JUNTA EVALUADORA Y ROL DE SUS MIEMBROS Dra. Juana Herrera Médico Psiquiatra INSAM juanaherreraj@gmail.com
Temas a tratar: 1. Definición y Objetivo 2. Características 3. Fundamentos Legales 4. Junta Evaluadora 5. Metodología para seleccionar a los miembros de la Junta Evaluadora de la Discapacidad. 6. Funciones de la Junta Evaluadora y sus Miembros 7. Requisitos y Procedimientos de la Selección 8. Proceso de Certificación 9. Recurso Humano 10. Trabajo en la Junta Evaluadora.
Qué es Certificación de la Discapacidad? Acto administrativo mediante el cual la SENADIS acredita que una persona tiene discapacidad. Física, auditiva, visual, mental, intelectual o visceral, de conformidad con los parámetros y pautas establecidas en los baremos nacionales y procedimientos legalmente establecidos. A partir de un diagnóstico de la condición de salud de la persona (CIE-10) y se expedirá de acuerdo con la evaluación del perfil de funcionamiento (CIF).
Objetivo: Identificar a los individuos que conforman la población con discapacidad. Salvaguardar el ejercicio de los derechos subjetivos que les asisten Generar políticas públicas planificadas y sustentadas en las estadísticas obtenidas de la certificación de discapacidad.
Certificación de discapacidad Es de libre demanda. Herramienta que permite acceso a los beneficios establecidos en la ley 134. Ejecutada por el personal médico técnico que conforman las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad y los cuales han sido capacitados en CIF. Implica el establecimiento previo de los requisitos específicos para cada discapacidad (evaluación médica, estudios de laboratorio y de gabinete).
Avances en la certificación de discapacidad Se cuenta con un marco legal (Decretos Ejecutivos 36 y 37) Infraestructura Recurso humano Convenios de Cooperación con MINSA, CSS, IPHE Recursos tecnológicos Presupuesto
Fundamento Legal La Ley 23, de junio de 2007 que crea la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS), con el fin de dirigir y ejecutar la política de inclusión social de las personas con discapacidad y sus familias. Decreto Ejecutivo N 37 de 11 de abril de 2014, que modifica el Decreto Ejecutivo N 8 de 3 de marzo de 2008, que reglamenta la Ley 23 de 28 de junio de 2007, que crea la Dirección Nacional de Certificaciones y modifica otras disposiciones Decreto Ejecutivo 36 de 11 de abril de 2014, Que aprueba la reglamentación del procedimiento de conformación y funcionamiento de las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad, los baremos nacionales y se dicta el procedimiento para evaluación, valoración y certificaciones de la discapacidad.
Junta Evaluadora de la Discapacidad Integrada por un mínimo de tres miembros y será interdisciplinaria, La evaluación, valoración y certificación se realizara desde el enfoque biopsicosocial.
Metodología para seleccionar a los miembros de la Junta Evaluadora de la Discapacidad. Decreto Ejecutivo 36 de 11 de abril de 2014 Objetivo de la Junta Evaluadora: ejecutar el procedimiento de evaluación, valoración y certificación de las personas que soliciten la certificación de discapacidad. Podrán conformarse las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad que sean necesarias para atender a la población a nivel nacional, según las posibilidades técnicas, administrativas y presupuestarias.
Funciones de la Junta Evaluadora: Valorar la discapacidad con base a los parámetros contenidos en los baremos nacionales. Solicitar documentación ampliatoria y realizar interconsultas con otros profesionales, de ser necesario. Otorgar o denegar la certificación de discapacidad, cuando legalmente corresponda. Fundamentar y motivar sus decisiones de conformidad con los criterios legalmente establecidos para cada tipo de discapacidad. Determinar el tiempo de validez del certificado de discapacidad, Revisar lo actuado por otras Juntas Evaluadoras de la Discapacidad cuando se trate de resolver recursos administrativos.
Funciones de los miembros de las Junta Evaluadora: Evaluar a todas las personas que soliciten la certificación de discapacidad. Completar el protocolo de evaluación. Recopilar información clínica, social, laboral y escolar de las personas que soliciten en la evaluación para la certificación de discapacidad. Codificar las categorías que describen el perfil de funcionamiento de la persona, según la CIF, acorde a lo requerido en cada caso.
Funciones de los miembros de la Junta Evaluadora: Firmar y sellar el protocolo de evaluación, el formulario que sustenta el otorgamiento de la certificación de discapacidad y el formulario de denegatoria de la certificación de discapacidad, cuando corresponda. Brindar orientación y asesoría en lo que conlleva el proceso de certificación de la discapacidad, a las personas que así lo soliciten. Mantener la confidencialidad y privacidad de la información contenida en los expedientes de las personas que soliciten la certificación de discapacidad.
Requisitos para ser miembro de una Junta Evaluadora: Título universitario en: Medicina Psicología Fisioterapia Fonoaudiología, Terapia Ocupacional Trabajo Social Docente, Psicopedagogo, Pedagogo, o Docente Especialista en dificultades del aprendizaje. Mínimo 5 años de experiencia en el ejercicio de la profesión. Idoneidad vigente expedida por el ente competente en la República de Panamá, conforme lo establezca la regulación de la profesión.
Requisitos para ser miembro de una Junta Evaluadora: Acreditar capacitación en el uso y manejo de la Clasificaciones de la OMS: Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF). Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud (CIE). Puntaje mínimo de 91%, en la prueba de evaluación de conocimientos sobre el uso y manejo de la Familia de Clasificadores Internacionales de la OMS. Proceso de reevaluación cada dos años.
Seminarios y Capacitaciones
Educación Continua del Equipo
Procedimiento de selección a los aspirantes a candidatos a miembros de las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad: DNC realizará la convocatoria para la recepción de hojas de vida y documentos de los aspirantes a candidatos a JE La convocatoria de aviso público (tablero de notificación institucional, página WEB institucional y dos diarios de circulación nacional) un día hábil, por lo menos ocho días hábiles antes de la fecha establecida para la aplicación de la prueba de evaluación de conocimientos Recepción de hojas de vida de los aspirantes, verificación de la documentación y notificación de cumplimiento o no. De cumplir, se asignará cupo para la presentación de la prueba. De NO cumplir, tiene oportunidad de aportar los documentos faltantes hasta el último día establecido para la recepción de hojas de vida y documentos Aplicación de la prueba. Se conformará una Comisión Técnica en el manejo de la CIF, integrada por un mínimo de tres miembros, presidida por un miembro del Departamento de Evaluación y Valoración de la DNC Tres días hábiles para calificar las pruebas y comunicar a los aspirantes los puntajes obtenidos. Se concederá un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de los resultados para realizar cualquier reclamo al respecto.
Procedimiento de selección a los aspirantes a candidatos a miembros de las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad: Aspirantes que obtengan un puntaje superior a 91% en la prueba deberán entrevistarse personalmente con la Comisión Técnica antes mencionada. La DNC deberá enviar un informe al Director de la SENADIS con la lista de los aspirantes a miembros de las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad y las correspondientes recomendaciones. El Director o Directora de la SENADIS atenderá el informe con las recomendaciones emitidas por la DNC y basado en ello realizará la designación como miembro de la Junta Evaluadora de la Discapacidad. Recertificación a los miembros de las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad, en un periodo máximo de dos años. En el caso que en una convocatoria se agote el término de recepción de hojas de vida y documentos sin que se hubiere recibido a ningún aspirante, o en el evento que ninguno cumpla con los requisitos establecidos para ser miembros de una Junta Evaluadora de la Discapacidad, se deberá declarar desierto La DNC deberá realizar una nueva convocatoria, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del acto administrativo que declara desierto el procedimiento de postulación.
Proceso de Certificación de la Discapacidad Retirar en SENADIS formulario de requisitos para certificación. Completado los requisitos. Solicitar evaluación en SENADIS para su certificación de discapacidad. Acudir a su evaluación con la Junta de Certificación. Entrega de certificación Certificado No Certificado Oportunidad de solicitar posteriormente la certificación si su condición cambia. Recursos de reconsideración Evaluación por otra Junta Evaluadora de la Discapacidad
Evaluación
Clínicas privadas Junta Evaluadora de la Discapacidad Certificación Otros
Recurso Humano Colaboradores de las siguientes Instituciones: MIDES MINSA IPHE INMFR INSAM
Trabajo en la Junta Evaluadora De y en Equipo Interdisciplinario Conocimiento Horizontalizado Respetuoso Comprometido Motivado Humanístico.
Juntas Itinerantes Chiriquí
Juntas Itinerantes Veraguas
Comentarios Dra. Juana Herrera Médico Psiquiatra INSAM juanaherreraj@gmail.com