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Transcripción:

NORMA TTN 10.3 2 de Febrero de 2015 REQUISITOS DE UN INFORME DE TASACION 1. El informe de tasación respetará las disposiciones de la presente Norma, y deberá contener: El nombre del tasador y su número y fecha de inscripción en el Registro si orrespondiere. La identificación del bien. La finalidad de la tasación, con indicación del comitente para la cual se efectúa. El número o números de Normas TTN utilizadas. El Valor de Tasación, señalando el método de valoración mediante el cual se haya obtenido. Cualquier otro contenido que sea requerido por la normativa específica según la finalidad de la tasación. 2. El informe se elaborará con los siguientes requisitos formales: Se firmará por un técnico profesional competente. Existirá una declaración expresa de que la tasación se ha realizado de acuerdo con los requisitos normativos aprobados según la finalidad de la tasación. Se indicarán la fecha de la visita y la fecha de emisión del informe. 3. Informe Final: cuando se estime conveniente y la valuación cuente con informes parciales podrá hacerse un informe final integrador, siguiendo los lineamientos expuestos en esta norma, firmado por las autoridades de la Sala que intervienen. II. COMPROBACIONES MINIMAS El tasador deberá conocer las características y la situación real del bien a tasar. El valor económico de un bien debe darse en función del adecuado reconocimiento de su aptitud técnica y funcional, a partir de la cual dicho valor adquiere pleno sentido. Toda valuación implica la verificación del estado de conservación, los aspectos funcionales o la existencia de eventuales degradaciones físicas, estructurales, etcétera, que puedan comprometer el interés público y, en consecuencia, afecten el valor del bien de que se trate. Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 1

Deberá realizar como mínimo las siguientes comprobaciones, para el caso de inmuebles: Identificación física del bien, mediante inspección ocular, con comprobación de su superficie según plano u otra documentación obrante y de su estado de conservación o construcción. Las demás que sean exigidas según la finalidad de la tasación. III. INSTRUCCIONES ESPECIALES Al informar el valor se incluirá toda la información que sea esencial para su adecuada comprensión, sin omitir ningún elemento de importancia. Deberán evitarse los riesgos que podrían emanar de una incorrecta interpretación de lo que se comunica. En el informe de valuación se precisará además del propósito de la valuación, toda otra información que permita identificar los usos para los que el valuador considera que son válidas las conclusiones del informe. Cuando en las valuaciones hechas con fines judiciales, los valores fueran elaborados siguiendo criterios derivados de una norma jurídica o de la interpretación dada a su sentido o alcance, el informe precisará claramente esa norma y dicha interpretación. En todos los casos se deberá evaluar cuales son los bienes que pueden ser valuados individualmente y cuales son aquellos que pueden ser correctamente valuados sólo al ser considerados como parte de un conjunto. Cuando se tase un bien o un conjunto, como suma del valor de sus distintos componentes, el criterio de valor que se utilice para valuar cada uno de éstos, deberá ser compatible con el criterio con el que se tasen los demás componentes, en función del objetivo de la tasación. En toda tasación que sea encarada con sentido racional, el tasador, en principio, deberá dedicar a los distintos bienes a tasar una parte del esfuerzo y los recursos disponibles para la tarea que sea proporcional a la importancia relativa que cada uno de ellos tenga. De allí que dependiendo de la importancia económica que tenga el bien o grupo de bienes en el valor del conjunto a tasar, y de las particularidades del caso, el tasador utilizará la metodología que corresponda en cada circunstancia, tanto para evaluar o Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 2

cuantificar los distintos parámetros que determinan el valor del bien, como para determinar luego dicho valor en función de ellos. PRESENTACIÓN DE INFORMES ANTE EL TTN Los Informes de Tasaciones Judiciales, Especiales o Contables u otros que se presenten a la consideración del, deberán cumplimentar además de todos y cada uno de los requisitos anteriormente expuestos, lo estipulado en los Códigos de Procedimientos 6.50, 6.60 y 6.61 del Manual de Procedimientos del, cuyos contenidos se transcriben a continuación: CODIGO DEL PROCEDIMIENTO: 6.50 Procedimiento: Informe de Tasación Judicial I. Objetivo: Se determina el modelo único de informe de tasación Judicial, inicial J o I. II. Responsabilidad: Direcciones de Salas III. Areas intervinientes: Direcciones de Salas IV. Alcance del procedimiento: Se determina el modelo único de Informe de Tasación Judicial para Expedientes Judiciales (J) e Informes Judiciales (I). Los Informes de Tasación Judicial deben ser elaborados según este modelo por los profesionales de cada Sala. Las mismas deben ser respaldadas según los procedimientos anteriores. Cada informe debe ser firmado y aclarado por el Profesional. Las indicaciones entre paréntesis son recomendaciones. V. Modelo: 1. SALA: 2. EXPEDIENTE N Buenos Aires, (fecha) Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 3

3. JUICIO: 4. MOTIVO: 5. TOMA DE POSESION: 6. FECHA DE TASACION: 7. NORMAS DEL TTN UTILIZADAS: 8. PROPIEDADES AFECTADAS: 9. DESCRIPCION GENERAL: 10. DESCRIPCION DE LOS BIENES: 11. TASACION 12. COMENTARIO REFERIDO AL INFORME DEL SR. REPRESENTANTE DE LA ACTORA: (Indicar valores) 13. COMENTARIO REFERIDO AL INFORME DEL SR. REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: (Indicar valores) 14. OBSERVACIONES: 15. ANEXOS: (Planos, Planillas, Antecedentes, Fotografías) Sello Escalera: Firma e Iniciales del Personal Administrativo (Si corresponde) Firma e Iniciales del Director de Sala (Si corresponde) Firma y Aclaración del Profesional 16. DICTAMEN DE SALA: (Indicar Totales) Firmas del Informe: Dos firmas entre Miembros de la Sala y el Director de la Sala. CODIGO DEL PROCEDIMIENTO: 6.60 Procedimiento: Informe de Tasación Especial u otras. I. Objetivo: Se determina el modelo único de informe de tasación Especial u otras. Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 4

II. Responsabilidad: III. Areas intervinientes: IV. Alcance del procedimiento: Se determina el modelo único de Informe de Tasación Especial u otras, para expedientes Especiales (E) u otras. Los Informes de Tasación Especial u otras, deben ser elaborados según este modelo por los profesionales de cada Sala. Las mismas deben ser respaldadas según los procedimientos anteriores. Cada informe debe ser firmado y aclarado por el Profesional. Las indicaciones entre paréntesis son recomendaciones. V. Modelo: 1. SALA: 2. EXPEDIENTE N 3. SOLICITANTE: 4. MOTIVO: 5. FECHA DE TASACION: 6. NORMAS DEL TTN UTILIZADAS: 7. BIENES A TASAR: 8. DESCRIPCION GENERAL: 9. DESCRIPCION DE LOS BIENES: 10. TASACION 11. OBSERVACIONES: Buenos Aires, (fecha) 12. ANEXOS: (Planos, Planillas, Antecedentes, Fotografías) Firma y Aclaración del Profesional Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 5

13. DICTAMEN DE SALA: (Indicar Totales) CODIGO DEL PROCEDIMIENTO: 6.61 Procedimiento: Informe de Tasación de Valores Técnicos Contables. I. Objetivo: Se determina el modelo único de informe de tasación Contable. II. Responsabilidad: III. Areas intervinientes: IV. Alcance del procedimiento: Se determina el modelo único de Informe de Tasación Contable, para expedientes Contables (C) (P) y expedientes de Muebles (M). Los Informes de Tasación Contables deben ser elaborados según este modelo por los profesionales de cada Sala. Las mismas deben ser respaldadas según los procedimientos anteriores. Cada informe debe ser firmado y aclarado por el Profesional. Las indicaciones entre paréntesis son recomendaciones. V. Modelo: Buenos Aires, (fecha) 1. SALA: 2. EXPEDIENTE N : 3. ORGANISMO: 4. MOTIVO: 5. FECHA DE TASACION: 6. NORMAS DEL TTN UTILIZADAS: 7. BIENES A TASAR: Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 6

8. DESCRIPCION GENERAL: 9. DESCRIPCION DE LOS BIENES: 10. TASACION: 11. OBSERVACIONES: 12. ANEXOS: (Planos, Planillas, Antecedentes, Fotografías) Firma y Aclaración del Profesional 13. DICTAMEN DE SALA: (Indicar Totales) Norma TTN 10.3 www.ttn.gov.ar 7