PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE CENTRALIZACIÓN DE ALARMAS DE LA AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. EXPEDIENTE Nº 107000668 00
ÍNDICE ÍNDICE... 2 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.... 3 1. OBJETO.... 3 2. ÁMBITO... 3 3. ALCANCE DE LOS TRABAJOS.... 3 4. NORMATIVA APLICABLE... 6 5. PLAZO DE EJECUCIÓN.... 7
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. 1. OBJETO. El objeto del presente Pliego es describir, enumerar y especificar las prescripciones técnicas que han de regir este contrato de servicios y los trabajos precisos para la Administración, Gestión y Mantenimiento del Sistema de Centralización de Alarmas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 2. ÁMBITO. Los servicios propios de este contrato se desarrollarán tomando como lugar habitual de trabajo el Centro de Recepción de Alarmas, ubicado actualmente en la sede del Departamento de RR.HH. y Administración Económica de la A.E.A.T., calle Lérida, 32-34 de Madrid. No obstante, cuando resulte necesario para desarrollar las funciones propias de este servicio, se realizarán desplazamientos por todo el Territorio Nacional hasta los lugares de ubicación de la A.E.A.T. protegidos por el Sistema de Seguridad de la Agencia. 3. ALCANCE DE LOS TRABAJOS. La Empresa adjudicataria prestará el servicio aportando los recursos humanos y materiales adecuados para el ejercicio de las tareas que se describen a continuación; para lo que necesariamente deberá poner a disposición de la A.E.A.T. una persona, con titulación mínima de Formación Profesional de II grado, en electrónica o informática, de manera permanente, con competencia suficiente para responsabilizarse de las actividades incluidas en el servicio previsto, cuya jornada laboral se adaptará a la de la A.E.A.T., y con disponibilidad total para realizar cuantas actuaciones resulten precisas para la permanente operatividad del Sistema, incluidos cuantos desplazamientos por el Territorio Nacional resulten necesarios para gestionar el Sistema, incluyendo los que requiriesen la resolución de las averías que pudieran presentarse en los Sistemas de 3
Centralización existentes en los edificios, o la modificación de los parámetros de funcionamiento de los Sistemas ya implantados. La persona designada para la prestación del servicio deberá conocer perfectamente la programación y gestión operativa de las centrales de alarma modelos: - Galaxy - Sintony - Nx-8 - Algorinet La empresa adjudicataria deberá prever, sin coste adicional, un plan de formación continua para mantener a esta persona sus conocimientos técnicos actualizados en relación a los avances tecnológicos que se puedan implementar en los sistemas existentes en la C.N.R.A. Las tareas a realizar serán cuantas se desprenden del ejercicio de las siguientes funciones generales previstas para el servicio:. A) TAREAS PARA LA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN GENERAL DEL SISTEMA. Dirección Técnica del Centro de Recepción de Alarmas, incluyendo también en esta función el control de las actuaciones realizadas por los Operadores ante las señales de alarma recibidas y las causas de las mismas, en orden a proponer cuantas medidas de orden técnico u operativo convenga emprender para el adecuado funcionamiento del Sistema Integral de Seguridad de la Agencia. Configuración de los parámetros de funcionamiento de las instalaciones del Sistema destinadas a la transmisión y recepción de alarmas, tanto para su actualización como para su puesta en marcha. Asesoramiento técnico a las empresas instaladoras y mantenedoras de las instalaciones de seguridad adscritas al Sistema de Centralización de Alarmas. Puesta en marcha de las instalaciones de seguridad de los edificios, incluyendo los desplazamientos que pudieran resultar necesarios. 4
Propuesta del funcionamiento operativo de las instalaciones de seguridad de los edificios conexas al Sistema de Centralización de Alarmas, realizada a los responsables de la protección de los mismos. Formación de los usuarios del Sistema, mediante remisión de documentación, comunicación telefónica o durante los desplazamientos realizados para la revisión de los sistemas. Análisis del funcionamiento técnico y operativo del Sistema, efectuando el seguimiento de las señales transmitidas por la Centrales instaladas en los edificios, para determinar sus causas y, en su caso, corregir las anomalías que se debieran al mal funcionamiento de los equipos, a su inadecuada parametrización o al uso realizado por el personal vinculado a los edificios. Seguimiento técnico de las actuaciones de mantenimiento preventivo y correctivo de los Sistemas de Centralización de las Instalaciones de Seguridad dispuestas en los edificios de la Agencia, así como de las mismas prestaciones para los Centros de Control y Supervisión de Alarmas, desarrollando todas las actividades precisas para conseguir la operatividad permanente de los Sistemas de Centralización, Transmisión y Recepción de Alarmas, incluidas las destinadas a controlar y exigir la buena y pronta ejecución de las prestaciones a realizar por las empresas encargadas de la ejecución material de dicho mantenimiento. B) TAREAS PARA LA DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN TÉCNICA DE LA EJECUCIÓN DE LAS NUEVAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD. Asesoramiento a las empresas instaladoras en cuanto concierna a la ejecución de las instalaciones a realizar para la centralización de los Sistemas de seguridad y protección contra incendios a establecer, incluido lo referente a la transmisión de señales hasta los Centros de Control y Supervisión de Alarmas. 5
Asistencia a las Reuniones de Lanzamiento y a las Comprobaciones del Replanteo de los Proyectos de Instalación a que fuera convocado, de las que redactará los documentos que reflejen los acuerdos establecidos. Seguimiento y control de la ejecución de las instalaciones realizadas, recopilando y revisando la documentación generadas relativa a las mismas. Realización de la configuración y parametrización inicial de los Sistemas de Centralización incluidos en dichas instalaciones. Respuesta puntual telefónica a los eventos que se produzcan fuera de horarios laborales y para lo que se le deberá dotar de un teléfono móvil. Por esta actividad extraordinaria percibirá un plus mensual de 220 4. NORMATIVA APLICABLE. Los servicios a prestar, se llevarán a cabo por el adjudicatario con arreglo a lo previsto en el presente pliego de condiciones técnicas y aplicación de la legislación en vigor que regula esta materia, en especial la Ley de Seguridad Privada, (Ley 23/92 de 30 de Julio) y Reglamento de Seguridad Privada (Real Decreto 2364/94 de 9 de Diciembre) y demás normativa de desarrollo. 6
5. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución de este servicio será de veinticuatro meses, desde 1 de septiembre de 2010 al 31 agosto de 2012 o desde el día siguiente a la formalización del contrato, si ésta se produce con fecha posterior a 01-09- 2010. EL JEFE DEL ÁREA DE SEGURIDAD Este documento es firmado electrónicamente en la fecha y forma que figuran al margen superior del documento. 7