/2362 del C.C.C. El objeto del proceso sucesorio. Competencia. Fuero de atracción. La apertura del proceso sucesorio. Arts. 2339 y 2340 del C.C.C. El administrador judicial de la sucesión. El inventario y avalúo. La partición. Cesión de herencia: arts. 2302/2309 del C.C.C. INICIO: Jueves 20 de agosto de 2015 de 18:00 a 19:30 horas 15 clases semanales.-. LUGAR: Dependencias del Juzgado Civil y Comercial N 3 de la Ciudad de Corrientes. DESTINATARIOS: Personal del Juzgado Civil y Comercial N 3. REGULARIDAD: 90% de asistencia. EVALUACION: Teórico-práctica. INSCRIPCION: Dependencias del Juzgado Civil y Comercial N 3.

II- CAPACITACION DE LA FISCALIA DE INSTRUCCIÓN N 1 TALLER: GESTION DE LA FISCALIA DE INSTRUCCIÓN N 1. ORGANIZACIÓN. CAPACITACION COORDINADOR: Dr. BUENAVENTURA DUARTE INSTRUCTORES: Dres. BUENAVENTURA DUARTE HUGO FRANCISCO GARCIA MA. LIA DESIMONI MARIA JOSE BARRERO. PROGRAMA: 1 CLASE: Funciones de la Fiscalía de Instrucción: Normativa vigente (Decreto Ley 21/00, Constitucion Nacional, marco de los Tratados del Código Procesal Penal de Corrientes. 2 CLASE: Competencia de las Fiscalías Correccionales y de las Fiscalías del Tribunal Oral Penal. Perfil del empleado. Perfil del Secretario. Perfil del Fiscal de Instrucción. GESTION: EL TRABAJO EN EQUIPO LA PARTICIPACION ACTIVA DEL PERSONAL. 3 CLASE: Atención al público: identificación de problemas. Atención telefónica. Recepción de Denuncias. Diligencias Previas. Orientación de la investigación. Requerimiento de Instrucción Formal. GESTION aplicación: Participación del personal en etapa preliminar. Durante el turno. Aportes para una mejor distribución del trabajo. 4 CLASE: Mesa de Entradas: Funciones. Tareas a cargo. Expedientes iniciados en Fiscalía: Creación de Expediente por sistema. Instructivo paso a paso para su creación física y sistemáticamente. Registración en sistema. Recepción de Documentación Archivo y Conservación de documentos, de elementos, etc. Envíos de Expedientes. Trabajo grupal: colaboración, rotación de tareas. Trabajo Individual: Análisis del Expediente. Entidad del delito. GESTION: Sistema de Ficheros: Causas complejas y de connotación social. 5 CLASE: Art. 207 del C.P.P. Solicitud de diligencias en expedientes en trámite. Orientación de la investigación. Impulso Procesal. Control de diligencias. Cuestiones de Competencia. GESTION: Confección del Instructivo interno. 6 CLASE: Prescripción. Criterios. Archivo: Inexistencia de delito e Imposibilidad de Proceder. GESTION: Confección del instructivo interno. 7 CLASE: Entrega de elementos. Casos prácticos. Solicitud de Testimoniales. Pliegos de Preguntas. Menores imputados víctimas testigos: formalidades en cada caso. Redacción. GESTION: Confección del instructivo interno. 8 CLASE: Eximición y Excarcelación de prisión. Casos prácticos. Casuística jurisprudencial. Criterio Cámara de Apelaciónes en lo Criminal de la provincia. 9 CLASE: Estadísticas. Seguimiento de los Procesamientos. Requerimientos de Elevación a Juicio. Apelaciones, Faltas de Mérito, Sentencia en TOP. GESTION: para mejorar rendimiento y funcionamiento en base a las estadísticas. Propuesta de Dani Cano de controlar las Notificaciones Simples. 10 CLASE. Evaluación Práctica. INICIO: Miércoles 19 de agosto de 2015 de 18:00 a 19:30 horas DICTADO: 10 Clases días Miércoles y Viernes de 18.00 a 19.30 horas LUGAR: en sede de Fiscalía de Instrucción N 1. DESTINATARIOS: Personal de Fiscalía de Instrucción N 1. REGULARIDAD: 90% de asistencia. EVALUACION: A determinar por el Coordinador. INSCRIPCION: Martes 18 de agosto en Fiscalía de Instrucción N 1. III- CAPACITACION DEL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N 1 TALLER: EL PROCESO DE APREMIO. LA PRUEBA.

COORDINADORA - INSTRUCTORA: Dra. ELSA RODRIGUEZ DE FERREYRA PROGRAMA: MODULO 1: El proceso, conceptos básicos. Clases. Proceso de conocimientos de ejecución. Ubicación del proceso de apremio en la clasificación y características específicas del mismo. Competencia. Organización de los juzgados de acuerdo a la competencia. Normas que determinan la competencia del juzgado de apremio. Casos en los que opera la incompetencia. TRABAJO PRACTICO: Recaudos a tener en cuenta para evaluar los expedientes ingresados al juzgado y los supuestos en que se genera la incompetencia. Proveídos de trámite. Material de información. Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia. Código Fiscal. Acordadas del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes. Doctrina. Material de Trabajo: expedientes en trámite. MODULO 2: El proceso de apremio. Concepto. Objeto y características. Partes del proceso. La demanda. Requisitos de admisibilidad extrínsecos e intrínsecos. Las partes. Títulos que se ejecutan. Contingencias que se suscitan en el proceso a partir de la presentación o no del demandado. TRABAJO PRACTICO: Pautas para su exámen y control de documentación para la primera providencia de trámite. Providencias de trámite a dictar según las contingencias generadas en la causa hasta la evaluación de la prueba. Material de información: Código Fiscal. Acordadas del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes. Doctrina. Material de Trabajo: Expedientes en trámite. MODULO 3: La Prueba. Normas del Código Fiscal para su admisión. La supletoriedad del Código de Procedimientos Civil y Comercial. Pruebas admitidas. Criterios de evaluación acerca de su pertinencia. Oportunidad de su ofrecimiento y producción, según sea la parte que lo ofrezca. De la cuestión de puro derecho. Material de información: Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia. Código Fiscal. Acordadas del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes. Doctrina. Material de Trabajo: Expedientes en trámite. TRABAJO PRACTICO: Estudio de expedientes y pautas para ordenar la producción de pruebas. Providencias de trámite. Códigos a utilizar. Supuestos. INICIO: Lunes 10 de agosto de 2015 de 17:00 a 19:00 horas CARGA HORARIA: 5 clases semanales. LUGAR: Dependencias del Juzgado Civil y Comercial N 1 de la Ciudad de Corrientes. DESTINATARIOS: Personal del Juzgado Civil y Comercial N 1 y Público en general. REGULARIDAD: 90% de asistencia. EVALUACION: A determinar por instructora. INSCRIPCION: Lunes 10 de agosto en Dependencias del Juzgado Civil y Comercial N 1. IV. TALLER DE CAPACITACION: LIBROS REGLAMENTARIOS Y ESTADISTICAS. Sistema SIGIAJ IURIX- SECRETARIA JURISDICCIONAL N 2 INSTRUCTORES: Lic. ERIKA DEMCHUM - Informática Prog. WALTER PIRIZ - Informática DURACIÓN: 3 hs. OBJETIVO: Profundizar los conocimientos en el Sistema SIGIAJ IURIX DESTINADO A: Secretaría Jurisdiccional Nº 2 DÍA: miércoles 12 de agosto de 2015 HORA: 17 hs.

LUGAR: Salón de Conferencias de TICs Dirección de Informática (Planta Baja) PROGRAMA: MODULO I. LIBROS 1. Libro de Mesa de Entradas Confección Previsualización Consideraciones Expedientes Ingresados 2. Libro de Índice de Personas Búsquedas 3. Libro de Préstamos a Profesionales Confección Previsualización Consideraciones Préstamos Pendientes 4. Libro de Llamamientos de resoluciones y sentencias Confección Previsualización Consideraciones Vincular actuación de cierre a un llamamiento Reanudación Llamamientos Pendientes 5. Otros Libros de llamamientos Listado de expedientes con llamamiento de autos para Resolver a Estudio de los Ministros (Autos_Interlocutorios) Listado de expedientes con llamamiento de autos para Sentencia a Estudio de los Ministros (Autos_Sentencia) Listado de expedientes con llamamiento de autos para Resolver por fuero (Autos_Interloc_Fuero) Listado de expedientes con llamamiento de autos para Sentencia por fuero (Autos_Sent_Fuero) Listado de expedientes con llamamientos a Estudio de los Ministros (Autos_Ministros) Confección Previsualización Consideraciones 6. Libros de Protocolos Confección del Índice Previsualización del Índice Consideraciones MODULO II. ESTADÍSTICAS 1. Estadísticas Expedientes Ingresados por fuero Resoluciones Judiciales

2. Catálogo de Actuaciones 3. Catálogo de Materias 2- DIFUSION DE EVENTOS: I. El Director Académico de la Carrera de Maestría en Ciencias Penales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la UNNE, INVITA al 5to. SERMINARIO INTERNACIONAL PROFUNDIZADO DE DERECHO PENAL, que se llevará a cabo en esta ciudad los días 15, 16 y 17 de Octubre de 2015, con la presencia de destacados juristas europeos y latinoamericanos. Informes e Inscripción: Of. Maestría en Ciencias Penales Dirección de Posgrado Salta Nº 459 Corrientes (0379)4425283, int. 133 / 4422646 / 154732071 / 154689957 maestriacienciaspenales2@hotmail.com De lunes a viernes de 7 a 14 hs. y de 17 a 20 hs. II. El Decano Organizador Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Universidad de la Cuenca del Plata, invita a los Magistrados, Funcionarios y Empleados Judiciales al evento de extensión denominado: DESAFIOS ACTUALES DEL SISTEMA JUDICIAL: El acceso a la Justicia en el Siglo XXI que se llevará a cabo el día 14 de Agosto del presente año a las 17 horas en el Salón Auditorio de la citada Casa de Altos Estudios, con el objeto de poner en debate los desafíos actuales que se presentan al sistema judicial. Oportunidad en el que la Facultad presentará a la comunidad jurídica la Diplomatura en Gestión Judicial y la Diplomatura en Recursos, Acciones y Procesos Constitucionales, posgrados que, estará bajo la dirección de los Dres. Mario Silvio Fera y Roberto Miguel Ángel Saggese, respectivamente. Informes: -Extensión Universitaria U.C.P.: Lavalle 50. Corrientes. Capital -TEL: (379)4434424/4436309/4436235. Int. 146 -mail: extension@ucp.edu.ar extensioninforma@ucp.edu.ar -Facebook/cuenca del plata 3. LA FISCALÍA GENERAL. Comunica: A través de la Resolución N 15 del 11 de agosto de 2015, la realización de las XXVIII JORNADAS NACIONALES DE LOS MINISTERIOS PÚBLICOS en el que se