LOS USUARIOS DE LA INFORMACIÓN JUDICIAL Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS



Documentos relacionados
Acceso a la Información Judicial y Nuevas Tecnologías

SISTEMA InfoSGA Manual de Actualización Mensajeros Radio Worldwide C.A Código Postal 1060

Notificaciones y Presentaciones Electrónicas en portal Web

GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES

Reporte de proyectos Dirección General de Informática

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

**NOTA** las partes tachadas todavía no están escritas, se ira actualizando poco a poco el documento

GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Para tener una visión general de las revistas de estadística, ir a:

Manual de uso para autoadministrar Pixtoome

Plan Estratégico Social Media

LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER:

SISTEMA DE APARTADO DE SALAS PARA EVENTOS

PROCEDIMIENTO 082: AUTORIZACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE PÁGINAS WEB AL PORTAL ELECTRÓNICO DEL GOBIERNO

Nuevo Esquema de Emisión de Comprobantes Electrónicos

CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Internet como herramienta de apoyo en la captación de clientes

UTILIZACIÓN DE UNA CUENTA DE CORREO ELECTRÓNICO (NUEVO) Acceso al correo electrónico

Menús. Gestor de Menús

Localización de clientes

II PLAN PROPIO DE DOCENCIA

Informe de Labores www-pgr.gob.sv -194-

SEGUIMIENTO EDUCATIVO. Comunicaciones

ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002).

Guía de usuario web. [EL RECUERDO DE LA TIERRA Y EL AMOR A NUESTRA VIRGEN DEL MAR]

PREGUNTAS Y RESPUESTAS: Derechos de los pacientes en materia de asistencia sanitaria transfronteriza

Carteleras. Elaborar una agenda de conciertos y actividades musicales

La e-capacitación: Estrategia Competitiva

Preguntas Frecuentes. Plataforma ScienTI. Aplicativos CvLAC y GrupLAC

Revisión de ISO 9001:2015 e ISO 14001:2015 Respuestas sobre las nuevas versiones de ISO 9001 e ISO 14001

GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE URBANO. (LIMPIEZA VIARIA, MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES, RESIDUOS URBANOS Y ABASTECIMIENTO DE AGUA)

Marketing aplicado y comunicación

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Sistemas de Calidad Empresarial

Manual del Profesor Campus Virtual UNIVO

Gabinete Jurídico. Informe 0183/2009

JURISPRUDENCIA Y ACTIVIDAD JURISDICCIONAL

INNOVATEUR CAPITAL, A.C. AVISO DE PRIVACIDAD

Cómo crear tu estrategia en las Redes Sociales para dar a conocer tu negocio al mundo

Corte Suprema de Justicia Secretaría General

Gabinete Jurídico. Informe 0346/2008

Itinerario Formativo en Innovación Docente

GESTION DE REQUISICIONES VIA WEB MANUAL DEL USUARIO

Manual de Divulgación y Diseño. Oficina de Comunicaciones FACULTAD DE INGENIERÍA* UNIVERSIDAD DEL VALLE

4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación

Usuarios y Permisos. Capítulo 12

Caso práctico de Cuadro de Mando con Tablas Dinámicas

1 El plan de contingencia. Seguimiento

Guía LEGAL Conectores sociales Y "SOCIAL LOGIN"

PREGUNTAS RECURRENTES ASOCIADAS A LA LEY Nº

PRINCIPIOS, REGLAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

ORIENTACIONES SIMCE TIC

Artículo V522. Introducción a Google Analytics

El muestreo archivístico, que es una de las técnicas de la Valoración Documental, ha sido

Políticas de Derechos de autor

Investigación Cualitativa: Una Reflexión

Manual de Uso Web profesional

Preguntas Frecuentes. Plataforma ScienTI. Aplicativos CvLAC y GrupLAC

Contenidos multimedia para la formación profesional. Autora: Isabel Mª Medina López. Resumen:

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL PARA USUARIOS DE PEARSON EDUCACIÓN DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

PROCEDIMIENTO PARA CONTROL DE REGISTROS DE CALIDAD

ANÁLISIS DE FORMAS DE GESTIÓN EMPRESARIAL PARA EL TRABAJADOR AUTÓNOMO

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

Personal académico responsables de los módulos, materias o asignaturas.

políticas repercuten no solo en el momento que son tomadas, por el contrario siguen

LA APORTACIÓN DEL ARCHIVERO EN LA RELACIÓN ENTRE

Contenido. Curso: Cómo vender por Internet

<SOLICITUD DE CLAVE SAC> MANUAL DE USUARIO

Aplicación Facebook. Introducción Facebook Sitio para acceder a esta herramienta Tutorial Facebook La interfaz de Facebook...

I. Disposiciones generales

-Plan de Estudios- Doctorado en Relaciones Internacionales

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR COORDINACIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS

para compras de menor cuantía La aplicación TeCuento se renueva para las compras menores

CREACIÓN DE UN DEPARTAMENTO DE RELACIONES PÚBLICAS PARA LOS ALMACENES EL CHOCHO Y EL CAMPEÓN

IDENTIDAD DEL TITULAR DEL SITIO WEB

L3 ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS ELECTRÓNICOS

PLANEAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES EN EMERGENCIAS OTRAS REDES PÚBLICAS. Índice 1. INTERNET SERVICIOS DE RADIO BUSQUEDA...

Trabajo realizado por Vicente Soler y José Martí

Orientaciones para documentar experiencias y proyectos innovadores 1

Necesitamos de tu conocimiento y experiencia!

Facultades del Apoderado

MANUAL DE USO DEL SISTEMA INFOMEX PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS HABILITADOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

En primer lugar quiero concretar algo más ambos términos: sistemas de gestión medioambiental y empresa forestal:

POLÍTICAS DE PRIVACIDAD DE LOYALTY

Publicidad en Medios Digitales

Contenido. cursos.cl / Teléfono:

Cómo puede mi organización registrar plazas de trabajo?

Desarrollo Organizacional

Programa 25 Atractivo de la formación UPM

Programa 47 Formación continua para egresados

e) Información de tipo testimonial: cartas, relatos, memorias, autobiogra=ías, etc.

LA PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE LOS CONSEJOS SOCIALES EN LOS CENTROS INTEGRADOS DE FP DE LA COMUNIDAD VALENCIANA


Manual del estudiante

Universidade de Vigo: Píldoras formativas para preparación y realización de videocurrículos PÍLDORA FORMATIVA

ENTREVISTA A JOSÉ LUIS PIÑAR, DIRECTOR DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Capítulo 9. El uso de las TIC por parte de los alumnos, más allá de las aulas

Transcripción:

LOS USUARIOS DE LA INFORMACIÓN JUDICIAL Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS MIGUEL GONZÁLEZ PINO* INTRODUCCIÓN1 El acceso a la información judicial se puede analizar desde distintos puntos de vista, tanto comunicacionales como jurídicos. En este artículo el punto de vista será principalmente comumcacíonal2. Dentro de un proceso de comunicación, que distingue como elementos básicos la fuente informativa, el medio o soporte en el que se registra!a información, el mensaje o contenido y el receptor o destinatario, e! juez es una fuente iníormaliva, ya que genera resoluciones y sentencias, que son mensajes comunicacionales. Estos mensajes deben estar registrados en algún soporte material (papel, fotografía, archivo compuíacional, video, auclio, etc.), a partir del cual se trasmiten a sus destinatarios o receptores a través de una o varias formas de comunicación (entrega personal o comunicación social). Las nuevas tecnologías a las que nos referiremos se sitúan en el plano de los soportes materiales en que se registran las informaciones judiciales y de los medios que se utilizan para su comunicación. A estas alturas ya no podemos hablar solo de soportes tradicionales, como el papel, la fotografía, el audio y el video, y soportes nuevos como Abogado y periodista, profesor de ética y derecho de la información, ex Fiscal del Consejo de Ética de los Medios de Comunicación Social cíe Chile y ex Director de Comunicaciones del Poder Judicial. Actualización de presentación efectuada en septiembre de 2006 en el Primer Seminario Internacional de Acceso a la Información Judicial y Nuevas Tecnologías, organizado por la Suprema Corte cíe Justicia de México. Aunque este comentario no se refiere propiamente al lema, es importante tener presente que en agosto de 2008 se publicó la ley N" 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, la cual en parte se aplica al Poder Judicial. 201

MIGUEL CONZÁI.I:Z PINO el correo electrónico/ la página web o el teléfono celular/ ya que las nuevas tecnologías, mezcladas con las antiguas o dentro de los mismos soportes son cada dfa más. Los blogs, los chats o video chats/ el acceso a bases de datos/ la televisión vía internet/ la radio y la televisión digílal/ el clvci, facebook y sus similares/ los mensajes y el correo electrónico vía celular, son algunas de las múltiples alternativas que ofrecen las nuevas tecnologías de la información. A fin de valorizar adecuadamente el uso de estas nuevas tecnologías en el ámbito de la información judicial/ es necesario tener presente que no todos los soportes ni todos los medios de comunicación son idóneos para registrar o trasmitir toda clase de mensajes comunicacionales: para distintos tipos de mensajes son mejores unos medios que otros. Por ejemplo/ la mayor precisión desde el punto de vista jurídico se puede obtener a través de un mensaje escrito/ pero el mayor impacto emocional lo entrega el mensaje audiovisual. El mensaje más instantáneo y a la vez preciso es el que se envía por medios electrónicos/ pero aún resulta ser el más vulnerable a la intervención o falsificación. Para abordar el tema/ lo haremos desde el punto de vista de los destinatarios de la información, especialmente los medios de comunicación social, los académicos, los usuarios y el público en general, señalando cuál puede ser el aporte de las nuevas tecnologías para mejorar la calidad de su recepción. Existen oíros puntos de vista para valorizar el acceso a la información judicial o el aporte tecnológico, como por ejemplo el tipo de resoluciones que emanan de los tribunales (jurisdiccionales/ administrativas, económicas, de política judicial, reglamentarias/ etc.). En este aspecto/ hay que distinguir entre mensajes jurisdiccionales (resoluciones de los tribunales en ejercicio de su potestad judicial) y el resto de sus decisiones, en materia administrativa/ reglamentaria, ere3. Lo anterior es muy importante a la hora de valorar el grado de acceso a la información judicial, en relación con la que proporcionan otros orga- J Oiro punto cíe visto es el de la etica informativa. Sobre esle punto puede consultarse el "Manual para Periodistas, ética y derecho". Fundación de la l'rensa, Santiago, Chile 200fi, Capítulo 12: Proceso Judicial e Información. Desde el punto de vista jurídico, puede consultarse el artículo "1:1 acceso a la información judicial en Chile", en hilpr/avww,cejamuricas.org/doc/documenlos/cl-acceso-info-gon7.alc2.pdf 202

OS USUARIOS Df M INFORMACIÓN UDICíAL Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS nismos públicos, en que el tema se centra en las decisiones administrativas, en indicadores económicos, propuestas, sueldos, concursos, etc.4. Creemos que el grado de acceso debe medirse en este caso primordialmente por el acceso a las resoluciones jurisdiccionales, ya que el resto de los temas, en este ámbito, son más bien de interés especializado5. Es importante destacar que no hay que perder de vista la distinción entre acceso a la justicia y acceso a la información de justicia. Es indudable que el acceso a la justicia es prioritario: nada se logra en materia de justicia si todos están muy bien informados sobre las resoluciones judiciales, pero una gran parte de la población no tiene la posibilidad de acudir a los tribunales a buscar solución a sus problemas. También hay que tener presente que el acceso a la información de justicia puede ser activo o pasivo: es activo cuando la institución judicial quiere entregar en la forma más amplia y oportuna una información a toda la comunidad, y es pasivo cuando simplemente se entrega una información solicitada por alguien. Determinar la necesidad de información activa o pasiva, más allá de lo que dispone la ley, es materia de una política de comunicaciones. DESTINATARIOS DE LA INFORMACIÓN Medios de Comunicación Respecto de los medios de comunicación social y su relación con los tribunales me correspondió hablar largamente en el seminario realizado el año pasado en esta fecha6. Para estos efectos, solamente podemos destacar que más que el apoyo de las nuevas tecnologías, para el trabajo con la prensa se requiere un co- El artículo 7" de la Ley N" 20.2ñ5 sobre Acceso a la Información Pública, detalla la información mínima obligatoria que deben publicar los organismos públicos en forma permanente. La ley sobre Acceso a la Información Pública, en su artículo Octavo Transitorio, hace aplicables al Poder Judicial, a través cíe su Corporación Administrativa, las disposiciones de! arlículo 7, sobre antecedentes que los servicios públicos deben mantener actualizados permanentemente en sus sitios electrónicos, entre otros, estructura, funciones y atribuciones, marco normalivo, planta cíe personal y remuneraciones, compras y transferencias de fondos públicos, presupuestos, ejecución y auditoría, etc. Respecto de lo jurisdiccional, sólo obliga a publicar las sentencias definitivas en asuntos de cuantía superior a 500 Unidades Tributarías Mensuales. Ver por ejemplo el artículo "Acceso a la Información Judicial y Medios de Comunicación", en http://wvwv.bibiiojuriclica.org/libros/4/l 646/16.pdf 203

MIGUEL GONZÁLEZ PINO nocimiento y aplicación cada vez más profesional de las tecnologías que ahora ya son tradicionales: la entrega de información instantánea, ya sea personalmente o por vía electrónica, la presencia adecuada en la declaración radial o la imagen televisiva, y las facilidades para que los periodistas hagan uso de las nuevas tecnologías para su información judicial: accesos a internet, facilidades para el uso de enlaces satelitales o vía cable desde tribunales, salidas de audio o de video, etc. Para e! periodismo especializado en justicia, al contrario de lo que pareciera, es más valorada la información mientras esté menos elaborada y sea más cercana a la fuente. En este sentido, una página web judicial solo es valiosa si está en línea instantánea y no diferida, aunque sea menos de 24 horas?. La presencia física en las audiencias públicas y orales ha proporcionado a la prensa un acceso directo a la generación de las noticias judiciales. Sin embargo, no hay que descuidar a los medios que no tienen este personal especializado, a quienes hay que proporcionarles la información elaborada, para lo cual sí el tribunal requiere el apoyo profesional interno para ello (oficinas de prensa o comunicaciones). Finalmente, la elaboración de artículos o programas propios para ser difundidos a través de los medios de comunicación social requiere de la infraestructura tecnológica adecuada, pero no tiene como destinatarios a los periodistas sino al público en general. Académicos La información que requieren los académicos en general no presenta mayores problemas en el ámbito jurisdiccional. Básicamente, se trata de poder reconstruir el proceso judicial que da origen a una sentencia, accediendo a todo el material presentado en el juicio. Tradicionalmente, este material se ha obtenido en forma escrita, a través de fotocopias de los materiales escritos y archivados de los procesos judiciales. El mayor obstáculo en este ámbito lo constituye la deficiente organización de los archivos judiciales tradicionales donde se almacenan los expedientes, los cuales, al menos en Chile, no tienen bases de datos que permitan recuperarlos por temas, nombres o fechas y realizar búsquedas 7 Por ejemplo, las transmisiones en directo de las Sesiones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de México, a través del sitio web http://ww\v.scjn.gob.mx/portalsc)n/, o de su cana! de televisión. 204

LOS USUARIOS DE LA INFORMACIÓN JUDICIAL Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS sistemáticas. La investigación académica se realiza principalmente a través de fuentes secundarias/ como son las revistas de jurisprudencia/ que normalmente solo registran las resoluciones y no el desarrollo de los juicios. Las nuevas tecnologías pueden mejorar notablemente el acceso académico/ proporcionando e! contenido del proceso a través de medios electrónicos, como la página web, envfo por mail, grabación de discos compactos, y en la medida que se incorporen los procedimientos orales, a través de la entrega del audio o video del desarrollo de las audiencias, o la transmisión de éstas directamente a través de la televisión. Sin embargo/ el mundo académico todavía funciona en gran medida a través de los soportes escritos, especialmente en la elaboración y entrega de sus informes/ que si bien finalmente pueden ser difundidos a través de una página electrónica, en su estructura interna y en su presentación conservan las características del mensaje escrito. El énfasis respecto de la información al mundo académico debe ponerse en la fidelidad o rigurosidad con que se reproduce el contenido original. También la clasificación temática cíe los contenidos para su fácil ubicación. Debemos destacar como una valiosa herramienta informativa desde el punto de vista académico, especialmente en lo pedagógico, la transmisión televisiva y electrónica de las audiencias que realiza la Suprema Corte de México. Usuarios o destinatarios del sistema El sistema de justicia presenta usuarios finales e intermediarios, y sus requerimientos son distintos. a) Usuarios intermedios o profesionales Los intermediarios, abogados, fiscales y otros auxiliares de la justicia/ requieren información oportuna/ completa y oficial. Nuevamente aquí la forma tradicional de entregarla es la observación directa del expediente y la copia/ debidamente autorizada, de las resoluciones judiciales y demás diligencias del proceso. Sin embargo, las nuevas tecnologías permiten reemplazar el antiguo expediente escrito por el llamado "expediente virtual", dentro de nuevos procedimientos de tipo oral, con apoyo audiovisual y electrónico. 205

MIGUEL GONZÁLEZ PINO A modo de ejemplo, en un procedimiento normal, dentro de un tribunal de Garantía en Chile, podemos encontrar a un fiscal, presentando una solicitud de audiencia de formalízación de cargos contra una persona determinada, a través del correo electrónico, o, en algunas regiones, directamente en línea a través de un sistema interconectado; la resolución se emite también electrónicamente y se entrega a través del mismo sistema. Una vez que comparece el citado o detenido, y designa un defensor, este último también señala una casilla electrónica para las futuras notificaciones y a través de ella formula las peticiones de audiencias que requiera. La planificación de dichas audiencias se realiza también mediante un programa computacional y se notifica a jueces y partes electrónicamente. La audiencia oral es grabada íntegramente en audio, el juez dicta sus resoluciones y se toma nota en el computador en forma inmediata, salvo las sentencias finales. El contenido de estas audiencias es almacenado en varios respaldos electrónicos, y al término de ésta se encuentra a disposición de los interesados que pueden solicitar copia de estas grabaciones. Algo similar podemos ver en el nuevo procedimiento de tribunales de familia, y pronto en los tribunales laborales. La firma electrónica o digital le confiere el debido respaldo oficial a las resoluciones, pero no es posible acceder a textos autorizados, con firma digital, a través de internet. Las sentencias de muchos tribunales se publican diariamente en la página web del poder judicial, la que sin embargo, no tiene el valor oficial de las notificaciones judiciales, aunque cumple con su rol informativo. El gran temor de quienes aún están estudiando incorporar estos nuevos procedimientos es el de la fidelidad y resguardo de los registros. Existe todavía una gran desconfianza en el almacenamiento electrónico de información. Sin embargo, al menos la experiencia chilena es que usando adecuadamente las tecnologías, se puede lograr un nivel de seguridad igual e incluso superior al del almacenaje escrito, sin contar otros beneficios. Un segundo problema es la falta de adecuación cultural de los abogados (incluyendo jueces) no solo de quienes ya tienen muchos años de ejercicio en el sistema tradicional sino de aquellos abogados más jóvenes que sin embargo han sido formados en universidades con métodos tradicionales y para usar solo las herramientas de los antiguos sistemas. La aplicación de estas nuevas tecnologías en Chile ha ocasionado claramente una división en dos clases de abogados, los que han sido ca- 206

LOS USUARIOS DH LA INFOKMACIÓN UDICIAL Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS paces de adaptarse y los que han preferido dejar estos campos a otros y se han concentrado en aquellas áreas en que aún no se aplican las nuevas tecnologías. También algunas universidades nuevas han obtenido ventajas al incorporar más rápidamente la tecnología a su enseñanza. b) Usuarios finales La situación de los usuarios finales es distinta. Básicamente por su falta de especialización en las materias jurídicas, agravada además en muchos casos por e! desconocimiento del uso de las tecnologías electrónicas. Sin embargo, los interesados directos se benefician también de estas nuevas aplicaciones: a través de las páginas web judiciales pueden ir enterándose directamente de lo que pasa en su caso/ lo que a veces suple la falta de información por parte de sus propios abogados. Lo anterior hace necesario reforzar los aspectos pedagógicos de la difusión judicial: es importante capacitar a la población para entender los aspectos básicos de los procesos judiciales, la forma en que pueden obtener información sobre el desarrollo de os mismos, y también la necesidad de una presentación "amigable" de las páginas web judiciales. En todo caso, más que con la aplicación de las nuevas tecnologías, el acercamiento con los usuarios se produce con la instalación de los procedimientos orales y públicos en los tribunales. Y nada reemplaza a la buena atención personal que se brinda al usuario cuando se presenta al tribunal. Aquí es donde es válido tener presente la distinción señalada al comienzo: estamos hablando del acceso a la información de justicia y no del acceso a la justicia, que tiene sus propios problemas. Público en general El público, el resto de la ciudadanía no involucrado con procesos determinados, accede a la información de justicia principalmente a través de los medios de comunicación social. Es por eso que es gravemente errónea la actitud de algunos jueces que creen hacer un favor personal a los periodistas cuando les proporcionan información, sin tomar en cuenta que se trata de un intermediario, pero no un receptor pasivo, que solicita, procesa y entrega la información al público. 207

MIGUEL GONZÁLEZ PINO Es necesario en este tema recalcar la capacitación de los periodistas judiciales para que sean capaces de interpretar y entregar los mensajes informativos judiciales en la mejor forma posible. Pero el uso intensivo de las nuevas tecnologías en relación con el público debe darse más bien en el ámbito de la difusión. Los medios audiovisuales y electrónicos/ tales como canales de televisión/ discos compactos/ páginas web son actualmente grandes herramientas educacionales. Y lo que más necesita el público para acceder a la información judicial es la posibilidad de entenderla y analizarla/ y eso requiere educación. Y esto es mucho más importante/ desde el punto de vista del público, que el acceso que puedan tener o no a internet para revisar los fallos judiciales. Existe una tendencia/ aún no demasiado extendida, de crear medios propios de comunicación social por parte de los tribunales/ para llegar a través de ellos directamente al público8. Queda planteado como problema en relación con la difusión activa que pueden realizar los tribunales de sus resoluciones el siguiente: que el "sesgo" noticioso, propio del proceso de comunicación social, vale decir la selección de qué es una noticia importante y cómo se difunde, puede ser considerado un "sesgo judicial", es decir, una predisposición del tribunal en contra o a favor de un litigante, expresada justamente en elegir y difundir como noticia un fallo determinado que lo afecta. CONCLUSIONES De este breve análisis podemos extraer algunas conclusiones Aunque es evidente que las nuevas tecnologías de la información efectivamente son herramientas muy valiosas para mejorar el acceso a la información de justicia, es necesario hacer distinciones entre usuarios, contenidos de los mensajes y otros factores, y aplicar los distintos soportes tecnológicos en donde cumplan mejor sus objetivos. El nivel de acceso a la información judicial no puede medirse en la misma forma que respecto de los demás servicios públicos, puesto 11 -Por ejemplo, aparte del cana! judicial mexicano ya cilado, tv Justina y radio Justina en Brasil (ver en http://www.tvjustica.gov.br/) 208

OS USUARIOS DC M INFORMACIÓN JUDICIAL Y I.AS NUEVAS TECNOLOGÍAS que la importancia de la información estructural y administrativa de los tribunales es muy menor respecto de la que tiene la información sobre las resoluciones propiamente judiciales. En primer término, los más favorecidos con el uso de nuevas tecnologías son los usuarios intermedios del sistema judicial, quienes ven simplificado su trabajo al estar conectados en línea a los expedientes virtuales, pero esto lleva consigo un mayor esfuerzo de capacitación para su adecuado uso. Respecto del público en general, las nuevas tecnologías deben apoyar principalmente la labor de difusión, más que la información instantánea, ya que ésta se intermedia a través de la prensa, pero el usuario debe ser capaz de interpretarla y analizarla a lo menos a grandes rasgos. Actualizando el refrán español: "lo que natura no da, la tecnología no lo presta". El uso de nuevas tecnologías para informar no reemplaza la disposición de ánimo para atender los requerimientos del público, n el sentido de justicia de las resoluciones que se informan. A estas conclusiones podemos agregar que la nueva Ley de Acceso a la Información no desarrolla el tema de la información judicial, dejando el campo abierto para que sean los propios órganos judiciales los que tomen la iniciativa de crear un sistema de acceso oportuno, amigable y riguroso a sus procedimientos y resoluciones. 209