27º Congreso de JpD Informe de la Comisión de Igualdad de Género



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COMISIÓN DE IGUALDAD.- CRÓNICA Como es obligación, hemos venido dando cuenta de las actividades de la Comisión en los Comités Permanentes. Para este Congreso, consideramos de interés mencionar algo de lo andado en dos cuestiones, controvertidas en la Asociación, JpD, pero que no por ello se han de aparcar en el debate y posicionamiento. LENGUAJE.- En el Congreso celebrado en Albacete planteamos la necesidad de cuestionar el lenguaje como otro más de los modos y medios que inciden en mantener la situación de desigualdad entre hombres y mujeres. A pesar de que nuestra propuesta no fue aprobada, no creemos que exista discrepancia en asumir que el modo en que se dicen las cosas, se nombra a las personas, se califica, nos dirigimos a importa, tanto desde la perspectiva de quien recibe la palabra y el mensaje, como desde quien lo emite. Los estudios y análisis que existen al respecto son múltiples, variados e incluso diversos, lo que evidencia el interés del modo de hablar y escribir. En todo caso, el aspecto que se planteó en Albacete desde esta Comisión, es uno más de los múltiples ángulos del siempre apasionante mundo del lenguaje: entonces (y ahora) no referimos a lo que no se dice, lo que no se nombra Todo lo que tiene nombre dicen que existe, y si existe y está, habrá de nombrarse. Invisibilizar a una persona, omitir su existencia y su presencia es una muestra de desprecio. Podremos y habremos de discutir cómo se dirá, cuál es el modo más ágil a la vez que efectivo para visibilizarnos, pero el debate está ahí y no queda sino seguir en él hasta dar con una fórmula que, derivada del consenso, nos satisfaga. Porque no nos vemos detrás del género masculino gramatical. El lenguaje evoluciona y el debate en el punto de que el modo de hablar y escribir ha de visibilizar a las mujeres, está abierto. Sus efectos trascienden la mera cuestión de corrección gramatical, y si bien es cierto que cualquier cuestión (también ésta) ha de analizarse y valorarse por sus contenidos, no por quién la plantee, nos congratulamos de que, en los últimos meses, haya existido una proyección pública de un tema que lleva años de examen, propuestas, etc..en la Comisión se ha leído y opinado sobre las valoraciones del Académico Ignacio Bosque (no es la primera ocasión en que divulga su posición) y de las respuestas de prestigiosas Filósofas, Sociólogas y Lingüistas Seguiremos tratando de que nos veáis, que sepáis que las mujeres también somos juezas y magistradas, de que no dejéis que nos perdamos tras el género gramatical masculino, y por eso nos congratula que en el Comité Permanente de

Zaragoza, el Secretariado asumiera actualizar los Estatutos, haciéndonos visibles también a las asociadas. No queremos finalizar este punto sin dejar constancia de que hemos observado un avance (desde esta perspectiva que indicamos) tanto en los comunicados e intervenciones públicas del Secretariado en nombre de la Asociación JpD, como incluso en muchos de los correos e intervenciones en debates en el foro de esta asociación y sus diversas comisiones. El camino hacia la igualdad real y efectiva es largo, lleno de tropiezos y retrocesos, pero queremos seguir avanzando y en ello estamos, y en ese camino tiene importancia crucial la palabra, la descripción, el lenguaje..y quién, cómo y cuándo decide la adecuación ( corrección?) entre la palabra y lo que queremos decir con ella. Únicamente la Academia? JORNADA DEL 23 DE MARZO sobre TRATA DE SERES HUMANOS.- Con ocasión de la celebración, en otoño pasado, de un encuentro entre miembros de la Comisión de Igualdad, se planteó la necesidad de abordar el examen de una cuestión también pendiente y difícil: la prostitución. En su momento hubo un intento de dar con una posición de la Asociación, pero por varias razones no fue posible. Es un tema con aristas, pero esto es precisamente lo que lleva a considerar necesario un análisis sereno y desde diferentes ámbitos del derecho. De este modo, la jornada de reflexión que se indica en el título fue propuesta por esta Comisión, pero se llevó a cabo con la participación de las Comisiones de Penal y Social. Partiendo de que la trata de seres humanos no se realiza únicamente con fines de explotación sexual, sí aparecen dos elementos contrastados en los datos disponibles: 1.- que la mayoría de los negocios de prostitución se nutren de personas tratadas, y además que, en cada centro de consumo de sexo las mujeres tratadas son mayoría; 2.- que las personas tratadas son mayoritariamente mujeres, y en número importante, menores de edad, o en el umbral de la mayoría de edad. Esta constatación lleva a que sea la Comisión de Igualdad la que tome la iniciativa para reflexionar en un tema relacionado con la explotación y violencia contra las mujeres cuando son víctimas u objetos de la trata. Indicar, brevemente, que expusieron sus datos y puntos de vista: Antonio Vega, Comisario del Cuerpo Nacional de Policía; Miriam Cugat, Profesora Titular de derecho Penal; Beatriz Sánchez Álarez, Fiscal Delegada de Extranjería en Madrid; Teresa Conde- Pumpido, compañera de la Asociación; y Matilde Aragó, también compañera (exasociada). No se pretende resumir, sino reseñar los puntos de mayor interés para conocimiento de quienes no pudieron acudir a la actividad (participamos unas 30

personas) esperando que igualmente las Comisiones de Penal y Social aporten su visión de aquello que más trascendente resultó a sus miembros: 1.- Los datos con que cuenta la policía se refieren a trata de seres humanos con fines de explotación sexual.- La modificación operada en el C. Penal (entrada en vigor de la L.O.5/2010, art.177 bis) es reciente y ello determina que la cuantificación de trata con otros fines contenidos en tal tipo penal (además del fin de la explotación sexual, la laboral, extracción de órganos..y su referencia a otros delitos) se está comenzando a realizar. Con carácter general, se estimó que, tanto la previsión contenida en este tipo penal (117 bis) como la pervivencia de otros tipos (art. 318 bis CP; 313.) serán suficientes para responder al fenómeno, a pesar de los problemas concursales que pueden generar. No es el problema la formulación teórica, sino la respuesta en la práctica. 2.- La trata con fines de explotación sexual, es un negocio que genera enormes beneficios económicos (se dice que el segundo en volumen de negocio el mundo). Difícil de cuantificar, siquiera desde cifras estimativas. Cuenta con una sofisticada organización desde la captación de la persona por los medios descritos en el tipo penal, hasta su utilización final como objeto de la trata. Ello dificulta la respuesta penal puesto que, para su represión, no se cuenta con medios parejos a los que disponen los delincuentes para su delito. A ello se une que, en muy pocas ocasiones se consigue lo que afecta e importa al sujeto activo del delito de trata: localizar y aprehender los beneficios económicos que genera. Perplejidad que causa la constatación de que, en España, los empresarios de la trata (básicamente los que se dedican a la explotación sexual) son conocidos y están localizados, sin que les alcance la respuesta prevista en el tipo penal, que habría de serles de aplicación. En la necesidad de actuar contra los efectos económicos de la trata, cobra relevancia el debate de cómo proceder respecto a los consumidores de prostitución, que conocen que están contratando (con el tratante o sus agentes) sobre una persona tratada. 4.- En la línea apuntada de las dificultades para responder, desde las estructuras del Estado, al fenómeno de la trata, hubo una exposición detallada sobre las especifidades que requerirá la instrucción penal, con concreta referencia al testimonio de la persona tratada como fuente de prueba. Además de que las expertas pusieron de manifiesto el efecto que la trata provoca en las personas tratadas (desestructuración de todo tipo y lesiones psíquicas de la entidad de las víctimas de torturas prolongadas en el tiempo) tal efecto determina que, salvo contadas excepciones, no actuarán contra el tratante, y mantendrán que el viaje, el trabajo (sexual, pero también de otro tipo) habitar en locales administrados por el tratante, etc,..es voluntario, lo que lleva a la dificultad de probar que el consentimiento ha

sido obtenido recurriendo al uso de la fuerza, la amenaza, rapto, coacción, fraude, engaño, abuso de poder, situación de vulnerabilidad.. etc, en suma, conductas del sujeto activo que constriñen la voluntad de la persona tratada convirtiéndola en mero objeto Esa dificultad en el acopio de datos para imputar un delito de estas características exige una preparación específica de los agentes (policía judicial, fiscales.) en razón de la aportación al proceso de los elementos que tienen relevancia como indicios de la existencia de la trata. 5.- Se expusieron los datos que evidencian las dificultades para la aplicación de los protocolos para la protección a las víctimas de trata, por la extrema vulnerabilidad de estas personas y sus familiares (en lugares de origen sometidas a control, chantaje y violencia de todo tipo por parte de los tratantes). 6.- Se expuso las razones por las que resulta imposible asumir la relación entre tratante y tratada como contrato de trabajo, no únicamente porque falta el consentimiento, sino porque en derecho laboral, todo contrato que se lleve a cabo violentando derechos básicos de la persona, es nulo. 7.-Uno de los temas de mayor complejidad relacionado con la trata, pero también con la posición de las personas que ejercen actividades habitualmente relacionadas con la trata de seres humanos, es el consentimiento desde diversas variantes, no únicamente desde el examen de las circunstancias concurrentes y cuestionamiento del testimonio de las personas tratadas como fuente de prueba. No únicamente desde el planteamiento de que la continuidad, en el tiempo y en el espacio, de los hechos violentos hacia sí y su familia, transforma la actitud de la persona tratada, convirtiendo en aquiescencia lo que no existió; en asentimiento la oposición; y en resignación la impotencia, desconfianza y miedo. Además de estos aspectos, resultó de gran interés la exposición de las cuestiones que suscita el objeto del consentimiento: el cuerpo humano como mercancía; en el todo o en sus diversas partes. Disponibilidad por quien es sujeto de derechos y que está en ese lugar (el cuerpo); disponibilidad por alguien ajeno que contrata ese objeto (el cuerpo o alguna de sus partes; su utilización) con una tercera persona. El actual sistema de valores y de relación ha reducido todo a relación patrimonial: Todo es evaluable económicamente, luego todo puede ser objeto de transacción. Libertad, dignidad (también ligada a la corporeidad) igualdad...límites e intervención del Estado en la regulación e injerencia en aquellas actividades que pueden considerarse nocivas para los valores básicos de que es detentadora la persona, el ser humano. Los aspectos reseñados en este último punto guardan relación con la cuestión del CONSENTIMIENTO, campo que merece una exploración en mayor profundidad y

desde ámbitos diversos, lo que llevará a concretar una propuesta de jornada para escuchar posiciones de diversas personas, y desde disciplinas varias. Para Valencia, mayo de 2012