Pliego de prescripciones técnicas para el contrato de auditoría de cuentas anuales de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma de



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Transcripción:

Pliego de prescripciones técnicas para el contrato de auditoría de cuentas anuales de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma de Mallorca,S.A.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA AUDITORIA DE CUENTAS ANUALES DE EMT. 1. OBJETO El objeto del presente contrato consiste en la realización de la auditoria de las cuentas anuales de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma de Mallorca, S.A. (E.M.T.- Palma) tal y como establece el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, emisión del informe de auditoría financiera, un informe sobre cumplimiento de normativa y un informe de situación fiscal. 2. DURACIÓN DEL CONTRATO El Contrato tendrá una duración de 3 años, que comprende los ejercicios que terminan el 31 de diciembre de 2.014, 31 diciembre de 2015, 31 de diciembre de 2016. Una vez finalizado el periodo inicial, este contrato podrá prorrogarse anualmente hasta un máximo de 3 ejercicios más. No obstante la EMT-Palma, comunicará con un antelación mínima de 3 meses antes de la finalización del contrato su voluntad de ejercitar dichas prorrogas. 3. PRESUPUESTO El presupuesto máximo de licitación se establece en un total de 75.000 euros, IVA excluido. 4. CONDICIONES DEL SERVICIO 4.1. ALCANCE Y CONTENIDO DEL TRABAJO A REALIZAR El objeto del contrato de auditoria es: - Determinar si a juicio del auditor las cuentas anuales expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la empresa, así como el resultado de las operaciones de acuerdo a la normativa legal aplicable. - Determinar si a juicio del auditor se cumple la legalidad vigente en materia de contratación pública, tanto en materia de contratación de proveedores como contratación de personal. - Determinar si la situación fiscal ante la Agencia Tributaria se adapta a la legalidad vigente y determinar las posibles contingencias fiscales existentes.

4.2. COLABORACIÓN CON LA INTERVENCIÓN GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA. La Intervención General del Ayuntamiento podrá introducir planes puntuales de auditoria en cada uno de los ejercicios auditados. Sin perjuicio de la competencia y la responsabilidad de la empresa auditora, el personal de la Intervención General podrá formar parte del equipo auditor. En el caso de que en los equipos de trabajo se integre personal de la Intervención General y para que la integración se efectúe sin dificultad, la empresa adjudicataria se comprometerá a formar a este personal, mediante la realización de un programa de formación teórico-práctico en la metodología de la empresa adjudicataria del contrato. La integración en el equipo de auditora del personal de la Intervención General no alterara en ningún caso el precio total ofertado por el adjudicatario, ni el plazo de finalización de los trabajo objeto del contrato. Una vez finalizado el trabajo de campo de la auditoria, los auditores entregaran el informe provisional a la Intervención General del Ayuntamiento, los proyectos o borradores del informe que serán discutidos con la gerencia de las entidades y la Intervención General, así mismo los auditores entregaran una copia del informe provisional a la Intervención General del Ayuntamiento. Los papeles de trabajo, así como el resto de documentación que haya servido de soporte para la elaboración de los informes, estarán a disposición de la Intervención General del Ayuntamiento por un plazo de 5 años, contados desde la fecha del informe de auditoría, y serán presentados bajo solicitud de esta en el plazo máximo de 5 días a las personas o entidades que así se indique. Igualmente, los papeles de trabajo tendrán que estar a disposición de los auditores que en ejecuciones futuras puedan resultar adjudicatarios de los trabajos de auditoria. 4.3. LA FIRMA DE AUDITORIA La firma contratada se compromete a aportar personal profesional con la experiencia y formación adecuada para realizar los trabajos bajo la responsabilidad de un socio de la firma que se halle inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. A dichos efectos las entidades auditoras deberán acreditar la solvencia técnica y financiera descrita en los pliegos administrativos. 4.4. PLAZOS DE EJECUCIÓN El trabajo de auditoria anual se dividirá en dos etapas: La fase Preliminar entre los meses de octubre y noviembre. La fase Final entre el 1 y 25 de marzo, que permita la emisión del borrador del informe de cuentas anuales antes de terminar el mes de marzo.

Las ofertas deberán incluir un programa de trabajo que ponga de manifiesto la posiblidad de ejecutarlos según el plazo previsto y una metodología de los trabajos en la que se describe las fases y formas de ejecución de los mismos con indicación del personal interviniente en cada una de ellas, grado de dedicación, así como los medios a disponer para su desarrollo. 4.5. DOCUMENTOS A EMITIR Como consecuencia de los trabajos realizados, los auditores habrán de elaborar los siguientes informes: Auditoría financiera: - Informe de auditoría a 31 de diciembre de las Cuentas Anuales - Carta de Recomendaciones, en la que se detallarán las deficiencias, sugerencias y conclusiones detectadas, que se deriven del trabajo efectuado en todas y cada una de las áreas de las Cuentas Anuales de la sociedad. Informe de verificación sobre procedimientos acordado para el reparto de gastos e ingresos relativos a la explotación de transporte urbano e interurbano. Informe de cumplimiento de legalidad en materia de contratación pública: Opinión del auditor a 31 de diciembre sobre el sistema y procedimientos de contratación de proveedores y de contratación del personal. - Informe de Recomendaciones, en el que se detallaran las deficiencias, sugerencias y conclusiones detectadas en la estructura de control interno del proceso de contratación de proveedores y contratación del personal. Informe de la situación fiscal ante la Hacienda Pública: Opinión del auditor a 31 de diciembre sobre la situación de la con respecto a la legalidad vigente - Informe de Recomendaciones, en el que se detallaran las deficiencias, sugerencias y conclusiones detectadas en el análisis. 5. CRITERIOS DE VALORACIÓN Se valorarán las ofertas de acuerdo al siguiente criterio: 5.1.Criterios de valoración objetivos o por medio de formulas automáticas ( Sobre C) - Precio (60 puntos): Se dará 0 puntos a la oferta económica que iguale al precio de licitación y un máximo de 60 puntos a la mejor oferta económica, mediante la aplicación de la fórmula: P = M * (PL - Po) / (PL - Pm)

P = Puntuación de ofertas M = Puntuación máxima PL = Importe de licitación Po = Importe de la oferta a valorar Pm = Importe de la oferta más económica 5.2.Criterios de valoración subjetivos o por medio de juicos de valor ( Sobre B) - Equipo humano (20 puntos): Preparación y experiencia del equipo humano encargado de realizar el trabajo. - Plan de trabajo (20 puntos): Plan de trabajo en donde se especifique la forma de llevarlo a cabo y el seguimiento del servicio demandado que garantice la eficacia y calidad del mismo. OOoooOOoooOO