(15 de Marzo de 1999 ) <NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Circular 33 de 2000>



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CIRCULAR EXTERNA 30 (15 de Marzo de 1999 ) <NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Circular 33 de 2000> Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Derogada por la Circular 33 de 2000 de 15 de febrero de 2000, 'Modificaciones al modelo instrumental del Catálogo General de Cuentas y marco de referencia para los procedimientos contables en las entidades de la Administración Central Nacional que se encuentren incorporadas al Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF. ' Señores: Representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de control interno, jefes de contabilidad y contadores de los entes públicos del sector central y descentralizado, del nivel nacional sujetos al ambito de aplicación del sistema integrado de informacion financiera -siif- Referencia: Modificaciones a la estructura del Catálogo General de Cuentas que deben aplicar las entidades que formen del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF. Este Despacho en cumplimiento de sus funciones legales y en particular las establecidas en el literal a) del artículo 3, literal 1) del artículo 4 de la Ley 298 del 23 de Julio de 1996 y del literal a) del artículo 2 del Decreto 1914 de 1996, se permite dar a conocer las modificaciones al Catálogo General de Cuentas para efectos de la implementación y operatividad del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF. 1. JUSTIFICACIÓN Con la finalidad de garantizar la operatividad del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF- se hace necesario efectuar algunas modificaciones en la estructura, descripción y dinámicas del Catálogo General de Cuentas. 2. OBJETIVOS 2.1. GENERAL Definir la estructura, descripción y dinámicas de las cuentas y subcuentas del actual Catálogo General de Cuentas -CGC-. 2.2. ESPECÍFICOS 2.2.1 Habilitar las cuentas y subcuentas que permitan el registro en el ambiente del Sistema Integrado de Información Financiera, de los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales que se deriven de las actividades propias de los entes. 2.2.2 Coadyuvar en la integración de la información contable con la presupuestal, permitiendo el registro unívoco de cada transacción. 2.2.3 Armonizar el Catálogo General de Cuentas del Plan General Contabilidad Pública, como instrumento de registro, a las necesidades que se deriven del proceso de modernización de la administración financiera pública. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente norma debe ser aplicada por los entes públicos nacionales sujetos al ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, que estén incorporados al Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF-.

4. MODIFICACIONES INCORPORADAS EN EL CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS Las cuentas y subcuentas habilitadas en el Catálogo General de Cuentas se clasifican en: 4.1 Cuentas y subcuentas que se habilitan para la depuración de saldos: Se refieren a las contempladas en el numeral 3 de la Carta Circular 17 del 15 de Febrero de 1999. 1 19 1996 ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACION ADMINISTRATIVA Representa los valores originados en saldos de elevada antigüedad pendientes de depurar en cuentas de activo, que fueron reclasificados una vez realizado el proceso de depuración de saldos y se encuentran en investigación. En todo caso, se entienden como tales, los originados con anterioridad al 1 de Enero de 1996. En esta cuenta se debe identificar la clase de recurso, así como el bien o derecho. 199601 Bancos y Corporaciones 199602 Inversiones 199603 Deudores 199604 Propiedades, Planta y Equipo 199690 Otros bienes y Derechos SE DEBITA CON: 1. Los valores reclasificados después del proceso de depuración de saldos que pasan a investigación administrativa. 1. Los valores que se descarguen después de la investigación, amparados por el acto administrativo expedido por la entidad, debidamente documentado. 2 29 2996 PASIVO OTROS PASIVOS OBLIGACIONES EN INVESTIGACION ADMINISTRATIVA

Representa los valores originados en saldos de elevada antigüedad pendientes de depurar que no fueron identificados como pasivos ciertos y que pueden constituir pasivos futuros, los cuales fueron reclasificados una vez realizado el proceso de depuración de saldos y se encuentran en investigación. En todo caso, se entienden como tales, los originados con anterioridad al 1 de Enero de 1996. En esta cuenta se debe identificar la clase de obligación objeto de investigación. 299601 Cuentas por Pagar 299602 Obligaciones Financieras 299603 Obligaciones Laborales 299604 Obligaciones y Títulos Emitidos 299690 Otras Obligaciones SE DEBITA CON: 1. Los valores reclasificados después del proceso de depuración de saldos que pasan a investigación administrativa. 1. Los valores que se descarguen después de la investigación, amparados por el acto administrativo expedido por la entidad, debidamente documentado. 8 3 8316 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS DEUDORAS DE CONTROL BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACION ADMINISTRATIVA Representa los saldos de elevada antigüedad pendientes de depurar en cuentas de activo, que fueron castigados, después de realizado el proceso de depuración de cuentas. En esta cuenta se debe identificar la clase de recurso, así como el bien o derecho objeto del castigo. 831601 Bancos y Corporaciones 831602 Inversiones 831603 Deudores 831604 Propiedades, Planta y Equipo 831690 Otros bienes y Derechos

SE DEBITA CON: 1. Los valores castigados después del proceso de depuración de saldos o de investigación. 1. Los valores recuperados después del cargo contra la provisión. Cuentas y Subcuentas que buscan la integración unívoca entre los conceptos presupuestales y contables: Son aquellas habilitadas en correspondencia con la estructura del Presupuesto Nacional, que hacen posible el registro en la matriz de correlación del presupuesto frente a contabilidad. 4.2.1 Cuentas 2 22 2201 PASIVO DEUDA PUBLICA DEUDA PUBLICA POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA Representa los valores para el cumplimiento de las obligaciones contractuales de la vigencia, correspondientes al Capital, Intereses, comisiones y los imprevistos originados en las operaciones de Crédito Público. En esta cuenta se reclasifican los valores causados en las subcuentas que conforman las cuentas 2205, 2210 y 2435 y que serán exigibles en la vigencia. 220101 Interna 220102 Externa SE DEBITA CON: 1. Los valores girados para el pago del servicio de la Deuda. 1. Los valores que se trasladen de las cuentas 2205,2210 y 2435 que correspondan al monto del servicio de la deuda incluido en el presupuesto y que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal. 2 24 2401 PASIVO CUENTAS POR PAGAR ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS

Representa el valor de las obligaciones adquiridas por el ente público en el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal, por concepto de adquisición de bienes y servicios y en la ejecución o desarrollo de los proyectos de inversión. 240101 Bienes y Servicios 240102 Proyectos de Inversión SE DEBITA CON: 1. Con el valor del pago efectuado por cada uno de los conceptos 1. Con el valor de las obligaciones adquiridas por concepto de la adquisición de bienes y servicios. 2. Con el valor de las obligaciones adquiridas por concepto de la ejecución o desarrollo de los proyectos de inversión. 3. El Valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera. 4. El valor de la causación de los gastos financieros en que se incurra. 2 24 2403 PASIVO CUENTAS POR PAGAR TRANSFERENCIAS Representa el valor de las obligaciones adquiridas por el ente público en el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal, por concepto de los recursos establecidos en el presupuesto que debe transferir a entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas. Los registros que se realicen en esta cuenta, deben corresponder a aquellos valores que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal. 240301 Corrientes 240302 De capital SE DEBITA CON: 1. Con el valor del giro de los recursos Transferidos por cada uno de los conceptos Con el valor de las obligaciones adquiridas por concepto de recursos que debe transferir a las entidades.

4.2.2 Subcuentas que se habilitan en el Activo 1115- FONDOS INTERBANCARIOS VENDIDOS Y PACTOS DE REVENTA 111598 - Fondos interbancarios vendidos por clasificar 1205- DE RENTA FIJA 120598 - Inversiones del tesoro por clasificar 1420- AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS 142015 - Anticipo para amortizar deuda pública externa 142016 - Anticipo para amortizar deuda pública interna 142012 - Anticipo para adquisición de bienes y servicios 142013 - Anticipo para proyectos de inversión 1425- DEPOSITOS ENTREGADOS 142509 - Para seguros al sector exportador 1670- EQUIPO DE COMUNICACION Y COMPUTACION 167005 - Equipo de radares 1905- GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO 190510 - Administración y emisión de títulos valores 4.2.3 Subcuentas que se habilitan en el pasivo 2115- FONDOS COMPRADOS Y PACTOS DE RECOMPRA 211598 - Operaciones repo por clasificar 2425- ACREEDORES 242536 - Multas y sanciones 242542 Subsidio de vivienda 2440- IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR 2505- SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES 2715- PROVISION PARA PRESTACIONES SOCIALES 244095 - Otros Impuestos 250513 - Primas extraordinarias 271510 - Primas extraordinarias 4.2.4 Subcuentas que se habilita en el Ingresos 4406- TRANSFERENCIAS CORRIENTES RECIBIDAS 440610 - De las empresas públicas municipales no financieras 4.2.5 Subcuentas que se habilitan en el Gasto

5105- SERVICIOS PERSONALES 510550 Bonificación por servicios prestados 510551 Estímulo a la eficiencia 510552 Prima de servicios 510553 Prima de actividad 510555 Remuneración electoral 510556 Prima de coordinación 510557 Partida de alimentación soldados y orden público 510558 Prima de instalación y alojamiento en el exterior 510559 Subsidio de vivienda 5110- GENERALES 511038 Gastos de operación aduanera 511039 Capacitación y estímulos 511040 Materiales de educación 511041 Diseños y estudios 511042 Gastos reservados 511043 Servicio de aseo, cafetería y restaurante 511045 Apoyo de operaciones militares y de policía 511046 Defensa de la hacienda pública 511047 Administración y emisión de títulos valores 511051 Asistencia técnica agropecuaria 511073 Sostenimiento de semovientes 511084 Combustibles y lubricantes 511085 Servicios portuarios y aeroportuarios 511086 Servicio de reclutamiento 5205- SERVICIOS PERSONALES 520550 Bonificación por servicios prestados 520551 Estímulos a la eficiencia 520552 Prima de servicios 520553 Prima de actividad 520555 Remuneración electoral 520556 Prima de coordinación 520557 Partida de alimentación soldados y orden Público 520558 Prima de instalación y alojamiento en el exterior 520559 Subsidio de vivienda 5210- GENERALES 521075 Gastos de operación aduanera 521076 Otros impuestos 521077 Gastos reservados 521078 Apoyo a operaciones militares y de policía 521079 Defensa de la hacienda pública 521080 Servicio de aseo, cafetería y restaurante 521081 Cuota de fiscalización y auditaje 521082 Administración y emisión de títulos valores 521084 Combustibles y lubricantes 521085 Servicios portuarios y aeroportuarios 521086 Servicio de reclutamiento 5406- TRANSFERENCIAS CORRIENTES GIRADAS AL SECTOR PUBLICO 5420- OTRAS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL GIRADAS 5425- OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 540604 A las empresas públicas nacionales financieras 542016 Al exterior 542503 Sentencias y conciliaciones 5805- FINANCIEROS 580520 Ajuste por diferencia en cambio en inversiones financieras 4.2.6 Cuentas de Orden que se habilitan

9390- OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL 939001 Préstamos sin situación de fondos 939002 Anticipos y Fondos en administración 939090 Otras cuentas acreedoras de control 4. 3. Cuentas y Subcuentas que permiten el registro de la Cuenta Unica Nacional y manejo de Tesorería: Son aquellas habilitadas para el registro de los movimientos de Cuenta Unica Nacional cuya estructura dependerá de los requerimientos de la Dirección General del Tesoro Nacional. 1 11 1111 ACTIVO EFECTIVO CUENTA UNICA NACIONAL Representa todas las operaciones relacionadas con el recaudo ingresos de la Nación disponibles en las cuentas de la Dirección General del Tesoro Nacional, en moneda legal o extranjera y las operaciones de giro para atender los pagos a los beneficiarios finales. Cuenta cajero: De esta cuenta se giran los recursos para atender los pagos a los beneficiarios finales, que se deriven de las obligaciones adquiridas por cuenta de las Unidades Ejecutoras. Recaudo por ente generador (TIPO I): Corresponde a los recaudos provenientes de aquellas operaciones donde en primera instancia se identifica el ente generador al cual esta asociado mas de un concepto de ingreso. Recaudos afectación específica (TIPO I): Corresponde a los recursos provenientes del crédito externo, donaciones y demás que tengan destinación específica. Recaudo Concepto de ingreso (TIPO II): Son aquellos recursos que provienen de un solo concepto de ingreso y a diferentes entes generadores. Esta cuenta es de uso exclusivo de la Dirección General del Tesoro 111101 Cajero 111102 Recaudo por ente generador (TIPO-I) 111103 Recaudos afectación específica (TIPO-I) 111104 Recaudo concepto de ingreso (TIPO II) 111105 Embargos Nación 111190 Otros recaudos SE DEBITA CON 1. Recursos provenientes de los recaudos de los ingresos tributarios, no tributarios y los recursos con destinación específica. 2. Reintegros de los pagos realizados a terceros o a entes públicos 3. Con el valor de la redención y cancelaciones parciales de las Inversiones que realice la Dirección del Tesoro Nacional.

4. Con el recaudo de los rendimientos financieros 5. Con los demás recaudos que se generen y los que se deriven de las conciliaciones de las cuentas de la DTN. 6. Con los traslados entre las diferentes subcuentas que conforman esta cuenta. 1. Los pagos autorizados a los beneficiarios finales que se derivan de las obligaciones adquiridas por las unidades ejecutoras. 2. Los giros que se deriven de las operaciones propias de la Dirección General del Tesoro Nacional. 3. Los pagos que se originen en la ejecución de los rubros presupuestales. 4. El valor de los reintegros de los pagos realizados por terceros o entes públicos 5. Con los demás desembolsos que se generen y los que se deriven de las conciliaciones de las cuentas de la DTN. 6- Con los traslados entre las diferentes subcuentas que conforman esta cuenta. 4.4. Subcuentas que cambian de denominación: 4.4.1 En el Activo. DENOMINACION ANTERIOR NUEVA DENOMINACION 190505- Suscripciones y afiliaciones 190505- Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 191021- Elementos de aseo y lavandería 191021- Elementos de aseo, lavandería y cafetería 191022- Combustibles 191022- Combustibles y lubricantes 4.4.2 En el Pasivo DENOMINACION ANTERIOR NUEVA DENOMINACION 246002- Conciliaciones 246002 Sentencias y conciliaciones 4.4.3 En el Gasto

DENOMINACION ANTERIOR NUEVA DENOMINACION 510530- Capacitación 510530 Capacitación, bienestar social y estímulos 510570- Auxilios funerarios 510570 Auxilios y servicios funerarios 511024- Impresos y publicaciones 511024 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 511035- Vigilancia 511035 Vigilancia y seguridad 520530- Capacitación 520530 Capacitación, bienestar social y estímulos 520570- Auxilios Funerarios 520570 Auxilios y servicios funerarios 521017- Vigilancia 521017 Vigilancia y seguridad 521025- Impresos y publicaciones 521025 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 521052- Capacitación y estímulos 521052 Capacitación y estímulos 521032- Multas 521032 Multas y sanciones 4.5. Cuentas y subcuentas que no deben ser utilizadas: Los entes sujetos al ámbito de aplicación de la presente circular, no deben utilizarlas en sus registros, salvo excepciones estipuladas expresamente en este numeral. 4.5.1 Subcuentas del Activo: 1110- BANCOS Y CORPORACIONES 111004 Cuenta única nacional 1120- FONDOS EN TRÁNSITO 112004 Cuenta única nacional 1420- AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS 4.5.2 Cuentas y subcuentas del Pasivo: 142001 Anticipos sobre compras 142002 Anticipos sobre proyectos específicos 142004 Anticipos sobre contratos 2405- PROVEEDORES NACIONALES Se utilizará por aquellas entidades que conformen el ámbito de aplicación y que en su presupuesto este contenido el rubro de: Gastos de comercialización y producción 2406- PROVEEDORES DEL EXTERIOR Se utilizará por aquellas entidades que conformen el ámbito de aplicación y que en su presupuesto este contenido el rubro de: Gastos de comercialización y producción 241001 Compra de bienes 241002 Prestación de servicios 241003 Ejecución de obras 241090 Otros contratistas 2440- IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR 4.6. Subcuentas eliminadas: 244075 Otros Impuestos Nacionales 244080 Otros Impuestos Departamentales 244085 Otros Impuestos Municipales

2460- CREDITOS JUDICIALES 246001 Fallos 5105- SERVICIOS PERSONALES 510571 Incapacidades 5110- GENERALES 511013 Suscripciones y Afiliaciones 5205- SERVICIOS PERSONALES 520571 Incapacidades 5210- GENERALES 521013 Suscripciones y Afiliaciones 4.7 Cuentas habilitadas para el registro de los gastos de proyectos de inversión: Son aquellas que registran el valor de los gastos incurridos en los diferentes proyectos. También contemplan los gastos por concepto de amortización de gastos pagados por anticipado y cargos diferidos. Para este efecto, previamente seleccionados los usos del proyecto de gastos de personal y gastos generales, se utilizarán las cuentas del Grupo 52 denominadas en el P.G.C.P. GASTOS DE OPERACIÓN, según corresponda. 5. RECLASIFICACIONES Todas las entidades deberán efectuar las reclasificaciones a que hubiere lugar en la información financiera, económica y social registrada a partir del 1 de Enero de 1999, de conformidad con lo establecido en el Instructivo 10 de marzo 15 de 1999. 6. VIGENCIA La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y será aplicada, por los entes públicos que se incorporen en la primera etapa del SIIF y aquellos que lo hagan posteriormente, a partir de la información financiera, económica y social correspondiente al 1 de enero de 1999. Cordialmente, ÉDGAR FERNANDO NIETO SÁNCHEZ Contador General de la Nación Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma de la Imprenta Nacional de Colombia ISSN 2357-4666 Última actualización: 23 de junio de 2014