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~~~ LEII/,j'.fl;> "'I.,,tO{)s"t~.. (..,... <f'~t-c'~ Go:I F-."" "(1- q: i:j "'n III~\ <;;, ~ 1 í DIP. MANUEL ALEJANDRO ROBLES GÓMEZ PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL PRESENTE Honorable Asambl El Diputado, Orlando Anaya González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal VI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17 fracción VI, de la Ley Orgánica; y 133 del Reglamento para el Gobiemo Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración del Pleno de este Órgano de Legislativo, la presente proposición con PUNTO DE ACUERDO ----- POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 1\ CREAR EL INSTITUTO DE LA DIABETES, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la diabetes es "una enfermedad crónica que aparece cuando el páncreas no produce insulina que

~~~ LEII/~.~ :'> "",lilas, ~, '<.",...o~~ "o ~ c.,. :" -r" oq':: "'D ~L~~ procede. La insulina es una hormona que regula el azúcar en la sangre. El efecto de la diabetes no controlada es la hiper glucemia (aumento del azúcar en la sangre), que con el tiempo daña gravemente muchos órganos y sistemas, especialmente en los nervios y los vasos sanguíneos). Asimismo, dicha organización estima que en el mundo hay más de trescientos cuarenta y siete millones de personas con diabetes. También se calcula que mueren aproximadamente 1.5 millones de personas como consecuencia del exceso de azúcar en la sangre. Ahora bien, en cuanto al Distrito Federal se refiere, se estima que hay seiscientas treinta mil personas que viven con diabetes. De igual forma, el 59% de la población capitalina tiene sobrepeso u obesidad. No omito mencionar que en la ciudad de México la diabetes constituye la segunda causa de mortalidad y cada vez mayor número de infantes desarrolla diabetes tipo 2.

~~~ LE6/,r..~ ~,1'o1[)OS "1~: ~..,... ~,~.Ij!,~ Co:t,,-'" "'(1_ C(!:J'"» "S:P Debido a la diabetes, nueve mil doscientas cuarenta y seis personas perdieron la vida en 2012; dicha situación representa una tasa de 1 03.8 por cada cien mil habitantes. La enfermedad ha tomado gran relevancia en la ciudad, y la preocupación es tan grande que en agosto del 2013 se publicó la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal. El artículo 56 de esta ley, establece que a efecto de realizar objetivos, programas, y proyectos se crea el Instituto de la Diabetes, dependiente de la Secretaría de Salud, y que la función principal de dicho órgano sería la de coordinar todas las acciones relacionadas con la educación, prevención, detección temprana, diagnóstico integral, tratamiento efectivo, prevención de complicaciones y técnicas modernas de tratamiento de toda la Diabetes. En noviembre del 2013, el Secretario de Salud del Distrito Federal, en atención al marco legal publicado, anunció la creación de dicho instituto, que evidentemente debería de realizarse mediante un decreto del Gobierno del Distrito Federal; el

~~~ LEB/,r..~...,\<,(I0S.1'e :(~... é'~i;.('~ Co)'.,.'" -r" qi:j"'o,9..,:10 artículo Transitorio QUIINTO del decreto por el que se expide la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes del Distrito Federal, establece que se debe de expedir un reglamento del Instituto de la Diabetes por el Jefe de Gobierno con un plazo no mayor a tres meses, a partir de entrada en vigor de la ley. Hasta el día de hoy, podemos observar que ni el reglamento, ni el propio Instituto de la Diabetes han sido creados por medio de las autoridades correspondientes del GDF. En virtud de la cifra tan alta de capitalinos que sufren diabetes, y de la tasa de mortalidad que representa en nuestra ciudad dicha enfermedad, es sumamente importante que se emprendan las medidas necesarias para crear el Instituto de la Diabetes, y que se expida de manera urgente el reglamento del órgano multicitado. CONSIDERANDOS

~~~ LEI1I,r. _... ~ \.,~I\lOS.I i" (-9 ~ ".:~ ~ ~t..,'?,p ~.~<;,.'" '" oqi2'.n~ PRIMERO.- Que de conformidad con el artículo 17 fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, es derecho de los Diputados presentar proposiciones y denuncias. SEGUNDO.- Que de conformidad con el artículo 18 fracción VII de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, es una obligación de los Diputados representar los intereses de los ciudadanos y promover y gestionar la solución de los problemas y necesidades colectivas ante las autoridades competentes; TERCERO.- Que el artículo 56 de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal, establece que para contribuir en la realización de objetivos, programas, proyectos y finalidades del tratamiento de la diabetes, se crea el Instituto de la Diabetes, dependiente de la Secretaría de Salud, y tiene como principal función coordinar todas las acciones relacionadas con la educación, prevención, detección temprana, diagnóstico integral,

~"" LEC/,r. +~!O",,:UUO.<;.If~'. ~-? ",.o~",('>~ c.:ii ir "rt. oq'fj"'mp,,'?,p tratamiento efectivo, prevención de complicaciones y técnicas modernas de tratamiento de todas las Diabetes. CUARTO.- Que el artículo CUARTO transitorio de dicha ley, señala que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, tiene la facultad de crear los órganos de la Administración Pública Centralizada o Desconcentrada necesarios para operación de las obligaciones y el respeto a los derechos humanos. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración del pleno de esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE EXHORTA AL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, A QUE CON BASE EN SUS ATRIBUCIONES, EXPIDA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE LA DIABATES DEL DISTRITO FEDERAL.

c' ~~~ LEII/,r..~ 'S:UllOS,~. ~.., (,o:j: ~é'. (>~ ~ 'Tt.. q:'i:1"'nq,",,'il,\p SEGUNDO,- SE EXHORTA AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, A QUE IMPLEMENTE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA CREACiÓN DEL INSTITUTO DE LA DIABETES. Dado en el Recinto Legislativo, nueve de abril de 2014.